1. Mañana día 10
de febrero se cumplirá un año de la aprobación por el Consejo de Ministros dela reforma laboral de 2012, plasmada en
el Real Decreto-Ley 3/2012 que se publicó al día siguiente en el BOE y entró en
vigor el domingo 12. Tramitada posteriormente como proyecto de ley, que
endureció en varios puntos su contenido inicial, se convirtió en la Ley 3/2012de 6 de julio, con entrada en vigor el 8, de medidas urgentes para la reforma
del mercado laboral.
En los blogs
laboralistas se ha ido dando cuenta de sus contenidos y de los problemas de
todo tipo que ha suscitado. Remito a la consulta de todos ellos, y en
particular recomiendo la lectura del artículo de Mikel Urruti “Misiónimposible: ensalzar las bondades en el empleo de la Reforma Laboral”; la
entrevista al abogado de Comisiones Obreras Enrique Lillo en el blog de Antonio
Baylos, entrevista a la que también me referiré más adelante; el artículo de
Jesús Cruz “Un año de reforma laboral”; la entrevista realizada a Jaime Cabeza
con ocasión de haber obtenido el premio
Rafael Martínez Emperador por su trabajo “La globalización económica como
antecedente y la crisis económica como contexto de la reforma laboral 2010/2012”,
realizado junto con el magistrado del TSJ de Galicia J.F. Lousada; el artículo
de Adoración Guamán “Seis millones de parados: las uvas de la ira estánengordando”. Desde la perspectiva más cercana al mundo empresarial es
interesante acudir al blog en el que escriben varios socios de capital delbufete Sagardoy Abogados.
No he encontrado
hasta el día de hoy ningún balance oficial de la reforma por el gobierno,
aunque pudiera ocurrir que se hiciera durante la próxima semana, y por ello de
momento me quedo con la referencia a las reiteradas manifestaciones de la
Ministra Fátima Báñez, y de altos cargos del Ministerio y también del gobierno,
que la reforma ha evitado una mayor destrucción de empleo y que permitirá la
creación de empleo cuando se den las condiciones económicas para ello
(inicialmente, en febrero de 2012, el objetivo declarado de la reforma era la
creación de empleo, pero poco a poco el planteamiento gubernamental ha ido
variando, “modulándose” que dirían algunos, hasta llegar al que acabo de exponer).
2. Les decía que
la entrevista a Enrique Lillo también iba a merecer mi atención en esta
entrada, porque aquello que manifiesta en ella, publicada en el número 47(enero 2013) de la Revista de Estudios de la Fundación 1º de mayo, merece ser leído
y analizado con mucha atención porque describe con gran claridad los problemas
que no sólo a corto plazo sino también y sobre todo a medio y largo plazo,
plantea la reforma laboral del Partido Popular si no hay un cambio importante
de tendencia en los próximos meses. Reproduzco a continuación uno de los
párrafos de sus respuestas que más me ha llamado la atención:
“La aplicación
de la reforma laboral como digo tiene dos fases, en la primera el abaratamiento
masivo del despido, reducción salarial y empobrecimiento de los trabajadores y de
amplios sectores de la clase media y la reducción o pérdida de sus condiciones
laborales. En la segunda fase que puede empezar en junio, desaparecen buena
parte de las unidades de negociación, si estos convenios no son renegociados
antes de junio de 2013. Creo además que esta reforma laboral implica que a los
trabajadores se les dificulta sus posibilidades de defensa frente a los
empresarios. Digo esto porque la reforma laboral exige a los sindicatos y a sus
abogados un esfuerzo profesional de entendimiento de la nueva regulación de
despidos colectivos y de la nueva regulación de las modificaciones sustanciales
de condiciones de trabajo que implican reducciones salariales. Y eso exige adquirir
conocimiento sobre economía de la empresa: balance, auditorias, cuentas de
resultados, memorias. Para lo cual se necesita no sólo un replanteamiento del
contenido cognitivo de los abogados sino también de los propios sindicalistas”.
3. Pongamos
ahora un contrapunto empresarial y veamos como valoran la reforma laboral. En
un artículo publicado el día 3 de febrero en el diario El Economista, con el título
“El coste de asimilar la reforma laboral”, Roberto Abad y Joaquín Trigo,
consejero delegado de Ulled Asociados y director general del Instituto de
Estudios Económicos, respectivamente, se quejan de que aquello que es en la
realidad la reforma no es aquello que les dijeron, algunos juristas, que era
(bueno, para ser más correcto esa es la sensación que tengo yo después de leer
el artículo, y no creo estar desencaminado), y centran su atención en los
despidos colectivos, cuyas reformas han sido de las más publicitadas por el
gobierno, y algunos bufetes empresariales, como manifestación de un cambio de
alcance en el modelo de relaciones laborales español para introducir mayores
dosis de flexibilidad en las empresas. Justamente, los autores del artículo se
quejan de que las cosas no son tan bonitas como se las habían pintado, aunque finalmente
vuelven a pedir más normas que clarifiquen la situación, obviamente desde su
punto de vista, y que impidan que las decisiones empresariales se vean
limitadas por “trabas” legales o por resoluciones judiciales. Destaco dos
párrafos del artículo que merecen especial atención, en especial el segundo por
la crítica implícita a (algunos) juristas.
“… La reforma
pretendía crear un marco de estabilidad y confianza. El Real Decreto Ley 3/2012
entró en vigor el 10 de febrero, pero experimentó cambios sustanciales hasta la
aprobación del reglamento, a finales de octubre (Real Decreto 1483/2012). La ley
plantea la necesaria negociación del conflicto entre las partes, sin
intervención administrativa. Luego, el reglamento vuelve a introducir a la
"autoridad laboral" -de la que indica que "es otra y
diversa"- en la mediación y control, para ayudar a las partes a buscar
soluciones. De resultas, hemos vivido y seguimos viviendo una situación de gran
incertidumbre que afecta tanto a los agentes sociales como a la magistratura, a
los expertos (abogados, consultores?) y, sobre todo, a las empresas.
Hemos podido
leer en la prensa la opinión de expertos, como Salvador Rey, del despacho
Cuatrecasas, que señalan que el problema de la reforma es que no ha sido
consensuada. Otros, como Sagardoy, indican que con el tiempo la cosa se irá
atemperando, como ya pasó con la ley de 1994. Pero nos encontramos ante una
situación radicalmente distinta: venimos sufriendo esta crisis sin precedentes
durante más de cinco años y las empresas ya están exhaustas”.
4. No tenemos
balance oficial de la reforma pero sí un balance crítico, muy crítico, por
parte de una persona que participó directamente en las reformas laborales del
último gobierno socialista, María Luz Rodríguez Fernández, ya reincorporada a
la Universidad de Castilla-La Mancha, realizado en su intervención con el
título “Economía, ideología y reformalaboral”, en la presentación del Libro “No es economía, es ideología”,
publicado por Economistas frente a la crisis, que puede leerse íntegramente en
su blog. Reproduzco algunos de los
fragmentos más destacados de dicha intervención:
“Claro que lo anterior requiere una reforma laboral que impulse mecanismos
de rebaja salarial (el llamado “descuelgue salarial” es uno de ellos) y
deteriore el poder de negociación de los sindicatos y la vitalidad de la negociación
colectiva, a fin de que sean las “circunstancias del mercado”, en este caso, el
miedo a perder el empleo en un país con casi 6 millones de personas en el paro,
las que marquen los salarios, naturalmente a la baja.
Ese es, tal cual, el diseño “de libro” de la reforma
laboral de 2012. Que ha venido a sumarse a la devaluación salarial que ya
estaba en marcha desde 2009 y que se ha hecho más intensa a partir de 2011:
desde ese momento no han dejado de bajar los incrementos salariales pactados
(del 2,44 por ciento en 2011 al 1,31 por ciento en 2012), la remuneración por
asalariado/a (variación interanual de 0,7 por ciento en 2011 al 0,5 por ciento
en 2012) y los costes laborales unitarios nominales (variación interanual del
-1,4 por ciento en 2011 al -2,6 por ciento en 2012) y los reales (variación
interanual del -2,4 por ciento en 2011 al -3,0 por ciento en 2012). Y, sin
embargo, no se crea empleo; al contrario, se destruye.
Los datos del último año son dolorosos, pero
evidentes: 380.949 parados/as más en las estadísticas de paro registrado, que
alcanza el récord histórico de 4.980.778 personas registradas como
desempleadas; 778.829 afiliados/as menos a la Seguridad Social; una pérdida de
más de 850.000 empleos y un incremento del número de personas desempleadas que
supera las 690.000. No sé si es a esto a lo que se refería la Ministra de
Empleo y de Seguridad Social cuando decía sentirse “muy moderadamente
satisfecha de la reforma laboral”. A mí me parecen, sinceramente, cifras
terribles, que vienen a demostrar que la devaluación salarial en curso no está
creando empleo, sino causando paro y dolor a la sociedad.
Como sucede con la propia austeridad, ya que, desde el
segundo trimestre de 2012, los recortes en gasto público están provocando
graves pérdidas de ocupación en el empleo público, más altas incluso que las
habidas en el empleo privado (en el último trimestre de 2012, la ocupación baja
un -6,98 por ciento en el primero frente a un -4,30 por ciento de pérdida de
ocupación en el segundo).
Estos mismos datos de pérdida de empleo e incremento
del número de personas en desempleo sirven para desvelar otro de los valores
ideológicos hechos valer como axiomas científicos. Hemos escuchado una y otra
vez que el coste del despido estaba frenando la creación de empleo, como si lo
que hay que pagar por destruir un puesto de trabajo en el futuro influyera
decisivamente en la creación del mismo en el presente. Siguiendo este sendero,
la reforma laboral de 2012, profundamente ideológica en este y otros muchos
aspectos, rebaja la indemnización por despido y lo facilita considerablemente,
al eliminar la autorización administrativa en los expedientes de regulación de
empleo”.
5. Volvamos nuevamente a la realidad empresarial, o por decirlo de otra forma a
conocer cómo las empresas están aplicando la reforma laboral, es decir que uso
están haciendo de los variados instrumentos de flexibilidad interna y externa
que ésta ofrece (modificación de condiciones de trabajo, suspensión y extinción
de contratos, inaplicación de convenios colectivos…). Para ello es obligado
acudir al “1erobservatorio de seguimiento de la reforma laboral 2012”, publicado por laFundación Sagardoy. Según se explica en la presentación del informe, han
participado 272 empresas, “mayoritariamente del sector servicios (133 empresas)
y del sector industrial (132), correspondiendo las restantes a los sectores de la
construcción y agrario”. 234 ocupan a más de 50 trabajadores y 38 a menos. Es
un documento muy interesante y que debe analizarse con atención, del que ahora
reproduzco sus conclusiones:
“-- En materia de contratación se
apuntan algunas orientaciones positivas como la que concluye que la nueva
regulación en materia de contratación a tiempo parcial ha incrementado o podría
incrementar en los próximos tres meses el número de contratos formalizados.
--. Las medidas de flexibilidad interna
previstas por la reforma están comenzando a dar sus primeros resultados: casi
tres de cada cuatro de las empresas encuestadas han adoptado algún tipo de
medida en esta dirección. Es significativo que estas medidas se hayan usado en
un porcentaje muy similar (40%) al despido (47%).
-- La movilidad funcional y la
modificación sustancial de condiciones de trabajo son los instrumentos más
empleados, pues algo más del 40% de las empresas han acudido a cada una de
ellas (y un 28% han utilizado o piensan utilizar ambos mecanismos, de modo que
más de la mitad –un 55%– se sirven de alguna de estas dos herramientas de
adaptación de su fuerza de trabajo).
-- Es frecuente (un 35% de las empresas
que han efectuado o piensan efectuar despidos) combinar estos ajustes
cuantitativos (suspensiones y reducciones de jornada), con las medidas que
pueden calificarse como cualitativas (movilidad, modificación de condiciones,
descuelgues).
-- La adaptación de las condiciones
trabajo a circunstancias económicas, técnicas, organizativas y de producción,
ya implique apartarse del convenio aplicable (“descuelgue”) o no (“modificación
sustancial de condiciones de trabajo”, MSCT en adelante) se sitúa en el 45,6%
de las empresas encuestadas.
-- Las condiciones más afectadas cuando
se ha recurrido a las modificaciones sustanciales han sido las relacionadas con
las funciones y organización del trabajo (63%), aunque también es frecuente la
alteración del tiempo de trabajo (53%) y del salario (45%).
-- En relación a los descuelgues,
mayoritariamente se han empleado para afectar al salario (un 69% de las
empresas entrevistadas) o la jornada y horario de trabajo (42,3%), y la afectación
simultanea de varias condiciones presenta menor frecuencia (23%).
-- La mitad de las empresas declaran
haber abonado indemnizaciones superiores a 20 días por año y hasta los 33 días,
y aún un 25% afirman haber pagado por encima de los 45 días, que era el máximo
exigido por la ley antes de las modificaciones del RD-L 3/2012”.
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