El Diari de Girona publica hoy lunes el artículo "I després del 30 de juny, què?"
Publico en el blog la versión en castellano.
Hace pocas fechas, concretamente el 16 de junio, se conocieron los datos de las solicitudes presentadas por personas migrantes que se acogen al proceso de regularización extraordinaria, concretamente 908.288, cifra que previsiblemente se habrá incrementado durante los días posteriores hasta llegar al próximo día 30, fecha prevista para el cierre de este proceso excepto cambios de última hora y que, de momento, no tiene previsto el gobierno.
Si bien hay que ser
prudentes con el uso de tales cifras, dado que puede haber solicitudes
duplicadas y otras que no cumplan los requisitos para ser admitidas, no hay
duda de la relevancia de estos datos, que ponen de manifiesto el importante
número de personas que se encontraban, mejor dicho, se encuentran hasta que sea
aprobada su solicitud de regularización, en situación administrativa irregular
en España, ya sea inicial o sobrevenida. También según datos oficiales, a
mediados de junio se habían admitido alrededor de 360.000 solicitudes, siente
lógica la previsión de un sensible incremento desde entonces y hasta el cierre
administrativo del proceso de regularización.
Desde la realidad
política, social, económica, cultural, se trata de un cambio de indudable
importancia, por el reconocimiento de algunos derechos a personas que
anteriormente no podían ejercerlos por razón de su situación irregular. No
conviene olvidar que desde finales de 2007 dos relevantes sentencias del
Tribunal Constitucional reconocieron el ejercicio de algunos derechos a todas
las personas migrantes con independencia de su situación administrativa
irregular, justamente basándose en el marco constitucional, pero no es menos
cierto que el “limbo jurídico” en el cual se han encontrado estas personas
durante muchos años no ha facilitado su ejercicio.
No estamos hablando de
una situación de un próximo futuro, sino de una realidad que tomará cuerpo
jurídico el 1 de julio, o mejor dicho que para el ejercicio de algunos
derechos, como el del acceso al trabajo, ha tomado este cuerpo desde el momento
de admisión de la solicitud presentada de regularización. Si bien, esta
plenitud se conseguirá cuando se obtenga la documentación (NIE) que reconozca
la situación regular de la persona migrante en territorio español.
¿Qué ocurrirá a partir de
esta fecha del 1 de julio, o más aún desde que se complete jurídicamente
hablando el proceso de regularización? Tiempo habrá para analizar su impacto,
si bien los datos del proceso extraordinario puesto en marcha en 2004 fueron
positivos en términos de integración social y de incorporación regular al
mercado de trabajo.
Y concentrándome en el
mercado de trabajo, el ámbito que mejor conozco por mi experiencia académica e
investigadora sobre la migración, la regularización tendría que contribuir a
aflorar buena parte de la economía irregular en sectores tan importantes como
los del sector familiar, agrario y hostelería, para citar los más
significativos, de tal manera que tendrán que cumplirse la normas legales y
convencionales aplicables, algo que además de ser favorable para las personas
trabajadoras también tendría que serlo para las empresas socialmente
responsables y que cumplen plenamente con la legalidad. Si esta previsión, al
mismo tiempo que deseo, no se cumpliera, sería un fracaso para todos, puesto
que continuaríamos manteniendo una parte de la actividad productiva que, además
de estar al margen de la ley, no contribuiría de ninguna forma a la mejora e
incremento de la productividad.
Un ámbito al cual
tendremos que prestar especial atención es al de las personas que, una vez
aceptada la tramitación de la solicitud, se han inscrito como demandantes de empleo
a fin de poder acceder a un puesto de trabajo, estando así en iguales
condiciones que las y los anteriores demandantes, y previéndose que el número
de inscrito se incrementará de manera gradual una vez que se acepte la
tramitación de más solicitudes y también cuando se dé el visto bueno a la
regularización. Y conviene señalar que aquí tendrá especial importancia el
nivel formativo y las calificaciones profesionales que tengan las personas
migrantes inscritas para poder incorporarse al mercado de trabajo. O dicho de
forma mucho más clara: no basta con la inscripción, que es efectivamente un
derecho que se tiene, sino que la incorporación será el resultante de un
proceso combinado de nivel formativo y de políticas públicas que pueden
favorecer la mejora profesional y la consiguiente inserción laboral.
Un reto importante para
el mundo empresarial y sindical, y aquí hay una amplia vía para conseguir un
acuerdo social bipartito o tripartito, es conseguir algo que aparentemente es
muy sencillo y que la realidad demuestra que no lo es tanto: que después del
proceso de regularización se apliquen plenamente a todas las personas
trabajadoras, nacionales y extranjeras, las normas legales y convencionales. No
se sorprendan que haga esta afirmación, e incluso petición, puesto que de su
logro depende que continuamos disponiendo de un modelo democrático y colectivo
de relaciones laborales, y que no impere el individualismo, en su gran mayoría
involuntario, en la regulación de estas relaciones. Las empresas, las y los
trabajadores, y la sociedad española, saldrían (saldríamos) ganando.
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