Reproduzco en esta entrada el texto de la intervención preparada para mi intervención en el Congreso Interuniversitario OIT sobre el futuro delTrabajo, que tendrá lugar en Sevilla los días 7 y 8 de febrero, más concretsamente en la Conversación II dedicada al "Trabajo decente para todos".
1. Deseo, en
primer lugar, agradecer a la organización del Congreso su invitación a formar
parte del comité científico, y también a poder intervenir en esta sesión
dedicada al “trabajo decente para todos”.
Es una
satisfacción poder compartir mesa de trabajo con la profesora de la Universidad
de La Laguna Gloria Rojas, la secretaria confederal de internacional y
cooperación de CCC OO Cristina Faciaben, y las personas que han presentado
comunicaciones que han sido seleccionadas por el citado comité para su presentación
en la sesión plenaria.
Como miembro del
comité he debido proceder a la lectura de las 43 comunicaciones presentadas a
esta Conversación, y puedo dar fe de la calidad intelectual de la gran mayoría
de las mismas, que han versado sobre la situación y perspectivas del trabajo
decente, las empresas y los derechos humanos, y la protección social y
fiscalidad. .
De acuerdo a la
distribución de contenidos que hemos realizado con la profesora Rojas, mi
intervención se centrará en el examen del trabajo decente en las normas y
documentos emanados de la Organización Internacional del Trabajo. De esta
manera, amplío y desarrollo artículos que he dedicado a la misma temática en
los últimos años, gran parte de los cuales pueden consultarse en mi blog.
Quiero, con todo,
hacer referencia a dos textos presentados en jornadas de estudio, que considero
de especial interés: en primer lugar, la ponencia impartida en la Universidad
de León el 9 de marzo del pasado año, titulada “Empleo decente: un reto
presente y de futuro”, recientemente publicada en el núm.5/2018 la Revista
Jurídica de dicha Universidad[1]; en segundo término, la
presentada en el Simposio interamericano OIT sobre el futuro del trabajo,
celebrado en Santa Cruz de La Palma, el día 30 de octubre, titulada “El debate
sobre el futuro del trabajo y la situación de la población trabajadora. Precariedad
del empleo, desigualdad y pobreza: la inseguridad de los ingresos”, cuya
presentación está disponible en las redes sociales[2].
Justamente, y lo
subrayo por el extraordinario interés que levantó el Simposio, hay que hacer
mención de sus conclusiones, presentadas durante su celebración por la
profesora Dulce Cairós[3] y que han sido muy
recientemente publicadas en su página web[4]. Al objeto de mi
exposición es muy relevante la número 1, que me permito reproducir para abrir
camino a las nomas y documentos más recientes en los que se aborda la temática
del trabajo decente.
“El origen,
recorrido e institucionalización de la idea misma de “trabajo decente” se
remonta a la Constitución de la OIT, en 1919, para actualizarse décadas más
tarde en la Declaración de Filadelfia, en 1944. Textos más recientes, como el
Pacto Mundial para el Empleo de 2009 siguen dando cuenta de dicha categoría
normativa, la cual ha tenido impacto en los ordenamientos internos y en normas
internacionales y ha trascendido a otros foros y espacios como Naciones Unidas,
proyectándose en la Agenda 2030 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La
noción de “trabajo decente” afronta actualmente nuevos desafíos: configurar un
Derecho del trabajo modular, que abarque las modalidades de trabajo atípicas,
la transición de la economía informal a la formal, el desdibujamiento de la
relación de trabajo y la reevaluación de los indicios de laboralidad. A este
respecto hay que destacar la relevancia de la Recomendación número 198 sobre la
relación de trabajo de 2006, cuya principal virtud ha sido la sistematización
-no así la creación, ni la elaboración- de los indicios de laboralidad que
utilizan los legisladores y los órganos judiciales”.
Se trata de
un concepto, el de “trabajo decente”, que se utiliza reiteradamente pero que,
hasta el presente, salvo error u omisión por mi parte, sólo aparece
expresamente recogido en un Convenio, el número 189 dedicado a las trabajadoras
y trabajadores domésticos, cuyo art. 6 dispone que “Todo Miembro deberá adoptar
medidas a fin de asegurar que los trabajadores domésticos, como los demás
trabajadores en general, disfruten de condiciones de empleo equitativas y
condiciones de trabajo decente, así como, si residen en el hogar para el que
trabajan, de condiciones de vida decentes que respeten su privacidad”. Sobre el trabajo decente y empleo doméstico,
he tenido hace poco, el 13 de diciembre, oportunidad de intervenir en el
Seminario sobre servicio doméstico, organizado por el Instituto de Estudios de
Género de la Universidad Carlos III de Madrid, cuya presentación puede también
seguirse en las redes sociales[5].
Una última
observación meramente formal. Todas las normas y documentos a los que me
referiré a continuación están disponibles en la página web de la OIT[6],
por lo que omito los enlaces para acceder a cada uno de ellos, con la petición
que formulo a todas las personas interesadas, que espero que sean muchas, de
que accedan a los mismos para su lectura íntegra.
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2. Antes de referirme a las normas y documentos de la OIT deseo hacer mención a la Agenda 2030 de la ONU y los objetivos de desarrollo sostenible[7].
El concepto
de trabajo decente ha sido incluido, y con fuerza, entre los objetivos de la
Agenda 2030 de la ONU para el desarrollo sostenible, definida esta en su
preámbulo como “un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la
prosperidad”, enfatizando que “Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y las
169 metas que anunciamos hoy demuestran la magnitud de esta ambiciosa nueva
Agenda universal. Con ellos se pretende retomar los Objetivos de Desarrollo del
Milenio y conseguir lo que estos no lograron. También se pretende hacer
realidad los derechos humanos de todas las personas y alcanzar la igualdad
entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas. Los
Objetivos y las metas son de carácter integrado e indivisible y conjugan las tres
dimensiones del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental”.
Con respecto
al objetivo 8, el Informe antes citado de la OIT destaca que varias metas
fijadas en el mismo tiene especial importancia por su relación con el respeto y
cumplimiento de los principios y derechos fundamentales en el trabajo,
básicamente los apartados 5 a 8, aun cuando también en varios de los restantes
objetivos encontramos relación con tales principios y derechos, como por
ejemplo el número 1 que está centrado en la reducción de la pobreza y en la
garantía de una adecuada protección social. Repárese, pues, que la actividad de
la OIT para la consecución de las metas fijadas en el objetivo 8 no se detienen
únicamente en dicho texto, sino que se extienden a otras muchas, y que
requerirá (obsérvese su relación con la gobernanza y el diálogo social),
“disponer de un marco de instituciones, organizaciones, leyes y políticas, y de
una cultura de diálogo social que permitan gobernar el mundo del trabajo y el
funcionamiento de los mercados laborales”.
En efecto,
la Agenda 2030 sobre desarrollo sostenible tiene como Objetivo 1 poner fin a la
pobreza en todas sus formas en todo el mundo, fijándose como objetivos concreto
“1.1 Para 2030, erradicar la pobreza extrema para todas las personas en el
mundo, actualmente medida por un ingreso por persona inferior a 1,25 dólares de
los Estados Unidos al día 1.2 Para 2030, reducir al menos a la mitad la
proporción de hombres, mujeres y niños de todas las edades que viven en la
pobreza en todas sus dimensiones con arreglo a las definiciones nacionales 1.3
Poner en práctica a nivel nacional sistemas y medidas apropiadas de protección
social para todos, incluidos niveles mínimos, y, para 2030, lograr una amplia
cobertura de los pobres y los vulnerables”. Por otra parte, su objetivo 8 es el
de promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el
empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, con mención expresa
a “8.3 Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades
productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y
la innovación, y alentar la oficialización y el crecimiento de las
microempresas y las pequeñas y medianas empresas, entre otras cosas mediante el
acceso a servicios financieros 8.5 Para 2030, lograr el empleo pleno y
productivo y garantizar un trabajo decente para todos los hombres y mujeres,
incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, y la igualdad de
remuneración por trabajo de igual valor 8.8 Proteger los derechos laborales y
promover un entorno de trabajo seguro y protegido para todos los trabajadores,
incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las
personas con empleos precarios”. Probablemente, lo dejo apuntado, el logro del
trabajo decente para los trabajadores migrante sea uno de los retos más
acuciante, tanto presente como de inmediato futuro.
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3. ¿Qué es
el trabajo decente?
A) Hace ya
casi veinte años, el entonces director general de la OIT, Juan Somavía,
presentaba la Memoria a la Conferencia Internacional de1999, que llevaba por
título “Trabajo decente”, en cuyo prólogo se afirmaba que proponía “una
finalidad primordial para la OIT en estos momentos de transición mundial, a
saber, la disponibilidad de un trabajo decente para los hombres y las mujeres
del mundo entero. Es la necesidad más difundida, que comparten los individuos,
las familias y las comunidades en todo tipo de sociedad y nivel de desarrollo.
El trabajo decente es una reivindicación mundial con la que están confrontados
los dirigentes políticos y de empresa de todo el mundo. Nuestro futuro común
depende en gran parte de cómo hagamos frente a ese desafío”.
A partir de
entonces han sido numerosos los documentos elaborados sobre el trabajo decente,
conceptuado en términos generales como “el trabajo productivo para los hombres
y mujeres en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana”, y
ya concretado en los programas de trabajo decente (PTD) por países, que reposan
sobre cuatro pilares, que son la
creación de empleo y el desarrollo de las empresas, la protección social, las
normas y derechos en el trabajo, y la gobernanza y diálogo social.
Se ha destacado
en las conclusiones del Simposio de Santa Cruz de La Palma, y lo subrayo por su
estrecha relación con lo anterior, que “Los puntos de partida para afrontar la
consecución de un futuro basado en trabajo decente deben tener en cuenta, al
menos, los cuatro elementos siguientes: los convenios internacionales del
trabajo de la Declaración de 1998, a los que se podría añadir otros, como el
Convenio 158 sobre terminación de la relación de trabajo, el 131 sobre métodos
de fijación de salarios a través de consultas y negociación colectiva y los
convenios 1 y 30 sobre limitación de la jornada; la protección social del
trabajo asalariado y dependiente, con independencia de las estipulaciones
contractuales; el rescate de la presunción de laboralidad y el principio de
primacía de la realidad y el refuerzo de la libertad sindical”.
La necesidad
de tener en consideración la realidad económica y social de cada país en la
puesta en marcha de los PTD, al mismo tiempo que garantizando su cobertura a
escala mundial, ha sido reiteradamente subrayada en los estudios e informes de
la OIT, de los que ahora me interesar destacar la “Guía práctica para la
incorporación sistemática del trabajo y empleo decente” en la que se pone de
manifiesto, muy correctamente a mi parecer, que “Mientras que, por una parte,
es necesario crear un entorno mundial favorable al empleo y al trabajo decente,
por otra parte también hace falta fomentar y apoyar la acción en los niveles
local y comunitario a fin de beneficiar a la mayor parte de la fuerza de
trabajo de todos los países, cualquiera que sea su nivel de desarrollo, y en
particular de los países en desarrollo, en los cuales debería prestarse
especial atención a la necesidad de mejorar la economía informal, el sector
agrícola y las microempresas y pequeñas empresas”.
El reto de
todas las políticas sobre el empleo y trabajo decente, sigue señalando la guía
con acierto, es el de “generar un cambio de paradigma en nuestro pensamiento,
de forma que consideremos los resultados que nuestras políticas y programas
pueden tener en el empleo y el trabajo decente antes de su formulación, a fin
de minimizar los efectos adversos y de potenciar al máximo los resultados
positivos”, enfatizando, y la referencia cobra especial importancia porque
también se la ha dado el Informe presentado el pasado 22 de enero por la
Comisión Mundial sobre el futuro del trabajo y que lleva por título “Trabajar
para un futuro más prometedor”, que “se trata de una dificultad a la que
también tuvimos que hacer frente durante el proceso de incorporación de las
cuestiones de género, pero que se ha superado poco a poco, como lo demuestra el
hecho de que la perspectiva de género se utiliza ahora habitualmente en la formulación
de las políticas y los programas”.
B) En la
Conferencia internacional del Trabajo de 2017 fue presentado el “Informe VI
Principios y derechos fundamentales en el trabajo: Retos y oportunidades
(Discusión recurrente sobre el objetivo estratégico relativo a los principios y
derechos fundamentales en el trabajo, con arreglo al seguimiento de la
Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización
equitativa, 2008)”.
En dicho
texto se recuerda cuáles eran los objetivos estratégicos definidos por la OIT,
que desarrollaban las líneas generales apuntadas años antes, sobre el trabajo
decente, destacando la importancia de avanzar su seguimiento y actualización, o
de puesta en práctica en aquellos países que aún no lo hubieran hecho, dados
los nuevos desafíos en el mundo laboral, entre los que se citaban de forma
expresa “la gobernanza del mercado de trabajo, la naturaleza de la relación de
trabajo y el propio futuro del trabajo”, al tiempo que subraya el crecimiento
de las desigualdades, “que han venido a agravar el estancamiento de los
salarios y el aumento de la inseguridad del empleo, factores que también han
contribuido a la polarización del discurso político en muchos países”.
En el
Informe se afirma que los responsables de las políticas “están teniendo que
abordar nuevas cuestiones derivadas de la expansión de diversas formas de
empleo y adoptan una combinación de políticas destinadas a fomentar el empleo y
que a la vez preservan los derechos en el trabajo”. A buen seguro que, acercándonos a las
realidades más concretas de nuestro mercado laboral, podemos estar pensando en
la problemática laboral de las personas que prestan sus servicios para las
plataformas tecnológicas.
C) Un año
antes, en la Conferencia de 2016, se había aprobado la Resolución sobre “El
avance de la justicia social mediante el trabajo decente. Evaluación del
impacto de la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una
globalización equitativa y conclusiones sobre la acción futura”, en la que se
enfatizaba con acierto que el trabajo decente “se reconoce ahora ampliamente
como un objetivo mundial”, y que algunas de las normas aprobadas en los últimos
años encuentran su punto de referencia en la citada Declaración, como son la
Recomendación (2012) sobre los pisos de protección social, el Protocolo (2014)
relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso de 1930, y la Recomendación
(2015) sobre la transición de la economía informal a la formal”, así como
también que en todos los programas puestos en marcha en los distintos Estados
se ha tratado de incluir los cuatro objetivos estratégicos, además también de
la igualdad de género y la no discriminación “como cuestiones transversales”.
Es
probablemente en esta Resolución donde mejor se sintetiza qué políticas debe
llevarse a cabo para lograr aquellos objetivos y principios estratégicos, en el
marco de una realidad caracterizada por profundos cambios tecnológicos,
sociales, demográficos, económicos y ambientales, y que por su importancia me
permito ahora reproducir: “a) el empleo mediante la creación de un entorno
institucional y económico propicio para que las empresas sean productivas,
rentables y sostenibles, junto con una economía social sólida y un sector
público viable, a fin de fomentar un crecimiento incluyente, empleo y
oportunidades de ingresos; b) la protección social — seguridad social y
protección de los trabajadores — a fin de garantizar a todos una distribución
equitativa de los frutos del progreso; c) el diálogo social y el tripartismo
como medio esencial para el logro efectivo de los cuatro objetivos estratégicos
a nivel nacional, regional e internacional; d) los principios y derechos
fundamentales en el trabajo, que son universales e inmutables, así como su
importancia particular como derechos y como condiciones propicias, en
particular la libertad sindical y de asociación y la negociación colectiva; e)
la igualdad de género y la no discriminación también como cuestiones
transversales en cada uno de los cuatro objetivos estratégicos”.
D) Si centramos
nuestra atención en una concreta realidad productiva, la de las cadenas
mundiales de suministro, es importante destacar que la OIT ha dedicado especial
atención a cómo abordar la problemática del trabajo decente en las mismas.
En la
Conferencia Internacional de 2016, el Informe IV estuvo dedicado a “El trabajo
decente en las cadenas mundiales de suministro”, justificado por la necesidad
de abordar la repercusión que la actividad de dichas cadenas tiene sobre el
empleo y las relaciones laborales individuales y colectivas, bastando ahora con
recordar que se define como tales a “toda organización transfronteriza de las
actividades necesarias para producir bienes o servicios y llevarlos hasta los
consumidores, sirviéndose de distintos insumos en las diversas fases de
desarrollo, producción y entrega o prestación de dichos bienes y servicios”.
Como
continuación de las actividades de la OIT en este ámbito, la reunión de
expertos en la materia, celebrada en Ginebra del 21 al 23 de noviembre de 2017,
aprobó las conclusiones “sobre la promoción del trabajo decente y la protección
de los principios y derechos fundamentales en el trabajo para los trabajadores
de las zonas francas industriales (ZFI)”, en las que junto a los aspectos
positivos de desarrollo económico y creación de empleo que pueden significar
para el país en cuestión, se constatan también “desafíos y déficits en materia
de derechos fundamentales y trabajo decente en múltiples ZFI”, por lo que se
pide a los Estados que estos “no se vean comprometidos en las políticas
destinadas a atraer a inversores a las ZFI”, en especial por lo que respecta a
los derechos colectivos de libertad sindical y negociación colectiva.
Más
ampliamente, y a fin y efecto de garantizar el respeto a los derechos de las
personas trabajadores, que no es otra cosa que el respeto a un empleo pleno y
productivo y al trabajo decente, se indica que los gobiernos deberían “deberían
promover la negociación colectiva y velar por un entorno propicio para unas
relaciones laborales sostenibles; mejorar las condiciones de trabajo y los
dispositivos de protección social, incluida la protección de la maternidad;
adoptar medidas apropiadas a fin de que las formas atípicas de empleo no se
usen para conculcar los derechos de los trabajadores; desarrollar sistemas de
seguridad y salud en el trabajo que también se apliquen en las ZFI; reforzar la
inspección del trabajo en las ZFI y facilitar un acceso rápido a vías de
reparación efectiva cuando se haya confirmado una vulneración; fomentar el
diálogo a nivel nacional, regional y local a fin de identificar los retos que
plantean las ZFI; y ayudar a las empresas a ejercer la debida diligencia. En
términos más generales, deberían adoptar políticas industriales para
posibilitar una diversificación con actividades económicas de mayor valor
añadido y reforzar el desarrollo de competencias”.
E) Me
refiero a continuación al Estudio general presentado en la Conferencia Internacional
de 2018, “relativo a los instrumentos sobre el tiempo de trabajo” (Informe III,
parte B), incluido en el tercer punto del orden del día, dedicado a las
informaciones y memorias sobre la aplicación de Convenios y Recomendaciones.
El documento
dedica un amplio apartado a la relación entre tiempo de trabajo y trabajo
decente, uniendo ambos en el rótulo “tiempo de trabajo decente en un mundo
laboral en transformación”, para poner de manifiesto la importancia que tiene
la organización del tiempo de trabajo en la vida de las personas y de las
empresas (mucho más, añado yo ahora, ante la importancia que ha adquirido la
tecnología, que hace muy borrosa en muchas ocasiones la distinción clásica entre
“tiempo de trabajo” y “tiempo libre o disponible), y que como consecuencia de
ello, y con la posible excepción de los salarios (que ciertamente son el punto
de referencia más relevante para la mayor parte de las personas trabajadoras),
el tiempo (yo diría más bien “los tiempos”) de trabajo, es la condición laboral
“que tiene un impacto más directo en la vida cotidiana de los trabajadores”, ya
que su cantidad y distribución afectan no sólo al esfuerzo físico y/o psíquico
de quien trabaja, sino también a la calidad del trabajo efectuado, y tiene
considerables repercusiones sobre los “tiempos de vida” de las personas fuera
del ámbito laboral, e igualmente dicha cantidad y distribución es de interés
para el mundo empresarial a fin y efecto de poder organizar el trabajo de
manera eficaz y a fin también de conseguir el mayor y mejor resultado en
términos de rendimiento, productividad y competitividad: No menos importante es
la afectación de la organización de la vida laboral, concretada ahora en los
tiempos de trabajo, en la organización de la sociedad en general y cómo debe
ser abordada por quienes gobiernan (piénsese, por poner dos ejemplos muy
prácticos, en su afectación a la política de transportes y a la de los horarios
escolares).
Especialmente
importante me parece que el Estudio subraye que la tecnología tiene aspectos
ciertamente positivos por posibilitar una mayor participación en el mercado de
trabajo de personas que tienen más dificultades para hacerlo en el marco de una
organización empresarial clásica, pero que al mismo tiempo “también puede tener
efectos negativos sobre la salud y el bienestar de los trabajadores debido a
que los límites entre el trabajo y la vida privada tienden a difuminarse.
Aunque tradicionalmente éste ha sido un rasgo del trabajo de las mujeres,
quienes suelen realizar una buena parte de su trabajo no remunerado en su
domicilio (tal como, lavar la ropa, cuidar a los niños, trabajar a destajo,
etc.), con las nuevas tecnologías el fenómeno del trabajo a domicilio se ha
incrementado exponencialmente”, encontrando una nueva y relevante referencia al
trabajo femenino y la creciente participación de la mujer en la vida laboral,
cuando enfatiza que la feminización de los mercados de trabajo “pone de relieve
de diferentes maneras los problemas relacionados con el tiempo de trabajo”
(¿cómo y cuándo se concilia? ¿cómo se distribuyen las tareas familiares? ¿qué
impacto tiene sobre el mercado de trabajo la externalización de tareas – hacia
otras mujeres en su gran mayoría – que anteriormente se desarrollaban en el
seno de la unidad familiar por la mujer?).
En
conclusión, y tras un amplísimo repaso a toda la problemática de la
organización y distribución del tiempo de trabajo, y de sus efectos en términos
de cantidad y calidad sobre las personas en general, no sólo sobre las
trabajadoras, el documento concluye, con plenos acierto a mi parecer, que la
cuestión del tiempo de trabajo “se ha convertido en un elemento clave del
Programa de Trabajo Decente de la OIT, en el marco más amplio de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible y en particular del Objetivo de Desarrollo
Sostenible (ODS) 8, para promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo
y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos”.
F) A continuación,
quiero referirme al informe anual elaborado por la OIT sobre las tendencias de
empleo, publicado el 22 de enero de 2018, ya que es el que nos acerca a las
realidades, y problemas, más actuales del mundo del trabajo y nos describe los
retos y desafíos que siguen existiendo para avanzar hacia el logro del empleo
pleno y productivo y del trabajo decente para todos.
Un amplio
capítulo del Informe está destinado a la transformación estructural que se está
operando en el trabajo, y por consiguiente también en el mercado laboral, y
cuáles son sus implicaciones para la calidad del trabajo, siempre planteada por
la OIT desde cómo facilitar a toda persona trabajadora un empleo digno y
decente. Hay una constatación generalizada de desplazamiento, o reasignación,
de trabajadores entre sectores productivos como consecuencia de diversos
factores económicos y sociales que afectan a nuestras sociedades, entre los que
se listan “los avances tecnológicos, la acumulación de capital, la
globalización, la tecnología y las políticas gubernamentales”, en el bien
entendido que el sector servicios seguirá experimentando incrementos (en los
países desarrollados supone el 75 % de la población trabajadora, y más concretamente un 41 % en los servicios
de mercado) y el sector de la agricultura mantendrá su tendencia descendente,
siendo en este sector muy importantes las diferencias porcentuales entre los
países en desarrollo (que ocupan al 70 % de su población trabajadora en la
agricultura), aquellos con rentas medias bajas (40 ), los de rentas medias
altas (16 %) y los países desarrollados ( 3%)
La llamada
“desindustrialización precoz”, es decir el menor crecimiento de la actividad
industrial en los países con menores ingresos con ocasión de la reasignación de
factores de producción, lleva a la OIT a ser prudente, y manifestar dudas, con
respecto al posible cambio positivo de la calidad del empleo en el tránsito del
sector agrícola al de servicios, ya que en estos últimos hay una buena gama de
empleo cuyas condiciones laborales son inferiores a los de la industria, en el
bien entendido que esta problemática también afecta a los países desarrollados
y puede provocar un incremento del empleo a tiempo parcial y el subempleo por
insuficiencia de horas de trabajo.
De ahí que
la OIT tenga un punto de preocupación a mi parecer incluso algo superior al
manifestado en Informes de años anteriores, al afirmar que “el rumbo previsto
de la transformación estructural parece tener escasas posibilidades de suscitar
mejoras generalizadas de las condiciones de trabajo”, que “la mejora de las
condiciones de trabajo depende de la capacidad de los trabajadores para
encontrar empleos con mejores condiciones de trabajo en los sectores a los que
están pasando, lo que no está garantizado en absoluto”, que un incremento de
número de trabajadores que pasen de la agricultura a los servicios no implica
necesariamente un descenso en la incidencia de la informalidad laboral, y
poniendo de manifiesto que “para obtener los resultados de la transformación
estructural en materia de trabajo decente primero se habrán de emprender
iniciativas políticas firmes que impulsen la formalización, el empleo de
calidad y la productividad en el sector de los servicios”.
G) Es conveniente
referirse ahora al “Informe inicial” elaborado por la Oficina Internacional del
Trabajo de manera específica para la primera reunión de la Comisión de Expertas
y Expertos creada con ocasión de la puesta en marcha de la Iniciativa sobre el
Futuro del Trabajo, celebrada el 21 de septiembre de 2018. El Informe repasa de
manera general cuáles son las grandes tendencias e implicaciones para el futuro
del trabajo, y en ellas centro ahora mi atención.
Se concentra en
primer lugar en la globalización, que abarca “la internacionalización de la
producción, las finanzas (incluidas las remesas), el comercio y la migración”, siendo relevante destacar el
importante estancamiento del comercio que se ha producido en los últimos años,
y que desde luego no parece que vaya a mejorar si se confirma el proteccionismo
comercial del gobierno estadounidense, y que tiene además especial impacto
sobre el empleo a escala mundial, ya que una parte importante del mismo se
concentra en las llamadas cadenas mundiales de suministro (ámbito de actividad
en donde se opera la fragmentación de la producción en tareas y actividades),
de tal manera que el Informe se plantea, y
no tiene respuesta concreta, que conforme se ralentiza el comercio “se
desconoce si las cadenas mundiales de suministro y la fragmentación de la
producción seguirá creciendo o si cambiará su naturaleza”.
Respecto a la
tecnología, se destaca su impacto transformador sobre la naturaleza del
trabajo, mucho más que en etapas históricas anteriores, poniendo de manifiesto
la divergencia de tesis existentes sobre el impacto creador, neutro o
destructor de la misma en términos de empleo, aunque de lo que no parece haber
duda es de que afecta en gran medidas a las competencias y habilidades
personales, y que provoca una polarización entre los niveles altos y bajos de
cualificación profesional de las personas trabajadoras, con un impacto
igualmente importante sobre el crecimiento de las diferencias salariales. Para
los autores del Informe, el impacto de la tecnología en el mundo del trabajo
dependerá “de cómo se distribuyan los beneficios, dado el aumento de la
desigualdad de los ingresos entre países y regiones, y de si la transición crea
trabajo decente y de calidad”.
El Informe cita,
no podría ser de otra, la demografía, el cambio demográfico, como uno de los
retos y tendencias más relevantes, poniendo de manifiesto el diferente impacto
que tiene en las diversas regiones mundiales según que en cada una de ella se
produzca un incremento del número de personas jóvenes o de personas de edad
avanzada, destacándose la gran diferencia entre países emergentes y en
desarrollo, en los que sus dinámicas demográficas “han llevado a un aumento de
la población joven que accede al mercado de trabajo”, mientras que en los
países desarrollados el dato prevalente es el progresivo envejecimiento de la
población y el incremento de la tasa de dependencia, ya que si en 1950 la
proporción era de ocho mayores de 65 años por cada cien personas en edad de
trabajar, la cifra ya era de doce en 2015, previéndose que puede llegar a
dieciocho en 2030, y de ahí que se plantee el recurso de acudir a la migración
para dar respuesta a la disminución de la fuerza laboral, sin olvidar el
potencial de creación de empleo en sectores vinculados a las personas de edad,
como son entre otros los de salud y los de cuidados de larga duración.
La importancia del
cambio climático a efectos laborales es también enfatizada en el documento,
insistiéndose en la importancia de reducir las emisiones y lograr una
transición hacia una economía más ecológica que atenúe, por los menos,
situaciones ya graves que se han producido como “el desplome de la pesca, la
degradación del suelo, las migraciones forzosas, la contaminación de la
atmósfera y de los acuíferos, y la pérdida de la diversidad”. No es especialmente
optimista el Informe al abordar esta temática, poniendo de manifiesto que “La
relación entre el desarrollo económico y el medio ambiente ha dado un giro: la
degradación continua de nuestro entorno va camino de destruir empleos y medios
de subsistencia, y son los grupos vulnerables quienes perciben sus efectos de
modo más riguroso, entre ellos los desplazados de sus hogares como resultado de
los desastres relacionados con el cambio climático, los pueblos indígenas y
tribales y los pobres”.
Al igual que ocurrirá,
mejor dicho, que ya está ocurriendo, con el cambio tecnológico por su impacto
sobre el empleo, los nuevos empleos que puedan crearse en el marco de esta
economía menos contaminante y más ecológica deberán adaptarse a tales cambios,
con nuevas cualificaciones y perfiles de los puestos de trabajo, pero además
también habrá que tomar en consideración la adaptación de los entornos y las
prácticas de trabajo, así como también de los diseños de productos y su
manufactura. En definitiva, habrá que adoptar medidas para que se produzca una
“transición justa” entre un modelo y otro, que deberán prestar atención
especial a las personas trabajadoras, ya que aquello implicará sin duda
“desplazamientos entre unos sectores y otros, y cambios en las cualificaciones
requeridas, tanto para las empresas como para los individuos”.
H) Por último,
quiero referirme al ya antes citado Informe presentado el 22 de enero por la
comisión mundial sobre el futuro del trabajo, que lleva por título “Trabajar
para un futuro más prometedor”.
La lectura del
documento, calificado por quienes lo han elaborado como “el principio del
viaje”, es altamente recomendable para todas las personas interesadas en el
mundo del trabajo, de cara tanto a conocer cuál es su realidad actual (aunque
ciertamente en este terreno hay que acudir para mucho más detalle a los
informes anuales sobre las tendencias del empleo) como muy especialmente qué
medidas hay que adoptar para conseguir que el futuro sea, como reza el título
del informe, “más prometedor”.
Un documento, en
el que se subraya, con pleno acierto a mi parecer, que “no es la primera vez
que una alteración tan profunda del mundo del trabajo ha requerido una
respuesta colectiva y mundial”,
recordando como fueron las consecuencias de la primera guerra mundial las que
sentaron las bases para la creación de la OIT para tratar de evitar que se
volvieran a producir situaciones como las vividas, sufridas, en los cinco años
anteriores, llegándose a la suscripción de un “contrato social universal”,
reiterado y profundizado en la Declaración de Filadelfia de 1944, que sigue
siendo hoy, se subraya en el informe, “el más ambicioso de la historia”,
trasladado, con las necesarias matizaciones y especificidades, a los marcos
estatales, aunque de manera desigual y en ocasiones dejando fuera del mismo a
parte de sus poblaciones, y que requiere de un nuevo impulso para afrontar los
cambios que están sucediéndose de manera vertiginosa en el mundo laboral. Por
ello, me parece acertada la idea-eje central sobre la que se articula el
documento, cuál es la de tratarse de un programa centrado en las personas para
el futuro del trabajo, desagregada en tres ideas-eje más concretas, cuales son
invertir en las capacidades de las personas, en las instituciones del trabajo,
y en el trabajo decente y sostenible, con un objetivo que sigue siendo el que
presidió la creación de la OIT y las acciones que ha venido desarrollando desde
entonces, cual es que “a cambio de la contribución de los trabajadores al
crecimiento y la prosperidad se les garantiza una participación equitativa en
ese progreso, se respetan sus derechos y se les protege contra algunos de los
aspectos más espinosos de la economía de mercado”.
a) El documento
subraya primeramente la importancia de invertir en las capacidades de las
personas, e incluye cuatro elementos básicos que deben ser aplicados por todos
los países, que son “un derecho universal al aprendizaje permanente, el apoyo a
las personas en las transiciones, una agenda transformadora para la igualdad de
género y una protección social más sólida”.
Respecto al
primero, y en una línea semejante a la existente en algunos países
desarrollados, me parece importante destacar la propuesta de establecer “un
sistema rediseñado de «seguro de empleo» o de «fondos sociales» que permita a
los trabajadores tomarse tiempo libre remunerado de sus trabajos para
participar en la formación. Se podría reconocer a los trabajadores el derecho a
un determinado número de horas de formación, independientemente del tipo de
trabajo que hagan”, enfatizando que este sistema “tiene la ventaja de apoyar a
los trabajadores más vulnerables mediante su formación continua, en particular
a los trabajadores por cuenta propia o los trabajadores de las pequeñas y
medianas empresas, que tienen menos posibilidades de beneficiarse de la
formación financiada por el empleador”.
En cuanto al apoyo
a las personas a lo largo de las transiciones del futuro del trabajo, se pone
especial atención tanto en las medidas dirigidas a jóvenes, con políticas de
formación, aprendizaje y emprendimiento que permitan la inclusión de todos
ellos, como en las enfocadas a la población de edad avanzada “para ampliar sus
opciones y favorecer una sociedad activa a lo largo de toda la vida”. Me quedo,
como idea relevante de este segundo elemento, con la propuesta de elaborar
“nuevos mecanismos para rediseñar el seguro de desempleo, la formación y los
permisos como el «seguro de empleo», así como para mejorar la empleabilidad
(por ejemplo, la formación para el empleo, el trabajo por cuenta propia o la
iniciativa empresarial) y empoderar a los trabajadores de manera que sepan
reorientar sus vidas ante la pérdida de puestos de trabajo”.
En relación con la
agenda transformadora para lograr la igualdad de género, más allá de las
medidas necesarias que deben adoptarse en el ámbito de las relaciones de
trabajo (una buena noticia es el acuerdo alcanzado el 24 de enero entre el
Consejo y el Parlamento Europeo sobre la directiva para la conciliación de la
vida familiar y laboral[8], que establece el mínimo
de cuatro meses de permiso de paternidad y maternidad, dos de los cuales
deberán ser intransferibles y remunerados, cómo mínimo del 65% del sueldo neto,
con obligación empresarial de dar diez días a sus empleados por el nacimiento
de sus hijos, y la asignación de cinco días por trabajador y año como permiso
para cuidadores, además de abrir el abanico de opciones para acogerse a un
trabajo flexible en materia de jornada y salario), hay que cambiar cómo se mide
y valora el trabajo, para conocer exactamente la importancia de aquel que no
entra en los circuitos de la actividad estadísticamente productiva,
recomendando el informe que “se adopten medidas para garantizar la rendición de
cuentas con el fin de impulsar la igualdad de género. Importa lo que medimos.
