El Boletín Oficial del Estado del día 3 de enero ha publicado los textos de las adendas a varios convenios de colaboración suscritos entre algunas Comunidades Autónomas y el SPEE para el desarrollo de planes específicos de empleo aprobados en años anteriores y dotados de cobertura económica específica en las leyes de presupuestos generales del Estado. Por su interés para las políticas de empleo efectúo un breve comentario de cada uno de ellos.
1. Convenio de colaboración, entre el SPEE y la Administración de la Junta de Andalucía, para el desarrollo del Plan de Empleo para la Bahía de Cádiz
El convenio se suscribió el 29 de noviembre de 2010, y surte efectos desde el 30 de septiembre de dicho año hasta el 31 de diciembre de 2011. Encuentra sus puntos de referencia en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2010, y tiene su origen en el Plan para la mejora de la competitividad y el desarrollo de la Bahía de Cádiz, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta del Andalucía el 27 de noviembre de 2007.
Desde el año 2008, y en el marco de colaboración entre el SPEE y la Junta se han puesto en marcha, por una parte, medidas que favorecen la cualificación del capital humano y su inserción laboral, y, por otra, medidas de carácter social para los trabajadores con mayores dificultades de inserción en el ámbito del plan referenciado. De esta forma, se prevé la adopción de medidas diferenciadas en dos bloques según se dirijan a todas las personas desempleadas o a los trabajadores afectados por la extinción de contratos de la empresa Delphy. Para los primeros, se contemplan acciones de mejora de la empleabilidad relacionadas con medidas de orientación e intermediación, formación para el empleo, promoción del autoempleo, apoyo a la creación de empleo, incentivos a la colocación, y apoyo a la actividad productiva. Para los segundos, además de las medidas generales se contemplan acciones específicas para la adquisición y actuación de sus competencias profesionales, y protección social específica consistente en garantizar un nivel mínimo de ingresos “para aquellas personas trabajadoras que, teniendo al menos cumplidos 53 años de edad, presenten mayores dificultades de inserción en el mercado laboral por razones de edad”.
Para el bienio 2008-2009 el SPEE aportó las cantidades de 22.177.208 euros (2008) y 25.322.792 euros (2009), mientras que la Junta aportó una cantidad idéntica repartida entre 24.000.000 euros para el primer año y 23.500.000 para el segundo.
Para el año 2010, la LPGE previó una aportación de 18.000.000 euros. En el convenio de colaboración suscrito el 21 de noviembre se concreta la aportación de dicha cantidad por parte del SPEE, a la que se añade la 6.000.000 euros por parte de la Junta. Dado que se trata de actuaciones dirigidas tanto a promover el empleo y la mejora de la formación del personal, por una parte, y de garantizar un nivel mínimo de ingresos a otras, el documento justificativo de todas las actuaciones llevadas a cabo que la Junta deberá remitir al SPEE incluirá, según dispone la base sexta, la descripción de las acciones realizadas e información sobre las mismas y los colectivos de trabajadores atendidos, “diferenciándose el colectivo de beneficiarios de prestaciones por desempleo del resto”.
2. Adenda al Convenio de colaboración, entre el SPEE y la Comunidad Autónoma de Canarias, para la puesta en marcha del III Plan Integral de Empleo de Canarias.
El texto entró en vigor el día de su firma, el 29 de noviembre de 2010, y surte efectos durante todo ese año. Encuentra sus puntos de referencia en el convenio de colaboración suscrito el 23 de octubre de 2007 para el desarrollo del III plan integral de empleo autonómico, y en la Ley de presupuestos generales del Estado para 20108.
Para la financiación de las políticas activas de empleo previstas en el Plan, el SPEE aporta 42.070.850 euros, mientras que la administración autonómica destina 15 millones durante el período 2007-2010.
Según lo dispuesto en el III Plan, las líneas de actuación a desarrollar irán dirigidas a favorecer la generación de empleo en sectores diversificados, facilitar la movilidad geográfica de las personas desempleadas, y prestar especial atención a la creación de empleo en el sector servicios y en concreto en el ámbito profesional de atención a las personas dependientes. En cuanto a los programas y acciones a desarrollar, serán los siguientes: “Acciones para la formación, mayor cualificación y reconversión profesional de desempleados y ocupados. Acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo. Programas que combinen formación y empleo. Contratación de trabajadores desempleados en colaboración con Corporaciones Locales, otros organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro para la realización de obras o servicios de interés general y social. Programas integrados o experimentales de empleo. Iniciativas de desarrollo local. Programas de promoción de actividad generadora de empleo. Programas de apoyo al empleo estable, a través de la mejora de la experiencia profesional. Programas del ámbito de empleo y de formación profesional que coadyuven a la conciliación de la vida familiar y laboral. Actuaciones de modernización del Servicio Público de Empleo”. Más concretamente, las aportaciones del año 2010 se destinan a acciones integradas en itinerarios de inserción laboral a través de “programas para la contratación de trabajadores y trabajadoras desempleados y que combinen empleo y formación en tareas de utilidad social”, y “programas que impulsen la actividad empresarial y el autoempleo”.
3. Adenda al Convenio de colaboración, entre el SPEE y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo del I Plan Integral de Empleo de Castilla-La Mancha.
El texto tiene vigencia desde la fecha de su firma, el 29 de diciembre de 2010, y surte efectos durante ese año. Encuentra sus puntos de referencia en el convenio de colaboración suscrito el 24 de abril de 2007 para poner en marcha y desarrollar el Plan integral de empleo autonómico 2007-2010, y en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2.010.
Según lo dispuesto en el Plan, las líneas de actuación a desarrollar serán la mejora de las condiciones de ocupabilidad de las personas desempleadas, con la puesta en marcha de itinerarios personalizados de inserción y con atención preferente a la problemática de quienes se encuentren en situación de desempleo de larga duración, mujeres, personas que hayan abandonado el mercado de trabajo, colectivos en riesgo de exclusión social y beneficiarios de prestaciones. En cuanto a los programas y acciones a desarrollar serán los siguientes: “Acciones para la formación, mayor cualificación y reconversión profesional de desempleados y ocupados. Acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo. Programas que combinen formación y empleo. Contratación de trabajadores desempleados en colaboración con Corporaciones Locales, otros organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro para la realización de obras o servicios de interés general y social. Programas integrados o experimentales de empleo.
Iniciativas de desarrollo local. Programas de promoción de actividad generadora de empleo. Programas de apoyo al empleo estable, a través de la mejora de la experiencia profesional. Programas del ámbito de empleo y de formación profesional que coadyuven a la conciliación de la vida familiar y laboral”.
Ambas partes aportan la misma cantidad, 15.000.000 de euros, disponiéndose que la partida autonómica “complementará las actuaciones financiadas por la Administración General del Estado”. Para el año 2010 las aportaciones destinan a acciones integradas en itinerarios de inserción laboral a través de “programas para la contratación de trabajadores y trabajadoras desempleados y que combinen empleo y formación en tareas de utilidad social”, y “programas que impulsen la actividad empresarial y el autoempleo”.
4. Adenda al Convenio de colaboración, entre el SPEE y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo del II Plan Integral de Empleo de Extremadura.
El texto tiene vigencia desde la fecha de su firma, el 29 de noviembre de 2010, y extiende sus efectos a todo ese año. Sus puntos de referencia son el convenio de colaboración suscrito el 2 de noviembre de 2009 para la puesta en marcha del II Plan integral de empleo autonómico, y la Ley de presupuestos generales del Estado para 2010.
La partida presupuestaria asignada al efecto por el SPEE es de 20.000.000 de euros, y una cuantía idéntica por la Junta de Extremadura para complementar las actuaciones financiadas por la otra parte.
Según lo dispuesto en el convenio citado, las líneas de actuación a desarrollar serán la mejora de las condiciones de ocupabilidad de las personas desempleadas, con la puesta en marcha de itinerarios personalizados de inserción y con atención preferente a la problemática de quienes se encuentren en situación de desempleo de larga duración, mujeres, personas que hayan abandonado el mercado de trabajo, colectivos en riesgo de exclusión social y beneficiarios de prestaciones. En cuanto a los programas y acciones a desarrollar serán los siguientes: “Acciones para la formación, mayor cualificación y reconversión profesional de desempleados y ocupados. Acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo. Programas que combinen formación y empleo. Contratación de trabajadores desempleados en colaboración con Corporaciones Locales, otros organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro para la realización de obras o servicios de interés general y social. Programas integrados o experimentales de empleo. Iniciativas de desarrollo local. Programas de promoción de actividad generadora de empleo. Programas de apoyo al empleo estable, a través de la mejora de la experiencia profesional. Programas del ámbito de empleo y de formación profesional que coadyuven a la conciliación de la vida familiar y laboral”. El texto dispone que para articular los itinerarios de inserción se procurará coordinar e integrar como mínimo dos de las medidas enunciadas.
Para el año 2010, más concretamente las aportaciones destinan a acciones integradas en itinerarios de inserción laboral a través de “programas para la contratación de trabajadores y trabajadoras desempleados en tareas de utilidad social”, “programas que combinen empleo y formación y de formación profesional para el empleo con compromiso de contratación”, y “programas que impulsen la actividad empresarial y el autoempleo”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario