lunes, 22 de abril de 2019

OIT. Seguridad y salud en el centro del futuro del trabajo. Un informe de lectura muy recomendable.


 1. Dejo constancia en esta entrada del blog del reciente informe de la OIT, publicado el 18 de abril con motivo de la conmemoración anual, el 28 de abril, del día mundial de la seguridad y salud en el trabajo, titulado “Seguridad y salud en el centro del trabajo. Aprovechar 100 años de experiencia”.

Una excelente síntesis se encuentra en la nota de prensa publicada el mismo día con el título “Surgen nuevos problemas de seguridad y salud a medida que el trabajo cambia”, y el muy largo subtítulo “Un nuevo informe sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), publicado en ocasión del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, 28 de abril, revisa los 100 años de logros de la OIT y pone de manifiesto algunos de los desafíos y oportunidades que surgen para la creación de mejores ambientes de trabajo”.

A la nota de prensa se acompaña un vídeo de algo más de tres minutos, en el que explican con detalle y rigurosidad los contenidos más importantes del Informe. 

2. Es un documento, como digo en el título, de lectura muy recomendable, tanto por la claridad, no exenta en modo alguno de rigurosidad, de la exposición como por el conjunto de cuestiones, todas ellas relevantes (tanto las de pasado, como las presentes y las que miran hacia el futuro) que son abordadas, y las respuestas que se ofrecen a los retos que tienen ante sí las políticas de seguridad y salud en el trabajo en un mundo laboral cada vez más diverso, por la composición plural de la población trabajadora, como disperso, por la no menor pluralidad de lugares donde se presta el trabajo, y todo ello con la finalidad, como se afirma en las observaciones finales, de trabajar para un futuro “en el que se destinen los máximos esfuerzos a asegurar la seguridad y la salud de los trabajadores del mundo”.

Tras la lectura del texto, he seleccionado algunos fragmentos que me han parecido más significativos y que ahora reproduzco, en el bien entendido que deben ubicarse dentro de una exposición de cada epígrafe o apartado mucho más amplia y a la que se debe prestar, evidentemente, toda la atención.

Buena lectura.

“Los riesgos psicosociales, el estrés relacionado con el trabajo y las enfermedades no transmisibles preocupan cada vez más a gran número de trabajadores de todo el mundo. Al mismo tiempo, muchos trabajadores siguen haciendo frente a riesgos persistentes para la seguridad y la salud relacionados con el trabajo y es importante no pasarlos por alto cuando miramos hacia el futuro” (pág. 1).

“Con el reto de la SST como telón de fondo, el capítulo 2 examina las tendencias que impulsan los cambios en el mundo del trabajo y su impacto en la SST, centrándose en los cuatro ámbitos principales desde los cuales está cambiando el mundo del trabajo, a saber, la tecnología, la demografía, el desarrollo sostenible, que incluye el cambio climático, y la organización del trabajo. Al examinar cada uno de los principales ámbitos donde se están produciendo avances, el informe pretende determinar las oportunidades y los retos principales para la SST y para la prevención y el control de los riesgos” (pág. 2).

“Según las estimaciones, las enfermedades del sistema circulatorio (31 por ciento), los cánceres de origen profesional (26 por ciento) y las enfermedades respiratorias (17 por ciento) representan cerca de tres cuartas partes de todas las muertes relacionadas con el trabajo. Las enfermedades provocan la mayoría de las muertes relacionadas con el trabajo (2,4 millones, a saber, el 86,3 por ciento), frente a los accidentes del trabajo mortales (que representan el 13,7 restante). Juntos, suman entre el 5 y el 7 por ciento de las muertes en el mundo (Christopher y Murray, 2016; OIT, 2006; Murray y López, 1996)”(pág 3).

“Alrededor de dos tercios (65 por ciento) de la mortalidad relacionada con el trabajo en el mundo se registra en Asia, seguida de África (11,8 por ciento), Europa (11,7 por ciento), América (10,9 por ciento) y Oceanía (0,6 por ciento). Estas cifras reflejan la distribución de la población de trabajadores del mundo y del trabajo peligroso, así como los distintos niveles de desarrollo económico de los países” (pág. 4).

“…(existe el) reconocimiento de que los efectos de la reestructuración y reorganización del trabajo pueden incidir no solo en los riesgos para la salud física sino también en la salud mental de los trabajadores” (pág. 21).

“Los avances tecnológicos afectan a todos los aspectos del trabajo, desde quién o qué realiza el trabajo, cómo y dónde se realiza y qué trabajo se realiza, cómo se organiza el trabajo y las condiciones en que se realiza, así como a la seguridad y salud de los trabajadores. Estos cambios y avances se producen cada vez con más rapidez, ya tienen un considerable impacto en las condiciones de trabajo y en la seguridad y la salud de los trabajadores, y se prevé que lo sigan teniendo en el futuro” (pág. 29).

“… el teletrabajo reduce el tiempo y el estrés de los traslados, así como el riesgo de sufrir accidentes del trabajo, y puede contribuir a un mejor equilibrio entre la vida laboral y la vida personal. No obstante, también puede plantear desafíos en materia de SST, como la necesidad de gestionar los riesgos psicosociales relacionados con el trabajo en solitario y la posible erosión de la división entre el trabajo y la vida personal, así como para asegurar la ergonomía en los puestos de trabajo”.

“La adopción de tecnologías robotizadas y de automatización nuevas también puede introducir riesgos ergonómicos a través de la nuevas interfaces hombre-máquina, nuevos riesgos para la ciberseguridad y riesgos psicosociales nuevos o desconocidos relacionados con la interacción humana con la AI y la robótica. Recientemente se han producido accidentes del trabajo y muertes relacionadas con el trabajo provocados por la robótica, como en 2015, cuando un trabajador murió cuando un robot lo agarró por el pecho y lo aplastó contra una placa metálica en una fábrica de automóviles de Volkswagen (Independent, 2015)”.

“… el enfoque de la SST respecto de la edad debería centrarse en la adaptación de las condiciones laborales a la capacidad de trabajo, y no necesariamente en determinar la capacidad en función de la edad cronológica. La creación de condiciones de trabajo sostenibles exigirá que, cada vez más, los gobiernos y los interlocutores sociales desarrollen una comprensión más amplia acerca de la influencia que ejercen los cambios en la edad sobre la capacidad del trabajo, así como del impacto acumulativo de las exposiciones a lo largo de la vida laboral” (pág. 38).

“Para luchar contra los riesgos relacionados con el trabajo a lo largo de la vida de un trabajador, los empleadores deberían integrar la edad y el sexo en las evaluaciones de los riesgos en el trabajo con objeto de promover unas condiciones de trabajo saludables adaptadas a los desafíos singulares a que se enfrentan los trabajadores que envejecen” (pág. 38).

“… la proliferación de la economía de plataformas ha difuminado las líneas divisorias entre el hogar y el trabajo, añadiendo presión psicosocial a las mujeres que, cada vez más, deben lidiar con las exigencias de la vida laboral y atender las responsabilidades familiares, como el cuidado de los hijos (para más información sobre la economía de plataforma, véase la sección 2.4.) Por otro lado, la participación en aumento de las mujeres en el trabajo digitalizado y las tecnologías de la información (TI) ha provocado un aumento del acoso en línea, el ciberacoso y la denigración que provocan riesgos psicosociales y estrés laboral a las trabajadoras” (pág. 40).

“Con toda probabilidad, el futuro se caracterizará por el aumento de las temperaturas, los cambios en los regímenes de precipitaciones y la mayor frecuencia e intensidad de fenómenos atmosféricos extremos (como las sequías, las tormentas y las inundaciones). Aparecerán nuevas enfermedades y surgirán nuevos riesgos para la salud, se producirá una pérdida de la biodiversidad, se contaminará el aire, el agua y el suelo, y disminuirán los recursos naturales debido a la sobreexplotación. El cambio climático y la degradación ambiental configurarán la SST y las acciones necesarias para proteger a los trabajadores, al tiempo que introducirán riesgos nuevos o amplificarán los existentes” (pág. 42).

“En todo el mundo, muchos trabajadores trabajan horas excesivas, a menudo debido a cambios en las modalidades de empleo o a los salarios bajos. Mientras, un número cada vez mayor de trabajadores de la fuerza de trabajo mundial participa en el trabajo temporal, a tiempo parcial, en régimen de subcontratación, irregular, ocasional o a pedido, con contratos de cero horas, por cuenta propia y otras modalidades similares de empleo. Estas prácticas se conocen como ‘formas atípicas de empleo’, y ofrecen flexibilidad a las empresas para atender las demandas de un mundo cambiante y cada vez más globalizado. No obstante, a menudo generan inseguridad para los trabajadores en distintos ámbitos, desde la inseguridad del empleo y de los ingresos a la falta de protección laboral, social y de SST”.

“En la actualidad, aproximadamente un tercio de la fuerza de trabajo en el mundo (36,1 %) trabaja un número excesivo de horas, entendiéndose por horas excesivas de trabajo las que superan de forma habitual las 48 horas por semana” (pág. 50).

“Existen como mínimo cuatro categorías de riesgos asociados a estas formas de organización del trabajo (Nota: se refiere a las formas atípicas de empleo”): los riesgos relacionados con las lesiones profesionales y los accidentes del trabajo; los riesgos psicosociales y de acoso, la exposición a condiciones de trabajo deficientes y a peligros, y los riesgos derivados de la fatiga” (pág. 50).

“… hoy, más del 60 por ciento de la población que está empleada en el mundo lo está en el empleo informal (OIT, 2016a). Los trabajadores que participan en formas atípicas de empleo pueden estar especialmente expuestos a los riesgos de la informalidad. El número de trabajadores empleados en la economía informal oscila de una región a otra, representa el 82 por ciento del empleo no agrícola en Asia Meridional, el 66 por ciento en África Subsahariana, el 65 por ciento en Asia Oriental y Sudoriental, el 51 por ciento en América Latina y el 45 por ciento en Oriente Medio y África del Norte, pero sólo el 10 por ciento en Europa Oriental y Asia Central (Vanek y otros autores, 2014)” (pág. 53).

“Desde la perspectiva del control del trabajo y la seguridad del empleo, mucho de lo que se promueve como “nuevo” en cuanto a impacto de esta tecnología refleja a menudo un tipo de empleo (más precario y menos seguro) habitual antes de la introducción de las protecciones por vía de la legislación y de la influencia de la mano de obra organizada en los países industrializados a finales del siglo XIX. El trabajo en las plataformas digitales de trabajo a menudo se asemeja a las modalidades de trabajo imperantes en el siglo XIX que estaban basadas en el rendimiento y se organizaban en torno a gremios (Garben, 2017; Hong, 2015; Risak y Warter, 2015)” (pág. 54).

“Cuestiones como el aislamiento, la socialización, los EPP, el acceso a la información, la representación, la organización del trabajo, las responsabilidades por enfermedades profesionales o accidentes del trabajo, entre otras, son cuestiones clave que deben abordarse para anticipar y configurar una cultura de prevención en materia de seguridad y salud adaptada al nuevo entorno. Esta visión del futuro puede integrar nuevas tecnologías al servicio de la SST, como las aplicaciones de seguridad, el análisis de grandes datos y la IA. Los riesgos que conlleva la integración de estas nuevas tecnologías en el lugar de trabajo deben tenerse presentes. Mientras, como se ha debatido en la sección 3.4, es fundamental corregir la brecha entre la salud en el trabajo, la salud pública, la salud ambiental y el bienestar general para anticipar y prevenir los riesgos nuevos y emergentes”. (pág. 58).

“Aunque la anticipación de los riesgos nuevos y emergentes reviste cada vez más importancia en un mundo que está en constante evolución, ello no debería desviar la atención prestada a la persistencia de los riesgos tradicionales en todo el mundo, que varían en función de la geografía y el sector económico”. (pág. 60).

“La SST no se acaba en el trabajo. Los efectos y los resultados de la SST repercuten también en la salud y el bienestar de las personas en general, y en los de la sociedad en su conjunto. Si el trabajo se considera como un factor determinante de la salud, entonces es preciso prestar mayor atención a las conexiones entre SST y salud pública, así como a las posibles nuevas funciones relacionadas con la salud en el trabajo, como la promoción de la salud, la prevención y la gestión de los riesgos psicosociales emergentes, los trastornos de la salud mental y las enfermedades no transmisibles. El vínculo entre SST y salud pública tiene repercusiones para las infraestructuras interconectadas que rigen la atención de salud, la salud ambiental, el bienestar social y la protección social, así como para la naturaleza y el enfoque de las instituciones de la sociedad civil en su compromiso con la SST” (pág. 62).

“La SST no sólo debe ocuparse de los peligros en un único puesto de trabajo, sino de los encontrados a lo largo de toda la vida laboral del trabajador. Ello incluye el tratamiento de la inseguridad laboral (como la asociada a las formas atípicas de empleo) y el estrés y las ansiedades de origen profesional, así como del tiempo transcurrido entre empleos, como el desempleo y el subempleo, que también pueden provocar problemas de salud importantes (estas condiciones también se conocen como “peligros para la salud en el trabajo”) (pág. 63).

“algunos países se han alejado de la relación de trabajo como elemento central para determinar a quién competen los deberes y los derechos (habitualmente al “empleador” y a los “trabajadores asalariados” respectivamente) para responder a una fuerza de trabajo cada vez más fragmentada. Estos países han extendido el ámbito de aplicación de su legislación sobre SST ampliando los conceptos de “empleador” y de “trabajador asalariado” para incluir, respectivamente, a propietarios y arrendatarios, y a trabajadores por cuenta propia, trabajadores de subcontratistas y trabajadores contratados a través de agencia. Algunos países han optado por ampliar el deber general del empleador en materia de SST para incluir a las personas que no tienen una relación de trabajo con dicho empleador; otros han introducido regímenes de responsabilidad solidaria. Además, para adaptarse a los cambios en la organización de las tareas y las modalidades de trabajo, se observa una tendencia a no asignar responsabilidades de acción preventiva a la entidad que controla al trabajador o al lugar de trabajo, sino más bien a la entidad que controla la actividad laboral y está, por consiguiente, en una situación en la que puede prevenir daños” (págs. 66-67).

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