1. La Comisión Europeahizo públicos el 16 de noviembre los documentos con los que se inicia el ciclode gobernanza económica correspondiente a 2016 y que he tenido oportunidad de
leer, teniendo como punto de referencia principal el “Estudio Prospectivo Anualsobre el crecimiento 2017”, en el que se afirma, según la nota oficial de
presentación, que “la Comisión insta a los Estados miembros a que redoblen sus
esfuerzos conforme a los principios del «triángulo virtuoso» de estímulo de la
inversión, mantenimiento de las reformas estructurales y garantía de unas
políticas presupuestarias responsables, haciéndolo de manera que se dé la mayor
importancia a la justicia social y a un crecimiento más integrador”, exponiéndose
que la Comisión “señala la necesidad de una orientación presupuestaria más
positiva y que existe ahora la oportunidad de conseguirla. Una política
presupuestaria favorable se refiere tanto a la dirección favorable, esto es,
expansiva que debe adoptar la política presupuestaria en general como a la
composición del ajuste presupuestario, en lo que se refiere al reparto de los
esfuerzos entre los distintos países y a las categorías de gastos o impuestos
subyacentes”.
Además, la Comisión ha
presentado otros varios documentos, como el informe sobre el mecanismo dealerta de 2017 y el Proyecto de Informe Conjunto sobre el Empleo (PICE) de
acuerdo este último a lo dispuesto en el art. 148 del Tratado de funcionamiento
de la Unión Europea (TFUE), documento que se califica en su introducción como
“aportación fundamental a la gobernanza económica de la UE”, en el que se
ofrece “un resumen anual de los acontecimientos clave en materia social y de
empleo en Europa, así como de las medidas de reforma de los Estados miembros en
consonancia con las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados
miembros y las prioridades de la EPAC”. También, un proyecto de Recomendacióndel Consejo sobre la política económica de la zona euro con el fin “de integrar
mejor las dimensiones nacional y de la zona del euro de la gobernanza económica
de la UE”.
En el informe sobre el
mecanismo de alerta encontramos una referencia general a la situación de los
mercados laborales en Europa, afirmándose que prosiguen su recuperación con carácter
global, “si bien en algunos países persisten las desigualdades sociales”, al mimos
tiempo que subraya que “las tasas de desempleo siguen siendo muy elevadas y se
observa un estancamiento de las rentas del trabajo en varios países de la UE,
al tiempo que persisten dificultades sociales, especialmente en los países más
afectados por la crisis financiera y la deuda”.
No conviene olvidar
tampoco la reciente publicación, el 20 de diciembre, del informe anual dedicadoa la “Evolución social y de empleo en Europa”, en el que son objeto de muy
detallado estudio y atención diversos ámbitos de especial interés social. Este año
se centran en los cambios en el mundo laboral (con el impacto de las
plataformas tecnológicas y la economía colaborativa en el crecimiento –
voluntario o involuntario es otra cuestión bien diferente, añado yo ahora – del
trabajo por cuenta propia); cómo facilitar la integración de los refugiados en
el mercado de trabajo y superar las deficiencias que pueden darse en los
niveles de cualificación y de conocimiento de la lengua o lenguas del país de
acogida; la potenciación del diálogo social para responder eficazmente a los
nuevos retos y realidades que están apareciendo en el mundo del trabajo. Todo ello,
enmarcado en el ámbito del debate sobre el pilar europeo de derechos sociales,
sobre el que la Comisión tiene previsto presentar un documento definitivo
durante los primeros meses de 2017, tras haber finalizado el período de
consultas abierto tras la publicación del primer documento el mes de marzo de
este año.
2. Analizo algunos de los
contenidos más relevantes del Estudio en materia de empleo y protección social, desarrollados
y complementados en el Informe sobre empleo que previsiblemente será aprobado
en el Consejo Europeo de marzo de 2017. Para el estudio y análisis de los
documentos presentados en 2016 remito a la entrada publicadas en el blog el 4
de diciembre de 2015.
3. Como digo, la
Comunicación presentada por la Comisión el 16 de noviembre sobre el EPAC 2016 presenta
“las prioridades económicas y sociales más acuciantes en las que la Unión
Europea y sus Estados deben centrar su atención en los próximos meses”.
