1. Fiel a su cita
anual desde hace nueve años (recuerdo con mucho agrado mi participación en la edición
de 2008, poco tiempo después del inicio de mi nueva vida universitaria), el
pasado viernes tuvo lugar la primera sesión de la IX edición del aulaiuslaboralista de la Universidad Autónoma de Barcelona, dirigida por los profesores
Francisco Pérez Amorós y Alberto Pastor Martínez, de la unidad docente de
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de esta Universidad.
Una Sala de Juntas
de la Facultad de Derecho plenamente llena demuestra el auge que ha
experimentado el Aula desde sus prudentes inicios, que además va acompañado de
la utilización de los medios informáticos para difundir las actividades que se
lleven a cabo y los documentos que guarden relación con cada asunto abordado en
las distintas sesiones de trabajo; en efecto, el Aula dispone de una página web y de una cuenta de twitter, y vaya desde aquí mi felicitación más sincera a
quienes han tenido la idea de acercar el Aula no sólo a los participantes en
las sesiones de trabajo sino también a todas aquellas personas que por
diferentes motivos no pueden asistir pero que sin duda leerán los resúmenes y
documentos de las distintas reuniones, y también documentos complementarios que
se pongan a su disposición.
Digo en el título
de la entrada que el mundo del trabajo se mueve y que los profesionales y
estudiosos de las relaciones laborales también lo hacen, reflexionando y
aportando propuestas sobre las nuevas realidades y los nuevos retos de ese
mundo para las personas que se encuentran en el mismo, es decir los
trabajadores, los empresarios y las organizaciones sociales, sin olvidar la
importante actividad de la administración laboral y del poder judicial. Vivimos
en una etapa de frenesí legislativo en España que obliga a todos los
laboralistas a estar permanentemente atentos a los boletines oficiales, pero
que también requiere de propuestas de cambio ante un marco laboral que ha
debilitado los derechos constitucionales y legales laborales de los
trabajadores y de sus organizaciones representativas, y que da pocas respuestas
a situaciones difíciles de prever cuando se redactaron las normas que siguen
rigiendo las relaciones laborales (Ley del Estatuto de los trabajadores y Ley
Orgánica de Libertad Sindical señaladamente), como por ejemplo la
conflictividad que deriva del uso de medios electrónicos en las empresas y de
la privacidad de los datos de las personas trabajadoras.
El programa de laIX edición del Aula Iuslaboralista de la UAB combina asuntos “clásicos” con
otros que han adquirido especial relevancia en los últimos tiempos y con
independencia de la fecha de publicación y entrada en vigor de la norma o normas
que regulan los mismos. Un ejemplo de este segundo bloque fue la primera sesión
del viernes 30 de octubre, en la que el magistrado del juzgado de lo social
núm. 33 de Barcelona, Joan Agustí, abordó la cuestión prejudicial que puede
plantearse ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuestión que ha
sido planteada por el ponente en varias ocasiones y que ya ha dado lugar a una
importante jurisprudencia del TJUE en materia de despido colectivo. La sesión
de trabajo fue especialmente interesante por todas las reflexiones directas del
ponente, en cuanto que nos habló de la razón de la presentación de varias
cuestiones prejudiciales que han sido ya, algunas, resueltas por el TJUE y
otras que lo van a ser en el inmediato futuro. A título personal, la sesión me
resulto especialmente interesante (aunque no pudiera asistir a su totalidad por
obligaciones derivadas de mi cargo de director de Departamento de Derecho
Público y Ciencias Histórico-Jurídicas de la UAB) dado que el día 20 de
noviembre he de impartir una conferencia en el XVI Congreso de la Asociación de Abogados laboralistas (ASNALA) sobre
la influencia de la jurisprudencia del TJUE en el Derecho del Trabajo en España,
y todas las aportaciones de personas como el ponente que conocen de primera
mano dicha jurisprudencia son especialmente bienvenidas.
El programa de las
próximas sesiones demuestra que el Aula, como digo, combina, temas “clásicos”
con otros más recientes o que han adquirido renovada importancia tras las
últimas reformas laborales. Serán objeto de estudio el control de la
incapacidad temporal, la problemática jurisprudencial de la transmisión de
empresas, el polémico auto de la sala de lo social de la Audiencia Nacional
sobre el (no) ejercicio del derecho de huelga por parte de los futbolistas, la
aplicación del art. 41 de la Ley del Estatuto de los trabajadores sobre la
modificación sustancial de las condiciones de trabajo y su interpretación jurisprudencial,
la regulación laboral y de Seguridad Social que afecta a los desplazamientos
transnacionales de trabajadores en la UE, y la responsabilidad empresarial en
materia de prevención de riesgos laborales, con el cierre del Aula con una
magna conferencia sobre el presente y el futuro del Derecho del Trabajo a cargo
del Presidente de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social, el profesor Jesús Cruz Villalón. No creo que nadie tenga duda
alguna de la importancia de los asuntos que serán tratados en próximas sesiones
y que servirán sin duda para enriquecer el conocimiento de todas las personas
asistentes.
