viernes, 23 de julio de 2010

La creación de empleo en la sociedad europea: una respuesta necesaria para salir de la crisis (III).

4. La Estrategia Europa 2020.

El Consejo europeo celebrado los días 17 y 18 de junio aprobó formalmente la “Estrategia Europa 2020” , a partir del principio de acuerdo alcanzado en el Consejo anterior. Por consiguiente, ha sido durante la presidencia española cuando se ha puesto en marcha la nueva línea de trabajo de los 27 Estados de la UE para avanzar, así se cree y se desea, en una Europa económicamente más potente, socialmente sostenible y que apueste por la innovación y el conocimiento como eje de su actuación futura. El documento propone cinco grandes objetivos para el próximo decenio, muchos menos de los existentes en la Estrategia de Lisboa, cuantificables y que deberán ser alcanzados tanto en el ámbito de la UE como por los Estados miembros (teniendo en cuenta, ciertamente, las circunstancias nacionales propias), referidos al empleo, la investigación y la innovación, el cambio climático, la educación y a la lucha contra la pobreza.

El documento formalmente aprobado en el Consejo es la Comunicación presentada el 3 de marzo por la Comisión Europea. Las tres prioridades básicas para el próximo decenio son las siguientes: crecimiento inteligente, con el desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación; crecimiento sostenible, con la promoción de una economía que utilice más eficazmente los recursos, que sea verde y más competitiva; crecimiento integrador, con el fomento de una economía con un alto nivel de empleo que redunde en la cohesión económica, social y territorial. Estas tres grandes prioridades se concretarán en un número limitado de objetivos principales, que puedan ser fácilmente objeto de medición y de comparación entre todos los Estados, y que atiendan además a las diferentes situaciones de cada Estado, que están interrelacionados. Tales objetivos, cuya consecución, según se afirma en la Comunicación con un punto excesivo de intensidad a mi parecer, “será vital para alcanzar con éxito el año 2020”, aún cuando se consideran sólo representativos y en modo alguno exhaustivos, deberán después concretarse en objetivos y trayectorias nacionales, y son los siguientes:

A) El 75 % de la población de entre 20 y 64 años debería estar empleada. Alcanzar este porcentaje implica incrementar en 6 puntos la tasa de empleo actualmente existente del 69 %. Hay que indicar que la Estrategia 2020 ha recogido como uno de sus cinco objetivos principales para la próxima década la petición formulada por el Comité de Empleo.

B) El 3 % del PIB de la UE debería ser invertido en I+D, manteniéndose por consiguiente el objetivo ya fijado en la Estrategia de Lisboa y que no se ha alcanzado, argumentándose en este punto que la Comisión “propone mantener el objetivo del 3 %, pero desarrollar simultáneamente un indicador que refleje la intensidad de la I+D+i”. Se pone de manifiesto que el gasto en Europa es aún inferior al 2 %, mientras que alcanza el 2,6 % en Estados Unidos y el 3,4 % en Japón.

C) Debería alcanzarse el objetivo «20/20/20» en materia de clima y energía (incluido un incremento al 30 % de la reducción de emisiones si se dan las condiciones para ello), desde un objetivo muy claro de ahorro económico y de impulso del crecimiento económico. La Comisión apuesta por la adopción de medidas que refuercen el liderazgo europeo en el mercado de tecnologías verdes como medio de garantizar un uso eficaz de los recursos en toda la economía (liderazgo que cada vez más está sufriendo la competencia de China y Estados Unidos), pero al mismo tiempo “eliminando los cuellos de botella en infraestructuras de red claves e impulsando nuestra competitividad industrial”.

D) El porcentaje de abandono escolar debería ser inferior al 10 % y al menos el 40 % de la generación más joven debería tener estudios superiores completos. Alcanzar este objetivo significa reducir en 5 puntos la tasa de abandono e incrementar en 9 el de personas entre 30 y 34 años que finaliza la enseñanza superior. En el análisis de la problemática educativa-laboral de la población europea, cabe también destacar el dato, recogido en la Comunicación, de que cerca del 50 % del alumnado alcanza un nivel de cualificaciones medias “pero a menudo no adaptadas a las necesidades del mercado laboral”.

E) El riesgo de pobreza debe amenazar a 20 millones de personas menos. O dicho en otros términos, la reducción debe aparejar que un 25 % menos de los europeos de los que están ahora se encuentren, en 2020, en dicha situación.

