sábado, 28 de mayo de 2011

La política de inmigración de la Unión Europea. El impacto del conflicto del norte de África (I).

1. El mes de mayo que está a punto de terminar ha sido muy intenso en actividad de la Comisión Europea para presentar documentos en los que se plantean propuestas de actuación para tratar de adecuar, no me atrevo a utilizar la palabra cambiar porque no sería correcta, la política de inmigración de la UE a los retos planteados por los conflictos políticos acaecidos en varios países del norte de África desde hace varios meses y que han tenido como una de sus consecuencias la llegada a las costas italianas de un número importante de ciudadanos provenientes de Túnez y en menor medida, al menos hasta ahora, de Libia (35.000 inmigrante según los datos facilitados en unos los documentos objeto de mi estudio por la propia Comisión).

En una entrada anterior del blog analicé el conflicto jurídico suscitado por la decisión del gobierno italiano de conceder un permiso a quienes hubieran llegado antes del 5 de abril a Lampedusa que les permitía, siempre según las autoridades transalpinas, el desplazamiento por todo el territorio Schengen, y la inmediata respuesta de las autoridades francesas estableciendo de facto un control de las fronteras internas, en especial entre Mentón y Ventimiglia, con impacto que llegó a las instancias europeas y que se han visto obligadas a adoptar decisiones para garantizar la libre circulación de personas en dicho territorio pero al mismo tiempo reforzar los controles de las fronteras exteriores y abrir la puerta para, ya lo adelanto, restringir el acceso de ciudadanos de terceros países en determinados supuestos, sin olvidar el impacto que para la política europea de inmigración tuvo el anuncio del gobierno danés de introducir/reforzar,… los controles de su fronteras internas y que podría significar una revisión de la normativa Schengen. Concluía mi entrada con una frase que creo que sigue teniendo plena vigencia y que por ello me permito reproducir: “Estamos en presencia de un conflicto esencialmente político, con amplias consecuencias sociales y al que hay que dar respuestas jurídicas. Nos jugamos buena parte de los valores europeos que informaron el Tratado de Roma y siguen informando el Tratado de la Unión Europea. Cómo combinar el respeto a esos valores con políticas sociales y de inmigración que pongan el acento en el acceso regular y ordenado de ciudadanos de terceros países a territorio Schengen es uno de los retos más importantes que tienen ante sí, y que aún no han resuelto, los poderes públicos de la UE y de los Estados miembros”.

Pero no adelantemos acontecimientos. El propósito de esta nueva entrada es analizar los documentos emanados de los órganos de dirección de la UE para poner en marcha una política de inmigración adaptada al nuevo marco político y social del Norte de África. A tal efecto, hay varios textos de interés: en primer lugar, la Comunicación sobre migración presentada el 4 de mayo sobre la que girará gran parte de mi exposición por ser el texto más importante; en segundo término, tres documentos presentados el pasado día 24: el informe anual 2010 sobre inmigración y asilo, presentado de acuerdo a lo previsto en el Pacto europeo de inmigración y asilo de 2008, al que acompaña un documento de trabajo de la Comisión en el que se informe detalladamente de todas las actuaciones de la UE y de los Estados miembros en materia de inmigración durante este año; una nueva Comunicación que lleva por título “Un diálogo para las migraciones, la movilidad y la seguridad con los países del Sur del Mediterráneo”; en fin, la propuesta de modificación del Reglamento (CE) nº 539/2001 del Consejo relativo a la lista de terceros países cuyos ciudadanos están exentos, en unos caso, y en otros están obligados, de disponer de visado para poder acceder a territorio europeo. Tampoco deseo olvidarme en mi exposición de dos cartas dirigidas por el Presidente de la Comisión, José Manuel Barroso: la primera dirigida a los presidentes francés e italiano como consecuencia del conflicto entre ambos países y que ya analicé en el blog; la segunda, dirigida al presidente danés tras el comunicado de su gobierno de reforzar los controles de sus fronteras. Además, y en estrecha relación con el conflicto abierto con Dinamarca, hay que hacer referencia a las Conclusiones del Consejo de Ministros de Justicia e Interior en la reunión celebrada el 12 de mayo. Toda la documentación referenciada ha de servir para un amplio debate sobre la política de inmigración y asilo en la UE que deberá celebrarse con ocasión del Consejo Europeo del día 24 de junio, festividad de San Juan.

3. Me refiero en primer lugar a la carta dirigida por el Presidente de la Comisión a los presidentes francés e italiano, como respuesta a la que ellos le habían dirigido el 26 de abril. Del escrito del Sr. Barroso, que apunta claramente las líneas futuras de actuación de la Comisión y que se plasmarán en los documentos más arriba mencionados, destaco algunas de sus manifestaciones: la necesidad de establecer un partenariado reforzado con los países del Norte de África, que debería implicar un apoyo económico de la UE a su reconstrucción económica y que implicaría la readmisión de los inmigrantes irregulares llegados a territorio europeo, así como también “una clara manifestación de esos países de asumir sus responsabilidades en materia de inmigración irregular” (es decir, añado yo ahora, un control estricto de sus propias fronteras para evitar la salida de sus ciudadanos); el reforzamiento del sistema de asilo europeo y la puesta en práctica de una política de solidaridad real y efectiva entre los Estado de la UE ante situaciones como las vividas estos meses; una mayor capacidad de actuación, y de sus competencias, de FRONTEX; en fin, y esto es lo más importante y que obviamente mereció mayor atención mediática, la posibilidad de estudiar “el restablecimiento temporal de las fronteras”, siempre de acuerdo a “criterios específicos y bien determinados”. En conclusión, para el Presidente de la Comisión la política de inmigración no debe tender a una visión más basada en la seguridad pero tampoco ser demasiado laxa en el respeto de la normativa , y se trata de gestionarla mejor, de manera “mas coordinada, más reforzada, más solidaria, y en especial más común”.

La correspondencia escrita con el presidente danés fue algo menos suave y más enérgica, como consecuencia de la decisión del gobierno presidido por éste de establecer controles en las fronteras internas, según se afirmaba, para combatir el crimen internacional y la evasión fiscal. En la carta enviada el 13 de mayo, difundida con mucha rapidez por los servicios de prensa de la Comisión, el Sr. Barroso recordaba el marco normativo vigente en la UE y la obligación de respetarlo por todos los Estados miembros, en especial la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, le transmitía las dudas jurídicas manifestadas por los servicios jurídicos de la Comisión sobre la conformidad a la normativa de la UE de las actuaciones que pretendía llevar a cabo el gobierno danés, y le solicitaba formalmente que se abstuviera de adoptar “cualquier decisión unilateral” antes de debatirlas con la Comisión Europea para garantizar que se ajustarían a las normas de la UE, terminando su escrito con una frase contundente y de previsión de un hipotético incumplimiento por parte de Dinamarca de la normativa de la UE: “Debo recordar que, si es necesario, adoptaremos las medidas necesarias para garantizar el pleno respeto de la normativa”.

Muy probablemente, la contundencia del presidente Barroso era una rápida respuesta a las muchas críticas formuladas en los países de la UE a las tímidas conclusiones del Consejo de Ministros de Interior celebrado el día anterior, en las que formalmente no había ninguna observación o comentario sobre la decisión danesa, y los Estados se limitaba a manifestar su “unánime parecer” sobre la libre circulación de personas como uno de los principales logros del acervo comunitario y que debe ser preservado, pero sin entrar en mayores detalles.

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