Actualizo en
esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así
como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y
reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad
serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y
parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización,
y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen
más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo
con sus contenidos.
Dado que el
número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con
regularidad, es necesario remitirse al
Código electrónico “Covid-19 Derecho Europeo, Estatal y Autonómico” https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=355
que ha
publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a medida que se van
dictando nuevas normas.
1. OrdenSND/344/2020, de 13 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales
para el refuerzo del Sistema Nacional de Salud y la contención de la crisis
sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE, 14.
“…. Por otra
parte, con el fin de reforzar el Sistema Nacional de Salud, se pone a
disposición de las comunidades autónomas cualquier centro, servicio y
establecimiento sanitario de diagnóstico clínico, que a la fecha de entrada en
vigor de la orden no esté prestando servicios al Sistema Nacional de Salud.
Esta puesta a disposición incluye la posibilidad de adoptar las medidas necesarias
para la regulación de los precios de las pruebas diagnósticas para la detección
del COVID-19, con el objeto de evitar situaciones abusivas en el acceso a este
servicio…..
“Primero. Puesta a
disposición de las comunidades autónomas de los centros de diagnóstico clínico.
1. Las comunidades
autónomas tendrán a su disposición los centros, servicios y establecimientos
sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada ubicados en su
comunidad autónoma que no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de
Salud, así como su personal.
2. En todo caso,
la realización de pruebas diagnósticas por los citados centros, servicios y
establecimientos de diagnóstico clínico para la detección del COVID-19 quedará
sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado segundo.
3. La puesta a
disposición de medios a que se refiere el apartado 1 incluye la posibilidad de
adoptar las medidas necesarias para la regulación de los precios de las pruebas
diagnósticas para la detección del COVID-19, con el objeto de evitar
situaciones abusivas en el acceso a este servicio.
2. Ministerio de
sanidad. Guía de actuación frente aCOVID-19 en los profesionales sanitarios y socio-sanitarios Versión del 13 de
abril.
3. Los profesionales sanitarios no seincorporarán hasta no dar negativo en el PCR El Ministerio de Sanidad actualiza
la 'Guía de actuación frente a COVID-19 en los profesionales sanitarios y
socio-sanitarios' 14 de abril.
“El Ministerio de
Sanidad publicó ayer, 13 de abril de 2020, el cambio de criterio para conceder
el alta al personal sanitario y sociosanitario. Tal y como aparece en la
actualización de la ‘Guía de actuación frente a COVID-19 en los profesionales
sanitarios y socio-sanitarios‘ se rectifica y señala que estos trabajadores
tendrán que dar negativo en el PCR para poder volver a trabajar….”
4. Ministerio de
Universidades Universidades y
Covid-19. Abril.
6. El CGPJ levanta las limitaciones a la
presentación de escritos por medios telemáticos
13 de abril.
“La Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy, de forma
consensuada con el Ministerio de Justicia, levantar a partir del próximo
miércoles 15 de abril las limitaciones establecidas el pasado 18 de marzo a la
presentación de escritos por medios telemáticos a través de LexNET o de los
sistemas equivalentes habilitados en Aragón, Cantabria, Cataluña, Navarra y el
País Vasco….”
7. El Juzgadorechaza la paralización del servicio de ayuda a domicilio de Ourense por faltade EPIS solicitada por CC.OO. 14 de
abril.
“El Juzgado de lo
Social número 3 de Ourense ha desestimado la solicitud de CC.OO. para que
adoptase la medida cautelar de suspensión del servicio de ayuda a domicilio del
Ayuntamiento de Orense. La demandante exigía que se paralizasen las entregas
mientras Atendo Calidade, que es la concesionaria, la Administración local, el
Ministerio de Sanidad y la Xunta no suministrasen los EPIS establecidos por el
Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral (ISSGA) el 31 de marzo.
La magistrada
indica en el auto que la concesionaria del servicio cuenta con unas 175
auxiliares, entre las que solo hay un caso positivo de contagio. “Las medidas
cautelares no tienen ninguna virtualidad desde el momento en que se está
procediendo a la entrega de EPIS en la medida de las posibilidades que existen
y se siguen entregando de forma paulatina, teniendo en cuenta que existe
escasez de EPIS, incluso para el personal sanitario, lo que lleva a un control
de su distribución”, destaca la jueza. …
8. Cataluña. Comunicat de Treball, Afers Socials iFamílies sobre dades d'Expedients de Regulació Temporal d'Ocupació presentats aCatalunya 14 de abril.