En su introducción se
manifiesta satisfacción por el crecimiento de la economía europea aun cuando al
mismo tiempo se constata que la recuperación sigue siendo “frágil”. En la
valoración positiva efectuada se destaca que las reformas llevadas a cabo en
los Estados miembros han contribuido a crear, desde 2013, ocho millones de
empleos (no se dice nada de su calidad, por cierto), añadiéndose con orgullo
que “de ellos, casi cinco millones desde el inicio del mandato de la actual
Comisión, y que la tasa de desempleo, 8,6 % en septiembre de este año, se ha
situado “en el nivel más bajo desde 2009”. Con estos datos, la Comisión es
optimista respecto a poder alcanzar el objetivo fijado en la Estrategia Europa
2020 de alcanzar una tasa de empleo del 75 %, siendo la actual del 71,1 % para
la población de 20 a 64 años, habiéndose superado por primera vez la existente
en 2008, es decir en el momento de inicio de la crisis. En el proyecto de
informe conjunto sobre el empleo se destaca, como dato positivo, que se han
creado más de cuatro millones de puestos de trabajo en 2015 y el primer
semestre de 2016.
No obstante, la necesidad
de seguir avanzando en adopción de medidas que fortalezcan la recuperación es
clara y manifiesta, destacando por mi parte dos datos relevantes que el Informe
pone sobre la mesa y que demuestra que queda mucho por hacer: en primer lugar,
que la existencia de altos niveles de desigualdad, incrementados en los últimos
años, “reducen la producción de la economía y el potencial de crecimiento
sostenible, y los riesgos de pobreza y exclusión social siguen siendo muy
elevados, aunque están disminuyendo”, disminución que también se constata en
las tasas de desempleo pero que “sigue siendo muy elevado en algunos Estados
miembros”. Aunque la tasa de riesgo de pobreza o exclusión haya regresado al
nivel de 2008, un 23,7 %, el proyecto de informe sobre el empleo constata que
la desigualdad de renta general “se ha estabilizado en un nivel ato en términos
históricos, con importantes divergencias en toda la UE, como indica el cuadro
de indicadores y de empleo clave”.
4. Desde las perspectivas
de empleo y protección social, es en el apartado dedicado al impulso de las reformas
estructurales donde se concentran las propuestas de la Comisión, ampliadas y
desarrolladas en el proyecto de informe conjunto sobre el empleo.
No hay especiales
diferencias con respecto a las propuestas formuladas en documentos de años
anteriores y a los que he ido prestando periódica atención el blog, salvo en el
apartado relativo a la problemática de los migrantes y refugiados, en el que se
pide que se combinen políticas económicas, laborales y sociales que faciliten
los procesos de integración y que permitan tanto mantener la cohesión social
como la sostenibilidad de las finanzas públicas en los países de acogidas,
señalando que “si bien las repercusiones económicas y presupuestarias son
claras, no resultan ni inmanejables ni
de gran magnitud desde el punto de vista económico”. Políticas de acogida e
integración que no sólo deben centrarse en las necesidades inmediatas, sino
que, tal como expone el proyecto de informe sobre el empleo, deben procurar
además “garantizar el éxito de la integración a medio y largo plazo como parte
esencial de las estrategias de inclusión de los Estados miembros”.
También, es especialmente
importante la atención que el documento dedica a la economía colaborativa, como
continuación de la Comunicación presentada en junio, y que fue analizada por mi
parte en una anterior entrada del blog, llegando a pedir (no se concreta más, pero
tengo la sensación de que está aumentando la posibilidad de buscar una alternativa
laboral diferente de la llamada clásica) a los Estados miembros que “deben
seguir simplificando y aclarando la aplicación de la legislación laboral y de
las normas impositivas y en materia de
responsabilidad a la economía colaborativa”. Cierto es que el debate
sobre las condiciones laborales en la economía colaborativa, y también en las
plataformas tecnológicas, aun siendo incipiente, está comenzando a tener
verdadera importancia y por ello son bienvenidos los estudios que abordan la
temática, como el reciente artículo del profesor Luis Ángel Trigueros, de la
Universidad de Granada, “La influencia del entorno crowd sobre las relacionesde trabajo y sus protagonistas: crowdworking y crowdworkers” (publicado en
Labour & Law Issues, vol. 2, nº 2, 2016), en el que se formula una
propuesta de regulación jurídica del crowdworking por considerarla necesaria “en
cuanto representa una nueva modalidad de relación laboral que en las sociedades
contemporáneas avanzadas vinculadas a la innovación y desarrollo científico”,
así como también “ante su extensión nacional e internacional de forma paulatina
– bien como modalidad cualificada de emprendimiento o bien como modalidad de
ocupación que huye de la rigidez que se le presupone y achaca al ordenamiento
jurídico laboral --”.
5. Los lectores y
lectoras encontrarán en el documento “repeticiones” de lo expuesto en años
anteriores, como por ejemplo la petición de adopción por los Estados de las
medidas adecuadas para lograr una mayor participación de la población en el
mercado de trabajo, el aumento de la oferta de empleo de calidad, y una
política de formación y de cualificación que sea realmente eficaz, enfatizando
la importancia de modernizar la educación y la formación como requisito
necesario “para mejorar las cualificaciones de los trabajadores, desde los
conocimientos básicos de cálculo, lectura y escritura hasta las capacidades
digitales y empresariales”.
Además, dados los
importantes cambios operados en el mundo laboral como consecuencia del impacto
del cambio tecnológico, se plantea la ineludible necesidad de que los poderes
públicos jueguen un papel destacado en la adopción de políticas que posibiliten
a los trabajadores “estar adecuadamente cualificados y tener capacidad para
adaptarse al cambio”. En este punto se apuesta por el desarrollo de las
propuestas contenidas en la Comunicación “Una nueva agenda de las capacidadespara Europa”, desarrollo y propuestas de reforma que, recuerda el proyecto de
informe, “debe orientarse hacia una inversión sostenida en la adquisición de
competencias entre jóvenes y adultos, en mejorar la adaptación de las
competencias a las necesidades del mercado de trabajo, con una colaboración más
estrecha entre la empresa y el sistema educativo, y en aprovechar el potencial
de la formación de aprendices”. Se apoyan estas consideraciones en los datos
estadísticos que ponen de manifiesto el crecimiento del empleo entre los
trabajadores de alta cualificación y el descenso entre los de bajo nivel, lo
que confirma “una tendencia de la reducción de las oportunidades de empleo para
los trabajadores de baja cualificación, cuya tasa de empleo sigue siendo menor
que en 2008”.
6. En la misma línea que
en años anteriores, sin concretar si sus propuestas se refieren al llamado “contrato
único”, aunque no es descartable ni mucho menos esta tesis, se aplaude a los
Estados que han hecho ya reformas en la línea de establecer “condiciones
contractuales fiables y flexibles que promueven las transiciones en el mercado
laboral y evitan la segmentación de este en dos niveles, estrategias globales
de aprendizaje permanente, políticas activas del mercado de trabajo eficaces y
sistemas modernos de protección social”. Más concretamente, y obviamente en la misma
línea, el proyecto de informe sobre el empleo manifiesta que las reformas para
promover mercados de trabajo “resilientes e inclusivos” deben continuar para
estimular la creación de empleo y la participación en el mercado de trabajo, “combinando
debidamente la flexibilidad con una seguridad adecuada” (¿nos pondremos algún
día de acuerdo sobre qué quiere decir “flexibilidad” y “seguridad”?
7. Por otra parte, las
medidas de empleo y de protección social deben tomar en consideración el
incremento de la edad media de la población trabajadora en el mercado de
trabajo y el importante número de personas que en un corto período de tiempo
pasarán a la condición de jubilados. Igualmente, la adopción de medidas que
potencien la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, poniendo freno
a la brecha salarial existente, y para ello apuesta el proyecto de informe por
medidas laborales y sociales que potencien el trabajo de todas las personas del
hogar familiar que así lo deseen, aunque es obvio que está pensando mucho más
en las mujeres al plantear algunas medidas, argumentando que “El acceso a
servicios de cuidado de los hijos y otros servicios asistenciales asequibles y
de calidad, así como a bajas y horarios flexibles y la aplicación de sistemas
tributarios y prestaciones que no desincentiven que una segunda persona del
hogar trabaje o trabaje más son todos aspectos esenciales para avanzar hacia un
trato totalmente igualitario para la mujer y favorecer la movilidad social ascendente”
8. También, la lucha
contra todo tipo de discriminación en el acceso al trabajo, siguen siendo
especialmente relevantes, con especial atención a la integración de los
inmigrantes, no ocultando la Comisión su especial interés por atraer a la población
foránea cualificada, subrayando que “la revisión de la Directiva sobre la
tarjeta azul tiene por objeto armonizar y clarificar el marco jurídico para
atraer a nacionales de terceros países altamente cualificados, mientras que la
Garantía de Capacidades subraya la necesidad de evaluar las necesidades concretas
de nacionales de terceros países”.
Sobre los trabajadores
migrantes deseo destacar, por su importancia, el documento elaborado por laConfederación Europea de Sindicatos con ocasión de la celebración del 18 dediciembre, jornada internacional de los migrantes, en el que se afirma y
defiende de forma clara y contundente que “todos los trabajadores tienen
derechos, comprendidos los trabajadores migrantes, y los sindicatos deben
luchar para hacerlos respetar”, incluyendo aquí a las personas que se encuentran
en situación irregular. Propugna la adopción de medidas por los Estados que
abran vías regulares de migración “con nuevos instrumentos legislativos o una
mejor aplicación de los ya existentes”, debiendo preverse un número determinado
de admisiones tanto para nuevos migrantes como para aquellos regularizados.
