lunes, 29 de junio de 2026

Y después del 30 de junio, ¿qué?

 El Diari de Girona publica hoy lunes el artículo "I després del 30 de juny, què?"    

Publico en el blog la versión en castellano. 

 

Hace pocas fechas, concretamente el 16 de junio, se conocieron los datos de las solicitudes presentadas por personas migrantes que se acogen al proceso de regularización extraordinaria, concretamente 908.288, cifra que previsiblemente se habrá incrementado durante los días posteriores hasta llegar al próximo día 30, fecha prevista para el cierre de este proceso excepto cambios de última hora y que, de momento, no tiene previsto el gobierno.

Si bien hay que ser prudentes con el uso de tales cifras, dado que puede haber solicitudes duplicadas y otras que no cumplan los requisitos para ser admitidas, no hay duda de la relevancia de estos datos, que ponen de manifiesto el importante número de personas que se encontraban, mejor dicho, se encuentran hasta que sea aprobada su solicitud de regularización, en situación administrativa irregular en España, ya sea inicial o sobrevenida. También según datos oficiales, a mediados de junio se habían admitido alrededor de 360.000 solicitudes, siente lógica la previsión de un sensible incremento desde entonces y hasta el cierre administrativo del proceso de regularización.

Desde la realidad política, social, económica, cultural, se trata de un cambio de indudable importancia, por el reconocimiento de algunos derechos a personas que anteriormente no podían ejercerlos por razón de su situación irregular. No conviene olvidar que desde finales de 2007 dos relevantes sentencias del Tribunal Constitucional reconocieron el ejercicio de algunos derechos a todas las personas migrantes con independencia de su situación administrativa irregular, justamente basándose en el marco constitucional, pero no es menos cierto que el “limbo jurídico” en el cual se han encontrado estas personas durante muchos años no ha facilitado su ejercicio.

No estamos hablando de una situación de un próximo futuro, sino de una realidad que tomará cuerpo jurídico el 1 de julio, o mejor dicho que para el ejercicio de algunos derechos, como el del acceso al trabajo, ha tomado este cuerpo desde el momento de admisión de la solicitud presentada de regularización. Si bien, esta plenitud se conseguirá cuando se obtenga la documentación (NIE) que reconozca la situación regular de la persona migrante en territorio español.

¿Qué ocurrirá a partir de esta fecha del 1 de julio, o más aún desde que se complete jurídicamente hablando el proceso de regularización? Tiempo habrá para analizar su impacto, si bien los datos del proceso extraordinario puesto en marcha en 2004 fueron positivos en términos de integración social y de incorporación regular al mercado de trabajo.

Y concentrándome en el mercado de trabajo, el ámbito que mejor conozco por mi experiencia académica e investigadora sobre la migración, la regularización tendría que contribuir a aflorar buena parte de la economía irregular en sectores tan importantes como los del sector familiar, agrario y hostelería, para citar los más significativos, de tal manera que tendrán que cumplirse la normas legales y convencionales aplicables, algo que además de ser favorable para las personas trabajadoras también tendría que serlo para las empresas socialmente responsables y que cumplen plenamente con la legalidad. Si esta previsión, al mismo tiempo que deseo, no se cumpliera, sería un fracaso para todos, puesto que continuaríamos manteniendo una parte de la actividad productiva que, además de estar al margen de la ley, no contribuiría de ninguna forma a la mejora e incremento de la productividad.

Un ámbito al cual tendremos que prestar especial atención es al de las personas que, una vez aceptada la tramitación de la solicitud, se han inscrito como demandantes de empleo a fin de poder acceder a un puesto de trabajo, estando así en iguales condiciones que las y los anteriores demandantes, y previéndose que el número de inscrito se incrementará de manera gradual una vez que se acepte la tramitación de más solicitudes y también cuando se dé el visto bueno a la regularización. Y conviene señalar que aquí tendrá especial importancia el nivel formativo y las calificaciones profesionales que tengan las personas migrantes inscritas para poder incorporarse al mercado de trabajo. O dicho de forma mucho más clara: no basta con la inscripción, que es efectivamente un derecho que se tiene, sino que la incorporación será el resultante de un proceso combinado de nivel formativo y de políticas públicas que pueden favorecer la mejora profesional y la consiguiente inserción laboral.

Un reto importante para el mundo empresarial y sindical, y aquí hay una amplia vía para conseguir un acuerdo social bipartito o tripartito, es conseguir algo que aparentemente es muy sencillo y que la realidad demuestra que no lo es tanto: que después del proceso de regularización se apliquen plenamente a todas las personas trabajadoras, nacionales y extranjeras, las normas legales y convencionales. No se sorprendan que haga esta afirmación, e incluso petición, puesto que de su logro depende que continuamos disponiendo de un modelo democrático y colectivo de relaciones laborales, y que no impere el individualismo, en su gran mayoría involuntario, en la regulación de estas relaciones. Las empresas, las y los trabajadores, y la sociedad española, saldrían (saldríamos) ganando.

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