1. El Observatorio
permanente de la inmigración publicó el 30 de septiembre los datos disponiblesde los extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia a 30 de juniode 2016, diferenciando la explicación, como viene haciéndose desde 2010, por
regímenes (general y comunitario).
Cabe recordar que con los
datos a 31 de diciembre de 2013 se reanudó la serie trimestral interrumpida en
junio del mismo año, ya que no se publicó la información correspondiente al
tercer trimestre. La explicación de ello residió en los cambios metodológicos
introducidos, que tal como se explicaba en el informe de diciembre de 2013
consistieron en llevar a cabo “una depuración con el objetivo de descontar a
aquellos extranjeros que han accedido a la nacionalidad española y mantenían en
vigor una autorización de residencia”. Igualmente, se procedió a descontar
“aquellos extranjeros fallecidos en España, cuya autorización de residencia o
certificado de registro se encontraba en vigor en el momento del
fallecimiento”.
Por consiguiente, el
cambio metodológico implicó la necesaria revisión de la serie histórica,
habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva metodología
“para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso, no se
pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de extranjeros”. El
documento con los datos a 31 de diciembre de 2013 recordaba que en la página
web de la Secretaría General de Inmigración y Emigración pueden encontrarse
“los datos correspondientes a trimestres anteriores obtenidos con la nueva
metodología”. No obstante, ya se encuentran en el informe de diciembre de 2013
los datos recalculados del tercer trimestre de 2013 (comparación trimestral) y
del cuarto trimestre de 2012 (comparación en serie interanual). El cambio
metodológico citado no permite, pues, comparar los nuevos datos con los
expuestos en los informes elaborados hasta el segundo semestre de 2013,
inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas anteriores del blog.
En cualquier caso, la
importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la extranjería e
inmigración en España, y muy en especial en los últimos seis años en el conocimiento
más concreto de cómo ha impactado la crisis económica y de empleo sobre la
población extranjera de países no UE y que está incorporada al Régimen General.
De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen comunitario “es el
régimen jurídico de extranjería que se aplica a los nacionales de países de la
Unión Europea y de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio
(Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como a sus familiares y los
familiares de españoles que sean nacionales de terceros países”, mientras que
el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica a los nacionales de
terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen comunitario”.
2. A 30 de junio de 2016
había 5.017.406 extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia
en vigor, más exactamente 2.925.419 personas acogidas al régimen comunitario (58,3
%) y 2.091.987 al régimen general (41,7 %), con un incremento en el primer grupo
de 35.223 personas sobre el semestre anterior (0,7 %) y de 102.371 (3,6 %), y
un descenso en el segundo de 16.642 (0,8 %) en el período semestral, y de 18.196
en serie interanual. Buena parte del descenso de la población extracomunitaria
se debe principalmente al proceso de nacionalización llevado a cabo desde 2013.
Como he indicado, el
porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre
circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 58,30 %
sobre el total, frente al Régimen General que se sitúa en el 41.70 % % Las
provincias de Madrid (811.090) y Barcelona (725.122) concentran el 30,7 % de
los extranjeros residentes en España, y las de Alicante, Valencia, Málaga,
Mallorca, y Murcia, Almería y Girona, otro 25,2 % del total de extranjeros
residentes en España. Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía
y Comunidad Valenciana, concentran el 65,7 % del total de la población
extranjera.
3. Paso a continuación al
análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen
comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de la UE, de Islandia,
Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 30 de junio de 2016 hay un
total de 2.925.419, con 102.371 nuevas personas acogidas en serie
interanual. Del total referenciado, 2.541.710
son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,90 % del total), mientras que
el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un
tercer país, un total de 383.709 (13,10 %), con un peso muy importante de
personas nacionales de Marruecos y de América central y del Sur. La población
marroquí “supera por primera vez los 40.000 residentes (40.079)”.
A partir de los datos del
cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada sobre las
diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal manera
que podemos saber que, a 30 de diciembre de 2016, 671.556 ciudadanos de la UE y
AELC tiene residencia permanente (26,40 %), mientras que el resto (1.870.154,
73,60 %) la tienen temporal. Por distribución de sexo, el 52,80 % de los
ciudadanos UE-AELC son varones y el 47,20 % mujeres, mientras que entre los
familiares predominan las mujeres (58,60 %) por delante de los varones (41,40
%)
La población rumana, que
había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición de todos
los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de manera
muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 993.909 personas
(incremento semestral de 1,50 y aumento interanual del 2,80 %). A bastante
distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (292.921 personas),
la italiana (243.7564 %) y la búlgara (188.607 %). Es la población italiana la
que han experimentado un importante incremento relativo en serie interanual, un
8,10 %, seguida de la francesa con un 6,57 %. Cabe resaltar que más de la mitad
de la población acogida al régimen comunitario, en concreto el 52.30 % son
nacionales de tres países: Rumania, Reino Unido e Italia.
