martes, 22 de octubre de 2013

El Diálogo de alto nivel en la ONU sobre la migración internacional y desarrollo, y la preocupación por los derechos de los inmigrantes del CESE (y Lampedusa nos contempla).



1. Las tragediasde Lampedusa han dejado en muy segundo lugar una importante reunión celebrada en las Naciones Unidas durante los días 3 y 4 de octubre, el “Diálogo de altonivel sobre la migración internacional y el desarrollo”. Tampoco han merecido atención en los medios de comunicación y en las redes sociales, al menos hasta donde conozco, dos importantes Dictámenes del Consejo Económico y Social Europeo sobre ciudadanía inclusiva, y sobre cómo abordar la problemática de la inmigración irregular que llega por mar (justamente, aunque la elaboración del dictamen se aprobó hace casi un año, es el caso reciente de los barcos hundidos en la costa siciliana), aprobados en la sesión plenaria celebrada los días 16 y 17 de junio.
2. Sobre las tragedias de Lampedusa, el relator especial de la ONU para la protección de losderechos humanos, Françoise Crepeau, fue muy claro en su intervención en el Diálogo de alto nivel: “tragedies like that had not always existed, and was a result of the “push factor” and the “pull factor” of migrants being interrupted by a barrier, such as the criminalization of irregular migration.  However, such movement would continue “in deserts, mountains, in the Mediterranean and the Atlantic” until the channels of migration were opened to fulfil labour needs”. No menor claridad ha tenido la asociación italiana para los estudios jurídicossobre la inmigración (ASGI), que ha denunciado en un comunicado la inutilidad del delito de ingreso y estancia ilegal, regulado desde 2009 en la normativa italiana, aportando diversas razones, tanto jurídicas como sociales, para pedir de rápida derogación, criticando muy duramente la equiparación entre “clandestino” y “delincuente”, y pidiendo la regulación de una manera eficaz y realista de los canales de ingreso regular de la inmigración, ya que esta “es un fenómeno estructural, destinado a crecer, y que por ello no podrá nunca ser impedido de forma irracional por sanciones penales”.

La tesis del documento de la ASGI, que comparto, no obsta a que la crisis haya provocado una disminución del número de personas inmigrantes en algunos territorios, siendo significativo en España el caso de la Comunidad Autónoma de Cataluña, donde los datos presentados recientemente, en el Boletín de población extranjera ymercado de trabajo del segundo trimestre, ponen de manifiesto ese descenso por primera vez desde 1996, con una disminución en serie interanual del 2,7 %, es decir, 32.302 extranjeros menos. Otro dato que conviene destacar desde la perspectiva laboral es el descenso de personas extranjeras ocupadas, que ha pasado de un máximo del 17,8 % sobre el total de la población ocupada catalana en el primer trimestre del 2.008 al actual 12,9 %.

Sobre la problemática del control de la denominada frontera sur, la que une (o separa) a los países del sur de Europa y del norte de África, es muy recomendable la lectura de un documento del año 2009 elaborado por el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) España y que a mi parecer sigue teniendo plena vigencia, que lleva por título “Control democrático para la gestión de la frontera Sur. Una propuesta alas eurodiputadas y eurodiputados españoles para la séptima legislatura delParlamento Europeo”. Si cambiamos la fecha de 2009 por la de las próximas elecciones europeas, 2014, el documento, repito, sigue teniendo plena validez, y en el que se pone el acento en tratar de corregir una imagen social sobre la migración “tan poderosa como desajustada”, con una dura crítica a “los mensajes explícitos que asocian la avalancha, la invasión y el carácter irregular a los flujos de inmigración, con la imagen de los cayucos, (que) han calado en el imaginario social”, y en el que se pide la vigilancia de la coherencia de  las políticas de cooperación al desarrollo, especialmente cuando se vinculan a las migraciones, “de modo que no se instrumentalice la ayuda al desarrollo en función del control de flujos migratorios, y que sirva al desarrollo humano de poblaciones sometidas a la movilidad”.    

Al análisis de los documentos debatidos y aprobados en la conferencia de la ONU, así como también, en menor medida, al de los Dictámenes aprobados por el CESE, dedico la presente entrada del blog.

