miércoles, 17 de noviembre de 2010

El contrato único de trabajo se pretende introducir en los textos de la Unión Europea sobre empleo. ¿Reaccionará el gobierno español?

Obsesionados en ocasiones con nuestros problemas o conflictos más cercanos nos olvidamos de aquello que ocurre más allá de nuestras fronteras y que cada día nos afecta más. Me refiero en concreto a las propuestas que ya han aparecido en documentos de la UE que pretenden desarrollar la Estrategia Europea 2020, o que se encuentran en fase todavía de debate y discusión pero con previsión de inminente aprobación, sobre la incorporación de un “contrato único de trabajo”. Sería curioso, y preocupante a mi parecer, que una vez que se ha evitado su incorporación en la reforma laboral de 2010, en un período relativamente corto el gobierno español debiera adaptar nuestra normativa a los grandes principios de flexiseguridad que se recogen en documentos europeos y que ahora están empezando a concretarse mucho más por lo que respecta a esta figura contractual. Ya hemos debatido en España los múltiples problemas jurídicos que plantea esa figura (sin entrar ahora en el debate de las pretendidas bondades sobre su impacto positivo en el mercado de trabajo), respecto a su incardinación en el ordenamiento jurídico español, y no creo que sea el momento de volver sobre la cuestión a partir de propuestas recogidas en documentos de la UE.

Considero necesario que el gobierno español reaccione con rapidez, y mantenga las mismas tesis que durante los debates de la reforma laboral, ante los textos ya aprobados y muy en especial con el que se está debatiendo estos días en Bruselas relativo a una próxima Comunicación de la Comisión sobre nuevas habilidades para nuevos empleos, en el que se incorpora una referencia aún más clara que cabe a la contenida en la Comunicación de la Comisión “Juventud en movimiento. Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea. Ciertamente el gobierno español no lo tiene fácil en el debate europeo, ya que hasta donde mi memoria alcanza en estos momentos sólo hay tres gobiernos socialistas y uno en el que los socialistas participan en coalición contras fuerzas políticas, pero me parece que tiene que hacer llegar a los órganos de gobierno comunitario que esa propuesta puede ser, en su caso, una entre otras muchas que se contemplen, pero que en ningún caso debería cuestionar la propia normativa de la UE en la que la presunción del carácter indefinido, con justificación de causa para su extinción, de la relación contractual adquiere especial relevancia, y valga ahora la referencia a la Directiva 1999/70/CE, de 28 de junio de 1999, sobre contratación de duración determinada y los límites y restricciones a la misma, así como también el Convenio número 158 de la OIT sobre terminación de la relación de trabajo por iniciativa del empleador.

Para abrir el debate reproduzco el texto contenido en la Comunicación “Juventud en movimiento”, en sus versiones española, inglesa y francesa, y el que se está debatiendo estos días en Bruselas y que de momento, sólo está disponible en inglés, aunque no pondría la mano en el fuego de que quien lo haya redactado no tenga un origen español.


1. En el marco de la Estrategia Europa 2020 y la Estrategia Europea de Empleo, los Estados miembros deben centrarse en:

“En los mercados laborales segmentados, introducir un «contrato único» indefinido, con un periodo de prueba suficientemente largo y un aumento gradual de los derechos de protección, acceso a formación, aprendizaje permanente y orientación profesional para todos los empleados. Introducir unos ingresos mínimos específicos para jóvenes, así como costes no salariales con discriminación positiva, a fin de que los contratos fijos para jóvenes sean más atractivos y aborden la segmentación del mercado laboral, de conformidad con los principios comunes de flexiguridad”.



In segmented labour markets, introducing an open-ended "single contract" with a sufficiently long probation period and a gradual increase of protection rights, access to training, life-long learning and career guidance for all employees. Introducing minimum incomes specifically for young people and positively differentiated non-wage costs to make permanent contracts for youngsters more attractive and tackle labour market segmentation, in line with common flexicurity principles.


À instaurer, sur les marchés de travail segmentés, un «contrat unique» à durée indéterminée prévoyant une période d’essai suffisamment longue et la progressivité des droits en matière de protection, ainsi que l’accès à des formations, à des mesures d’éducation et formation tout au long de la vie et à des services d’orientation professionnelle pour tous les travailleurs; en outre, les États membres devraient prévoir un revenu minimal spécifique pour les jeunes et des coûts salariaux indirects plus avantageux afin de rendre l’emploi à durée indéterminée des jeunes plus intéressant et de lutter contre la segmentation du marché du travail, conformément aux principes communs de flexisécurité.



2. Communication from the Commission. An agenda for new skills and jobs:
a european contribution towards full employment

Priorities for reinforcing the four components of flexicurity
In order to strengthen labour market reform and modernisation, building on the EU Common Principles, the Commission proposes the following key policy priorities to reinforce the four components of flexicurity, in partnership with Member States and social partners:

Flexible and reliable contractual arrangements: Focusing on the reduction of segmentation in the labour market; in highly segmented labour markets, one promising avenue for discussion is the introduction of a ‘single, open-ended contract'. This contract would aim to reduce the existing divisions between those holding temporary and permanent contracts; it would gradually improve employment protection rights with tenure (i.e. entitlement to severance pay), until the level of protection of currently existing permanent contracts is reached. Within such a probation period, the single contract could be terminated at a limited and fully predictable cost for firms (i.e. disbursement of severance pay in proportion to the number of months worked), while avoiding appeals to state courts against non-discriminatory dismissals. At the same time, temporary contracts would be limited to specific circumstances, or highly paid jobs.

Flexicurity - Key Actions 1 to 3:

1. A new momentum for flexicurity must be the result of a common approach by EU institutions, Member States and social partners. Building on the EU Common Principles of Flexicurity, the priorities proposed in this Flagship initiative set out the terms of a comprehensive debate on strengthening the four components of flexicurity (e.g. on the single contract or the reform of benefits systems). These priorities could be debated in early 2011 at a Stakeholder Conference on Flexicurity, organised by the Commission with Member States, the European Parliament and social partners. The consensus on flexicurity as a key contribution to the Europe 2020 employment target should be consolidated in a Communication on a new momentum for Flexicurity in the first half of 2012.

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