sábado, 27 de octubre de 2018

La iniciativa del centenario relativa al futuro del trabajo (OIT). El debate sobre el futuro del trabajo y la situación de la población trabajadora. Precariedad del empleo, desigualdad y pobreza: la inseguridad de los ingresos


1. Durante los días 30 y 31 de octubre se celebrará en la bella ciudad de Santa Cruz deLa Palma , capital de la isla canaria de La Palma, el Simposio Iberoamericano OIT “El futuro del trabajo: un escenario decambios tecnológico y transformaciones productivas”. El magno evento será inaugurado por el Director General de la Oficina de la OIT para España, Joaquín Nieto, que pronunciará la conferencia “El futuro del trabajo en el mundo: la contribución de España al debate global”. Constará de cuatro paneles durante los dos días, en los que serán abordados los siguientes temas: El futuro del trabajo: mutaciones del empleo y consecuencias sociales; trabajo decente y retos para las relaciones de trabajo; organización del trabajo y la producción: desafíos de futuro; la gobernanza del trabajo: protagonistas e instrumentos para la ordenación del futuro del trabajo. Igualmente, habrá una mesa redonda, con la participación del gobierno canario, organizaciones empresariales y sindicales más representativas, y del Consejo General de Graduados Sociales. El simposio será clausurado, tras la presentación de las conclusiones, por la coordinadora de la iniciativa del futuro del trabajo, María Luz Vega, con la conferencia “El futuro del trabajo en el mundo como debate global lanzado por la OIT: avances y perspectivas”.

Que todas las iniciativas y propuestas formuladas por la OIT tienen una indudable importancia, lo demuestra, a título de ejemplo, que el reciente informe delConsejo Económico y Social de España sobre el futuro del trabajo, tras poner de manifiesto que “Conviene por todo ello situar los cambios actuales en la economía y en el trabajo, por profundos que estos sean, dentro de una perspectiva histórica que recuerde la necesidad de vincular los factores de cambio, su naturaleza y efectos, con las decisiones políticas que deben adoptarse para permitir que aquellos beneficien al conjunto de la población y hagan posibles sociedades con cohesión e igualdad de oportunidades”, enfatiza que “en este sentido, es oportuno atender a las orientaciones de la OIT cuando señala que responder a esos retos y hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el trabajo requiere voluntad política, una gobernanza eficaz del mercado de trabajo y un diálogo social incluyente, todo lo cual remite a la idea de gobernanza del trabajo, clave para afrontar los desafíos y extender las oportunidades”.

2. Las entidades organizadoras del evento, entre las que se encuentran, además de la propia OIT, las Universidades de La Laguna y Las Palmas, así como también la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, han tenido la amabilidad, que les agradezco muy sinceramente, de invitarme a participar en el primer panel, compartiendo mesa de trabajo con tres juristas de muy reconocido prestigio, la profesora María Emilia Casas, el profesor Carlos Palomeque, y el profesor Vincenzo Ferrari, estando la moderación asignada a otro jurista de no menos reconocido prestigio como es el profesor Manuel Álvarez de la Rosa. Además de la temática que me ha sido asignada y que se recoge en la última parte del título de este texto, serán objeto de atención la calidad del empleo en el futuro y qué empleo se requiere para un mundo en transformación, la diversidad de la población trabajadora y las transformaciones de la noción de trabajador, y el incierto futuro de los derechos en el trabajo humano.

Como puede comprobarse fácilmente, todas las ponencias del panel están estrechamente unidas alrededor de la idea central que se recoge en su título, cual es el futuro del trabajo, las mutaciones del empleo y las consecuencias sociales. Precariedad, desigualdad, pobreza (laboral o no) e insuficiencia de ingresos son términos que van estrechamente unidos en gran parte de las ocasiones y suponen un reto importante a afrontar si queremos avanzar hacia una sociedad más justa e inclusiva, y en el donde el empleo siga siendo un elemento central del contrato social que se requiere en el siglo XXI y que continúe la senda del existente durante la segunda mitad del siglo XX en, al menos, gran parte de los países desarrollados.

En efecto, la propia OIT lo ha puesto de manifiesto en sus estudios e informes, y baste ahora citar la nota informativa sobre el contrato social y el futuro del trabajo, elaborada con ocasión de la puesta en marcha de la iniciativa del centenario relativa al mundo del trabajo, en la que se enfatiza que “Uno de los principales desafíos del contrato social en el siglo XXI es el alto y, generalmente creciente, nivel de desigualdad e inseguridad de salarios en muchos lugares del mundo, a pesar del avance logrado para reducir la pobreza y el gran progreso del desarrollo humano, incluidas menores tasas de mortalidad materna e infantil, así como mayores niveles de educación (PNUD, 2015). No obstante, se sigue dejando de lado a las personas que viven en las formas más extremas de pobreza (Ravallion, 2014), y la exclusión social, principalmente de los grupos desfavorecidos, sigue siendo motivo de gran preocupación (ONU DAES, 2016). Muchos trabajadores y sus familias en todo el mundo pasan apuros debido a los ingresos bajos y fluctuantes, las malas condiciones laborales y la falta de protección social, y muchos siguen viviendo en la pobreza a pesar del arduo trabajo (OIT, 2016b). Un factor causante de esta situación es la exclusión económica que tiene su origen tanto en la baja productividad como en las estructuras productivas subdesarrolladas, que tienden a producir altos niveles de pobreza, informalidad y desigualdad. En muchos lugares del mundo, las aspiraciones de conseguir un trabajo decente de personas cada vez más preparadas y calificadas se han visto frustradas debido a los altos niveles de desempleo, subempleo e informalidad”.

