miércoles, 13 de enero de 2010

los trabajadores del Banco de Sabadell también librarán los sábados.

En una anterior entrada del blog dedicada a los acuerdos suscritos en varias entidades bancarias para descansar los sábados, a cambio de otras contrapartidas horarias y en el marco jurídico del artículo 41 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, escribía que

"Cuando redacto esta entrada todavía no hay acuerdo en el Banco de Sabadell, desacuerdo derivado por la flexibilidad demandada por la empresa sobre un número de horas anuales (tanto para los trabajadores con jornada continuada como para los que la tiene partida) y el uso que pueda hacerse de las mismas, pero el acuerdo sobre la libranza de los sábados ya existe por lo que es de prever que la próxima semana se llegue a un acuerdo".

El preacuerdo ya se ha alcanzado el día 12, y será ratificado el día 21. Los trabajadores del Banco de Sabadell descansarán los sábados a partir ya del próximo día 16. El texto ha sido suscrito por cuatro representaciones de las secciones sindicales estatales que suman la mayoría de los miembros de la representación unitaria, y su texto es , a mi parecer, sensiblemente semejante al pactado en otras entidades, si bien el apartado de medidas de conciliación parece bastante interesante para poder acumular o concentrar las horas no trabajadas los sábados en función de las necesidades de la vida familiar o de los estudios del trabajador.

Desde la perspectiva jurídica, sólo vuelvo a insistir en lo que afirmaba en la anterior entrada, es decir que la reforma laboral es posible en el marco normativo vigente si las partes tienen voluntad para ello. La disposición adicional primera del preacuerdo dispone que "El presente Acuerdo tiene carácter de pacto colectivo de eficacia general, y en lo necesario de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 de la Ley del estatuto de los trabajadores...".

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