miércoles, 27 de mayo de 2020

COVID-19. Actualización a 26 de mayo de normativa, resoluciones judiciales, y aportaciones económicas, jurídicas y sociales.


Actualizo en esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización, y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo con sus contenidos. 

Dado que el número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con regularidad, es necesario remitirse al   Código electrónico “Covid-19 Derecho Europeo, Estatal y Autonómico” https://boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=355&nota=1&tab=2 que ha publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a medida que se van dictando nuevas normas.

1. OrdenTMA/444/2020, de 25 de mayo, por la que se amplía la relación de puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.  BOE, 26.


Primero. Ampliación de los puertos designados como puntos de entrada con capacidad de atención a la emergencia de salud pública ocasionada por la enfermedad COVID-19.

A los efectos previstos en la Orden SND/441/2020, de 23 de mayo, por la que se prorroga la Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo, por la que se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional, se amplían los puertos designados como puntos de entrada, en su artículo 3.1, epígrafe b), a los puertos de «Santander» y «Alicante».
Segundo.

En los puertos indicados en el apartado Primero de la presente Resolución, las Autoridades Portuarias, ante la demanda de reapertura de líneas internacionales con pasajeros pondrán a disposición de Sanidad Exterior de modo temporal los recursos humanos sanitarios necesarios que de común acuerdo se dispongan entre Puertos del Estado y el Ministerio de Sanidad. En tal caso, la Autoridad Portuaria contratará los servicios a través de una entidad que preste los servicios sanitarios con el fin de garantizar el control sanitario de la entrada de pasajeros de línea internacional en dichos puertos. El personal sanitario que preste estos servicios estará en todo momento bajo la coordinación de Sanidad Exterior en cada Puerto.

2. Diario de Sesiones del Senado.   COMISIÓN DE TRABAJO, INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. 25 de mayo.  Comparecencia de la Ministra de Trabajo yEconomía Social.


Vamos a hablar, como observan, del programa del ministerio, de la respuesta del ministerio a la COVID-19, de la radiografía del mercado laboral y de los desafíos inminentes en materia de trabajo y economía social. De alguna manera, hemos intentando compendiar todas las comparecencias que se habían suscitado. También vamos a abordar los principales problemas del mercado de trabajo: el primer  problema, la precariedad generalizada; el segundo problema, los bajos salarios; el tercer problema, una inaceptable desprotección a las personas que pierden su empleo. Quiero decirles aquí que la rotación con contratos de corta duración hace que muchísimas personas tengan una protección muy débil. El aumento de las formas irregulares de trabajo, de informalidad y de relaciones laborales encubiertas bajo falsas fórmulas mercantiles está desprotegiendo a las personas. Este deterioro de la protección se mide, como saben, por la denominada tasa de cobertura, que pasó del 78 % en el año 2010 al 55,5 % en el año 2016.  Esta cifra revela en toda su crudeza la gravedad de los recortes practicados, impuestos, como conocen bien, por el Real Decreto Legislativo 20/2012 durante el mandato de Mariano Rajoy.

El cuarto, la salud y la seguridad en el trabajo. Parece que a día de hoy no merece ya ni siquiera explicación, pero antes de la pandemia ya resultaba intolerable la magnitud de los accidentes laborales, las muertes que cada año estamos sufriendo. Ahora, la pandemia ha situado la salud en el primer término, pero nada volverá a ser como antes. Durante mucho tiempo vamos a tener que incorporar otras formas de comportarnos en los lugares de trabajo, y la seguridad y la salud laboral van a requerir de nuestra principal atención.

El quinto problema, y no menor, la desigualdad laboral entre hombres y mujeres. Si ya partíamos de una importante brecha salarial de género, también de pensiones, con la pandemia se nos hacen más patentes dos amenazas: primero, que la crisis vuelva a cargar sobre el eslabón más débil, que el hecho de que las mujeres tengan un mayor grado de precariedad las haga más vulnerables, pero además que el peso de los cuidados en el entorno familiar se convierta en una carga añadida que nos expulse del mercado de trabajo..”.



“…  La empresa, según la sentencia, ha suministrado a los trabajadores mascarillas, batas, monos y guantes. Igualmente, les ha realizado test de doble banda y todos han dado negativo. Aunque las pruebas ya han sido practicadas, o sindicato solicita que sigan haciéndose mientras dure la pandemia, por lo que la titular del Juzgado de lo Social número 3 de Ourense rechaza la existencia de carencia sobrevenida de objeto para desestimar la demanda.

La juez destaca en la resolución que no hay “ninguna lesión o vulneración del derecho a la integridad física por no realizar los test de doble banda, al no existir ningún tipo de normativa que imponga a las empresas el realizarlos”. Así, señala como “única obligación” el proporcionar los equipos de protección individual para evitar contagios. “En este caso, no ha sido cuestionado de ninguna forma que no se hayan suministrado esos equipos, siendo significativo que durante más de dos meses no haya habido ningún contagio, lo que evidencia su calidad y su efectividad”….”

4.   RESOLUCIÓN PDA/1108/2020, de 24 de mayo, por la que se da publicidad a la Instrucción 5/2020, de 24 de mayo, sobre reincorporación progresiva en los centros de trabajo, teletrabajo y otras medidas organizativas de aplicación al personal al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña con motivo del coronavirus SARS-CoV-2.   DOGC,25.


1. Objeto

1.1. Esta Instrucción tiene por objeto desarrollar las medidas para la reincorporación progresiva en los centros de trabajo, teletrabajo y otras medidas organizativas de aplicación al personal al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña con motivo del coronavirus SARS-CoV-2, aprobadas por el Comité de Dirección del Plan de actuación del PROCICAT en fecha 20 de mayo de 2020.
Se establecen medidas organizativas para facilitar la reincorporación progresiva en los centros de trabajo del personal de la Administración de la Generalidad y de sus organismos autónomos así como instrucciones en relación con la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo que se convierte en el instrumento organizativo preferente.
1.2. Los departamentos de la Generalidad y sus organismos autónomos tienen que elaborar sus Planes de contingencia y reincorporación progresiva considerando las previsiones de esta Instrucción y con la exclusiva finalidad de preservar la salud de los empleados públicos y contribuir a contener el riesgo de contagio en los centros de trabajo. A estos efectos, podrán elaborar nuevos planes o adecuar los anteriores, que en todo caso pasarán a denominarse Planes de contingencia y reincorporación progresiva.

6. Medidas de reorganización interna y flexibilidad horaria en la prestación de servicios presenciales
6.1. Los planes de contingencia y reincorporación progresiva departamentales habilitarán medidas de reorganización interna y flexibilidad horaria para el personal que se tenga que reincorporar presencialmente a los centros de trabajo a los efectos de minimizar riesgos para la salud del personal, principalmente la garantía del mantenimiento de la distancia de seguridad de 2 metros.
6.2. Pueden aplicarse, alternativa o acumulativamente, las siguientes medidas de reorganización interna: teletrabajo parcial con la posibilidad de limitar los días de prestación presencial a la semana, que pueden ser consecutivos o alternos; establecimiento de un régimen de turnos, que podrán ser rotatorios; fijación temporal de horarios especiales de trabajo; reincorporación temporal en centros de trabajo diferentes al habitual, sin cambio de localidad de
6.3. Pueden aplicarse, alternativa o acumulativamente, las siguientes medidas de flexibilidad horaria: flexibilización del horario de entrada y salida del personal y adecuación del horario de permanencia obligatoria a los efectos de escalonar el horario de entrada y salida. Ambas medidas se pueden aplicar mediante la asignación de horarios especiales de carácter temporal.

9. Medidas específicas derivadas de las necesidades del servicio
9.1. Por necesidades del servicio, cualquier empleado público podrá ser requerido para el ejercicio de funciones diferentes a las propias de su puesto de trabajo siempre que estas funciones tengan relación directa con la reorganización de los servicios con motivo del coronavirus SARS-CoV-2.
Se habilita, igualmente, la posibilidad de adscribir temporalmente personal a otros órganos o unidades necesitadas de refuerzo. Estas medidas organizativas se formalizarán mediante una atribución temporal de funciones o movilidad funcional, en consecuencia, las funciones atribuidas han ser adecuadas al cuerpo, o categoría, y en ningún caso pueden comportar una merma en las retribuciones.
9.2. Cualquier empleado público que preste servicios en régimen de teletrabajo, salvo los especialmente sensibles y los que tenga hijos o hijas menores de 14 años o personas dependientes a cargo, tendrá que reincorporarse a su centro de trabajo con la máxima brevedad posible cuando sea requerido por las necesidades del servicio. A estos efectos, los empleados tendrán que estar disponibles y localizables durante su jornada de trabajo.
9.3. Los empleados públicos que disfrutaban de un permiso deberes inexcusables de carácter público se tienen que reincorporar a la prestación de servicios, ya sea presencialmente o en la modalidad de teletrabajo, de conformidad con lo que se establezca en el Plan de contingencia y reincorporación progresiva. La reincorporación se tiene que hacer efectiva en el momento de aprobarse el Plan de contingencia y reincorporación progresiva y, como máximo, el 1 de junio de 2020, con excepción de las personas adscritas a servicios o unidades que tienen que reiniciar necesariamente sus actividades en función de la fase en que se encuentra el territorio..
  
