martes, 30 de enero de 2018

Futuro del trabajo, economía de plataformas, inmigración laboral. Ante los cambios en las relaciones de trabajo. A propósito del I encuentro universitario de investigadoras, personas expertas y redes sobre el futuro del trabajo (II).



Segunda parte. Documentos de trabajo de diversas organizaciones (internacionales y nacionales) sobre los temas referenciados en el título.

En este apartado recojo en primer lugar las tesis que me parecen más relevantes de la intervención de la presidenta del grupo de trabajadores de la OIT, Sra. Catelene Paschier, en un seminario celebrado el pasado 11 de diciembre en la OCDE, así como también las aportaciones sindicales del TUAC (Trade Union Advisory Committee) sobre la misma temática del futuro del trabajo, en una reunión celebrada el día 15 del mismo mes.

A continuación, me detengo brevemente en las propuestas efectuadas por la Comisión sobre el futuro del trabajo en Alemania, creada en 2015 y cuyas muy amplias reflexiones y conclusiones ya estás disponibles. Por fin, selecciono algunos de los que son a mi parecer los contenidos más importantes del riguroso y detallado estudio llevado a cabo por la profesora Mari Luz Rodríguez y el profesor Daniel Pérez del Prado.   


 “Los organizadores de esta conferencia me pidieron que reflexionara sobre el debate de hoy con las siguientes preguntas en mente:

¿Cuáles son los principales desafíos y oportunidades para los sindicatos en el futuro del trabajo? En particular, nos gustaría escuchar su opinión sobre si los sindicatos deberían evolucionar o reinventarse para llegar a las nuevas formas de trabajo, y cómo deberían evolucionar o reinventarse, pero también sobre cómo podrían movilizar la negociación colectiva y el diálogo social para fomentar las cualificaciones y la formación, modernizar la protección social y acompañar las transiciones en el mercado laboral.”….

…. También es de gran importancia reconocer que el mundo del trabajo actual se construye sobre muchas capas del pasado. Podemos ver formas medievales de esclavitud que existen en las partes subdesarrolladas del mundo, pero también en las regiones altamente desarrolladas la explotación laboral está aumentando de nuevo. Las fábricas del mundo se encuentran hoy en día en el sudeste asiático, y las condiciones de trabajo en ellas tienen notables similitudes con las realidades del siglo XIX en la industrialización de Europa. Los campos agrícolas y las plantaciones, que proporcionan alimentos y otros productos a la población mundial, se encuentran cada vez más en África y América Latina, donde el trabajo infantil, el trabajo en condiciones de servidumbre y otras formas de explotación no difieren de la época colonial. ¿Y qué decir de los estadios de fútbol, construidos para nuestras Copas Mundiales en países como Qatar por millones de trabajadores migrantes en condiciones de extrema explotación?!

… Sin embargo, una cosa ha cambiado: estas realidades "anticuadas" forman parte del nuevo modelo de globalización, y la explotación forma parte del modelo empresarial de las cadenas de suministro globales. Esto se ve facilitado en gran medida por los avances tecnológicos, permitiendo cada vez más una situación en la que todo el mundo está conectado pero nadie es responsable........

.... Sin embargo, esto no es nada nuevo: era la situación en el siglo XIX, a principios de la revolución industrial, cuando los sindicatos seguían prohibidos, y el derecho laboral -con su noción de desigualdad-compensación-- no existía todavía...

…. Así que la tecnología puede ser nueva, el desafío social no lo es.

… Mientras tanto, la relación "contrato de trabajo"/empleo se estableció y diseñó exactamente para tratar las relaciones asimétricas de poder entre un trabajador que sólo tenía que vender su mano de obra, y los empleadores y las empresas que unilateralmente podían establecer los términos. El desarrollo tecnológico permite actualmente un control máximo pero una responsabilidad mínima por parte del contratista principal o "plataforma".

…. Nos corresponde a nosotros mirar a través de este velo desconcertante, y tratar con el poder desigual y las relaciones de negociación detrás de él, de la misma manera que lo hicimos hace cien años, mientras evaluamos si realmente necesitamos nuevas respuestas o simplemente tenemos que adaptar las "viejas" a los tiempos modernos y los desafíos...

¿Qué deben hacer los sindicatos?

