1. El Parlamento
Europeo aprobó en la sesión plenaria celebrada la pasada semana una importanteresolución sobre la problemática juvenil , con el título que aparece en la presente entrada, y en la que presta especial
atención a su incorporación y participación en el mundo del trabajo.
Así, continua en
la misma senda que otras Resoluciones adoptadas con anterioridad y en las que
también se ponían de manifiesto cuestiones como las que aparecen en la actual,
como que “es necesario actuar de inmediato para proteger el futuro y el
bienestar de los jóvenes”, para modificar la elevada proporción de trabajo
atípico entre las y los jóvenes, y atender a las dificultades que sufren las mujeres en varios países, “especialmente
en los de la Europa oriental” debido a las responsabilidades familiares, y adoptar
medidas que atenúen cuando menos los riesgos derivados del empeoramiento de la
salud mental a consecuencia de la crisis sanitaria y su impacto económico y social,
sin olvidar atender a sus preocupaciones por la emergencia climática y cómo
afecta a sus condiciones de vida y de trabajo.
En la introducción
de la Resolución se repiten tesis que ya hubieran debido ser acogidas por los
poderes públicos, tanto los comunitarios como los de cada Estado miembro, y que
siguen aún en buena medida sin tener respuesta, como por ejemplo que se ofrezca
a las y los jóvenes períodos de prácticas y empleos de calidad y condiciones de
trabajo dignas, ya que en caso contrario “se correrá de nuevo un riesgo elevado
de que se vean obligados a aceptar empleos precarios, a abandonar su país para
encontrar trabajo o a matricularse reiteradamente en un centro educativo o de
formación, aunque busquen un empleo permanente a tiempo completo”, y que por
ello los períodos de prácticas y las oportunidades de empleo que ofrecen los
programas e iniciativas nuevos y existentes “deben ser remunerados y limitados
en términos de duración y cantidad, de modo que los jóvenes no queden atrapados
en una sucesión interminable de períodos de prácticas repetidos y que sean
explotados como mano de obra barata o incluso gratuita, sin protección social
ni derechos de pensión”.
2. Reproduzco a
continuación aquellos contenidos de la Resolución que me han parecido más
relevantes desde la perspectiva laboral, y remito por supuesto a todas las
personas interesadas, con independencia de su edad, a su íntegra lectura.
“·3. (El PE) observa
con gran preocupación el elevado nivel de desempleo juvenil en varios Estados
miembros y la fragilidad de los contratos de trabajo de los jóvenes
trabajadores, particularmente en sectores gravemente afectados por la COVID-19;
pide que un instrumento de Garantía Juvenil reforzado cuyo objetivo sea reducir
el desempleo de larga duración y el desempleo juvenil en al menos un 50 % de
aquí a 2030, y también incluya criterios para la creación de empleo de calidad
en consonancia con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 8 de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas; considera que ha llegado
el momento de hacer que la Garantía Juvenil reforzada sea vinculante e
integradora para todos los Estados miembros, también con medidas de extensión
activas dirigidas a los ninis de larga duración y a los jóvenes procedentes de
entornos socioeconómicos desfavorecidos, como los jóvenes con discapacidad, los
jóvenes LGBTQI+ y los romaníes;
6. Señala que es necesario que los Estados
miembros sigan invirtiendo suficientes recursos del FSE+ en medidas de apoyo al
empleo juvenil; subraya que los Estados miembros deben, por tanto, asignar al
menos el 15 % de sus recursos del FSE+ en régimen de gestión compartida a
determinadas acciones y reformas estructurales para respaldar el empleo juvenil
de calidad; recuerda la necesidad de una Garantía Juvenil vinculante, más
eficaz e inclusiva en el marco de unos criterios de calidad inequívocos que
ofrezca períodos de prácticas, programas de aprendizaje profesional y períodos
de formación en régimen de becario remunerados a todos los ninis;
10. Acoge con satisfacción la ampliación del
ámbito de aplicación de la Garantía Juvenil reforzada para abarcar el grupo de
edad de 15 a 29 años; recuerda que la Garantía Juvenil reforzada debe
garantizar oportunidades de empleo reales, en lugar de períodos de prácticas de
escasa calidad o actividades de formación interminables;
11. …recuerda que uno de los objetivos del
FSE+ es promover una participación equilibrada de género en el mercado laboral
mediante medidas dirigidas a garantizar, entre otras cosas, unas condiciones de
trabajo equitativas, la mejora del equilibrio entre la vida profesional y la
vida privada y del acceso a la atención a la infancia, incluidos la educación
infantil y los cuidados de la primera infancia; recuerda, asimismo, que el FSE+
debe tener como objetivo ofrecer un entorno de trabajo saludable y bien
adaptado, a fin de responder a los riesgos para la salud relacionados con las
formas de trabajo cambiantes y a las necesidades planteadas por el
envejecimiento de la mano de obra;
13. Pide a los Estados miembros que
garanticen que los servicios públicos de empleo (SPE) colaboren con las
autoridades locales, el sector de la educación, las organizaciones juveniles, y
el sector privado a través de la red europea de SPE con el fin de fomentar el
empleo de calidad, estable y bien remunerado e impulsar el apoyo personalizado
para la formación, la búsqueda de empleo y el asesoramiento de los jóvenes, y
anima a los Estados miembros a dotar adecuadamente a los SPE para proporcionar
recursos y formación para mantener la salud mental a pesar de un clima
económico incierto y a lo largo de los retos que plantean las búsquedas de
empleo;
19. Resalta la importancia del desarrollo de
capacidades ecológicas y de las oportunidades de empleo de calidad en una
economía climáticamente neutra, eficiente en materia de energía y circular,
sobre todo en las regiones más afectadas por la transición ecológica, como las que
dependen en gran medida del sector agrario y las que participan en la lucha
contra el cambio climático, la producción de energía a partir de fuentes
renovables, la reducción de las emisiones de carbono, el aumento de la
eficiencia energética, la gestión de los residuos y el agua, la mejora de la
calidad del aire y la recuperación y la conservación de la biodiversidad; pide
a los empleadores que garanticen el perfeccionamiento y reciclaje profesionales
de su mano de obra y que potencien la oferta de programas de aprendizaje
profesional más efectivos en consonancia con el Marco Europeo para una
formación de Aprendices de Calidad y Eficaz;
24. Destaca que se ha demostrado que la
protección del salario mínimo constituye un medio eficaz de luchar contra la
pobreza de los ocupados; subraya que, en algunos Estados miembros, los
trabajadores jóvenes reciben en la práctica una remuneración inferior al
salario mínimo legal debido a las variaciones actuales, perpetuando así una situación
de discriminación estructural por razón de edad; pide a los Estados miembros
que garanticen la igualdad de trato de los jóvenes en el mercado laboral,
también en lo que respecta al salario mínimo legal, en la propuesta de
Directiva sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea
(COM(2020)0682);
30. Recuerda el hecho de que las mujeres jóvenes
corren un mayor riesgo de sufrir discriminación en el puesto de trabajo(19), lo
que se ve agravado por las desigualdades interseccionales, el desempleo y el
hecho de ser madres solteras y cuidadoras informales de larga duración, lo que
a menudo las excluye de la población activa o las mantiene por debajo del
umbral de la pobreza; pide al Consejo y a la Comisión que consideren establecer
objetivos mínimos indicativos de asistencia y programas de ayuda adaptados en
las iniciativas en materia de juventud y empleo a partir de 2022 para las
mujeres jóvenes en riesgo; pide a la Comisión que colabore con los Estados
miembros para integrar los planes de acción nacionales de garantía infantil con
las medidas de integración laboral de ámbito nacional, regional y local con el
fin de apoyar a los progenitores jóvenes solteros;
33. Observa con preocupación el empeoramiento de
las condiciones de muchos jóvenes en general y, en particular, de los jóvenes
vulnerables que ya sufren el desempleo de larga duración y exclusión social,
como los jóvenes romaníes, los jóvenes con discapacidad, los jóvenes que
pertenecen a la comunidad LGBTIQ+ y los jóvenes migrantes, y aboga por que se
adopte un enfoque coordinado para crear y ofrecerles oportunidades de
integración social en el marco de la Garantía Juvenil reforzada, el FSE+ y el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”.
Buena lectura.
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