2. No está, ni
mucho menos, parado el mundo laboral, y todos aquellos que son conscientes,
desde diversos planteamientos, de deber estar atentos a las nuevas realidades
que aparecen en su seno, celebran reuniones, las estudian y formulan propuestas
de actuación, y mucho más en el ámbito estatal español ante la celebración de
las elecciones generales del 20 de diciembre y las posibilidades de un cambio
político que altere sustancialmente los pilares sobre los que se ha construido
el modelo de relaciones laborales durante la legislatura de gobierno del
Partido Popular. Tales posibilidades, y los cambios requeridos para encarar un
nuevo y renovado modelo democrático de relaciones laborales, fueron abordadas
en el II Congreso de Economía, Trabajo y Sociedad, celebrado los días 22 y 23 de
octubre en Madrid, y del mismo da debida cuenta el blog amigo del profesorAntonio Baylos en una de sus últimas entradas y cuya lectura recomiendo a todas
las personas interesadas y del que me permito reproducir ahora un fragmento de
su texto: “Había además una circunstancia que hacía peculiar el encuentro en
este espacio de debate. Y es el que una buena parte de las comunicaciones
provenían de un trabajo previo que se había desarrollado a partir de un
seminario en la Fundación 1 de mayo hace cinco meses (mayo 2015) al calor de
los primeros proyectos de re-regulación de las relaciones laborales, y que
había comprometido a una treintena de mujeres y hombres dedicados al derecho
del trabajo desde el ámbito universitario, que a través de una serie de grupos
abordaron una iniciativa de regulación concreta de las relaciones laborales. De
alguna manera este colectivo de juristas del trabajo quería (queríamos)
trascender la posición que tradicionalmente se asigna a este colectivo, de
interpretar, corregir o reescribir un texto ajeno que proviene de otras
instancias de poder, normalmente el gobierno o una fuerza política. Era un
experimento para hacer visible la presencia de los juristas del trabajo y el
discurso neolaboralista democrático que éstos sostienen, respecto de propuestas
de regulación concretas”.
3. Los cambios en
el mundo del trabajo serán también abordados la próxima semana en el congreso
internacional organizado por la escuela de doctorado en formación de la persona
y mercado de trabajo de la Universidad de Bérgamo y ADAPT, con la presencia de
un número importante de profesorado universitario español. Del 6 al 8 de
noviembre, y bajo el título general de “La gran transformación del trabajo”, serán abordadas, en sesiones generales y en
grupos de trabajo, múltiples temáticas de indudable actualidad como lo
demuestra el programa desde la sesión
inaugural dedicada a la gran transformación del Derecho del Trabajo y sus
múltiples dimensiones, con aportaciones sobre el impacto del cambio en los
trabajadores y sus organizaciones, la política social, las cadenas de
suministros, las condiciones de seguridad y salud, la acción de la OIT o la
importancia de economía informal. Otros grupos abordarán los nuevos modelos
económicos y sociales, el desarrollo tecnológico y la polarización del mundo
del trabajo, los desajustes en la formación y cualificación del personal, los
procesos de desregulación de las relaciones de trabajo y sus consecuencias
sobre la cohesión social, las nuevas formas de representación de los
trabajadores ante nuevos modelos de empresa, o los cambios a tener en
consideración ante el proceso demográfico en el ámbito laboral (dicho de forma
más directa, el progresivo envejecimiento de la población trabajadora en los países
desarrolladas) con impacto especial en la Seguridad Social.
4. En fin, hace
pocos días el presidente de la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo yde la Seguridad Social, el profesor italiano Tiziano Treu, dirigía un escrito a
todas las asociaciones nacionales informando de los resultados del XXI Congreso
de la SIDTSS celebrado en septiembre en Ciudad del Cabo que confirman “los
importantes retos que deberán enfrentar próximamente los actuales sistemas de
Derecho del Trabajo y Seguridad Social”, y a tal efecto se ha aprobado la
creación de siete grupos internacionales de investigación, abiertos a todos los
miembros, que dinamicen el proceso de debate intelectual y que aporten nuevas y
renovadas reflexiones sobre cómo encarar los retos existentes, ya que tal como
destaca el presidente en su escrito “es necesario que se reevalúen
profundamente no sólo las técnicas, sino también las categorías y en cierta
medida los objetivos de nuestra disciplina”.
Estos grupos abordarán
las siguientes temáticas:
A) El trabajo
informal e irregular, con especial atención a las propuestas de la OIT para ir
adoptando medidas y acuerdos que contribuyan a su afloramiento y en todo caso a
la protección de los trabajadores que se encuentran trabajando en actividades y
sectores que operan fueran de la economía formal, y no olvidemos que esa es la
realidad para un número importante de trabajadores en países en vías de
desarrollo.
B) La problemática
de los trabajadores migrantes, con especial atención a evitar situaciones de
indefensión y desprotección social que llevan a la explotación de los
migrantes, debiendo ser uno de los ejes del debate la búsqueda de medidas a
escala nacional e internacional que faciliten el acceso regular a los mercados
de trabajo y su integración.
C) El comercio y
trabajo mundial, de rabiosa actualidad con el TTIP, de tal manera que el grupo
de trabajo debería prestar especial atención a las cláusulas sociales y más en
general, al abordar el análisis de los acuerdos de distintas dimensiones, ya se
trate de carácter bilateral, regional o continental, el impacto de los mismos “no
sólo en el crecimiento económico sino también en el empleo, en las condiciones
de trabajo y en los derechos de los trabajadores”, con el indudable impacto, y
el debate sobre el TTIP lo está poniendo claramente de manifiesto, de tales
acuerdos sobre las legislaciones laborales nacionales y el debilitamiento de
los estándares mínimos de la normativa laboral en los Estados con legislación social
más desarrollada.
D) La “organización,
productividad y bienestar en el trabajo”, con el estudio de la importancia que está
adquiriendo la negociación colectiva en el ámbito de la empresa, y prestando
también atención a las prácticas de participación e implicación de los
trabajadores en los objetivos y resultados de la empresa, con un sesgo en el
planteamiento del grupo de valoración positiva de tal negociación, así como
también de los acuerdos individuales, que no me parece acorde con la
importancia que debe tener la negociación a escala sectorial y con la mayor
implicación de las organizaciones sindicales y de los representantes de los
trabajadores en la empresa.
E) La importancia
de los acuerdos transnacionales y el papel que deben jugar en los mismos los
agentes sociales internacionales, los gobiernos nacionales y las organizaciones
internacionales, así como también su relación, tanto jurídica como social, con
otros acuerdos que se adopten en ámbitos territoriales y/o sectoriales más
reducidos.
F) Las llamadas
nuevas formas de Seguridad Social para dar respuesta a las nuevas, y no tan
nuevas realidades del mundo del trabajo como la informalidad, la precariedad y los bajos
salarios, con el incremento de personas en situación de exclusión social y que
no pueden acceder a las prestaciones contributivas derivadas de una carrera
laboral regular y estable durante el transcurso de muchos años, resultando
especialmente interesante, y es un debate que cada vez cobra más fuerza tanto
en España como en el ámbito internacional, las propuesta de estudio para
extender la protección a los trabajadores atípicos (si es que puede seguirse
utilizando esta terminología para referirse a un número cada vez más importante
de trabajadores), y para estudiar “las formas para fortalecer los sistemas de
Seguridad Social a través de ingresos mínimos u otras medidas de inclusión y
cómo activar a los beneficiarios”.
G) Por último,
pero no por ello menos importante, el papel del Estado y las relaciones
industriales, con el estudio del impacto de la globalización sobre la
reglamentación nacional de las relaciones laborales, afirmándose como razón en
el documento que la globalización de los mercados “está cambiando las
relaciones tradicionales de poder entre los países y sus instituciones”, y
preguntándose cómo afecta al papel y al poder de los Estados nacionales, siendo
esta una cuestión de especial importancia en las relaciones laborales “porque los
Estados nacionales han jugado en la mayoría de los países un papel importante
en la fundación y desarrollo de las relaciones e instituciones colectivas de
trabajo, y desde luego no le faltará trabajo al grupo de estudio si examina y
analiza todas las cuestiones sugeridas en el documento de la presidencia.
5. Concluyo. El
mundo del trabajo se mueve, el iuslaboralismo también.., y el Derecho del
Trabajo ha de seguir siendo un elemento central de protección de la gran
mayoría de personas que sólo tienen su fuerza de trabajo para ofertar en las
relaciones contractuales, porque los tiempos cambian pero las relaciones de
subordinación permanecen, no debemos olvidarlo.
Buena lectura de
los documentos.
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