Segunda parte. Documentos de trabajo de diversas
organizaciones (internacionales y nacionales) sobre los temas referenciados en
el título.
En este apartado
recojo en primer lugar las tesis que me parecen más relevantes de la
intervención de la presidenta del grupo de trabajadores de la OIT, Sra.
Catelene Paschier, en un seminario celebrado el pasado 11 de diciembre en la
OCDE, así como también las aportaciones sindicales del TUAC (Trade Union
Advisory Committee) sobre la misma temática del futuro del trabajo, en una
reunión celebrada el día 15 del mismo mes.
A continuación, me
detengo brevemente en las propuestas efectuadas por la Comisión sobre el futuro
del trabajo en Alemania, creada en 2015 y cuyas muy amplias reflexiones y
conclusiones ya estás disponibles. Por fin, selecciono algunos de los que son a
mi parecer los contenidos más importantes del riguroso y detallado estudio
llevado a cabo por la profesora Mari Luz Rodríguez y el profesor Daniel Pérez
del Prado.
I. Seminario de la OCDE. Las relaciones laborales enel futuro mundo del trabajo. Intervención de la presidenta del grupo detrabajadores de la OIT. 11 de diciembre de 2017.
“Los organizadores de esta conferencia me
pidieron que reflexionara sobre el debate de hoy con las siguientes preguntas
en mente:
¿Cuáles son los
principales desafíos y oportunidades para los sindicatos en el futuro del
trabajo? En particular, nos gustaría escuchar su opinión sobre si los
sindicatos deberían evolucionar o reinventarse para llegar a las nuevas formas
de trabajo, y cómo deberían evolucionar o reinventarse, pero también sobre cómo
podrían movilizar la negociación colectiva y el diálogo social para fomentar
las cualificaciones y la formación, modernizar la protección social y acompañar
las transiciones en el mercado laboral.”….
…. También es de
gran importancia reconocer que el mundo del trabajo actual se construye sobre
muchas capas del pasado. Podemos ver formas medievales de esclavitud que
existen en las partes subdesarrolladas del mundo, pero también en las regiones
altamente desarrolladas la explotación laboral está aumentando de nuevo. Las
fábricas del mundo se encuentran hoy en día en el sudeste asiático, y las
condiciones de trabajo en ellas tienen notables similitudes con las realidades
del siglo XIX en la industrialización de Europa. Los campos agrícolas y las
plantaciones, que proporcionan alimentos y otros productos a la población
mundial, se encuentran cada vez más en África y América Latina, donde el
trabajo infantil, el trabajo en condiciones de servidumbre y otras formas de
explotación no difieren de la época colonial. ¿Y qué decir de los estadios de
fútbol, construidos para nuestras Copas Mundiales en países como Qatar por
millones de trabajadores migrantes en condiciones de extrema explotación?!
… Sin embargo, una
cosa ha cambiado: estas realidades "anticuadas" forman parte del
nuevo modelo de globalización, y la explotación forma parte del modelo
empresarial de las cadenas de suministro globales. Esto se ve facilitado en
gran medida por los avances tecnológicos, permitiendo cada vez más una
situación en la que todo el mundo está conectado pero nadie es
responsable........
.... Sin embargo,
esto no es nada nuevo: era la situación en el siglo XIX, a principios de la
revolución industrial, cuando los sindicatos seguían prohibidos, y el derecho
laboral -con su noción de desigualdad-compensación-- no existía todavía...
…. Así que la
tecnología puede ser nueva, el desafío social no lo es.
… Mientras tanto,
la relación "contrato de trabajo"/empleo se estableció y diseñó
exactamente para tratar las relaciones asimétricas de poder entre un trabajador
que sólo tenía que vender su mano de obra, y los empleadores y las empresas que
unilateralmente podían establecer los términos. El desarrollo tecnológico
permite actualmente un control máximo pero una responsabilidad mínima por parte
del contratista principal o "plataforma".
