1. En su discurso sobre el Estado de la Unión , pronunciado el 13 de septiembre durante la sesión plenaria del Parlamento Europeo, la presidenta de la Comisión Europea, Úrsula Von der Leyen, incorporó algunas referencias a la problemática del mundo del trabajo de manera específica.
Se refirió en
primer lugar a la necesidad de “trabajos dignos y la promesa de no dejar a
nadie atrás”, para el sector de la fabricación, ante la existencia de aquello
que calificó de “desleales prácticas comerciales de China”, manifestando que “Europa
está abierta a la competencia, pero no a una competición a la baja”.
La visión más
general del mundo del trabajo estuvo estrechamente unida a la economía y a la
competitividad, con especial atención a la industria. Entre los tres “grandes desafíos”
enunciados, junto a la inflación y la simplificación de la actividad
empresarial (véase sobre este último la reciente Comunicación de la Comisión “,
presentada el 12 de septiembre, sobre “Paquete de ayudas para las Pymes” , en la que se propone dos medidas para atraer a “personal cualificado”, y que
a mi parecer son válidas para todas las empresas con independencias de su
tamaño, que son las siguientes: “Acción 16: presentará, antes del cuarto
trimestre de 2023, una propuesta para crear una reserva de talentos de la UE y
una iniciativa para mejorar el reconocimiento de las cualificaciones y
competencias de los nacionales de terceros países a fin de remediar las
carencias en materia de competencias en el mercado laboral de la UE. ·Acción
17: trabajará con grupos cuyo potencial empresarial sin explotar sigue siendo
elevado, como las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad, a
través de campañas de sensibilización, tutoría y orientación”), introdujo el de
“la escasez de mano de obra” (una terminología, dicho sea incidentalmente, que
cada vez más parece propia de otra realidad económica empresarial distinta de
la actual, en la que puede haber escasez de personal con las suficientes
habilidades, aptitudes y conocimientos tanto manuales como intelectuales), y
tras defender, con toda razón a mi parecer, el resultado positivo de las
medidas adoptadas durante la pandemia para defender los puestos de trabajo (dando
prioridad, al igual que hizo el gobierno español, a la flexibilidad interna
sobre la externa), que consiguieron “salvar 40 millones”, puso el acento en la
problemática de la escasez (ahora sí con otra terminología) “de mano de obra y
personal cualificado”, haciendo mención en concreto a los problemas de las
pymes (para España, véase el muy reciente informa de CEPYME, “El reto de las vacantesen España” – cuestión muy distinta, preciso, es que
se esté de acuerdo con sus tesis, y veáse en una linea diferente el artículo de la profesora Henar Álvarez "Puestos de trabajo vacantes ¿mito o realidad?" ) y en los ámbitos sanitario, de restauración y
de informática, escasez que supone, resaltó, “un obstáculo para la capacidad de
innovación, crecimiento y competitividad”.
Al mismo tiempo, subrayaba
los problemas con los que se encuentran las familias con hijos e hijas (y en su
gran mayoría las mujeres) para acceder o permanecer en el mercado de trabajo ante
la escasez de servicios de atención infantil, las dificultades que jóvenes y
mujeres tienen para participar activamente en la vida laboral, y la
problemática concreta de aquellos jóvenes que “ni estudian ni trabajan ni
reciben formación”, para defender – apunto que hacen falta medidas legales
concretas para su mejor concreción, y siempre sin olvidar al resto de personas
migrantes – la necesidad que tiene Europa de “una migración cualificada”, resaltando
la importancia de responder adecuadamente a aquellos profundos cambios de los
que se viene hablando desde hace mucho tiempo y que ahora ya son una plena realidad,
que son los de carácter tecnológico (especial importancia de la inteligencia
artificial y la necesidad de proteger los derechos fundamentales de la ciudadanía,
tanto en su vida privada como en la laboral), social y demográfico (baste poner
como ejemplo que el porcentaje de personas mayores de 65 años en la UE ha pasado
del 16 % en 2020 al 21 % en 2022, y que el porcentaje de menores de 20 años ha
disminuido en el mismo período del 23 al 20 %, según los datos recogidos porEurostat ).
La Presidenta de
la Comisión formuló una propuesta concreta que ha sido recibida con agrado por
los agentes sociales europeos: tras enfatizar la importancia que estos deben
tener en la configuración del futuro económico, social y laboral de la UE,
anunció que en 2024, junto con la presidencia belga del primer semestre, y
supongo que antes de la celebración de las elecciones generales europeas del 6
al 9 de junio, será convocada “una nueva cumbre de interlocutores sociales”, en
la misma población, Val Duchesse, que vio lograr el primer acuerdo de relevancia
en el ámbito europeo sobre el diálogo social. Sobre la historia de dicho
diálogo social me permito remitir a “UE. Unas notas históricas descriptivassobre el diálogo social. A propósito de la presentación de la Comunicación“Reforzar el diálogo social en la Unión Europea: aprovechas todo su potencialpara gestionar transiciones justas”, y del Proyecto de Recomendación “sobre elfortalecimiento del diálogo social en la Unión Europea” de 25 de enero” )
2. Pocos minutos
después de finalizar el discurso de la Presidente de la Comisión, el Pleno del
Parlamento Europeo aprobaba sin modificaciones la Propuestapresentada por aquella el 24 de mayo de Decisión del Consejo “relativa a las
orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros” , que mantiene para este año la Orientaciones aprobadas para 2022 (Decisión UE2022/2296 de 21 de noviembre ), que introdujeron modificaciones relevantes con respecto a las anteriormente vigentes,
datadas del año 2020. Reproduzco a continuación la comparación efectuada entre
las orientaciones de 2022 (repito que mantenidas en 2023) y las anteriores de
2020.
Orientaciones 2020. |
Orientaciones 2022 (y 2023). |
Orientación nº 5: Impulsar la
demanda de mano de obra Los Estados miembros deben promover
activamente una economía social de mercado sostenible y facilitar y apoyar la
inversión en la creación de empleo de calidad. Para ello, deben reducir las trabas
a las que se enfrentan las empresas para contratar mano de obra, impulsar el
espíritu emprendedor responsable y el trabajo por cuenta propia auténtico, y,
en particular, apoyar la creación y el crecimiento de microempresas y
pequeñas y medianas empresas, también a través del acceso a la financiación.
Los Estados miembros deben promover activamente el desarrollo de la economía
social, impulsar la innovación social y las empresas sociales y fomentar las
formas de trabajo innovadoras, creando oportunidades de empleo de calidad y
generando beneficios sociales a escala local. A la luz de las graves consecuencias
económicas y sociales que ha generado la pandemia de COVID-19, deben
establecerse regímenes de reducción del tiempo de trabajo y fórmulas
similares bien diseñados para preservar el empleo, frenar la pérdida de
puestos de trabajo y evitar los efectos negativos a largo plazo en la
economía, las empresas y el capital humano. Se deben considerar y diseñar bien
los incentivos a la contratación y las medidas de reciclaje profesional para
apoyar la creación de empleo durante la recuperación. Es preciso desplazar la fiscalidad
del trabajo a otras fuentes que favorezcan más el empleo y el crecimiento
integrador, y que estén en consonancia con los objetivos climáticos y medioambientales,
teniendo en cuenta el efecto redistributivo del régimen fiscal, y protegiendo
al mismo tiempo los ingresos, con miras a una protección social adecuada y
unos gastos favorables al crecimiento. Los Estados miembros, en particular
aquellos que dispongan de mecanismos nacionales para establecer los salarios
mínimos legales, deben garantizar una participación efectiva de los
interlocutores sociales de forma transparente y previsible, a fin de permitir
una adaptación adecuada de los salarios a la evolución de la productividad y
facilitar unos salarios justos que hagan posible un nivel de vida digno,
prestando al mismo tiempo especial atención a los grupos de renta media y
baja, con vistas a una convergencia al alza. Los mecanismos de fijación de
salarios deben tener en cuenta los resultados económicos en diferentes
regiones y sectores. Los Estados miembros deben promover el diálogo social y
la negociación colectiva con vistas a la fijación de los salarios. Dentro del
respeto a las prácticas nacionales y la autonomía de los interlocutores
sociales, los Estados miembros y los interlocutores sociales deben velar por
que todos los trabajadores reciban un salario justo y adecuado y se
beneficien, directa o indirectamente, de convenios colectivos o un salario
mínimo legal adecuado, habida cuenta de su impacto en la competitividad, la
creación de empleo y la pobreza laboral. Orientación nº 6: Aumentar la oferta
de trabajo y mejorar el acceso al empleo, las capacidades y las competencias En el contexto de las transiciones
tecnológicas y medioambientales, así como del cambio demográfico, los Estados
miembros deben promover la sostenibilidad, la productividad, la empleabilidad
y el capital humano, fomentando conocimientos, capacidades y competencias
pertinentes a lo largo de la vida y respondiendo a las necesidades actuales y
futuras del mercado de trabajo. Los Estados miembros también deben
adaptar sus sistemas de educación y formación e invertir en ellos con vistas
a proporcionar una educación inclusiva y de alta calidad, también en lo que
se refiere a la educación y la formación profesionales, y acceso al
aprendizaje digital. Los Estados miembros deben trabajar
junto con los interlocutores sociales, los proveedores de educación y
formación, las empresas y otras partes interesadas para abordar las
debilidades estructurales de los sistemas de educación y de formación y
mejorar su calidad y su adecuación al mercado de trabajo, también con vistas
a facilitar las transiciones medioambiental y digital. Debe prestarse especial atención a
los retos a los que se enfrenta la profesión docente, en concreto invirtiendo
en las competencias digitales de los profesores. Los sistemas de educación y
formación deben dotar a todos los alumnos de competencias clave, incluidas
las competencias básicas y digitales y las competencias transversales, para
sentar las bases de la adaptabilidad y la resiliencia a lo largo de la vida. Los Estados miembros deben reforzar
las disposiciones sobre los derechos individuales de formación y garantizar
su transferibilidad durante las transiciones profesionales, incluido, en su
caso, mediante cuentas individuales de aprendizaje. Deben propiciar en todas las
personas la capacidad de anticipar y adaptarse mejor a las necesidades del
mercado de trabajo, en particular a través del perfeccionamiento y el
reciclaje profesional continuos y la prestación de servicios integrados de
orientación y asesoramiento, a fin de apoyar unas transiciones justas y
equitativas para todos, reforzar los resultados sociales, abordar la escasez
de mano de obra, mejorar la resiliencia general de la economía frente a las
perturbaciones y facilitar los ajustes necesarios tras la crisis de la
COVID-19. Los Estados miembros deben fomentar
la igualdad de oportunidades para todos, abordando las desigualdades en los
sistemas de educación y formación, entre otras cosas facilitando el acceso a
una educación infantil de buena calidad. Deben aumentar los niveles
educativos generales, reducir el número de jóvenes que abandonan
prematuramente la escuela, incrementar el acceso a la educación y formación
profesionales (EFP) y a la educación superior, así como la tasa de conclusión
de los estudios, e incrementar la participación de los adultos en el
aprendizaje permanente, en particular entre alumnos procedentes de entornos
desfavorecidos y los menos cualificados. Teniendo en cuenta los nuevos
requisitos que plantean las sociedades digitales, ecológicas y en proceso de
envejecimiento, los Estados miembros deben dar mayor énfasis en sus sistemas
de EFP al aprendizaje basado en el trabajo, por ejemplo, mediante una formación
de aprendices eficaz y de calidad, e incrementar el número de titulados en
ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM), tanto en la EFP como en
la enseñanza superior, sobre todo entre las mujeres. Además, los Estados
miembros deben incrementar la pertinencia de la enseñanza superior y, cuando
corresponda, de la investigación para el mercado de trabajo; mejorar el
seguimiento y las previsiones respecto de las capacidades; aumentar la
visibilidad de las capacidades y la comparabilidad de las cualificaciones,
incluidas las adquiridas en el extranjero, e incrementar las oportunidades
para el reconocimiento y la validación de las capacidades y competencias
adquiridas fuera de la educación y la formación formales. Asimismo, deben actualizar e
incrementar el suministro y aprovechamiento de una EFP continua y flexible.
Los Estados miembros también deben ayudar a los adultos poco cualificados a
mantener o desarrollar su empleabilidad a largo plazo, impulsando el acceso a
oportunidades de aprendizaje de calidad, así como el aprovechamiento de este,
mediante la aplicación de itinerarios de mejora de las capacidades que
incluya una evaluación de las capacidades, una oferta de educación y
formación que responda a las necesidades del mercado y la validación y el
reconocimiento de las capacidades adquiridas. Los Estados miembros deben
proporcionar a los desempleados y a las personas inactivas una asistencia
eficaz, oportuna, coordinada e individualizada basada en el apoyo a la
búsqueda de empleo, la formación, el reciclaje y el acceso a otros servicios
de capacitación, prestando especial atención a los grupos y personas
vulnerables afectados en particular por las transiciones ecológica y digital
y la crisis de la COVID-19. Deben perseguirse cuanto antes unas estrategias
globales que incluyan evaluaciones individuales detalladas de los
desempleados, a más tardar a los 18 meses de estar en situación de desempleo,
con vistas a prevenir y reducir significativamente el desempleo estructural y
de larga duración. El desempleo juvenil y la cuestión de los jóvenes que ni
trabajan, ni estudian, ni se forman (ninis) se deben seguir abordando a
través de la prevención del abandono escolar prematuro y una mejora
estructural en la transición de la enseñanza al trabajo, entre otras cosas
mediante la plena ejecución de la Garantía Juvenil. Los Estados miembros deben procurar
eliminar los obstáculos y elementos disuasorios, e incentivar la
