1. El Diario Oficial de la Unión Europea publica hoy el Dictamen delConsejo, de 10 de diciembre, sobre elprograma de asociación de España, presentado ante la Comisión Europea el 1 de
octubre. Dicho programa incluye aquellas medidas con las que se pretende dar
respuesta a las Recomendaciones dirigidas por el Consejo a España en su
Recomendación de 9 de julio de este año, y que según el Dictamen son las
siguientes: “i) saneamiento fiscal diferenciado y favorecedor del crecimiento
(REP n o 1 y n o 2); ii) restablecimiento de las condiciones de préstamo a la
economía (REP n o 3); iii) lucha contra el desempleo y las consecuencias
sociales de la crisis (REP n o 4, n o 5 y n o 6); iv) fomento del crecimiento y
la competitividad (REP n o 7 y n o 8), y v) modernización de la Administración
Pública (REP n o 9)”.
Recuerdo ahora, con más detalle, cuáles eran las recomendaciones de contenido sociolaboral:
“1. ….Culminar al final de 2013 a más tardar la regulación del factor de
sostenibilidad, a fin de garantizar la estabilidad financiera a largo plazo del
sistema de pensiones, incluso aumentando la edad efectiva de jubilación
mediante el ajuste de la edad de jubilación o las pensiones de jubilación a los
cambios en la esperanza de vida.
2. … Intensificar la lucha contra la economía informal y el trabajo no
declarado.
4. Finalizar la evaluación de la reforma del mercado de trabajo de 2012,
abarcando todos sus objetivos y medidas en julio de 2013 a más tardar, y
presentar modificaciones, si es necesario, en septiembre de 2013 a más tardar.
Adoptar el Plan Nacional de Empleo de 2013 a más tardar en julio de 2013, y
realizar rápidamente una reforma de las políticas activas del mercado de trabajo,
orientadas a la consecución de
resultados, por ejemplo fortaleciendo la focalización y la eficiencia de las
orientaciones. Reforzar y modernizar los servicios públicos de empleo para
garantizar una asistencia individualizada a los desempleados según sus perfiles
y necesidades de formación. Reforzar la eficacia de los programas de
recualificación para los trabajadores de más edad y de escasa cualificación.
Poner totalmente en funcionamiento el portal único de empleo y acelerar la
aplicación de la colaboración público-privada en los servicios de colocación para
garantizar una aplicación efectiva ya en 2013.
5. Aplicar y hacer un seguimiento estrecho de la eficacia de las medidas
de lucha contra el desempleo juvenil expuestas en la Estrategia de
Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, por ejemplo mediante una garantía
juvenil. Proseguir la labor encaminada a reforzar que la educación y la
formación sea adecuada a las necesidades del mercado de trabajo, reducir el
abandono escolar prematuro y potenciar la educación permanente, prorrogando la
aplicación de la formación profesional dual más allá de la actual fase piloto e
introduciendo un sistema global de seguimiento del rendimiento de los alumnos
al final de 2013 a más tardar.
6. Adoptar y aplicar las medidas necesarias para reducir el número de
personas con riesgo de pobreza y/o exclusión social reforzando las políticas
activas dirigidas al mercado de trabajo, con el fin de aumentar la
empleabilidad de las personas con menor acceso al mercado de trabajo, y
mejorando el objetivo, la eficiencia y la eficacia de las medidas de apoyo,
incluidos servicios de ayuda de calidad a las familias…”.
El Dictamen del Consejo pasa revista a las medidas propuestas por el
gobierno español, buena parte de las cuales han sido objeto de atención en anteriores
entradas de este blog cuando afectan a materias laborales y de protección
social. Respecto a la reforma del sistema de pensiones, cuya ley se aprueba
esta semana por el Congreso de manera definitiva, el Consejo aprueba esa medida,
por otra parte tan insistentemente demandada desde hace varios años, no sólo
para España sino para otros países, y lo hace en estos términos: “Los cambios
introducidos y por introducir en el sistema de pensiones son de gran calado. La
regulación propuesta del factor de sostenibilidad y la nueva fórmula de
actualización de las pensiones, junto con la reforma de la jubilación
anticipada adoptada en el mes de marzo de 2013, son importantes medidas de
aumento de la sostenibilidad de las finanzas públicas y de contención del
galopante aumento del gasto en pensiones”. Me gustaría que el Consejo se
preocupara también por otros “galopantes” gastos que sólo benefician a una
parte muy reducida de la población europea, pero no estoy seguro, dejémoslo
aquí, de que sea precisamente así.
El Dictamen hace referencia a las medidas adoptadas por el gobierno
español para proseguir con la aplicación del Plan de lucha contra el empleo
irregular y el fraude en la Seguridad Social, y manifiesta su confianza con que
esta medida, junto con la de plan de control tributario y aduanero, “generen
ingresos suplementarios, contribuyendo con ello al esfuerzo de saneamiento
presupuestario”. No hay que negar, desde
luego, el esfuerzo desplegado desde el MEySS para luchar contra las prácticas
empresariales ilegales (empresas ficticias) y el control sobre el empleo
irregular y la percepción indebida de prestaciones sociales, pero no tengo, ni
creo que la tengan muchos ciudadanos, la percepción de que se esté actuando con
la misma intensidad en los altos niveles de las finanzas donde algunas
decisiones tienen un coste económico para el erario público muchísimo mayor que
las irregularidades o ilegalidades en el ámbito laboral.
Igualmente, el Dictamen se refiere a la información facilitada por el
gobierno español sobre la reforma laboral de 2012 y su evaluación, así como
también a “la reforma en curso de las políticas activas de empleo, la
aplicación de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, y la introducción
de asociaciones público-privadas en los servicios de colocación”, criticándose desde
el poder europeo que no haya “ más allá de esta colaboración con las agencias
de empleo privadas, planes concretos para profundizar en la modernización de
los servicios de empleo público”. No deja de ser curiosa (¿desconocimiento de
la realidad laboral, tanto normativa como del día al día de aquello que ocurren
en los centros de trabajo y de la negociación colectiva?) la tesis del Consejo
de que “tras la evaluación de la reforma laboral de 2012, el programa de
asociación económica no contempla medidas que abunden en la consolidación de
esa reforma”.
Bueno, parece que el gobierno español hará parcialmente caso a esta
crítica, aunque no sea con la rotundidad (¿contrato único?) que el Consejo
desearía, ya que se anuncian inminentes reformas en materia de contratación a
tiempo parcial, con la ampliación del contrato indefinido de fomento de empleo
de apoyo a emprendedores a esta modalidad contractual (hasta ahora sólo se
permite su formalización a tiempo completo), y la “simplificación” de los
modelos (de momento se insiste en que no se trata de reducir tipos o
modalidades contractuales) de contratos, al objeto de facilitar un incremento
del volumen de contratación (que yo sepa, es la actividad económica es la que
genera empleo, y no las reformas administrativas). Sobre este último punto, la
prensa económica se hace eco hoy de información facilitada por responsables del
MeYSS según la cual en pocos días “lanzará una página de Internet que permitirá
a las empresas elegir por sí mismas, en sólo cinco pasos y de forma
personalizada, cuáles son los tipos de contratos que se adecuan a sus
necesidades”.
Pero en fin, formuladas las críticas a la lentitud de las reformas de las
políticas de mercado de trabajo (creo que el Consejo, insisto, no se refiere
sólo a las medidas de políticas activas o pasivas de empleo y protección del
desempleo, sino también a la ordenación de las relaciones contractuales y a la
introducción de aquello que denominan “mayor flexibilidad” en la relación
contractual empresario – trabajador), el Consejo reconoce que la reforma “parece
haber propiciado la flexibilidad interna de las empresas y la moderación
salarial, y por tanto limitado –ceteris paribus– la destrucción de empleo”. Creo
que el Consejo podría suprimir su precaución (“parece”) sobre el incremento de
la flexibilidad interna de las empresas y
la moderación salarial, ya que los datos estadísticos del MEySS avalan
suficientemente esta tesis. Que se haya limitado la destrucción de empleo es
algo más complejo de determinar si se repara en cómo se evalúa la reforma tanto
por el gobierno como por los agentes sociales.
2. Junto al Dictamen del Consejo hay que citar también la “Declaración dela Comisión Europea y el Banco Central Europeo tras la conclusión del Quinto examendel Programa de Asistencia Financiera a España”, hecha pública en el día de
ayer tras la visita efectuada a España del 2 al 13 de diciembre, en la que se
manifiesta que nuestro país “ha superado graves problemas en algunos ámbitos de
su sector bancario gracias a las reformas y medidas adoptadas, con el apoyo de
la zona del euro y de iniciativas europeas más amplias”, expone que el proceso
de reestructuración de las entidades que han recibido ayudas públicas “avanza por
buen camino, guiado por los planes de reestructuración aprobados por la
Comisión Europea”, y que los esfuerzos
para aplicar las medidas acordadas “deben continuar según lo previsto”.
La Declaración no olvida efectuar referencias a la situación
macroeconómica de la economía española, y cuya evolución (no sé si optimista en
términos cuantitativos, pero con muchas dudas por mi parte de que dicho
optimismo pueda aplicarse en términos cualitativos de la realidad cotidiana
laboral de las condiciones de trabajo) califica de “alentadora” porque a su
parecer “refleja el avance en el proceso de ajuste de la economía española y
corrobora la expectativa de una recuperación gradual de la actividad y de que
la destrucción de empleo se acerca a su fin”. No obstante, alerta de la
existencia de riesgos que podrían alterar tal situación, e insiste una vez más que
“el respeto pleno de los objetivos de saneamiento presupuestario acordados ―con
el fin de revertir el aumento de la deuda pública― y la conclusión del programa
de reformas siguen siendo imperativos para la que la economía vuelva a una
senda de crecimiento sostenible, solicitando entre otras medidas el
mantenimiento del impulso “para finalizar las reformas actuales y previstas
—entre ellas… el mayor fortalecimiento de las políticas sobre el mercado de
trabajo..”.
Les confieso que me voy a comprar un diccionario (si existe, que lo dudo)
para comprender el significado de algunas expresiones utilizadas en documentos
comunitarios, aunque quiero pensar, y lo digo sólo desde mi experiencia de
persona conocedora, jurídicamente hablando, del mundo laboral, que se pretende
lo mismo que en el Dictamen de la Comisión, esto es una muy superior flexibilidad
en la regulación de tales políticas y un papel mucho más activo del sector
privado. ¿Es esa la solución mágica para nuestro mercado laboral?
Buena lectura de los documentos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario