1. El
Observatorio permanente de la inmigración publicó el miércoles 23 de marzo los
datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta deresidencia a 31 de diciembre de 2015, diferenciando la explicación, como viene
haciéndose desde 2010, por regímenes (general y comunitario).
Cabe
recordar que con los datos a 31 de diciembre de 2013 se reanudó la serie
trimestral interrumpida en junio del mismo año, ya que no se publicó la
información correspondiente al tercer trimestre. La explicación de ello residió
en los cambios metodológicos introducidos, que tal como se explicaba en el informe
de diciembre de 2013 consistieron en llevar a cabo “una depuración con el
objetivo de descontar a aquellos extranjeros que han accedido a la nacionalidad
española y mantenían en vigor una autorización de residencia”. Igualmente, se
procedió a descontar “aquellos extranjeros fallecidos en España, cuya
autorización de residencia o certificado de registro se encontraba en vigor en
el momento del fallecimiento”.
Por
consiguiente, el cambio metodológico implicó la necesaria revisión de la serie
histórica, habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva
metodología “para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso,
no se pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de
extranjeros”. El documento con los datos a 31 de diciembre de 2013 recordaba
que en la página web de la Secretaría General de Inmigración y Emigración
pueden encontrarse “los datos correspondientes a trimestres anteriores
obtenidos con la nueva metodología”. No obstante, ya se encuentran en el informe
de diciembre de 2013 los datos recalculados del tercer trimestre de 2013
(comparación trimestral) y del cuarto trimestre de 2012 (comparación en serie
interanual). El cambio metodológico citado no permite, pues, comparar los
nuevos datos con los expuestos en los informes elaborados hasta el segundo
semestre de 2013, inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas
anteriores del blog.
En cualquier
caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la
extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos cinco
años en el conocimiento más concreto de cómo ha impactado la crisis económica y
de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada
al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen
comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los
nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación
Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como
a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros
países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica
a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen
comunitario”.
2. A 31 de diciembre
de 2015 había 4.982.183 extranjeros con dicho certificado en vigor, más
exactamente 2.873.554 personas acogidas al régimen comunitario (57,7 %) y 2.108.629
al régimen general (42,3 %), con un incremento en el primer grupo de 50.506 personas sobre el semestre
anterior y de 99.847 personas en serie anual (3,60 %), y un descenso en el
segundo de 42.753 (- 2,0 %) en el mismo período de tiempo. Buena parte del
descenso de la población extracomunitaria se debe principalmente al proceso de
nacionalización llevado a cabo desde 2013, y sirva como dato significativo de
referencia que desde diciembre de 2011 la población residente ecuatoriana ha
disminuido en 113.879 personas.
El
porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre
circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 57,70 %
sobre el total, frente al Régimen General que se sitúa en el 42,30 % % Las
provincias de Barcelona y Madrid concentran el 30,8 % de los extranjeros
residentes en España, y las de Alicante, Valencia, Málaga, Mallorca, Murcia,
Almería y Girona, otro 31,1 % del total de extranjeros residentes en España.
Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad
Valenciana, concentran más del 65 % del total de la población extranjera.
3. Paso a
continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros
acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de
la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 31 de diciembre
de 2015 hay un total de 2.873.554, con 99.847 nuevas personas acogidas en serie
interanual. Del total referenciado, 2.492.401
son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,70 % del total), mientras que
el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un
tercer país, un total de 381.153 (13,30 %), con un peso muy importante de
personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos, siendo
importante destacar que por primera vez en la serie histórica “el número de
marroquíes en este régimen se sitúa por encima del número de colombianos (38.025),
convirtiéndose en la primera nacionalidad entre los familiares que no
pertenecen a la UE”.
A partir de
los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada
sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal
manera que podemos saber que, a 31 de diciembre de 2015, 654.842 ciudadanos de
la UE y AELC tiene residencia permanente (26,30 %), mientras que el resto la
tienen temporal. Por distribución de sexo, el 52,80 % de los ciudadanos UE-AELC
son varones y el 47,20 % mujeres, mientras que entre los familiares predominan
las mujeres (58,60 %) por delante de los varones (41,40 %)
La población
rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición
de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de
manera muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 979.245 personas
(incremento semestral de 1,20 y aumento interanual del 2,70 %). A bastante
distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (286.012 personas),
la italiana (234.274 %) y la búlgara (186.837 %). Es la población italiana la
que han experimentado un importante incremento relativo en serie interanual, un
7,70 %, seguida de la francesa con un 6,57 %. Cabe resaltar que más de la mitad
de la población acogida al régimen comunitario, en concreto el 52.20 % son nacionales
de tres países: Rumania, Reino Unido e Italia.
Las Comunidades
Autónomas de Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan a más
del 63 % de los extranjeros de este régimen. La primera acoge a 496.370
extranjeros, y la segunda a 451.178, con 446.390 en la tercera y 438.208 en la
cuarta. Más del 82 % de la población tiene edad laboral (entre 16 y 64 años),
situándose la media de edad en los 39,5 años.
4. Analizo a
continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general,
es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el
Régimen Comunitario”. A 31 de diciembre de 2015 hay un total de 2.108.629, con
un descenso de 42.753 residentes en serie interanual. Por sexo, el 45,50 % son
mujeres y el 54,50 % hombres. La edad media es de 33 años.
La población
marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las
nacionalidades, con 727.911 personas, con un descenso del 0,30 % y 0,90 % en serie semestral e interanual
respectivamente, representando más del 34 % del total de la población de este
régimen. A bastante distancia siguen los chinos (192.640), ecuatorianos (155.597 %), bolivianos (93.777
%), colombianos (90.741 %), y ucranianos
(77.013 %). Hay que destacar en serie interanual, el crecimiento de la
población rusa, india, china, senegalesa
y ucraniana. Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de
Iberoamérica ha disminuido considerablemente como consecuencia, como ya he
explicado, de la adquisición de la nacionalidad española por un importante
número de tales ciudadanos, de tal manera que queda en el 29, 40 %, bastante por
detrás del africano, (45,60 %) y por delante del asiático (17,50 %).
Las
Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana
agrupan a cerca del 68 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias
de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 394.188 y
350.389, respectivamente, De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a
86.242, Tarragona a 69.363 y Lleida a 39.309. Las provincias de Barcelona
y Madrid, concentran a más del 36 % del
total de residentes de este régimen, y con Murcia (150.341), Alicante (103.491)
y Valencia (95.186) supera el 52 %.
Destaca el
peso de la población extranjera en edad laboral, ya que más del 79 % de la
población se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.670.909)
mientras que el resto se concentra mayoritariamente en la población menor de 16
años (397.200), con una presencia residual (no supera el 1,90 %) de los mayores
de 65 años (40.520), siendo los marroquíes los más jóvenes y los pakistaníes y chinos.
De los
extranjeros del régimen general, el 82,00 %, es decir 1.729.213 personas, disponen
de autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje,
superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur,
destacando que los colectivos más numerosos son los nacionales de Marruecos,
Ecuador y China). Las autorizaciones temporales (379.416) suponen el 18,00 %
del total, continuando su disminución.
Es decir, el primer grupo incremente su presencia anual con 57.678 personas
(3,5 %), mientras que el segundo la disminuye en 100.431.
De las
autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 169.648 son por cuenta ajena, 7.259
por cuenta propia, y 7.259 otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul UE y
para investigación). De las autorizaciones de residencia temporal, 103.994 son
por reagrupación familiar (importante disminución anual de 59.720 personas,
36,5 %), 47.303 por residencia no lucrativa, y 41.121 por circunstancias
excepcionales (arraigo, razones humanitarias y otras).
En serie
interanual se concedieron 71.258 autorizaciones iniciales, (18,80 % del total),
82.889 modificaciones de la situación administrativa (21,80 %), 141.647 de
primera renovación, (37,30 %,) 42.491 de segunda renovación (11,20 %), y 41.121
por circunstancias excepcionales (10,80). Es importante destacar el descenso
del número de segundas renovaciones, que han disminuido en 47.581, un 52,80 %
con respecto al año anterior, de tal manera que el número de extranjeros en
régimen general acogidos a esta autorización.
4. Por
último, cabe reseñar que el informe semestral recoge datos estadísticos sobre
los extranjeros autorización de residencia y trabajo en vigor en virtud de las
posibilidades ofrecidas por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización, un total de 9.351, de los que 5.388 corresponden a
autorizaciones por razones de interés económico y las restantes 3.963 son para
familiares. Los chinos (740), estadounidenses (540) y los rusos (482) se sitúan
en cabeza de las autorizaciones concedidas, y de todas ellas más de la mitad,
en concreto el 50,50 %, corresponden a profesionales altamente cualificados.
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