domingo, 7 de marzo de 2010

El Consejo de Ministros EPSCO y la nueva política de empleo de la Unión Europea (II).

III. El Consejo aprobará el Informe 2010 sobre la protección social y la inclusión social. En este apartado, debe merecer una consideración previa el texto elaborado por el Comité de Protección Social con respecto a la propuesta de la Comisión sobre la futura estrategia 2020, y también la normativa comunitaria reguladora del presente año como el de lucha contra la pobreza y la exclusión social.

1. Para el Comité, que defiende el reforzamiento del método abierto de coordinación en cuanto que mecanismos que ha permitido, a su parecer, mejorar la coherencia y visibilidad de las políticas de protección e inclusión social de los Estados miembros, se trata principalmente, en la futura estrategia europea, de fomentar, en el marco de un enfoque integrado, “el crecimiento sostenible, la creación de empleo y la cohesión social, y la protección del medio ambiente”. Igualmente, el Comité hace una petición a la presidencia de la UE para que las políticas sociales apuesten decididamente por la igualdad de género y por medidas que permitan que las personas de mayor edad puedan desarrollar todas sus potencialidades en el seno de nuestras sociedades, o por decirlo con las propias palabras del escrito, “ahora que los longevos son tan numerosos, Europa no puede permitirse prescindir de su talento”.

2. Por Decisión 1098/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, se designó el año 2010 como año europeo de lucha contra la pobreza y exclusión social, con el objetivo declarado de apoyar la acción comunitaria de lucha contra la exclusión social,. La Decisión enlaza con las propuestas que en su día se hicieron en el importante Consejo Europeo de Lisboa del año 2000 para intentar erradicar la pobreza, señaladamente la puesta en marcha del método abierto de coordinación.

La propuesta tiene una clara justificación, ya que, aunque se ha avanzado en la puesta en marcha de medidas que atenúen las privaciones económicas y sociales de una parte de la población europea, no es menos cierto que en el año 2008 todavía había 78 millones de personas en la UE que vivían bajo el riesgo de caer en la pobreza, de las que 19 millones eran niños. En especial, y desde la perspectiva de las políticas de empleo, interesa resaltar que sigue siendo preocupante el fenómeno de los “trabajadores pobres”, es decir el de aquellas personas cuyas rentas salariales no les permiten salir de la situación de pobreza, constatándose en el documento comunitario que la pobreza de las personas con empleo “va unida a una baja remuneración, diferencias retributivas entre hombres y mujeres, escasas cualificaciones, oportunidades limitadas de formación profesional, la necesidad de combinar trabajo y familia, empleo y condiciones laborales, y también a unas condiciones difíciles de vivienda”.

Los objetivos del año europeo son el reconocimiento de derechos de las personas que se encuentran en situación de pobreza y exclusión social, para facilitar su acceso efectivo a derechos sociales, económicos y culturales, y también a recursos suficientes y servicios de calidad; implicar a la sociedad de forma colectiva en las acciones a adoptar, así como también a cada persona en la búsqueda de soluciones; promover una sociedad más cohesionada que alcance un mayor nivel de vida para todas las personas; en fin, reforzar el compromiso europeo en la erradicación de la pobreza y la exclusión social, con adopción de medidas en todos los ámbitos de gobierno para que ello sea posible. Las acciones a llevar a cabo, listadas de forma detallada en el anexo, consistirán en reuniones y actos; campañas informativas, promocionales y educativas; encuestas y estudios de ámbito comunitario o nacional, y cuando fuere necesario se hará el desglose de los datos por género, destacándose en este punto que la norma dispone de forma expresa que la Comunidad y los Estados miembros “tendrán en cuenta la integración de la perspectiva de género en la aplicación del Año Europeo”.

Desde la perspectiva organizativa, cada Estado designará un organismo nacional de ejecución, que será el encargado de organizar su participación en el evento y garantizar la coordinación en el ámbito nacional, presentando a las instancias comunitarias las correspondientes propuestas que se adaptarán al documento marco estratégico aprobado la Comisión y en que establecen “las prioridades claves para la realización de las actividades del Año Europeo, incluidas unas normas mínimas de participación en los organismos nacionales y en las acciones”. Justamente una de esas prioridades es de especial interés en el ámbito del empleo y se sitúa en la línea ya avanzada por la Estrategia Europea de Empleo y las Directrices comunitarias para el empleo, dado que se propugna “promover mercados laborales que propicien la inclusión, abordando el problema de la pobreza en el empleo y la necesidad de hacer que trabajar resulte rentable”.

Las acciones a escala de cada Estado pueden ser objeto de cofinanciación comunitaria hasta un máximo del 50 %, y la partida presupuestaria para el período 2009-2010 es de 17 millones de euros.

3. El texto que se aprobará en el Consejo EPSCO encuentra su origen en una Comunicación de la Comisión Europea, texto acompañado de un exhaustivo documento de trabajo de la propia Comisión en el que se amplían y argumentan todas las propuestas expuestas en la Comunicación. Por consiguiente, es recomendable que la lectura del primer texto se acompañe de la del segundo, o al menos de aquellas partes del texto de las que la persona que proceda a su lectura esté más interesada en profundizar. Destaco a continuación aquellos datos, tesis y propuestas que considero de mayor interés.

A) Se valora positivamente la actuación de los poderes públicos para enfrentarse a la crisis económica que vivimos desde 2008, y se alerta sobre la necesidad de actuar para evitar que se incremente el número de personas que puedan llegar a encontrarse en situación de riesgo de desempleo de larga duración y exclusión, con la observación de que dichas personas ya no serán únicamente los denominados habitualmente “colectivos más desfavorecidos” y entre los que se incluye, por sus dificultades de acceso al mercado de trabajo, a inmigrantes, jóvenes, trabajadores de edad madura, mujeres y contratados con contratos de duración determinada.

Con tasas de desempleo que pueden alcanzar el 10 % en la UE, la previsión de incremento del gasto social es de 30,8 % del PIB durante el año en curso, más de 3 puntos del dedicado en 2007 (27,5 %). Este incremento se distribuye de forma muy desigual entre los diferentes Estados miembros, ya que las tasas de desempleo y de riesgo de pobreza son también muy diversas, y según datos de la oficina estadística Eurostat el desempleo oscila entre el 3,9 y el 20,9 %, mientras que las diferencias en el riesgo de pobreza se encuentran entre el 9 y el 26 %. Frente a esta difícil situación, se enfatiza la necesidad de combinar las medidas de actuación a corto plazo con aquellas que es necesario adoptar con previsión de medio y largo plazo para mantener la cohesión social; por decirlo con las propias palabras del texto, “las respuestas a corto plazo tienen que ser coherentes con las reformas estructurales necesarias para modernizar la política social, evitar que la economía y la sociedad sufran daños duraderos, y preparar el camino para los retos a largo plazo, como el envejecimiento”.

B) La necesidad de adoptar políticas de inclusión social eficaces y eficientes durante la crisis y después de esta es una constante en todo el texto, que alerta en especial sobre el impacto de la crisis sobre el desempleo de los jóvenes y los inmigrantes, cuya tasa de desempleo (20,7 y 19, 1%) es prácticamente el doble que la de la media comunitaria, así como también sobre las personas más alejadas del mercado de trabajo (inactivos que desean incorporarse, desempleados de larga duración que carecen de nuevos conocimientos para los nuevos empleos, etc.), ya que la disminución de puestos de trabajo que se ofertan llevan a una mayor competitividad por los mismos y una mayor dificultad para que puedan acceder al mercado de trabajo quienes dispongan de menores conocimientos.

C) Desde la perspectiva de los sistemas de protección social, tanto contributivos como asistenciales, la crisis económica ha obligado a numerosos Estados a prolongar la duración de las prestaciones por desempleo y flexibilizar los requisitos para su acceso, pero ello no ha impedido que se incremente el número de personas que se acoge a las prestaciones asistenciales como último recursos tras el agotamiento de las restantes prestaciones, cuestión que en España se puede constatar con el incremento de perceptores de los ingresos mínimos de inserción existentes en las diferentes Comunidades Autónomas, y después de haber pasado buena parte de sus perceptores por el subsidio de desempleo, que ha experimentado igualmente un importante incremento, tanto en la cuantía económica que dedica el Servicio Público de Empleo Estatal a su pago como en el número de perceptores.