.... Organizar a los trabajadores sobre la base de su "territorio" común de trabajo (en lugar de tener el mismo empleador legal) como las grandes obras de construcción, aeropuertos, puertos marítimos, con estructuras complejas de subcontratación, múltiples empleadores y a menudo también múltiples convenios colectivos, para abordar las necesidades comunes de todos los trabajadores en ese territorio y actuar conjuntamente sobre ellos.....

¿Qué deben hacer la OCDE y sus componentes?

No se atasquen en definiciones de trabajadores por cuenta ajena o propia, este no es el verdadero problema. Lo que necesitamos es más trabajo sobre lo que es un empleador en el siglo XXI y sobre lo que es una empresa, y sobre qué hombros queremos poner sus responsabilidades….”


... La OCDE tiene un proyecto importante que cumplir en 2018: la revisión de la Estrategia de Empleo, el proyecto de reforma del mercado laboral de la Organización. Es esencial que el resultado de la revisión ofrezca un enfoque equilibrado de las reformas con un mejor equilibrio entre flexibilidad, estabilidad y seguridad.

La reflexión política sobre el futuro del trabajo requiere un cambio profundo para hacer frente al doble reto de promover modelos de producción y consumo de baja emisión de carbono, al tiempo que se gestionan la rápida transformación digital y los retos potenciales de la automatización....

Formulando unas duras críticas a los documentos anteriores de la OCDE y sus recomendaciones, el documento sindical afirma: "Las recomendaciones de reforma estructural han reforzado sistemáticamente la prerrogativa empresarial y han aumentado el poder de negociación del capital y de las empresas sobre el trabajo y los sindicatos en la negociación de los salarios y las condiciones laborales. Han trasladado la carga de gestionar la volatilidad y los riesgos del mercado de los empleadores a los trabajadores, dejándolos en empleos más inseguros. Además, han debilitado las mismas instituciones del mercado laboral que están a la vanguardia de la promoción de la inversión en el aprendizaje permanente, la formación profesional y la redistribución de las prestaciones sociales mediante sistemas fiscales progresivos y una cobertura universal de la protección social ". 

La TUAC pide a la OCDE reconocer que la política de flexibilidad "ha ido demasiado lejos" y pide su revisión y corrección, con un nuevo equilibrio en las relaciones empleador - trabajador, mediante (entre otras medidas): “Reconocer que los salarios mínimos sólidos y la negociación colectiva son medios para reducir las desigualdades e impulsar la inversión empresarial en lugares de trabajo productivos "..

…. La digitalización repercute en el lugar de trabajo, incluidos los derechos de consulta sobre el cambio organizativo (también en materia de salud y seguridad en el trabajo y protección de datos de los trabajadores) y la relación empleador-empleado. De hecho, las nuevas tecnologías fomentan la fragmentación de los procesos de producción… la subcontratación de mano de obra y la deslocalización de la producción. El arbitraje reglamentario por plataformas de negocios conduce al desmantelamiento de la relación laboral tradicional, eludiendo la responsabilidad y rendición de cuentas del empleador. Esto crea nuevas formas de empleo atípico y da lugar a trabajadores autónomos dependientes. Sin embargo, los casos legales recientes contra algunas empresas de plataforma confirmaron la situación laboral de sus trabajadores. Sin embargo, los problemas persisten para la mayoría de los trabajadores de plataformas. Si no se abordan estas prácticas, los resultados sociales serían perjudiciales, ya que los trabajadores que trabajan en formas de trabajo no estándar se verían afectados en mayor medida por sanciones salariales de hasta un 30% en comparación con los empleados que trabajan en empleos estándar con trabajadores más jóvenes y de menores ingresos, así como con las mujeres.

... Para el TUAC, se necesita un enfoque más integral:

…. En las cadenas de suministro globales, un marco global mejorado de diligencia debida consistente en, a nivel internacional, la promoción e implementación de la Guía de Due Diligence de la OCDE y a nivel nacional, legislación para hacer obligatoria la diligencia debida sobre los derechos humanos de las empresas que cubra las cadenas de suministro globales;

Sobre las Directrices EMN de la OCDE, mejoras mediante (i) el cumplimiento por parte de los países adherentes de su obligación de contar con Puntos Nacionales de Contacto adecuadamente dotados de recursos y efectivos, y mediante el fortalecimiento de la coherencia política y (ii) un cambio en las reglas sobre el manejo de instancias específicas para que el PNC de origen esté siempre involucrado a fin de salvaguardar la relevancia del sistema de PNCs en el contexto de una mayor adhesión; y

Un enfoque global del tratamiento reglamentario de las empresas que tenga en cuenta la creciente complejidad y digitalización de sus operaciones, así como la necesidad de reequilibrar las normas internacionales y nacionales…”


Cuando la Fundación Hans Böckler creó en 2015 la "Comisión sobre el trabajo del futuro", quedó claro que la tarea de la nueva entidad no sería fácil, y así se afirma en la presentación del documento:  “Sus 32 miembros, procedentes de los consejos de supervisión y comités de empresa de las grandes empresas, la economía creativa, los sindicatos, los ministerios gubernamentales y diversas áreas de la investigación académica, fueron invitados a llegar a un acuerdo sobre el cambio en el mundo del trabajo y, al hacerlo, a centrarse en particular en dos cuestiones. En primer lugar, ¿cómo será el trabajo del futuro? Y en segundo lugar, ¿cuáles son los nuevos retos a los que se enfrentan los responsables de las políticas de empleo?”…

Para la Comisión, “La digitalización no es toda la historia. La digitalización desempeñó un papel destacado en el trabajo de la Comisión como principal fuerza impulsora del cambio social. Corrió como un hilo conductor a través de todas nuestras reuniones porque, como motor del cambio, alberga el mayor potencial de trastornos y perturbaciones. Sin embargo, desde el principio, la Comisión se ha propuesto examinar el panorama general. Las posibles consecuencias del uso de las nuevas tecnologías y de las oportunidades y riesgos resultantes se sitúan en un contexto más amplio e interactúan estrechamente con otras fuerzas importantes para el cambio, por lo que el presente informe pretende tener en cuenta todas las fuerzas que conforman la vida laboral y que son especialmente relevantes para las personas en el actual proceso laboral y que caracterizan a nuestra sociedad en su conjunto. Además de la digitalización, estas fuerzas incluyen el cambio demográfico, los cambios en los planes de vida de hombres y mujeres, la cuestión de la conciliación del trabajo remunerado y las responsabilidades de cuidado y, no menos importante, la inmigración...

 En este informe, nos hemos enfrentado a la transformación digital sin perder de vista las características y rasgos distintivos de nuestra sociedad. El informe esboza la idea de una economía social de mercado digital y el camino hacia ella. Esto depende en gran medida de la cooperación y sólo tendrá éxito si existe un pacto de transformación en el que todos los actores lleguen a un acuerdo sobre la necesidad de dar forma a la transformación de una manera socialmente equilibrada.



Me refiero a continuación al Informe realizado a instancias de la Fundación para Diálogo Social por la profesora de la Universidad de Castilla – La Mancha Mari Luz Rodríguez Fernández, y por el profesor de la Universidad Carlos III Daniel Pérez del Prado, presentado públicamente el pasado 23 de enero.

Reproduzco a continuación las propuestas formuladas por los autores, a partir del estudio del caso, y me detengo también en la formulación de sus propuestas sobre uno de ámbitos de las instituciones laborales que a mi parecer merece especial consideración.

“Propuestas de este estudio de caso

1. Es necesaria una reforma en profundidad del sistema de formación para el empleo. Deben incrementarse los fondos destinados a políticas activas de empleo y, en especial, a la formación para el empleo, rediseñarse el sistema de formación de manera que las necesidades de la empresa sean la clave de bóveda del mismo y revisar la arquitectura institucional de las competencias constitucionales en materia de empleo. Debe darse especial importancia a las denominadas soft skills o competencias transversales.

2. Con el debido respeto a la libertad de trabajo, la inclusión de cláusulas de permanencia y de cláusulas de no competencia para después de la extinción del contrato de trabajo, además de la posibilidad de ejercer acciones de responsabilidad civil, podrían servir para proteger los intereses empresariales frente a conductas de dimisión prematura por parte de los trabajadores, especialmente después de haber obtenido una formación especialmente costosa para la empresa.

3. Es necesario idear un mecanismo de regulación del tiempo de trabajo que, sin restar flexibilidad a la empresa en el número de horas de trabajo y su distribución, pueda limitar la intensificación de las jornadas de trabajo que viven algunos de los trabajadores. Dentro de dicho mecanismo debería tenerse en consideración la necesidad de mejorar la conciliación entre la vida profesional y laboral de los trabajadores. Experiencias similares al reconocimiento del derecho a la desconexión del ordenamiento jurídico francés, que derivan la regulación y adaptación de este derecho a la negociación colectiva en la empresa, podrían también ser útiles para nuestro país.

4. Dada la escasez de mano de obra especializada en el sector y el escaso número de mujeres que estudian ingeniería y trabajan en el mismo, intentar romper los estereotipos masculinos de trabajo en el sector y recrear un ambiente de trabajo más female-friendly podría ayudar a la incorporación de mujeres a los estudios de ingeniería y a las plantillas del sector TIC.

5. Aunque las tasas de teletrabajo son equiparables a las que existen en otros países de nuestro entorno, una mayor propensión al teletrabajo por parte de las empresas del sector TIC podría suponer un importante ahorro de costes en infraestructuras y una mayor extensión de las prácticas de vinculación del salario al cumplimiento de objetivos, además de una mejora en las posibilidades de conciliación entre la vida personal y familiar de los trabajadores.

6. El descenso de los salarios y la alta rotación de trabajadores son dos tendencias claras del sector, lo que se traduce, entre otras cuestiones, en un sentimiento de “desapego” respecto al proyecto empresarial por parte de los trabajadores, además de en un deterioro de las condiciones de vida y trabajo. Un tratamiento colectivo de los salarios en el sector, especialmente en lo que se refiere a los salarios de las empresas contratistas y subcontratistas de proyectos de consultoría tecnológica, quizá pudiera hacer descender el índice de rotación laboral. La culminación de la renovación del Convenio colectivo de empresas de consultoría podría ser un buen comienzo al respecto”.

Los autores reflexionan, con carácter general, sobre siete áreas temáticas de las instituciones laborales, afectadas por la digitalización: empleabilidad y formación; tiempo de trabajo; conciliación de la vida profesional y laboral; control de la vida privada de los trabajadores mediante los medios digitales versus derechos fundamentales; aspectos de seguridad y salud en el trabajo, especialmente riesgos psicosociales; caída del número de ocupados y problemas de conformación de un modelo de Seguridad Social basado en un alto nivel de empleo; y..

ÁREA TEMÁTICA 7 DEFINICIÓN DE LOS SUJETOS DE LAS RELACIONES DE TRABAJO, CONCEPTO DE TRABAJADOR Y CONCEPTO DE EMPRESARIO: la economía de servicios a la demanda y la ruptura de la necesidad de intermediación entre quien produce y quien consume, propia de algunas plataformas on-line, ha puesto en evidencia que los conceptos de trabajador y empresario que hemos manejado hasta la fecha pueden estar puestos en tela de juicio. El incremento del auto-empleo, en muchas ocasiones en los márgenes o fuera de la ley, pone en cuestión el concepto de trabajador, pero también las instituciones creadas en torno al desequilibrio de poder jurídico y económico que se presuponía propio de dicho concepto, esto es, y fundamentalmente, la organización sindical, la negociación colectiva y el derecho de huelga.


Tercera parte. Referencia de artículos sobre el futuro del trabajo y la digitalización/robotización). 



Desde su aparición en 2013, la Revista internacional y comparada de Relaciones Laborales y del Empleo ha dedicado especial atención a la temática del impacto de la tecnología sobre las relaciones de trabajo. Sin ánimo de exhaustividad, relaciono a continuación algunos de los que a mi parecer son más significativos, así como el resumen de su contenido tal como aparece en la presentación de cada artículo.


“Este artículo tiene por finalidad analizar los impactos que la innovación tecnológica actual, configurada por la disrupción digital, genera sobre el trabajo. En tan sentido, se analizarán cuestiones vinculadas al cambio tecnológico, la digitalización y sus consecuencias, especialmente respecto de las formas de trabajar y de la organización del trabajo. Se verá de igual modo y en la misma línea de análisis los impactos que este cambio tecnológico viene generado sobre las empresas, especialmente sobre los modelos de negocio que éstas se vienen dando. Finalmente, se verá consecuencias sobre la regulación laboral y las relaciones laborales”.