Para concretar los avances en cada uno de los objetivos prioritarios que acabo de explicar, la Comisión propone un conjunto de iniciativas, que califica de “emblemáticas”, para desarrollar durante todo el período y que sean el punto de referencia para ver y concretar cómo se avanza en la consecución de los objetivos. Destaco dos vinculadas al mundo del empleo.

a) “Juventud en movimiento, para mejorar los resultados de los sistemas educativos y facilitar la entrada de los jóvenes en el mercado de trabajo”. Hay que potenciar los programas europeos de movilidad internacional educativa, una política de empleo europea para los jóvenes que permita estancias formativas en otros Estados, acoplar adecuadamente los sistemas educativos con las necesidades (que recuerdo que son cada vez más cambiantes) del mercado laboral, y promover el reconocimiento del aprendizaje tanto formal como informal.

b) “Agenda de nuevas cualificaciones y empleos, para modernizar los mercados laborales y potenciar la autonomía de las personas mediante el desarrollo de capacidades a lo largo de su vida con el fin de aumentar la participación laboral y adecuar mejor la oferta y la demanda de trabajos, en particular mediante la movilidad laboral”. Nuevamente se insiste en la importancia de adoptar las medidas económicas, educativas y formativas necesarias para posibilitar la adquisición de nuevas cualificaciones y la adaptación a las nuevas condiciones que se dan en los mercados laborales.

Por último, cabe destacar que el Ministro español de Trabajo e Inmigración, Sr. Corbacho, ha puesto de manifiesto, al efectuar el balance de la presidencia española el pasado 6 de julio, la existencia de numerosos puntos de coincidencia de la Estrategia Europa 2000 con los acuerdos adoptados en la reunión de los Ministros de Trabajo del llamado G20, que tuvo lugar el pasado mes de abril en Washington, y que son los siguientes: “Acelerar la creación de empleo y asegurar una recuperación sostenible y un crecimiento futuro. Reforzar los sistemas de protección social y promover políticas activas de mercado de trabajo inclusivas. Situar la calidad del empleo y la reducción de la pobreza en el centro de las estrategias económicas nacionales y globales. Preparar a la población activa para los futuro retos y oportunidades a través de la educación y del aprendizaje permanente, la capacitación laboral y las estrategias de desarrollo de las cualificaciones” .

5. Las propuestas de directrices para las políticas de empleo para el período 2000-2014.

La Comisión presentó el pasado 27 de abril sus propuestas en la materia , que han sido ya informadas por la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europa en su sesión de 13 de julio, introduciendo algunas propuestas de modificación con respecto al texto originario. El Informe será sometido a votación el 7 de septiembre en la primera sesión del Parlamento Europeo después del período vacacional, y posteriormente el texto resultante será sometido a la aprobación del Consejo Europeo a celebrar el mes de octubre.

En la introducción de la propuesta de Decisión se mencionan diversos preceptos del Tratado de funcionamiento de la UE de importancia para fundamentar la actuación de la UE en este ámbito, señaladamente el artículo 145 (“Los Estados miembros y la Unión se esforzarán, de conformidad con el presente título, por desarrollar una estrategia coordinada para el empleo, en particular para potenciar una mano de obra cualificada, formada y adaptable y mercados laborales con capacidad de respuesta al cambio económico, con vistas a lograr los objetivos definidos en el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea”) y el artículo 148 (“el Consejo, a propuesta de la Comisión, previa consulta al PE, al CES, al CR y al CE…, elaborará anualmente orientaciones que los Estados miembros tendrán en cuenta en sus respectivas políticas de empleo”). Por su parte, el artículo 3 prevé la posibilidad de coordinación de las políticas sociales de los Estados, y el artículo 9 incluye la llamada cláusula social que obliga a la UE a tomar en consideración esta vertiente en las políticas que adopte.

Los Estados han de tomar en consideración las directrices cuando elaboren sus programas de reforma, que han de tener por finalidad, dicho con las propias palabras del texto comunitario, “garantizar el buen funcionamiento de los mercados laborales, invirtiendo para que las transiciones tengan éxito, desarrollar capacitaciones adecuadas y mejorar la calidad del trabajo y la lucha contra la segmentación, el desempleo estructural y la inactividad, garantizando a la vez una protección social adecuada y sostenible y la inclusión activa a fin de reducir la pobreza”.

A) Directriz número 7. Aumentar la participación en el mercado laboral y reducir el desempleo estructural.