2. El programade acción presentado en el Diálogo de alto nivel consta de ocho puntos, y se llega al mismo tras la celebración de varias reuniones previas de cuyos resultado se da debida cuenta en una excelente publicación de la ONU y de la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), “Towards the 2013 high-level dialogueon international migration and development. Final report of the high-leveldialogue series”, destacando que la reunión debería servir para mejorar la gobernanza de la migración a escala global, regional, nacional y local, al mismo tiempo que se colocan los derechos y el bienestar de los  migrantes en el centro del debate. En  la presentación del programa, el secretariogeneral de la ONU. Ban Ki-moon puso de manifiesto cómo está cambiando el perfil de la inmigración y su muy elevada movilidad, con cerca de la mitad de la población femenina, una décima parte siendo menores de 15 años, y 4 de cada 10 migrantes viviendo en países en desarrollo (migración sur-sur).

Desde la perspectiva laboral, me interesa mencionar la celebración de la quinta reunión,el 7 de junio de este año, sobre movilidad internacional y regional, y su impacto sobre el desarrollo, en la que se puso de manifiesto que estas políticas “could be accompanied by harmonizing the labour migration policies, labour market needs, and development priorities of both countries of origin and destination. There was strong consensus that labour mobility is an integral component of globalization and that labour migration costs have to be reduced”.

A) Paso al examen de los ocho puntos del programa. En primer lugar, se plantea la protección de los derechos humanos de todos los migrantes, con la constatación de la necesidad de mejorar el acceso a las vías de migración legales, así como también de la de “estudiar alternativas  la reclusión administrativa de los migrantes”, y evitar todo tipo de discriminación en materia laboral y en el ámbito más general de los derechos económicos, sociales y culturales. En segundo término, hay que reducir los costes económicos que representa la migración de trabajadores, con lo que ello implicará de mejora de los circuitos de transferencia de fondo a los países de origen, la transferencia  o portabilidad de los derechos de Seguridad Social, y el reconocimiento mutuo, por los países de acogida y de origen, de “titulaciones, calificaciones y conocimientos especializados”.

B) Los Estados deben comprometerse, y así consta como tercer punto, a eliminar toda forma de explotación, evitando la trata de personas y garantizando sus derechos, siendo destacable también a mi parecer la referencia expresa que se realiza en este apartado a que las empresas deben adoptar las medidas oportunas para “eliminar el trabajo forzoso de sus cadenas de suministros mundiales”. Más adelante, se plantea la necesidad de adoptar medidas que aborden la difícil situación de los migrantes desamparados, incluyendo tanto medidas de apoyo a los migrantes y sus familias en situación de crisis como la puesta en marcha de programas de retorno voluntario asistidos (recuérdese que existe un programa de ese tenor en España, recientemente objeto de estudio detallado por la profesora de la URJC Pilar Charro Baena, en un artículo publicado en el número 105 de la Revista delMEySS).

C) A continuación, se plantea la necesidad ineludible de mejorar la percepción pública de los migrantes, luchando contra todo tipo de falsos rumores y estereotipos, vinculando estas acciones y medidas a la lucha contra todo tipo de discriminación, xenofobia e intolerancia hacia los migrantes y sus familias. La integración de la migración en la agenda para el desarrollo es objeto de los puntos sexto y séptimo,  con una llamada a reforzar las acciones coordinadas entre los Estados y una activa participación de todas las asociaciones que trabajan en este ámbito, mejorando las bases de conocimiento de la realidad migratoria, planteándose la necesidad de definir “un conjunto de objetivos e indicadores comunes” que sean objeto de examen “en el marco de la agenda de desarrollo para después de 2015”.

D) Último y no menos importante, y estrechamente vinculado al punto anterior, es el que propugna la mejora de las asociaciones y de la cooperación en el ámbito de la inmigración, llamando a una mayor involucración de las Naciones Unidas, la OIM y las comunidades económicas regionales, para conseguir de esta manera un reforzamiento de los derechos de los migrantes, con especial atención a la consecución del objetivo de que “los migrantes y las organizaciones de la diáspora mejoren el desarrollo en sus comunidades de origen y de destino”. Y todo ello, sin olvidar nunca, tal como acertadamente expuso el relator especialde la ONU para la protección de los migrantes, François Crepeau, que se trata de personas “que son seres humanos, no simples agentes para el desarrollo, las remesas y los resultados económicos”, al mismo tiempo que planteó una cuestión que cada vez adquiere mayor importancia, cual es que la entrada y permanencia en un territorio determinado al margen de la normativa que las regula no sea considerada como un delito.

3. Los participantes en la reunión aprobaron una declaración que refuerza los ocho puntos anteriormente mencionados, de la que ahora destaco sus contenidos más relevantes a mi parecer, con la prioridad que estoy convencido que tiene la reafirmación, recogida en el número 10, de “la necesidad de promover y proteger de manera efectiva los derechos humanos y  las libertades fundamentales de todos los migrantes, independientemente de su estatus migratorio”.

 El documento reconoce la importante contribución de los migrantes y la migración “al desarrollo de los países de origen, tránsito y destino”; subraya la importancia de la cooperación internacional para responder a los retos de toda índole que plantea la migración  irregular, “a fin de que la migración sea segura, ordenada y con pleno respeto de los derechos humanos”; llama la atención sobre la necesidad de prestar protección especial a las mujeres y niños migrantes, con una mención específica, y acertada desde luego vista su realidad, de las trabajadoras que prestan sus servicios en el ámbito doméstico, y de ahí que deban respetarse, no sólo en este supuesto sino en todos, los convenios y normas internacionales que se refieren a los derechos de los migrantes, con una mención concreta a la importancia que tiene para conseguir su protección, aún cuando no llama expresamente, y hubiera sido deseable, a su ratificación, a la aplicación de la Convención internacionalsobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y susfamilias (estoy iniciando la lectura, dicho sea incidentalmente, de una tesis doctoral sobre el mismo, y la cosa “promete”).

No obstante, sí hay que destacar que en la clausura del encuentro, el diputado secretario general Jan Eliasson hizo una mención concreta a las condiciones de precariedad y explotación que sufren las trabajadoras migrantes en el ámbito del trabajo doméstico e instó a todos los Estados a ratificar y poner en práctica tanto el Convenio número 189 de la OIT como la citada Convención de la ONU de 1990, hasta ahora sólo ratificada por 47 Estados, siendo la mayor parte ellos países de origen de la migración y muy pocos de acogida. 

En fin, el documento defiende la movilidad humana, y no sólo la de la mano de obra, como un factor importante a tomar en consideración para la agenda para el desarrollo post-2015, y en el ámbito laboral se constata la necesidad, y ahí las políticas de cada Estado tienen mucho que decir y hacer, de que se trate de “una migración segura, ordenada y regular”. No olvida el texto el coste social que puede tener la pérdida de población profesionalmente cualificada en los países en desarrollo, y de ahí que llame a un examen atento de las migraciones circulares y de cuál es el impacto de esa migración en sectores como la salud. No menos importante, y son numerosas las ocasiones en las que se ha insistido sobre estas cuestiones aunque con resultados muy desiguales según ámbitos territoriales y según el momento político y social, son las llamadas a la evitación de estereotipos negativos sobre la inmigración y a la necesidad de disponer de fuentes estadísticas para conocer cuál es realmente el impacto de la inmigración a escala internacional, así como igualmente la puesta en marcha de políticas de retorno voluntario asistidas y de mecanismos que faciliten la transferencia de remesas a los países de origen “en condiciones más seguras y de menor costo tanto en los países de origen como en los receptores.

No puede faltar, obviamente, en un documento generalista como el que estoy examinando, una llamada a seguir trabajando sobre las políticas de migración internacional y desarrollo, pidiendo al Secretario General de la ONU que continúe con esta tarea “en colaboración con el sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones pertinentes, incluida la Organización Internacional para las Migraciones”.

B) En el documento hay varias referencias, algunas ya citadas, sobre la importancia de la migración laboral, y esta faceta de la inmigración ha sido enfatizada, como no podía ser de otra forma, por el director general de la OrganizaciónInternacional del Trabajo (OIT), Guy Rider, al referirse a qué puede significar este nuevo diálogo de alto nivel y su concreción, al destacar el papel fundamental que los trabajadores migrantes desempeñan en la economía, pidiendo “un nuevo marco multilateral mundial para proteger los derechos y los intereses de los trabajadores migrantes”, partiendo de los textos ya existentes, señaladamente el marco adoptado por la OIT en 2006. Dichas políticas migratorias laborales de nuevo cuño deben implicar la mayor protección de los trabajadores migrantes y la corrección de las desigualdades existentes, y más concretamente “reducir la discriminación; apoyar a los trabajadores migrantes a utilizar las remesas para crear nuevas empresas y empleos cuando regresan a sus países; facilitar el acceso a las principales instituciones del mercado laboral, incluyendo el salario mínimo; e introducir mecanismos que permitan que los migrantes regularicen su situación”.

En términos parecidos, aunque desde una perspectiva más general, se manifestaba la comisaria europea responsable de las políticas de inmigración, CeciliaMalmström, en su intervención en la reunión de la ONU el día 3 de octubre, y me quedo con su llamada a que también desde el mundo académico se contribuya a desmantelar los falsos mitos y estereotipos negativos sobre la inmigración, y su tajante afirmación de que “Migrants enrich our societies. They have done so always and always will. Let us work together to reap the benefits that a well-managed global migration policy can bring. Not doing so is simply not an option”.

Y no menos importante es cómo se califica a la inmigración, más exactamente a las personas que migran y que acceden a un Estado sin disponer de la documentación necesaria para ello, siendo muy relevante a mi parecer la Resolución aprobada por elParlamento europeo el pasado día 10 sobre la propuesta de Reglamento del Parlamentoy del Consejo por el que se crea un sistema europeo de vigilancia de fronteras(Eurosur), en cuyo anexo hay una declaración institucional del siguiente tenor: “El Parlamento Europeo subraya que las instituciones de la UE deben esforzarse por utilizar una terminología adecuada y neutral en los textos legislativos cuando se trata de la cuestión de nacionales de terceros países cuya presencia en el territorio de los Estados miembros no haya sido autorizada por sus autoridades, o ya no lo esté. En estos casos, las instituciones de la UE deben evitar utilizar el término «ilegal» cuando sea posible emplear una expresión alternativa y, en todos los casos, cuando se haga referencia a personas, debe preferirse la expresión «inmigrantes irregulares»”.

4. El CESE aprobó la pasada semana dos  Dictámenesde iniciativa. Uno de ellos tiene muy directa relación con el conflicto acaecido en las costas italianas, ya que el drama de la pérdida de vidas humanas en las costas italianas no es en absoluto nuevo. El texto lleva por título “Inmigración irregular por mar en la zona euromediterránea”, y buena parte de sus contenidos son semejantes a los de los documentos del diálogo de alto nivel, pidiendo una lucha sin cuartel contra toda forma de intolerancia, racismo y xenofobia contra aquellos que son “los diferentes”, es decir los inmigrantes, y demandando que aquellos que jurídicamente se encuentren en situación irregular sean tratados con pleno respeto de los derechos humanos, “desde el momento de su salvamento o detención, hasta que obtienen el estatuto de protección, se encuentran en una situación irregular “sin papeles” o se produce su repatriación al país de origen”.

El documento insiste en la necesidad de garantizar la protección de las fronteras marítimas porque ello afecta, de forma directa o indirecta, a todos los Estados miembros, y llama a prestar solidaridad y apoyo a los Estados miembros situados en las fronteras exteriores de la Unión, “mediante el desarrollo de mecanismos de reparto que posibiliten el reasentamiento de los solicitantes de asilo en la UE”, al mismo tiempo que pide adoptar medidas urgentes para “luchar enérgicamente contra la delincuencia organizada”, ya que “no hay que escatimar recursos en la búsqueda y el enjuiciamiento de los facilitadores del tráfico de personas”. En fin, el documento llama, una vez más, a la implicación de la sociedad civil, las instituciones de la UE y de los Estados miembros, y de la sociedad civil y  los gobiernos de la región del Mediterráneo meridional y oriental, “con el fin de lograr una solución que satisfaga las necesidades de todas las partes implicadas”.

Sobre la gestión de las migraciones a escala internacional también se ha manifestado, aunque de forma mucho más residual, otro Dictamen del CESE, aprobado en la misma sesión plenaria y que lleva por título “Una ciudadanía más inclusiva abierta a losinmigrantes”, cuyo punto central es la petición a los Estados miembros de revisión de sus legislaciones y procedimientos administrativos “para que los nacionales de terceros países que tengan el estatuto de residencia de larga duración puedan acceder a la nacionalidad”. La petición va estrechamente vinculada a una futura reforma del Tratado de funcionamiento de la UE, al objeto de que se modifique el artículo 20, “para que también sean ciudadanos de la Unión las personas que siendo nacionales de terceros países, residan de manera estable en la UE y dispongan del Estatuto de residencia de larga duración”.

En el ámbito objeto de análisis en esta entrada, el CESE pide una política exterior de la UE comprometida muy estrechamente con la dirección de la política de inmigración por las Naciones Unidas y que se base en instrumentos jurídicos internacionales de aplicación ya existentes, como son la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención de 1990 sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y sus familiares, el Pacto sobre los derechos civiles y políticos, el Pacto sobre los derechos, económicos, sociales y culturales, y los convenios de la OIT.

Buena lectura de los documentos.

No hay comentarios: