miércoles, 9 de marzo de 2011

Las conclusiones del Consejo Europeo de Empleo del 7 de marzo.

1. El lunes día 7 de marzo se celebró en Bruselas el Consejo de empleo, política social, salud y consumidores. La lectura de los documentos aprobados en dicha reunión pone de manifiesto la importancia de los asuntos tratados, aunque cuestión distinta es el contenido de aquellos, que en muchas (demasiadas) ocasiones están repletos de grandes declaraciones pero sin precisar contenidos más concretos, algo no ilógico por otra parte si se repara en la necesidad de que un texto que ha de ser aprobado por 27 Estados ha de ser lo suficientemente flexible para que pueda ser acogido por todos ellos (y probablemente también interpretado de la manera que consideren más adecuada). En esta entrada del blog hago un breve repaso de algunos de los documentos aprobados, y dejo para una próxima ocasión por su importancia el análisis del pacto europeo para la igualdad entre mujeres y hombres durante la próxima década.

2. En primer lugar, cabe destacar que el Consejo aprobó sus conclusiones sobre el Informe conjunto sobre el empleo 2011, que mereció mi detallada atención en otra entrada anterior, quedando ya sólo pendiente de aprobación el mismo por el Consejo Europeo de finales del 24 y 25 de este mes.

Se pone de manifiesto la preocupación porque los objetivos marcados por la Estrategia Europa 2020, en especial el incremento de la tasa de empleo hasta el 75 % en 2020, no se cumplirán si no se avanza con mayor rapidez en medidas tendentes a lograr ese objetivo en varios de los Estados miembros, ya que las proyecciones actuales sitúan el porcentaje de la UE al llegar esa fecha entre 2,2 y 2,6 puntos porcentuales por debajo, y se enfatiza la necesidad de crear un entorno empresarial más favorable al empleo, en el que cobren una importancia indudable las actividades económicas innovadoras y de más valor añadido.

El documento sigue insistiendo, en la misma línea defendida en textos anteriores, en la necesidad de aplicar formulas contractuales “flexibles y fiables” (qué deba entenderse por ello según quien habla daría lugar, por lo menos, a un trabajo de investigación) que permita combatir la segmentación del mercado laboral, así como también en el retraso de la edad efectiva de jubilación y de la edad de salida del mercado de trabajo; se subraya la importancia de las políticas de formación y de ayuda a la búsqueda de empleo (recuérdense aquí las recientes reformas operadas en la normativa española por el Real Decreto-Ley 3/2011), y se deja a cada Estado miembro que organice sus prioridades, para conseguir los objetivos señalados en la Estrategia Europa 2020 y en el Informe de empleo, en función de su situación concreta, si bien se efectúa una llamada a todos ellos para hagan más hincapié en “la eficiencia, la adecuación y la especificidad de las políticas del mercado laboral y sociales”. Un mensaje positivo a mi parecer se lanza en la última parte del texto al destacar la importancia de los agentes sociales en los debates sobre la adopción de las medidas necesarias a poner en marcha para alcanzar los objetivos.

3. En otro plano, pero muy vinculado al anterior, se encuentran las conclusiones aprobadas, y que también se aportan al Consejo Europeo, sobre el marco europeo para la cohesión social y territorial, y más concretamente sobre la plataforma europea de lucha contra la pobreza y la exclusión social , en las que se parte del dato negativo de la existencia del riesgo de pobreza y exclusión social para, al menos, una de cada seis personas en la UE, destacándose que esta situación “se ha agudizado todavía más durante la crisis” y propugnando un nuevo impulso al método abierto de coordinación en el ámbito social que permita tomar medidas concretas de lucha contra la pobreza y la exclusión social en el conjunto de las políticas de la UE pero “sin perjuicio de las competencias de los Estados miembros”.

Nuevamente se deja a los Estados miembros que adopten sus decisiones para alcanzar los objetivos propuestos en la Estrategia Europa 2020 de acuerdo a su situación, si bien se pide de forma expresa el fomento de la economía social y la máxima aplicación de los principios de la inclusión activa (es decir, la estrecha vinculación entre políticas de acceso al empleo para todos aquellos que estén en condiciones de acceder al mismo y las políticas sociales). En esta misma línea, la evaluación de la dimensión social de la Estrategia Europa 2020 efectuada recientemente por el Comité de Protección Social enfatiza la necesidad de avanzar en estas estrategias activas a medida que se vaya avanzando por los Estados miembros en la recuperación económica, con el objetivo general de lograr una mayor participación en el mercado de trabajo y el más específico de evitar situaciones de exclusiones prolongadas y lograr un uso más eficiente del gasto social, combinando “apoyo a la renta, acceso al mercado de trabajo y servicios sanitarios y sociales”, de tal manera que estas políticas se configuren como un elemento central de las políticas sociales de los Estados miembros. Esta tesis coincide con el dictamen del Comité de protección social sobre la plataforma referenciada, debiéndose relacionar las medidas que se adopten con otras que se instrumenten en el ámbito de las políticas de empleo y educación en el marco de los iniciativas de la agenda de nuevas cualificaciones y empleos, y de la juventud en movimiento.

4. Por fin, el Consejo tuvo conocimiento del informe presentado por la Comisión sobre la consulta efectuada en relación con el libro verde de reforma del sistema de pensiones, en la que se han recibido cerca de 1700 respuestas, y fue objeto de debate en la reunión la pregunta formulada por la Comisión, por una vez clara, sobre qué medidas cabe adoptar para “elevar las edades de jubilación efectivas” (obsérvese que no se pregunta sobre la elevación de la edad legal, sino de la real en cada estado, dato que especialmente relevante). Por su interés reproduzco la parte del informe relativo a las respuestas sobre la edad de jubilación.

“Una amplia mayoría reconoce que es necesaria una edad de jubilación efectiva más avanzada. No obstante, para algunos encuestados, esta debería determinarse mediante políticas nacionales con la participación de los interlocutores sociales, mientras que, para otros, la edad de jubilación debería evolucionar paralelamente a la esperanza de vida; unos pocos sugieren tener en cuenta la esperanza de vida (o de vida en estado de buena salud) de las distintas profesiones. El PE recomienda que se dé prioridad a garantizar que los empleados trabajen hasta la edad de jubilación. Numerosos encuestados destacan que las reformas de las pensiones deben ir acompañadas de políticas activas del mercado laboral, oportunidades de aprendizaje permanente, sistemas sanitarios y de seguridad social eficaces y de una mejora de las condiciones de trabajo. Se señalan conexiones con muchos elementos de la Estrategia Europa 2020, incluida la necesidad de una mayor participación del mercado laboral y el impacto de la política en materia de pensiones sobre las tasas de pobreza. El PE sugiere que se incorporen los objetivos de tipo integral del Libro Verde en la Estrategia Europa 2020”.

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