Tener en cuenta el trabajo de prestación de cuidados no remunerado puede
cambiar la reflexión acerca de su valor y puede revelar un panorama más exacto
del bienestar nacional y mundial. Las políticas de transparencia salarial, como
el cumplimiento de requisitos obligatorios de presentación de información y
otras medidas que protegen el derecho de los trabajadores a compartir
información, pueden arrojar luz sobre la magnitud de las diferencias salariales
basadas en el género y facilitar que se corrijan”. Es especialmente
interesante, tal como ha sido puesto ya de manifiesto en estudios elaborados
sobre dicha temática, que hay que corregir el posible sesgo negativo de género
en los algoritmos utilizados para encontrar puestos de trabajo, y de ahí que el
informe recomiende “que se adopten medidas concretas para garantizar la
igualdad de oportunidades y la igualdad de género en los puestos de trabajo del
mañana que las nuevas tecnologías harán posible”.
Por fin, sobre el
fortalecimiento de la protección social, se enfatiza la necesidad de disponer,
ante los cambios que ya se están produciendo, y que seguirán con mayor
intensidad, en el mundo del trabajo, de un sistema que dé respuesta a tales
cambios y que ha de basarse “en los principios de solidaridad y de reparto de
los riesgos que ayude a satisfacer las necesidades de las personas a lo largo
del ciclo de vida”, y, más importante si cabe, que llegue a todos los
trabajadores, sea cual sea la forma de trabajo, con mención expresa a la
inclusión de los trabajadores por cuenta propia, no descartando en modo alguno,
si fuera necesario por la insuficiencia económica para alcanzar tal objetivo,
reasignar el gasto público y proceder al aumento de los ingresos fiscales.
b) La Comisión
también pide invertir en las instituciones del trabajo, y hemos de partir de
una tesis central que no por ser repetida una y mil veces deja de tener un
valor fundamental: el trabajo no es una mercancía, y los trabajadores “son
seres humanos, con derechos, necesidades y aspiraciones”. Por ello, disponer de
unos derechos en la vida laboral es determinante y necesario para conseguir esa
cohesión social de la que tan necesitados estamos en estos momentos en gran
parte de los Estados miembros de la OIT.
No es de extrañar
que una de las medidas propuestas en el Informe que ha recibido más atención en
los ya numerosos artículos publicados en los medios de comunicaciones y en las
redes sociales sea la del establecimiento de una “garantía social universal`”, que
incluya algo que ya existe en buena parte de los Estados miembros pero que
constituye un objetivo a alcanzar en los restantes, además de velar por su
estricto cumplimiento en todos en los que existen, como son proteger los
derechos fundamentales de los trabajadores (la remisión a los ocho convenios
fundamentales de la OIT es aquí obligada, con mención a los derechos de
libertad sindical y negociación
colectiva, la prohibición del trabajo forzoso y del infantil, y la prohibición
de todo tipo de discriminación), un “salario vital adecuado”, limitar el tiempo
de trabajo y garantizar la seguridad y salud en el lugar donde se preste la
actividad, poniendo acertadamente de manifiesto la interconexión existente
entre todos ellos.
También se propone
“ampliar la soberanía sobre el tiempo”, para satisfacer, aprovechando las
posibilidades que la tecnología ofrece, las necesidades e intereses tanto de
los empleadores como de los trabajadores, evitando que se difumine o se
convierta en inexistente la línea divisoria entre tiempo “laboral” y tiempo “personal”,
o lo que es lo mismo, hablamos del conocido como “derecho a la desconexión
digital”. Pero, obsérvese bien que esta situación no sólo afecta a quienes
tienen una jornada y horario de trabajo más o menos conocido y estable, sino
también, y desde una perspectiva mucho más negativa, a quienes trabajan pocas
horas habitualmente o que deben estar pendientes (“trabajo a la llamada”) del
requerimiento empresarial para prestar sus servicios (contrato de cero horas).
Es decir, las dificultades entre la conciliación de los tiempos de vida
personal y de trabajo no afectan solo a los primeros, sino, como explica muy
acertadamente el Informe, también a los segundos, ya que “casi uno de cada
cinco trabajadores de todo el mundo que trabaja pocas horas señala que le
gustaría trabajar más horas. Para muchos de ellos, las horas de trabajo pueden
variar mucho y ser impredecibles, sin un número garantizado de horas semanales
de trabajo remunerado, y con poco o ningún derecho a escoger cuándo trabajan”.
Es decir, la autonomía
debe predicarse para todos los
trabajadores, yendo el informe en la misma línea que se propone por las organizaciones sindicales en sus
propuestas a las instituciones comunitarias sobre cómo garantizar condiciones
de trabajo transparentes y previsibles, recomendando que a efectos de disponer
de mayor conocimiento y mayor soberanía sobre su tiempo “se adopten medidas de
reglamentación apropiadas que establezcan un número mínimo de horas
garantizadas y previsibles”, así como también que “se deberían adoptar otras
medidas para compensar el horario variable con una prima por un trabajo que no
está garantizado y una remuneración por tiempo de espera para compensar los
periodos en los que los trabajadores por hora están «de guardia»”.
Invertir en las instituciones
del trabajo significa igualmente revitalizar la representación colectiva,
adoptándose por los Estados políticas públicas que promuevan la representación
colectiva y el diálogo social, con reivindicación del papel central que han de
tener las organizaciones representativas de trabajadores y empresarios en dicha
revitalización, subrayándose con preocupación los efectos negativos que la
concentración del poder económico y el debilitamiento de las organizaciones
sindicales y de la negociación colectiva ha tenido sobre el incremento de la
desigualdad. Para que puedan cumplir eficazmente su laboral se pide, y me
consta que muchas organizaciones ya lo están haciendo desde hace tiempo, que
las organizaciones sindicales se adapten a los cambios tecnológicos y a la
cambiante composición de la población de trabajadora, en la que un número que
cada vez más va en aumento no se inserta en los circuitos hasta hace poco
tiempo ordinarios de la actividad productiva, además de establecer y forjar
alianzas con otras organizaciones sociales. La revitalización de la negociación
colectiva ha de significar la de la política salarial, con mejoras salariales
que afecten positivamente a todo tipo de trabajadores, incluyendo pues a los
que se encuentran en la economía informal.
En fin, especial
atención presta el informe a uno de los ejes concretos en los que se desagrega
el de invertir en la instituciones, cuál es el de la utilización de la
tecnología para potenciar el trabajo decente y “bajo control humano”, ya que, se vuelve a
insistir, el trabajo no es una mercancía
y el trabajador no es un robot, poniendo de manifiesto que “La realización del
potencial de la tecnología en el futuro del trabajo depende de decisiones
fundamentales en relación con la concepción del trabajo, que podrían implicar
debates en profundidad entre trabajadores y directivos para el «diseño» de los
puestos de trabajo”. El informe aboga por el establecimiento de un sistema de
gobernanza internacional de las plataformas digitales de trabajo que “establezca
y exija que las plataformas (y sus clientes) respeten ciertos derechos y
protecciones”, poniendo como posible ejemplo a tomar en consideración el
Convenio sobre trabajo marítimo de 2006, que no es “sino un código mundial para
las gentes del mar”.
El informe, en la
misma línea que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
sobre el convenio europeo que recoge tales derechos, el Reglamento comunitario
sobre protección de datos personales y la reciente Ley orgánica española sobre
protección de datos y garantía de los derechos digitales, llama a las empresas
a asegurarse de que “cuentan con
políticas de transparencia y de protección de datos para que los trabajadores
sepan qué información se está rastreando”, así como de la obligación de informarles
“de cualquier control que se realice en el lugar de trabajo e imponer límites a
la recopilación de datos que puedan dar lugar a discriminación”. En definitiva,
una política de aplicación de la tecnología en la vida laboral que debe tener
como objetivo, y no es de menor importancia, “que se respete la dignidad de los
trabajadores”.
c) Por último, el
tercer eje central del informe es el de invertir en trabajo decente y
sostenible. En este punto se plantea primeramente la conveniencia de adoptar incentivos
para promover inversiones en las que se califican de “áreas clave que promuevan
el trabajo decente y sostenible”, en línea con las recomendaciones formuladas
en los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030, haciendo por ejemplo expresa
mención a que la economía de los cuidados “podría generar más de 475 millones
de empleo en todo el mundo para 2030”, que medidas necesarias para mitigar el
cambio climático, apostar por la economía verde, las energías renovables y la
construcción y el acondicionamiento medioambiental sostenibles, reforzar
inversiones en la economía rural (de la que se recuerda que sigue ocupando a
“más de dos de cada cinco trabajadores del mundo), o la mejora de la
modernización de la agricultura de la agricultura de subsistencia a pequeña
escala, son todas ellas necesarias para mejorar las condiciones de vida y de
trabajo de gran parte de la población mundial, y que además, y con
independencia de cuáles sean las áreas de inversión económica que elija cada
país, “será un requisito indispensable disponer de unas infraestructuras
físicas, digitales y sociales, en particular de servicios públicos de alta
calidad”.
Por fin, se trata
de reorientar los incentivos hacia un modelo empresarial y económico, leit
motiv del informe, “centrado en las personas”, pidiendo un cambio en la
gobernanza y la conducta empresariales que pasa por una mayor transparencia y
rendición de cuentas de sus actividades, manifestando el informe su
preocupación “por la concentración de poder en manos de las empresas tecnológicas
actuales”, apoyando las iniciativas internacionales, existentes o en marcha,
“para promover más competitividad por la innovación y el desarrollo de empresas
que se adapten mejor a la consecución de objetivos sociales”.
Especialmente
importante me parece su propuesta (que no es una novedad en el panorama
internacional, pero que tiene la fuerza de provenir de una institución de la
importancia de la OIT) de cambiar los criterios para medir el progreso social y
económico, cuestionado que solo el producto interior bruto deba ser el criterio
de referencia. Por su interés, reproduzco este breve fragmento del informe:
“Esto se debe a que el PIB mide únicamente el valor monetario de los bienes y
servicios producidos por las personas y las unidades económicas, incluido el
gasto público. Es un criterio incompleto de creación de valor y, por sí mismo,
un indicador insuficiente del éxito de las políticas aplicadas. Por tanto, nos
sumamos a los numerosos llamamientos a que se incluyan otros indicadores
complementarios del PIB que alienten y determinen con más precisión el progreso
en la ejecución del programa centrado en las personas. Recomendamos la
concepción y la aplicación de un indicador para el trabajo no remunerado
realizado en los hogares y en las comunidades. Esto nos permitiría contar con
una medida global del valor general del trabajo realizado en la sociedad y
facilitaría a los gobiernos la formulación de políticas en apoyo de los
sectores remunerados y no remunerados de la fuerza de trabajo, y en particular
de la economía de los cuidados. Además, recomendamos el desarrollo de un
indicador que refleje las externalidades de la actividad económica,
especialmente las relativas al medioambiente, incluidos los costos de
saneamiento y del cuidado de la salud. Por último, recomendamos la creación de
uno o varios indicadores para medir las dimensiones relativas a la distribución
y la equidad del crecimiento económico, que abarcarían la evolución de la renta
familiar y el acceso a la educación, la salud y la vivienda”.
&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
4. Concluyo mi
intervención nuevamente haciendo referencia a las conclusiones del simposio de
Santa Cruz de La Palma y hago mía una de ellas que creo que refleja muy bien
los retos con los que nos enfrenamos en el inmediato futuro: “.. Es
indispensable prepararse y anticiparse para lograr gestionar eficazmente los
riesgos y las oportunidades de las transiciones en las que estamos inmersos con
el objetivo de la OIT de asegurar el trabajo decente, expresión de la “justicia
o equidad transicional” en las distintas transiciones: tecnológica,
demográfica, climático-energética y económica…”.
Muchas
gracias.
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