Con respecto a las rentas o ingresos mínimos, los documentos analizados ponen de manifiesto y constatan algunos datos sobre los que deberíamos reflexionar: en primer lugar, que estas medidas reducen la intensidad de la pobreza pero no bastan por sí solas para que las personas afectadas (y ahora me estoy refiriendo básicamente a las personas trabajadoras que han agotado, o no han podido percibir, las restantes prestaciones) salgan de ella; en segundo término, que un buen número de las personas potencialmente con derecho a percibirlas no acceden a las mismas (aunque intuyo que esta hipótesis de trabajo deberá revisarse en futuros informes ante el importante incremento del número de perceptores, que en el caso de España es ciertamente elevado) por diversos motivos a los que las autoridades de la UE ya se han referido en anteriores informes, y de ahí que se constate que estos sistemas de rentas mínimas disponen de un margen adecuado para aumentar su efectividad y eficacia si se corrigen los desajustes existentes que impiden llegar a todos los colectivos y personas afectadas, como son “complejidad de las reglas, falta de información, carácter discrecional de la evaluación, errores administrativos y miedo a quedar estigmatizado”.

D) Las políticas de inclusión social tienen un importante componente no estrictamente económico y al que he tenido oportunidad de referirme en numerosas ocasiones al analizar documentos sobre políticas de empleo, como son las políticas que potencien la participación en el mercado de trabajo mediante acciones formativas a lo largo de toda la vida, con especial atención para quienes dispongan de menos conocimientos. En esta línea, además, una adecuada combinación de políticas activas de empleo y medidas de protección social cuando fuere necesario permiten que las personas beneficiadas se mantengan activas y evitan el incremento de los costes económicos de la Seguridad Social que se produce cuando hay un incremento, por la razón real de imposibilidad de permanecer en el mercado laboral, de jubilaciones anticipadas o de prestaciones de larga duración por enfermedad o incapacidad. En esta justa combinación de políticas habitualmente denominadas “activas y pasivas” de empleo, y que deben ir inescindiblemente unidas, la importancia de los itinerarios individualizados de inserción es clara y evidente, y en atención a que nos estamos refiriendo a colectivos con especiales dificultades, no sólo económicas, en numerosas ocasiones, la actuación conjunta de los servicios sociales y de empleo adquiere particular relevancia.

E) El documento comunitario dedica además algunas reflexiones específicas sobre la necesidad de actuar en el ámbito de la vivienda, de la salud, y de los regímenes de pensiones. Con respecto al último apartado, el más cercano a mis reflexiones sobre las políticas de empleo, se constata la mayor protección de la que disponen en la actualidad las personas de edad, dada la resistencia de los regímenes públicos de reparto ante la crisis, aún cuando se pone de manifiesto que esta resistencia puede verse debilitada por la reducción de las personas empleadas que a su vez “reduce las cotizaciones y la base imponible”. Por el contrario, y me parece digno de destacar, el documento es bastante crítica con los regímenes de capitalización, o más exactamente con su debilidad frente a la “volatilidad de los mercados financieros”, y de ahí que se enfatice la necesidad de que las autoridades políticas y las de regulación y supervisión “promuevan una gestión más prudente del ahorro destinado por los ciudadanos a la jubilación, hallando así un medio equilibrado para aprovechar las ventajas de los regímenes de capitalización”.

F) En el debate actualmente existente en España, y que seguirá sin duda por mucho tiempo, sobre la reforma del sistema público de pensiones de la Seguridad Social, y en especial de las pensiones de jubilación (y al que se ha incorporado recientemente el grupo de los, casi, 100 economistas agrupados en torno a FEDEA), cobra especial interés conocer cuáles son las tesis de los documentos de la UE, que apuntan en la línea de tomar en consideración los períodos de cotización de toda la vida, y de ahí que se subraye que si las personas trabajadoras desean obtener una pensión máxima al finalizar su vida laboral, esta deberá ser “muy larga y sin interrupciones”, y de ahí que la adecuación del sistema a este hipotético cambio no radique sólo en la capacidad de los trabajadores para permanecer en el mercado de trabajo, sino también, y muy especialmente, “en la capacidad de los mercados de trabajo para ofrecer suficientes oportunidades de carreras más largas e ininterrumpidas”; o dicho en otros términos “la adecuación de las pensiones dependerá de la capacidad de los mercados de trabajo para dar la oportunidad de realizar carreras contributivas más completas y de mayor duración”. No deja de ser polémica la tesis del documento, pero tampoco conviene dejarla caer en saco roto y desdeñarla de entrada en el momento en que se inicia (o se reinicia, porque llevamos debatiendo desde hace muchos años) el debate en España.

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