Justamente la problemática salarial fue objeto de atención en el informe de la OIT de 2015 sobre “La protección de los trabajadores en un mundo del trabajo en transformación”, en el que podía leerse que “El informe constata “la divergencia entre el crecimiento de los salarios medios reales y la productividad media del trabajo entre 1999y 2013 en las economías desarrolladas”, así como también que esta “desconexión” va de la mano con un incremento de la desigualdad salarial y con un elemento adicional de mayor preocupación por el impacto que tiene sobre el deterioro de la cohesión social: “el estancamiento de los salarios es mayor para los trabajadores que se encuentran en la parte inferior de la distribución salarial, que son principalmente trabajadores poco calificados y en una posición más débil para negociar aumentos salariales y, por tanto, con mayor necesidad de mecanismos de apoyo institucional, como la negociación colectiva y los salarios mínimos”. Igualmente, se ponen de manifiesto las diferencias salariales por razón de sexo, que según el último informe mundial sobre salarios sitúa al de las mujeres entre un 4 y un 36 %, según países, por debajo del de los hombres”.  El dato, positivo, de la existencia del salario mínimo, vía legal o convencional, en cerca del 90 % de los Estados miembros debe matizarse con la constatación de que no alcanza a parte de la población trabajadora en algunos de ellos, y que no ha sido convenientemente actualizado en los últimos años como consecuencia de la crisis económica, o que su cuantía está bastante por debajo del salario medio, e incluso por el grado de incumplimiento de la normativa. Como dato concreto referido a 2010, y siendo conscientes de que el Convenio 189 de la OIT ha ayudado a la mejora de la situación, el informe revela el dato de que de 53 millones de trabajadores domésticos “el 43 % (o sea 22,3 millones) han quedado excluidos de la cobertura del salario mínimo”, y también que en el seguimiento del cumplimiento de la normativa sobre salario mínimo en 11 países en desarrollo “un tercio de 326 millones de asalariados cubiertos por la legislación recibe una remuneración inferior al mínimo legal”.

El más reciente Informe mundial 2016-2017 sobre salarios, está dedicado específicamente a la desigualdad en el lugar de trabajo.  El incremento de las desigualdades provoca sin duda alguna un aumento del descontento social y la posibilidad de conflictos sociales importantes. La tendencia, ya constatada en informes de años anteriores, se reitera en el informe 2017, con particular preocupación para las desigualdades por razón de género y el incremento de las brechas (no únicamente la salarial) entre hombres y mujeres en perjuicio de estas últimas, recordando en este punto las diferencias existentes “pese a las legislaciones en materia de remuneración equitativa adoptadas en varios países”. La falta de empleo decente en buena parte de países en desarrollo y en países emergentes incentiva el interés (forzado, no se olvide, en la mayor parte de las ocasiones) en la emigración, poniendo de manifiesto el informe que en el África subsahariana, América Latina y el Caribe, y África del Norte, la proporción de personas dispuestas a desplazarse al extranjero es del 32, 30 y 27 % respectivamente.

Del informe 2016-2017 me interesa destacar dos datos especialmente significativos: el primero, que la desigualdad salarial se agudiza en el tramo superior, de tal manera que “en la mayor parte de los países los salarios van subiendo paulatinamente en casi toda la distribución salarial, aunque al llegar al 10 por ciento superior se registra un aumento drástico, en especial en el caso del 1 por ciento de asalariados con el nivel máximo de remuneración. En Europa, el 10 por ciento mejor remunerado percibe un promedio equivalente al 25,5 por ciento del total de los salarios abonados al total de trabajadores de los respectivos países, casi tanto como lo que percibe el 50 por ciento con menor remuneración (29,1 por ciento)”; la segunda, que “El informe indica que los salarios y la desigualdad entre ellos no vienen determinados solo por el perfil de las personas en términos de competencias (como el nivel de instrucción, la edad o la antigüedad en el puesto), sino que hay otra serie de factores determinantes, entre otros, el género, el tamaño de la empresa, el tipo de contrato y los sectores a los que pertenecen los trabajadores. Las estadísticas descriptivas de una muestra de países desarrollados y en desarrollo documentan que un título universitario no garantiza necesariamente un empleo bien remunerado; que los sectores inmobiliario y financiero destacan entre los que tienen trabajadores con niveles máximos de remuneración; y que la proporción de mujeres no deja de reducirse a medida que se asciende hacia los deciles mejor remunerados. En Europa, por ejemplo, las mujeres representan en promedio entre el 50 y el 60 por ciento de los trabajadores de los tres deciles con menor remuneración; esta proporción cae hasta el 35 por ciento entre el 10 por ciento de asalariados mejor remunerados, y hasta un 20 por ciento entre los del 1 por ciento con la máxima remuneración”.

3. El futuro del trabajo, los cambios en el empleo, el incremento de la precariedad laboral y de la desigualdad en el mundo del trabajo, con el aumento del número de trabajadores pobres (working poors) y la insuficiencia de ingresos de muchas personas trabajadoras para subvenir a sus necesidades y las de sus familias, han sido objeto de atención por mi parte en artículos que he ido publicando en revistas especializadas y, en especial, en mi blog durante los últimos años, con atención especial, como no podría ser de otra forma, a los estudios, informes y documentos elaborados por la OIT, ya sean los de periodicidad anual sobre el trabajo en el mundo, y a los más recientes vinculados directamente a la iniciativa sobre el futuro del trabajo.