Las Comunidades Autónomas
de Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan el 63,9 % de los
extranjeros de este régimen. La primera acoge a 508.285 extranjeros, y la
segunda a 460.391, con 455.815 en la tercera y 444.117 en la cuarta. El 82,4 %
de la población tiene edad laboral (entre 16 y 64 años), situándose la media de
edad en los 39,9 años.
4. Analizo a continuación
los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los
nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen
Comunitario”. A 30 de junio de 2016 hay un total de 2.091.987, con un descenso
de 18.196 residentes en serie interanual. Por sexo, el 45,40 % son mujeres y el
54,60 % hombres. La edad media es de 33,4 años.
La población marroquí es
la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las
nacionalidades, con 719.920 personas, con un descenso del 1,1 % y 0,80 % en
serie semestral e interanual respectivamente, representando el 30,3 % del total
de la población de este régimen. A bastante distancia siguen los chinos (196.044),
ecuatorianos (149.995 %), bolivianos (88.578 %), colombianos (86.239 %), y
ucranianos (77.932 %). Hay que destacar en serie interanual, el crecimiento de
la población rusa, india, senegalesa, china y ucraniana. Por continentes, el
peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica ha disminuido
considerablemente como consecuencia, como ya he explicado, de la adquisición de
la nacionalidad española por un importante número de tales ciudadanos, de tal
manera que queda en el 28,70 %, bastante por detrás del africano, (45,60 %),
pero por delante del asiático (18,10 %), y del colectivo de países de la Europa
no comunitaria (6,9 %).
Las Comunidades Autónomas
de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana agrupan a cerca del 68 %
de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid
reúnen el mayor número de población extranjera, 394.253 y 350.699,
respectivamente, De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 85.686,
Tarragona a 68.789 y Lleida a 39.071. Las provincias de Barcelona y Madrid,
concentran a más del 36 % del total de residentes de este régimen, y con Murcia
(149.339), Alicante (104.103) y Valencia (95.152) superan el 52 %.
Destaca el peso de la
población extranjera en edad laboral, ya que el 79,2 de la población se
encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.657.027) mientras que el
resto se concentra mayoritariamente en la población menor de 16 años (391.337,
18,7 %), con una presencia residual (43.623, 2,1 %) de los mayores de 65 años
(40.520), siendo los marroquíes los más jóvenes, con una media de 30,3 años,
seguidos de los pakistaníes y chinos.
De los extranjeros del
régimen general, el 82,80 %, es decir 1.732.028 personas, disponen de
autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje,
superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur,
destacando que los colectivos más numerosos son los nacionales de Marruecos,
Ecuador y China). Las autorizaciones temporales (359.959) suponen el 17,80 %
del total, continuando su disminución. Es decir, el primer grupo incremente su
presencia anual con 2,815 personas (0,2 %), mientras que el segundo la
disminuye en 19.457 (5,1 %).
De las autorizaciones de
residencia temporal y trabajo, 173.422 (48,20 %) 154.132 son por cuenta ajena,
7.473 por cuenta propia, y las restantes otro tipo de autorizaciones (como
tarjeta azul UE y para investigación). De las autorizaciones de residencia
temporal, 101.014 son por reagrupación familiar (28,1 %), 45.697 por residencia
no lucrativa, y 39.826 por circunstancias excepcionales (arraigo, razones
humanitarias y otras).
En serie interanual se
concedieron 77.847 autorizaciones iniciales, (21,60 % del total), 77.723
modificaciones de la situación administrativa (21,60 %), 128.206 de primera
renovación, (35,60 %,) 36.357 de segunda renovación (10,10 %), y 39.826 por
circunstancias excepcionales (11.10 %). Es importante destacar el descenso del
número de primeras renovaciones, que han disminuido en 27.588 con respecto al
año anterior, y también el de segundas renovaciones, 26.227 personas.
4. Por último, cabe
reseñar que el informe semestral recoge datos estadísticos sobre los
extranjeros autorización de residencia y trabajo en vigor en virtud de las
posibilidades ofrecidas por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización. Cabe destacar que 7.047 corresponden a autorizaciones por
razones de interés económico. Los chinos (857), rusos (706 %) y estadounidenses
(664) se sitúan en cabeza de las autorizaciones concedidas, y de todas ellas
más de la mitad, en concreto el 50,70 %, corresponden a profesionales altamente
cualificados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario