miércoles, 15 de abril de 2020

COVID-19. Actualización a 14 de abril de normativa, resoluciones judiciales, y aportaciones económicas, jurídicas y sociales.



Actualizo en esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización, y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo con sus contenidos.  

Dado que el número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con regularidad, es necesario remitirse al   Código electrónico “Covid-19 Derecho Europeo, Estatal y Autonómico”  https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=355
que ha publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a medida que se van dictando nuevas normas.


1. OrdenSND/344/2020, de 13 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para el refuerzo del Sistema Nacional de Salud y la contención de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.   BOE, 14.

“…. Por otra parte, con el fin de reforzar el Sistema Nacional de Salud, se pone a disposición de las comunidades autónomas cualquier centro, servicio y establecimiento sanitario de diagnóstico clínico, que a la fecha de entrada en vigor de la orden no esté prestando servicios al Sistema Nacional de Salud. Esta puesta a disposición incluye la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para la regulación de los precios de las pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19, con el objeto de evitar situaciones abusivas en el acceso a este servicio…..

“Primero. Puesta a disposición de las comunidades autónomas de los centros de diagnóstico clínico.

1. Las comunidades autónomas tendrán a su disposición los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada ubicados en su comunidad autónoma que no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de Salud, así como su personal.

2. En todo caso, la realización de pruebas diagnósticas por los citados centros, servicios y establecimientos de diagnóstico clínico para la detección del COVID-19 quedará sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado segundo.

3. La puesta a disposición de medios a que se refiere el apartado 1 incluye la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para la regulación de los precios de las pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19, con el objeto de evitar situaciones abusivas en el acceso a este servicio.



3.  Los profesionales sanitarios no seincorporarán hasta no dar negativo en el PCR El Ministerio de Sanidad actualiza la 'Guía de actuación frente a COVID-19 en los profesionales sanitarios y socio-sanitarios'  14 de abril.


“El Ministerio de Sanidad publicó ayer, 13 de abril de 2020, el cambio de criterio para conceder el alta al personal sanitario y sociosanitario. Tal y como aparece en la actualización de la ‘Guía de actuación frente a COVID-19 en los profesionales sanitarios y socio-sanitarios‘ se rectifica y señala que estos trabajadores tendrán que dar negativo en el PCR para poder volver a trabajar….”

4. Ministerio de Universidades   Universidades y Covid-19.      Abril.



 

“La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy, de forma consensuada con el Ministerio de Justicia, levantar a partir del próximo miércoles 15 de abril las limitaciones establecidas el pasado 18 de marzo a la presentación de escritos por medios telemáticos a través de LexNET o de los sistemas equivalentes habilitados en Aragón, Cantabria, Cataluña, Navarra y el País Vasco….”



“El Juzgado de lo Social número 3 de Ourense ha desestimado la solicitud de CC.OO. para que adoptase la medida cautelar de suspensión del servicio de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Orense. La demandante exigía que se paralizasen las entregas mientras Atendo Calidade, que es la concesionaria, la Administración local, el Ministerio de Sanidad y la Xunta no suministrasen los EPIS establecidos por el Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral (ISSGA) el 31 de marzo.

La magistrada indica en el auto que la concesionaria del servicio cuenta con unas 175 auxiliares, entre las que solo hay un caso positivo de contagio. “Las medidas cautelares no tienen ninguna virtualidad desde el momento en que se está procediendo a la entrega de EPIS en la medida de las posibilidades que existen y se siguen entregando de forma paulatina, teniendo en cuenta que existe escasez de EPIS, incluso para el personal sanitario, lo que lleva a un control de su distribución”, destaca la jueza. …



“El Departament de Treball, Afers Socials i Famílies informa que fins ara s’han presentat a Catalunya 89.584 expedients de regulació temporal d’ocupació (ERTO) que afecten un total de 659.152 persones treballadores.

Els ERTO per força major representen el 95,3% dels presentats, i afecten el 88,2% de les persones treballadores.

ERTO PER DEMARCACIONS

    Barcelona: 65.052 exp. 516.593 persones afectades
    Girona:10.161 exp. 64.502 persones afectades
    Lleida: 5.006 exp. 28.238 persones afectades
    Tarragona: 7.185 exp. 40.928 persones afectades
    Terres de l’Ebre. 2.180 exp. 8.891 persones afectades


CATALUNYA: 89.584 exp. 659.152 persones afectades”



14 de abril.

“… El estudio, Managing Conflicts and Disasters: Exploring Collaboration between Employers’ and Workers’ Organizations  (Gestionar los conflictos y las catástrofes: Analizar la colaboración entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores), presenta casos específicos en los cuales las medidas conjuntas – y algunas veces espontáneas – adoptadas por los interlocutores sociales contribuyeron a aliviar algunas de las peores consecuencias de las catástrofes naturales o causadas por el ser humano, acelerando la recuperación y fortaleciendo la resiliencia para hacer frente a las crisis futuras. …”

10. FMI.  Perspectivas de la Economía Mundial   14 de abril.


“La pandemia de COVID-19 está infligiendo enormes y crecientes costos humanos en todo el mundo. Para proteger vidas y permitir que los sistemas sanitarios puedan hacer frente a la situación ha sido necesario recurrir a aislamientos, confinamientos y cierres generalizados con el fin de frenar la propagación del virus. La crisis sanitaria por ende está repercutiendo gravemente en la actividad económica. Como resultado de la pandemia, se proyecta que la economía mundial sufra una brusca contracción de -3% en 2020, mucho peor que la registrada durante la crisis financiera de 2008–09 (cuadro 1.1). En el escenario base, en el que se supone que la pandemia se disipa en el segundo semestre de 2020 y que las medidas de contención pueden ser replegadas gradualmente, se proyecta que la economía mundial crezca 5,8% en 2021, conforme la actividad económica se normalice gracias al apoyo brindado por las políticas….

….. Una estrecha cooperación multilateral es esencial para superar los efectos de la pandemia, e incluye ayudar a los países con restricciones financieras que enfrenten un shock doble, sanitario y de financiamiento; y también es esencial para canalizar ayuda a países con sistemas sanitarios deficientes. Es urgente que los países trabajen en forma mancomunada para frenar la propagación del virus y para desarrollar una vacuna y terapias contra la enfermedad. Hasta que estas intervenciones médicas estén disponibles, ningún país estará a salvo de la pandemia (y eso incluye el retorno de la enfermedad después de que la ola inicial se haya disipado) si siguen produciéndose contagios en otros lugares….”


11.  Consejo Europeo.  Posición del Consejo sobre el proyecto depresupuesto rectificativo n.° 2 del presupuesto general de 2020: Prestación de asistencia urgente a los Estados miembros y un mayor refuerzo del Mecanismo de Protección Civil de la Unión (rescUE) para hacer frente a las consecuencias del brote de COVID-19    14 de abril.

“… La UE está poniendo a disposición casi todo el dinero restante del presupuesto de este año para luchar contra la pandemia de COVID-19.

El Consejo ha adoptado hoy por procedimiento escrito dos propuestas que modifican el presupuesto de la UE para 2020 con el fin de liberar fondos para responder a la crisis de COVID-19

También se está facilitando dinero para ayudar a Grecia a hacer frente a las crecientes presiones migratorias y para apoyar la reconstrucción de Albania tras el terremoto.

Los compromisos han aumentado en total 3.570 millones de euros y ascienden a 172.200 millones de euros. Los pagos se han incrementado en 1.600 millones de euros y ascienden a un total de 155.200 millones de euros. ..”

12. Recomendación(UE) 2020/518 de la Comisión de 8 de abril de 2020 relativa a un conjunto de instrumentos comunes de la Unión para la utilización de la tecnología y los datos a fin de combatir y superar la crisis de la COVID-19, en particular por lo que respecta a las aplicaciones móviles y a la utilización de datos de movilidad anonimizados  DOUE L 114, 14 de abril.

“…. es necesario desarrollar un enfoque común para la utilización de tecnologías y datos digitales en respuesta a la crisis actual. Este enfoque debe ser eficaz a la hora de apoyar a las autoridades nacionales competentes, y en particular a las autoridades sanitarias y los responsables políticos, proporcionándoles datos suficientes y precisos para comprender la evolución y la propagación del virus causante de la COVID-19, así como sus efectos. De igual modo, estas tecnologías pueden empoderar a los ciudadanos para que adopten medidas eficaces y más selectivas de distanciamiento social. Al mismo tiempo, el enfoque propuesto tiene por objeto defender la integridad del mercado único y proteger los derechos y libertades fundamentales, en particular el derecho a la intimidad y a la protección de los datos personales.

… La necesidad de un enfoque común de la Unión para la crisis de la COVID-19 también se ha hecho evidente ante las medidas adoptadas en determinados países, como el seguimiento de personas por geolocalización, el uso de la tecnología para calificar el nivel de riesgo sanitario de una persona o la centralización de datos delicados, medidas que plantean interrogantes desde el punto de vista de varios derechos fundamentales y de las libertades garantizadas en el ordenamiento jurídico de la UE, especialmente el derecho a la intimidad y el derecho a la protección de los datos personales. En todo caso, de conformidad con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión, cualquier limitación del ejercicio de los derechos y libertades fundamentales reconocidos en ella debe estar justificada y ser proporcionada. En particular, dichas limitaciones han de ser temporales, en el sentido de que deben ceñirse estrictamente a lo necesario para combatir la crisis y no mantenerse en vigor, sin justificación adecuada, una vez pasada la crisis….




HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:

“La presente Recomendación establece un proceso destinado a desarrollar un enfoque común, denominado «conjunto de instrumentos», con el fin de usar los medios digitales para hacer frente a la crisis. El conjunto de instrumentos consistirá en medidas prácticas para hacer un uso eficaz de las tecnologías y los datos, centrando la atención en dos aspectos en particular:

1) un enfoque paneuropeo para el uso de aplicaciones móviles, coordinado a nivel de la Unión, con el fin de capacitar a los ciudadanos para adoptar medidas de distanciamiento social eficaces y más específicas, así como con el fin de alertar, prevenir y hacer un seguimiento de contactos con miras a limitar la propagación de la enfermedad COVID-19; implicará una metodología para el seguimiento y el intercambio de valoraciones respecto de la eficacia de estas aplicaciones, su interoperabilidad y sus implicaciones transfronterizas, así como en relación con el respeto de la seguridad, la intimidad y la protección de datos, y
2) un plan común para el uso de datos anonimizados y agregados sobre la movilidad de la población a fin de i) modelizar y predecir la evolución de la enfermedad, ii) controlar la eficacia de la toma de decisiones de las autoridades de los Estados miembros en lo referente a medidas como el distanciamiento social y el confinamiento, y iii) obtener información de cara a una estrategia coordinada para la salida de la crisis de la COVID-19….”


“… La pandemia de COVID-19 está teniendo repercusiones importantes en el transporte marítimo y en las personas que se encuentran a bordo de buques. En las Directrices sobre medidas de gestión de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales… se afirma que los Estados miembros deben facilitar el tránsito de los ciudadanos de la Unión, así como de los nacionales de terceros países que sean residentes de la Unión, para regresar a sus países de origen. Independientemente de su nacionalidad, los trabajadores que desempeñan funciones esenciales … deben poder transitar y viajar para garantizar la continuidad de la actividad profesional.

Las personas que se encuentran a bordo de buques deben poder realizar viajes esenciales. Los ciudadanos de la Unión bloqueados en Estados miembros distintos del de su nacionalidad o residencia, en terceros países o en alta mar deben poder regresar a sus países de origen si su estado de salud lo permite (3). La principal responsabilidad de los operadores y armadores de buques de crucero es organizar el retorno de las personas que se encuentran a bordo, independientemente de que el desembarque tenga lugar dentro o fuera de la Unión.

Muchos de los marinos que se encuentran en buques de carga que faenan en aguas europeas son nacionales de terceros países. Independientemente de su nacionalidad, deben poder viajar a los puertos en los que tienen que embarcar y han de poder desembarcar y regresar a sus países de origen, lo que también contribuirá a garantizar que el sector permanezca operativo a medio y largo plazo, como se confirma en la Comunicación sobre la puesta en marcha de los «carriles verdes» (4). Solo si los cambios de tripulación son posibles puede mantenerse la continuidad del transporte marítimo, preservando así el mercado interior mediante la distribución de bienes en toda la Unión y la exportación e importación de mercancías desde y hacia los puertos de la Unión. Por tanto, los Estados miembros deben designar puertos en los que se faciliten los cambios de tripulación…. “

14.  Comisión Interamericana de Derechos Humanos   RESOLUCIÓN Nº 1/2020

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con el apoyo de sus Relatorías Especiales sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales y sobre Libertad de Expresión, en ejercicio de su mandato, adopta la presente resolución con estándares y recomendaciones bajo la convicción de que las medidas adoptadas por los Estados en la atención y contención de la pandemia deben tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos….

…. formula las siguientes recomendaciones a los gobiernos de los Estados miembros:
1. Adoptar de forma inmediata, urgente y con la debida diligencia, todas las medidas que sean adecuadas para proteger los derechos a la vida, salud e integridad personal de las personas que se encuentren en sus jurisdicciones frente al riesgo que representa la presente pandemia. Tales medidas deberán de ser adoptadas atendiendo a la mejor evidencia científica, en concordancia con el Reglamento Sanitario Internacional (RSI), así como con las recomendaciones emitidas por la OMS y la OPS, en lo que fueran aplicables.

2. Adoptar de manera inmediata e interseccional el enfoque de derechos humanos en toda estrategia, política o medida estatal dirigida a enfrentar la pandemia del COVID-19 y sus consecuencias, incluyendo los planes para la recuperación social y económica que se formulen. Estas deben estar apegadas al respeto irrestricto de los estándares interamericanos e internacionales en materia de derechos humanos, en el marco de su universalidad, interdependencia, indivisibilidad y transversalidad, particularmente de los DESCA.

…… 5. Proteger los derechos humanos, y particularmente los DESCA, de las personas trabajadoras en mayor situación de riesgo por la pandemia y sus consecuencias. Es importante tomar medidas que velen por asegurar ingresos económicos y medios de subsistencia de todas las personas trabajadoras, de manera que tengan igualdad de condiciones para cumplir las medidas de contención y protección durante la pandemia, así como condiciones de acceso a la alimentación y otros derechos esenciales. Las personas que hayan de proseguir realizando sus actividades laborales, deben ser protegidas de los riesgos de contagio del virus y, en general, se debe dar adecuada protección a los trabajos, salarios, la libertad sindical y negociación colectiva, pensiones y demás derechos sociales interrelacionados con el ámbito laboral y sindical”.

15. José María Goerlich.   Quitas y esperas salariales en la crisis sanitaria  14 de abril.

“Las consideraciones que siguen se centran en la validez de posibles acuerdos individuales o colectivos en relación con la modalización de las obligaciones retributivas del empresario. En este terreno, son dos los aspectos que hay que analizar, según se pretenda la reducción de la obligación empresarial, mediante la eliminación o reducción de alguna/s partida/s salarial/es, o únicamente planificar su pago en forma diferente a la habitual, a través del fraccionamiento y/o aplazamiento de las obligaciones…”




“… Desde los trabajadores de primera línea en los supermercados y asilos de ancianos hasta los que se enfrentan a las consecuencias de los cierres de los lugares de trabajo, todos tienen un papel que desempeñar en la contención de la pandemia de Covid-19. Donde los trabajadores tienen voz a través de la negociación colectiva y el diálogo social, vemos cada vez más que las medidas de emergencia se aplican con mayor rapidez.

Esta crisis deja claro a todos que nuestras sociedades sólo son tan seguras como sus miembros más vulnerables. Por último, se está definiendo a los trabajadores de servicios de primera línea como lo que son: esenciales. A largo plazo, tenemos que preguntarnos si su salario y condiciones reflejan la importancia de las tareas que realizan. En este momento, tenemos que aumentar los recursos para asegurar que estos trabajadores reciban las herramientas para mantenerse seguros, proteger a los vulnerables y mantener nuestras sociedades en funcionamiento….”
 
17. Servicio de Estudios de la Confederación.  LARESPUESTA EUROPEA A LA CRISIS DEL CORONAVIRUS: VALORACIÓN DE UGT  (2ª edición) 13 de abril.

“Los estados miembros de la UE deben hacer un esfuerzo de aproximación de posturas y comprensión mutua, porque su ruptura es un escenario dramáticamente peor para todos. No obstante, de las posturas divergentes, aquellas opuestas a admitir cualquier corrección de unos sistemas de gobernanza ampliamente desbordados ya desde la crisis anterior y que más reticentes se han mostrado a una muy reconocida necesidad de mayor integración económica y fiscal, deben recorrer más camino hacia un punto de encuentro que otros. Máxime cuando estos países resultan ser los más beneficiados económicamente de la existencia de la UE….”



19. Carlos Hugo Preciado.   Sistema sanitario, heroísmoen precario.  14 de abril.


“Una sociedad que no reconoce el heroísmo, que no premia a quienes dan su vida por los demás, que no sabe desarrollar una política de sanidad pública de tod@s y para tod@s es una sociedad condenada a su propia extinción. Los sanitarios de este país nos habrán salvado de esta pandemia excepcional, pero habrán pagado un precio muy alto por ello. Ha llegado la hora de que el Estado sea justo con ell@s y los trate con la dignidad que siempre han merecido. Lo contrario, la vuelta a la austeridad y a los recortes en el sector, nos condenará a tod@s a la miseria moral”.



“Respecto a los Expedientes de Regulación de Empleo Temporales (ERTE), ya habituales en el mercado laboral, este experto nos señala que las entidades locales podrían a corto plazo desarrollar estas suspensiones temporales sobre todo en el personal laboral de cada municipio.

“No es lo habitual, son situaciones extraordinarias pero en función de la profundidad de la crisis veremos si alguno se pone en marcha. De momento no tenemos constancia de ningún ERTE”, aclara este jurista. A su juicio, “las entidades locales tendrán que definir planes de priorización de servicios públicos manteniendo los más esenciales”.

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