lunes, 30 de marzo de 2009

Todas las personas desempleadas pueden ser contratadas con subvención… en Extremadura.

Hago en esta entrada del blog una breve nota de urgencia sobre el Decreto 63/2009 de 20 de marzo, que modifica el Decreto 109/2008 de 23 de mayo, norma que regula las bases para el fomento del empleo de calidad en la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma extremeña.

Como reza el título, a partir del viernes día 27 de marzo, fecha de entrada en vigor del Decreto 63/2009, se permite la contratación indefinida de todas las personas desempleadas, o por decirlo con las propias palabras de la introducción de la norma, se introduce la posibilidad de contratar “a personas pertenecientes a cualquier colectivo”, si bien la propia norma se cuida de fijar diferentes cuantías para dichas subvenciones y en atención a la diferente situación de las distintas personas y colectivos en el mercado de trabajo.

De tal forma, el texto ahora comentado modifica el artículo 6, apartado 6, del Decreto 109/2008 e incorpora a dos nuevos grupos de personas desempleadas entre quienes pueden ser contratadas de forma estable y con subvención incorporada para la empresa que formalice la nueva contratación; en concreto, se trata de “hombres de entre 30 y 45 años”, y “trabajadores provenientes de un expediente de regulación de empleo”, siempre y cuando estén afectados por un ERE a partir del 1 de julio de 2008. Además, la condición de desempleado de larga duración se reduce en cuanto a la duración del desempleo, ya que en la normativa de 2008 se consideraba como tal a las personas que carecieran de ocupación de forma ininterrumpida durante, como mínimo, los doce meses inmediatos anteriores a la fecha de contratación objeto de la subvención, mientras que en el nuevo texto se considera que una persona se encuentra en esa difícil situación cuando no haya tenido un empleo remunerado “en los seis meses inmediatos anteriores a la fecha de contratación objeto de la subvención”

Para que las lectoras y los lectores del blog tengan una idea más clara de la política de subvenciones a la contratación indefinida estable de la Junta de Extremadura, reproduzco el nuevo art. 6, apartado 6:

“6. Las personas, por cuya contratación indefinida se solicite subvención, podrán pertenecer a cualquier colectivo de trabajadores o sector de población, si bien la cuantía de la ayuda variará en función del colectivo o sector de población al que pertenezcan, de los que se indican a continuación, y según se establece en el artículo 16 de esta norma:
— Mujeres.
— Hombres menores de 30 o mayores de 45 años.
— Hombres de entre 30 y 45 años.
— Trabajadores provenientes del Régimen Especial Agrario por cuenta ajena.
— Trabajadores que tengan la condición de emigrantes retornados.
— Parados de larga duración.
— Trabajadores provenientes de un expediente de regulación de empleo”.

Con respecto a las cuantías de las subvenciones, la ayuda básica oscila entre 1.500 y 5.000 euros, con menor cuantía asignada para el que todavía se considera “núcleo duro de la población trabajadora”, los hombres con edades comprendidas entre 30 y 44 años (por cierto que la redacción del art. 16 es distinta que la del art. 6, ya que en el primero se hace referencia, además del colectivo antes citado, a “hombres menores de 30 años y mayores o iguales de 45 años”), y con la cuantía superior para las mujeres, sin distinción de edad. Respeto a las personas trabajadoras afectadas por un ERE la cuantía se establece en 4.000 euros. Además, se fijan ayudas adicionales para todos los colectivos afectados siempre que se cumplan determinadas cláusulas de responsabilidad social, de territorialidad y de igualdad.

En conclusión, por vía autonómica, y obviamente en el marco de sus competencias en materia de política de empleo, se ha abierto camino la contratación estable subvencionada de cualquier trabajador o trabajadora, medida que debe añadirse a las de ayuda estatales al empleo en determinados sectores afectados por la crisis como los del textil, calzado y mueble, a los que me he referido en una anterior entrada del blog. Sigo pensando que cada vez de forma más clara se está abriendo camino para que, al amparo de los marcos normativos estatal y autonómico, se bonifique o subvencione la contratación estable de cualquier persona desempleada, pero convendrá ser prudente y esperar a ver cómo evoluciona esta tendencia en los meses venideros.

No hay comentarios: