sábado, 7 de enero de 2012

Cantabria. Subvenciones para Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.

La Orden HAC/36/2011, de 22 de diciembre establece las bases reguladoras y convoca para 2012 las subvenciones en el ámbito de los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios, y de Talleres de Empleo. La norma, publicada en el boletín oficial autonómico el 3 de enero y que entró en vigor al día siguiente de su publicación, se dicta de acuerdo con la normativa estatal en la materia y toma también en consideración el Plan de Empleo autonómico, con la finalidad de mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas, y a tal finalidad responde el objetivo de integrar las programación de dichos centros en el marco de los planes integrales de empleo que tiendan tanto a generar empleo como a crear riqueza para las zonas territoriales afectadas.

La partida presupuestaria asignada al efecto es de 1.345.516,98 euros para 2012, 6.000.000,00 euros en 2013, y 4.000.000,00 euros para 2014, con una cofinanciación del 50 % a cargo del Fondo Social Europeo.

Los sujetos destinatarios de los programas serán los menores de 25 años que tengan poca formación y dificultades para insertarse en el mercado de trabajo, cuando se trate de escuelas taller y casas de oficios, mientras que serán mayores de 25 años también con dificultades de acceso al mercado de trabajo (con mención expresa a desempleados de larga duración, mayores de 45 años, mujeres y personas con discapacidad) los que accedan a los talleres de empleo. Los proyectos podrán ser promovidos por entidades locales, sus organismos autónomos y entidades, con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales, aAsociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Las subvenciones cubrirán los costes de formación profesional ocupacional y continua durante el proyecto, y los costes salariales y de Seguridad Social de los contratos suscritos por los alumnos trabajadores, (75 % del SMI para jóvenes en escuelas taller y casas de oficios, y el 120 % para mayores contratados en talleres de empleo).

El número máximo de alumnos/trabajadores que se podrá solicitar y conceder por cada proyecto será de 18 si se trata de una escuela taller o casa de oficios, y de 30 si es un taller de empleo.

La tramitación de las solicitudes se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, y el plazo para la presentación de solicitudes será de 2 meses a partir del día siguiente a la publicación. La resolución deberá dictarse en un plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de solicitudes, y si no se dictara se entenderá desestimada la solicitud.

Recuérdese que las escuelas taller son “proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural; con la rehabilitación de entornos urbanos o del medio ambiente; la recuperación o creación de infraestructuras públicas, así como con cualquier otra actividad de utilidad pública o social que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes”. Por su parte, las casas de oficios son “proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades relacionadas con el mantenimiento y cuidado de entornos urbanos, rurales o del medio ambiente, con la mejora de las condiciones de vida de pueblos y ciudades a través de la prestación de servicios sociales y comunitarios, así como con cualquier otra actividad de utilidad pública o social que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes”.

Por otra parte, los talleres de empleo son “proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades de interés público o social que permitan la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes”.

1 comentario:

Rachel dijo...

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