“Muchas de las nuevas formas de realización de las actividades profesionales pueden no ser reconducibles mediante los postulados y requisitos clásicos del Derecho del Trabajo. El proceso de transformación del trabajo y la deslocalización de las empresas permiten que ciertos sujetos y/o entidades puedan operar con una mínima estructura organizativa, como por ejemplo es el caso de la start-up estadounidense Uber, que ofrece transporte de viajeros a través de una aplicación móvil gratuita. En principio los conductores no son empleados de Uber, pero en el mes de marzo de 2015 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cataluña (ITSS) elaboró un informe en el que mantiene la existencia de dependencia. Nuestro trabajo intentará responder a varias interrogantes, como por ejemplo ¿Es la dependencia la nota central e imprescindible del Derecho del Trabajo? ¿Es posible la aplicación del Derecho del Trabajo sin la presencia de la denominada dependencia jurídica? ¿A qué tipo de dependencia atiende el Derecho del Trabajo? ¿Qué es la dependencia digital?”


“Las tecnologías han ido adaptando las relaciones sociales a ellas, para su mejor desenvolvimiento y desarrollo. Las relaciones interpersonales, entre ellas las laborales, se han tenido que modificar para mantener un mejor entorno de trabajo. A través de la lectura del presente artículo se ejemplifica de mejor manera hasta qué punto las nuevas tecnologías han abarcado gran parte de nuestra vida y nuestras actividades. Así mismo, como el mercado de trabajo ha ido justificando conductas de trabajo en el entorno laboral inadecuadas a raíz del uso indebido de las mismas. Sin embargo, estas nuevas tecnologías no han sido muy benéficas para la protección de datos personales y el derecho a la intimidad de los trabajadores en una relación laboral”.

II. Gaceta Sindical núm. 29. Diciembre 2017. “Empleo, precariedad y Nuevos entornos laborales.

En la presentación de la revista de reflexión y debate, editada por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, el director de la Fundación 1º de mayo, Jorge Aragón, y la Secretariade Comunicación del sindicato, Empar Pablo formulan unas “Notas sobre empleo yprecariedad en nuevos entornos laborales”, en las que pone de manifiesto que “... merece especial atención el análisis de los nuevos entornos de Trabajo en los que se desarrollan unas relaciones laborales cada vez más “difusas” y unes condiciones precarias de trabajo, como ocurre con muchos de los nuevos modelos de negocio basados en las plataformas digitales pero, también, en los cambios que se están produciendo en las formas de organización de las empresas “tradicionales”. Los procesos de externalización o deslocalización de actividades no son nuevos y sabemos sobre sus efectos, en muchos casos negativos, en las condiciones de trabajo, pero ahora se desarrollan de una forma diferente...”. ... Y sabemos que están afectando a un creciente número de ocupaciones: repartidores a domicilio, vigilantes de seguridad, mensajería, reponedores de comercio, alojamientos turísticos, reparaciones, mudanzas, servicios de limpieza o de ayuda a domicilio, etc. pero también a trabajos más cualificados como los de informática o de ingeniería. Se degradan las condiciones laborales de personas afectadas por la presión del alto nivel de desempleo, la dificultad de encontrar trabajo o el miedo a perderlo, por la devaluación salarial, la ausencia de convenios de sector y la aprobación fraudulenta de “convenios de cartón piedra” posibilitada por las reformas laborales, o por la amenaza de los procesos subcontratación de actividades o deslocalización de empresas…

Ante tal situación, “… El sindicalismo de clase se enfrenta a la necesidad de conformar nuevas estrategias y formas de organización para intervenir en la regulación de nuevas realidades laborales que tienen poco que ver con los procesos productivos de etapas anteriores, pero que tienen una raíz histórica profunda: defender el trabajo digno frente a antiguas y nuevas precariedades….

III. Libros que abordan la problemática de la digitalización/robotización.

1. El profesor Jesús Mercader Uguina, anfitrión del encuentro del próximo viernes, es un reconocido especialista en el estudio de los cambios que van a operarse, y que ya se están operando, en el mundo del trabajo, habiendo publicado recientemente su monografía “El futuro del trabajo en la era de la digitalización y larobótica “ (Ed. Tirant lo Banch, 2017), cuyo resumen es el siguiente: “La digitalización del mercado laboral y la robotización constituyen dos de las grandes preocupaciones de nuestra sociedad. En este contexto, la técnica es la protagonista. Sobre esa base, la presente obra se acerca al conjunto de transformaciones que de forma imperceptible están alterando los paradigmas clásicos de lo jurídico y la propia idea de trabajo. Se abordan en la misma, entre otros, temas tales como los problemas laborales que plantea la "on-demand economy"; los efectos de la cada vez menos utópica idea de la empresa panóptica; el impacto de las redes sociales sobre una sociedad en la que los propios individuos se hacen transparentes; la creciente importancia de las técnicas del Big Data y la necesidad de poner límites al tsunami que supone; el irrefrenable desarrollo de la robótica o, en fin, los avances de los últimos años en el campo de la Inteligencia Artificial. Un conjunto de cuestiones que requieren de sereno análisis y profunda reflexión, factores ambos a los que pretende contribuir la presente monografía”.

Son accesibles en la red diversas publicaciones del profesor Mercader que tratan sobre la misma temática, tales como el artículo “La robotización y el futuro del trabajo” (Revista Trabajo y Derecho, núm. 27, 2017), o “El impacto de la robótica y el futuro del trabajo” (Revista de la Facultad de Derecho de México, núm. 269, septiembre-diciembre 2017). El resumen del primero es el siguiente: “La robótica tiene el potencial necesario para transformar las vidas y las prácticas laborales. Su impacto será cada vez mayor, a medida que se multipliquen las interacciones entre los robots y las personas. Aunque no existe un consenso sobre los efectos que ello tendrá sobre el empleo y nuestros futuros mercados de trabajo, lo que sí es indiscutible es que su impacto será muy importante. Son muchas las dudas que se plantean como consecuencia de ello: ¿Soportará nuestro modelo de trabajo la disrupción digital? ¿Cómo deben distribuirse los beneficios de la robótica? ¿La renta básica universal dejará de ser una posibilidad y pasará a ser una obligación? ¿Debemos seguir inventando? Son preguntas que lejos de resultar ciencia ficción ya esperan respuestas”.

2. Cabe destacar la relevancia de la reciente monografía de la profesora Henar Álvarez Cuesta “Elfuturo del trabajo vs. el trabajo del futuro. implicaciones laborales de laindustria 4.0” (Ed. Cólex 2017), que ha sido objeto de una cuidada y rigurosarecensión por el profesor Javier Fernández-Costales en la Revista Jurídica dela Universidad de León (núm. 4, 2017), Universidad de la que ambos son profesores.

El resumen de la obra es el siguiente: “La industria 4.0 o industria inteligente y las tecnologías que la integran (big data, IoT, cloud computing, IA…) están provocando importantes transformaciones en el mundo laboral, las cuales fuerzan a cuestionar el futuro mismo del Derecho del Trabajo. El temor a un desempleo tecnológico y a la precariedad aparejada a las nuevas formas de prestación de servicios en la economía colaborativa, hacen preciso avanzar hacia un trabajo del futuro, donde adquiera mayor peso la formación continua, el cual regule las relaciones laborales en la gig economy, o acuda a variados métodos de financiación de la Seguridad Social. Cabe plantear también la necesidad de una renta básica o universal, promueva la protección de la intimidad y los datos de los trabajadores frente a las nuevas-nuevas tecnologías. Los retos analizados y las estrategias apuntadas van acompañados también de interesantes propuestas respecto a la acción sindical en este nuevo escenario, las dificultades y oportunidades surgidas, así como el impacto del empleo verde como delimitador de un trabajo decente dentro en esta revolución digital”.

3. Por último, deseo hacer referencia a la aportación de la profesora María Belén Cardona, profesora de la Universidad de Valencia, titulada “Tecnología y transformación de las relaciones laborales”, publicada muy recientemente en la obra colectiva “Cambio laboral ypolíticas inclusivas”, de la que ha sido su directora M. Belén Cardona (directora) y la profesora Vanessa Cordero la coordinadora.

Destaca la profesora Cardona que... La aplicación de la informática y de tecnologías afines somete a duro examen la capacidad del ordenamiento jurídico para responder a los nuevos interrogantes que se plantean ya que, en esta situación, es el Derecho el llamado a encontrar el equilibrio entre la utilización de las nuevas tecnologías y el respeto a los derechos y libertades del individuo”.

En su artículo, la profesora Cardona aborda la temática de la información y protección de datos, el impacto e influencia de Internet en las relaciones laborales, el teletrabajo, la digitalización y vida laboral (la uberización del trabajo), y por último la robotización del mercado laboral y la revolución que viene.

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