participación en el mercado de trabajo, en particular para las personas con
rentas bajas, las que aportan la segunda fuente de ingresos en un hogar y las
que están más alejadas del mercado laboral. Los Estados miembros deben apoyar la
adaptación del entorno de trabajo de las personas con discapacidad, entre
otros con un apoyo financiero específico y servicios que les permitan
participar en el mercado de trabajo y en la sociedad. Es preciso abordar la brecha
salarial y de empleo entre hombres y mujeres. Los Estados miembros deben
velar por la igualdad entre hombres y mujeres y por una mayor participación
femenina en el mercado laboral, entre otras cosas garantizando la igualdad de
oportunidades y de progresión de la carrera y eliminando trabas a la
participación en puestos de liderazgo en todos los niveles de la toma de
decisiones. Debe garantizarse la igualdad de
retribución por un trabajo igual o de igual valor, así como la transparencia
salarial. Debe fomentarse la conciliación de la vida laboral, familiar y
privada tanto para mujeres como para hombres, especialmente mediante el
acceso a unos cuidados de larga duración y a unos servicios de educación y
atención infantil asequibles y de calidad. Los Estados miembros deben
garantizar que los padres y otras personas con responsabilidades familiares
tengan acceso a unos permisos familiares y unas fórmulas de trabajo flexible
adecuados, a fin de crear un equilibrio entre la vida laboral, familiar y
privada, y fomentar un uso equilibrado de tales derechos entre hombres y
mujeres. Orientación nº 7: Mejorar el buen
funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social Con objeto de sacar el máximo
partido de una mano de obra dinámica y productiva, así como de las nuevas
formas de trabajo y los nuevos modelos empresariales, los Estados miembros
deben trabajar junto con los interlocutores sociales por unas condiciones de
trabajo justas, transparentes y predecibles, conciliando derechos y
obligaciones. Deben reducir y prevenir la segmentación de los mercados
laborales, luchar contra el trabajo no declarado y los falsos autónomos, y
fomentar la transición hacia formas de empleo por tiempo indefinido. Las
normas sobre la protección del empleo, la legislación laboral y las
instituciones deben todas ellas establecer un entorno que favorezca la
contratación y la flexibilidad necesaria para que los empleadores se adapten
rápidamente a los cambios en el contexto económico, a la vez que se protegen
los derechos laborales y se garantiza la protección social, un nivel adecuado
de seguridad y unos entornos laborales bien adaptados, seguros y saludables
para los trabajadores, especialmente a la luz de los riesgos que plantea la
crisis de la COVID-19. Es importante fomentar el uso de fórmulas de trabajo
flexibles, como el teletrabajo, para mantener los puestos de trabajo y la
producción en el contexto de la crisis de la COVID-19. Deben evitarse las relaciones
laborales que den lugar a unas condiciones de trabajo precarias, también en
el caso de los trabajadores de plataformas y mediante la lucha contra la
utilización abusiva de contratos atípicos. Debe garantizarse el acceso a una
resolución de litigios efectiva e imparcial, y, en caso de despido
injustificado, el derecho a reparación, incluida una indemnización adecuada. Las políticas deben ir destinadas a
mejorar y apoyar la participación, los ajustes y las transiciones en el
mercado de trabajo, especialmente en las regiones desfavorecidas. Los Estados
miembros deben incitar de forma efectiva a participar en el mercado laboral a
las personas que puedan hacerlo. También deben reforzar la eficacia
de las políticas activas del mercado de trabajo ampliando su orientación,
ámbito de aplicación y cobertura, y mejorando su interacción con los
servicios sociales y las ayudas económicas a los desempleados mientras buscan
trabajo y sobre la base de sus derechos y responsabilidades. Los Estados
miembros deben intentar disponer de unos servicios públicos de empleo más
eficaces y eficientes garantizando una asistencia personalizada y oportuna a
los demandantes de empleo, prestando apoyo a las necesidades actuales y
futuras del mercado laboral y aplicando sistemas de evaluación del
rendimiento. Los Estados miembros deben facilitar
a los desempleados unas prestaciones de desempleo adecuadas y de duración
razonable, en consonancia con sus propias contribuciones y con los criterios
de concesión nacionales. Aunque cabe considerar una relajación temporal de
los requisitos de admisibilidad y una ampliación de la duración de las
prestaciones por desempleo para mitigar el impacto de la COVID-19, estas
prestaciones no deben desincentivar un retorno rápido al trabajo y deben ir
acompañadas de políticas activas del mercado de trabajo. Se debe apoyar adecuadamente la
movilidad de los educandos y los trabajadores a fin de mejorar las
capacidades y la empleabilidad y aprovechar todo el potencial del mercado de
trabajo europeo, a la vez que se garantizan unas condiciones justas para
todos aquellos que lleven a cabo una actividad transfronteriza y se refuerza
la cooperación administrativa entre las administraciones nacionales respecto
de los trabajadores móviles, aprovechando la asistencia de la recientemente
creada Autoridad Laboral Europea. Debe apoyarse la movilidad de los
trabajadores que desempeñan funciones esenciales y de los trabajadores
transfronterizos, temporeros y desplazados en caso de cierres temporales de
las fronteras provocados por la pandemia de COVID-19, sin perjuicio de las
consideraciones de salud pública. Deben suprimirse los obstáculos para la
movilidad en la educación y la formación, las pensiones profesionales o
personales y el reconocimiento de titulaciones, y facilitar este
reconocimiento. Los Estados miembros deben tomar medidas para evitar que los
procedimientos administrativos sean un obstáculo innecesario para que los
trabajadores de otros Estados miembros, incluidos los trabajadores
transfronterizos, acepten un empleo. Los Estados miembros también deben
prevenir una utilización abusiva de las normas vigentes y abordar las causas
subyacentes de la «fuga de cerebros» de algunas regiones, también mediante
medidas adecuadas de desarrollo regional. Basándose en las prácticas
nacionales existentes y con el fin de lograr un diálogo social más eficaz y
mejores resultados socioeconómicos, los Estados miembros deben garantizar una
participación oportuna y significativa de los interlocutores sociales en el
diseño y la aplicación de políticas y reformas de empleo, sociales y, en su
caso, económicas, también mediante el apoyo a una mayor capacidad de los
interlocutores sociales. Los Estados miembros deben promover el diálogo
social y la negociación colectiva. Debe animarse a los interlocutores
sociales a que negocien y celebren convenios colectivos en asuntos de su
incumbencia, respetando su autonomía y su derecho a la acción colectiva. Cuando proceda, y basándose en las
prácticas nacionales existentes, los Estados miembros deben tener en cuenta
la experiencia de las organizaciones pertinentes de la sociedad civil en
materia social y de empleo. Orientación nº 8: Promover la
igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y
combatir la pobreza Los Estados miembros deben favorecer
unos mercados laborales inclusivos y abiertos a todos, instaurando medidas
eficaces para luchar contra todas las formas de discriminación, y promover la
igualdad de oportunidades para todos, y en particular de los grupos
infrarrepresentados en el mercado laboral, prestando la debida atención a la
dimensión regional y territorial. Deben garantizar la igualdad de trato en
relación con el empleo, la protección social, la salud y los cuidados de
larga duración, la educación y el acceso a bienes y servicios,
independientemente del género, el origen étnico o racial, la religión o las
convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual. Los Estados miembros deben
modernizar los sistemas de protección social con el fin de ofrecer protección
social adecuada, eficaz, eficiente y sostenible para todos, a lo largo de
todas las etapas de la vida, fomentando la inclusión social y la ascensión social,
incentivando la participación en el mercado de trabajo, apoyando la inversión
social, luchando contra la pobreza y abordando las desigualdades, entre otras
cosas mediante el diseño de sus sistemas fiscales y de prestaciones y la
evaluación del efecto distributivo de las políticas. Completar planteamientos
universales con otros selectivos mejorará la eficacia de los sistemas de
protección social. La modernización de los sistemas de protección social
también debe tener como objetivo mejorar su resiliencia frente a desafíos
polifacéticos, como los que ha planteado el brote de COVID-19. Los Estados miembros deben
desarrollar e integrar los tres aspectos de la inclusión activa: un apoyo a
la renta adecuado, unos mercados de trabajo inclusivos y el acceso a
servicios de capacitación de calidad, para responder a necesidades
individuales. Los sistemas de protección social deben garantizar unas
prestaciones de renta mínima adecuadas para toda persona que carezca de
recursos suficientes y promover la inclusión social alentando a las personas
a participar activamente en el mercado laboral y en la sociedad, entre otras
cosas mediante la prestación de servicios sociales específicos. La existencia de unos servicios
asequibles, accesibles y de calidad, como la atención y educación infantil,
la asistencia extraescolar, la educación, la formación, la vivienda y los
servicios sanitarios y los cuidados de larga duración es una condición necesaria
para garantizar la igualdad de oportunidades. Debe prestarse una atención
particular a la lucha contra la pobreza y la exclusión social, incluida la
pobreza infantil y de las personas con empleo, especialmente en lo que
respecta a las consecuencias de la crisis de la COVID-19. Los Estados miembros deben
garantizar que todos, incluidos los niños, tengan acceso a los servicios
básicos. Para aquellos que se encuentren en situación vulnerable o de
necesidad, los Estados miembros deben garantizar el acceso a una vivienda
social adecuada o ayudas a la vivienda pertinentes y hacer frente a la
pobreza energética. En relación con esos servicios,
deben tenerse en cuenta las necesidades específicas de las personas con
discapacidad, incluida la accesibilidad. Es preciso abordar de manera
específica el problema de las personas sin hogar. Los Estados miembros deben
garantizar un acceso oportuno a una asistencia sanitaria asequible,
preventiva y curativa, y a unos cuidados de larga duración de calidad,
preservando al mismo tiempo la sostenibilidad a largo plazo. En un contexto de creciente
longevidad y cambio demográfico, los Estados miembros deben velar por que los
regímenes de pensiones de los trabajadores por cuenta propia y por cuenta
ajena sean adecuados y sostenibles y ofrezcan igualdad de oportunidades para
mujeres y hombres en la adquisición de derechos de pensión, en particular
mediante regímenes complementarios para garantizar unos ingresos adecuados en
la vejez. Las reformas de las pensiones deben apoyarse en políticas
destinadas a reducir la brecha de género en las pensiones y en medidas que
amplíen la vida laboral, como el aumento de la edad efectiva de jubilación, y
han de enmarcarse en estrategias de envejecimiento activo. Los Estados
miembros deben establecer un diálogo constructivo con los interlocutores
sociales y otras partes interesadas pertinentes y permitir una introducción
progresiva de las reformas |
Orientación nº 5: Impulsar la
demanda de mano de obra Los Estados miembros deben promover
activamente una economía social de mercado sostenible y facilitar y apoyar la
inversión en la creación de empleos de calidad, aprovechando también el
potencial relacionado con las transiciones ecológica y digital, en vista del
objetivo principal de la Unión para 2030 en materia de empleo. Para ello,
deben reducir las trabas a las que se enfrentan las empresas para contratar
mano de obra, impulsar el espíritu emprendedor responsable y el trabajo por
cuenta propia auténtico, y, en particular, apoyar la creación y el
crecimiento de microempresas, pequeñas y medianas empresas, también a través
del acceso a la financiación. Los Estados miembros deben promover activamente
el desarrollo de la economía social y aprovechar todo su potencial, impulsar
la innovación y las empresas sociales, y fomentar los modelos de negocio
que creen oportunidades de empleo de calidad y generen beneficios sociales,
especialmente a escala local, en particular para la economía circular y en
los territorios más afectados por la transición a una economía verde a causa
de su especialización sectorial. Tras la pandemia de COVID-19, unos
regímenes de reducción del tiempo de trabajo y unas fórmulas similares bien
diseñados deben también facilitar y apoyar los procesos de
reestructuración, además de preservar el empleo cuando sea necesario y de
respaldar la modernización de la economía, por ejemplo, mediante el
desarrollo de capacidades relacionadas. Debe considerarse la aplicación
tanto de incentivos a la contratación y la transición como de medidas de
perfeccionamiento y reciclaje profesionales bien diseñados, a fin de apoyar
la creación de empleo y las transiciones a lo largo de la vida laboral, y
abordar la escasez de mano de obra y de capacidades, también a la luz de las
transformaciones digital y ecológica, el cambio demográfico y las
repercusiones de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania. Es preciso desplazar la fiscalidad
del trabajo a otras fuentes que favorezcan más el empleo y el crecimiento
integrador, y que estén en consonancia con los objetivos climáticos y
medioambientales, teniendo en cuenta el efecto redistributivo del régimen fiscal,
así como sus consecuencias en la participación de las mujeres en el
mercado laboral, y protegiendo al mismo tiempo los ingresos, con miras a
una protección social adecuada y unos gastos favorables al crecimiento. Los Estados miembros, incluidos
aquellos con salarios mínimos legales, deben promover la negociación
colectiva con vistas a la fijación de los salarios y a garantizar una participación efectiva de los
interlocutores sociales de forma transparente y previsible, a fin de permitir
una adaptación adecuada de los salarios a la evolución de la productividad y
fomentar unos salarios justos que hagan posible un nivel de vida digno,
prestando especial atención a los grupos de renta media y baja, con vistas a
reforzar la convergencia socioeconómica al alza. Los mecanismos de fijación
de salarios deben tener en cuenta las condiciones socioeconómicas,
incluido el crecimiento del empleo, la competitividad y la evolución regional
y sectorial. Dentro del respeto a las prácticas nacionales y la
autonomía de los interlocutores sociales, los Estados miembros y los
interlocutores sociales deben velar por que todos los trabajadores reciban un
salario adecuado y se beneficien, directa o indirectamente, de convenios
colectivos o un salario mínimo legal adecuado, habida cuenta de su impacto en
la competitividad, la creación de empleo y la pobreza de las personas con
empleo. Orientación nº 6: Aumentar la oferta
de trabajo y mejorar el acceso al empleo, la adquisición de capacidades a
lo largo de la vida y las competencias En el contexto de las
transiciones digital y ecológica, el cambio demográfico y la guerra de
agresión de Rusia contra Ucrania, los Estados miembros deben promover la
sostenibilidad, la productividad, la empleabilidad y el capital humano fomentando
la adquisición de capacidades y competencias a lo largo de la vida y
respondiendo a las necesidades actuales y futuras del mercado de trabajo,
habida cuenta del objetivo principal de la Unión para 2030 en materia de
capacidades. Los Estados miembros también deben modernizar sus sistemas
de educación y formación e invertir en ellos con vistas a proporcionar una
educación inclusiva y de alta calidad, también en lo que se refiere a la
educación y la formación profesionales, el acceso al aprendizaje digital, la
formación lingüística (por ejemplo, para los refugiados, como aquellos
procedentes de Ucrania) y la adquisición de capacidades de emprendimiento.
Los Estados miembros deben trabajar junto con los interlocutores sociales,
los proveedores de educación y formación, las empresas, así como con otras
partes interesadas, para abordar las debilidades estructurales de los
sistemas de educación y de formación y mejorar su calidad y su adecuación al
mercado de trabajo, también con vistas a facilitar las transiciones ecológica
y digital, abordar el desajuste de capacidades existente y prevenir la
aparición de nuevas carencias, en particular en relación con las actividades
en el marco de REPowerEU, como pueden ser el despliegue de energías
renovables o la renovación de edificios. Debe prestarse especial atención a
los retos a los que se enfrenta la profesión docente, también invirtiendo en
las competencias digitales de los profesores y los formadores. Los sistemas
de educación y formación deben dotar a todos los alumnos de competencias
clave, incluidas las competencias básicas y digitales y las competencias
transversales, para sentar las bases de la adaptabilidad y la resiliencia a
lo largo de la vida, y garantizar al mismo tiempo que los docentes están
preparados para estimular dichas competencias en los alumnos. Los
Estados miembros deben ayudar a los adultos en edad de trabajar a acceder a
la formación y aumentar los incentivos y la motivación de las personas para
buscar formación, también, cuando proceda, mediante derechos de formación
individuales, tales como las cuentas de aprendizaje individuales, y
garantizar la transferibilidad durante las transiciones profesionales, así
como mediante un sistema fiable de evaluación de la calidad de la formación.
Los Estados miembros deben estudiar el uso de las microcredenciales para
apoyar el aprendizaje permanente y la empleabilidad. Deben propiciar en
todas las personas la capacidad de anticipar las necesidades del mercado de
trabajo y adaptarse mejor a ellas, en particular a través del
perfeccionamiento y el reciclaje profesional continuos y la prestación de
servicios integrados de orientación y asesoramiento, a fin de apoyar unas
transiciones justas y equitativas para todos, reforzar los resultados
sociales, abordar la escasez de mano de obra y el desajuste en materia de
capacidades, mejorar la resiliencia general de la economía frente a las
perturbaciones y facilitar los posibles ajustes necesarios. Los Estados miembros deben fomentar
la igualdad de oportunidades para todos, abordando las desigualdades en los
sistemas de educación y formación. En particular, se debe ofrecer a los
menores acceso a una educación infantil y una atención a la infancia
asequible y de buena calidad, en consonancia con la Garantía Infantil
Europea. Los Estados miembros deben aumentar los niveles de cualificación
generales, reducir el número de abandonos en la educación y la formación,
apoyar el acceso a la educación de los menores pertenecientes a grupos
desfavorecidos y procedentes de zonas alejadas, hacer más atractivas la
educación y formación profesionales (EFP), apoyar el acceso a la educación
superior, así como su conclusión, facilitar la transición de los jóvenes
de la educación al empleo mediante períodos de prácticas y de aprendizaje
profesional e incrementar la participación de los adultos en el aprendizaje
permanente, en particular entre alumnos procedentes de entornos desfavorecidos
y entre los menos cualificados. Teniendo en cuenta los nuevos requisitos
que plantean las sociedades digitales, ecológicas y en proceso de
envejecimiento, los Estados miembros deben dar mayor énfasis en sus sistemas
de EFP al aprendizaje basado en el trabajo, por ejemplo, mediante una
formación de aprendices eficaz y de calidad, e incrementar el número de
titulados en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM), tanto en
la EFP como en la enseñanza superior, sobre todo entre las mujeres. Además,
los Estados miembros deben incrementar la pertinencia de la enseñanza
superior y, cuando corresponda, de la investigación para el mercado de
trabajo; mejorar el seguimiento y las previsiones respecto de las
capacidades; aumentar la visibilidad de las capacidades y la comparabilidad
de las cualificaciones, incluidas las adquiridas en el extranjero; y aumentar
las oportunidades de reconocimiento y la validación de las capacidades y
competencias adquiridas fuera de la educación y la formación formales, también
para los refugiados y las personas acogidas a un estatuto de protección
temporal. Asimismo, deben actualizar e incrementar el suministro y
aprovechamiento de una EFP continua y flexible. Los Estados miembros también
deben ayudar a los adultos poco cualificados a mantener o desarrollar su
empleabilidad a largo plazo, impulsando el acceso a oportunidades de
aprendizaje de calidad, así como el aprovechamiento de este, mediante la
aplicación de la Recomendación del Consejo de 19 de diciembre de 2016
sobre los itinerarios de mejora de las capacidades, incluida una evaluación
de las capacidades, una oferta de educación y formación que responda a las
necesidades del mercado y la validación y el reconocimiento de las
capacidades adquiridas. Los Estados miembros deben
proporcionar a los desempleados y a las personas inactivas una asistencia
eficaz, oportuna, coordinada e individualizada basada en el apoyo en la
búsqueda de empleo, la formación, el reciclaje y el acceso a otros servicios
de capacitación, prestando especial atención a los grupos y personas
vulnerables afectados en particular por las transiciones ecológica y digital o
por perturbaciones del mercado laboral. Deben perseguirse cuanto antes
unas estrategias globales que incluyan evaluaciones individuales detalladas
de los desempleados, a más tardar a los dieciocho meses de estar en situación
de desempleo, con vistas a prevenir y reducir significativamente el desempleo
estructural y de larga duración. El desempleo juvenil y la cuestión de los
jóvenes que ni trabajan, ni estudian, ni se forman (ninis) se deben seguir
abordando a través de la prevención del abandono prematuro de la educación y
la formación y una mejora estructural en la transición de la enseñanza al
trabajo, entre otras cosas mediante la plena ejecución de la Garantía
Juvenil reforzada, que también debe promover las oportunidades de empleo
juvenil de calidad en el contexto de la recuperación tras la pandemia.
Además, los Estados miembros deben redoblar sus esfuerzos, especialmente a la
hora de resaltar la manera en que las transiciones ecológica y digital
ofrecen una perspectiva renovada para el futuro, así como oportunidades para
contrarrestar las repercusiones negativas de la pandemia sobre la juventud. Los Estados miembros deben procurar
eliminar los obstáculos y elementos disuasorios, e incentivar la
participación en el mercado de trabajo, en particular para las personas con
rentas bajas, las que aportan la segunda fuente de ingresos en un hogar (con frecuencia,
mujeres) y las que están más alejadas del mercado laboral, también las
personas de origen inmigrante y la población gitana marginada. En vista de la
elevada escasez de mano de obra en determinadas profesiones y sectores, los
Estados miembros deben contribuir al fomento de la oferta de mano de obra, en
particular promoviendo salarios adecuados y condiciones de trabajo dignas,
así como políticas activas del mercado de trabajo eficaces, respetando el
papel de los interlocutores sociales. Los Estados miembros también deben
apoyar la adaptación del entorno de trabajo de las personas con discapacidad,
entre otros, con un apoyo financiero específico y servicios que les permitan
participar en el mercado de trabajo y en la sociedad. Es preciso abordar la brecha
salarial y de empleo entre hombres y mujeres, así como los estereotipos de
género. Los Estados miembros deben velar por la igualdad entre hombres y
mujeres y por una mayor participación femenina en el mercado laboral, entre
otras cosas garantizando la igualdad de oportunidades y de progresión de la
carrera y eliminando trabas al acceso a los puestos de liderazgo en todos los
niveles de la toma de decisiones, así como combatiendo la violencia y el
acoso laboral, problema que afecta principalmente a las mujeres. Debe
garantizarse la igualdad de retribución por un trabajo igual o de igual
valor, así como la transparencia salarial. Debe fomentarse la conciliación de
la vida laboral, familiar y privada tanto para mujeres como para hombres,
especialmente mediante el acceso a unos cuidados de larga duración y a unos
servicios de educación y atención infantil asequibles y de calidad. Los
Estados miembros deben garantizar que los progenitores y otras personas con
responsabilidades familiares tengan acceso a unos permisos por motivos
familiares y unas fórmulas de trabajo flexible adecuados, a fin de crear un
equilibrio entre la vida laboral, familiar y privada, y fomentar un uso
equilibrado de tales derechos entre los progenitores. Orientación nº 7: Mejorar el buen
funcionamiento de los mercados laborales y la eficacia del diálogo social Con objeto de sacar el máximo
partido de una mano de obra dinámica y productiva, así como de las nuevas
formas de trabajo y los nuevos modelos empresariales, los Estados miembros
deben trabajar junto con los interlocutores sociales por unas condiciones de
trabajo justas, transparentes y predecibles, conciliando derechos y
obligaciones. Deben reducir y prevenir la segmentación de los mercados
laborales, luchar contra el trabajo no declarado y los falsos autónomos y
fomentar la transición hacia formas de empleo por tiempo indefinido. Las
normas sobre la protección del empleo, la legislación laboral y las
instituciones deben todas ellas establecer un entorno que favorezca la
contratación y la flexibilidad necesaria para que los empleadores se adapten
rápidamente a los cambios en el contexto económico, a la vez que se protegen
los derechos laborales y se garantiza la protección social, un nivel adecuado
de seguridad y unos entornos laborales bien adaptados, seguros y saludables
para todos los trabajadores. La promoción del uso de fórmulas de trabajo
flexibles, tales como el teletrabajo, puede contribuir a que los niveles
de empleo sean más elevados y a que los mercados de trabajo sean más
inclusivos en el contexto del entorno posterior a la pandemia. Al
mismo tiempo, es importante garantizar el respeto de los derechos de los
trabajadores en relación con el tiempo de trabajo, las condiciones laborales,
la salud mental en el trabajo y el equilibrio entre la vida profesional y la
vida privada. Deben evitarse las relaciones laborales que den lugar a
unas condiciones de trabajo precarias, también en el caso de los trabajadores
de plataformas —especialmente aquellos con una baja cualificación—,
mediante la lucha contra la utilización abusiva de contratos atípicos. Debe
garantizarse el acceso a una resolución de litigios efectiva e imparcial, y,
en caso de despido injustificado, el derecho a reparación, incluida una
indemnización adecuada cuando proceda. Las políticas deben ir destinadas a
mejorar y apoyar la participación, los ajustes y las transiciones en el
mercado de trabajo, también en las regiones desfavorecidas. Los Estados
miembros deben incitar de forma efectiva a participar en el mercado laboral a
las personas que puedan hacerlo, especialmente a los grupos vulnerables,
como son los trabajadores poco cualificados, las personas con discapacidades,
las personas de origen inmigrante —incluidas las personas con un estatuto de
protección temporal—, y la población gitana marginada. También deben
reforzar el alcance y la eficacia de las políticas activas del mercado de
trabajo ampliando su orientación, ámbito de aplicación y cobertura, y
mejorando su interacción con los servicios sociales, la formación y
las ayudas económicas a los desempleados mientras buscan trabajo y sobre la
base de sus derechos y responsabilidades. Los Estados miembros deben mejorar
la capacidad de los servicios públicos de empleo, a fin de proporcionar
asistencia personalizada y oportuna a los demandantes de empleo, cubrir las
necesidades presentes y futuras del mercado laboral y llevar a cabo una
gestión basada en el rendimiento, facilitada también por la digitalización. Los Estados miembros deben facilitar
a los desempleados unas prestaciones de desempleo adecuadas y de duración
razonable, en consonancia con sus propias contribuciones y con los criterios
de concesión nacionales. Las prestaciones por desempleo no deben desincentivar
un retorno rápido al trabajo y deben ir acompañadas de políticas activas del
mercado de trabajo. Se debe apoyar adecuadamente la
movilidad de los educandos y los trabajadores, a fin de mejorar sus
capacidades y su empleabilidad y aprovechar todo el potencial del mercado de
trabajo europeo, a la vez que se garantizan unas condiciones justas para todos
aquellos que lleven a cabo una actividad transfronteriza y se refuerza la
cooperación administrativa entre las administraciones nacionales respecto de
los trabajadores móviles, aprovechando la asistencia de la Autoridad Laboral
Europea. Debe apoyarse la movilidad de los trabajadores que desempeñan
funciones esenciales y de los trabajadores transfronterizos, temporeros y
desplazados en caso de cierres temporales de las fronteras a causa de
consideraciones de salud pública. Los Estados miembros también deben
esforzarse a la hora de crear las condiciones adecuadas para las nuevas
formas de trabajo, aprovechando su potencial de creación de empleo, al tiempo
que garantizan el cumplimiento de los derechos sociales existentes. Deben,
por tanto, proporcionar asesoramiento y orientación sobre los derechos y
obligaciones aplicables en el contexto de los contratos atípicos y las nuevas
formas de trabajo, tales como el trabajo en plataformas digitales. En este
sentido, los interlocutores sociales pueden desempeñar un papel fundamental,
y los Estados miembros deben ayudarlos a llegar a las personas con trabajos
atípicos o en plataformas digitales y representarlas. Asimismo, los Estados
miembros deben considerar la posibilidad de prestar apoyo para el
cumplimiento de la normativa, por ejemplo, mediante directrices o formación
específica para los organismos de inspección, en relación con los retos
derivados de las nuevas formas de organizar el trabajo, tales como la gestión
algorítmica, la vigilancia de datos y el teletrabajo permanente o
semipermanente. Basándose en las prácticas
nacionales existentes y con el fin de lograr un diálogo social más eficaz y
mejores resultados socioeconómicos, también en períodos de crisis, como la
guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y el aumento del coste de la vida,
los Estados miembros deben garantizar una participación oportuna y
significativa de los interlocutores sociales en el diseño y la aplicación de
políticas y reformas de empleo, sociales y, en su caso, económicas, también
mediante el apoyo a una mayor capacidad de los interlocutores sociales. Los
Estados miembros deben promover el diálogo social y la negociación colectiva.
Debe animarse a los interlocutores sociales a que negocien y celebren
convenios colectivos en asuntos de su incumbencia, respetando su autonomía y
su derecho a la acción colectiva. Cuando proceda, y basándose en las
prácticas nacionales existentes, los Estados miembros deben tener en cuenta
la experiencia pertinente de las organizaciones de la sociedad civil en
materia social y de empleo. Orientación nº 8: Promover la
igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y
combatir la pobreza Los Estados miembros deben favorecer
unos mercados laborales inclusivos y abiertos a todos, instaurando medidas
eficaces para luchar contra todas las formas de discriminación, y promover la
igualdad de oportunidades para todos, y en particular para los grupos
infrarrepresentados en el mercado laboral, prestando la debida atención a la
dimensión regional y territorial. Deben garantizar la igualdad de trato en
relación con el empleo, la protección social, la asistencia sanitaria, la
atención a la infancia, los cuidados de larga duración, la educación y el
acceso a bienes y servicios, incluida la vivienda, independientemente del
género, el origen étnico o racial, la religión o las convicciones, la
discapacidad, la edad o la orientación sexual. Los Estados miembros deben
modernizar los sistemas de protección social, con el fin de ofrecer
protección social adecuada, eficaz, eficiente y sostenible para todos, a lo
largo de todas las etapas de la vida, fomentando la inclusión y la ascensión
sociales, incentivando la participación en el mercado de trabajo, apoyando la
inversión social, luchando contra la pobreza y la exclusión social y
abordando las desigualdades, entre otras cosas mediante el diseño de sus
sistemas fiscales y de prestaciones y la evaluación del efecto distributivo
de las políticas. Completar planteamientos universales con otros orientados
mejorará la eficacia de los sistemas de protección social. La modernización
de los sistemas de protección social también debe tener como objetivo mejorar
su resiliencia frente a desafíos polifacéticos. Debe prestarse especial
atención a los hogares más vulnerables afectados por las transiciones
ecológica y digital y por el aumento del coste de la energía. Los Estados miembros deben
desarrollar e integrar los tres aspectos de la inclusión activa: un apoyo a
la renta adecuado, unos mercados de trabajo inclusivos y el acceso a servicios
de capacitación de calidad, para responder a necesidades individuales. Los
sistemas de protección social deben garantizar unas prestaciones de renta
mínima adecuadas para toda persona que carezca de recursos suficientes y
promover la inclusión social apoyando y alentando a las personas a participar
activamente en el mercado laboral y en la sociedad, entre otras cosas
mediante la prestación de servicios sociales específicos. La existencia de unos servicios
asequibles, accesibles y de calidad, tales como la atención y educación
infantiles, la asistencia extraescolar, la educación, la formación, la
vivienda, y los servicios sanitarios y los cuidados de larga duración, es una
condición necesaria para garantizar la igualdad de oportunidades. Debe
prestarse una atención particular a la lucha contra la pobreza y la exclusión
social, incluida la pobreza de las personas con empleo, en consonancia con el
objetivo principal de la Unión para 2030 en materia de reducción de la
pobreza. La pobreza y la exclusión infantiles deben abordarse
especialmente con medidas exhaustivas e integradas, también mediante la plena
aplicación de la Garantía Infantil Europea. Los Estados miembros deben
garantizar que todos, incluidos los niños, tengan acceso a servicios básicos
de buena calidad. Para aquellos que se encuentren en situación vulnerable o
de necesidad, los Estados miembros deben garantizar el acceso a una vivienda
social adecuada o las ayudas a la vivienda pertinentes. Deben asegurar que
la transición energética sea limpia y equitativa, así como abordar la pobreza
energética como una forma importante de pobreza a causa del aumento de los
precios de la energía —debido, en parte, a la guerra de agresión de Rusia
contra Ucrania—, por ejemplo con medidas específicas de ayuda temporal a la
renta o la adaptación de las medidas de ayuda existentes, cuando sea
necesario. También deben aplicarse políticas inclusivas de renovación de
viviendas. En relación con esos servicios, deben tenerse en cuenta las
necesidades específicas de las personas con discapacidad, incluida la
accesibilidad. Es preciso abordar de manera específica el problema de las
personas sin hogar. Los Estados miembros deben garantizar un acceso oportuno
a una asistencia sanitaria asequible, preventiva y curativa y a unos cuidados
de larga duración de calidad, preservando al mismo tiempo la sostenibilidad a
largo plazo. En consonancia con la activación de
la Directiva 2001/55/CE del Consejo (1), los Estados miembros deben ofrecer
un nivel adecuado de protección a las personas desplazadas procedentes de
Ucrania. En el caso de los menores no acompañados, los Estados miembros deben
aplicar las medidas necesarias. Se debe asegurar el acceso de los menores a
una educación infantil y una atención a la infancia, así como a servicios
esenciales, de conformidad con la Garantía Infantil Europea. En un contexto de creciente
longevidad y cambio demográfico, los Estados miembros deben velar por que los
regímenes de pensiones de los trabajadores por cuenta propia y por cuenta
ajena sean adecuados y sostenibles y ofrezcan igualdad de oportunidades para
mujeres y hombres en la adquisición y consolidación de los derechos de
pensión, también mediante regímenes complementarios para garantizar unos
ingresos adecuados en la vejez. Las reformas de las pensiones deben apoyarse
en políticas destinadas a reducir la brecha de género en las pensiones y en
medidas que amplíen la vida laboral, tales como el aumento de la edad
efectiva de jubilación —en particular facilitando la participación de las
personas mayores en el mercado laboral—, y han de enmarcarse en
estrategias de envejecimiento activo. Los Estados miembros deben establecer
un diálogo constructivo con los interlocutores sociales y otras partes
interesadas pertinentes y permitir una introducción progresiva de las
reformas. |
3. Durante la presidencia española de la UE tendrá
lugar una importante conferencia de alto nivel, los días 19 y 20 de octubre en
Barcelona, dedicada a “Las políticas activas de empleo. Pilar del año europeo
de competencias”
En la “nota de concepto” preparada para la Conferencia,
se expone que “las políticas activas de empleo se consideran las herramientas
fundamentales para lograr los objetivos del Año Europeo de las Competencias y del Pilar Europeo de Derechos
Sociales. Por ello, estas políticas activas de empleo, constituyen el vínculo
que vertebra la Conferencia, siendo el Pilar sobre el cual pivotará todo el
evento”, y, sigue afirmándose, “Es importante reforzar los instrumentos de
detección de necesidades de empleo y conocer mejor qué competencias y qué
formación se requieren, contribuyendo a cerrar los desajustes entre la oferta y
la demanda de empleo. Además, hay que tener en cuenta las necesidades
específicas de los colectivos vulnerables, del envejecimiento de la población,
para no dejar a nadie atrás. Tampoco deben olvidarse, las necesidades de
adaptar las competencias y la formación a los nuevos requerimientos que surgen
de la economía verde y digital, sin olvidar la necesaria adaptación a las
especificidades del territorio en el que se aplican”.
Sobre el pilar europeo de derecho sociales, remito a “Estudiodel Pilar Europeo de Derechos Sociales, desde su origen (2015) a la efectivaaplicación de sus Principios (2023). Contenido y desarrollo. (Recopilación)”
En cuanto al año europeo de las competencias, más concretamente el período
comprendido entre el 9 de mayo de 2023 y el 8 de mayo de 2024 (Decisión (UE)2023/936 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 relativa al
Año Europeo de las Competencias ) el art. 2 de la citada norma recoge los objetivos generales a desarrollar y
las acciones concretas que hay que poner en práctica. Respecto a los primeros,
se expone que “En consonancia con los principios n.o 1, 4 y 5 del pilar europeo
de derechos sociales, que contribuyen a los objetivos establecidos en la Agenda
de Capacidades Europea y a los objetivos principales de la Unión establecidos
en el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales, el objetivo
general del Año Europeo de las Competencias será fomentar una mentalidad más
centrada en el reciclaje y el perfeccionamiento profesionales de conformidad
con las competencias, el Derecho y las prácticas nacionales. Al fomentar una
mentalidad más centrada en el reciclaje y el perfeccionamiento profesionales,
el Año Europeo de las Competencias tendrá por objeto impulsar la competitividad
de las empresas de la Unión, en particular de las pequeñas y medianas empresas
(pymes), y contribuir a la creación de empleo de calidad, con miras a
aprovechar todo el potencial de la doble transición ecológica y digital de
manera socialmente justa, inclusiva y equitativa, promoviendo así la igualdad
de acceso al desarrollo de capacidades y reduciendo las desigualdades y la
segregación en la educación y la formación, y contribuyendo al aprendizaje
continuo y la progresión de la carrera, de modo que se capacite a las personas
para acceder a empleos de calidad y participar plenamente en la economía y la
sociedad. Más concretamente, las actividades del Año Europeo de las
Competencias promoverán políticas e inversiones en materia de capacidades para
garantizar que nadie se quede atrás en la doble transición ecológica y digital
y en la recuperación económica y, en particular, para resolver la escasez de
mano de obra subsanando las lagunas y la inadecuación de las capacidades con el
objetivo de lograr una mano de obra y una sociedad empoderadas, capaces de
aprovechar las oportunidades de la doble transición ecológica y digital...”.
En fin, cabe añadir que los eurogrupos parlamentarios ya
están preparando sus propuestas en materia social de cada a las próximas elecciones.
El más madrugador ha sido el grupo de la izquierda europea que para el período 2024-2029 propone, entre otras muchas medidas, y muy relacionadas
con las anteriormente expuestas, anticiparse al cambio mediante “formación
continua y desarrollo de las capacidades”, ya que “para dotar a la UE de una
posición central ante la construcción de un escenario económico multilateral,
es esencial dotarla de un alto desarrollo social (en forma de capacidades,
seguridad laboral y salario).
4. Los debates a escala europea son de indudable
interés para España, que además tiene sus propios problemas que debe resolver
en el ámbito educativo. La información sobre nuestro país en el informe anual
de la OCDE “Education at a glance 2023” nos proporciona la debida información al
respecto, de los que me parece relevante destacar tres de ellos:
“- Aunque un título de segunda etapa de secundaria es
con frecuencia la cualificación mínima necesaria para tener éxito en el mercado
laboral, algunas personas de 25 a 34 años todavía abandonan la educación sin
dicha titulación. La media de las personas adultas jóvenes sin una calificación
de segunda etapa de educación secundaria es el 14 % en la OCDE. En España, el
porcentaje es superior a la media de la OCDE (27 %)”.
- De media, en los países de la OCDE, el 14,7 % de las
personas adultas jóvenes de entre 18 y 24 años no cursan estudios, ni trabajan,
ni siguen una formación (NEET), mientras que en España la cifra correspondiente
es del 17,2 %. La reducción de las tasas de población NEET entre las personas
adultas jóvenes es un reto especialmente importante en todos los países, ya que
los que se convierten en población NEET se enfrentan más adelante en la vida a
peores resultados en el mercado laboral que las personas que siguieron
estudiando o formándose a esta edad.
- Dado que la demanda de cualificaciones en el lugar de
trabajo cambia cada vez más rápidamente, la importancia del aprendizaje
permanente sigue creciendo. En España, el porcentaje de personas adultas que
han participado en actividades educativas no formales relacionadas con el
trabajo durante un periodo de referencia de cuatro semanas es del 9 % entre las
personas de 25 a 64 años con estudios profesionales de segunda etapa de
educación secundaria o postsecundarios no terciarios, del 8 % entre las que han
cursado estudios generales de segunda etapa de secundaria y del 17 % entre las
que han cursado estudios terciarios. Este dato se compara con porcentajes
promedio del 7 % (estudios profesionales de segunda etapa de educación
secundaria o postsecundaria no terciaria), 7 % (estudios generales de segunda
etapa de educación secundaria o postsecundaria no terciaria) y 14 % (educación
terciaria) en toda la OCDE”.
5. Una referencia concreta a la importancia en la
ciudad de Barcelona del fenómeno de la población joven, de 16 a 24 años, desempleada
sin estudios postobligatorios se encuentra ampliamente analizada, y con
propuestas concretas para revertir la situación, en el estudio elaborado por la
Fundació BCN Formació Professional para el Consell Econòmic i Social de Barcelona, titulado “Acompanyament en la
definició de l'estrategia entorn a l'FP. Activació de bosses dd’atur jove”, en
el que se recoge el dato de haber 14.877 jóvenes entre dichas edades que se encuentran
en tal situación, que representan un 10,8 % del total de jóvenes de dicha
franja de edad; los datos son más preocupantes para la población extranjera, que
alcanza el 22,3 %, mientras que la de nacionalidad española es del 7,1 %. Siete
de cada diez de estos jóvenes están dispuestos a incorporarse al trabajo, por
lo que 10.285 jóvenes de 16 a 24 años de Barcelona se encuentran en situación
de desempleo, “sin realizar ninguna acción formativa (reglada o no) y en
disposición de trabajar”.
Una de las propuestas que se considera idónea para reducir
el impacto de la población joven que ni trabaja ni estudia es la potenciación
de la formación profesional dual, en cuanto que la combinación de formación y
trabajo permite que la persona joven “reciba un aprendizaje mucho más empírico,
y al mismo tiempo desarrolla y pone en práctica actitudes y habilidades en un
entorno de trabajo real”.
6. Por último, sobre la importancia del cambio
tecnológico, y más exactamente del peso de la economía digital en España,
disponemos de un muy reciente y detallado estudio llevado a cabo por un equipo
investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas de la
Universidad de Valencia, “La economía digital en España. Avance y retos porregiones y sectores” , que incluye un amplio apartado dedicado al impacto de la digitalización en el
trabajo y en el capital que conviene leer con mucha atención, con un dato altamente
significativo: “A diferencia de lo que ha ocurrido en el conjunto de la
economía, en el que la parte de las rentas que remuneran el capital y el
trabajo ha mantenido una proporción relativamente constante entre 2011 y 2021
(del 40 % y el 60 % respectivamente), en los factores digitales no ha sucedido
lo mismo, pues el capital ha concentrado cada vez una mayor proporción del VAB
digital. En el año 2021 llegó al 46,9 % del total de las rentas aso ciadas a la
digitalización, frente al 30,1 % de 2011. Este fenómeno es una cuestión
generalizada en todos los sectores de la economía. En todos ellos, salvo e tres
(la construcción, las actividades inmobiliarias y, sobre todo, la información y
las comunicaciones), la penetración de la digitalización en el capital es
superior a la del trabajo”.
En fin, sobre el impacto de la inteligencia artificial
en todas las facetas de la vida, y por supuesto en la laboral, es recomendable
la lectura del número monográfico 127/jul.23) de la Revista “BarcelonaMetropolis”, dedicado a “Impactes de la intel·ligència artificial” . En su presentación, la directora Milagros Pérez explica, como antesala de la
lectura de los distintos artículos, a cargo de reconocidas y reconocidos expertos,
que “Com passa amb totes les tecnologies fortament disruptives, el potencial de
la IA és enorme. És present en moltes de les eines que fem servir, des dels navegadors
fins a les aplicacions d’internet; està aportant avenços en sectors com la
medicina, i, també, pot ajudar les ciutats a gestionar processos complexos com
ara la mobilitat o la logística. Però, de la mateixa manera que pot ser molt útil
per processar una gran quantitat de dades i simplificar tasques, també pot servir
per crear sistemes de control i vigilància de la ciutadania. Ens hem de
plantejar, per tant, amb quines regles volem que la IA operi. No pot ser que
una eina tan poderosa estigui, a la pràctica, en mans d’unes poques
corporacions privades que operen sense cap mena de control”
Buena lectura.
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