Tras el examen de
las enmiendas presentadas por el Partido Popular y Convergència i Unió al
proyecto de ley de medidas urgentes de reforma del mercado laboral, continuo
ahora, de forma más breve, con las del Partido Nacionalista Vasco (PNV), la
mayor parte de las cuales tienen, a mi parecer, muy pocas posibilidades de
prosperar porque tratan de introducir cambios sustanciales en algunos
contenidos de la reforma que han sido calificados públicamente por el gobierno
y portavoces parlamentarios del PP como “líneas rojas” en materia de
expedientes de regulación de empleo y de negociación colectiva, y los lectores
y lectoras del blog lo comprobarán en seguida. Sí que creo que pueden prosperar
algunas enmiendas que van en la misma línea que las defendidas por CiU respecto
al respeto de las competencias autonómicas en materia de políticas activas de
empleo y que no dejan de ser una petición de respeto tanto a los marcos
competenciales como a los Reales Decretos de traspasos de competencias, que en
el caso del País Vasco, no se olvide, tienen especificidades sobre la
recaudación y gestión en materia de bonificaciones en las cotizaciones
empresariales a la Seguridad Social.
Las enmiendasdel PNV (cito ya de acuerdo al texto disponible en el Boletín Oficial delCongreso de los Diputados de 27 de abril) son las números 231 a 300, y se
publican en las páginas 283 a 304 del BOCD, y siguen el mismo orden que el
texto del proyecto de ley. Como en entradas anteriores, me refiero sólo a las
que considero más relevantes o que tienen un mayor interés a mi parecer.
1. El PNV propone
que la indemnización de los contratos celebrados antes de la entrada en vigor
del RDL 3/2012 se calcule de acuerdo a la normativa anteriormente vigente, es
decir sobre los 45 días salario/año y 42 mensualidades, y para ello propone
tanto modificar la normativa sustantiva como, en lo que ahora me importa,
modificar el preámbulo para que desaparezca la referencia a que la
indemnización aplicable será la recogida en el RDL (33 días/año y 24
mensualidades) para los períodos de trabajo posteriores a su entrada en vigor. Por
consiguiente, el PNV propone que todos los trabajadores despedidos, con
independencia de la decisión empresarial que se adopte en punto a la readmisión
o indemnización del trabajador en caso de despido improcedente, sean “titulares
de los salarios de tramitación”. En la misma línea va la enmienda de supresión
de los topes para la indemnización previstos en la disposición transitoria quinta
del PL.
2. El deseo de
fortalecer los servicios públicos de empleo pasa por pedir una modificación de
la normativa sobre intermediación laboral al objeto de que todos los contratos
que estén “afectados por actuaciones públicas de fomento de empleo” (y supongo
que aquí caben desde la orientación hasta las medidas que incentivan la
contratación) sean objeto de intermediación “por servicios público de empleo
estatal o autonómicos”. Por otra parte, se persigue diferenciar la actividad de
la empresa de trabajo temporal cuando actual propiamente como tal (con contratos
de puesta a disposición) y cuando lo
pueda hacer como agencia de colocación, de acuerdo a la reforma operada por el
RDL, pidiendo que en tal supuesto la modalidad contractual que deban utilizar
sea “la fórmula del contrato laboral ordinario” (me imagino que la enmienda
incluye dentro de este concepto todas las modalidades contractuales recogidas
en la normativa vigente).
3. El PNV
pretende mantener la duración del 75 % de tiempo de trabajo efectivo, como
máximo, en los contratos para la formación y el aprendizaje, rechazando el
nuevo marco normativo que la permite hasta un 85 % durante el segundo y tercer
año, por entender, y no le falta parte de razón, que tal porcentaje “se
aproxima mucho a la jornada de una persona contratada a través de un contrato
laboral ordinario con las posibilidades de uso fraudulento que esta posibilidad
confiere”.
4. Con relación
al contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, y al
igual que otros grupos parlamentarios, el PNV propone la supresión de la
fijación del período de prueba en un año por entender que no es acorde a la
jurisprudencia vigente sobre la relación entre la duración y “la adaptación subjetiva y objetiva del
trabajador al puesto de trabajo”. Rechaza la posibilidad que el contrato pueda
resolverse unilateralmente por el empleador un día antes de la finalización del
período de prueba y sin indemnización alguna. También rechaza que pueda
compatibilizarse el percibo del salario con un 25 % de la prestación por
desempleo a que tenga derecho, en su caso, el trabajador, por entender que no
deben aceptarse legalmente retribuciones que califica de hibridas, “en las que
se acumulan retribuciones privadas y prestaciones públicas”.
5. También se
manifiesta rechazo a la posibilidad abierta por el RDL de realizar horas
extraordinarias en los contratos a tiempo parcial además de las horas
ordinarias y las complementarias, argumentándose tal rechazo desde una
perspectiva muy práctica de lo que puede significar su realización para dificultar
la conciliación de la vida familiar y laboral ya que un elevado porcentaje de
personas con esta modalidad contractual son trabajadoras, de tal manera que a
juicio del PNV “la incorporación de horas extras a estos contratos elimina esta
posibilidad y confiere al proyecto de ley un severo reparo desde la perspectiva
de las políticas de género”.
6. No está de
acuerdo el grupo nacionalista vasco con el nuevo marco legal que limita a las
empresas de menos de 50 trabajadores las bonificaciones de cuotas por
transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en
indefinidos, y pide que se extienda este beneficio a todas las empresas.
7. De mayor
calado, y de rechazo seguro por el grupo popular, es la propuesta de “recuperar”
la referencia a la categoría profesional como elemento central del sistema de clasificación
profesional de los trabajadores, frente al de “grupo profesional” fijado en el
RDL y en el posterior PL. El argumento utilizado, y que también se acoge por otros
grupos, es el de las amplias facultades que esta ampliación confiere al
empleador para proceder tanto a supuestos de movilidad funcional como
geográfica, pudiendo entonces el trabajador quedar obligado a realizar
funciones o trabajos de inferior categoría a la que tenga reconocida, “circunstancia
prohibida por el Derecho del Trabajo hasta el momento”. Se trata sin duda de un
debate muy interesante y en el que las organizaciones sindicales y
empresariales de algunos sectores ya han tomado cartas en el asunto y establecido
en convenios colectivos sectoriales estatales una regulación que combina la
flexibilidad deseada por la parte empresarial y el respeto a los derechos profesionales
y económicos del trabajador.
8. En varias
enmiendas relativas a la regulación de la movilidad funcional, geográfica y modificación
sustancial de las condiciones de trabajo (artículos 39, 40 y 41 de la Ley del
Estatuto de los trabajadores) el PNV pretende reforzar la intervención de la
administración laboral, y más concretamente de la Inspección de Trabajo que
deberá emitir informe preceptivo y no vinculante, para garantizar que queden
debidamente acreditadas las causas justificativas de la decisión empresarial,
reforzándose igualmente la intervención de la Inspección en los supuestos de
presentación de expediente de regulación de empleo de reducción de jornada,
suspensión o extinción de contratos. La petición de un mayor intervencionismo y
control administrativo de las decisiones empresariales van en la línea
totalmente opuesta al RDL y al PL, que recuérdese que conceden muy amplias
posibilidades al sujeto empleador para adoptar medidas de flexibilidad interna
y externa. Fíjense que el PNV da un valor máximo al informe de la Inspección,
aunque lo califique de no vinculante (supongo que para la parte empresarial) en
cuanto que le otorga mucho valor cuando se planteen acciones ante los
tribunales, ya que en tal caso estos podrán disponer de un documento elaborado “por
un funcionario cualificado e independiente” en el que se dirá, y supongo que
argumentará, “si las causas invocas son legítimas o alternativamente
arbitrarias”.
9. Al objeto de
dotar de mayor protección a los trabajadores afectados por una decisión empresarial
de modificación sustancial de condiciones de trabajo, el PNV propone diversas
medidas: en primer lugar, la aplicación de la misma protección a todas las
modificaciones, sin diferenciar por razón del número de personas afectadas; en
segundo término, la obligación empresarial, tanto en supuestos de conflictos
individuales como colectivos en sede judicial, de justificar debidamente la
existencia de la causa o causas alegadas, su “razonabilidad” o “concurrencia de
condiciones” que justifiquen la modificación.
10. De importancia
indudable son las propuestas formuladas sobre las causas que pueden justificar
la presentación de un ERE de reducción de jornada o suspensión de contratos,
por una parte, y de extinción por otra. En ambos supuestos el PNV plantea que
desaparezca del texto que finalmente se apruebe la referencia a la “disminución
persistente de ingresos o ventas” durante dos o tres trimestres consecutivos,
como posible causa económica, justificando de forma muy detallada su propuesta
y manifestando con claridad, y así se ha defendido también por destacados
economistas, que “la mera disminución de ingresos o ventas no supone necesariamente
una pérdida de poder competitivo de la empresa o no provoca la necesidad de
reducir su plantilla”. Con respecto a la extinción, el PNV vincula
obligatoriamente la decisión empresarial, que deberá acreditarse “de forma
fehaciente” con la remoción de una situación económica “negativa”.
11. No menos
importante, y con casi toda seguridad objeto de rechazo por el grupo popular al
igual que en el supuesto anterior, es la propuesta de recuperación de la
normativa anterior, y de ampliación en algún caso, que permitía la negociación colectiva
en sede autonómica para modificar lo dispuesto en convenios de ámbito estatal,
supuesto permitido para todos los sindicatos y asociaciones empresariales que
cumplan los requisitos de legitimación para negociar según lo dispuesto en los
artículos 87 y 88 de la LET y que encontraría su base jurídica si la decisión para
negociar en sede autonómica obtiene “el respaldo de las mayorías exigidas para
constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación”,
reiterando el PNV su ya conocida tesis de que “la estructura de la negociación
colectiva debe gravitar sobre los criterios de prevalencia de convenio
autonómico y provincial sobre el estatal y el de empresa”.
12. No es muy
favorable, pero tampoco totalmente contrario, el PNV a la posibilidad de que un
tercero resuelva sobre cuáles deben ser las condiciones de trabajo aplicables a
una empresa o sector una vez que haya finalizado la vigencia del convenio según
la nueva normativa (dos años desde la denuncia del convenio), apostando por conceder
facultades a la autoridad administrativa laboral para proceder a la extensión o
adhesión a otro convenio, o bien confiriéndole ese poder a la Comisión
Consultiva nacional de convenios colectivos. No deja de ser curiosa la
posibilidad prevista de intervención de la citada Comisión cuando en la propia
justificación de la enmienda se acepta que esa intervención “en exclusiva”
aproxima el procedimiento a “la obligatoriedad de someterse a un laudo de los
declarados inconstitucionales”.
13. También se
encuentran auténticas sorpresas entre las enmiendas presentadas, como la que
plantea la supresión total del llamado “despido por absentismo”, que va en dirección
totalmente opuesta a las enmiendas presentadas durante la tramitación de la
reforma laboral de 2010 del gobierno socialista. Desconozco las razones que
llevan al PNV a este cambio de criterio y sólo puedo guiarme por lo dicho en la
justificación de la enmienda: “resulta manifiestamente desproporcionada utilizar
como criterio extintivo de la relación laboral faltas de asistencia al trabajo
justificadas pero intermitentes”.
14. El PNV
rechaza que el FOGASA sólo proteja
económicamente a trabajadores con contrato de trabajo indefinido (no se dice
nada en la enmienda sobre la limitación a las empresas de menos de 25
trabajadores), por entender que ello afectará negativamente a los trabajadores
contratados con vocación de estabilidad. Aunque no se diga de forma expresa en
la enmienda, parece que el PNV opta por posibilitar el abono de una parte (¿o
toda?) de la indemnización a trabajadores con contratos de trabajo de duración
determinada y que tienen prevista una indemnización (que en 2015 será de doce
días) a su finalización.
15. Igualmente
relevantes son las propuestas de supresión de la posibilidad plasmada en el RDL
y el PL de extinguir contratos de trabajo para el personal de las
Administraciones Públicas por entender que la regulación jurídica aplicable no
puede ser la misma que aquella que lo es para una empresa privada, puesto que
la situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente “es en
todo caso atribuible a poderes públicos del Estado”. También va en la misma
línea la propuesta de suprimir la disposición final tercera del PL por entender
que una determinada forma de financiación con ingresos obtenidos en el mercado “no
permite la desvinculación de las Administraciones Públicas y las entidades de
Derecho Público de su normativa específica aplicable”.
16. En donde sí
mantiene coherencia la enmienda del PNV con respecto a anteriores propuestas es
en su petición, que podría ser aceptada en trámite parlamentario, de atribución
de mayores competencias a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales para “una más eficaz gestión de la incapacidad temporal”. Se
puede decir más alto pero no más claro: en caso de gestión de prestación de IT
por contingencias comunes se propone la modificación de la normativa vigente
para que los servicios médicos de las Mutuas “dispongan de las mismas
competencias que los de las entidades gestoras de la Seguridad Social para
emitir un alta médica a todos los efectos en los procesos de incapacidad
temporal”.
17. Por último,
cabe decir que el PNV no se olvida de la problemática de las personas con
discapacidad y más concretamente de quienes prestan sus servicios en Centros
Especiales de Empleo, proponiendo la recuperación de la subvención del coste
salarial de un trabajador en el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional y
durante toda la vigencia del contrato, así como también que las Comunidades
Autónomas puedan mejorar las prestaciones fijadas por la Administración del Estado
para este colectivo, siempre partiendo de un mínimo común para todo el Estado,
ya que según la enmienda “se trata de evitar el dumping en la aplicación de
estas medidas y la eventual incorporación de empresas con ánimo de lucro”.
Continuará…
seguro.
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