I. Cabe recordar que el origen del plan integral de empleo de las Islas Canarias se encuentra en la Ley 56/2003 de 16 de diciembre, de Empleo, en cuya disposición adicional quinta se dispone que
“Considerando la situación económica, social y laboral de Canarias, dada su condición de región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución y por el artículo 299.2 del Tratado de la Unión Europea y, respecto de las ayudas de los fondos estructurales, por el artículo 3.1 del Reglamento (CE) n.º 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, en orden a incrementar el empleo en su territorio, el Estado podrá participar en la financiación de un Plan integral de empleo que se dotará, de forma diferenciada, en el estado de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, para su gestión directa por dicha comunidad autónoma, no integrado en la reserva de crédito a que se refiere el artículo 13.e) de esta ley y que será independiente de la asignación de los fondos de empleo de ámbito nacional, regulados en el artículo 14, que le corresponda”.
II. Encontramos la asignación de una partida presupuestaria al efecto en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, cuya .disposición adicional vigésima lleva por título “aportación financiera del Servicio Público de Empleo Estatal a la financiación de un Plan Integral de Empleo en Canarias” y prevé la cantidad, que aporta el Servicio Público de Empleo Estatal, de “42.070,85 miles de euros a la financiación, en el año 2007, de un Plan Integral de Empleo en Canarias. Dicha cantidad se destinará a financiar las acciones y medidas de fomento de empleo, que se describen en el Convenio de Colaboración que suscriba la Administración General del Estado con la Administración de la citada Comunidad Autónoma”.
III. La publicación del III Plan, o más concretamente del “Convenio de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Canarias para la puesta en marcha del III Plan Integral de Empleo en Canarias”, se produjo por Resolución de 12 de diciembre de 2007, con el objetivo declarado de continuar con el trabajo realizado durante los dos planes anteriores y avanzar hacia el logro del “pleno empleo sostenible en Canarias”. El presupuesto necesario para la ejecución del plan 2007- 2.010 se fijó en 57.070.850 euros anuales.
Los objetivos del III Plan Integral de Empleo de Canarias se podían concretar en los siguientes aspectos:
“1. Favorecer y promover la integración laboral de los desempleados residentes en Canarias y mejorar la tasa de empleo de la Comunidad. 2. Que los trabajadores residentes en Canarias puedan acceder, en igualdad de condiciones, a todos los puestos de trabajo generados en las islas, favoreciendo la movilidad laboral. 3. Mejorar la adaptabilidad de los trabajadores y su cualificación profesional. Facilitar el acceso a las acciones de formación de todos los trabajadores (ocupados y desempleados), sin discriminación por razón de edad, desarrollando un plan de becas y ayudas que facilite dicho acceso a los trabajadores en situación de desempleo, con mayores gastos de transportes y, en definitiva, a los más necesitados, y promoviendo en especial, las acciones formativas relacionadas con las nuevas tecnologías de información y comunicaciones. Ampliar las acciones de formación a todas las edades, en concordancia con la prolongación de la vida activa a que hace referencia tanto las Directrices comunitarias, como el Programa Nacional de Reformas. 4. Facilitar la readaptación y tránsito de desempleados hacia nuevos sectores de empleo, en particular todos los relacionados con las nuevas tecnologías, los servicios de proximidad, en especial los relacionados con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, y los de ocio relacionados tanto con los residentes como con los turistas. Facilitar la transición hacia una economía del conocimiento, en particular para mejorar la calidad de los puestos de trabajo y la productividad laboral. 5. Fomentar la empleabilidad de los jóvenes, favoreciendo especialmente su ocupación en empleos con perspectivas de futuro, y reducir la tasa de desempleo juvenil. 6. Mejorar la empleabilidad de los parados de larga duración, mediante itinerarios integrados y personalizados de inserción. 7. Aplicación del Principio de Igualdad de Oportunidades, mejorando: a) La empleabilidad de las mujeres e incrementar la tasa de empleo femenina. Facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar. b) La integración laboral de los inmigrantes. c) La integración laboral de los colectivos en riesgo de exclusión y ausentes del mercado de trabajo. d) La integración laboral de las personas con discapacidad. e) Medidas más eficaces para luchar contra la discriminación laboral por razones de edad, teniendo en cuenta el reto que representa la prolongación de la vida laboral prevista. 8. La vital modernización y readaptación continua del Servicio Público de Empleo en Canarias a las condiciones cambiantes del mercado laboral, de la sociedad en general y del nuevo modelo de formación para el empleo, para: a) Consolidar e incrementar la capacidad de intermediación laboral del Servicio Público de Empleo mediante la modernización y adaptación permanente de los sistemas y la profesionalidad y formación continua de su personal. b) Conseguir que el Servicio Público de Empleo sea la mejor opción de integración o reintegración laboral para los trabajadores desempleados. c) Lograr que el Servicio Público de Empleo se configure como la mejor opción de selección para las empresas que buscan incorporar personal, cualquiera que sea la cualificación que precisen. d) Acercar el Servicio Público de Empleo al ciudadano, a través de la atención personalizada o la asistencia telemática. e) Acercar y difundir las distintas acciones del Servicio Público de Empleo entre toda la población a fin de que todos puedan conocer y tener la opción de beneficiarse, en igualdad de oportunidades, de los diferentes programas de orientación, formación, integración profesional o cualquier otro que los servicios de empleo ponen a su alcance. f) Acercar los Servicios Públicos de Empleo a la sociedad, haciendo de ellos una plataforma de intermediación y formación laboral real y efectiva, adecuada a las necesidades de trabajadores y empresas”.
IV. En el año 2009, se formalizó una addenda al Convenio de colaboración, para concretar los términos de la aportación económica d ambas partes. En el texto se dispuso que “las líneas de actuación a desarrollar irán dirigidas a favorecer la generación de empleo en sectores diversificados, facilitar la movilidad geográfica de las personas desempleadas, y prestar especial atención a la creación de empleo en el sector servicios y en concreto en el ámbito profesional de atención a las personas dependientes. En cuanto a los programas y acciones a desarrollar, serán los siguientes: “Acciones para la formación, mayor cualificación y reconversión profesional de desempleados y ocupados. Acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo. Programas que combinen formación y empleo. Contratación de trabajadores desempleados en colaboración con Corporaciones Locales, otros organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro para la realización de obras o servicios de interés general y social. Programas integrados o experimentales de empleo.
Iniciativas de desarrollo local. Programas de promoción de actividad generadora de empleo. Programas de apoyo al empleo estable, a través de la mejora de la experiencia profesional. Programas del ámbito de empleo y de formación profesional que coadyuven a la conciliación de la vida familiar y laboral. Actuaciones de modernización del Servicio Público de Empleo”.
V. Por fin, muy recientemente se ha aprobado la Resolución de 20 de enero de 2010 por la que se publica la Adenda para el ejercicio 2009 al Convenio de colaboración. El SPEE aporta 42.070.850 euros y la CC AA 15 millones de euros. Según dispone la base cuarta, que regula los objetivos de los programas y acciones, “Las aportaciones económicas de ambas Administraciones se destinarán a acciones integradas en itinerarios de inserción laboral a través de: 1. Programas para la contratación de trabajadores y trabajadoras desempleados y que combinen empleo y formación en tareas de utilidad social. 2. Programas que impulsen la actividad empresarial y el autoempleo".
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