1. El
Observatorio permanente de la inmigración publicó ayer, miércoles 6 de agosto, los
datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta deresidencia en vigor a 31 de diciembre, diferenciando la explicación, como viene
haciéndose desde 2010, por regímenes (general y comunitario).
Con esta nueva
publicación se reanuda la serie trimestral interrumpida en junio del mismo año,
ya que no se publicó la información correspondiente al tercer trimestre. La
explicación de ello reside en los cambios metodológicos introducidos, que tal
como se explica en el informe de diciembre de 2013 han consistido en llevar a
cabo “una depuración con el objetivo de descontar a aquellos extranjeros que
han accedido a la nacionalidad española y mantenían en vigor una autorización
de residencia”. Igualmente, se ha procedido a descontar “aquellos extranjeros
fallecidos en España, cuya autorización de residencia o certificado de registro
se encontraba en vigor en el momento del fallecimiento”.
Por
consiguiente, el cambio metodológico ha implicado la necesaria revisión de la
serie histórica, habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva
metodología “para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso,
no se pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de
extranjeros”. El documento recuerda que en la página web de la Secretaría General
de Inmigración y Emigración “los datos correspondientes a trimestres anteriores
obtenidos con la nueva metodología”. No obstante, ya se encuentran en el
informe de diciembre de 2013 los datos recalculados del tercer trimestre de
2013 (comparación trimestral) y del cuarto trimestre de 2012 (comparación en
serie interanual). El cambio metodológico citado no permite, pues, comparar los
nuevos datos con los expuestos en los informes elaborados hasta el segundo
semestre de 2013, inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas
anteriores del blog.
En cualquier
caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la
extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos cuatro años
en el conocimiento más concreto de cómo está impactando la crisis económica y
de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada
al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen
comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los
nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación
Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como
a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros
países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica
a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen
comunitario”.
2. A 31 de diciembre
de 2013 había 4.943.627 extranjeros con dicho certificado en vigor, más
exactamente 2.691.177 personas acogidas al régimen comunitario y 2.252.450 al
régimen general, con un incremento (datos ya recalculados) en el primer grupo de 15.164 residentes respecto al
trimestre anterior (0,57 %) y 69.125 personas en serie anual, y un descenso en
el segundo de 39.653 y 96.568 autorizaciones (- 1,73 en el cuarto trimestre),
poniendo de manifiesto el informe que el descenso de la población
extracomunitaria “no debe ser interpretada necesariamente como el retorno de
estos extranjeros a sus países de origen sino a un aumento en la cifra de
españoles debido a la adquirida nacionalidad española”.
El porcentaje de
ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y
residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 54,44 % sobre el total,
frente al Régimen General que se sitúa en el 45,56 % % Las Comunidades
Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana, concentran el
65,54 % del total de la población extranjera (1.103.073, 810.425, 665.093 y 659.237,
respectivamente)
3. Paso a
continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros
acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de
la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 31 de diciembre
de 2013 hay un total de 2.691.177, con 69.125 nuevas personas acogidas en serie
interanual, siendo en la actualidad la proporción de hombres y mujeres
nacionales de la UE-ALC del 51,40 y 48,60 %, respectivamente, si bien estos porcentajes cambian cuando se
trata sólo de familiares de ciudadanos comunitarios, ya que el 41,43 % son
hombres y el 58,57 % mujeres. Del total antes referenciado, 2.320.926 son
ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,24 % del total), mientras que el
resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un
tercer país, un total de 370.251 (13,76 %), con un peso muy importante de
personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos. A partir de
los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada
sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal
manera que podemos saber que, al finalizar este cuarto trimestre de 2013, 584.244
ciudadanos de la UE y AELC tiene residencia permanente (25,17 %), mientras que
1.582.164 la tienen temporal (74,83 %).
La población
rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición
de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de
manera muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 928.217 personas, es
decir el 34,49 % del total de las nacionalidades presentes en este régimen
comunitario (incremento trimestral del 0,40 % y aumento interanual del 1,37 %).
A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (265.531
personas, 9,87 % sobre el total), la italiana (205.034, 7,62 %) y la búlgara (180.117,
6,69 %). Es la población francesa la que han experimentado un importante
incremento relativo en serie interanual, un 6,09 %, seguida de la de los Países
Bajos con un 5,40 %, y destaca el importante aumento del número de familiares
de Marruecos y República Dominicana, con un 5,36 y 4,37, respectivamente.
Las Comunidades
Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan a más
del 63 % de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la
primera (422.097), seguida de Barcelona (289.990) – ambas suman más del 25 %
del total -, de tres provincias de la costa mediterránea en donde se asienta un
número importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 198.238 --, Valencia – 152.2831
-- y Málaga – 152.704 --) y de las Islas Baleares (142.434).
Destaca el peso
de la población extranjera en edad laboral entre los ciudadanos de la UE-AELC,
ya que residen 1.910.270 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años
(82,31 % del total), con un peso menor de los de 65 y más años (204.224, 8,80
%) y de los menores de 16 años, (206.432, 8,89 %). Entre los familiares nacionales
de terceros países los datos son los siguientes: 318.195 personas de 16 a 64
años (85,94 %), 22.800 de 65 y más años (6,16 %), y 29.256 menores de 16 años (7,90
%). La edad media es de 38,3 años, 6,4 años mayor que la del régimen general (31,9),
destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (53,8 años) y Noruega
(51,5).
4. Analizo a
continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general,
es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el
Régimen Comunitario”. A 31 de diciembre de 2013 hay un total de 2.250.450, con
un incremento del 4,11 % (96.568 residentes) en serie interanual ya recalculada.
Por sexo, hay más diferencias entre hombres y mujeres que en el régimen
comunitario, ya que los porcentajes son del 54,26 y 45,74 %.
La población
marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las
nacionalidades, con 750.442 personas, con un descenso del 0,81 y 0,90 % en serie trimestral e interanual
respectivamente, representando el 33,33 % del total de la población de este
régimen. A bastante distancia siguen los ecuatorianos (201.811, 8,96 %), chinos
(180.844, 8,03 %), colombianos (122.217, 5,43 %), bolivianos (121.767, 5,41 %)
y ucranianos (74.713, 3,32 %). Hay que destacar en serie interanual, el
crecimiento del número de ciudadanos de las principales nacionalidades, con
las excepciones de Perú (-19,52 %), Colombia
(-19,43 %), Ecuador (-13,63 %), y
Argentina (-11,0 %), dándose un importante incremento anual de la población paraguaya
(5,25 %) china (4,70 %) paquistaní (4,59 %), india (4,53 %), y senegalesa (2,86
%). Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica ha disminuido
considerablemente como consecuencia de la adquisición de la nacionalidad
española por un importante número de tales ciudadanos, siendo en la actualidad
del 34,15 %, inferior en más de 9 puntos al de los africanos (43,66 %),
quedando la población asiática en tercer lugar con el 15,60 %, debiendo
destacarse que los residentes marroquíes suponen más del 76,33 % del total de
los nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el 51,49 %
del total de la población asiática.
Las Comunidades
Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana agrupan al 68,01
% de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid
reúnen el mayor número de población extranjera, 443.051 y 388.328,
respectivamente. De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 89.461,
Tarragona a 73.489 y Lleida a 40.525. Las provincias de Barcelona y Madrid, concentran al 36,90 % del total de residentes de este régimen, y
con Murcia, Alicante y Valencia superan el 53 %.
Destaca el peso
de la población extranjera en edad laboral, ya que el 78,86 % de la población
se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.776.348), el 1,53 %
es población de 65 y más años (34.488), y el 19,61 % menor de 16 años (441.614).
La edad media es de 31,9 años, los marroquíes son los más jóvenes, con una
media de 28,6 años, seguidos por los pakistaníes y chinos con 29,8 y 30,1 años.
De los
extranjeros del régimen general, el 74,89 %, es decir 1.686.787 personas,
disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado
porcentaje, superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central
y del Sur, respectivamente, con otro dato ciertamente significativo cuál es que
la suma de los residentes marroquíes, 649.582, y ecuatorianos, 169.677, suponen
el 48,56 % del total). El número de estas autorizaciones se ha incrementado en
48.600 en serie interanual respectivamente (2,84 %).
Las
autorizaciones temporales (565.663) suponen el 25,11 % del total, continuando
su disminución. De las autorizaciones de residencia temporal y
trabajo (45,26 %), 244.3121 son por cuenta ajena, 6.069 por cuenta propia, y 5.605
otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul UE y para investigación). De las
autorizaciones de residencia temporal, 187.042 son por reagrupación familiar, 74.250
por residencia no lucrativa, 44.022 por circunstancias excepcionales de
arraigo, y 4.354 por “razones humanitarias y otras”, poniendo de manifiesto el
documento ahora comentado el importante descenso anual del número de
autorizaciones por arraigo. En el cuarto trimestre de 2013 se concedieron 75.230
autorizaciones iniciales, (15,32 % del total, con descenso interanual del 1,51
%), 140.431de primera renovación, (+ 3,51 y + 15,03 % % en series trimestral e
interanual) y 171.116 de segunda renovación (-15,58 y – 44,46 en series
trimestral e interanual). Queda por analizar qué parte del importante descenso
de la segunda autorización es debida a la adquisición de la nacionalidad
española por ciudadanos iberoamericanos y cuál es la que corresponde a la
situación de crisis económica y la imposibilidad de solicitar la renovación por
no poder cumplir los requisitos exigidos para ello (contratación, cotización..)
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