6. Quien desee
conocer los datos más reciente sobre migraciones en España (incluyendo, pues,
tanto los datos de las personas que emigran a otros Estados como los de quienes
llegan a España) dispone de tres interesantes documentos del Instituto Nacional
de Estadística sobre estadística de migraciones, censo de población y viviendas
2011, y movimiento natural de la población 2012; igualmente, también es de
interés el Informe general 2012 sobre la población reclusa en España elaborado
por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Todos los datos
disponibles han de ponerse en relación con las cifras definitivas oficiales de
la población total en España a 1 de enero de 2013, que es de 47.129.783
personas (RD 1016/2013, de 20 de diciembre, por el que se declaran oficiales
las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal
referidas al 1 de enero de 2013), 135.538 habitantes registrados menos que el 1
de enero de 2012.
A) El pasado 10
de diciembre el INE publicó los datos provisionales de las cifras de poblacióna 1 de julio de 2013 y las estadísticasde migraciones correspondientes al primer semestre del año. Ya se apuntaba el
descenso de la población residente en España (118.238 personas) que se ha
confirmado, e incrementado, con las cifras definitivas del año, junto con la
reducción del número de extranjeros empadronados en España (4.870.487, 4 %
menos sobre el semestre anterior o lo que es lo mismo 202.193 personas), y el
crecimiento de la emigración que, combinado con el descenso de la inmigración,
provocó un saldo migratorio negativo de
124.915 personas, un 50 % superior al del semestre anterior. La disminución de la población extranjera
encuentra su razón de ser tanto en el crecimiento de la emigración de
ciudadanos extranjeros hacia otros Estados como en la adquisición de la
nacionalidad española por un número importante de ellos, no siendo casualidad
que el mayor descenso en términos absolutos se produzca entre la población
ecuatoriana y colombiana (-10.7 y -12.7 %, respectivamente, o en términos
cuantitativos 28.701 y 28.328 personas).
Me detengo
brevemente en este importante dato, el de la adquisición de la nacionalidad
española por residencia, y remito para un análisis más detallado a la páginaweb de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración así como a la
excelente síntesis que puede encontrarse en el Boletín nº20 (diciembre 2013)del Observatorio permanente andaluz de las migraciones. Hemos pasado de las
21.805 concesiones de nacionalidad de 2012 a las 115.557 en 2012, y de ellas el
76 % corresponden a ciudadanos
originarios de países de América del Sur (Ecuador, 20,6 %, Colombia, 16,8 %,
Perú, 10,4 %), mientras que las concedidas a ciudadanos de países africanos son
sólo el 18 %, y concentradas en gran medida en la población marroquí (14 %). El
Informe de la OPAM destaca el descenso de las naturalizaciones de población
ecuatoriana con respecto al año anterior, dato que puede estar relacionado con
la disminución de la población ecuatoriana empadronada en España desde el
inicio de la crisis (y que también se percibe, añado yo ahora, en el ámbito
laboral y en concreto en las cifras de afiliación a la Seguridad Social) y que
“casi la totalidad de las naturalizaciones son protagonizadas por personas
nacidas en el exterior” (91 %), ya que quienes acceden a la nacionalidad por
haber nacido en España sólo fueron el 9 % del total, y ello implica que “las
nacionalizaciones otorgadas tras dos años de residencia asuman mayor
importancia en las CC AA con gran presencia latinoamericana como Madrid,
mientras que en otras comunidades con mayor predominio de población africana,
como Cataluña o Andalucía, los motivos de diez años de residencia o nacido en
España cobran mayor protagonismo”.
Siguen llegando
emigrantes a España, pero marchan más de los que llegan. Esta frase sería la
síntesis del informe del INE sobre los flujos migratorios exteriores, ya que
llegaron a España 134.112 personas (de ellas 119.482 extranjeros), mientras que
abandonaron el país (según datos oficiales) un total de 259.227 personas, de
ellas 39.690 españoles y 219.537 extranjeros. Conviene, en cualquier caso,
destacar que el mayor número de emigrantes se encuentra entre los ciudadanos de
los dos Estados que tienen el mayor número de población extranjera en España,
Rumania (37.018 migrantes) y Marruecos (27.362), y en que el primer caso se
trata de un país de la UE y a cuyos ciudadanos, tal como he explicado con
anterioridad, se les reconoce la libre circulación para trabajar por cuenta
ajena (ya la tenían para trabajar por cuenta propia) de forma plena a partir
del 1 de enero de 2014. También es conveniente reseñar que el informe del INE
pone de manifiesto que todas las nacionalidades con mayor presencia en España
(además de las citadas, Bolivia, Ecuador, Paraguay, Colombia, Pakistán, Brasil,
China, Bulgaria, Perú, Alemania, Reino Unido e Italia) tienen un saldo
migratorio negativo, con la única excepción de Italia, siendo un dato a tener
en consideración, y que lo vinculo a la situación de crisis económica e
importante aumento del desempleo entre la población extranjera, que la
emigración extranjera “se concentra en poblaciones de 25 a 44 años, con mayor
proporción de varones”. Otro dato interesante que ayuda a entender cómo está
cambiando la realidad de las migraciones es que en algún caso, como es el de
Ecuador, la población emigrada desde España (4.908 personas) incluye a
población no nacida en España y a niños menores de 15 años, dato que para el
INE parece poner de manifiesto, y las cifras sobre adquisición de la
nacionalidad española lo confirmarán junto con la mejora de la calidad de vida
que está experimentando el país
sudamericano en los últimos años, que se trataría “de una migración de retorno
de ecuatorianos de origen que han adquirido la nacionalidad española junto con
sus hijos nacidos en España”.
B) Detengámonos
ahora en el Censo de población y viviendas 2011, publicado por el INE el pasado
12 de diciembre. El documento, sin duda, tiene especial interés para conocer
cuál es la realidad del conjunto de la población española comparándola con
aquella que era hace diez años, pero también aporta algunos datos de indudable
importancia sobre la población extranjera. Para el conjunto de la población los
datos más destacados son los siguientes: “El número medio de miembros por hogar
se ha reducido a 2,58 personas en 2011, desde las 2,86 personas del año 2001.
Los hogares en los que viven una, dos, tres o cuatro personas contienen al
9,0%, 23,4%, 25,2% y 28,8% de la población respectivamente. El número de
hogares unipersonales en España aumenta en 1.316.747 y alcanza los 4.193.319.
En 1.709.186 hogares reside una persona sola de 65 años o más, lo que supone un
25,8% más que hace 10 años. En tres de cada cuatro de estos hogares reside una
mujer. Desciende un 32,8% el número de hogares formados por una pareja con tres
o más hijos y se sitúa en 573.732. Los hogares de parejas sin hijos han
aumentado en 1.356.135 y rozan los cuatro millones. De las 7.060.230 parejas
con hijos, hay 496.135 que tiene algún hijo no común a ambos miembros (familias
reconstituidas). Esta cifra es el doble que hace 10 años. El número de parejas
de derecho ha aumentado en casi un millón y alcanza las 9.806.022, mientras que
el de parejas de hecho se ha incrementado un 195,8% y se sitúa en 1.667.512”.
Refiriéndome
ahora a la población extranjera, de las 11.473.534 parejas existentes en España
(94,1 % son de derecho y un 5,9 % de hecho), el 8,9 % de las mismas, 1.022.770,
están integradas por personas extranjeras, mientras que un 5 % tiene a una
persona de nacionalidad extranjera y otra española (2,8 %, 322.795, con hombre
español y cónyuge extranjero, con mayor presencia de personas de América del
Sur o Central, y 2,2 %, 247.327, con mujer española y cónyuge extranjero, con
mayor presencia de personas de países de la UE).
El detallado
Informe del INE permite también conocer que un total de 1.364.849 personas
nacidas en España tienen padre extranjero, que la cifra es de 1.410.240 en el
caso de madre extranjera, y de 797.289 cuando los dos progenitores son
extranjeros, debiendo destacarse que en este último caso el 81,7 % de ellos,
651.412, son del mismo país, destacando la población originaria de Marruecos
(205.686, 31,6 % del total), Rumania (71.549, 11,0 %) y Ecuador (64.698, 9,9
%).
Es igualmente de
interés el dato sobre el régimen de tenencia de viviendas principales, que para
el conjunto de la población ha visto reducir el número de viviendas en
propiedad (del 82,2 % en 2001 al 78,9 % en 2.011), no siendo ajeno a esta
cambio el dato de la mayor presencia de población extranjera en España durante
la década, ya que la vivienda en alquiler para los hogares con algún miembro de
nacionalidad extranjera es casi la mitad (49.9 %) del total, mientras que para la población
española es sólo del 8,4 %.
C) Otro
documento de obligada lectura para acercarnos a la realidad estadística de las
migraciones es el de movimiento natural de la población, es decir nacimientos,
defunciones y matrimonios, habiendo publicado el INE el 4 de diciembre el
avance de resultados del primer semestre de 2013 y los datos definitivos de
2.012. Con carácter general se destaca el descenso de las tasas de natalidad,
atribuido a un menor número de mujeres en edad fértil y a una menor fecundidad.
El indicador coyuntural de fecundidad es de 1,32, la edad medida de maternidad
es de 31,56, y la esperanza de vida de 82,29. Refiriéndonos a la natalidad de
madre extranjera también se destaca su disminución sobre el total de los
nacimientos, ya que se sitúa en el 18,3 % del total frente al 19 % del primer
semestre de 2012.
Con respecto a
las defunciones, también con descenso, hay un dato de la población extranjera
que es conveniente reseñar, cual es que sus fallecimientos suponen sólo el 2,7
% del total, muy por debajo del porcentaje (más del 11 %) que representan sobre
la población residente, dato debido sin duda, y así lo pone de manifiesto el
Informe, “a que la población extranjera es, en general, mucho más joven que la
española”.
7. El Informegeneral 2012 sobre la población reclusa en España, elaborado por la
Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, nos permite conocer los datos de dicha población según se trate
de personas de nacionalidad española o de extranjeros, cuáles son los países
(obviamente con exclusión de España) con mayor presencia entre dicha población,
la razón jurídica, faltas o delitos, del internamiento, y las razones jurídicas
de las excarcelaciones. Respecto a los datos generales del 2012, había 37.178
internos españoles y 16.816 extranjeros (68,7 y 31,3 %, respectivamente,
porcentaje este último superior entre las mujeres, 33,5 %, y algo inferior entre los hombres, 31,1 %). La
población reclusa extranjera ha disminuido en 1.344 internos con relación a
2.011, siendo ciudadanos de Marruecos, Rumania y Colombia los más numerosos en
dicha población (3.087, 2.145 y 1.057, respectivamente).
En cuanto a las
razones de la presencia en prisión, o en la terminología del Informe “las
imputaciones más frecuentes a internos extranjeros”, los dos con mayor
relevancia son “delitos contra la seguridad colectiva” (en los que se incluyen
salud pública y drogas, con el 29,34 %), y “delitos contra el patrimonio (en
los que se incluyen estafa, hurto, robo, robo con fuerza en las cosas y robo
con violencia), que son el 24,84 %, aún cuando no conviene olvidar el 10,99 %
que suponen los “delitos de lesiones” (en los que se incluyen las lesiones y
los malos tratos de género). Por último, sobre las razones de excarcelación,
habiéndose concedido 13.113 en el año 2012 a la población reclusa extranjera,
4.360 han sido debidas a libertad provisional para preventivos, mientras que
3.937 ha sido debidas a la extinción de la condena, sin olvidar las
excarcelaciones por expulsión de España (883) y el traslado a los países de
origen para el cumplimiento de la condena (226).
8. Para
Cataluña, es de especial interés el boletín núm. 14 (diciembre 2013) de laDirección General para la Inmigración dedicado a los saldos migratorios
registrados en esta Comunidad Autónoma en los últimos años, con especial
atención a los cambios operados en 2012, en el que se destaca que por primera
vez desde el año 2005 el flujo migratorio con el extranjero ha sido negativo
(-6.151) ya que emigraron 98.776 personas y llegaron 92.625 inmigrantes (de
ellos, la gran mayoría, 86.823, de nacionalidad extranjera), un dato que se
justifica según las autoridades autonómicas porque un importante número de los
emigrantes (37,8 %) disponen de
autorización de residencia en vigor del régimen comunitario, y casi la
mitad disponen de una autorización de residencia de larga duración regulada en
el régimen general, de tal manera que estas autorizaciones “les permite salir
del Estado español y obtener una autorización de residencia, o de residencia y
trabajo, en cualquiera de los restantes países miembros de la UE en las
condiciones que estos determinen (tarjeta de larga duración-UE)”.
9. En el Informeantes referenciado de la Subcomisión de duplicidades administrativas de la CORAhay diversas medidas que se proponen para reordenar la política española de
inmigración, reordenación que a mi parecer acabaría siendo, de llevarse a la
práctica, una recentralización de la misma con olvido de las competencias
asumidas por algunas CC AA en esta materia y que alguna de ellas, como
Cataluña, ya han llevado a la práctica en virtud de los traspasos de
competencias operados en 2010, y también con olvido de la jurisprudencia del
Tribunal Constitucional sobre las competencias estatales y autonómicas en la
materia.
La medida número
1.08.008 lleva por título “definición de una política española de integración
de los inmigrantes”, quedándose el lector con la duda de saber que si lo hecho
hasta ahora no ha sido “una política española”. La medida número 1.08.010 lleva
por título “Revisión de la normativa en materia de permiso y residencia”, una
forma educada, por decirlo de alguna manera, de suprimir las competencias de
las que dispone actualmente Cataluña (y pudieran tener otras CC AA en el
futuro) en materia de autorización de permiso iniciales de trabajo en su ámbito
territorial. En fin, la medida número 1.08.011 lleva por título
“Racionalización de los observatorios permanentes de la inmigración” y dicho de
forma más simple propone la supresión de todos aquellos que no sean el estatal,
y en los mismos términos se plantea la medida 1.08.012, aunque su título
edulcore la propuesta, ya que es el de “Mejora de la eficacia en la actividad
de los Observatorios que tratan el tema del racismo y la xenofobia”.
Algunos ejemplos
de esta recentralización, así como también de una cierta desconfianza tanto
hacia la actuación de las autonomías como de la propia población extranjera, se
pueden comprobar de forma muy clara en la explicación de algunas de las medidas
antes referenciadas.
A) Por ejemplo,
cuando se aborda la necesidad de definir una “política española de integración
de los inmigrantes”, se afirma que “La integración se produce en la sociedad de
acogida, que es la sociedad española en su conjunto, y no únicamente la
Comunidad Autónoma en la que vive, y por tanto la política de integración no
afecta únicamente a la política de asistencia social de ámbito autonómico ni se
limita únicamente a la concesión de subvenciones..”, enfatizando algo que es
recurrente en los documentos sobre
inmigración elaborados por el Partido Popular y que ahora también se
recoge en un documento técnico como el analizado, esto es que el marco legislativo
y político nacional “c) fomente el respeto de los derechos humanos por parte de
la población inmigrante” (y yo me pregunto ingenuamente si es que el actual
marco normativo no lo fomenta). En el fondo, no se oculta el recelo hacia las
políticas de integración puesta en práctica por las autonomías, aunque sea de
una forma que permite evitar las referencias explícitas a cuestiones
“espinosas” como son el conocimientos de las lenguas oficiales en aquellas CC
AA que las tengan, alegándose simplemente, y no es poco desde luego, que se
trata de una ineficiencia las “Desigualdades en
las condiciones de integración de los inmigrantes en territorio español, que pueden dar lugar a diferencias en los requisitos de acceso a la nacionalidad
española”, y que de esta manera se evitaría el peligro (¿) de “desigualdades y
desequilibrios en distintas partes del territorio nacional”. Por consiguiente
aquello que se pretende con la propuesta es poner en marcha una política
“española” (¿estatal?) de integración, eso sí, al menos así lo contempla la
propuesta, “sin perjuicio de su desarrollo por otros niveles de la
Administración”.
B) Cuando se plantea la revisión de la normativa en materia de permiso de
trabajo y residencia, se efectúa desde una determinada lectura de la Directiva
de 13 de diciembre de 2011 sobre procedimiento único de tramitación de un
permiso único, a la que dedique una atención detallada en una anterior entradadel blog y a la que ahora me remito, con propuesta de introducción en España
del permiso único de residencia que habilite para trabajar, “concedido en un
único acto administrativo por una única administración, incluyendo informes de
otras Administraciones (en este caso de las Comunidades Autónomas)”. Dicho de
forma más clara, la propuesta, con el argumento de la necesaria incorporación
de la Directiva al ordenamiento jurídico español, es sustituir la autorización
de trabajo de que dispone ahora, por las competencias transferidas, la CC AA
catalana, y sustituirla por un informe (¿preceptivo? ¿vinculante?) de la
autoridad laboral. Tres años después de la asunción de competencias en la
materia por Cataluña, los expertos de la subcomisión concluyen que la
autorización en la que intervienen dos autoridades “supone fragmentar la
política de inmigración” (aunque no estoy seguro de que esta sea precisamente
la tesis de quienes conocen como ha
funcionado la transferencia, con las lógicas dificultades de adaptación en los
primeros tiempos).
Además de una determinada concepción de la política de extranjería, la propuesta
resalta, y supongo que han recibido información al respecto, que esta que
califican de “duplicidad” supone un coste anual de 30.000 euros para los
presupuestos generales, y sin mayor rubor afirma que “Dado que la propuesta
sustituye la tramitación compartida por la emisión de un informe, en adelante
no sería necesario mantener una tramitación específica”. Con este mismo
argumento, es cierto que podrían suprimirse, por razones económicas, muchas,
muchísimas, competencias autonómicas, y a buen seguro que se encontrarán más
propuestas semejantes
en otros apartados del Informe que no he tenido oportunidad de leer, y de
seguir con este mismo razonamiento podríamos plantearnos la supresión de las
autonomías, ¿no les parece? Bueno, no demos ideas a algunos, que igual las
acogen con interés.
La misma falta
de rubor, ahora no ya sólo con alegación de motivos económicos sino también con
una clara manifestación política de rechazo hacia el marco competencial
autonómico catalán (y otros que pudieran darse en el futuro) se manifiesta en
la afirmación de que como Estado “se ha renunciado
a tener una visión global de la política de admisión, permitiendo que
autoridades regionales adopten decisiones, dispares, que pueden condicionar la
residencia de extranjeros”. Es decir, la competencia “regional” ha llevado a
impedir que España tenga “una visión global de la política de admisión”, y es
necesario por ello que existan “unos criterios homogéneos en la gestión de la
extranjería en todo el territorio del Estado español”.
Más adelante,
parece que el traspaso competencial haya implicado un incremento desorbitado
del número de trabajadores extranjeros (los datos desmienten esta tesis), por
lo que debería “reconducirse” la intervención autonómica, que insisto que
quedaría limitada a un informe previo de la autoridad laboral para que la
autoridad estatal decidiera la concesión del permiso de residencia con
habilitación para trabajar, ya que se afirma que se trata de poner en marcha
una política de inmigración que permita “que haya capacidad de acogida en
España de los trabajadores extranjeros” (me sorprende esta afirmación que
parece cuestionar que existiera esta política con anterioridad). En fin, y
nuevamente volviendo a cuestiones económicas (parece que las competencias
autonómicas reconocidas en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía, y
concretadas en Reales Decretos de traspasos de competencias, pudieran
desaparecer de un plumazo por razones económicas) hay dos manifestaciones en el
texto sobre el efecto positivo inducido de la medida de introducción de un
permiso único a cargo de una autoridad única que llevan esa mejora económica a
límites que convierten a mi parecer a las autonomías en meras direcciones
territoriales de un Ministerio: en primer lugar, que dado que el MEySS invierte
recursos “en la elaboración de folletos y hojas informativas que se utilizan
por todas las Oficinas de extranjería”, “En la medida en que la Generalitat de
Cataluña deje de elaborar materiales propios, todo ese coste que supone se
eliminaría”; en segundo término, que dado que hay que ir adaptando y
modificando la aplicación informática de extranjería utilizada por la
Generalitat, ya que esta así lo solicita, y como hasta ahora no han podido
llevarse a cabo por falta de recursos económicos “pero que en algún momento
deberán abordarse”, la implantación de un permiso único en los términos propuestos en el Informe
“obviaría la necesidad de realizar estas inversiones”. Más claro, imposible
¿verdad?
Bueno, para
concluir, sugiero un repaso a los datos generales, y laborales, de la
inmigración en Cataluña, a los que
dedico atención periódica en el blog, que refuerzan a mi parecer la necesidad
de disponer de competencias en esta materia, ciertamente en el marco de una
estrecha coordinación con la política del gobierno estatal. Recomiendo la lectura del Boletín de poblaciónextranjera y mercado de trabajo deltercer trimestre de 2013, en el que se recogen estos datos que ayudarán sin
duda a colocar el debate en un contexto menos teórico y más real: “Según la EPA
del tercer trimestre de 2013 la población activa extranjera en Cataluña se
estima en 584.600 personas: 347.000 están ocupadas y 237.200 desempleadas. La
afiliación media a la Seguridad Social de septiembre de 2013 es de 374.343
personas extranjeras; 108.899 comunitarias y 265.444, extracomunitarias. Cataluña
es la comunidad autónoma con un mayor número de afiliados extranjeros en cifras
absolutas y la tercera en proporción respecto de la afiliación total de la
comunidad autónoma. La tasa de paro de los extranjeros en el tercer trimestre
se sitúa en el 40,6 % 17,8 puntos por encima de la tasa de desempleo total en
Cataluña (22,8%). De enero a septiembre de 2013 los extranjeros han formalizado
346.703 contratos laborales (el 21,7 % del total)”.
Buena lectura de
todos los documentos.
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