martes, 4 de junio de 2024

Transparencia retributiva y principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres. Retos del Derecho español en la transposición de la Directiva (UE) 2023/970 de 10 de mayo de 2023.

 

La revista Fémeris   ha publicado, un número monográfico  , en colaboración con la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, que recoge los estudios relativos a la Jornada "8 de Marzo Igualdad de las Mujeres".

En este número se encuentra la ponencia que presenté a dicha Jornada, titulada “Transparencia retributiva y principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres. Retos del Derecho español en la transposición de la Directiva (UE) 2023/970 de 10 de mayo de 2023”, a la que se puede acceder a través del enlace  

El resumen del texto es el siguiente:

“Es objeto de explicación la Directiva (UE) 2023/970 y su transposición al ordenamiento jurídico española. El eje principal es el de la igualdad retributiva entre hombres y mujeres cuando se realiza un mismo trabajo o de igual valor, y con carácter más concreto de la transparencia retributiva como mecanismo necesario para alcanzar aquella. La Directiva en el desarrollo del Pilar Europeo de Derechos Sociales y se une a otras normas que también inciden sobre el principio de igualdad. Son destacadas los amplios cambios introducidos en la Propuesta de Directiva durante la tramitación y la negociación con el Parlamento Europeo, como por ejemplo la aplicación de la Directiva a las personas solicitantes de empleo, el concepto de trabajo de igual valor, con arreglo a criterios no discriminatorios, objetivos y neutros con respecto al género, y el reconocimiento expreso de la discriminación interseccional. Se concluye que la normativa española cumple en términos generales con la comunitaria, e incluso la mejora respecto al derecho a la información de las personas trabajadoras y de la representación del personal, y que solo requiere de algunas modificaciones como por ejemplo el respeto a los plazos previstos para la prescripción de las acciones derivadas de la relación contractual laboral, dejando planteada la hipótesis de interpretación de diversos preceptos de nuestra normativa interna que pueden adecuarse a la comunitaria”.

Buena lectura.

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