1. El
Observatorio permanente de la inmigración publicó el jueves 20 de noviembre los
datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta deresidencia en vigor a 30 de junio, diferenciando la explicación, como viene
haciéndose desde 2010, por regímenes (general y comunitario).
Cabe recordar
que con los datos a 31 de diciembre de 2013 se reanudó la serie trimestral
interrumpida en junio del mismo año, ya que no se publicó la información
correspondiente al tercer trimestre. La explicación de ello residió en los
cambios metodológicos introducidos, que tal como se explicaba en el informe de
diciembre de 2013 consistieron en llevar a cabo “una depuración con el objetivo
de descontar a aquellos extranjeros que han accedido a la nacionalidad española
y mantenían en vigor una autorización de residencia”. Igualmente, se procedió a
descontar “aquellos extranjeros fallecidos en España, cuya autorización de
residencia o certificado de registro se encontraba en vigor en el momento del fallecimiento”.
Por
consiguiente, el cambio metodológico implicó la necesaria revisión de la serie
histórica, habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva
metodología “para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso,
no se pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de
extranjeros”. El documento con los datos a 31 de diciembre de 2013 recordaba
que en la página web de la Secretaría General de Inmigración y Emigración pueden
encontrarse “los datos correspondientes a trimestres anteriores obtenidos con
la nueva metodología”. No obstante, ya se encuentran en el informe de diciembre
de 2013 los datos recalculados del tercer trimestre de 2013 (comparación
trimestral) y del cuarto trimestre de 2012 (comparación en serie interanual).
El cambio metodológico citado no permite, pues, comparar los nuevos datos con
los expuestos en los informes elaborados hasta el segundo semestre de 2013,
inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas anteriores del
blog.
En cualquier
caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la
extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos cinco años
en el conocimiento más concreto de cómo está impactando la crisis económica y
de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada
al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen
comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los
nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación
Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como
a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros
países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica
a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen
comunitario”.
2. A 30 de junio
de 2014 había 4.905.495 extranjeros con dicho certificado en vigor, más
exactamente 2.724.189 personas acogidas al régimen comunitario y 2.181.306 al
régimen general, con un incremento en el primer
grupo de 36.701 residentes respecto al trimestre anterior (1,52 %) y 73.321
personas en serie anual (2,48 %), y un descenso en el segundo de 71.144 (- 1,52)
y 137.957 (- 5,95), en series trimestral e interanual respectivamente, poniendo
de manifiesto el informe que el descenso de la población extracomunitaria “se
debe principalmente al impacto que ha tenido el Plan intensivo de tramitación
de expedientes de Nacionalidad”.
El porcentaje de
ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y
residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 55,53 % sobre el total,
frente al Régimen General que se sitúa en el 44,47 % % Las Comunidades
Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana, concentran el
65,52 % del total de la población extranjera (1.085.093, 799.167, 669.023 y 657.557,
respectivamente)
3. Paso a continuación
al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen
comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de la UE, de Islandia,
Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 3º de junio de 2014 hay un
total de 2.724.189, con 73.321 nuevas personas acogidas en serie interanual,
siendo en la actualidad la proporción de hombres y mujeres nacionales de la
UE-ALC del 52,95 y 47,05 %, respectivamente,
si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de
ciudadanos comunitarios, ya que el 41,59 % son hombres y el 58,41 % mujeres.
Del total antes referenciado, 2.357.627 son ciudadanos comunitarios y de la
AELC-EFTA (86,54 % del total), mientras que el resto son familiares de los
anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país, un total de 366.562
(13,46 %), con un peso muy importante de personas nacionales de América central
y del Sur, y de Marruecos (Colombia, 38703; Marruecos, 35.411; República Dominicana, 31.341). A partir de
los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada
sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal
manera que podemos saber que, al finalizar este segundo trimestre de 2014, 605.000
ciudadanos de la UE y AELC tiene residencia permanente (25,66 %), mientras que
1.752.627 la tienen temporal (74,34 %).
La población
rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición
de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de
manera muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 940.252 personas, es
decir el 34,52 % del total de las nacionalidades presentes en este régimen
comunitario (incremento trimestral del 0,80 % y aumento interanual del 3,21 %).
A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (269.756
personas, 9,90 % sobre el total), la italiana (210.304, 7,72 %) y la búlgara (181.684,
6,67 %). Es la población francesa la que han experimentado un importante
incremento relativo en serie interanual, un 6,16 %, seguida de la de los Países
Bajos con un 5,46 % y la italiana con un 5,38 %. Destaca el aumento del número de familiares de Marruecos
y República Dominicana, con un 3,54 y 0.44 %, respectivamente.
Las Comunidades
Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan al
63,58 de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera
(427.314), seguida de Barcelona (295.512) – ambas suman más del 25 % del total
-, de tres provincias de la costa mediterránea en donde se asienta un número
importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 200.842 --, Málaga – 156.410 -- y
Valencia – 153.944 --) y de las Islas
Baleares (143.819).
Destaca el peso
de la población extranjera en edad laboral entre los ciudadanos de la UE-AELC,
ya que residen 1.942.694 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años
(82,40 % del total), con un peso menor de los de 65 y más años (214.117, 9,08
%) y de los menores de 16 años, (200.816, 8,52 %). Entre los familiares nacionales
de terceros países los datos son los siguientes: 314.342 personas de 16 a 64
años (85,75 %), 23.935 de 65 y más años (6,53 %), y 28.285 menores de 16 años (7,72
%). La edad media es de 38,7 años, 6,6 años mayor que la del régimen general (32,1),
destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (53,9 años) y Noruega(51,7).
4. Analizo a
continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general,
es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el
Régimen Comunitario”. A 30 de junio de 2014 hay un total de 2.181.306, con un descenso
del 5,95 % (137.957 residentes) en serie interanual. Por sexo, hay más
diferencias entre hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los
porcentajes son del 54,44 y 45,56 %.
La población
marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las
nacionalidades, con 738.984 personas, con un descenso del 0,85 y 2,63 % en serie trimestral e interanual
respectivamente, representando el 33,89 % del total de la población de este
régimen. A bastante distancia siguen los chinos (184.268, 8,45 %), ecuatorianos (183.241, 8,40 %), bolivianos
(111.297, 5,10 %), colombianos (109.283,
5,01 %), y ucranianos (75.368, 3,46 %). Hay que destacar en serie interanual,
el crecimiento del número de ciudadanos de las principales nacionalidades, con
las excepciones de Perú (-23,60 %),
Colombia (-20,68 %), República Dominicana (- 18,14 %), Ecuador (- 16,57 %), y Argentina (- 13,54 %), dándose
un incremento anual de la población china (3,73 %) india (3,40 %), paquistaní (2,35
%), y senegalesa (1,88 %). Por continentes, el peso porcentual de los
ciudadanos de Iberoamérica ha disminuido considerablemente como consecuencia de
la adquisición de la nacionalidad española por un importante número de tales
ciudadanos (el informe menciona que los descensos observados con respecto al
anterior de 31 de diciembre de 2013 “se deben principalmente al impacto que ha
tenido el Plan intensivo de tramitación de expedientes de nacionalidad”),
siendo en la actualidad del 32,30 %, inferior en más de 12 puntos al de los
africanos (44,51 %), quedando la población asiática en tercer lugar con el 16,33
%, debiendo destacarse que los residentes marroquíes suponen el 76,15 % del
total de los nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el
51,75 % del total de la población asiática.
Las Comunidades
Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana agrupan al 68,00
% de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid
reúnen el mayor número de población extranjera, 421.764 y 371.853,
respectivamente. De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 87.900,
Tarragona a 72.187 y Lleida a 39.935. Las provincias de Barcelona y Madrid, concentran al 36,43 % del total de residentes de este régimen, y
con Murcia, Alicante y Valencia superan el 53 %.
Destaca el peso
de la población extranjera en edad laboral, ya que el 78,83 % de la población
se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.719.540), el 1,62 %
es población de 65 y más años (35.354), y el 19,55 % menor de 16 años (426.412).
La edad media es de 32,1 años, los marroquíes son los más jóvenes, con unamedia de 29,0 años, seguidos por los pakistaníes y chinos con 29,9 y 30,3 años.
De los
extranjeros del régimen general, el 76,55 %, es decir 1.669.780 personas,
disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado
porcentaje, superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central
y del Sur, destacando que los colectivos más numerosos son los nacionales de
Marruecos, Ecuador y China, “con porcentajes respecto del total de residentes
en este régimen del 87,78 %, 85,65 % y 80, 43 %, respectivamente”. El número de
estas autorizaciones ha descendido en 12.297 en serie interanual (0,73 %), descenso
atribuido nuevamente en el Informe “a la incidencia que ha tenido en el último
año el acceso a la nacionalidad española”.
Las
autorizaciones temporales (511.526) suponen el 23,45 % del total, continuando
su disminución. De las autorizaciones de
residencia temporal y trabajo (41,71 %), 213.343 son por cuenta ajena (con un
descenso del 27,47 %, es decir 80.813 personas, en serie interanual), 6.102 por
cuenta propia, y 6.137 otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul UE y para
investigación). De las autorizaciones de residencia temporal, 174.818 son por
reagrupación familiar, 67.269 por residencia no lucrativa, 38.650 por
circunstancias excepcionales de arraigo, y 5.027 por “razones humanitarias y
otras”, poniendo de manifiesto el documento ahora comentado que el número de
autorizaciones por arraigo “no alcanza el 8 % de los extranjeros que residen
con carácter temporal” y dando cuenta de la importante reducción operada en
serie interanual (-17,62 %, es decir 8.266 personas).
En el segundo trimestre
de 2014 se concedieron 76.020 autorizaciones iniciales, (14,86 % del total, 158.102
de primera renovación, (30,91 %, + 12,58 y + 18,86 % % en series semestral e
interanual) y 121.317 de segunda renovación (-29,10 y – 48,97 en series semestral
e interanual). Queda por analizar qué parte del importante descenso de la
segunda autorización es debida a la adquisición de la nacionalidad española por
ciudadanos iberoamericanos y cuál es la que corresponde a la situación de
crisis económica y la imposibilidad de solicitar la renovación por no poder
cumplir los requisitos exigidos para ello (contratación, cotización..)
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