domingo, 21 de marzo de 2010

El fraude en materia laboral y de Seguridad Social (y III).

H) Una atención especial a la realidad laboral (difícil y compleja) de la población trabajadora inmigrante se encuentra en el texto al referirse a los controles que deben llevarse a cabo en las campañas estacionales agrícolas, con especial atención a la de la vendimia, dado que aunque pueden afectar a todos los trabajadores también es cierto que buena parte de los problemas se concentran en torno a trabajadores extranjeros en situación irregular; de ahí que las actuaciones (con participación cuando fuere necesario, además de la ITSS, de miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad) vaya dirigida principalmente a que todas las personas que trabajen cumplan los requisitos de contratación y alta en la Seguridad Social, a lo que hay que añadir para los trabajadores extranjeros que tengan autorización para trabajar en nuestro país. Las actuaciones irán dirigidas de forma preferente hacia las empresas que en el año anterior hubieran contratado un número reducido de trabajadores en relación con la superficie del cultivo, “para que lo motiven o presenten en un plazo determinado en la ITSS los contratos de la campaña en curso”.

I) Por fin, hay que prestar atención al control de deducciones indebidas por incapacidad temporal en los documentos de cotización, con especial atención a los problemas que pueden plantearse en actividades económicas estacionales. El documento es muy crítico con las personas que vulneran la normativa vigente y entiende que tales actuaciones provocan un incremento del absentismo laboral en perjuicio de la productividad y el “contagio” de otras personas, “ya sea con bajas o menor interés en el trabajo”. En este ámbito es de especial importancia la coordinación de la actuación de las Comunidades Autónomas, (que tienen competencia en materia sanitaria), con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, las Mutuas y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si bien los redactores del Plan son conscientes de que, además de las actuaciones legales hay que hacer “pedagogía social frente al abuso y al fraude”.

En el mismo ámbito de la Seguridad Social se trata de comprobar si se cotizan debidamente los conceptos retributivos de periodicidad superior al mensual o se elude parte de la cotización por imputarla al mes de ingreso y superar el tope legal de la base de cotización, siendo así que se tratará de averiguar por la TGSS y la ITSS si las cantidades percibidas se han prorrateado en todos los meses en que correspondiera, y si no se hubiera actuado de esta forma “la empresa habrá de cotizar por las cantidades que procedan”.

También se plantea el control de las altas de los trabajadores relevistas en la jubilación parcial, a fin y efecto de velar para que el relevista permanezca en alta de forma ininterrumpida hasta que el jubilado parcial cumpla los 65 años; el control de altas improcedentes, de pluriactividad y de suplantación de trabajadores extranjeros en situación irregular (con especial atención a la problemática de los tripulantes de buques españoles que faenan a gran distancia de España, y en los que, siempre según el Plan, se pueden encontrar situaciones de “trabajadores extranjeros que no están de alta, y trabajadores que no se corresponden con los que estaban de alta en el momento del despacho de buques (suplantación de personalidad)”.

También deben llevarse a cabo actuaciones para detectar el control del fraude en las prestaciones y subsidios por desempleo (obtención indebida de prestaciones y fraudes observados con posterioridad a la concesión de la prestación) y en las prestaciones de Seguridad Social, entre los que cabe hace especial mención de dos supuestos de los que he tenido oportunidad de conocer en mi vida profesional y a los que se refiere de forma expresa el documento, ya que, además de las altas ficticias para obtener prestaciones, nos podemos encontrar con “un incremento ficticio de la base reguladora de la prestación por maternidad en el mes anterior al hecho causante”, y también “injustificados y significativos incrementos de las bases de cotización en los años anteriores al hecho causante de la jubilación”.

5. Concluyo. El Plan es un documento de trabajo que refleja acertadamente la complejidad de las relaciones laborales y de protección social, que detecta bien los problemas y que propone medidas de actuación para corregirlos, con especial énfasis en las labores de coordinación y de información compartida entre los diferentes organismos que trabajan en la prevención, control y sanción de la irregularidad. Ahora, hay que poner los medios necesarios para que todo lo propuesto, que no es poco ni mucho menos, se cumpla. Casi todos saldremos ganando y unos pocos, los defraudadores, saldrán perdiendo.

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