…. Nos corresponde
a nosotros mirar a través de este velo desconcertante, y tratar con el poder
desigual y las relaciones de negociación detrás de él, de la misma manera que
lo hicimos hace cien años, mientras evaluamos si realmente necesitamos nuevas
respuestas o simplemente tenemos que adaptar las "viejas" a los
tiempos modernos y los desafíos...
¿Qué deben hacer
los sindicatos?
.... Organizar a
los trabajadores sobre la base de su "territorio" común de trabajo
(en lugar de tener el mismo empleador legal) como las grandes obras de
construcción, aeropuertos, puertos marítimos, con estructuras complejas de
subcontratación, múltiples empleadores y a menudo también múltiples convenios
colectivos, para abordar las necesidades comunes de todos los trabajadores en
ese territorio y actuar conjuntamente sobre ellos.....
¿Qué deben hacer
la OCDE y sus componentes?
No se atasquen en
definiciones de trabajadores por cuenta ajena o propia, este no es el verdadero
problema. Lo que necesitamos es más trabajo sobre lo que es un empleador en el
siglo XXI y sobre lo que es una empresa, y sobre qué hombros queremos poner sus
responsabilidades….”
II. Documento para debate en el comité conjuntoTUAC-OCDE. Reunión sobre “El futuro del trabajo, el futuro de la empresa”. 15 de
diciembre de 2017.
... La OCDE tiene
un proyecto importante que cumplir en 2018: la revisión de la Estrategia de
Empleo, el proyecto de reforma del mercado laboral de la Organización. Es
esencial que el resultado de la revisión ofrezca un enfoque equilibrado de las
reformas con un mejor equilibrio entre flexibilidad, estabilidad y seguridad.
La reflexión
política sobre el futuro del trabajo requiere un cambio profundo para hacer
frente al doble reto de promover modelos de producción y consumo de baja
emisión de carbono, al tiempo que se gestionan la rápida transformación digital
y los retos potenciales de la automatización....
Formulando unas duras
críticas a los documentos anteriores de la OCDE y sus recomendaciones, el documento
sindical afirma: "Las recomendaciones de reforma estructural han reforzado
sistemáticamente la prerrogativa empresarial y han aumentado el poder de
negociación del capital y de las empresas sobre el trabajo y los sindicatos en
la negociación de los salarios y las condiciones laborales. Han trasladado la
carga de gestionar la volatilidad y los riesgos del mercado de los empleadores
a los trabajadores, dejándolos en empleos más inseguros. Además, han debilitado
las mismas instituciones del mercado laboral que están a la vanguardia de la
promoción de la inversión en el aprendizaje permanente, la formación
profesional y la redistribución de las prestaciones sociales mediante sistemas
fiscales progresivos y una cobertura universal de la protección social
".
La TUAC pide a la
OCDE reconocer que la política de flexibilidad "ha ido demasiado
lejos" y pide su revisión y corrección, con un nuevo equilibrio en las
relaciones empleador - trabajador, mediante (entre otras medidas): “Reconocer
que los salarios mínimos sólidos y la negociación colectiva son medios para
reducir las desigualdades e impulsar la inversión empresarial en lugares de
trabajo productivos "..
…. La
digitalización repercute en el lugar de trabajo, incluidos los derechos de
consulta sobre el cambio organizativo (también en materia de salud y seguridad
en el trabajo y protección de datos de los trabajadores) y la relación
empleador-empleado. De hecho, las nuevas tecnologías fomentan la fragmentación
de los procesos de producción… la subcontratación de mano de obra y la
deslocalización de la producción. El arbitraje reglamentario por plataformas de
negocios conduce al desmantelamiento de la relación laboral tradicional,
eludiendo la responsabilidad y rendición de cuentas del empleador. Esto crea
nuevas formas de empleo atípico y da lugar a trabajadores autónomos
dependientes. Sin embargo, los casos legales recientes contra algunas empresas
de plataforma confirmaron la situación laboral de sus trabajadores. Sin
embargo, los problemas persisten para la mayoría de los trabajadores de
plataformas. Si no se abordan estas prácticas, los resultados sociales serían
perjudiciales, ya que los trabajadores que trabajan en formas de trabajo no
estándar se verían afectados en mayor medida por sanciones salariales de hasta
un 30% en comparación con los empleados que trabajan en empleos estándar con
trabajadores más jóvenes y de menores ingresos, así como con las mujeres.
... Para el TUAC,
se necesita un enfoque más integral:
…. En las cadenas
de suministro globales, un marco global mejorado de diligencia debida
consistente en, a nivel internacional, la promoción e implementación de la Guía
de Due Diligence de la OCDE y a nivel nacional, legislación para hacer obligatoria
la diligencia debida sobre los derechos humanos de las empresas que cubra las
cadenas de suministro globales;
Sobre las
Directrices EMN de la OCDE, mejoras mediante (i) el cumplimiento por parte de
los países adherentes de su obligación de contar con Puntos Nacionales de
Contacto adecuadamente dotados de recursos y efectivos, y mediante el
fortalecimiento de la coherencia política y (ii) un cambio en las reglas sobre
el manejo de instancias específicas para que el PNC de origen esté siempre involucrado
a fin de salvaguardar la relevancia del sistema de PNCs en el contexto de una
mayor adhesión; y
Un enfoque global
del tratamiento reglamentario de las empresas que tenga en cuenta la creciente
complejidad y digitalización de sus operaciones, así como la necesidad de
reequilibrar las normas internacionales y nacionales…”
III. Transformemos el trabajo. Recomendaciones y
propuestas de la comisión sobre el trabajo del futuro. 2017.
Cuando la
Fundación Hans Böckler creó en 2015 la "Comisión sobre el trabajo del
futuro", quedó claro que la tarea de la nueva entidad no sería fácil, y
así se afirma en la presentación del documento: “Sus 32 miembros, procedentes de los consejos
de supervisión y comités de empresa de las grandes empresas, la economía creativa,
los sindicatos, los ministerios gubernamentales y diversas áreas de la
investigación académica, fueron invitados a llegar a un acuerdo sobre el cambio
en el mundo del trabajo y, al hacerlo, a centrarse en particular en dos
cuestiones. En primer lugar, ¿cómo será el trabajo del futuro? Y en segundo
lugar, ¿cuáles son los nuevos retos a los que se enfrentan los responsables de
las políticas de empleo?”…
Para la Comisión,
“La digitalización no es toda la historia. La digitalización desempeñó un papel
destacado en el trabajo de la Comisión como principal fuerza impulsora del
cambio social. Corrió como un hilo conductor a través de todas nuestras
reuniones porque, como motor del cambio, alberga el mayor potencial de
trastornos y perturbaciones. Sin embargo, desde el principio, la Comisión se ha
propuesto examinar el panorama general. Las posibles consecuencias del uso de
las nuevas tecnologías y de las oportunidades y riesgos resultantes se sitúan
en un contexto más amplio e interactúan estrechamente con otras fuerzas
importantes para el cambio, por lo que el presente informe pretende tener en
cuenta todas las fuerzas que conforman la vida laboral y que son especialmente
relevantes para las personas en el actual proceso laboral y que caracterizan a
nuestra sociedad en su conjunto. Además de la digitalización, estas fuerzas
incluyen el cambio demográfico, los cambios en los planes de vida de hombres y
mujeres, la cuestión de la conciliación del trabajo remunerado y las
responsabilidades de cuidado y, no menos importante, la inmigración...
… En este informe, nos hemos enfrentado a la
transformación digital sin perder de vista las características y rasgos
distintivos de nuestra sociedad. El informe esboza la idea de una economía
social de mercado digital y el camino hacia ella. Esto depende en gran medida
de la cooperación y sólo tendrá éxito si existe un pacto de transformación en
el que todos los actores lleguen a un acuerdo sobre la necesidad de dar forma a
la transformación de una manera socialmente equilibrada.
Me refiero a continuación al Informe realizado a instancias de la Fundación
para Diálogo Social por la profesora de la Universidad de Castilla – La Mancha Mari
Luz Rodríguez Fernández, y por el profesor de la Universidad Carlos III Daniel
Pérez del Prado, presentado públicamente el pasado 23 de enero.
Reproduzco a continuación las propuestas formuladas por los autores, a
partir del estudio del caso, y me detengo también en la formulación de sus
propuestas sobre uno de ámbitos de las instituciones laborales que a mi parecer
merece especial consideración.
“Propuestas de este estudio de caso
1. Es necesaria una reforma en profundidad del sistema de formación para el
empleo. Deben incrementarse los fondos destinados a políticas activas de empleo
y, en especial, a la formación para el empleo, rediseñarse el sistema de
formación de manera que las necesidades de la empresa sean la clave de bóveda
del mismo y revisar la arquitectura institucional de las competencias
constitucionales en materia de empleo. Debe darse especial importancia a las denominadas
soft skills o competencias transversales.
2. Con el debido respeto a la libertad de trabajo, la inclusión de
cláusulas de permanencia y de cláusulas de no competencia para después de la
extinción del contrato de trabajo, además de la posibilidad de ejercer acciones
de responsabilidad civil, podrían servir para proteger los intereses
empresariales frente a conductas de dimisión prematura por parte de los
trabajadores, especialmente después de haber obtenido una formación
especialmente costosa para la empresa.
3. Es necesario idear un mecanismo de regulación del tiempo de trabajo que,
sin restar flexibilidad a la empresa en el número de horas de trabajo y su
distribución, pueda limitar la intensificación de las jornadas de trabajo que
viven algunos de los trabajadores. Dentro de dicho mecanismo debería tenerse en
consideración la necesidad de mejorar la conciliación entre la vida profesional
y laboral de los trabajadores. Experiencias similares al reconocimiento del
derecho a la desconexión del ordenamiento jurídico francés, que derivan la
regulación y adaptación de este derecho a la negociación colectiva en la
empresa, podrían también ser útiles para nuestro país.
4. Dada la escasez de mano de obra especializada en el sector y el escaso
número de mujeres que estudian ingeniería y trabajan en el mismo, intentar
romper los estereotipos masculinos de trabajo en el sector y recrear un
ambiente de trabajo más female-friendly podría ayudar a la incorporación de
mujeres a los estudios de ingeniería y a las plantillas del sector TIC.
5. Aunque las tasas de teletrabajo son equiparables a las que existen en
otros países de nuestro entorno, una mayor propensión al teletrabajo por parte
de las empresas del sector TIC podría suponer un importante ahorro de costes en
infraestructuras y una mayor extensión de las prácticas de vinculación del
salario al cumplimiento de objetivos, además de una mejora en las posibilidades
de conciliación entre la vida personal y familiar de los trabajadores.
6. El descenso de los salarios y la alta rotación de trabajadores son dos
tendencias claras del sector, lo que se traduce, entre otras cuestiones, en un
sentimiento de “desapego” respecto al proyecto empresarial por parte de los
trabajadores, además de en un deterioro de las condiciones de vida y trabajo.
Un tratamiento colectivo de los salarios en el sector, especialmente en lo que
se refiere a los salarios de las empresas contratistas y subcontratistas de
proyectos de consultoría tecnológica, quizá pudiera hacer descender el índice
de rotación laboral. La culminación de la renovación del Convenio colectivo de
empresas de consultoría podría ser un buen comienzo al respecto”.
Los autores reflexionan, con carácter general, sobre siete áreas temáticas
de las instituciones laborales, afectadas por la digitalización: empleabilidad
y formación; tiempo de trabajo; conciliación de la vida profesional y laboral;
control de la vida privada de los trabajadores mediante los medios digitales
versus derechos fundamentales; aspectos de seguridad y salud en el trabajo,
especialmente riesgos psicosociales; caída del número de ocupados y problemas
de conformación de un modelo de Seguridad Social basado en un alto nivel de
empleo; y..
ÁREA TEMÁTICA 7 DEFINICIÓN DE LOS SUJETOS DE LAS
RELACIONES DE TRABAJO, CONCEPTO DE TRABAJADOR Y CONCEPTO DE EMPRESARIO: la economía de servicios a la demanda y la ruptura
de la necesidad de intermediación entre quien produce y quien consume, propia
de algunas plataformas on-line, ha puesto en evidencia que los conceptos de
trabajador y empresario que hemos manejado hasta la fecha pueden estar puestos
en tela de juicio. El incremento del auto-empleo, en muchas ocasiones en los
márgenes o fuera de la ley, pone en cuestión el concepto de trabajador, pero
también las instituciones creadas en torno al desequilibrio de poder jurídico y
económico que se presuponía propio de dicho concepto, esto es, y
fundamentalmente, la organización sindical, la negociación colectiva y el
derecho de huelga.
Tercera parte. Referencia de artículos sobre el futuro
del trabajo y la digitalización/robotización).
I. Artículos
publicados en la Revista internacional y comparada de
Relaciones Laborales y del Empleo.
Desde su aparición
en 2013, la Revista internacional y comparada de Relaciones Laborales y del
Empleo ha dedicado especial atención a la temática del impacto de la tecnología
sobre las relaciones de trabajo. Sin ánimo de exhaustividad, relaciono a
continuación algunos de los que a mi parecer son más significativos, así como
el resumen de su contenido tal como aparece en la presentación de cada
artículo.
“Este artículo
tiene por finalidad analizar los impactos que la innovación tecnológica actual,
configurada por la disrupción digital, genera sobre el trabajo. En tan sentido,
se analizarán cuestiones vinculadas al cambio tecnológico, la digitalización y
sus consecuencias, especialmente respecto de las formas de trabajar y de la
organización del trabajo. Se verá de igual modo y en la misma línea de análisis
los impactos que este cambio tecnológico viene generado sobre las empresas,
especialmente sobre los modelos de negocio que éstas se vienen dando.
Finalmente, se verá consecuencias sobre la regulación laboral y las relaciones
laborales”.
“Muchas de las
nuevas formas de realización de las actividades profesionales pueden no ser
reconducibles mediante los postulados y requisitos clásicos del Derecho del
Trabajo. El proceso de transformación del trabajo y la deslocalización de las
empresas permiten que ciertos sujetos y/o entidades puedan operar con una
mínima estructura organizativa, como por ejemplo es el caso de la start-up
estadounidense Uber, que ofrece transporte de viajeros a través de una aplicación
móvil gratuita. En principio los conductores no son empleados de Uber, pero en
el mes de marzo de 2015 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cataluña
(ITSS) elaboró un informe en el que mantiene la existencia de dependencia.
Nuestro trabajo intentará responder a varias interrogantes, como por ejemplo
¿Es la dependencia la nota central e imprescindible del Derecho del Trabajo?
¿Es posible la aplicación del Derecho del Trabajo sin la presencia de la
denominada dependencia jurídica? ¿A qué tipo de dependencia atiende el Derecho
del Trabajo? ¿Qué es la dependencia digital?”
“Las tecnologías
han ido adaptando las relaciones sociales a ellas, para su mejor
desenvolvimiento y desarrollo. Las relaciones interpersonales, entre ellas las
laborales, se han tenido que modificar para mantener un mejor entorno de
trabajo. A través de la lectura del presente artículo se ejemplifica de mejor
manera hasta qué punto las nuevas tecnologías han abarcado gran parte de
nuestra vida y nuestras actividades. Así mismo, como el mercado de trabajo ha
ido justificando conductas de trabajo en el entorno laboral inadecuadas a raíz
del uso indebido de las mismas. Sin embargo, estas nuevas tecnologías no han
sido muy benéficas para la protección de datos personales y el derecho a la
intimidad de los trabajadores en una relación laboral”.
