1. Mañana miércoles,
30 de marzo, participaré en un webinar sobre la reforma laboral y su
repercusión en los colectivos más desfavorecidos, organizado por el Departamento
de Pastoral del Trabajo de la Conferencia Episcopal Española
El interés de la
sesión, o más bien diría la capacidad de convocatoria que tiene la organización
del acto, ha llevado a que ya estén inscritas 225 personas y organizaciones, y
a buen seguro que todas ellas tienen un buen conocimiento, y no sólo teórico
sino también muy práctico, de la realidad, cada vez más diversas y cambiante,
del mundo del trabajo y de las necesidades y problemas en especial de los
grupos o colectivos más vulnerables.
El evento se lleva a cabo, y si es una causalidad por la elección de la fecha, decidida desde hace bastante tiempo, bienvenida sea, el primer día de vigencia de buena parte de la normativa sobre contratación laboral (ya lo estaba gran parte del restante contenido del Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 dediciembre, publicado el día 30 en el BOE), los modificados arts. 11 (contrato formativo), 15 (contratación temporal) y 16 (contratación fija discontinua), que son uno de los cuatro pilares sobre los que se sustenta la reforma. Recordemos que los tres restantes son los siguientes: la apuesta decidida por las medidas de flexibilidad interna (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo y Mecanismo RED); la potenciación de la negociación colectiva y el reequilibrio de las posiciones de organizaciones sindicales y empresariales en el proceso negociador; la modificación normativa en materia de subcontratación en un intento de mejorar las condiciones laborales, principalmente la salariales, de quienes prestan sus servicios, en muchas ocasiones a través de empresas multiservicios, en contratas y subcontratas. De todo ello hablaremos, lógicamente dentro de las limitaciones del tiempo disponible, mañana en el webinar.
2. La organización
del acto me ha hecho llegar, a fin de “animar” o “abrir boca” para la sesión de
mañana, cuatro preguntas y me ha pedido que mis respuestas sirvan justamente
para incitar al debate que tendrá lugar después de mi intervención.
Cumplo ahora con
la petición formulada, y con respuestas que obligatoriamente son de carácter muy
general y sin mayores precisiones jurídicas (remito para ello a anteriores entradas
del blog y en especial a la recopilación de las publicadas sobre el RDL 32/2021,
disponible aquí ),
a fin de abrir camino a dicho coloquio, en el que sin duda habrá preguntas o se
suscitarán cuestiones que demostrarán que la vida laboral real es mucho más
diversa, y complicada, que la regulación normativa
Pregunta
De la anterior
reforma laboral se dijo que daba todo el poder a los empresarios. ¿Ahora lo
tienen los sindicatos o tampoco es para tanto?
Respuesta.
La reforma llevada
a cabo en 2012 por el gobierno del Partido Popular amplió considerablemente el
poder de decisión empresarial, en especial mediante la posibilidad de la modificación
de las condiciones de trabajo y el descuelgue del convenio colectivo aplicable,
además de dar prioridad a los convenios de empresa sobre los de sector en una
cuestión tan relevante como es la cuantía del salario, o la desaparición de la
ultraactividad del convenio, salvo pacto en contrario de las partes, por poner
los ejemplos más significativos.
La reforma laboral de 2021, llevada a cabo por el gobierno de coalición PSOE-UP, es fruto en primer lugar del acuerdo previo entre los agentes sociales, algo que no ocurrió en 2012 donde la decisión fue unilateral del gobierno. Introduce un requilibrio en las relaciones de trabajo en el ámbito de la negociación colectiva, al recuperar la ultraactividad de los convenios y suprimir la posible reducción salarial por aplicación prioritaria del convenio de empresa, además de dar un amplio espacio a la negociación colectiva para desarrollar las reformas operadas por el Real Decreto-Ley 32/2021. No da el poder a los sindicatos, sino que contribuye a un reequilibrio en las relaciones de trabajo, si bien ciertamente queda ahora por saber como se desarrollarán las negociaciones en el próximo futuro.
Pregunta.
¿Esta vez sí se
atajará la temporalidad o va a depender de otros aspectos más allá de la
voluntad del legislador?
Respuesta.