En el texto presentado por la Comisión se dispone lo siguiente: “La meta principal de la UE, en la que se basarán los Estados miembros para fijar sus objetivos nacionales, es procurar llegar para 2020 a un índice de ocupación del 75 % de los hombres y mujeres con edades comprendidas entre los 20 y los 64 años, incrementando la participación de los jóvenes, los trabajadores de mayor edad y los trabajadores con bajas cualificaciones e integrando mejor a los inmigrantes en situación regular”. Por su parte, la enmienda de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del PE, que está por ver si llegará a recogerse en el texto que se apruebe de manera definitiva en octubre, dispone que “Los Estados miembros fijarán sus objetivos nacionales en el aumento del índice de ocupación de los hombres y mujeres hasta alcanzar el 75 % en 2020, en particular incrementando la participación de los jóvenes, los trabajadores de mayor edad y las personas con discapacidad e integrando mejor a los inmigrantes en situación regular. Además, los Estados miembros fijarán sus objetivos nacionales de tal forma que el porcentaje de los hombres y mujeres entre 20 y 24 años de edad en formación o empleados alcance el 90 %”. Por su parte, el Comité de Empleo se alinea con la tesis de la Comisión y en su informe presentado al Consejo EPSCO de 8 de junio expone que no cree necesario fijar objetivos vinculantes de empleo a escala comunitaria para los colectivos referenciados, pues “la tasa de actividad de cada uno de estos grupos y las necesidades correspondientes de actuación difieren en gran medida según cada Estado miembro”, si bien anima a los Estados miembros a definir y establecer sus propios objetivos nacionales al respecto (a título sólo de ejemplo, entre los criterios recogidos en el anexo II del informe, se incluyen los posibles indicadores de objetivos nacionales relativos a los trabajadores migrantes legales, indicándose que podrían ser la tasa de empleo de nacionales de terceros países, o la tasa de empleo de las personas nacidas fuera de la UE con edades comprendidas entre 20 y 64 años).

Obsérvese, dicho sea incidentalmente, la referencia concreta en ambos textos a la cobertura de los inmigrantes “en situación regular”, referencia que se repite en la directriz número 10 dedicada a la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza. No creo que se trate de una referencia casual, sino que constata el deseo de los poderes de la UE de potenciar la situación de regularidad de las personas inmigrantes con el pleno ejercicio de sus derechos, dejando sólo, o al menos así me lo parece, la protección básica en materia de protección social para quienes se encuentren en territorio europeo en situación irregular.

Con respecto a directrices de etapas históricas anteriores, me parece que las actuales siguen poniendo el acento en la necesidad de combinar políticas de mercado de trabajo que faciliten una contratación flexible combinada con políticas de activación (formación) de las personas ocupadas y de las desempleadas, la promoción de la movilidad laboral y el equilibrio entre derechos (prestaciones) y obligaciones (búsqueda activa de empleo, participación en actividades formativas) de los trabajadores empleados o desempleados. Los recientes cambios habidos en la normativa en materia de Seguridad Social han llevado a mi parecer a la Comisión a incluir una expresa referencia en el texto ahora comentado a la conveniencia de promover y fomentar “unos sistemas adecuados de Seguridad Social que garanticen la transición profesional”. De especial interés, aunque tampoco quepa calificarlo de novedad, es la propuesta de reforzar los servicios de empleo, atender personalizadamente a las personas más alejadas del mercado laboral y potenciar las actividades de información, orientación y asesoramiento para conseguir un incremento de las tasas de participación de la población en edad laboral en el mercado de trabajo. En sintonía con una línea de actuación que ya estaba recogido en el programa de la presidencia española, se propone fomentar el trabajo autónomo, la creación de empleo “verde” y el ámbito de atención a las personas (“empleos blancos”), así como también promover la innovación social. También en plena sintonía con otros documentos comunitarios, se apuesta por potenciar las políticas de envejecimiento activo (mejorar el nivel formativo de las personas de edad avanzada, desincentivar las jubilaciones anticipadas) y seguir avanzado en las políticas de igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral y de protección social.

B) Directriz número 8. Conseguir una población activa cualificada que responda a las necesidades del mercado laboral, promover la calidad del trabajo y el aprendizaje permanente.

En las propuestas de Directrices para el período 2010-2014, se mantienen las grandes líneas de las Directrices anteriores, con una llamada específica a garantizar que todos los adultos puedan conseguir “un nivel superior de cualificación” y que las políticas de inmigración e integración sean adaptadas para atender debidamente al importante número de personas extracomunitarias que se encuentran en territorio europeo y que ya están o quieren incorporarse al mercado de trabajo. La formación permanente se configura como uno de los retos de futuro de la política europea, para cuya financiación se apunta la conveniencia de que exista una participación de los propios ciudadanos junto a la de los gobiernos y de los empresarios, y para los jóvenes que quieren acceder al empleo por primera vez se propone arbitrar mecanismos adecuados que les permitan acceder directamente al ámbito laboral por la vía de una relación contractual o bien mediante actividades formativas de carácter práctico pero sin vínculo jurídico contractual.

No hay comentarios: