De forma sucinta creo que puede afirmarse que ha contribuído a lo largo de su historia a mantener unas relaciones de trabajo equilibradas, en donde el justo contrapeso entre derechos individuales y colectivos de los trabajadores y el poder de dirección y organización de la empresa ha ido modulándose en el tiempo en atención a diversos factores, como son el poderío del movimiento sindical, la influencia del gobierno de turno o los intentos de desregulación del mercado de trabajo. No ha cuestionado el sistema económico dominante, pero fundamentalmente en los países donde ha prevalecido largos años la influencia socialista o socialdemócrata en la vida política y sindical ha conseguido indudables avances en las condiciones laborales del mundo del trabajo, tanto en su vertiente laboral en sentido estricto (reducción de la jornada laboral, garantías contra las extinciones indiscriminadas de la relación laboral, etc.), como en el ámbito de la protección social, por medio de la consolidación y desarrollo del Estado del Bienestar.
El Derecho del Trabajo ha servido para pacificar en muchas ocasiones nuestras sociedades, y para desactivar o canalizar la conflictividad social existente. Este ambivalente papel, este equilibrio entre lo deseable y lo posible, se ha construido alrededor de varias claves o ideas-eje, fundamentalmente en la segunda mitad del S. XX (intervencionismo estatal proteccionista, papel impulsor del movimiento sindical, contratación laboral estable, etc.), que siguen siendo válidas a mi entender en la actualidad pero que deben adecuarse, para seguir siendo eficaces y operativas, a las nuevas realidades productivas y a los cambios socio-económicos imperantes en nuestras sociedades, pues el Derecho del Trabajo es incomprensible si no está interrelacionado con los restantes elementos de la realidad social, y si esta realidad social cambia hay que plantearse en qué medida deben cambiar las notas que definen el tipo de relación social que es objeto de la norma laboral. Adecuación que, además, debe permitir resistir los impulsos que poseen algunos sectores del fundamentalismo liberal de reducir el Derecho del Trabajo a su mínima expresión, o si acaso de darle un “new look” que satisfaga de forma total y absoluta los intereses de un sector minoritario del empresariado, con el riesgo que ello plantearía nuevamente de quiebra o puesta en tela de juicio de un cierto equilibrio social que todavía existe hoy a mi parecer en numerosos Estados desarrollados.
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