Una cuestión
previa; la norma puede contribuir y mucho, a la consecución de un objetivo, en
este caso la reducción de la temporalidad, pero además se requiere que las
partes de las relaciones de trabajo, es decir tanto el sujeto empleador como la
persona trabajadora en la relación individual como las organizaciones empresariales
y sindicales en las relaciones colectivas asuman su contenido y apuesten
claramente por su aplicación. Además, ciertamente, la adopción de medidas
sancionadoras realmente disuasorias si se produce su incumplimiento también
puede contribuir mucho a obtener resultados positivos.
Dicho esto, se trata
de una norma que, por primera vez desde hace muchos años, pone el acento en la potenciación
de la contratación indefinida y limita las posibilidades de contratación
temporal, con la importante supresión del contrato de obra o servicio que no olvidemos
que era la modalidad utilizada en más de un tercio de los contratos celebrados
en España en los últimos años. La apuesta además por la contratación fija
discontinua para sustituir a tales contratos en caso de contratas y subcontratas
también va en la misma línea. Con todo, será prudente esperar un tiempo para
ver cuáles son los resultados obtenidos, si bien parece que la asunción del
cambio está ya cuajando en el mundo laboral y en todos aquellos sujetos que
operan en el ámbito de las relaciones de trabajo.
Pregunta.
¿Por cierto,
cuanto “pesa” ahora, incluida la última reforma, el Estatuto de los
trabajadores? ¿Es como para desanimar a cualquier aspirante a abogado laboralista?
Respuesta.
Afortunadamente, y
permitidme una broma, la normativa laboral no “pesa” nada porque la tecnología
nos permite tener acceso a la misma sin necesidad de acudir a los clásicos textos
escritos en los que se recogía, corrijo ya que aún se recoge, su contenido.
Cuestión distinta,
y vamos ya en serio, es que más que pesar mucho o poco, aquello que se requiere
por quienes prestan servicios en el mundo laboralista, ya sea como desde el
mundo del derecho de quienes
son graduados sociales, o como dirigentes sindicales o empresariales, o
como representantes unitarios y sindicales del personal en las empresas y quienes
asumen tareas de dirección de recursos humanos en estas, es un conocimiento
adecuado de su contenido y de todos los cambios que se producen, y desde luego
eso sí requiere mucho tiempo y además un seguimiento de los conflictos que
llegan a los juzgados y tribunales y cómo son resueltos en aplicación de la
normativa que en cada momento sea aplicable.
O sea, que la tecnología
ayuda a “llevar” toda la normativa en un pequeño aparato (móvil, tablet,
ordenador) pero no excluye que sea necesario su conocimiento y cómo debe
aplicarse.
Pregunta
¿Por qué la
Iglesia se interesa por algo tan mundano como una reforma laboral?
Respuesta
Buena pregunta. No
me queda otro remedio, y lo hago con mucha satisfacción, que acudir a las
palabras del Papa Francisco.
Ya hace muchos
años, con ocasión de una sesión de trabajo en el Centro de Estudios Cristianismo
y Justicia, al que pertenezco desde 1982, manifestaba que “Sigo con mucho
interés las aportaciones del Papa Francisco sobre asuntos económicos y
sociales, y me ha impresionado gratamente su valoración positiva del derecho al
trabajo, en sintonía con la doctrina social de la Iglesia. Creo que el primer
reto a superar es tomar conciencia de la importancia del derecho al trabajo
como un derecho de ciudadanía, y a continuación adoptar las medidas necesarias,
tal como propugna la Organización Internacional del Trabajo, para que sea un
trabajo decente, con derechos que permitan tener una vida laboral digna para
toda persona trabajadora”.
Más adelante,
presté atención a su aportación en la encíclica Laudatio SI , destacando el
concepto amplio de trabajo que utilizaba, coherente a mi parecer con las nuevas
realidades del mundo laboral, planteándose la “correcta concepción del trabajo”
y manifestando que no debemos hablar sólo del trabajo manual o del trabajo con
la tierra, “sino de cualquier actividad que implique alguna transformación de
lo existente, desde la elaboración de un informe social hasta el diseño de un
desarrollo tecnológico”, concluyendo que “cualquier forma de trabajo tiene detrás una idea sobre la
relación que el ser humano puede o debe establecer con lo otro de sí”, y
afirmando más adelante que “la diversificación productiva da amplísimas
posibilidades a la inteligencia humana para crear e innovar, a la vez que
protege el ambiente y crea más fuentes
de trabajo”.
Añadía entonces
por mi parte, que “.. y ahora, parémonos a pensar en los debates actuales sobre
las relaciones de trabajo y la necesidad de poder manifestar en ellas todos los
valores que tiene una persona, en muchas ocasiones tapados, oscurecidos o
simplemente inexistentes por el ejercicio desmesurado, y poco productivo, del
poder de dirección empresarial; porque, si no supiéramos quien realiza las
manifestaciones que recojo a continuación, bien pudiéramos pensar que
estábamos, al menos en parte, ante palabras de un director inteligente y
responsable de recursos humanos: “El trabajo debería ser el ámbito de este
múltiple desarrollo personal, donde se ponen en juego muchas dimensiones de la
vida: la creatividad, la proyección del futuro, el desarrollo de capacidades,
el ejercicio de los valores, la comunicación con los demás, una actitud de
adoración. Por eso, en la actual realidad social mundial, más allá de los
intereses limitados de las empresas y de una cuestionable racionalidad
económica, es necesario que «se siga buscando como prioridad el objetivo del
acceso al trabajo por parte de todos”.
Poco tiempo después,
y ya impactados por la crisis sanitaria, con sus devastadoras consecuencias
económicas y sociales, de la COvid-19, en una reunión sobre el mundo del
trabajo celebrada por la OIT en junio de
2021, el Papa, en el mensaje enviado a la reunión, afirmaba con claridad
que “Mirando al futuro, es fundamental que la Iglesia, y por tanto la acción de
la Santa Sede con la Organización Internacional del Trabajo, apoye medidas que
corrijan situaciones injustas o incorrectas que afectan a las relaciones
laborales, haciéndolas completamente subyugadas a la idea de “exclusión”, o
violando los derechos fundamentales de los trabajadores”.
Es decir, algo tan
“mundano” como es la reforma laboral debe interesar, y mucho, a la Iglesia, ya
que afecta a la vida de millones de personas, y con especial afectación a
quienes tienen mayor necesidad de protección, si queremos seguir siendo fieles
a la doctrina social.
Hace pocos días,
en un artículo sobre los 40 años de Cristianismo y Justicia, manifestaba que “recordar
la historia es siempre un ejercicio necesario, pero no para hacer un ejercicio
de nostalgia sino para aprender de aquello que se hizo bien y por supuesto
también de los errores que se cometieron, al mismo tiempo que nos sirve para
seguir mirando hacia el futuro”, y que si para muestra vale un botón de la
actividad de CiJ, “el primer Cuaderno, que tuve la inmensa suerte de redactar a
partir de una petición de mi maestro Joan N. García-Nieto, se publicó en mayo
de 1982 y lo dediqué a los retos del sindicalismo en la década de los ochenta,
planteando, desde mis claras convicciones, y también hay que reconocerlo con
una exagerada seguridad fruto de una edad que no llegaba a la treintena, de por
dónde debía ir la actuación de aquellas organizaciones que representan al mundo
del trabajo para la mejor defensa de los intereses de las personas
trabajadoras. Unas propuestas, que se acompañaban de la importancia que debía
darse, y que no ha decaído en absoluto cuarenta años después como lo demuestran
las aportaciones del Papa Francisco, a las reflexiones hechas desde la doctrina
social de la Iglesia”. Y concluía de esta forma: “CiJ ha visto pasar, desde su
creación, muchos cambios en la vida económica y social, muchos cambios en el
mundo del trabajo, muchas reformas de la normativa laboral, y va a seguir muy atento al análisis y reflexión de
cómo abordar las nuevas realidades y de cómo buscar alternativas y efectuar
propuestas dirigidas a mejorar la situación de una parte nada menospreciable de
la población que corre el riesgo de quedar “excluida” si no se adoptan las
medidas políticas, económicas y sociales necesarias para evitación”.
Si cambiamos “CiJ”
por cualquier otra organización o colectivo presente en el mundo eclesial y que
apuesta por la plena aplicación de la doctrina social de la Iglesia sobre el
mundo del trabajo y lucha por evitar “la cultura del descarte” o “la
globalización de la indiferencia”, estoy seguro de que todas ellas, y sus integrantes,
se sentirán plenamente interpelados sobre la importancia de dedicarle la debida
atención no solo a esta reforma sino a cualesquiera cambios en las normas
laborales, tanto las legales como las que son resultado de las negociaciones
colectivas”.
Espero haber aminado
al debate. Lo comprobaremos mañana. Mientras tanto, buena lectura.
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