II. Gaceta Sindical núm. 29. Diciembre 2017. “Empleo,
precariedad y Nuevos entornos laborales.
En la presentación
de la revista de reflexión y debate, editada por la Confederación Sindical de
Comisiones Obreras, el director de la Fundación 1º de mayo, Jorge Aragón, y la Secretariade Comunicación del sindicato, Empar Pablo formulan unas “Notas sobre empleo yprecariedad en nuevos entornos laborales”, en las que pone de manifiesto que “...
merece especial atención el análisis de los nuevos entornos de Trabajo en los
que se desarrollan unas relaciones laborales cada vez más “difusas” y unes
condiciones precarias de trabajo, como ocurre con muchos de los nuevos modelos
de negocio basados en las plataformas digitales pero, también, en los cambios
que se están produciendo en las formas de organización de las empresas
“tradicionales”. Los procesos de externalización o deslocalización de
actividades no son nuevos y sabemos sobre sus efectos, en muchos casos
negativos, en las condiciones de trabajo, pero ahora se desarrollan de una
forma diferente...”. ... Y sabemos que están afectando a un creciente número de
ocupaciones: repartidores a domicilio, vigilantes de seguridad, mensajería,
reponedores de comercio, alojamientos turísticos, reparaciones, mudanzas,
servicios de limpieza o de ayuda a domicilio, etc. pero también a trabajos más
cualificados como los de informática o de ingeniería. Se degradan las
condiciones laborales de personas afectadas por la presión del alto nivel de
desempleo, la dificultad de encontrar trabajo o el miedo a perderlo, por la
devaluación salarial, la ausencia de convenios de sector y la aprobación
fraudulenta de “convenios de cartón piedra” posibilitada por las reformas
laborales, o por la amenaza de los procesos subcontratación de actividades o
deslocalización de empresas…
Ante tal
situación, “… El sindicalismo de clase se enfrenta a la necesidad de conformar
nuevas estrategias y formas de organización para intervenir en la regulación de
nuevas realidades laborales que tienen poco que ver con los procesos
productivos de etapas anteriores, pero que tienen una raíz histórica profunda:
defender el trabajo digno frente a antiguas y nuevas precariedades….
III. Libros que abordan la problemática de la
digitalización/robotización.
1. El profesor
Jesús Mercader Uguina, anfitrión del encuentro del próximo viernes, es un
reconocido especialista en el estudio de los cambios que van a operarse, y que
ya se están operando, en el mundo del trabajo, habiendo publicado recientemente
su monografía “El futuro del trabajo en la era de la digitalización y larobótica “ (Ed. Tirant lo Banch, 2017), cuyo resumen es el siguiente: “La
digitalización del mercado laboral y la robotización constituyen dos de las
grandes preocupaciones de nuestra sociedad. En este contexto, la técnica es la
protagonista. Sobre esa base, la presente obra se acerca al conjunto de
transformaciones que de forma imperceptible están alterando los paradigmas
clásicos de lo jurídico y la propia idea de trabajo. Se abordan en la misma,
entre otros, temas tales como los problemas laborales que plantea la
"on-demand economy"; los efectos de la cada vez menos utópica idea de
la empresa panóptica; el impacto de las redes sociales sobre una sociedad en la
que los propios individuos se hacen transparentes; la creciente importancia de
las técnicas del Big Data y la necesidad de poner límites al tsunami que
supone; el irrefrenable desarrollo de la robótica o, en fin, los avances de los
últimos años en el campo de la Inteligencia Artificial. Un conjunto de
cuestiones que requieren de sereno análisis y profunda reflexión, factores
ambos a los que pretende contribuir la presente monografía”.
Son accesibles en
la red diversas publicaciones del profesor Mercader que tratan sobre la misma
temática, tales como el artículo “La robotización y el futuro del trabajo”
(Revista Trabajo y Derecho, núm. 27, 2017), o “El impacto de la robótica y el
futuro del trabajo” (Revista de la Facultad de Derecho de México, núm. 269,
septiembre-diciembre 2017). El resumen del primero es el siguiente: “La
robótica tiene el potencial necesario para transformar las vidas y las
prácticas laborales. Su impacto será cada vez mayor, a medida que se
multipliquen las interacciones entre los robots y las personas. Aunque no
existe un consenso sobre los efectos que ello tendrá sobre el empleo y nuestros
futuros mercados de trabajo, lo que sí es indiscutible es que su impacto será
muy importante. Son muchas las dudas que se plantean como consecuencia de ello:
¿Soportará nuestro modelo de trabajo la disrupción digital? ¿Cómo deben
distribuirse los beneficios de la robótica? ¿La renta básica universal dejará
de ser una posibilidad y pasará a ser una obligación? ¿Debemos seguir
inventando? Son preguntas que lejos de resultar ciencia ficción ya esperan
respuestas”.
2. Cabe destacar
la relevancia de la reciente monografía de la profesora Henar Álvarez Cuesta “Elfuturo del trabajo vs. el trabajo del futuro. implicaciones laborales de laindustria 4.0” (Ed. Cólex 2017), que ha sido objeto de una cuidada y rigurosarecensión por el profesor Javier Fernández-Costales en la Revista Jurídica dela Universidad de León (núm. 4, 2017), Universidad de la que ambos son
profesores.
El resumen de la
obra es el siguiente: “La industria 4.0 o industria inteligente y las
tecnologías que la integran (big data, IoT, cloud computing, IA…) están
provocando importantes transformaciones en el mundo laboral, las cuales fuerzan
a cuestionar el futuro mismo del Derecho del Trabajo. El temor a un desempleo
tecnológico y a la precariedad aparejada a las nuevas formas de prestación de
servicios en la economía colaborativa, hacen preciso avanzar hacia un trabajo
del futuro, donde adquiera mayor peso la formación continua, el cual regule las
relaciones laborales en la gig economy, o acuda a variados métodos de
financiación de la Seguridad Social. Cabe plantear también la necesidad de una
renta básica o universal, promueva la protección de la intimidad y los datos de
los trabajadores frente a las nuevas-nuevas tecnologías. Los retos analizados y
las estrategias apuntadas van acompañados también de interesantes propuestas
respecto a la acción sindical en este nuevo escenario, las dificultades y
oportunidades surgidas, así como el impacto del empleo verde como delimitador
de un trabajo decente dentro en esta revolución digital”.
3. Por último,
deseo hacer referencia a la aportación de la profesora María Belén Cardona,
profesora de la Universidad de Valencia, titulada “Tecnología y transformación de las relaciones
laborales”, publicada muy recientemente en la obra colectiva “Cambio laboral ypolíticas inclusivas”, de la que ha sido su directora M. Belén Cardona
(directora) y la profesora Vanessa Cordero la coordinadora.
Destaca la profesora Cardona que “... La aplicación de la informática y
de tecnologías afines somete a duro examen la capacidad del ordenamiento
jurídico para responder a los nuevos interrogantes que se plantean ya que, en
esta situación, es el Derecho el llamado a encontrar el equilibrio entre la
utilización de las nuevas tecnologías y el respeto a los derechos y libertades
del individuo”.
En su artículo, la profesora Cardona aborda la
temática de la información y protección de datos, el impacto e influencia de
Internet en las relaciones laborales, el teletrabajo, la digitalización y vida
laboral (la uberización del trabajo), y por último la robotización del mercado
laboral y la revolución que viene.
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