11. Medidas en relación con el disfrute de vacaciones, permisos y calendario laboral
Sin perjuicio de las instrucciones que puedan emitir al efecto las personas titulares de las secretarías generales o los órganos competentes de los organismos autónomos para garantizar la correcta prestación de los servicios, se establecen las siguientes medidas en relación con el disfrute de las vacaciones, el permiso por asuntos personales y el calendario laboral:
a) Se puede hacer uso de la posibilidad de establecer el disfrute obligatorio de algún periodo de vacaciones durante los periodos del año que se determinen.
b) Se tiene que facilitar el disfrute escalonado del permiso por asuntos personales para evitar la concentración a final de año.
c) Se podrán adaptar los calendarios laborales cuando sea necesario, respetando el cómputo de jornada anual.





El Colegio de Abogados de Madrid ha publicado una Guíapráctica para la normalización de la actividad profesional. Elaborada por el Área de Actualización Normativa del ICAM a modo de preguntas y respuestas, el documento incluye información relativa a la movilidad de los profesionales, aspectos fiscales, tributarios y laborales, cuestiones relacionadas con el inmueble destinado a la actividad profesional, así como otras muchas pautas de actuación para favorecer la normalización de la actividad profesional en el contexto actual.

  


"En este artículo se analizan las posibilidades laborales de las nuevas generaciones, en comparación con las generaciones anteriores cuando estas tenían una edad similar. La perspectiva generacional ofrece varios resultados interesantes. En primer lugar, los salarios reales medios percibidos a cada edad por los trabajadores más cualificados han caído a lo largo de las distintas generaciones, mientras que apenas han variado en el caso de los trabajadores de menor cualificación. En segundo lugar, cuando se combina esa información de salarios con la cantidad de tiempo trabajado, se encuentra que las rentas anuales medias han disminuido recientemente de forma generalizada. Este empeoramiento de las rentas laborales anuales que sufren las generaciones más jóvenes parece tener un cierto componente cíclico. Finalmente, en términos de precariedad laboral, las generaciones más jóvenes se enfrentan a una temporalidad ligeramente menor, pero, por otro lado, quienes permanecen con contratos temporales sufren una mayor rotación, mientras que la parcialidad ha acelerado su ritmo de avance, especialmente entre los jóvenes con estudios medios y bajos..."



“… P.  En cualquier caso, Franco Berardi dijo que estamos en un umbral que nos puede llevar a crear una nueva sociedad mejor. ¿Nos encontramos en un momento clave?
R.  La situación podría equipararse a la de antes de la Segunda Guerra Mundial. La crisis de la República de Weimar significó el hundimiento del mundo utópico: surgió el nazismo y hubo una guerra mundial. Pero después se produjo una gran transformación y, en los países occidentales, se crearon unos estados del bienestar sin equivalente en la historia de la humanidad, con unos niveles de igualdad muy notables. ¿Eso abre una perspectiva de cambio ilusionante? Puede que sí, aunque es evidente que hoy en día existe una desigualdad muy grande entre las fuerzas económicas, políticas y sociales. La ciudadanía podrá cambiar caminos con sus hábitos y actitudes, podrá presionar e incidir, pero es cierto que será difícil conseguirlo, si esas fuerzas no están dispuestas a hacer concesiones.  ..”.

8. Massimiliano Mascherini and Eszter Sandor  History repeating itself? The impact of theCovid-19 crisis on youth. 25 de mayo.

“…. Aunque ahora sabemos que la idea de que el 'Covid-19 sólo afecta a las personas mayores' es errónea, las primeras semanas de la pandemia han demostrado que los jóvenes son en general más resistentes que las personas mayores a la enfermedad. Pero, ¿son también más resistentes a sus impactos sociales y económicos?

Las pruebas de la última recesión sugieren lo contrario. La crisis que se precipitó en 2008 puso de manifiesto la vulnerabilidad adicional de los jóvenes: el desempleo entre los jóvenes se disparó por encima del 40% en muchos países de la Unión Europea y el porcentaje de la población de la UE de 15 a 29 años que no tiene empleo, educación y capacitación (NEET) alcanzó un máximo histórico del 16%. Esto tuvo importantes consecuencias sociales en la vida de los jóvenes y constituyó una pérdida económica anual, con una cohorte tan grande de jóvenes fuera del mercado laboral y la educación, estimada en más de 153.000 millones de euros.

¿Se repetirá la historia esta vez? ¿Serán los jóvenes trabajadores las próximas víctimas de las repercusiones económicas de Covid-19? Y, de manera más general, ¿cómo está afectando la pandemia específicamente a la vida de los jóvenes?...

… A pesar de estos primeros efectos negativos de la crisis sobre el bienestar y la participación en el mercado laboral de los jóvenes, éstos siguen siendo ligeramente más optimistas (53%) sobre su futuro que otros grupos de edad (42%). Este mayor optimismo también puede impulsar su confianza adicional en las instituciones, en comparación con otras cohortes, especialmente la confianza en la Unión Europea.

A diferencia de otros grupos de edad, los jóvenes siguen confiando más en la Unión Europea (5,2) que en su gobierno nacional (5,1). Los estudiantes manifiestan una confianza aún mayor tanto en la UE (5.8) como en su gobierno (5.6). Y aunque los jóvenes desempleados traicionan una menor confianza en ambos (4.4 y 4.1 respectivamente), ésta sigue siendo mayor que la de los desempleados de más edad.

La confianza que los jóvenes tienen en sus instituciones es un activo importante que no debe ser desperdiciado. La Unión Europea y los gobiernos nacionales deberían proteger este activo estableciendo medidas que impidan la explosión de otra crisis de desempleo juvenil como consecuencia de la pandemia. La iniciativa de apoyo al empleo SURE y una Garantía de Juventud reforzada van en la dirección correcta para ayudar a los jóvenes a mantener su empleo o a reintegrarse rápidamente en el mercado laboral….

9. Revista CIDOB d’Afers Internacionals nº124  Desinformación y poder en tiempos de coronavirus.  25 de Mayo.

“Este número 124 de Revista CIDOB d’Afers Internacionals se presenta en un momento de excepcionalidad global, entre medidas de protección y aislamiento decretadas para luchar contra una pandemia, la de la COVID-19, que ha amplificado las vulnerabilidades de un mundo conectado física y comunicativamente. Nuestra necesidad de respuestas ante la incertidumbre que vivimos nos ha sumergido en una sobreexposición informativa que se ha visto plagada de noticias falsas, bulos, pseudociencia o teorías conspirativas, hasta el punto de que la Organización Mundial de la Salud nos ha declarado víctimas, no solo del coronavirus, sino también de la infodemia, es decir, de una sobrecarga de información no fiable que se propaga rápidamente entre la población. 

Otra de las consecuencias de este confinamiento que nos ha recluido temporalmente en nuestros hogares ha sido la aceleración de la digitalización de una parte importante de la población, desde la organización de la cotidianidad privada y laboral hasta el contacto afectivo virtual impuesto por la distancia social. A su vez, el control tecnológico de la ciudadanía ha emergido como un recurso efectivo para limitar la propagación del virus, y se ha ensanchado así la asimetría de la información que, desde hace tiempo, permite a gobiernos y grandes corporaciones tecnológicas saber cada vez más sobre la privacidad de los ciudadanos, ante la ausencia de una gobernanza compartida de los datos. 





“La renta básica es un ingreso incondicional y universal de 715 € mensuales que recibirán todos los residentes adultos acreditados (143 € los menores), como derecho de ciudadanía, que sería financiada mediante una reforma fiscal que supondría una redistribución de parte de la renta del 20% de personas más rica hacia el resto de la población.”

