jueves, 6 de junio de 2013

Migración y desarrollo. Nuevas reflexiones sobre la política de inmigración a partir de la Comunicación de 21 de mayo de la Comisión Europea (y II).



5. Como ya he indicado, la Comunicación de 21 de mayo es la aportación de la UE al diálogo que tendrá lugar el próximo mes de octubre en el seno de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el segundo que se celebra de 2006, siendo importante recordar que el primero, tal como pone de manifiesto un documento de la OrganizaciónInternacional de las Migraciones, “situó a la migración inequívocamente en la agenda para el desarrollo de los países y otras partes interesadas en todo el mundo”, y que también llevó a la creación del “Fórum Mundial sobre Migración y Desarrollo”.  


Sobre este Forumy sus propuesta para el Diálogo de Alto Nivel del próximo mes de octubre, recomiendo la lectura del documento presentado el 30 de abril, en el que se plantea cuál la razón y necesidad de potenciar la dimensión del desarrollo en las relaciones entre este y la migración, respondiendo en estos términos: “It is by now clear that migration contributes to development and poverty reduction under certain conditions. Migrants often bring higher income and more opportunities to their families and communities. However, there remain many downsides to migration, including high transaction costs, lack of protection, high human and social costs, dependencies and social tensions within families and societies. Governments can help unlock the potential each migrant holds for development in the country of origin and destination. They can provide migrants with the fitting key in each context by an adequate policy mix, comprehensive legal frameworks and cooperation. Coherent development policies that fully incorporate migration are often better equipped to maximize the benefits and minimize the downsides of migration. Governments that ensure the rights, protection and empowerment of migrants can help them seek safe and gainful opportunities that also bring valuable development outcomes”. Por cierto, muy positiva me parece su recomendación de utilizar las redes sociales, con cita expresa de Twitter y Facebook, para difundir los trabajos de la Comisión.

El documento de posición de la OIM ante la futura reunión de la Asamblea General me parece importante en cuanto que formula varias recomendaciones de interés para mejorar la gobernanza de la migración, “particularmente el nexo entre la migración y el desarrollo a escala local, nacional, regional y mundial”, previa manifestación de la importancia que ha adquirido el fenómeno migratorio a escala mundial, afirmando con buen conocimiento de causa que “Estamos en una era de movilidad humana sin precedentes, donde, como nunca antes, hay enormes cantidades de personas que viven fuera de su país o región de origen. La migración es una cuestión de actualidad, pertinente a todos los países en todas las regiones, ya se trate de países de origen, tránsito o destino o de una combinación de los mismos. Habida cuenta de las tendencias demográficas y de desarrollo, así como de la demanda laboral, en este Siglo XXI la migración a gran escala ha de ser inevitable, necesaria y conveniente. Dada la creciente movilidad humana y su posible aceleración para convertirse en una “megatendencia” en este siglo, los gobiernos reconocen la importancia de la concertación sobre cuestiones migratorias, así como la pertinencia de la migración de cara a los tres pilares del desarrollo sostenible —económico, social y medioambiental— y al marco para el desarrollo después de 2015”.

La OIM solicita que el diálogo de alto nivel permita “mejorar la percepción pública que se tiene de los migrantes”, desde la perspectiva, muy correcta a mi parecer, de que se aborde “como un proceso que debe encauzarse y no como un problema que hay que resolver”, con datos estadísticos que permitan conocer mejor la realidad; también propone “incorporar la migración en la planificación para el desarrollo”, ya que afecta a los tres pilares del desarrollo sostenible (económico, social y medioambiental); “proteger los derechos humanos de todos los migrantes”, velando por el cumplimiento de todas las normas, en especial las laborales y de protección social, con un nuevo llamamiento a un proceso controlado de regularización, es decir “Alentar a todos los Estados a considerar la posibilidad de regularizar la situación de migrantes irregulares de larga fecha, que no hayan tenido ningún problema de orden jurídico, para mejorar su protección y su contribución en materia impositiva”; “gestionar la migración en situaciones de crisis”, reconociendo la importancia de la migración temporal y circular, no sólo pues en relación a las necesidades laborales de los países de acogida y de origen, sino también “a la hora de facilitar la recuperación consecutiva a situaciones de crisis y la adaptación al cambio climático y la degradación medioambiental”; en estrecha relación con la primera recomendación se encuentra la de “fomentar una formulación de políticas sobre la migración que se fundamente en los hechos y en los conocimientos”, con la mejora de todos los datos estadísticos disponibles que permitan poner en marcha políticas migratorias beneficiosas tanto para los migrantes como para los países, y entre su propuestas concretas destaca, al igual que ya lo ha hecho, la Comisión Europea, “elaborar periódicamente perfiles migratorios para así promover una mayor coherencia política y una formulación de políticas que se fundamente en los hechos”; por último, y no menos importante, es la llamada a “promover la coherencia política y el desarrollo institucional”, mejorando las posibilidades de migrar con respeto de la normativa, combinando tanto “las necesidades de los mercados laborales como las prioridades de la asistencia en materia de desarrollo”.

6. La Comunicaciónde la Comisión, que continua en la línea de la presentada hace un año y medio, incluye las propuestas europeas ante la próxima sesión de la Asamblea General de la ONU y responde igualmente a la petición formulada por el Consejo Europeo en su reunión de 29 de mayo de 2012 de adoptar “un enfoque más ambicioso y prospectivo” en este ámbito.  

A) La Comisión plantea en primer lugar la necesidad de disponer de “una visión ampliada” del vínculo entre migración y desarrollo, ampliando el espectro de cuestiones a abordar y no centrándose sólo en las más tradicionales (remesas, fuga de cerebros, migración circular, …), de tal manera que se aborde el impacto de movilidad y su impacto en el desarrollo económico de los Estados, así como también en el social y medioambiental. Coincido con la Comisión en que la migración es tanto “una oportunidad y un desafío para el desarrollo”, y de ahí la extraordinaria importancia de su buena gestión. Piénsese, por ejemplo, como una migración bien gestionada puede evitar fugas incontroladas de cerebros en ámbitos (ej: sanidad) donde son muy necesarios para los países de origen, y al mismo tiempo como reducir tensiones sociales que alimentan a las fuerzas populistas. De todas formas, la importancia de esa buena gestión pasa por una política de integración adecuada puesta en marcha por los países de destino, e incluso aquellos que más han apostado por ella no se libran de conflictos significativos, como lo demuestra el muy reciente de la capital sueca Estocolmo. Para la Comisión, además de la ampliación de la agenda de desarrollo y migración, debe reconocerse que esta y la movilidad de las personas actúan “como factores de capacitación y desarrollo”, y que ha de prestarse mucha más atención de lo que se ha hecho hasta ahora a la interrelación “entre el cambio climático, la degradación medioambiental y la migración”.

B) Sobre el respeto y protección de los derechos humanos la Comisión recuerda en primer lugar el amplio arsenal normativo de que disponemos en el seno de la UE para hacerlos efectivos y también para tratar de garantizarlos en terceros países en el marco de la política de cooperación, y justamente en el Consejo de hoy y mañana está prevista la firma de un acuerdo con Marruecos.

Dos referencias legales en el documento comunitario llaman mi atención: de una parte, junto a la amplia cita de normas internacionales en la materia que garantizan los derechos de los migrantes (por cierto, incluido el Convenio 189 de la OIT de 2011 sobretrabajadores domésticos, aún no ratificado por el Reino de España”) se plantea la necesidad, que comparto, de “desarrollar políticas y adoptar medidas para promover los derechos humanos de las personas en situación irregular”; pero, pocas líneas después, se argumenta que no puede ratificarse la Convención de laONU de 1990 sobre protección de los derechos de los trabajadores migratorios ysus familias porque su “insuficiente distinción entre los derechos económicos y sociales de los trabajadores migrantes regulares e irregulares se aparta de las políticas nacionales y de la UE..”, y se añade sorprendentemente, y lo digo en relación con lo que acabo de exponer, que los instrumentos normativos de la UE (quiero pensar que se refiere fundamentalmente a todas las Directivas emanadas en la materia) “proporcionan una protección amplia tanto para los migrantes regulares como irregulares”.

Que esa protección tenga esa intensidad es posible en algunos países (y España, con muchos matices y retrocesos con el gobierno actual) podría entrar en ese perfil, pero desde luego las normas que ha dictado la UE y que he ido analizando en el blog y en artículos doctrinales sobre extranjería ponen el acento en la protección de los derechos de las personas migrantes en situación regular de forma muy preferente, aunque bien es cierto, como se encarga de recordar el documento que una Directiva especialmente importante, como la 2009/52/CE, relativa a las sanciones por empleo irregular, “no establece ninguna sanción contra los trabajadores migrantes que se encuentran en situación irregular, sino que se centra en los empleadores que abusan de los migrantes en situaciones vulnerables”. Sí.., pero recuérdese que el descubrimiento de la situación de irregularidad no abrirá la vía para la permanencia regular en el Estado en la que se produzca (algo, por otra parte, que difícilmente puede encajar en las competencias de la UE en materia de inmigración).

Las dudas que la Comisión tiene sobre esta importante cuestión se ponen claramente de manifiesto cuando propone estudiar la posibilidad de estudiar la revisión de la Convención de 1990, revisión “adaptada a la realidad y los desafíos del Siglo XXI”, que a mi parecer, y esto ciertamente no lo dice el documento, pasa por fortalecer los mecanismos de migración regular y también por evitar situaciones de desprotección política, económica y social de aquellos que se encuentran (y no se olvide que en una gran mayoría de forma involuntaria) en situación irregular.    

La Comisión también pone el acento en reforzar la situación de las personas migrantes por medio de una migración regular ordenada y segura, con especial atención a la lucha contra la trata de seres humanos, en donde ciertamente se ha dado un paso importante en la UE con la aprobación de la Directiva de 2011.

En conclusión sobre este importante aspecto de la política migratoria, la Comisión pide que todos los Estados garanticen la protección de los derechos humanos de los migrantes, ratificando los instrumentos normativos internacionales vigentes, con una petición que me sigue suscitando dudas en relación con otras manifestaciones del documento, cual es que todos los Estados “deberían respetar la dignidad y defender los derechos humanos y fundamentales de los migrantes, independientemente de su estatuto jurídico”, y compartiendo plenamente por otra parte su petición de adopción de medidas contundentes contra los empleadores que exploten a los migrantes, tanto en situación regular como irregular, debiendo además facilitarse a todos aquellos que se propongan migrar una información objetiva y adecuada “sobre los procedimientos de inmigración, sus derechos y las condiciones sociales y económicas en el país de destino previsto”.

C) En el Diálogo de alto nivel también se abordará cómo fortalecer las alianzas y cooperación en el ámbito de las migraciones internacionales con el objetivo de integrarlas eficazmente en las políticas de desarrollo. En este apartado, la Comunicación recuerda y reitera, poniendo al día datos, aquellos expuestos en la Comunicación de  2011 y a la que ahora me remito, destacando  que una clara manifestación por parte de la UE  de considerar la migración como un ámbito prioritario de su política exterior es que se hayan comprometido “casi mil millones EUR en más de 400 proyectos relacionados con la migración entre 2004 y 2012”, así como también la promoción de perfiles migratorios que puedan ser de interés para los objetivos y necesidades tanto de los países de acogida como de origen, y proponiendo un avance sustancial del intercambio de conocimientos y experiencias entre ciudades, en ámbitos tan relevantes como son “el acceso al mercado de trabajo, la planificación y las estructuras”. Los mensajes que traslada a la reunión de octubre es que “Todos los Estados deberían participar en la cooperación y el diálogo internacional con los socios pertinentes a fin de identificar prioridades comunes y reforzar la gobernanza de la migración bilateral y regional”, y que “los donantes y otros agentes del desarrollo deberían integrar de manera efectiva las cuestiones de migración y movilidad en sus políticas e instrumentos de desarrollo”; también se pide, y es importante, disponer de bases de datos adecuadas que permitan conocer cuál es la realidad del fenómeno migratorio, y que haya una mejora de las relaciones entre todas las agencias de la ONU y las organizaciones internacionales especializadas en el ámbito de la inmigración, para evitar duplicidades innecesarias y un mejor aprovechamiento de los recursos.

D) Por último, el Diálogo tiene previsto tratar de una cuestión que adquiere cada día más  relevancia y a la que ya he dedicado atención en otras entradas del blog, cuál es la movilidad laboral internacional y regional y sus efectos en el desarrollo, y es perfectamente comprensible que se haga mención del derecho a la libre circulación de personas y trabajadores en la UE (más desarrollado la primera que la segunda en la práctica) y a los mecanismos de reconocimiento de titulaciones profesionales para hacerla efectiva en el ámbito laboral., si bien queda todavía por hacer no sólo a escala europea sino también a escala internacional en un ámbito especialmente importante como es el de “la transferibilidad de los derechos de pensión y otros derechos sociales”.

Al tomar  como punto de partida el marco europeo, la UE traslada a la ONU su mensaje de que todos los Estados “deberían revisar las barreras existentes a la movilidad de las personas, con vistas a eliminar las barreras que no están justificadas desde el punto de vista de la seguridad y que obstaculizan innecesariamente la competitividad económica y la integración regional”, con la promoción tanto de programas de desarrollo, certificación de competencias y reconocimiento de titulaciones, como de estudios de tendencias y necesidades de determinados perfiles migratorios según las zonas geográficas de referencia. La Comisión insiste en pedir el desarrollo y facilitación de la migración circular, y la potenciación de acuerdos en materias laborales y Seguridad Social, poniendo de manifiesto que “el acceso efectivo a la seguridad social en los países de acogida, así como la transferibilidad de los derechos sociales y de pensión, en particular a través de acuerdos bilaterales o regionales, … podría facilitar la movilidad y la migración circular, además de ser un factor disuasorio para el trabajo irregular.”.

Buena lectura de los documentos.

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