miércoles, 1 de abril de 2015

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 31 de diciembre de 2014.



1. El Observatorio permanente de la inmigración ha publicado hoy, miércoles 1 de abril de 2014, los datos disponibles de los extranjeros con certificado deregistro o tarjeta de residencia en vigor a 31 de diciembre de 2014, diferenciando la explicación, como viene haciéndose desde 2010, por regímenes (general y comunitario).
 
Cabe recordar que con los datos a 31 de diciembre de 2013 se reanudó la serie trimestral interrumpida en junio del mismo año, ya que no se publicó la información correspondiente al tercer trimestre. La explicación de ello residió en los cambios metodológicos introducidos, que tal como se explicaba en el informe de diciembre de 2013 consistieron en llevar a cabo “una depuración con el objetivo de descontar a aquellos extranjeros que han accedido a la nacionalidad española y mantenían en vigor una autorización de residencia”. Igualmente, se procedió a descontar “aquellos extranjeros fallecidos en España, cuya autorización de residencia o certificado de registro se encontraba en vigor en el momento del fallecimiento”.

Por consiguiente, el cambio metodológico implicó la necesaria revisión de la serie histórica, habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva metodología “para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso, no se pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de extranjeros”. El documento con los datos a 31 de diciembre de 2013 recordaba que en la página web de la Secretaría General de Inmigración y Emigración pueden encontrarse “los datos correspondientes a trimestres anteriores obtenidos con la nueva metodología”. No obstante, ya se encuentran en el informe de diciembre de 2013 los datos recalculados del tercer trimestre de 2013 (comparación trimestral) y del cuarto trimestre de 2012 (comparación en serie interanual). El cambio metodológico citado no permite, pues, comparar los nuevos datos con los expuestos en los informes elaborados hasta el segundo semestre de 2013, inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas anteriores del blog. 

En cualquier caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos cinco años en el conocimiento más concreto de cómo ha impactado la crisis económica y de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen comunitario”.

2. A 30 de junio de 2014 había 4.925.089 extranjeros con dicho certificado en vigor, más exactamente 2.773.707 personas acogidas al régimen comunitario y 2.151.382 al régimen general, con un incremento en el primer  grupo de 49.158 residentes respecto al semestre anterior (1,82 %) y 82.530 personas en serie anual (3,07 %), y un descenso en el segundo de 29.944 (- 1,37) y 101.068 (- 4,49), en series semestral e interanual respectivamente, poniendo de manifiesto el informe que el descenso de la población extracomunitaria se debe principalmente al impacto que ha tenido “el Plan intensivo de tramitación de expedientes de Nacionalidad”.  Según la nota de prensa oficial del MEyS, “a lo largo del año, en torno a 180.000 extranjeros en régimen general ha accedido a la nacionalidad española, siendo este uno de los motivos principales del descenso en dicho régimen”.

El porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 56.32 % sobre el total, frente al Régimen General que se sitúa en el 43,68 % % Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana, concentran el 65,47 % del total de la población extranjera (1.085.523, 798.187, 676.613 y 660.194, respectivamente)

3. Paso a continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 31 de diciembre de 2014 hay un total de 2.773.707, con 82.530 nuevas personas acogidas en serie interanual, siendo en la actualidad la proporción de hombres y mujeres nacionales de la UE-ALC del 52,90 y 47,10 %, respectivamente,  si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de ciudadanos comunitarios, ya que el 41,66 % son hombres y el 58,34 % mujeres. Del total antes referenciado, 2.403.127 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,64 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país, un total de 370.580 (13,36 %), con un peso muy importante de personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos (Colombia, 38.170; Marruecos, 36.438;  República Dominicana, 32.032). A partir de los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal manera que podemos saber que, al finalizar 2014, 623.332 ciudadanos de la UE y AELC tiene residencia permanente (25,94 %), mientras que 1.779.795 la tienen temporal (74,06 %).    

La población rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de manera muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 953.183 personas, es decir el 34,37 % del total de las nacionalidades presentes en este régimen comunitario (incremento trimestral del 0,73 %, semestral de 1,38 y aumento interanual del 2,69 %). A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (275.817 personas, 9,94 % sobre el total), la italiana (217.524, 7,84 %) y la búlgara (183.342, 6,61 %). Es la población francesa la que han experimentado un importante incremento relativo en serie interanual, un 6,45 %, seguida de la italiana con un 6.09 % y la de los Países bajos con un 5,31 %. Destaca el  aumento del número de familiares de Marruecos y República Dominicana, con un 4,89 y 1,55 %, respectivamente.

Las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan al 63,63 de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera (435.209), seguida de Barcelona (303.630) – ambas suman más del 25 % del total -, de tres provincias de la costa mediterránea en donde se asienta un número importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 204.210 --, Málaga – 160.049 -- y Valencia  – 155.732 --) y de las Islas Baleares (146.148).

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral entre los ciudadanos de la UE-AELC, ya que residen 1.975.546 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (82,21 % del total), con un peso menor de los de 65 y más años (224.127, 9,33 %) y de los menores de 16 años, (203.454, 8,47 %). Entre los familiares nacionales de terceros países los datos son los siguientes: 317.430 personas de 16 a 64 años (85,66 %), 25.489 de 65 y más años (6,88 %), y 27.661 menores de 16 años (7,46 %). La edad media es de 39,0 años, 6,6 años mayor que la del régimen general (32,4), destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (54,0) y de Noruega (51,7).

4. Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen Comunitario”. A 31 de diciembre de 2014 hay un total de 2.151.382, con un descenso del 4,99 % (131.068 residentes) en serie interanual. Por sexo, hay más diferencias entre hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los porcentajes son del 54,50 y 45,50 %.  

La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las nacionalidades, con 734.297 personas, con un descenso del 0,40, 0,63 y 2,63  % en serie trimestral, semestral e interanual respectivamente, representando el 34,15 % del total de la población de este régimen. A bastante distancia siguen los chinos (187.390, 8,71 %),  ecuatorianos (172.577, 8,03 %), bolivianos (104.463, 4,86 %),  colombianos (101.782, 4,73 %), y ucranianos (76.059, 3,54 %). Hay que destacar en serie interanual, el crecimiento del número de ciudadanos de las principales nacionalidades, con las  excepciones de Perú (-20,81 %), Colombia (-16,72 %), República Dominicana (- 16,22 %), Ecuador  (- 14,49 %), y Argentina (- 11,23 %), dándose un incremento anual de la población rusa (7,76 %), india (4,06 %), china (3,62 %), y senegalesa (2,90 %). Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica ha disminuido considerablemente como consecuencia, como ya he explicado, de la adquisición de la nacionalidad española por un importante número de tales ciudadanos, siendo en la actualidad del 31,15 %, inferior en más de 13 puntos al de los africanos (44,95 %), quedando la población asiática en tercer lugar con el 16,18 %, debiendo destacarse que los residentes marroquíes suponen el 75,96 % del total de los nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el 51,83 % del total de la población asiática.

Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana agrupan al 67,84 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 411.294 y 362.978, respectivamente, De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 88.289, Tarragona a 71.595 y Lleida a 39.805. Las provincias de Barcelona y  Madrid, concentran al 36,08  % del total de residentes de este régimen, y con Murcia, Alicante y Valencia superan el 52 %.  

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que el 78,91 % de la población se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.697.707), el 1,72 % es población de 65 y más años (36.914), y el 19,37 % menor de 16 años (416.761). La edad media es de 32,4 años, los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 29,3, seguidos por los pakistaníes y los chinos con 30,2 y 30,5, respectivamente.

De los extranjeros del régimen general, el 77,70 %, es decir 1.671.535 personas, disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje, superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur, destacando que los colectivos más numerosos son los nacionales de Marruecos, Ecuador y China, “con porcentajes respecto del total de residentes en este régimen del 88,47 %, 86,97 % y 82,05 %, respectivamente”. El número de estas autorizaciones ha descendido en 15.252 en serie interanual (0,90 %), descenso atribuido nuevamente en el Informe a la incidencia que ha tenido en el último año “el acceso a la nacionalidad española”.  

Las autorizaciones temporales (479.847) suponen el 22,30 % del total, continuando su  disminución. De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 195.116 son por cuenta ajena, 6.425 por cuenta propia, y 7.464 otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul UE y para investigación). De las autorizaciones de residencia temporal, 163.714 son por reagrupación familiar, 64.069 por residencia no lucrativa, 37.534 por circunstancias excepcionales de arraigo, y 5.515 por “razones humanitarias y otras”, poniendo de manifiesto el documento ahora comentado que el número de autorizaciones por arraigo “no alcanza el 8 % de los extranjeros que residen con carácter temporal”.  

En el segundo semestre de 2014 se concedieron 76.690 autorizaciones iniciales, (16,40 % del total), 169.395 de primera renovación, (35,30 %, + 7,14 y + 20,63 % % en series semestral e interanual) y 90.072 de segunda renovación (-25,75 y – 47,36 en series semestral e interanual). Queda por analizar qué parte del importante descenso de la segunda autorización es debida a la adquisición de la nacionalidad española por ciudadanos iberoamericanos y cuál es la que corresponde a la situación de crisis económica y la imposibilidad de solicitar la renovación por no poder cumplir los requisitos exigidos para ello (contratación, cotización..)

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