Actualizo en
esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así
como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y
reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad
serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y
parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización,
y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen
más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo
con sus contenidos.
Dado que el
número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con
regularidad, es necesario remitirse al
Código electrónico “Covid-19 Derecho Europeo, Estatal y Autonómico”
que ha publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a
medida que se van dictando.
1. RealDecreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo
COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y
libramiento. BOE, 17.
Artículo 1.
Autorización de un crédito extraordinario para financiar el Fondo COVID-19.
1. Se concede un
crédito extraordinario en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado,
Servicio 01 «Secretaría General de Financiación Autonómica y Local», Programa
941 O «Otras transferencias a Comunidades Autónomas», Capítulo 4
«Transferencias corrientes», Artículo 45 «A Comunidades Autónomas», Concepto
459 «Otras transferencias a Comunidades Autónomas», Subconcepto 00 «Fondo
COVID-19», por un importe global de 16.000.000.000 de euros.
2. Al crédito
extraordinario concedido en el apartado anterior no serán aplicables las
limitaciones previstas en el artículo 52 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria.
3. El crédito
extraordinario que se concede en el apartado primero de este artículo se
financiará de conformidad con el artículo 46 de la Ley 6/2018, de 3 de julio,
de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
4. Con cargo al
crédito extraordinario se realizarán las correspondientes transferencias a las
comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía, con el objeto de
dotarles de mayor financiación para hacer frente a la incidencia presupuestaria
originada por la crisis del COVID-19 y permitirles habilitar los créditos
presupuestarios en su presupuesto de gastos.
5. Las
transferencias realizadas con cargo a esta dotación no tendrán carácter
condicionado por lo que será responsabilidad de las comunidades autónomas y
ciudades con estatuto de autonomía destinar estos recursos a la finalidad para
la que han sido concedidos.
2. OrdenPCM/531/2020, de 16 de junio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 16 de junio de 2020, por el que se establecen los puertos y
aeropuertos españoles designados como "Puntos de Entrada con capacidad de
atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional",
según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005), para
hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE, 17.
Primero. Objeto.
El presente
Acuerdo tiene por objeto designar los puertos y aeropuertos enumerados en el
apartado tercero como los únicos puntos de entrada en España de los medios de
transporte incluidos en su ámbito de aplicación, salvo las excepciones
previstas en el apartado cuarto.
Segundo. Ámbito de
aplicación.
El presente
Acuerdo se aplicará a los siguientes medios de transporte que lleguen a
territorio nacional:
a) Vuelos de
pasajeros con origen en cualquier aeropuerto situado fuera de la Unión Europea
y Estados asociados Schengen.
b) Buques de
pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea
regular con origen en cualquier puerto situado fuera de la Unión Europea y
Estados asociados Schengen con pasajeros que no sean los conductores de las
cabezas tractoras de la mercancía rodada.
Tercero. Puntos de
entrada.
1. Los medios de
transporte incluidos en el ámbito de aplicación de este Acuerdo que lleguen a
España, únicamente podrán utilizar los siguientes aeropuertos y puertos
españoles designados como «puntos de entrada con capacidad de atención de
emergencias de salud pública de importancia internacional» para COVID-19, según
lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005):
a) Aeropuertos de
«Josep Tarradellas Barcelona-El Prat», «Gran Canaria», «Adolfo Suárez
Madrid-Barajas», «Málaga-Costa del Sol», «Palma de Mallorca», «Sevilla»,
«Menorca», «Ibiza», «Lanzarote-César Manrique», «Fuerteventura», «Tenerife
Sur», «Alicante-Elche», «Seve Ballesteros-Santander», «Bilbao» y «Valencia».
b) Puertos de Barcelona,
Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife,
Valencia, Vigo, Santander, Alicante, Motril, Algeciras y Tarifa.
2. El Ministerio
de Sanidad adoptará las medidas necesarias de control sanitarias para evitar
que puedan suponer riesgo para la población de nuestro país.
Cuarto. Excepciones.
1. La limitación
no se aplicará a:
a) Las aeronaves
de Estado, la realización de escalas con fines no comerciales, los vuelos
exclusivos de carga ni a los vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de
emergencia.
b) Los buques de
Estado, los buques que transporten carga exclusivamente ni a los buques que
realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia.
2. El Ministerio
de Sanidad, previa solicitud justificativa, podrá levantar la limitación
prevista en este Acuerdo autorizando puntualmente aeronaves o buques que
transporten exclusivamente ciudadanos españoles, residentes en España u otros
colectivos contemplados en el artículo 1.1 de la Orden SND/521/2020, de 13 de
junio, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una
restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la
Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud
pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
3. En todo caso se
adoptarán las medidas necesarias de control sanitario para evitar que supongan
un riesgo para la población de nuestro país….
3. El Pleno delórgano de gobierno de los jueces aprueba el plan de choque del CGPJ para lareactivación tras el estado de alarma
16 de junio.
l Pleno del órgano
de gobierno de los jueces ha aprobado hoy, con 18 votos a favor, dos en blanco
y uno en contra, el plan de choque del Consejo General del Poder Judicial para
la reactivación tras el estado de alarma declarado como consecuencia de la
pandemia de coronavirus COVID-19, que incluye más de 60 medidas organizativas
y/o gubernativas que quedan dentro de su capacidad de actuación propia y no
requieren de modificaciones legales para su aplicación.
Las medidas
aprobadas son el resultado del debate y votación del más de medio centenar de
enmiendas presentadas por los vocales a las propuestas que figuraban en los
documentos de trabajo definitivos de los distintos bloques que constituyen el
plan de choque -medidas organizativas y procesales, medidas sobre solución
extrajudicial de conflictos, medidas destinadas a colectivos especialmente
vulnerables y medidas tecnológicas- cuya elaboración fue acordada por la
Comisión Permanente el pasado 2 de abril.
El documento final
que recogerá estas medidas, que entre otras cuestiones contemplan el
mantenimiento o incremento de las medidas de refuerzo o apoyo en Juzgados y
Tribunales, el fomento de las herramientas existentes para la unificación de
criterios o la potenciación del empleo de sistemas telemáticos, estará
disponible en los próximos días en la página web www.poderjudicial.es, una vez
incorporadas las enmiendas aprobadas.
Los objetivos del
plan son agilizar al máximo la resolución de todos aquellos asuntos cuya demora
pueda incidir más negativamente en la recuperación económica y en la atención a
los colectivos más vulnerables y proporcionar a los jueces y magistrados un
escenario fiable para la vuelta a la normalidad, con mecanismos que les
permitan afrontar con menor dificultad el incremento de cargas de trabajo.
Principios
generales de las propuestas de reforma legal
El Pleno del
órgano de gobierno de los jueces también ha aprobado los principios y criterios
generales que deberían inspirar las reformas legales que puedan acometerse en
este momento. En esta materia, la actuación del CGPJ ha de quedar limitada a la
función de propuesta y aportación de trabajos técnicos al prelegislador para su
valoración y, en su caso, tramitación ante las Cortes Generales.
Tras el debate y
votación de las enmiendas presentadas en relación con este apartado, los
vocales han acordado que las reformas deberían procurar la agilización
procesal, incrementando la eficacia de la respuesta judicial y acortando, en la
medida de lo posible, los tiempos de respuesta; introducir previsiones en la
normativa procesal orientadas a alcanzar el máximo aprovechamiento en la
utilización de los medios tecnológicos; favorecer el incremento de la seguridad
jurídica, la unificación de criterios ante la previsible litigiosidad masiva y
la uniformidad de la respuesta judicial; y mitigar el exceso de litigiosidad.
Además, dadas las
especiales circunstancias generadas por la crisis sanitaria y su impacto
socioeconómico, las reformas habrían de prestar especial atención a
determinados procedimientos: los de familia, en base al principio del interés
superior del menor; los mercantiles, al objeto de facilitar la continuidad de
las empresas y de la actividad de los profesionales afectados por la crisis; la
protección de las víctimas, con especial y constante atención a las de la
violencia de género; los contencioso-administrativos más directamente asociados
a los efectos de la declaración del estado de alarma; y los laborales sobre
protección social, conciliación de la vida familiar y profesional, viabilidad
de las empresas y mantenimiento del empleo.
Por último, el
Pleno ha señalado como criterios y principios aplicables con carácter general a
cualquier reforma procesal que se acometa que ninguna de ellas vaya en
detrimento de las garantías procesales de los justiciables ni merme la calidad
del servicio judicial; que dadas las circunstancias que motivan la elaboración
de las propuestas éstas han de tener, cuando proceda, carácter temporal, sin
excluir el planteamiento de reformas con vocación de permanencia cuando puedan
introducir mecanismos que favorezcan la respuesta judicial de cara al futuro; y
que ha de contemplarse en todo momento la conexión de las reformas con las
exigencias derivadas de la protección de la seguridad y la salud laboral.
4. Boletín Oficialdel Congreso de los Diputados, Serie D, núm. 105. 17 de junio.
El Pleno del
Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con
modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Republicano,
sobre protección de los trabajadores autónomos a raíz de la crisis del
COVID-19, publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 70,
de 21 de abril de 2020, en los siguientes términos:
«El Congreso de
los Diputados insta al Gobierno a que, en el marco de la mesa de diálogo social
permanente abierta con las asociaciones de las personas trabajadoras por cuenta
propia o autónomas, realice las siguiente actuaciones:
1) Seguimiento y
evaluación de la extensa legislación de urgencia aprobada desde el inicio de la
crisis sanitaria, económica y social provocada por el COVID-19 y que
específicamente afecta a los trabajadores autónomos, al objeto de continuar
apoyándoles en el mantenimiento de su actividad productiva en la vuelta a la
normalidad.
En concreto, y
entre otras medidas, deberán ser objeto de análisis:
a) La prestación
extraordinaria por cese de actividad, regulada en el artículo 17 del Real
Decreto-ley 8/2020, al objeto de valorar su posible prórroga, mes por mes y con
selección de los sectores de actividad que especialmente lo requirieran por el
impacto de la crisis del COVID-19.
b) El aplazamiento
especial y temporal regulado en el artículo 35 del Real Decreto-ley 11/2020, al
objeto de considerar su posible prórroga, mes por mes y con un interés especial
que pudiera ir acercándose paulatinamente al interés de demora establecido en
la Ley General de la Seguridad Social.
2) La constitución
del Consejo de Trabajo Autónomo, de conformidad con la Ley 20/2007, y previo
diálogo en la mesa abierta con las asociaciones de los trabajadores por cuenta
propia o autónomos.
3) El diseño,
también en el marco de la mesa de diálogo social con las asociaciones de
trabajadores autónomos, de un plan estratégico para el empleo autónomo que
incluya, entre otros aspectos,
a) La
digitalización de la economía.
b) La fijación de
la población en el territorio favoreciendo la generación de autoempleo en el
ámbito rural.
c) Actuaciones
específicas para colectivos críticos para el trabajo autónomos, como los
mayores de 52 años, los jóvenes menores de 30 años, las mujeres y las personas
con discapacidad, así como los autónomos con actividad estacional.
d) Garantizar de
forma efectiva la igualdad en la prestación laboral por cuenta propia.
Asimismo, se impulsará
de manera prioritaria una reforma del RETA para establecer un sistema de
cotización por ingresos reales, reiniciando los trabajos emprendidos en
legislaturas anteriores en el marco de la subcomisión para el estudio de la
reforma del RETA.»
Se ordena la
publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de
la Cámara.
Palacio del
Congreso de los Diputados, 11 de junio de 2020.—P.D. El Secretario General del
Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
5. Alfonso Novales.
Crisis y confianza. 11 de junio.
… No aprovechamos
bien la salida de la crisis financiera de 2008; no cabe escudarse en las políticas
de austeridad, por mucho que impusieran una fuerte disciplina que no dejó
margen a intervenciones que pudieron haber reducido el impacto social y
contribuido a generar un entorno de progreso. Lo más trascendente es que no
hubo ningún movimiento por diseñar el modelo de país hacia el cual queríamos
progresar. Lejos de ello, desde entonces la política se polarizó más y muchos
ciudadanos, quizá la mayoría, asistimos perplejos y con creciente desilusión a
los debates que se han ido sucediendo en el Parlamento y fuera del mismo. Poco
más de diez años después estamos de nuevo en un punto crítico que ha vuelto a
generar enconamiento y agrias descalificaciones entre nuestros representantes
políticos, pero muy poca, si alguna, visión de futuro.
Aparte de sus evidentes
implicaciones para la convivencia social, ¿es esto importante para nuestra
economía? ¿es relevante para la generación de empleo? ¿es trascendente para
nuestro potencial futuro de progreso? Sería crucial que, como sociedad, nos
convenciésemos todos de que la respuesta a todas estas preguntas es
indudablemente afirmativa. Tenemos la oportunidad de producir grandes
transformaciones; la más relevante posiblemente sería la de recuperar la
confianza en nuestras instituciones, y la confianza en nosotros mismos, la
confianza en quienes, junto con nosotros, configuran este país. Lo que
necesitamos en este momento, quizá de la Comisión para la Reconstrucción, es un
debate franco sobre todo aquello que compartimos en nuestra visión de futuro.
Muy especialmente, estableciendo acuerdos, con un firme compromiso de
mantenimiento, sobre los aspectos relativos a educación, innovación, sanidad,
empleo y pensiones que puedan ser comunes a los representantes de las distintas
posiciones políticas.
6. Álvaro Requeijo
y Mercedes Villarubia. COVID-19: ha
llegado el momento de la mediación 16
de junio.
La Comisión Permanente del CGPJ, con el fin de ir
descongestionando y organizando el trabajo de los Juzgados, acordó permitir la
presentación telemática de todos los escritos y su reparto a los órganos
judiciales competentes, a pesar de que continuaba vigente la suspensión y la
interrupción de plazos procesales acordada por la Disposición Adicional Segunda
del RD 463/2020. Desde la apertura de esa posibilidad se empezó a vislumbrar un
incremento en la litigiosidad que puede ser el preludio de lo que se espera en
los próximos meses.
Tras los diversos cambios normativos relativos al
cómputo de los plazos procesales, habiéndose fijado finalmente el pistoletazo
de salida el día 4 de junio, conforme al Real Decreto 537/20, todo apunta a
que, efectivamente, ese mayor número de escritos presentados se va a convertir,
desde este momento, en un verdadero tsunami judicial o más bien,
teniendo en cuenta el tiempo que vivimos, en una verdadera pandemia litigiosa.
Ante esta circunstancia todos los profesionales
debemos estar preparados para lo que se avecina y en este sentido, el Plan de
Choque en la Administración de Justicia tras el estado de alarma ha abordado
como una de las principales medidas para evitar el colapso de los servicios judiciales,
el impulso de la mediación. ¿Puede ser la mediación una suerte de primera
vacuna frente a esa pandemia litigiosa?
… Las mediaciones, judiciales o
extrajudiciales, utilizando herramientas digitales y virtuales de comunicación,
son sin duda efectivas para resolver la alta tasa de conflictividad que se
avecina. En consecuencia, las plataformas virtuales deben convertirse
en una herramienta habitual para la resolución de conflictos prejudiciales, más
ahora con la experiencia del aislamiento obligado que ha impuesto la pandemia
del Covid-19.
7. José Ramón
Chaves. Chico nuevo en la oficina:Empleado público fijo no funcionario de carrera. 12 de junio.
La reciente Sentencia dictada por el Juzgado de
lo contencioso-administrativo núm. 4 de Alicante de 8 de junio de 2020 (P.A.
813/2019) ha estimado el recurso contencioso-administrativo planteado por una
funcionaria interina de larga duración (13 años), que había superado en su día
un procedimiento selectivo para aquélla condición, y ante la falta de inclusión
de su plaza en la Oferta de empleo, ni convocarla para su cobertura definitiva,
declara la situación de abuso de la temporalidad (en los términos comunitarios)
y reconoce, «como situación jurídica individualizada el derecho de la
recurrente al reconocimiento de su condición de empleado público fijo y a
permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeña con los mismos
derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige
para los funcionarios de carrera comparables, sin adquirir la condición de
funcionario de carrera».
O sea, la compensación para el abuso de
temporalidad apreciado en sentencia no es declararle funcionario de carrera
sino declararle empleado fijo en condiciones equivalentes a funcionario de
carrera. Sí, eso parece….
8. FAES. EL ESPACIO DE LA SOCIEDAD CIVIL. 15 de junio.
La reunión
empresarial convocada por la CEOE es una iniciativa oportuna y necesaria.
España se enfrenta a una crisis económica fulminante con una dramática
repercusión sobre el empleo y la cohesión social y lo hace con un marco
institucional deteriorado y un Gobierno que reúne todas las contradicciones
posibles en su precariedad parlamentaria, y se muestra una y otra vez incapaz,
por voluntad propia, de articular los acuerdos necesarios que dejen al margen
los radicalismos, las recetas populistas y neutralicen en vez de fortalecer las
presiones disgregadoras que sufre nuestro país.
Es alentador que
el sector privado en el que se encuentran proyectos empresariales de éxito
global haga visible este paso al frente y afirme su compromiso con el futuro.
Deja a un lado la constante denigración de la actividad empresarial que se
proyecta desde sectores muy influyentes del Gobierno que exhiben sus atávicos
prejuicios contra los motores de la creación de riqueza, la innovación y el
empleo.
Esta crisis no es
como las anteriores. Es cierto, y una de sus diferencias radica precisamente en
que la sociedad civil tiene el derecho y el deber de reclamar su espacio, de
ser escuchada y de ser respetada. Una de las claves fundamentales para la
recuperación será la capacidad para la colaboración público-privada, la
capacidad para forjar una nueva asociación en la que el reconocimiento de los
límites de cada uno de estos ámbitos abra el terreno de una cooperación real y
productiva. Ni la transformación digital, ni la transición energética, ni el
imperativo de mejora en la formación, ni las condiciones para la creación de
más y mejor empleo mientras se alivian los efectos cataclísmicos del parón
económico, podrán realizarse si no se abren nuevos espacios en esta
colaboración.
9. CEOE. Ninguna empresa debe parar sus actividadesde I+D+i Mayo.
En la
anterior crisis del
2008, el CDTI
perdió el 50
% de sus clientes habituales.
Este dato es
posiblemente el que
mejor refleja el serio impacto de una profunda crisis financiera en el
todavía débil tejido
innovador empresarial. En
estos días España y el resto del
planeta se enfrenta a una crisis global, de dimensiones imprevisibles
y que, de
no hacer nada
o de mantener un continuismo
con la década
anterior, acarreará enormes daños
para el entramado productivo de nuestro país.
Este documento
se sitúa en el escenario
justo cuando la
crisis sanitaria esté
cesando y, consecuentemente, se esté en condiciones de formular las
políticas precisas para los muy críticos 24
meses siguientes. Estamos
hablando de un período
extraordinario de recuperación que persiga dos
objetivos primarios:
acelerar la recuperación
del ritmo normal
de los ciclos económicos y asegurar que ninguna
empresa caiga en la tentación de no priorizar sus apuestas por la I+D+I,a la
vez que se anime a que nuevas entidades se sumen a esa actividad innovadora
10. Fundación Fide
(Grupo de trabajo Convención sobre el futuro de Europa). Miradas desde lasociedad civil sobre el futuro de Europa..
Junio.
Es especial poder
llamar a un Grupo de trabajo con personas tan valiosas: Convención sobre el
futuro de Europa. Es anclar de nuevo el trabajo e intuición académica de muchos
años de investigación a un nombre, a personas, a un tiempo que ha llegado: se
ha convocado la Conferencia sobre el futuro de Europa, comenzará en septiembre
con el nuevo curso europeo.
En esta
publicación, pueden buscar, y encontrar, el análisis de juristas, politólogos,
académicos, profesores, consultores, economistas, periodistas. En este
documento creo que percibirán trabajo, trayectoria vocacional de todos,
esfuerzo conjunto e ilusión.
Queremos ayudar,
contribuir, al debate sobre cómo debe la Unión Europea abordar su futuro ante
los desafíos de la globalización y ante esta etapa tan dura por la que
atravesamos. Espero que el lector sienta la mirada y el pensamiento de la
sociedad civil; el enfoque y proyección desde la vida que transcurre en los
despachos de abogados, en las consultorías, en las Universidades, en las
instituciones, en los medios de comunicación. En los textos de cada uno de los
autores que aquí participamos la Unión Europea emerge de manera pausada pero
también con fuerza. Conducir este Grupo significa para mí aportar, mostrar la
Unión Europea en la que creo, significa aprender de cada uno de los miembros
que lo integran.
Cada autor expone
sus ideas desde su disciplina por lo que, en el paseo por los capítulos, los
lectores pueden encontrar análisis sobre las prioridades de la UE en los campos
del derecho, la política, la digitalización, la educación, las finanzas, la
unión fiscal, los parámetros de la globalización y la comunicación en clave
europea.
En esta etapa en
la que la Conferencia sobre el futuro de Europa está configurándose, desde la
Fundación Fide queremos presentar nuestro primer documento de reflexión y de
vectores para el debate. Trabajar en la defensa de la Unión Europea, en dar
visibilidad a su significado, logros, retos y desafíos, consiste también en
observar el pasado de la Historia de Europa para continuar construyendo. La
Unión Europea es una meta de presente y de futuro. Este momento único de la
Historia, requiere y modela una manera de impulsar la acción democrática de la
UE desde diferentes miradas, desde el conocimiento de distintos profesionales….
11. Reka Tunyogi.
Why recovery needs to have children at its centre 16 de junio.
Al salir de un
encierro en una crisis, la recuperación está en la mente de todos. La
recuperación, sin embargo, puede significar cosas diferentes. Un empleado con
un trabajo de oficina puede esperar algo diferente que alguien sin trabajo del
sector de servicios enormemente afectado. Las expectativas de una gran empresa
también serán diferentes a las de un pequeño empresario, al igual que las de
una madre o padre soltero, en comparación con un hogar de dos personas. Es
responsabilidad de los líderes europeos asegurarse de que la recuperación
llegue también a los niños y les ofrezca una mano amiga.
El plan europeo de
recuperación presentado por la Comisión Europea el 27 de mayo propone movilizar
1.100.000 millones de euros dentro del Marco Financiero Plurianual 2021-27, y
otros 750.000 millones de euros a través de un nuevo instrumento, la UE de la
próxima generación. La Comisión ha instado a los gobiernos nacionales a que lo
aprueben rápidamente, en vista de los retos que se avecinan.
De hecho, para
salvar del colapso a una de las regiones más prósperas del mundo se necesitarán
miles de millones de euros para aliviar la carga de quienes más sufrirán bajo
la inminente recesión económica. En estos esfuerzos de estabilización, no sólo
hay una urgencia particular sino una racionalidad en la inversión en los niños.
La anunciada Garantía Infantil y la asignación de recursos de la dotación de
cohesión para hacer frente a la pobreza infantil son, por lo tanto, simbólicas
y urgentes.
12. Departamento
de Coyuntura y Estadística de Funcas IMPACTO DE LA CRISIS DEL COVID-19 EN LASCOMUNIDADES AUTÓNOMAS.. 16 de junio.
Si bien la
información estadística es todavía escasa, además de presentar problemas
metodológicos en tiempos de pandemia (ver anexo), se pueden discernir las
siguientes tendencias:
● En general,
aquellas regiones que tienen una estructura productiva con un elevado peso de
las actividades más afectadas por la crisis, ya sea industriales, o de
servicios ligados al turismo son, las que han sufrido un mayor impacto en su
actividad, medido a través del índice de producción industrial o el índice de
cifra de negocios en los servicios (Baleares, Canarias, Cataluña, Madrid y
Valencia). En el sentido contrario, las comunidades autónomas con un mayor peso
del sector primario (Extremadura, Castilla-La Mancha), o de industrias y
servicios menos vulnerables (La Rioja, Castilla y León) han sufrido un menor
impacto.
● Los escasos
datos disponibles acerca de la incipiente recuperación son poco concluyentes
por el momento, y apuntan a que los territorios más rezagados son los que más
tarde han cambiado de fase en el proceso de la desescalada, o los de más peso
del turismo, mientras que los más avanzados tendrían en común el haber sufrido
un impacto más moderado.
13. Cristóbal
Molina. Nuevos empleos virtuales (“moderación” de contenidos en red), viejassoluciones: ¿pluses de “toxicidad psicosocial digital”? 17 de junio.
Justamente, una de las promesas de progreso de la
transformación digital de los puestos de trabajo residiría en la eliminación, o
reducción, de las condiciones de peligrosidad, toxicidad y penosidad,
aunque con ellas se vayan también, lógicamente, los pluses retributivos (“plus
de pan para hoy, plus de factor de riesgo enfermedad para mañana”). ¿Está
asegurada esta tendencia, o, de nuevo el cambio tecnológico promete más que
cumple? ¿A qué viene recordar algo tan conocido en el ámbito de las relaciones
industriales? La oportunidad de este análisis nos lo ofrece la noticia que
acabamos de conocer de uno de los mayores gigantes de la nueva era digital: Facebook
acuerda pagar 52 millones de dólares a las personas que lleven a cabo, o hayan
realizado, servicios de “moderación” de contenidos en red, como compensación
por los problemas de salud mental generados. Si con carácter general, cada persona que realice
tales servicios recibirá un mínimo de 1.000 $, las diagnosticadas de estrés
postraumático u otras afecciones psicosociales relacionadas con su trabajo,
recibirán una compensación adicional
… Vale más prevenir que reparar o cómo la prevención
de riesgos psicosociales convierte el daño emocional potencial en “salario
emocional” real. Sin
embargo, este plus de sobrecarga psicosocial de un nuevo trabajo ligado a la
colonización digital del mundo, en especial a través de las redes, no tiene
necesariamente que mutar de riesgo en daño emocional típico, a soportar, por lo
inexorable de la toxicidad de este servicio digital. La solución justa no
pasaría por un tipo de complemento retributivo que compense tal desgaste, sino
por la acción preventiva eficaz. Dado que no se puede eliminar el riesgo de
sobrecarga emocional, pues es inherente al trabajo, sí requiere, tras la
evaluación, intervención protectora para evitar que el riesgo se actualice en
daño. De ahí, la obligación de protección eficaz ex art. 15-16 LPRL (para el
ámbito europeo).
Justamente, ese acuerdo conciliatorio judicial
compromete a Facebook a una política de protección más eficaz de las personas
que prestan este tipo de servicios. Se ha obligado, pues, a revisar su
protocolo de seguridad y salud para las personas moderadoras de contenidos (en
especial imágenes), para evitar puedan ser dañinas para ellas. Entre esas
medidas se incluye:
- Medidas técnicas. Como omitir por defecto el sonido o reducir la claridad con la que se ven mediante su paso automático a blanco y negro.
- Medidas asistenciales. Además, las personas empleadas en estas labores tendrán derecho a una atención semanal por parte de profesionales de la salud mental y podrán compartir experiencias en terapias mensuales de grupo…
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