Con el acuerdo o desacuerdo a este planteamiento  una empresa especializada ha realizado esta encuesta a más de 2.000 personas detodo el estado español. ¿Qué opinan los ciudadanos y ciudadanas? ¿Los hombres ofrecen respuestas distintas que las mujeres? Y ¿los jóvenes respecto a los de mayor edad? Las respuestas a estas preguntas y a otras muchas muy específicas  se especifican en el siguiente documento.


11. Gaspar Llamazares y Miguel Souto. La salud de lostrabajadores en tiempos de pandemia. 25 de mayo.


Si algo ha quedado claro en estos tres meses de crisis del coronavirus es que, en esta batalla, la ciencia ha salido reforzada y vencedora sobre el negacionismo. Los líderes del populismo ultra, con Donald Trump y Boris Johnson a la cabeza, han tenido que rectificar sus posiciones in extremis ante la contundencia de la razón científica. Otros, como Bolsonaro en Brasil o Viktor Orban en Hungría se han ido desplazando hacia posiciones cada vez más esotéricas y marginales y sin posibilidades de liderar ningún movimiento mundial de calado.

Al final, la mayoría de los países del mundo han optado por el confinamiento y el distanciamiento físico. Y este, que no ha sido social debido al papel socializador de las tecnologías (el verdadero distanciamiento social sigue siendo el que hay entre pobres y ricos), nos ha ayudado a mantenernos lejos del alcance del el SARS-CoV-2, de tal forma que solo una pequeña parte de la población ha resultado contagiada. Esto ha permitido que nuestros hospitales (con 2 camas / 1000 habitantes) hayan conservado el tono y hayan podido hacer frente a la catástrofe. El objetivo, que no era otro que evitar el colapso de los centros sanitarios, por ahora se ha cumplido.

Ya se sabe que tras la pandemia el paisaje será particularmente malo para la economía, y muchas familias, jóvenes y mayores, necesitarán que entre todos hagamos lo posible por evitar que se hable de nuevo de otra generación perdida. Muchos saldrán de la crisis sin empleo, o sufriendo contratos precarios y la autoexplotación del teletrabajo doméstico, mientras otros como los inmigrantes, seguirán siendo las víctimas propiciatorias en muchos países, a pesar de que antes de la pandemia ya estaban entre nosotros.

Pero la crisis seguirá siendo sanitaria todavía durante un tiempo. En concreto hasta que la investigación en marcha fructifique en tratamientos y vacunas que demuestren su eficacia. En esos momentos será muy importante el papel de coordinación de organizaciones mundiales como la OMS, para evitar, como ha dicho Joseph Stiglitz, que los países más ricos accedan de manera prioritaria a las mejores terapias y que los intereses de las corporaciones se antepongan a la necesidad universal de salvar vidas.

En todo caso, el mundo no recuperará la normalidad de antes hasta que la población se inmunice, así que mientras tanto tendremos que seguir haciendo todo lo posible por romper la cadena de contagios. Es muy probable que antes de superar definitivamente la pandemia suframos rebrotes entre momentos de cierta tranquilidad. Por eso, que nos pongamos a salvo del coronavirus no es, ni puede ser, una responsabilidad exclusivamente individual, como se ha dicho. Mantener el distanciamiento físico y lavarnos las manos de una manera sistemática forman parte de una rutina que está en el centro de un manual de instrucciones, pero tiene que ver con un abanico más amplio de medidas que los Gobiernos tienen que contemplar en el marco general de la protección de la salud de los ciudadanos y los trabajadores….



La Junta de Gobierno de la FEMP aprobó, en su reunión del 22 de mayo, más de tres centenares de propuestas de medidas extraordinarias destinadas a facilitar e impulsar tanto el actual proceso de desescalada como la posterior recuperación social y económica desde los Gobiernos Locales. Las propuestas aprobadas fueron planteadas por 13 de las 27 Comisiones de Trabajo de la Federación.
Este documento que se adjunta contiene una primera selección de 250 de las principales  medidas y Propuestas Locales Extraordinarias. Esta primera parte se completará y actualizará a medida que vayan siendo aprobados por la Junta de Gobierno el resto de planes de actuación.

13. Ignasi Beltrán de Heredia           



En el marco de la alarma sanitaria derivada del COVID-19 y ente un eventual tránsito de un ERTE ex RDLey 8/2020 a un ERE por CETOP,

¿qué calificación debería darse a éste último sabiendo que se incumple «prohibición despido» (ex art. 2 RDL 8/20) y la salvaguarda de empleo (ex DA 6ª RDL 8/20)?

Permítanme que comparta con ustedes algunas reflexiones al respecto (sin perjuicio, como viene siendo habitual últimamente, que me reserve la posibilidad de introducir eventuales matizaciones y/o correcciones con posterioridad). …

Valoración final

Tratar de anticipar eventuales escenarios interpretativos a partir de un marco legislativo en constante cambio y con una extraordinaria textura abierta resulta particularmente complejo.

Debo admitirles que no sé anticipar cuál es el margen de error de mi valoración.

Si lo recuerdan, en mi entrada «Sobre el error (y los falsos recuerdos y las pruebas testificales)«, les apuntaba, citando a SCHULZ (En defensa del error, 2015: 28 y 29) que, dado que es «literalmente imposible sentir que estamos equivocados (…) entonces tiene sentido concluir que estamos en lo cierto».

Y esto es así porque «no existe ninguna experiencia de equivocarse», sino que, en cambio, sí que tenemos la «experiencia de darse cuenta de que uno se ha equivocado». Mientras no somos conscientes de que estamos equivocados, creemos estar en lo cierto. Y en este estadio, no hay margen para el error (somos víctimas de la «ceguera al error»). Lo que nos ofrece una nueva evidencia de los factores que nos impulsan a defender nuestras convicciones con uñas y dientes (al margen de su certeza).

De modo que «la ceguera al error contribuye a explicar por qué aceptamos la falibilidad como un fenómeno universal [esto es, en los otros] y sin embargo nuestras propias equivocaciones nos sobresaltan constantemente».

Espero que estas notas sirvan, al menos, o bien, para contribuir a esclarecer estas cuestiones, o bien, para que alguno de ustedes me ayude a sobresaltarme por mi propia equivocación.





Desde la Secretaría de Políticas Sociales hemos elaborado un documento que recoge nuestra posición y propuestas para complementar las medidas que se están desarrollando para hacer frente a las consecuencias sociales de esta crisis sanitaria.
El documento recoge propuestas sobre los ámbitos:
• pobreza y exclusión social
• vivienda y pobreza energética
• servicios sociales
• igualdad de trato y no discriminación a las personas
• personas con discapacidad
• familias e infancia.

15.   Francisco Gordón Suárez.    La “desescalada” de los ERTEs por fuerzamayor derivada de la COVID-19  25 de mayo.


Coincidiendo con una nueva prórroga del estado de alarma, las empresas españolas se enfrentan a su nueva normalidad [sic] con el inicio de la “desescalada” de los ERTES por fuerza mayor derivada del COVID-19. Para ello el Gobierno ha alumbrado un nuevo Real Decreto-Ley ( en este caso RDL 18/2020 de 12 de mayo, de medidas en defensa del empleo ) que, al igual que sus predecesores en materia laboral, adolece de la necesaria claridad, permitiendo diferentes interpretaciones que no favorecen una seguridad jurídica que, en estos momentos, se antoja imprescindible. Voces autorizadas – y otras no tanto – mantienen antagónicas posiciones en cuanto al margen que la norma permite al empresario para afrontar el reinicio su actividad....

… Por último, la regulación  de la “desescalada” de los ERTES ha desarrollado la inquietante obligación de mantenimiento del empleo impuesta por la disposición adicional sexta del RDL 8/2020. …
El incumplimiento del precitado compromiso de mantenimiento de empleo únicamente se permite para unas causas de extinción (por ejemplo, despido disciplinario procedente, dimisión, muerte o jubilación del trabajador), olvidando el legislador gubernamental, de un lado, las numerosas modalidades de extinción ajenas a la voluntad del empresario contenidas en el art. 49 del Estatuto de los Trabajadores ( entre otras, mutuo acuerdo; muerte, jubilación o incapacidad del empresario; o fuerza mayor); y de otro, la posible necesidad empresarial de extinguir algún contrato de forma procedente por alguna de las causas previstas en los arts. 51 y 52 ET. El alcance de esta  medida alcanza cotas desproporcionadas si se interpretara  que la obligación de reintegro del importe de las cotizaciones ( más recargos e intereses)  no se circunscribe a las correspondientes al trabajador que ha visto extinguido su contrato, sino a las de las bonificaciones íntegras de todos los trabajadores incluidos en el ERTE….

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