“El Departament de
Treball, Afers Socials i Famílies informa que fins ara s’han presentat a
Catalunya 89.584 expedients de regulació temporal d’ocupació (ERTO) que afecten
un total de 659.152 persones treballadores.
Els ERTO per força
major representen el 95,3% dels presentats, i afecten el 88,2% de les persones
treballadores.
ERTO PER
DEMARCACIONS
Barcelona: 65.052 exp. 516.593 persones
afectades
Girona:10.161 exp. 64.502 persones
afectades
Lleida: 5.006 exp. 28.238 persones
afectades
Tarragona: 7.185 exp. 40.928 persones
afectades
Terres de l’Ebre. 2.180 exp. 8.891 persones
afectades
CATALUNYA: 89.584
exp. 659.152 persones afectades”
9. OIT. En tiemposde crisis, la solidaridad entre trabajadores y empleadores es primordial,sostiene la OIT
14 de abril.
“… El estudio,
Managing Conflicts and Disasters: Exploring Collaboration between Employers’
and Workers’ Organizations (Gestionar
los conflictos y las catástrofes: Analizar la colaboración entre las
organizaciones de empleadores y de trabajadores), presenta casos específicos en
los cuales las medidas conjuntas – y algunas veces espontáneas – adoptadas por
los interlocutores sociales contribuyeron a aliviar algunas de las peores
consecuencias de las catástrofes naturales o causadas por el ser humano,
acelerando la recuperación y fortaleciendo la resiliencia para hacer frente a
las crisis futuras. …”
10. FMI. Perspectivas de la Economía Mundial 14 de abril.
“La pandemia de
COVID-19 está infligiendo enormes y crecientes costos humanos en todo el mundo.
Para proteger vidas y permitir que los sistemas sanitarios puedan hacer frente
a la situación ha sido necesario recurrir a aislamientos, confinamientos y
cierres generalizados con el fin de frenar la propagación del virus. La crisis
sanitaria por ende está repercutiendo gravemente en la actividad económica.
Como resultado de la pandemia, se proyecta que la economía mundial sufra una
brusca contracción de -3% en 2020, mucho peor que la registrada durante la
crisis financiera de 2008–09 (cuadro 1.1). En el escenario base, en el que se
supone que la pandemia se disipa en el segundo semestre de 2020 y que las
medidas de contención pueden ser replegadas gradualmente, se proyecta que la
economía mundial crezca 5,8% en 2021, conforme la actividad económica se
normalice gracias al apoyo brindado por las políticas….
….. Una estrecha
cooperación multilateral es esencial para superar los efectos de la pandemia, e
incluye ayudar a los países con restricciones financieras que enfrenten un
shock doble, sanitario y de financiamiento; y también es esencial para
canalizar ayuda a países con sistemas sanitarios deficientes. Es urgente que
los países trabajen en forma mancomunada para frenar la propagación del virus y
para desarrollar una vacuna y terapias contra la enfermedad. Hasta que estas
intervenciones médicas estén disponibles, ningún país estará a salvo de la
pandemia (y eso incluye el retorno de la enfermedad después de que la ola
inicial se haya disipado) si siguen produciéndose contagios en otros lugares….”
11. Consejo Europeo. Posición del Consejo sobre el proyecto depresupuesto rectificativo n.° 2 del presupuesto general de 2020: Prestación de
asistencia urgente a los Estados miembros y un mayor refuerzo del Mecanismo de
Protección Civil de la Unión (rescUE) para hacer frente a las consecuencias del
brote de COVID-19 14 de abril.
“… La UE está
poniendo a disposición casi todo el dinero restante del presupuesto de este año
para luchar contra la pandemia de COVID-19.
El Consejo ha
adoptado hoy por procedimiento escrito dos propuestas que modifican el
presupuesto de la UE para 2020 con el fin de liberar fondos para responder a la
crisis de COVID-19
También se está
facilitando dinero para ayudar a Grecia a hacer frente a las crecientes
presiones migratorias y para apoyar la reconstrucción de Albania tras el
terremoto.
Los compromisos
han aumentado en total 3.570 millones de euros y ascienden a 172.200 millones
de euros. Los pagos se han incrementado en 1.600 millones de euros y ascienden
a un total de 155.200 millones de euros. ..”
12. Recomendación(UE) 2020/518 de la Comisión de 8 de abril de 2020 relativa a un conjunto de
instrumentos comunes de la Unión para la utilización de la tecnología y los
datos a fin de combatir y superar la crisis de la COVID-19, en particular por
lo que respecta a las aplicaciones móviles y a la utilización de datos de
movilidad anonimizados DOUE L 114, 14 de
abril.
“…. es necesario desarrollar un enfoque común para la
utilización de tecnologías y datos digitales en respuesta a la crisis actual.
Este enfoque debe ser eficaz a la hora de apoyar a las autoridades nacionales
competentes, y en particular a las autoridades sanitarias y los responsables
políticos, proporcionándoles datos suficientes y precisos para comprender la
evolución y la propagación del virus causante de la COVID-19, así como sus
efectos. De igual modo, estas tecnologías pueden empoderar a los ciudadanos
para que adopten medidas eficaces y más selectivas de distanciamiento social.
Al mismo tiempo, el enfoque propuesto tiene por objeto defender la integridad
del mercado único y proteger los derechos y libertades fundamentales, en
particular el derecho a la intimidad y a la protección de los datos personales.
… La necesidad de un enfoque común de la Unión para la
crisis de la COVID-19 también se ha hecho evidente ante las medidas adoptadas
en determinados países, como el seguimiento de personas por geolocalización, el
uso de la tecnología para calificar el nivel de riesgo sanitario de una persona
o la centralización de datos delicados, medidas que plantean interrogantes
desde el punto de vista de varios derechos fundamentales y de las libertades
garantizadas en el ordenamiento jurídico de la UE, especialmente el derecho a
la intimidad y el derecho a la protección de los datos personales. En todo caso,
de conformidad con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión,
cualquier limitación del ejercicio de los derechos y libertades fundamentales
reconocidos en ella debe estar justificada y ser proporcionada. En particular,
dichas limitaciones han de ser temporales, en el sentido de que deben ceñirse
estrictamente a lo necesario para combatir la crisis y no mantenerse en vigor,
sin justificación adecuada, una vez pasada la crisis….
HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:
“La presente Recomendación establece un proceso
destinado a desarrollar un enfoque común, denominado «conjunto de
instrumentos», con el fin de usar los medios digitales para hacer frente a la
crisis. El conjunto de instrumentos consistirá en medidas prácticas para hacer
un uso eficaz de las tecnologías y los datos, centrando la atención en dos
aspectos en particular:
1) un enfoque paneuropeo para el uso de aplicaciones
móviles, coordinado a nivel de la Unión, con el fin de capacitar a los
ciudadanos para adoptar medidas de distanciamiento social eficaces y más
específicas, así como con el fin de alertar, prevenir y hacer un seguimiento de
contactos con miras a limitar la propagación de la enfermedad COVID-19;
implicará una metodología para el seguimiento y el intercambio de valoraciones
respecto de la eficacia de estas aplicaciones, su interoperabilidad y sus
implicaciones transfronterizas, así como en relación con el respeto de la
seguridad, la intimidad y la protección de datos, y
2) un plan común para el uso de datos anonimizados y
agregados sobre la movilidad de la población a fin de i) modelizar y predecir
la evolución de la enfermedad, ii) controlar la eficacia de la toma de
decisiones de las autoridades de los Estados miembros en lo referente a medidas
como el distanciamiento social y el confinamiento, y iii) obtener información
de cara a una estrategia coordinada para la salida de la crisis de la COVID-19….”
13. Comunicaciónde la Comisión Directrices relativas a la protección de la salud, larepatriación y las disposiciones de viaje de la gente de mar, los pasajeros yotras personas que se encuentran a bordo de buques 2020/C 119/01 DOUE C119, 14 de abril.
