martes, 29 de marzo de 2022

Algunas preguntas y algunas respuestas sobre la reforma laboral, y una nota sobre el interés del mundo eclesial por la misma.

 

1. Mañana miércoles, 30 de marzo, participaré en un webinar sobre la reforma laboral y su repercusión en los colectivos más desfavorecidos, organizado por el Departamento de Pastoral del Trabajo de la Conferencia Episcopal Española  

El interés de la sesión, o más bien diría la capacidad de convocatoria que tiene la organización del acto, ha llevado a que ya estén inscritas 225 personas y organizaciones, y a buen seguro que todas ellas tienen un buen conocimiento, y no sólo teórico sino también muy práctico, de la realidad, cada vez más diversas y cambiante, del mundo del trabajo y de las necesidades y problemas en especial de los grupos o colectivos más vulnerables.

El evento se lleva a cabo, y si es una causalidad por la elección de la fecha, decidida desde hace bastante tiempo, bienvenida sea, el primer día de vigencia de buena parte de la normativa sobre contratación laboral (ya lo estaba gran parte del restante contenido del Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 dediciembre, publicado el día 30 en el BOE), los modificados arts. 11 (contrato formativo), 15 (contratación temporal) y 16 (contratación fija discontinua), que son uno de los cuatro pilares sobre los que se sustenta la reforma. Recordemos que los tres restantes son los siguientes: la apuesta decidida por las medidas de flexibilidad interna (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo y Mecanismo RED); la potenciación de la negociación colectiva y el reequilibrio de las posiciones de organizaciones sindicales y empresariales en el proceso negociador; la modificación normativa en materia de subcontratación en un intento de mejorar las condiciones laborales, principalmente la salariales, de quienes prestan sus servicios, en muchas ocasiones a través de empresas multiservicios, en contratas y subcontratas. De todo ello hablaremos, lógicamente dentro de las limitaciones del tiempo disponible, mañana en el webinar.

2. La organización del acto me ha hecho llegar, a fin de “animar” o “abrir boca” para la sesión de mañana, cuatro preguntas y me ha pedido que mis respuestas sirvan justamente para incitar al debate que tendrá lugar después de mi intervención.

Cumplo ahora con la petición formulada, y con respuestas que obligatoriamente son de carácter muy general y sin mayores precisiones jurídicas (remito para ello a anteriores entradas del blog y en especial a la recopilación de las publicadas sobre el RDL 32/2021, disponible aquí ), a fin de abrir camino a dicho coloquio, en el que sin duda habrá preguntas o se suscitarán cuestiones que demostrarán que la vida laboral real es mucho más diversa, y complicada, que la regulación normativa

Pregunta

De la anterior reforma laboral se dijo que daba todo el poder a los empresarios. ¿Ahora lo tienen los sindicatos o tampoco es para tanto?

Respuesta.

La reforma llevada a cabo en 2012 por el gobierno del Partido Popular amplió considerablemente el poder de decisión empresarial, en especial mediante la posibilidad de la modificación de las condiciones de trabajo y el descuelgue del convenio colectivo aplicable, además de dar prioridad a los convenios de empresa sobre los de sector en una cuestión tan relevante como es la cuantía del salario, o la desaparición de la ultraactividad del convenio, salvo pacto en contrario de las partes, por poner los ejemplos más significativos.

La reforma laboral de 2021, llevada a cabo por el gobierno de coalición PSOE-UP, es fruto en primer lugar del acuerdo previo entre los agentes sociales, algo que no ocurrió en 2012 donde la decisión fue unilateral del gobierno. Introduce un requilibrio en las relaciones de trabajo en el ámbito de la negociación colectiva, al recuperar la ultraactividad de los convenios y suprimir la posible reducción salarial por aplicación prioritaria del convenio de empresa, además de dar un amplio espacio a la negociación colectiva para desarrollar las reformas operadas por el Real Decreto-Ley 32/2021. No da el poder a los sindicatos, sino que contribuye a un reequilibrio en las relaciones de trabajo, si bien ciertamente queda ahora por saber como se desarrollarán las negociaciones en el próximo futuro.

Pregunta.

¿Esta vez sí se atajará la temporalidad o va a depender de otros aspectos más allá de la voluntad del legislador?

Respuesta.

Una cuestión previa; la norma puede contribuir y mucho, a la consecución de un objetivo, en este caso la reducción de la temporalidad, pero además se requiere que las partes de las relaciones de trabajo, es decir tanto el sujeto empleador como la persona trabajadora en la relación individual como las organizaciones empresariales y sindicales en las relaciones colectivas asuman su contenido y apuesten claramente por su aplicación. Además, ciertamente, la adopción de medidas sancionadoras realmente disuasorias si se produce su incumplimiento también puede contribuir mucho a obtener resultados positivos.

Dicho esto, se trata de una norma que, por primera vez desde hace muchos años, pone el acento en la potenciación de la contratación indefinida y limita las posibilidades de contratación temporal, con la importante supresión del contrato de obra o servicio que no olvidemos que era la modalidad utilizada en más de un tercio de los contratos celebrados en España en los últimos años. La apuesta además por la contratación fija discontinua para sustituir a tales contratos en caso de contratas y subcontratas también va en la misma línea. Con todo, será prudente esperar un tiempo para ver cuáles son los resultados obtenidos, si bien parece que la asunción del cambio está ya cuajando en el mundo laboral y en todos aquellos sujetos que operan en el ámbito de las relaciones de trabajo.  

Pregunta.

¿Por cierto, cuanto “pesa” ahora, incluida la última reforma, el Estatuto de los trabajadores? ¿Es como para desanimar a cualquier aspirante a abogado laboralista?

Respuesta.

Afortunadamente, y permitidme una broma, la normativa laboral no “pesa” nada porque la tecnología nos permite tener acceso a la misma sin necesidad de acudir a los clásicos textos escritos en los que se recogía, corrijo ya que aún se recoge, su contenido.

Cuestión distinta, y vamos ya en serio, es que más que pesar mucho o poco, aquello que se requiere por quienes prestan servicios en el mundo laboralista, ya sea como desde el mundo del  derecho  de quienes  son graduados sociales, o como dirigentes sindicales o empresariales, o como representantes unitarios y sindicales del personal en las empresas y quienes asumen tareas de dirección de recursos humanos en estas, es un conocimiento adecuado de su contenido y de todos los cambios que se producen, y desde luego eso sí requiere mucho tiempo y además un seguimiento de los conflictos que llegan a los juzgados y tribunales y cómo son resueltos en aplicación de la normativa que en cada momento sea aplicable.

O sea, que la tecnología ayuda a “llevar” toda la normativa en un pequeño aparato (móvil, tablet, ordenador) pero no excluye que sea necesario su conocimiento y cómo debe aplicarse.

Pregunta

¿Por qué la Iglesia se interesa por algo tan mundano como una reforma laboral?

Respuesta

Buena pregunta. No me queda otro remedio, y lo hago con mucha satisfacción, que acudir a las palabras del Papa Francisco.

Ya hace muchos años, con ocasión de una sesión de trabajo en el Centro de Estudios Cristianismo y Justicia, al que pertenezco desde 1982, manifestaba que “Sigo con mucho interés las aportaciones del Papa Francisco sobre asuntos económicos y sociales, y me ha impresionado gratamente su valoración positiva del derecho al trabajo, en sintonía con la doctrina social de la Iglesia. Creo que el primer reto a superar es tomar conciencia de la importancia del derecho al trabajo como un derecho de ciudadanía, y a continuación adoptar las medidas necesarias, tal como propugna la Organización Internacional del Trabajo, para que sea un trabajo decente, con derechos que permitan tener una vida laboral digna para toda persona trabajadora”.

Más adelante, presté atención a su aportación en la encíclica Laudatio SI , destacando el concepto amplio de trabajo que utilizaba, coherente a mi parecer con las nuevas realidades del mundo laboral, planteándose la “correcta concepción del trabajo” y manifestando que no debemos hablar sólo del trabajo manual o del trabajo con la tierra, “sino de cualquier actividad que implique alguna transformación de lo existente, desde la elaboración de un informe social hasta el diseño de un desarrollo tecnológico”, concluyendo que “cualquier forma de  trabajo tiene detrás una idea sobre la relación que el ser humano puede o debe establecer con lo otro de sí”, y afirmando más adelante que “la diversificación productiva da amplísimas posibilidades a la inteligencia humana para crear e innovar, a la vez que protege el ambiente  y crea más fuentes de trabajo”.

Añadía entonces por mi parte, que “.. y ahora, parémonos a pensar en los debates actuales sobre las relaciones de trabajo y la necesidad de poder manifestar en ellas todos los valores que tiene una persona, en muchas ocasiones tapados, oscurecidos o simplemente inexistentes por el ejercicio desmesurado, y poco productivo, del poder de dirección empresarial; porque, si no supiéramos quien realiza las manifestaciones que recojo a continuación, bien pudiéramos pensar que estábamos, al menos en parte, ante palabras de un director inteligente y responsable de recursos humanos: “El trabajo debería ser el ámbito de este múltiple desarrollo personal, donde se ponen en juego muchas dimensiones de la vida: la creatividad, la proyección del futuro, el desarrollo de capacidades, el ejercicio de los valores, la comunicación con los demás, una actitud de adoración. Por eso, en la actual realidad social mundial, más allá de los intereses limitados de las empresas y de una cuestionable racionalidad económica, es necesario que «se siga buscando como prioridad el objetivo del acceso al trabajo por parte de todos”.

Poco tiempo después, y ya impactados por la crisis sanitaria, con sus devastadoras consecuencias económicas y sociales, de la COvid-19, en una reunión sobre el mundo del trabajo celebrada por la OIT en junio de  2021, el Papa, en el mensaje enviado a la reunión, afirmaba con claridad que “Mirando al futuro, es fundamental que la Iglesia, y por tanto la acción de la Santa Sede con la Organización Internacional del Trabajo, apoye medidas que corrijan situaciones injustas o incorrectas que afectan a las relaciones laborales, haciéndolas completamente subyugadas a la idea de “exclusión”, o violando los derechos fundamentales de los trabajadores”.

Es decir, algo tan “mundano” como es la reforma laboral debe interesar, y mucho, a la Iglesia, ya que afecta a la vida de millones de personas, y con especial afectación a quienes tienen mayor necesidad de protección, si queremos seguir siendo fieles a la doctrina social.  

Hace pocos días, en un artículo sobre los 40 años de Cristianismo y Justicia, manifestaba que “recordar la historia es siempre un ejercicio necesario, pero no para hacer un ejercicio de nostalgia sino para aprender de aquello que se hizo bien y por supuesto también de los errores que se cometieron, al mismo tiempo que nos sirve para seguir mirando hacia el futuro”, y que si para muestra vale un botón de la actividad de CiJ, “el primer Cuaderno, que tuve la inmensa suerte de redactar a partir de una petición de mi maestro Joan N. García-Nieto, se publicó en mayo de 1982 y lo dediqué a los retos del sindicalismo en la década de los ochenta, planteando, desde mis claras convicciones, y también hay que reconocerlo con una exagerada seguridad fruto de una edad que no llegaba a la treintena, de por dónde debía ir la actuación de aquellas organizaciones que representan al mundo del trabajo para la mejor defensa de los intereses de las personas trabajadoras. Unas propuestas, que se acompañaban de la importancia que debía darse, y que no ha decaído en absoluto cuarenta años después como lo demuestran las aportaciones del Papa Francisco, a las reflexiones hechas desde la doctrina social de la Iglesia”. Y concluía de esta forma: “CiJ ha visto pasar, desde su creación, muchos cambios en la vida económica y social, muchos cambios en el mundo del trabajo, muchas reformas de la normativa laboral, y va  a seguir muy atento al análisis y reflexión de cómo abordar las nuevas realidades y de cómo buscar alternativas y efectuar propuestas dirigidas a mejorar la situación de una parte nada menospreciable de la población que corre el riesgo de quedar “excluida” si no se adoptan las medidas políticas, económicas y sociales necesarias para evitación”. 

Si cambiamos “CiJ” por cualquier otra organización o colectivo presente en el mundo eclesial y que apuesta por la plena aplicación de la doctrina social de la Iglesia sobre el mundo del trabajo y lucha por evitar “la cultura del descarte” o “la globalización de la indiferencia”, estoy seguro de que todas ellas, y sus integrantes, se sentirán plenamente interpelados sobre la importancia de dedicarle la debida atención no solo a esta reforma sino a cualesquiera cambios en las normas laborales, tanto las legales como las que son resultado de las negociaciones colectivas”.

Espero haber aminado al debate. Lo comprobaremos mañana. Mientras tanto, buena lectura.

 

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