1. El
Observatorio permanente de la inmigración publicó el viernes 6 de noviembre los
datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta deresidencia a 30 de junio de 2015, diferenciando la explicación, como viene
haciéndose desde 2010, por regímenes (general y comunitario).
Cabe
recordar que con los datos a 31 de diciembre de 2013 se reanudó la serie
trimestral interrumpida en junio del mismo año, ya que no se publicó la
información correspondiente al tercer trimestre. La explicación de ello residió
en los cambios metodológicos introducidos, que tal como se explicaba en el
informe de diciembre de 2013 consistieron en llevar a cabo “una depuración con
el objetivo de descontar a aquellos extranjeros que han accedido a la
nacionalidad española y mantenían en vigor una autorización de residencia”.
Igualmente, se procedió a descontar “aquellos extranjeros fallecidos en España,
cuya autorización de residencia o certificado de registro se encontraba en
vigor en el momento del fallecimiento”.
Por
consiguiente, el cambio metodológico implicó la necesaria revisión de la serie
histórica, habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva
metodología “para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso,
no se pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de
extranjeros”. El documento con los datos a 31 de diciembre de 2013 recordaba
que en la página web de la Secretaría General de Inmigración y Emigración
pueden encontrarse “los datos correspondientes a trimestres anteriores
obtenidos con la nueva metodología”. No obstante, ya se encuentran en el
informe de diciembre de 2013 los datos recalculados del tercer trimestre de
2013 (comparación trimestral) y del cuarto trimestre de 2012 (comparación en
serie interanual). El cambio metodológico citado no permite, pues, comparar los
nuevos datos con los expuestos en los informes elaborados hasta el segundo
semestre de 2013, inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas
anteriores del blog.
En cualquier
caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la
extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos cinco años
en el conocimiento más concreto de cómo ha impactado la crisis económica y de
empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada al
Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen
comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los
nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación
Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como
a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros
países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica
a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen
comunitario”.
2. A 30 de
junio de 2015 había 4.933.231 extranjeros con dicho certificado en vigor, más
exactamente 2.823.048 personas acogidas al régimen comunitario y 2.110.183 al
régimen general, con un incremento en el primer
grupo de 49.341 residentes respecto al semestre anterior (1,78 %) y 98.859
personas en serie anual (3,63 %), y un descenso en el segundo de 41.199 (- 1,92
%) y 71.123, en series semestral e interanual respectivamente. Buena parte del descenso
de la población extracomunitaria se debe principalmente al proceso de
nacionalización llevado a cabo desde 2013. El informe pone de manifiesto que “el número
de extranjeros en régimen general… acumula un descenso de 264.883 extranjeros
tras ocho semestres consecutivos de disminución. Entre estos descensos se
cuentan las naturalizaciones”.
El
porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre
circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 57,23 %
sobre el total, frente al Régimen General que se sitúa en el 42,77 % % Las provincias
de Barcelona y Madrid concentran el 30,7 % de los extranjeros residentes en
España, y las de Alicante, Valencia, Málaga, Mallorca, Murcia, Almería y
Girona, otro 31,1 % del total de extranjeros residentes en España. Las
Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana,
concentran más del 65 % del total de la población extranjera.
3. Paso a
continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros
acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de
la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 30 de
junio de 2015 hay un total de 2.2.823.048, con 98.859 nuevas personas acogidas
en serie interanual. Del total referenciado,
2.446.631 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,67 % del total),
mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles con
nacionalidad de un tercer país, un total de 376.417 (13,33 %), con un peso muy
importante de personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos A
partir de los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información
desagregada sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia
temporal, de tal manera que podemos saber que, a 30 de junio de 2015, 640.032
ciudadanos de la UE y AELC tiene residencia permanente (26,16 %), mientras que el
resto la tienen temporal. Por distribución de sexo, el 52,86 % de los
ciudadanos UE-AELC son varones y el 47,14 % mujeres, mientras que entre los
familiares predominan las mujeres (58,42 %) por delante de los varones (41,58
%)
La población
rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición
de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de
manera muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 967.334 personas (incremento
semestral de 1,48 y aumento interanual del 2,88 %). A bastante distancia le
siguen la población nacional del Reino Unido (280.346 personas), la italiana (225.232
%) y la búlgara (185.251 %). Es la población italiana la que han experimentado
un importante incremento relativo en serie interanual, un 7,10 % (14.928
residentes), seguida de la francesa con un 6,57 (7.886 personas).
Las
Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía
agrupan a más del 63 % de los extranjeros de este régimen. La primera acoge a 485.321
extranjeros, y la segunda a 443.023, con 437.935 en la tercera y 432.523 en la
cuarta. Más del 82 % de la población tiene edad laboral (entre 16 y 64 años).
4. Analizo a
continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general,
es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el
Régimen Comunitario”. A 30 de junio de 2015 hay un total de 2.110.183, con un
descenso de 71.123 residentes en serie interanual. Por sexo, el 45,39 % son
mujeres y el 54,61 % hombres.
La población
marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las
nacionalidades, con 725.860 personas, con un descenso del 1,15 % y 1.78 %en serie semestral e interanual
respectivamente, representando más del 34 % del total de la población de este
régimen. A bastante distancia siguen los chinos (189.853), ecuatorianos (160.383 %), bolivianos (97.647
%), colombianos (94.186 %), y ucranianos
(76.078 %). Hay que destacar en serie interanual, el crecimiento de la
población china, ucraniana, senegalesa, rusa e india. Por continentes, el peso
porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica ha disminuido considerablemente
como consecuencia, como ya he explicado, de la adquisición de la nacionalidad
española por un importante número de tales ciudadanos.
Las
Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana
agrupan a cerca del 68 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias
de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 398.507 y
351.724, respectivamente, De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a
86.951, Tarragona a 69.577 y Lleida a 39.373. Las provincias de Barcelona
y Madrid, concentran a más del 36 % del
total de residentes de este régimen, y con Murcia, Alicante y Valencia supera
el 52 %.
Destaca el
peso de la población extranjera en edad laboral, ya que casi el 79 % de la
población se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.669.198)
mientras que el resto se concentra mayoritariamente en la población menor de 16
años (402.089), con una presencia residual (no supera el 1,70 %) de los mayores
de 65 años ( 38.896). Los marroquíes son los más jóvenes, con una media de
29,3, seguidos por los pakistaníes y los chinos con 30,2 y 30,5,
respectivamente.
De los
extranjeros del régimen general, el 80.02 %, es decir 1.688.593 personas,
disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado
porcentaje, superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central
y del Sur, destacando que los colectivos más numerosos son los nacionales de
Marruecos, Ecuador y China). Las autorizaciones temporales (421.590) suponen el
19,98 % del total, continuando su
disminución. Es decir, el primer grupo incremente su presencia semestral
con 17.058 personas, mientras que el segundo la disminuye en 58.257.
De las
autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 180.030 son por cuenta ajena,
6.721 por cuenta propia, y 8.743 otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul
UE y para investigación). De las autorizaciones de residencia temporal, 130.561
son por reagrupación familiar, 53.672 por residencia no lucrativa, y 41.853 por
circunstancias excepcionales (arraigo, razones humanitarias y otras).
En el
segundo semestre de 2014 se concedieron 74.520 autorizaciones iniciales, (17,68
% del total), 86.39 modificaciones de la situación administrativa (20,60 %), 155.794
de primera renovación, (36,95 %,) 62.584 de segunda renovación, y 41.853 por
circunstancias excepcionales. Es importante destacar el descenso del número de
segundas renovaciones, que han disminuido en 27.488, un 30,52 % con respecto al
inicio del año, de tal manera que el número de extranjeros en régimen general
acogidos a esta autorización sólo es de 62.584, es decir “el 14,84 % del total
de extranjeros en régimen general con autorización de residencia temporal).
4. Por último,
cabe reseñar que el informe ahora analizado recoge por primera vez datos estadísticos
sobre los extranjeros autorización de residencia y trabajo en vigor en virtud
de las posibilidades ofrecidas por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores
y su internacionalización, un total de 6,509, de los que 3.883 corresponden a
autorizaciones por razones de interés económico y las restantes 2.626 son para
familiares. Los estadounidenses (504) y los chinos (424) se sitúan en cabeza de
las autorizaciones concedidas, y de todas ellas cerca de la mitad, en concreto
el 48,86 %, corresponden a profesionales altamente cualificados.
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