Igualmente se pide que los criterios de selección no sean restrictivos y
discriminatorios, que se reconozca el derecho del trabajador de cambiar de
empleador, y que se garantice el acceso de todos los migrantes, por tanto
también de quienes se encuentran en situación irregular, al acceso a los
servicios fundamentales.
9. Cobran especial
importancia las medidas dirigidas a la población juvenil, tanto para mejorar
sus niveles de cualificación educativa y profesional como para mejorar su tasa
de inserción en el mercado laboral, apostando por el desarrollo y potenciación
de la garantía juvenil.
En este punto, cabe
referirse a la Comunicación presentada por la Comisión el 4 de octubre, en elque se hace balance de la situación de la garantía juvenil y de la iniciativade empleo juvenil tras tres años de su aprobación y puesta en marcha, valorando
los datos positivos de los que se dispone y señalando al mismo tiempo que queda
mucho por hacer para llegar a todos los jóvenes y territorios desfavorecidos.
Entre los datos positivos se destaca que desde enero de 2014 “catorce millones
de jóvenes han participado en sistemas de Garantía Juvenil; unos nueve millones
de jóvenes aceptaron una oferta: en su mayoría, ofertas de empleo. Casi dos
tercios de los jóvenes que abandonaron la Garantía de Empleo Juvenil en 2015
aceptaron una oferta de empleo, de educación, un período de prácticas o
formación de aprendices”.
10. Siguen produciéndose llamadas
a la mejora del diálogo social y a la participación de los agentes sociales en
la elaboración de las políticas económicas y sociales, tanto a escala
comunitaria como de cada Estado, por considerar, con acierto a mi parecer, que
esta vía de participación “es fundamental para el buen funcionamiento de la
economía social de mercado” y puede permitir encontrar “el equilibrio necesario”
entre ambas políticas.
Una tarea importante
sería más concretamente la de participar en la fijación de los salarios
mínimos, para la que la Comisión pide que todos los Estados tengan en cuenta el
impacto de los mismos “en la pobreza de la población ocupada, la creación de
empleo y la competitividad”. En el debate, ciertamente importante, sobre la articulación
de las diferentes unidades negociadoras en cada Estado respecto a la ordenación
de los sistemas de fijación, y cuantías, de los salarios, el proyecto de informe
conjunto sobre empleo llama a los Estados, y muy especialmente a los
interlocutores sociales, a buscar la necesaria coordinación entre los
diferentes niveles de la negociación colectiva, permitiendo al mismo tiempo un
cierto grado de flexibilidad tanto a escala geográfica como intra e
intersectorial”
11. No faltan, como en
años anteriores, las llamadas a “resideñar” los sistemas de protección social,
al objeto tanto de fomentar la participación en el mercado laboral como de
garantizar una protección económica ante situaciones de desempleo. Los últimos
datos aportados por la oficina estadística Eurostat. de fecha 21 de diciembre, ponen de manifiesto que el
5,1 % del gasto en protección social en 2014 en toda la UE fue dedicado a esta
protección, duplicando España dicho porcentaje hasta el 10,8 %, aunque no haya
impedido que siga disminuyendo la cobertura contributiva como ponen de
manifiesto los datos mensuales publicados por el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social.
Igualmente, se resalta
que los sistemas fiscales y de prestaciones “deben ofrecer apoyo social e
incentivos al trabajo no declarado”, poniendo a debate algo que en España está
adquiriendo cada vez mayor relevancia política y social, cual es el
establecimiento de garantía de prestaciones de rentas mínimas adecuadas “a
quienes carezcan de recursos suficientes para llevar una vida digna”, y que conlleven
la posibilidad de reincorporación al mercado laboral para todas las personas
que se encuentren en condiciones adecuadas de hacerlo.
Dada la importancia cada
vez mayor que en nuestras sociedades europeas envejecidas tiene el cuidado de
familiares, y que en su gran mayoría es realizado por mujeres, con lo que ello
conlleva de limitación de sus posibilidades de plena participación en el
mercado laboral, se plantea que los sistemas de pensiones “podrían computar las
tareas de asistencia”, eso sí, siempre con el toque económico que caracteriza
los documentos de la Comisión, “teniendo debidamente en cuenta las posiciones
presupuestarias y las implicaciones por lo que respecta a los gastos futuros”.
No faltan tampoco, en
fin, las llamadas a las reformas de los sistemas de pensiones, que incluyen la
tan repetida recomendación de incrementar la edad de jubilación y que permitan
flexibilidad (laboral o de protección social) para que las personas jubiladas
tengan “el apoyo de otros medios que complemente los ingresos percibidos en la
jubilación”. Más claramente se afirma en el proyecto de informe conjunto sobe
el empleo que las pensiones suplementarias pueden jugar un papel clave, “especialmente
si es previsible que se deterioren las pensiones públicas”.
Buena lectura de los
documentos.
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