5. Como ya he
indicado, la Comunicación de 21 de mayo es la aportación de la UE al diálogo
que tendrá lugar el próximo mes de octubre en el seno de la Asamblea General de
las Naciones Unidas, el segundo que se celebra de 2006, siendo importante
recordar que el primero, tal como pone de manifiesto un documento de la OrganizaciónInternacional de las Migraciones, “situó a la migración inequívocamente en la
agenda para el desarrollo de los países y otras partes interesadas en todo el
mundo”, y que también llevó a la creación del “Fórum Mundial sobre Migración y
Desarrollo”.
Sobre este Forumy sus propuesta para el Diálogo de Alto Nivel del próximo mes de octubre,
recomiendo la lectura del documento presentado el 30 de abril, en el que se
plantea cuál la razón y necesidad de potenciar la dimensión del desarrollo en
las relaciones entre este y la migración, respondiendo en estos términos: “It
is by now clear that migration contributes to development and poverty reduction
under certain conditions. Migrants often
bring higher income and more opportunities to their families and communities.
However, there remain many downsides to migration, including high transaction
costs, lack of protection, high human and social costs, dependencies and social
tensions within families and societies. Governments can help unlock the
potential each migrant holds for development in the country of origin and
destination. They can provide migrants with the fitting key in each context by
an adequate policy mix, comprehensive legal frameworks and cooperation. Coherent
development policies that fully incorporate migration are often better equipped
to maximize the benefits and minimize the downsides of migration. Governments
that ensure the rights, protection and empowerment of migrants can help them
seek safe and gainful opportunities that also bring valuable development
outcomes”. Por
cierto, muy positiva me parece su recomendación de utilizar las redes sociales,
con cita expresa de Twitter y Facebook, para difundir los trabajos de la Comisión.
El documento de
posición de la OIM ante la futura reunión de la Asamblea General me parece
importante en cuanto que formula varias recomendaciones de interés para mejorar
la gobernanza de la migración, “particularmente el nexo entre la migración y el
desarrollo a escala local, nacional, regional y mundial”, previa manifestación
de la importancia que ha adquirido el fenómeno migratorio a escala mundial,
afirmando con buen conocimiento de causa que “Estamos en una era de movilidad
humana sin precedentes, donde, como nunca antes, hay enormes cantidades de
personas que viven fuera de su país o región de origen. La migración es una
cuestión de actualidad, pertinente a todos los países en todas las regiones, ya
se trate de países de origen, tránsito o destino o de una combinación de los
mismos. Habida cuenta de las tendencias demográficas y de desarrollo, así como
de la demanda laboral, en este Siglo XXI la migración a gran escala ha de ser
inevitable, necesaria y conveniente. Dada la creciente movilidad humana y su
posible aceleración para convertirse en una “megatendencia” en este siglo, los
gobiernos reconocen la importancia de la concertación sobre cuestiones
migratorias, así como la pertinencia de la migración de cara a los tres pilares
del desarrollo sostenible —económico, social y medioambiental— y al marco para
el desarrollo después de 2015”.
La OIM solicita
que el diálogo de alto nivel permita “mejorar la percepción pública que se
tiene de los migrantes”, desde la perspectiva, muy correcta a mi parecer, de
que se aborde “como un proceso que debe encauzarse y no como un problema que
hay que resolver”, con datos estadísticos que permitan conocer mejor la
realidad; también propone “incorporar la migración en la planificación para el
desarrollo”, ya que afecta a los tres pilares del desarrollo sostenible
(económico, social y medioambiental); “proteger los derechos humanos de todos
los migrantes”, velando por el cumplimiento de todas las normas, en especial
las laborales y de protección social, con un nuevo llamamiento a un proceso
controlado de regularización, es decir “Alentar a todos los Estados a
considerar la posibilidad de regularizar la situación de migrantes irregulares
de larga fecha, que no hayan tenido ningún problema de orden jurídico, para
mejorar su protección y su contribución en materia impositiva”; “gestionar la
migración en situaciones de crisis”, reconociendo la importancia de la
migración temporal y circular, no sólo pues en relación a las necesidades laborales
de los países de acogida y de origen, sino también “a la hora de facilitar la
recuperación consecutiva a situaciones de crisis y la adaptación al cambio
climático y la degradación medioambiental”; en estrecha relación con la primera
recomendación se encuentra la de “fomentar una formulación de políticas sobre
la migración que se fundamente en los hechos y en los conocimientos”, con la mejora
de todos los datos estadísticos disponibles que permitan poner en marcha políticas
migratorias beneficiosas tanto para los migrantes como para los países, y entre
su propuestas concretas destaca, al igual que ya lo ha hecho, la Comisión Europea,
“elaborar periódicamente perfiles
migratorios para así promover una mayor coherencia política y una
formulación de políticas que se fundamente en los hechos”; por último, y no
menos importante, es la llamada a “promover la coherencia política y el
desarrollo institucional”, mejorando las posibilidades de migrar con respeto de
la normativa, combinando tanto “las necesidades de los mercados laborales como
las prioridades de la asistencia en materia de desarrollo”.
6. La Comunicaciónde la Comisión, que continua en la línea de la presentada hace un año y medio,
incluye las propuestas europeas ante la próxima sesión de la Asamblea General
de la ONU y responde igualmente a la petición formulada por el Consejo Europeo
en su reunión de 29 de mayo de 2012 de adoptar “un enfoque más ambicioso y
prospectivo” en este ámbito.
A) La Comisión
plantea en primer lugar la necesidad de disponer de “una visión ampliada” del vínculo
entre migración y desarrollo, ampliando el espectro de cuestiones a abordar y
no centrándose sólo en las más tradicionales (remesas, fuga de cerebros,
migración circular, …), de tal manera que se aborde el impacto de movilidad y
su impacto en el desarrollo económico de los Estados, así como también en el
social y medioambiental. Coincido con la Comisión en que la migración es tanto “una
oportunidad y un desafío para el desarrollo”, y de ahí la extraordinaria
importancia de su buena gestión. Piénsese, por ejemplo, como una migración bien
gestionada puede evitar fugas incontroladas de cerebros en ámbitos (ej:
sanidad) donde son muy necesarios para los países de origen, y al mismo tiempo
como reducir tensiones sociales que alimentan a las fuerzas populistas. De
todas formas, la importancia de esa buena gestión pasa por una política de
integración adecuada puesta en marcha por los países de destino, e incluso aquellos
que más han apostado por ella no se libran de conflictos significativos, como
lo demuestra el muy reciente de la capital sueca Estocolmo. Para la Comisión,
además de la ampliación de la agenda de desarrollo y migración, debe
reconocerse que esta y la movilidad de las personas actúan “como factores de
capacitación y desarrollo”, y que ha de prestarse mucha más atención de lo que
se ha hecho hasta ahora a la interrelación “entre el cambio climático, la
degradación medioambiental y la migración”.
B) Sobre el
respeto y protección de los derechos humanos la Comisión recuerda en primer
lugar el amplio arsenal normativo de que disponemos en el seno de la UE para
hacerlos efectivos y también para tratar de garantizarlos en terceros países en
el marco de la política de cooperación, y justamente en el Consejo de hoy y mañana
está prevista la firma de un acuerdo con Marruecos.
Dos referencias
legales en el documento comunitario llaman mi atención: de una parte, junto a
la amplia cita de normas internacionales en la materia que garantizan los derechos
de los migrantes (por cierto, incluido el Convenio 189 de la OIT de 2011 sobretrabajadores domésticos, aún no ratificado por el Reino de España”) se plantea
la necesidad, que comparto, de “desarrollar políticas y adoptar medidas para
promover los derechos humanos de las personas en situación irregular”; pero,
pocas líneas después, se argumenta que no puede ratificarse la Convención de laONU de 1990 sobre protección de los derechos de los trabajadores migratorios ysus familias porque su “insuficiente distinción entre los derechos económicos y
sociales de los trabajadores migrantes regulares e irregulares se aparta de las
políticas nacionales y de la UE..”, y se añade sorprendentemente, y lo digo en relación
con lo que acabo de exponer, que los instrumentos normativos de la UE (quiero
pensar que se refiere fundamentalmente a todas las Directivas emanadas en la
materia) “proporcionan una protección amplia tanto para los migrantes regulares
como irregulares”.
Que esa protección
tenga esa intensidad es posible en algunos países (y España, con muchos matices
y retrocesos con el gobierno actual) podría entrar en ese perfil, pero desde
luego las normas que ha dictado la UE y que he ido analizando en el blog y en
artículos doctrinales sobre extranjería ponen el acento en la protección de los
derechos de las personas migrantes en situación regular de forma muy preferente,
aunque bien es cierto, como se encarga de recordar el documento que una
Directiva especialmente importante, como la 2009/52/CE, relativa a las sanciones
por empleo irregular, “no establece ninguna sanción contra los trabajadores
migrantes que se encuentran en situación irregular, sino que se centra en los
empleadores que abusan de los migrantes en situaciones vulnerables”. Sí.., pero
recuérdese que el descubrimiento de la situación de irregularidad no abrirá la
vía para la permanencia regular en el Estado en la que se produzca (algo, por
otra parte, que difícilmente puede encajar en las competencias de la UE en
materia de inmigración).
Las dudas que la
Comisión tiene sobre esta importante cuestión se ponen claramente de manifiesto
cuando propone estudiar la posibilidad de estudiar la revisión de la Convención
de 1990, revisión “adaptada a la realidad y los desafíos del Siglo XXI”, que a
mi parecer, y esto ciertamente no lo dice el documento, pasa por fortalecer los
mecanismos de migración regular y también por evitar situaciones de desprotección
política, económica y social de aquellos que se encuentran (y no se olvide que
en una gran mayoría de forma involuntaria) en situación irregular.
La Comisión también
pone el acento en reforzar la situación de las personas migrantes por medio de
una migración regular ordenada y segura, con especial atención a la lucha
contra la trata de seres humanos, en donde ciertamente se ha dado un paso
importante en la UE con la aprobación de la Directiva de 2011.
En conclusión
sobre este importante aspecto de la política migratoria, la Comisión pide que
todos los Estados garanticen la protección de los derechos humanos de los
migrantes, ratificando los instrumentos normativos internacionales vigentes,
con una petición que me sigue suscitando dudas en relación con otras
manifestaciones del documento, cual es que todos los Estados “deberían respetar
la dignidad y defender los derechos humanos y fundamentales de los migrantes,
independientemente de su estatuto jurídico”, y compartiendo plenamente por otra
parte su petición de adopción de medidas contundentes contra los empleadores
que exploten a los migrantes, tanto en situación regular como irregular,
debiendo además facilitarse a todos aquellos que se propongan migrar una
información objetiva y adecuada “sobre los procedimientos de inmigración, sus
derechos y las condiciones sociales y económicas en el país de destino previsto”.
C) En el Diálogo
de alto nivel también se abordará cómo fortalecer las alianzas y cooperación en
el ámbito de las migraciones internacionales con el objetivo de integrarlas
eficazmente en las políticas de desarrollo. En este apartado, la Comunicación
recuerda y reitera, poniendo al día datos, aquellos expuestos en la Comunicación
de 2011 y a la que ahora me remito, destacando
que una clara manifestación por parte de
la UE de considerar la migración como un
ámbito prioritario de su política exterior es que se hayan comprometido “casi
mil millones EUR en más de 400 proyectos relacionados con la migración entre
2004 y 2012”, así como también la promoción de perfiles migratorios que puedan
ser de interés para los objetivos y necesidades tanto de los países de acogida
como de origen, y proponiendo un avance sustancial del intercambio de
conocimientos y experiencias entre ciudades, en ámbitos tan relevantes como son
“el acceso al mercado de trabajo, la planificación y las estructuras”. Los
mensajes que traslada a la reunión de octubre es que “Todos los Estados deberían participar en la
cooperación y el diálogo internacional con los socios pertinentes a fin de
identificar prioridades comunes y reforzar la gobernanza de la migración
bilateral y regional”, y que “los donantes y otros agentes del desarrollo
deberían integrar de manera efectiva las cuestiones de migración y movilidad en
sus políticas e instrumentos de desarrollo”; también se pide, y es importante,
disponer de bases de datos adecuadas que permitan conocer cuál es la realidad del
fenómeno migratorio, y que haya una mejora de las relaciones entre todas las
agencias de la ONU y las organizaciones internacionales especializadas en el ámbito
de la inmigración, para evitar duplicidades innecesarias y un mejor
aprovechamiento de los recursos.
D) Por último, el Diálogo tiene previsto tratar de
una cuestión que adquiere cada día más relevancia y a la que ya he dedicado atención
en otras entradas del blog, cuál es la movilidad laboral internacional y
regional y sus efectos en el desarrollo, y es perfectamente comprensible que se
haga mención del derecho a la libre circulación de personas y trabajadores en
la UE (más desarrollado la primera que la segunda en la práctica) y a los
mecanismos de reconocimiento de titulaciones profesionales para hacerla
efectiva en el ámbito laboral., si bien queda todavía por hacer no sólo a
escala europea sino también a escala internacional en un ámbito especialmente
importante como es el de “la transferibilidad de los derechos de pensión y
otros derechos sociales”.
Al tomar como
punto de partida el marco europeo, la UE traslada a la ONU su mensaje de que todos
los Estados “deberían revisar las barreras existentes a la movilidad de las
personas, con vistas a eliminar las barreras que no están justificadas desde el
punto de vista de la seguridad y que obstaculizan innecesariamente la
competitividad económica y la integración regional”, con la promoción tanto de
programas de desarrollo, certificación de competencias y reconocimiento de
titulaciones, como de estudios de tendencias y necesidades de determinados
perfiles migratorios según las zonas geográficas de referencia. La Comisión
insiste en pedir el desarrollo y facilitación de la migración circular, y la
potenciación de acuerdos en materias laborales y Seguridad Social, poniendo de
manifiesto que “el acceso efectivo a la seguridad social en los países de
acogida, así como la transferibilidad de los derechos sociales y de pensión, en
particular a través de acuerdos bilaterales o regionales, … podría facilitar la
movilidad y la migración circular, además de ser un factor disuasorio para el
trabajo irregular.”.
Buena lectura de los documentos.
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