miércoles, 11 de noviembre de 2015

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 30 de junio de 2015.



1. El Observatorio permanente de la inmigración publicó el viernes 6 de noviembre los datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta deresidencia a 30 de junio de 2015, diferenciando la explicación, como viene haciéndose desde 2010, por regímenes (general y comunitario).

 
Cabe recordar que con los datos a 31 de diciembre de 2013 se reanudó la serie trimestral interrumpida en junio del mismo año, ya que no se publicó la información correspondiente al tercer trimestre. La explicación de ello residió en los cambios metodológicos introducidos, que tal como se explicaba en el informe de diciembre de 2013 consistieron en llevar a cabo “una depuración con el objetivo de descontar a aquellos extranjeros que han accedido a la nacionalidad española y mantenían en vigor una autorización de residencia”. Igualmente, se procedió a descontar “aquellos extranjeros fallecidos en España, cuya autorización de residencia o certificado de registro se encontraba en vigor en el momento del fallecimiento”.

Por consiguiente, el cambio metodológico implicó la necesaria revisión de la serie histórica, habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva metodología “para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso, no se pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de extranjeros”. El documento con los datos a 31 de diciembre de 2013 recordaba que en la página web de la Secretaría General de Inmigración y Emigración pueden encontrarse “los datos correspondientes a trimestres anteriores obtenidos con la nueva metodología”. No obstante, ya se encuentran en el informe de diciembre de 2013 los datos recalculados del tercer trimestre de 2013 (comparación trimestral) y del cuarto trimestre de 2012 (comparación en serie interanual). El cambio metodológico citado no permite, pues, comparar los nuevos datos con los expuestos en los informes elaborados hasta el segundo semestre de 2013, inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas anteriores del blog. 

En cualquier caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos cinco años en el conocimiento más concreto de cómo ha impactado la crisis económica y de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen comunitario”.

2. A 30 de junio de 2015 había 4.933.231 extranjeros con dicho certificado en vigor, más exactamente 2.823.048 personas acogidas al régimen comunitario y 2.110.183 al régimen general, con un incremento en el primer  grupo de 49.341 residentes respecto al semestre anterior (1,78 %) y 98.859 personas en serie anual (3,63 %), y un descenso en el segundo de 41.199 (- 1,92 %) y 71.123, en series semestral e interanual respectivamente. Buena parte del descenso de la población extracomunitaria se debe principalmente al proceso de nacionalización llevado a cabo desde 2013.  El informe pone de manifiesto que “el número de extranjeros en régimen general… acumula un descenso de 264.883 extranjeros tras ocho semestres consecutivos de disminución. Entre estos descensos se cuentan las naturalizaciones”.

El porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 57,23 % sobre el total, frente al Régimen General que se sitúa en el 42,77 % % Las provincias de Barcelona y Madrid concentran el 30,7 % de los extranjeros residentes en España, y las de Alicante, Valencia, Málaga, Mallorca, Murcia, Almería y Girona, otro 31,1 % del total de extranjeros residentes en España. Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana, concentran más del 65 % del total de la población extranjera.

3. Paso a continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 30 de junio de 2015 hay un total de 2.2.823.048, con 98.859 nuevas personas acogidas en serie interanual.  Del total referenciado, 2.446.631 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,67 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país, un total de 376.417 (13,33 %), con un peso muy importante de personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos A partir de los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal manera que podemos saber que, a 30 de junio de 2015, 640.032 ciudadanos de la UE y AELC tiene residencia permanente (26,16 %), mientras que el resto la tienen temporal. Por distribución de sexo, el 52,86 % de los ciudadanos UE-AELC son varones y el 47,14 % mujeres, mientras que entre los familiares predominan las mujeres (58,42 %) por delante de los varones (41,58 %)    

La población rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de manera muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 967.334 personas (incremento semestral de 1,48 y aumento interanual del 2,88 %). A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (280.346 personas), la italiana (225.232 %) y la búlgara (185.251 %). Es la población italiana la que han experimentado un importante incremento relativo en serie interanual, un 7,10 % (14.928 residentes), seguida de la francesa con un 6,57 (7.886 personas).

Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan a más del 63 % de los extranjeros de este régimen. La primera acoge a 485.321 extranjeros, y la segunda a 443.023, con 437.935 en la tercera y 432.523 en la cuarta. Más del 82 % de la población tiene edad laboral (entre 16 y 64 años).

4. Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen Comunitario”. A 30 de junio de 2015 hay un total de 2.110.183, con un descenso de 71.123 residentes en serie interanual. Por sexo, el 45,39 % son mujeres y el 54,61 % hombres.

La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las nacionalidades, con 725.860 personas, con un descenso del 1,15  % y 1.78 %en serie semestral e interanual respectivamente, representando más del 34 % del total de la población de este régimen. A bastante distancia siguen los chinos (189.853),  ecuatorianos (160.383 %), bolivianos (97.647 %),  colombianos (94.186 %), y ucranianos (76.078 %). Hay que destacar en serie interanual, el crecimiento de la población china, ucraniana, senegalesa, rusa e india. Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica ha disminuido considerablemente como consecuencia, como ya he explicado, de la adquisición de la nacionalidad española por un importante número de tales ciudadanos.

Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana agrupan a cerca del 68 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 398.507 y 351.724, respectivamente, De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 86.951, Tarragona a 69.577 y Lleida a 39.373. Las provincias de Barcelona y  Madrid, concentran a más del 36 % del total de residentes de este régimen, y con Murcia, Alicante y Valencia supera el 52 %.  

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que casi el 79 % de la población se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.669.198) mientras que el resto se concentra mayoritariamente en la población menor de 16 años (402.089), con una presencia residual (no supera el 1,70 %) de los mayores de 65 años ( 38.896). Los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 29,3, seguidos por los pakistaníes y los chinos con 30,2 y 30,5, respectivamente.

De los extranjeros del régimen general, el 80.02 %, es decir 1.688.593 personas, disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje, superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur, destacando que los colectivos más numerosos son los nacionales de Marruecos, Ecuador y China). Las autorizaciones temporales (421.590) suponen el 19,98 % del total, continuando su  disminución. Es decir, el primer grupo incremente su presencia semestral con 17.058 personas, mientras que el segundo la disminuye en 58.257.

De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 180.030 son por cuenta ajena, 6.721 por cuenta propia, y 8.743 otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul UE y para investigación). De las autorizaciones de residencia temporal, 130.561 son por reagrupación familiar, 53.672 por residencia no lucrativa, y 41.853 por circunstancias excepcionales (arraigo, razones humanitarias y otras).    

En el segundo semestre de 2014 se concedieron 74.520 autorizaciones iniciales, (17,68 % del total), 86.39 modificaciones de la situación administrativa (20,60 %), 155.794 de primera renovación, (36,95 %,) 62.584 de segunda renovación, y 41.853 por circunstancias excepcionales. Es importante destacar el descenso del número de segundas renovaciones, que han disminuido en 27.488, un 30,52 % con respecto al inicio del año, de tal manera que el número de extranjeros en régimen general acogidos a esta autorización sólo es de 62.584, es decir “el 14,84 % del total de extranjeros en régimen general con autorización de residencia temporal).  

4. Por último, cabe reseñar que el informe ahora analizado recoge por primera vez datos estadísticos sobre los extranjeros autorización de residencia y trabajo en vigor en virtud de las posibilidades ofrecidas por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, un total de 6,509, de los que 3.883 corresponden a autorizaciones por razones de interés económico y las restantes 2.626 son para familiares. Los estadounidenses (504) y los chinos (424) se sitúan en cabeza de las autorizaciones concedidas, y de todas ellas cerca de la mitad, en concreto el 48,86 %, corresponden a profesionales altamente cualificados.

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