1. Dejo constancia en esta entrada del blog
del reciente informe de la OIT, publicado el 18 de abril con motivo de la
conmemoración anual, el 28 de abril, del día mundial de la seguridad y salud en
el trabajo, titulado “Seguridad y salud en el centro del trabajo. Aprovechar
100 años de experiencia”.
Una excelente síntesis
se encuentra en la nota de prensa publicada el mismo día con el título “Surgen
nuevos problemas de seguridad y salud a medida que el trabajo cambia”, y el muy
largo subtítulo “Un nuevo informe sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (SST),
publicado en ocasión del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, 28
de abril, revisa los 100 años de logros de la OIT y pone de manifiesto algunos
de los desafíos y oportunidades que surgen para la creación de mejores
ambientes de trabajo”.
A la nota de
prensa se acompaña un vídeo de algo más de tres minutos, en el que explican con
detalle y rigurosidad los contenidos más importantes del Informe.
2. Es un
documento, como digo en el título, de lectura muy recomendable, tanto por la
claridad, no exenta en modo alguno de rigurosidad, de la exposición como por el
conjunto de cuestiones, todas ellas relevantes (tanto las de pasado, como las
presentes y las que miran hacia el futuro) que son abordadas, y las respuestas
que se ofrecen a los retos que tienen ante sí las políticas de seguridad y
salud en el trabajo en un mundo laboral cada vez más diverso, por la composición
plural de la población trabajadora, como disperso, por la no menor pluralidad
de lugares donde se presta el trabajo, y todo ello con la finalidad, como se
afirma en las observaciones finales, de trabajar para un futuro “en el que se
destinen los máximos esfuerzos a asegurar la seguridad y la salud de los
trabajadores del mundo”.
Tras la lectura
del texto, he seleccionado algunos fragmentos que me han parecido más significativos
y que ahora reproduzco, en el bien entendido que deben ubicarse dentro de una
exposición de cada epígrafe o apartado mucho más amplia y a la que se debe
prestar, evidentemente, toda la atención.
Buena lectura.
“Los riesgos
psicosociales, el estrés relacionado con el trabajo y las enfermedades no
transmisibles preocupan cada vez más a gran número de trabajadores de todo el
mundo. Al mismo tiempo, muchos trabajadores siguen haciendo frente a riesgos
persistentes para la seguridad y la salud relacionados con el trabajo y es
importante no pasarlos por alto cuando miramos hacia el futuro” (pág. 1).
“Con el reto de la
SST como telón de fondo, el capítulo 2 examina las tendencias que impulsan los
cambios en el mundo del trabajo y su impacto en la SST, centrándose en los
cuatro ámbitos principales desde los cuales está cambiando el mundo del
trabajo, a saber, la tecnología, la demografía, el desarrollo sostenible, que
incluye el cambio climático, y la organización del trabajo. Al examinar cada
uno de los principales ámbitos donde se están produciendo avances, el informe pretende
determinar las oportunidades y los retos principales para la SST y para la
prevención y el control de los riesgos” (pág. 2).
“Según las
estimaciones, las enfermedades del sistema circulatorio (31 por ciento), los
cánceres de origen profesional (26 por ciento) y las enfermedades respiratorias
(17 por ciento) representan cerca de tres cuartas partes de todas las muertes
relacionadas con el trabajo. Las enfermedades provocan la mayoría de las
muertes relacionadas con el trabajo (2,4 millones, a saber, el 86,3 por ciento),
frente a los accidentes del trabajo mortales (que representan el 13,7
restante). Juntos, suman entre el 5 y el 7 por ciento de las muertes en el
mundo (Christopher y Murray, 2016; OIT, 2006; Murray y López, 1996)”(pág 3).
“Alrededor de dos
tercios (65 por ciento) de la mortalidad relacionada con el trabajo en el mundo
se registra en Asia, seguida de África (11,8 por ciento), Europa (11,7 por
ciento), América (10,9 por ciento) y Oceanía (0,6 por ciento). Estas cifras
reflejan la distribución de la población de trabajadores del mundo y del
trabajo peligroso, así como los distintos niveles de desarrollo económico de
los países” (pág. 4).
“…(existe el)
reconocimiento de que los efectos de la reestructuración y reorganización del
trabajo pueden incidir no solo en los riesgos para la salud física sino también
en la salud mental de los trabajadores” (pág. 21).
“Los avances
tecnológicos afectan a todos los aspectos del trabajo, desde quién o qué
realiza el trabajo, cómo y dónde se realiza y qué trabajo se realiza, cómo se
organiza el trabajo y las condiciones en que se realiza, así como a la
seguridad y salud de los trabajadores. Estos cambios y avances se producen cada
vez con más rapidez, ya tienen un considerable impacto en las condiciones de
trabajo y en la seguridad y la salud de los trabajadores, y se prevé que lo
sigan teniendo en el futuro” (pág. 29).
“… el teletrabajo
reduce el tiempo y el estrés de los traslados, así como el riesgo de sufrir
accidentes del trabajo, y puede contribuir a un mejor equilibrio entre la vida
laboral y la vida personal. No obstante, también puede plantear desafíos en
materia de SST, como la necesidad de gestionar los riesgos psicosociales
relacionados con el trabajo en solitario y la posible erosión de la división entre
el trabajo y la vida personal, así como para asegurar la ergonomía en los
puestos de trabajo”.
“La adopción de
tecnologías robotizadas y de automatización nuevas también puede introducir riesgos
ergonómicos a través de la nuevas interfaces hombre-máquina, nuevos riesgos
para la ciberseguridad y riesgos psicosociales nuevos o desconocidos
relacionados con la interacción humana con la AI y la robótica. Recientemente
se han producido accidentes del trabajo y muertes relacionadas con el trabajo
provocados por la robótica, como en 2015, cuando un trabajador murió cuando un
robot lo agarró por el pecho y lo aplastó contra una placa metálica en una
fábrica de automóviles de Volkswagen (Independent, 2015)”.
“… el enfoque de
la SST respecto de la edad debería centrarse en la adaptación de las
condiciones laborales a la capacidad de trabajo, y no necesariamente en
determinar la capacidad en función de la edad cronológica. La creación de
condiciones de trabajo sostenibles exigirá que, cada vez más, los gobiernos y
los interlocutores sociales desarrollen una comprensión más amplia acerca de la
influencia que ejercen los cambios en la edad sobre la capacidad del trabajo,
así como del impacto acumulativo de las exposiciones a lo largo de la vida
laboral” (pág. 38).
“Para luchar
contra los riesgos relacionados con el trabajo a lo largo de la vida de un
trabajador, los empleadores deberían integrar la edad y el sexo en las
evaluaciones de los riesgos en el trabajo con objeto de promover unas
condiciones de trabajo saludables adaptadas a los desafíos singulares a que se
enfrentan los trabajadores que envejecen” (pág. 38).
“… la
proliferación de la economía de plataformas ha difuminado las líneas divisorias
entre el hogar y el trabajo, añadiendo presión psicosocial a las mujeres que,
cada vez más, deben lidiar con las exigencias de la vida laboral y atender las
responsabilidades familiares, como el cuidado de los hijos (para más información
sobre la economía de plataforma, véase la sección 2.4.) Por otro lado, la
participación en aumento de las mujeres en el trabajo digitalizado y las
tecnologías de la información (TI) ha provocado un aumento del acoso en línea,
el ciberacoso y la denigración que provocan riesgos psicosociales y estrés
laboral a las trabajadoras” (pág. 40).
“Con toda
probabilidad, el futuro se caracterizará por el aumento de las temperaturas,
los cambios en los regímenes de precipitaciones y la mayor frecuencia e
intensidad de fenómenos atmosféricos extremos (como las sequías, las tormentas
y las inundaciones). Aparecerán nuevas enfermedades y surgirán nuevos riesgos
para la salud, se producirá una pérdida de la biodiversidad, se contaminará el
aire, el agua y el suelo, y disminuirán los recursos naturales debido a la
sobreexplotación. El cambio climático y la degradación ambiental configurarán
la SST y las acciones necesarias para proteger a los trabajadores, al tiempo
que introducirán riesgos nuevos o amplificarán los existentes” (pág. 42).
“En todo el mundo,
muchos trabajadores trabajan horas excesivas, a menudo debido a cambios en las
modalidades de empleo o a los salarios bajos. Mientras, un número cada vez
mayor de trabajadores de la fuerza de trabajo mundial participa en el trabajo
temporal, a tiempo parcial, en régimen de subcontratación, irregular, ocasional
o a pedido, con contratos de cero horas, por cuenta propia y otras modalidades
similares de empleo. Estas prácticas se conocen como ‘formas atípicas de
empleo’, y ofrecen flexibilidad a las empresas para atender las demandas de un
mundo cambiante y cada vez más globalizado. No obstante, a menudo generan
inseguridad para los trabajadores en distintos ámbitos, desde la inseguridad
del empleo y de los ingresos a la falta de protección laboral, social y de SST”.
“En la actualidad,
aproximadamente un tercio de la fuerza de trabajo en el mundo (36,1 %) trabaja
un número excesivo de horas, entendiéndose por horas excesivas de trabajo las
que superan de forma habitual las 48 horas por semana” (pág. 50).
“Existen como
mínimo cuatro categorías de riesgos asociados a estas formas de organización del
trabajo (Nota: se refiere a las formas atípicas de empleo”): los riesgos
relacionados con las lesiones profesionales y los accidentes del trabajo; los riesgos
psicosociales y de acoso, la exposición a condiciones de trabajo deficientes y
a peligros, y los riesgos derivados de la fatiga” (pág. 50).
“… hoy, más del 60
por ciento de la población que está empleada en el mundo lo está en el empleo
informal (OIT, 2016a). Los trabajadores que participan en formas atípicas de empleo
pueden estar especialmente expuestos a los riesgos de la informalidad. El
número de trabajadores empleados en la economía informal oscila de una región a
otra, representa el 82 por ciento del empleo no agrícola en Asia Meridional, el
66 por ciento en África Subsahariana, el 65 por ciento en Asia Oriental y
Sudoriental, el 51 por ciento en América Latina y el 45 por ciento en Oriente
Medio y África del Norte, pero sólo el 10 por ciento en Europa Oriental y Asia
Central (Vanek y otros autores, 2014)” (pág. 53).
“Desde la
perspectiva del control del trabajo y la seguridad del empleo, mucho de lo que
se promueve como “nuevo” en cuanto a impacto de esta tecnología refleja a
menudo un tipo de empleo (más precario y menos seguro) habitual antes de la
introducción de las protecciones por vía de la legislación y de la influencia
de la mano de obra organizada en los países industrializados a finales del
siglo XIX. El trabajo en las plataformas digitales de trabajo a menudo se
asemeja a las modalidades de trabajo imperantes en el siglo XIX que estaban
basadas en el rendimiento y se organizaban en torno a gremios (Garben, 2017; Hong,
2015; Risak y Warter, 2015)” (pág. 54).
“Cuestiones como
el aislamiento, la socialización, los EPP, el acceso a la información, la
representación, la organización del trabajo, las responsabilidades por enfermedades
profesionales o accidentes del trabajo, entre otras, son cuestiones clave que
deben abordarse para anticipar y configurar una cultura de prevención en
materia de seguridad y salud adaptada al nuevo entorno. Esta visión del futuro
puede integrar nuevas tecnologías al servicio de la SST, como las aplicaciones de
seguridad, el análisis de grandes datos y la IA. Los riesgos que conlleva la
integración de estas nuevas tecnologías en el lugar de trabajo deben tenerse
presentes. Mientras, como se ha debatido en la sección 3.4, es fundamental
corregir la brecha entre la salud en el trabajo, la salud pública, la salud
ambiental y el bienestar general para anticipar y prevenir los riesgos nuevos y
emergentes”. (pág. 58).
“Aunque la
anticipación de los riesgos nuevos y emergentes reviste cada vez más
importancia en un mundo que está en constante evolución, ello no debería
desviar la atención prestada a la persistencia de los riesgos tradicionales en
todo el mundo, que varían en función de la geografía y el sector económico”.
(pág. 60).
“La SST no se
acaba en el trabajo. Los efectos y los resultados de la SST repercuten también
en la salud y el bienestar de las personas en general, y en los de la sociedad
en su conjunto. Si el trabajo se considera como un factor determinante de la
salud, entonces es preciso prestar mayor atención a las conexiones entre SST y
salud pública, así como a las posibles nuevas funciones relacionadas con la
salud en el trabajo, como la promoción de la salud, la prevención y la gestión de
los riesgos psicosociales emergentes, los trastornos de la salud mental y las
enfermedades no transmisibles. El vínculo entre SST y salud pública tiene
repercusiones para las infraestructuras interconectadas que rigen la atención
de salud, la salud ambiental, el bienestar social y la protección social, así
como para la naturaleza y el enfoque de las instituciones de la sociedad civil
en su compromiso con la SST” (pág. 62).
“La SST no sólo
debe ocuparse de los peligros en un único puesto de trabajo, sino de los
encontrados a lo largo de toda la vida laboral del trabajador. Ello incluye el
tratamiento de la inseguridad laboral (como la asociada a las formas atípicas
de empleo) y el estrés y las ansiedades de origen profesional, así como del
tiempo transcurrido entre empleos, como el desempleo y el subempleo, que
también pueden provocar problemas de salud importantes (estas condiciones
también se conocen como “peligros para la salud en el trabajo”) (pág. 63).
“algunos países se
han alejado de la relación de trabajo como elemento central para determinar a
quién competen los deberes y los derechos (habitualmente al “empleador” y a los
“trabajadores asalariados” respectivamente) para responder a una fuerza de
trabajo cada vez más fragmentada. Estos países han extendido el ámbito de
aplicación de su legislación sobre SST ampliando los conceptos de “empleador” y
de “trabajador asalariado” para incluir, respectivamente, a propietarios y
arrendatarios, y a trabajadores por cuenta propia, trabajadores de subcontratistas
y trabajadores contratados a través de agencia. Algunos países han optado por
ampliar el deber general del empleador en materia de SST para incluir a las
personas que no tienen una relación de trabajo con dicho empleador; otros han
introducido regímenes de responsabilidad solidaria. Además, para adaptarse a
los cambios en la organización de las tareas y las modalidades de trabajo, se
observa una tendencia a no asignar responsabilidades de acción preventiva a la
entidad que controla al trabajador o al lugar de trabajo, sino más bien a la
entidad que controla la actividad laboral y está, por consiguiente, en una
situación en la que puede prevenir daños” (págs. 66-67).
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