“… La pandemia de
COVID-19 está teniendo repercusiones importantes en el transporte marítimo y en
las personas que se encuentran a bordo de buques. En las Directrices sobre
medidas de gestión de fronteras para proteger la salud y garantizar la
disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales… se afirma que los
Estados miembros deben facilitar el tránsito de los ciudadanos de la Unión, así
como de los nacionales de terceros países que sean residentes de la Unión, para
regresar a sus países de origen. Independientemente de su nacionalidad, los
trabajadores que desempeñan funciones esenciales … deben poder transitar y
viajar para garantizar la continuidad de la actividad profesional.
Las personas que
se encuentran a bordo de buques deben poder realizar viajes esenciales. Los
ciudadanos de la Unión bloqueados en Estados miembros distintos del de su
nacionalidad o residencia, en terceros países o en alta mar deben poder
regresar a sus países de origen si su estado de salud lo permite (3). La
principal responsabilidad de los operadores y armadores de buques de crucero es
organizar el retorno de las personas que se encuentran a bordo,
independientemente de que el desembarque tenga lugar dentro o fuera de la
Unión.
Muchos de los
marinos que se encuentran en buques de carga que faenan en aguas europeas son
nacionales de terceros países. Independientemente de su nacionalidad, deben
poder viajar a los puertos en los que tienen que embarcar y han de poder
desembarcar y regresar a sus países de origen, lo que también contribuirá a
garantizar que el sector permanezca operativo a medio y largo plazo, como se
confirma en la Comunicación sobre la puesta en marcha de los «carriles verdes»
(4). Solo si los cambios de tripulación son posibles puede mantenerse la
continuidad del transporte marítimo, preservando así el mercado interior
mediante la distribución de bienes en toda la Unión y la exportación e
importación de mercancías desde y hacia los puertos de la Unión. Por tanto, los
Estados miembros deben designar puertos en los que se faciliten los cambios de
tripulación…. “
14. Comisión Interamericana de Derechos
Humanos RESOLUCIÓN Nº 1/2020
PANDEMIA YDERECHOS HUMANOS EN LAS AMÉRICAS. 10 de abril.
La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con el apoyo de sus Relatorías Especiales
sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales y sobre
Libertad de Expresión, en ejercicio de su mandato, adopta la presente resolución
con estándares y recomendaciones bajo la convicción de que las medidas
adoptadas por los Estados en la atención y contención de la pandemia deben
tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos….
…. formula las
siguientes recomendaciones a los gobiernos de los Estados miembros:
1. Adoptar de
forma inmediata, urgente y con la debida diligencia, todas las medidas que sean
adecuadas para proteger los derechos a la vida, salud e integridad personal de
las personas que se encuentren en sus jurisdicciones frente al riesgo que
representa la presente pandemia. Tales medidas deberán de ser adoptadas
atendiendo a la mejor evidencia científica, en concordancia con el Reglamento
Sanitario Internacional (RSI), así como con las recomendaciones emitidas por la
OMS y la OPS, en lo que fueran aplicables.
2. Adoptar de
manera inmediata e interseccional el enfoque de derechos humanos en toda estrategia,
política o medida estatal dirigida a enfrentar la pandemia del COVID-19 y sus consecuencias,
incluyendo los planes para la recuperación social y económica que se formulen.
Estas deben estar apegadas al respeto irrestricto de los estándares interamericanos
e internacionales en materia de derechos humanos, en el marco de su universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y transversalidad, particularmente de los DESCA.
…… 5. Proteger los
derechos humanos, y particularmente los DESCA, de las personas trabajadoras en
mayor situación de riesgo por la pandemia y sus consecuencias. Es importante
tomar medidas que velen por asegurar ingresos económicos y medios de
subsistencia de todas las personas trabajadoras, de manera que tengan igualdad
de condiciones para cumplir las medidas de contención y protección durante la pandemia,
así como condiciones de acceso a la alimentación y otros derechos esenciales.
Las personas que hayan de proseguir realizando sus actividades laborales, deben
ser protegidas de los riesgos de contagio del virus y, en general, se debe dar
adecuada protección a los trabajos, salarios, la libertad sindical y
negociación colectiva, pensiones y demás derechos sociales interrelacionados
con el ámbito laboral y sindical”.
15. José María
Goerlich. Quitas y esperas salariales en la crisis
sanitaria 14 de abril.
“Las
consideraciones que siguen se centran en la validez de posibles acuerdos
individuales o colectivos en relación con la modalización de las obligaciones
retributivas del empresario. En este terreno, son dos los aspectos que hay que
analizar, según se pretenda la reducción de la obligación empresarial, mediante
la eliminación o reducción de alguna/s partida/s salarial/es, o únicamente
planificar su pago en forma diferente a la habitual, a través del
fraccionamiento y/o aplazamiento de las obligaciones…”
16. Oliver Roethig
“Resilience in the corona crisis—strongest where workers enjoy
collective power 14 de abril.
“… Desde los trabajadores de primera línea en los
supermercados y asilos de ancianos hasta los que se enfrentan a las
consecuencias de los cierres de los lugares de trabajo, todos tienen un papel
que desempeñar en la contención de la pandemia de Covid-19. Donde los
trabajadores tienen voz a través de la negociación colectiva y el diálogo
social, vemos cada vez más que las medidas de emergencia se aplican con mayor
rapidez.
Esta crisis deja claro a todos que nuestras sociedades
sólo son tan seguras como sus miembros más vulnerables. Por último, se está
definiendo a los trabajadores de servicios de primera línea como lo que son:
esenciales. A largo plazo, tenemos que preguntarnos si su salario y condiciones
reflejan la importancia de las tareas que realizan. En este momento, tenemos
que aumentar los recursos para asegurar que estos trabajadores reciban las
herramientas para mantenerse seguros, proteger a los vulnerables y mantener
nuestras sociedades en funcionamiento….”
17. Servicio de
Estudios de la Confederación. LARESPUESTA EUROPEA A LA CRISIS DEL CORONAVIRUS: VALORACIÓN DE UGT (2ª edición) 13 de abril.
“Los estados
miembros de la UE deben hacer un esfuerzo de aproximación de posturas y comprensión
mutua, porque su ruptura es un escenario dramáticamente peor para todos. No
obstante, de las posturas divergentes, aquellas opuestas a admitir cualquier
corrección de unos sistemas de gobernanza ampliamente desbordados ya desde la
crisis anterior y que más reticentes se han mostrado a una muy reconocida
necesidad de mayor integración económica y fiscal, deben recorrer más camino
hacia un punto de encuentro que otros. Máxime cuando estos países resultan ser
los más beneficiados económicamente de la existencia de la UE….”
18. UGT
Catalunya. Recomanacions i orientacions
per la negociació del permís retribuït recuperable 14 de abril.
19. Carlos Hugo
Preciado. Sistema sanitario, heroísmoen precario. 14 de abril.
“Una sociedad que
no reconoce el heroísmo, que no premia a quienes dan su vida por los demás, que
no sabe desarrollar una política de sanidad pública de tod@s y para tod@s es
una sociedad condenada a su propia extinción. Los sanitarios de este país nos
habrán salvado de esta pandemia excepcional, pero habrán pagado un precio muy
alto por ello. Ha llegado la hora de que el Estado sea justo con ell@s y los
trate con la dignidad que siempre han merecido. Lo contrario, la vuelta a la
austeridad y a los recortes en el sector, nos condenará a tod@s a la miseria
moral”.
20. Luis Javier
Sánchez Los letrados de las
administraciones locales temen un repunte en la litigiosidad de los contratos
públicos y que lleguen los ERTE 14 de
abril.
“Respecto a los
Expedientes de Regulación de Empleo Temporales (ERTE), ya habituales en el
mercado laboral, este experto nos señala que las entidades locales podrían a
corto plazo desarrollar estas suspensiones temporales sobre todo en el personal
laboral de cada municipio.
“No es lo
habitual, son situaciones extraordinarias pero en función de la profundidad de
la crisis veremos si alguno se pone en marcha. De momento no tenemos constancia
de ningún ERTE”, aclara este jurista. A su juicio, “las entidades locales
tendrán que definir planes de priorización de servicios públicos manteniendo
los más esenciales”.
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