Por referirme únicamente al período que va desde principios de 2017 hasta la fecha de celebración del Simposio, han sido objeto de detallada atención los Informes de 2017 y 2018 sobre las tendencias mundiales del empleo (con una amplia referencia a los informes publicados en los cuatro años anteriores); los debates sobre la migración laboral que tuvieron lugar en la Conferencia Internacional del Trabajo de dicho año; una importante Resolución del Parlamento Europeo de 4 de julio de 2017 sobre las condiciones laborales y el empleo precario; los documentos elaborados por los Ministros de Trabajo y Empleo del G20, así como los texto aprobados por los Jefes de Estado y de Gobierno, sin olvidar, ni mucho menos, las aportaciones de las organizaciones sindicales internacionales; las propuestas del Fondo Monetario Internacional; el debate abierto en el Reino Unido a partir del informe sobre prácticas modernas y buen trabajo, conocido como “Informe Taylor”, publicado en julio de 2017; el informe anual de la OIT sobre las perspectivas sociales y de empleo en el mundo, dedicado en 2017 a las empresas y empleos sostenibles, es decir a las empresas formales y trabajo decente; el informe anual de la Comisión Europea  sobre la evaluación del mercado de trabajo y salarios; los informes anuales de la Red Europea de Lucha contra la pobreza y exclusión social en el Estado Español (EAPN-ES) de seguimiento del indicador de riesgo de pobreza y exclusión social en España; las no menos importante Resoluciones aprobadas por el Parlamento europeo el 24 de octubre y 16 de noviembre de 2017 sobre las políticas encaminadas a garantizar la renta mínima como instrumento para luchar contra la pobreza, y sobre la lucha contra las desigualdades para impulsar la creación de empleo y el crecimiento; el informe de la OIT sobre las tendencias del empleo juvenil en el mundo, presentado el 20 de noviembre; un atento análisis del Informe inicial elaborado por los servicios técnicos de la OIT el 21 de septiembre para la Comisión Mundial creada con ocasión de la puesta en marcha de la Iniciativa sobre el futuro del trabajo; el seguimiento de la aplicación y puesta en práctica de Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el desarrollo sostenible, entre cuyos objetivos se  encuentran los de poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo, y la promoción del crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible,  el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos; los documentos presentados en la CIT de  2018, con especial atención a los dedicados a los tiempos de trabajo, cómo abordar la violencia y el acoso contra las mujeres y los hombres en el lugar de trabajo, y cómo avanzar en la igualdad ente mujeres y hombres en el trabajo, sin olvidar que la Memoria presentada por el Director general estuvo dedicada justamente a esta última temática; en fin, y sólo para cerrar estas breves referencias, no cabe olvidar el examen de avance de datos de la encuesta del VIII Informe Foessa, que analiza el período 2008- 2018 y plantea que el mundo laboral español se encuentra ante los riesgos de una sociedad (des) integrada y (des) ligada. Me permito remitir a todas las personas interesadas a la lectura de dichos trabajos.

4. En un debate en el que está en juego qué aporta el trabajo a la sociedad en general y a las personas en particular, conviene sin duda prestar atención a cómo se utilizan las palabras “trabajo”, trabajador”, “empleador”, economía formal”, economía informal”, entre otras, ya que su definición en términos estrictamente jurídicos ha de tener una equivalencia en los criterios estadísticos que se utilicen para su medición. 

Sobre la medición de la economía informal conviene recordar primeramente la existencia de una Recomendaciónaprobada por la Conferencia Internacional del Trabajo en 2015. Se trata de definir que unidades económicas quedan incluidas en la misma, que para la OIT son “a) las unidades que emplean mano de obra; b) las unidades que pertenecen a personas que trabajan por cuenta propia, ya sea en solitario o con la ayuda de trabajadores familiares auxiliares no remunerados, y c) las cooperativas y las unidades de la economía social y solidaria”. En cuanto a qué sujetos, trabajadores y empresarios, se aplica la Recomendación, esta incluye  por una parte, desde la óptica empresarial, a i) los trabajadores por cuenta propia; ii) los empleadores, y iii) los miembros de cooperativas y de unidades de la economía social y solidaria”; desde la perspectiva laboral son incluidos “b) los trabajadores familiares auxiliares, independientemente de si trabajan en unidades económicas de la economía formal o de la economía informal; c) los trabajadores asalariados con empleos informales que trabajan en empresas formales o en unidades económicas de la economía informal, o bien para ellas, incluyendo, entre otros, a los que están en situación de subcontratación o que trabajan en cadenas de suministro, o en hogares como trabajadores domésticos remunerados, y d) los trabajadores cuyas relaciones de trabajo no están reconocidas o reguladas”.

Un examen más detallado se encuentra en el informe de la OIT sobre “Mujeres y hombres en laeconomía informal: un panorama estadístico”, del que reproduzco un párrafo que recoge un número importante de datos sobre la cuestión: “Las estadísticas señalan que el empleo informal desempeña un rol significativo en el mercado de trabajo mundial. De hecho, 2000 millones de trabajadores, que representan el 61,2 por ciento del empleo mundial, están en el empleo informal. La mitad de la población ocupada mundial desempeña un trabajo informal en actividades no agrícolas. El nivel de desarrollo socioeconómico se relaciona positivamente con la formalidad. Los países emergentes y en desarrollo tienen tasas sustancialmente más elevadas de informalidad que los países desarrollados. El sector informal incluye el mayor componente del empleo informal en todas las regiones. Al desagregar el porcentaje de empleo informal por sexo, los hombres (63,0 por ciento) tienen mayores porcentajes de empleo informal que las mujeres (58,1 por ciento) en todo el mundo, habiendo sin embargo más países (55,5 por ciento) en los que el porcentaje de las mujeres en el empleo informal supera al porcentaje de los hombres. Las mujeres están más expuestas al empleo informal en el África subsahariana, en los países de América Latina y en la mayoría de los países de ingresos bajos y medianos bajos. Con más frecuencia están en situaciones más vulnerables. Los jóvenes y las personas mayores resultan más afectados por la informalidad que las personas de edades entre 25 y 64 años. El nivel de educación es otro factor clave que afecta al nivel de informalidad. A nivel mundial, el mayor nivel de educación se relaciona con reducciones en el nivel de informalidad. Los habitantes de zonas rurales tienen casi el doble de probabilidad de estar en el empleo informal (80,0 por ciento) que los habitantes de zonas urbanas (43,7 por ciento). El sector agrícola es por naturaleza el sector con mayor nivel de informalidad (93,6 por ciento) del mundo. Los sectores de la industria (57,2 por ciento) y los servicios (47,2 por ciento) tienen relativamente menos informalidad”.

Cobra especial importancia en este punto la Resolución aprobada en la 20ª conferenciainternacional de estadísticos del trabajo (CIET), celebrada en Ginebra del 10 al 19 de octubre, sobre las relaciones de trabajo,
que se adopta por haber llegado a la conclusión de ser necesaria la revisión y ampliación de las normas vigentes sobre estadísticas de la situación en el empleo, debiendo procederse a “ampliar el ámbito de aplicación de las normas estadísticas sobre las relaciones laborales para abarcar todas las formas de trabajo; y proporcionar directrices sobre un conjunto más amplio de medidas que el que se ha definido previamente en el ámbito internacional, mejorando así la pertinencia y la utilidad de las normas para los países y territorios (denominados en lo sucesivo «países») en todas las etapas de desarrollo”, y en la que se enfatiza, a los efectos de posteriores definiciones, que “Dos características de los puestos de trabajo y las actividades productivas son pertinentes para su diferenciación según la situación en el trabajo y la situación en la ocupación, y su clasificación en grupos agregados. Una es el tipo de autoridad que el trabajador puede ejercer en relación con el trabajo realizado y otra el tipo de riesgo económico al que está expuesto”, siendo la primera la que permitirá diferenciar entre trabajadores dependientes o independientes. De especial interés a los objetos de mi texto, es importante destacar la relevancia que la resolución concede a la duración del contrato de trabajo y la antigüedad en la actual unidad productiva “a fin de lograr una cabal comprensión de la estabilidad de las relaciones de trabajo a lo largo del tiempo, así como para evaluar el grado de seguridad del puesto de trabajo y de los ingresos de los trabajadores en relaciones de trabajo no permanentes ...”.

Además, y tal como se explica en la nota de prensa oficial de síntesis del encuentro, “La Conferencia acordó nuevas clasificaciones del empleo que toman en cuenta los límites borrosos entre el trabajo dependiente – en una relación de empleo tradicional con un único empleador – y el trabajo independiente, la tendencia hacia formas de trabajo más individualizadas, y el surgimiento de nuevas formas de empleo, incluidas las plataformas en línea, el trabajo a pedido, el trabajo colaborativo, el empleo temporal y el trabajo a través de agencia. La Conferencia dedicó atención especial a la informalidad y a cómo mejorar los métodos para ofrecer un mejor asesoramiento sobre políticas”.

5. La preparación de una intervención para un evento de la importancia que tiene el celebrado en Santa Cruz de La Palma me ha llevado a la lectura, o relectura, y estudio de otros documentos no referenciados ni analizados en los citados con anterioridad, de los que ahora solo deseo dejar constancia y destacar algunas de sus tesis y conclusiones más relevantes, que sin duda serán del interés de todas las personas preocupadas por el futuro del trabajo.

A) Recientemente se difundía el informe elaborado por diversos investigadores e investigadoras, por encargo de la OIT, sobre “Las plataformas digitales y el futuro deltrabajo: como fomentar el trabajo decente en el mundo digital”, que recoge los resultados de una amplia encuesta a 3.500 trabajadores y trabajadoras residentes en 75 países, realizada entre 2015 y 2017 y que prestan servicio en cinco plataformas anglófonas dedicadas a la asignación de microtareas, y en el que se pone de manifiesto que no existe normativa estatal alguna en materia de plataformas digitales de trabajo, y que cada una de ellas dispone de sus propias condiciones de trabajo en términos de servicio.

El informe presenta 18 propuestas tendentes a garantizar un trabajo decente en tales plataformas, y tres recomendaciones para adaptar los sistemas de protección social a esta nueva realidad laboral. Las primeras son las siguientes: “1. Otorgar un estatus adecuado a los trabajadores; 2. Permitir a este tipo de trabajadores que ejerzan sus derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva; 3. Garantizar el salario mínimo aplicable del país de residencia de los trabajadores; 4. Garantizar la transparencia en los pagos y las comisiones cobradas por las plataformas; 5. Garantizar que los trabajadores puedan rechazar tareas; 6. Cubrir los costos por el trabajo perdido a causa de problemas técnicos en la plataforma; 7. Adoptar reglas estrictas y justas en materia de ausencia de pagos; 8. Garantizar que los términos del servicio estén redactados de manera clara y concisa; 9. Informar a los trabajadores de las razones de las evaluaciones negativas que reciben; 10. Adoptar y aplicar códigos de conducta claros para todos los usuarios de la plataforma; 11. Garantizar que los trabajadores puedan apelar una ausencia de pago, evaluaciones negativas, resultados de pruebas de calificaciones, acusaciones de violaciones del código de conducta y suspensiones de cuentas; 12. Crear sistemas para la evaluación de los clientes que sean tan exhaustivos como los de evaluación de los trabajadores; 13. Garantizar que las instrucciones sean claras y que sean validadas antes de publicar cualquier trabajo; 14. Permitir a los trabajadores que puedan consultar y exportar trabajos legibles para humanos y computadoras y su historial en cualquier momento; 15. Permitir a los trabajadores que entablen una relación laboral con el cliente fuera de la plataforma sin tener que pagar una tasa desproporcionada; 16. Garantizar que los clientes y los operadores de plataformas respondan de manera rápida, educada y sustantiva a las comunicaciones de los trabajadores; 17. Informar a los trabajadores sobre la identidad de sus clientes y el objetivo de las tareas; 18. Indicar claramente y de manera coherente las tareas que puedan acarrear un estrés psicológico o que puedan generar daños”.  Por su parte, las recomendaciones son las siguientes: “1. Adaptar los mecanismos de seguridad social para que cubran a los trabajadores en todas las modalidades de empleo, independientemente del tipo de contrato; 2. Hacer uso de la tecnología para simplificar los pagos de cotizaciones y beneficios; 3. Crear y fortalecer mecanismos universales y financiados con impuestos de protección social”.

B) Sobre la misma temática hay que hacer referencia al reciente estudio de Eurofound sobre el empleoy las condiciones de trabajo en una muestra seleccionada de plataformasdigitales, del que me interesa destacar la incertidumbre con relación a los ingresos obtenidos, que se explican en estos términos: “Los ingresos son muy inciertos para la mayoría de los tipos de trabajo en plataformas. El trabajo in situ iniciado por los trabajadores parece tener unos ingresos más predecibles, ya que los trabajadores fijan sus propios precios y determinan en gran medida su propio tiempo de trabajo, siempre que haya suficientes tareas disponibles. Los ingresos procedentes del trabajo determinado por la plataforma dependen a menudo de los turnos, las tareas y las primas concedidas por la plataforma, lo que permite estimar los ingresos en cierta medida, pero con un alto grado de variación. A los trabajadores se les paga por hora, por tarea o por una combinación de ambas. Si se les paga por tarea, el tiempo de espera entre tareas no es remunerado y puede variar en duración. Los concursantes en línea tienen el menor control sobre sus ganancias, ya que dependen del resultado de los concursos. Por esta razón, consideran que los concursos no son una fuente principal de ingresos, mientras que una pequeña parte de los trabajadores que realizan trabajos en el lugar de trabajo obtienen sus principales ingresos de esta fuente. Muchos de los trabajadores de la plataforma limitan su participación en la economía de la plataforma para permanecer dentro de los tramos impositivos más bajos o por debajo de los umbrales de trato fiscal preferencial. Por último, con la excepción de algunos de los trabajadores de la plataforma con un contrato de trabajo, los ingresos de los tres tipos de trabajo en la plataforma dependen, al menos en cierta medida, de la demanda de tareas y de la disponibilidad de los trabajadores de la plataforma”.

C) No menos importante me parece el informe elaborado para la Confederación Europea de Sindicatos sobre “Digitalización y participación de los trabajadores”, en el que se recogen las opiniones de los sindicatos, los representantes del personal y los trabajadores de plataformas digitales en Europa, siendo más de 1.500 las personas participantes, en el que se pone de manifiesto una coincidencia entre todas las organizaciones sindicales respecto a que la digitalización no solo tiene que ver con la tecnología y cómo impacta esta en el trabajo, sino también “con procesos de reestructuración y cambio que afectan a los niveles de empleo, las condiciones de trabajo y otros asuntos como la organización del trabajo, la jornada laboral o las relaciones laborales, es decir, al futuro del trabajo”.

La principal conclusión general de la encuesta, desde la perspectiva de las personas trabajadoras y de sus representantes y organizaciones sindicales, es la de que “es necesario trabajar activamente en la configuración de la digitalización, y se requieren soluciones y buenas prácticas que equilibren los intereses económicos y sociales y sean justas para todos los trabajadores”.

D) Sobre la pobreza en general, y con mi atención puesta en la laboral en particular, es necesario acudir al último informe, presentado muy recientemente, de la EAPN-ES sobre el seguimiento del indicador de pobreza y exclusión social en España, especificado en la Estrategia Europea 2020, para el período 2008- 2017: Recordemos que España se fijo el objetivo de reducir en el período 2009-2019 entre 1.400.000 y 1.500.000 el número de personas en riesgo de pobreza, objetivo realmente difícil de conseguir tras las consecuencias de la crisis en términos de incremento de pobreza y posterior reducción pero sin alcanzar las cifras del punto de partida, con lo cual se trata ahora de “reducir en 2,3 millones el número de personas en riesgo de pobreza y/o exclusión social en los próximos dos años”, siendo la cifra de 12.338.187 personas, un 26,6 % de la población residente en España la que “está en riesgo de pobreza y/o exclusión social”, de la que el 83,6 % tendría nacionalidad española y el 16,4 % extranjera (3,1 % de la UE y 11,4 % del resto del mundo”).

A los objetos de mi texto, el aspecto más relevante del informe es el de la relación de la pobreza con la actividad, siendo el dato más impactante el de que 14,1 % de la población ocupada “se encuentra en riesgo de pobreza, es decir son trabajadores pobres”, dato que para quienes han elaborado el informe, y desgraciadamente comparto su tesis, “confirma que tener un empleo no garantiza salir de la pobreza, como tantas veces se ha afirmado”, siendo significativo que sólo el 26,5 % de las personas pobres mayores de 15 años se encuentre en paro, lo que lleva a concluir al Informe que “no es el desempleo, entonces, lo que define a la pobreza; por el contrario, el grupo más numeroso es el de las personas ocupadas: exactamente una de cada tres personas pobres, mayores de 15 años, trabajan, es decir, disponen, al mismo tiempo, de un empleo remunerado. …”.

En la misma línea que el documento anterior se manifestaba ya hace un cierto tiempo el profesor Antonio Javier Ramos en su artículo “Pobreza y exclusión social en España.¿Hemos salido de la crisis económica?”, en el que constataba que “… tener trabajo no evita la pobreza. Los trabajadores españoles tienen unos niveles de pobreza superiores al conjunto de la UE. En 2014 la tasa de pobreza de los empleados en nuestro país era la tercera más elevada de la UE. Existe una estrecha relación entre pobreza y precariedad laboral. En España existe un mayor porcentaje de empleados con contrato temporal que en la UE y son más pobres. Se ha reducido significativamente la duración media de los contratos temporales, así como la ganancia media de los trabajadores con este tipo de contrato”. El porcentaje de contratos a tiempo parcial se ha incrementado en tiempo de crisis, pero se debe fundamentalmente a nuevos trabajadores que desearían encontrar un empleo a tiempo completo. También en este caso se han reducido las ganancias medias y los trabajadores son más pobres que en la UE).

Otro dato significativo del Informe de la AEPN-EP es que “el 44,6 % de las personas en desempleo y el 26,5 de las inactivas están en riesgo de pobreza”, siendo una variante de esta situación que el 53,3 % de las personas tengan dificultades para llegar a final de mes (desde el 28,2 % que tiene “cierta dificultad” al 15,6 % que tiene “dificultad”, y el 9,5 % con “mucha dificultad”).

El análisis más detallado de estas cifras pone de manifiesto una situación aparentemente contradictoria pero que no lo es si analiza el impacto de las reformas laborales iniciadas en 2012 sobre nuestro mercado de trabajo; de una parte, a partir de 2013, el inicio de la reducción del desempleo, y de otra que las tasas de pobreza de la población ocupada “se incrementan considerablemente en un proceso que, con pequeños altibajos, se ha mantenido hasta hoy”. Algo tendrá que importar, para entender esta realidad, el descenso de las rentas salariales, el incremento de los contratos de muy corta duración, o el incremento del trabajo (en buena parte se trata de una decisión obligada por la falta de empleo a tiempo completo, y por tanto no voluntaria) a tiempo parcial.

Por otra parte, y como bien se explica en el informe, la reducción de la tasa de pobreza de la población desempleada “no tiene porqué deberse necesariamente a una mejora de sus condiciones de vida”, ya que “En general, sucede que las personas que llevan largo tiempo en el paro acaban perdiendo sus prestaciones y caen en la pobreza al mismo tiempo que aumenta su desánimo y desesperanza en la posibilidad de encontrar un empleo. Además, los desempleados de larga duración son menos atractivos para el mercado laboral y, a mayor tiempo en el paro, más difícil se hace la reincorporación al mercado laboral. En esta situación, muchas de estas personas dejan de buscar y abandonan la población activa. En otras palabras, las personas desempleadas más pobres tienen mayor tendencia a pasar a la inactividad, lo que, por una parte, potencia la reducción de la pobreza entre la población desempleada y, al mismo tiempo, por otra, aumenta la pobreza entre la población inactiva. Esto es lo que parece haber sucedido, en conformidad con el aumento observado en la tasa de pobreza entre las personas inactivas que no están jubiladas…”. 

Dos conclusiones relevantes del informe son que estamos asistiendo a una recuperación asimétrica, que implica “claro empeoramiento de las condiciones de vida de las personas más vulnerables, expresado principalmente por el aumento de las tasas de pobreza severa y de la brecha de pobreza; la diferente evolución de la renta media en función de los grupos de renta (cuartiles) y el crecimiento de las desigualdades basadas en el género y en la edad”, y a un aumento de la desigualdad, que supone que “Los indicadores de desigualdad se reducen mucho más lentamente de lo que se incrementaron en los primeros años de la crisis y, en términos europeos, mantiene cifras elevadísimas. Así, la razón S 80 /S 20 es la cuarta cuarto más elevada de la UE y tiene la segunda peor evolución desde 2008. Por otra parte, el índice de Gini también es el cuarto más elevado, con una evolución algo menos destacada, pero también muy por encima de la media europea”.  

E) La relación trabajo precario- incremento de las desigualdades- aumento de la pobreza laboral – inseguridad de los ingresos, fue analizada con detalle en el seminario del área social del Centro de Estudios Cristianisme i Justícia, al que pertenezco, durante el curso 2014-2015, y concluyó con la elaboración de un Cuaderno, coordinado por Teresa Crespo, titulado “El trabajo: presente yfuturo. Entre la creciente precarización y la ineludible necesidad derepensarlo”, cuya lectura sigue siendo a mi parecer altamente recomendable.

En sus conclusiones puede leerse que “… Ante este escenario de precarización, vulnerabilidad y empobrecimiento de las clases medias, lleno de contradicciones que hace unos años nadie se podía imaginar, se nos plantean unos retos difíciles, algunos de los cuales hemos apuntado en este cuaderno, para transformar el mundo del trabajo en el horizonte de la justicia social. Tenemos el convencimiento de que sólo con un cambio profundo del modelo socioeconómico que priorice el bien colectivo, un estado del bienestar potente que invierta para garantizar los derechos de la ciudadanía y el desarrollo integral de cada persona, y unas políticas fiscales que promuevan una sociedad más corresponsable y equitativa, podremos vencer los obstáculos que hoy por hoy marginan a una buena parte de la población”, con la propuesta de ir a una sociedad nueva “en la que el trabajo, entendido de un modo mucho más amplio con las diferentes modalidades que se han citado, sea patrimonio de todo el mundo, y cada ciudadano y ciudadana se sienta miembro activo y agente de cambio en la comunidad a la que pertenece, permitiéndole al mismo tiempo desarrollarse y compartir la riqueza de los valores personales y sociales, fruto de la cooperación, la participación y el esfuerzo de todos y de todas”.

F) En la última parte de mi exposición, no querría dejar de referirme en un simposio en que se habla y se debate sobre el trabajo y su futuro, por su importancia, a las aportaciones de la doctrina social de la Iglesia, y más concretamente a las muy importantes del Papa Francisco. Es obligado mencionar la  encíclica “Laudatio SI, sobre el cuidado de lacasa común”, un documento que mereció una valoración elogiosa por parte del movimiento sindical internacional, habiendo manifestado la presidenta de la Confederación Sindical Internacional (CSI) Sharan Burrow, que las palabras del Papa “destacan el hecho de que, a menos de que se tomen medidas para luchar contra el cambio climático, nuestros objetivos de progreso social y de trabajo decente para todos seguirán siendo un mero sueño. El dramático deterioro de nuestro medio ambiente representa una amenaza para los derechos humanos y la justicia social, y su enérgico mensaje refuerza la necesidad de una transición justa hacia un futuro con bajas emisiones de carbono y medioambientalmente sostenible. Nosotros compartimos este imperativo de transformación de nuestro sistema económico a fin de evitar la contaminación y hacer posible que los trabajadores y sus familias accedan a puestos de trabajo decentes y medios de vida dignos”.

Desde luego, no concitará precisamente simpatías la Encíclica entre un sector del mundo político y económico por afirmar con rotundidad algo que es suficientemente conocido por muchas personas porque lo han sufrido en sus propias carnes: “…necesitamos imperiosamente que la política y la economía, en diálogo, se coloquen decididamente al servicio de la vida, especialmente de la vida humana. La salvación de los bancos a toda costa, haciendo pagar el precio a la población, sin la firme decisión de revisar y reformar el entero sistema, reafirma un dominio absoluto de las finanzas que no tiene futuro y que sólo podrá generar nuevas crisis después de una larga, costosa y aparente curación. 

La crisis financiera de 2007-2008 era la ocasión para el desarrollo de una nueva economía más atenta a los principios éticos y para una nueva regulación de la actividad financiera especulativa y de la riqueza ficticia. Pero no hubo una reacción que llevara a repensar los criterios obsoletos que siguen rigiendo al mundo…”. Y menos simpatías tendrá el Papa con su afirmación de que “… una vez más, conviene evitar una concepción mágica del mercado, que tiende a pensar que los problemas se resuelven sólo con el crecimiento de los beneficios de las empresas o de los individuos”.

Destaco de la encíclica aquellos contenidos que me parecen más relacionados con el mundo del trabajo y la problemática de la exclusión social, habiendo dedicado al primero un apartado específico que lleva por título “Necesidad de preservar el trabajo”. No extrañará a quienes trabajan con personas desfavorecidas, excluidas, pero quizás sí a quienes no conozcan esa realidad, que el Papa advierta de la falta de conciencia que suele haber sobre los problemas que afectan a dichas personas, para quienes las propuestas de actuación quedan relegadas a los últimos lugares, debido en parte “a que muchos profesionales, formadores de opinión, medios de comunicación y centros de poder están ubicados lejos de ellos, en áreas urbanas aisladas, sin tomar contacto directo con los problemas”.

Cabría pensar, al hilo de las reflexiones del Papa Francisco, cómo y qué decisiones toman los máximos responsables de las organizaciones internacionales económicas y cuáles son los intereses que defienden ¿verdad? Y en esta misma línea de reflexión general y de afirmación clara de las injustas diferencias que hay entre los seres humanos (como laboralista me viene a la mente ahora el marco jurídico de la relación contractual laboral y la situación de desigualdad entre las partes, legitimada jurídicamente por el contrato de trabajo) conviene destacar esta manifestación recogida en el apartado 90: “…deberían exasperarnos las enormes inequidades que existen entre nosotros, porque seguimos tolerando que unos se consideren más dignos que otros. Dejamos de advertir que algunos se arrastran en una degradante miseria, sin posibilidades reales de superación, mientras otros ni siquiera saben qué hacer con lo que poseen, ostentan vanidosamente una supuesta superioridad y dejan tras de sí un nivel de desperdicio que sería imposible generalizar sin destrozar el planeta. Seguimos admitiendo en la práctica que unos se sientan más humanos que otros, como si hubieran nacido con mayores derechos”.

Como he indicado con anterioridad, hay una parte de la encíclica dedicada específicamente al mundo del trabajo, con el título “Necesidad de preservar el trabajo” (124-130), en la que parte del valor del trabajo desarrollado por Juan Pablo II en la Laborem Exercens de 1981, así como también a la Caritas in Veritate de Benedicto XVI en 2009. En la primera encíclica, a la que presté atención en el Cuaderno número 1de CiJ, Juan Pablo II defendió a los sindicatos para la defensa de los intereses profesionales "como un elemento indispensable de la vida social, especialmente en las sociedades modernas industrializadas...".. Pero los sindicatos no asumían, según el Papa, un papel de lucha de clases, ya que "... no es una lucha contra los demás, es una lucha por la justicia social..., por el bien que corresponde a las necesidades y a los méritos de los hombres del trabajo asociados por profesiones". Límites a la actuación sindical serían las limitaciones que imponga la situación general del país (no al corporativismo ni al egoísmo de clase). Juan Pablo II se declaraba partidario de la plena autonomía del sindicato con respecto a los partidos políticos (muy probablemente pensando en la situación política y social que vivía su país en dicho año), a fin de que el mismo "no se convierta en un instrumento para otras finalidades".

Me interesa destacar de las aportaciones de la Laudatio SI el concepto amplio de trabajo que utiliza, coherente a mi parecer con las nuevas realidades del mundo laboral, planteándose la “correcta concepción del trabajo” y manifestando que no debemos hablar sólo del trabajo manual o del trabajo con la tierra, “sino de cualquier actividad que implique alguna transformación de lo existente, desde la elaboración de un informe social hasta el diseño de un desarrollo tecnológico”, concluyendo que “cualquier forma de  trabajo tiene detrás una idea sobre la relación que el ser humano puede o debe establecer con lo otro de sí”, y afirmando más adelante que “la diversificación productiva da amplísimas posibilidades a la inteligencia humana para crear e innovar, a la vez que protege el ambiente  y crea más fuentes de trabajo”.

Y ahora, parémonos a pensar en los debates actuales sobre las relaciones de trabajo y la necesidad de poder manifestar en ellas todos los valores que tiene una persona, en muchas ocasiones tapados, oscurecidos o simplemente inexistentes por el ejercicio desmesurado, y poco productivo, del poder de dirección empresarial; porque, si no supiéramos quien realiza las manifestaciones que recojo a continuación, bien pudiéramos pensar que estábamos, al menos en parte, ante palabras de un director inteligente y responsable de recursos humanos: “El trabajo debería ser el ámbito de este múltiple desarrollo personal, donde se ponen en juego muchas dimensiones de la vida: la creatividad, la proyección del futuro, el desarrollo de capacidades, el ejercicio de los valores, la comunicación con los demás, una actitud de adoración. Por eso, en la actual realidad social mundial, más allá de los intereses limitados de las empresas y de una cuestionable racionalidad económica, es necesario que «se siga buscando como prioridad el objetivo del acceso al trabajo por parte de todos”.

En esta búsqueda del empleo digno para tener una vida digna (¿a que éstos términos les suenan mucho de documentos de la OIT? el Papa Francisco alerta sobre un mal uso del cambio tecnológico que sólo se concrete en la reducción de costes de producción y de personas empleadas reemplazadas por máquinas, llamando su atención (que creo que es coincidente con la de todas las instituciones y organismos internacionales que abordan los efectos de la tecnología sobre el mundo del trabajo) sobre la necesidad de tener en consideración, ante cualquier decisión que se adopte al respecto, el coste humano que puede tener (y aunque no lo diga expresamente estoy seguro de que cabe añadir que es necesario plantearse qué medidas sociales adoptar para evitar tales costes), alertando de que “dejar de invertir en las personas para obtener un mayor rédito inmediato es muy mal negocio para la sociedad”.

En suma, cualquier política laboral y social, cualquier política de empleo que se ponga en marcha, debería tomar en consideración el principio del bien común, el respeto a la persona humana y su desarrollo integral, y obsérvese como esta reflexión de alcance social general contenida en la encíclica es perfectamente extrapolable a las políticas de empleo y de protección social (me viene a la mente ahora la caída de protección contributiva y asistencial de las personas en situación de desempleo, que lleva a que un importante número de ellas en España carezca actualmente de esta red protectora y que lleva a la necesidad de activar de forma intermitente mecanismos transitorios y excepcionales para intentar mitigar tal situación): “En las condiciones actuales de la sociedad mundial, donde hay tantas inequidades y cada vez son más las personas descartables, privadas de derechos humanos básicos, el principio del bien común se convierte inmediatamente, como lógica e ineludible consecuencia, en un llamado a la solidaridad y en una opción preferencial por los más pobres”.

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