sábado, 20 de febrero de 2021

Inmigración: integración e inclusión. Notas y documentos para un debate abierto.

 

1.   Hace ahora un año el profesor de Derecho Público de Esade Business Law School, y buen amigo desde hace muchos años, Enric Bartlett, me invitó a participar en una nueva edición del Seminario Permanente de Derechos Humanos que coorganiza dicha institución educativa con la Fundación para el Análisis y los estudios Sociales (FAES), siendo la temática prevista la del fenómeno migratorio y el respeto de los derechos humanos.

Poco podíamos imaginarnos en aquel momento que pocos días después el Seminario sería suspendido por haberse producido ya algunos problemas de índole sanitaria, y que debería pasar casi un año para que se retomara la idea de su celebración, en esta ocasión de forma virtual. La invitación fue reiterada por el profesor Bartlett y aceptada nuevamente por mi parte, al objeto de participar en la segunda sesión de trabajo del Seminario a celebrar el 23 de febrero.

Estamos pues ante la celebración del XXVI Seminario, que lleva por título “Por una migración conpleno respeto a los derechos humanos”,   dirigido al alumnado y con el que se busca, al igual que en ediciones anteriores, permitirles “considerar desde una perspectiva interdisciplinar cuestiones de actualidad vinculadas con los Derechos Humanos”. En la nota introductoria de presentación se expone que “En ediciones anteriores, ya se había planteado la respuesta de la Unión Europea a la llegada de refugiados. Ahora, el objetivo es avanzar sobre cuestiones complementarias como el análisis objetivo coste-beneficio de las migraciones o las claves que deben articular una política migratoria que aúne el control de flujos con un sistema que posibilite la incorporación de trabajadores extranjeros promoviendo su inserción social”.

El Seminario consta de dos sesiones, una ya celebrada el 16 de febrero y en la que se abordaron por las y los ponentes (vid el programa en este enlace  ) cuestiones tan relevantes como “Esperanzas e inquietudes de la generación Z en relación con las migraciones. Las vivencias de unos estudiantes”, “La percepción de las sociedades europeas y, en particular, la española, en relación con la inmigración. Una referencia a los modelos de integración social europeos: asimilación y multiculturalismo”, “Elementos esenciales de una política migratoria. Su vinculación con el Derecho. Éxitos y ámbitos de mejora de la experiencia de la política migratoria en España”, y “Nuevo pacto europeo sobre inmigración y asilo”.

En la sesión del día 23 serán tratados otros aspectos y contenidos del fenómeno migratorio de no menor interés y muy vinculados al mundo del trabajo: “El condicionante demográfico. ¿Cuál es la estructura de la población española?; ¿Cuáles son las tendencias que, a fecha de hoy, parecen previsibles a corto, medio y largo plazo?; La contribución a la fecundidad y nacimientos de las mujeres nacidas en el extranjero; La segmentación del mercado de trabajo, por origen; La evolución del desempleo desde el 2000 comparando períodos de crisis y de bonanza por grupos de inmigrantes y nacidos españoles”, ¿El mercado laboral determina el flujo migratorio?, esto es la llegada de migrantes se produce en la medida que la economía los necesita o con independencia de ello; ¿La automatización hará innecesaria la inmigración para trabajos de poca cualificación?; ¿Qué efectos produce la migración en el mercado de trabajo?, ¿Da lugar a una bajada de salarios?, ¿Ocupa los puestos de trabajo que los nacionales no quieren / para los que no tienen cualificación o, por el contrario, los expulsa del mercado de trabajo?; ¿Qué le pide el mercado laboral al poder público en términos de legislación y gestión?”, y “¿Qué facilita y qué dificulta la integración social? ¿Cuál es la importancia de la situación administrativa regular o irregular, en especial en el ámbito laboral? ¿Cómo pueden promover la integración las distintas Administraciones competentes? ¿Y los ciudadanos, individualmente o asociados?”.

Ya tuve la oportunidad de participar en una edición anterior del Seminario, concretamente en la decimotercer edición celebrada en 2007 y que estuvo dedicada a “1957-2007:50 años de Derechos Humanos y Europea”, habiendo sido publicadas las conferencias pronunciadas en el libro que con el mismo título se publicó en 2009 y que estuvo coordinado por el profesor Enric R. Bartlet y la profesora Mª Dolores Bardají.

Casualidades de la vida, o no tanto por el muy buen conocimiento que el profesor Bartlett tenía de mi implicación en el estudio del derecho y la realidad migratoria, fui invitado a hablar sobre la libre circulación de personas, centrándome en el análisis y examen de la política de inmigración en el ámbito europeo, explicando en la introducción que la presentación de la ponencia me brindaba la oportunidad de “reflexionar sobre cuál es el panorama actual de la inmigración y de sugerir algunas propuestas de actuación para el futuro ante una realidad, o fenómeno, cada vez más complejo de dirigir y gestionar”. Al analizar la normas y documentos comunitarios enfatizaba que en dichos textos se valoraba la aportación de los inmigrantes a largo plazo en las sociedades de acogida (creación de riqueza, pluralismo cultural, incremento de los recursos públicos, etc.) y se proponían “la adopción de medidas que faciliten la integración social, cultural y política de los inmigrantes” que era a mi parecer, y sigue siéndolo más de una década después, “el elemento básico para canalizar ordenadamente la nueva realidad migratoria” que debía producirse “por la vía de la incorporación regular al mercado de trabajo”, es decir en igualdad de derechos y obligaciones que las personas trabajadoras autóctonas y de otros Estados de la Unión Europea.   

Fijémonos, a mero título de ejemplo, en todas las cuestiones que pueden abordarse desde el marco laboral sobre la realidad migratoria y que son aquellas que forman parte de los trabajos del grupo ad hoc creado en la Sociedad Internacional de Empleoy Relaciones Laborales (ILERA) : “Protección social de los trabajadores migrantes. Base normativa relativa a la protección de los trabajadores migrantes, por ejemplo, en términos de normas y enfoques tradicionales (procedentes de la OIT, la ONU y la OIM, entre otros) frente al impacto de las obligaciones relacionadas con los acuerdos comerciales impuestas a los Estados. Medidas del país de origen para ampliar la atención y la protección a sus propios trabajadores migrantes, a raíz de la insuficiencia de las normas internacionales y de la práctica de los Estados en desarrollo. Papel de los acuerdos bilaterales y multilaterales para regular los flujos migratorios y la protección, incluida la legislación laboral y la protección social de los trabajadores migrantes y sus familias. Compromiso de la diáspora. Flujos de remesas, usos y vínculos con la migración laboral”.

Desde la perspectiva sindical, de quienes conocen directamente la realidad laboral de la migración, en concreto ahora en España, se han formulado reflexiones de indudable interés para promover la integración e inclusión por la Secretaria de empleo, cualificación profesional y migraciones de CCOO, Lola Santillana (“Trabajo y retos de la  migración”. 28.12.2020) ),  quien subraya que “No es razonable que en nuestros días coexistan tratamientos diferenciados hacia las personas trabajadoras; estas diferencias de trato erosionan la capacidad real de las personas migrantes de conseguir su inclusión como ciudadanos y ciudadanas por la vía laboral. Por ello en el sindicato, entre los renovados desafíos de la próxima década, destacamos la incuestionable capacidad del desempeño de un trabajo digno y con derechos como herramienta de inclusión social”, y que formula estas propuestas: añadiendo que “Si queremos que la inclusión e integración de la población inmigrante sea una realidad, una de las primeras tareas que se deben emprender es la revisión en profundidad del Catálogo de Ocupaciones de difícil cobertura del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Es capital encontrar una mejor herramienta que canalice e integre la oferta con la demanda laboral y a la que tengan acceso todas las trabajadoras y trabajadores. Se deben también revisar concienzudamente las vías de reconocimiento y homologación de las cualificaciones de origen de las personas trabajadoras, una vez que llegan al país de destino (las dificultades e incompatibilidades de los sistemas formativos de origen y destino impiden el desarrollo de la profesión de muchas de estas personas). Por último, hay que mejorar de manera sensible las pésimas condiciones laborales que se ofrecen a las personas que llegan de terceros países de fuera de la Unión Europea, especialmente a aquellas que disponen de cualificaciones bajas y medias, aunque también afecta a las superiores, a pesar de hacerlo en menor medida”.

Más en general, sobre el reconocimiento de las calificaciones profesionales de las y los trabajadores migrantes en la UE, es de mucho interés el estudio del profesor Dáire McCormack-George “Recognition of Professional Qualifications of Migrants atWork in the EU”, publicado el 28 de diciembre de 2020.  que plantea dos hipótesis sobre las que trabajar y concluye en estos términos: “Recapitulando: en la hipótesis (a), no existe un procedimiento armonizado para el reconocimiento de las cualificaciones de los inmigrantes que llegan a la UE. Incluso en ausencia de armonización, la creación de un sitio web o una base de datos de las prácticas de los Estados miembros contribuiría en gran medida a reducir la incertidumbre en la vida de los inmigrantes. En el escenario (b), las cosas son más problemáticas. Los migrantes tienen un mosaico de derechos que van desde el reconocimiento, incluso en ausencia de pruebas documentales, hasta la ausencia de derechos. Las razones de estas diferencias no están claras. La incertidumbre respecto a los derechos que tienen los inmigrantes puede violar el principio general de seguridad jurídica de la legislación de la UE y ser una fuente importante de dominación en sus vidas. Esto podría resolverse fácilmente identificando claramente las razones del trato diferenciado y las diferencias reales de trato, algo que no se ha conseguido hasta la fecha”. 

2. Pues bien, mi segunda intervención en el Seminario me parece nuevamente la excusa perfecta para poner en orden algunos de los documentos que he tenido oportunidad de leer para prepararla, extrayendo de los mismos sus contenidos más relevantes a mi parecer y destacando cuáles son algunos de los retos, oportunidades y desafíos que el fenómeno o hecho migratorio plantea a escala fundamentalmente europea, siempre con carácter preferente desde la perspectiva en la que trabajo profesionalmente, es decir en el ámbito de las relaciones laborales pero sin olvidar en modo alguno otros aspectos, ya que la realidad migratoria es transversal por lo que respecta a su impacto en el mundo político, económico, social y cultural.

Y si para muestra vale un botón de dicha transversalidad, véase el impacto del fenómeno migratorio en Estados Unidos y el radical cambio de política migratoria que quiere llevar a cabo el nuevo gobierno presidido por Joe Biden respecto al anterior y que se ha plasmado de momento en la presentación de la U.S. Citizenship Act    el 18 de febrero. Por su indudable interés reproduzco un fragmento de las palabras del presidente Biden con ocasión de la presentación del proyecto normativo:

“La inmigración es una fuente irrefutable de nuestra fuerza y es esencial para lo que somos como nación. Los últimos cuatro años de políticas equivocadas han exacerbado el sistema de inmigración ya roto y han puesto de relieve la necesidad crítica de una reforma. Aplaudo el importante trabajo realizado por el senador Bob Menéndez y la representante Linda Sánchez para modernizar nuestro sistema de inmigración y presentar la Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos. Espero trabajar con los líderes de la Cámara de Representantes y del Senado para abordar los errores de la administración anterior y restaurar la justicia, la humanidad y el orden en nuestro sistema de inmigración. Este es un primer paso importante en la búsqueda de políticas de inmigración que unan a las familias, hagan crecer y mejoren nuestra economía, y salvaguarden nuestra seguridad.

La legislación que he enviado al Congreso aportará un cambio muy necesario a un sistema de inmigración cuya reforma es necesaria desde hace tiempo. Gestionará responsablemente la frontera con inversiones inteligentes. Abordará las causas fundamentales de la migración irregular desde Centroamérica. Modernizará nuestras vías de inmigración legal y creará un camino ganado hacia la ciudadanía para tantos - incluyendo a los Dreamers, trabajadores agrícolas y los titulares del estatus de protección temporal”.

3. Mediante esta entrada amplío también las reflexiones y aportaciones que presenté en una anterior publicada el 23 de octubre de 2020 y que lleva por título “Retos delDerecho de la inmigración y su aplicación. Aportaciones a los debates sobre elPacto Europeo de Migración y Asilo, y sobre la regularización de la poblaciónmigrante trabajadora en situación irregular en España”.  de la que recupero ahora este breve fragmento que me sirve para enlazar con la explicación posterior:

La Covid-19 nos ha cambiado la vida en todos los aspectos, poniendo por delante de todo la importancia de la salvaguardia de la salud, si bien solo ha relegado temporalmente, al menos a mi parecer, la importancia de abordar, mejor dicho de seguir abordando, otros  asuntos de mucha relevancia para nuestro futuro, como son el cambio climático, el impacto de la tecnología, la demografía y el procesos de envejecimiento de la población en las sociedades (al menos hasta hace poco tiempo) desarrolladas, y desde luego también la inmigración. Aunque tampoco estamos a salvo, ni mucho menos, de repetir errores y de olvidar el pasado cuando puedan acaecer nuevas crisis 

La inmigración no va a desaparecer y habrá que prestar atención cada vez más, en un cambio social incierto en su configuración futura, tanto a los procesos migratorios de unos Estados a otros, como a los que se dan en el interior de cada uno de ellos, y plantearse con toda claridad si es posible seguir distinguiendo entre personas en situación “regular” y otras en situación “irregular” cuando la crisis que vivimos nos está demostrando que todas, además de la redundancia obvia de ser personas y por ello con derechos, son necesarias para el mantenimiento, y si es posible mejora, de nuestro bienestar. Y si quieren un ejemplo referido a España, ¿qué les parecen las medidas adoptadas en el RDL 11/2020 para el empleo agrario y el reconocimiento de la regularidad, aunque en principio se planteara como temporal, de quienes podrían pasar a ser irregulares laboralmente hablando durante su vigencia?   Tal como se afirma con rotundidad en un estudio  de Cáritas “Discutir, hoy en día, en España, si se está a favor o en contra de la inmigración, por muy loable que sea —especialmente cuándo se está a favor— puede ser un ejercicio banal. La inmigración en España, la que ya está presente en el país, y la que se incorpora todos los años, es, a día de hoy, un fenómeno estructural, profundamente imbricado en nuestra economía y sociedad, y de difícil, por no decir imposible, «marcha atrás»”.

La preocupación por el impacto de la crisis sanitaria sobre los procesos de integración de la población migrante ha sido manifestada por un excelente conocedor de la realidad de la inmigración, el profesor Antonio Izquierdo (“Covid-19: la inmigración y la integración.  Gaceta Sindical núm. 35, diciembre 2020, págs. 155 1 74. Monográfico dedicado a “Globalización, pandemia y cohesiónsocial”   ) siendo la tesis central del artículo que la pandemia “agrava la precariedad laboral y, como consecuencia, repercute negativamente en el estatus legal de los foráneos. Como resultado de lo anterior, la integración de ellos y de sus hijos, es decir su equiparación con los ciudadanos nativos, va a experimentar un claro retroceso. El impacto de la crisis producida por el Covid-19 en el ámbito jurídico, laboral y cultural producirá más irregularidad, inmigración y racismo”, y explicando que para llevar a cabo una políticas que favorezcan auténticamente la integración y la inclusión, hacerse una política “previsoria”, que incluye “disponer de los medios para la acogida de los flujos migratorios, arbitrar vías razonables para encauzar la inmigración legal  e incrementar los medios humanos y materiales para resolver con celeridad las solicitudes de asilo”.

4. Antes de referirme al marco internacional, con brevedad, y al europeo, mucho más ampliamente, me detengo en nuestro país con la aportación de algunos datos estadísticos de interés para conocer adecuadamente cual es la realidad de la inmigración en España y los datos tanto de población inmigrante como de la emigrante. Son los relativos a los datos provisionales sobre cifras de población a 1 de julio de2020 y las estadísticas de migraciones primer semestre 2020, publicados por el Instituto Nacional de Estadística el 28 de enero 

La breve síntesis es de los datos más relevantes referidos a la problemática migratoria, con los que pretendo completar los análisis que realizo periódicamente de los datos deafiliación a la Seguridad Social y de desempleo registrado proporcionados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,     y por el  Ministerio de Trabajo y Economía Social (últimos datos publicados: febrero de 2021),  de los de la población activa, ocupada, desempleada o inactiva según la encuesta trimestral (EPA) que realiza el INE (últimos datos publicados: cuarto trimestre de 2020),    y de los datos semestrales sobre extranjeros con certificado de registro otarjeta de residencia en vigor, facilitados por el Observatorio Permanente de la Inmigración del MISSMI (último datos publicados: 30 de junio de 2020). 

Sobre la explicación de qué es la estadística de migraciones, se encuentra en la nota de prensa del INE, indicando que tiene por finalidad “la medición de las migraciones que tienen lugar entre España y el resto del mundo y entre las diferentes regiones españolas, desagregadas según sexo, edad, año de nacimiento, nacionalidad y país de nacimiento del migrante y origen y destino de la migración”.

Es importante reseñar que en la información facilitada se explica qué impacto ha tenido la crisis sanitaria en las citadas estadísticas, que ha sido doble: por una parte, “las restricciones de movilidad han producido una reducción de los flujos migratorios, tanto exteriores como dentro de nuestras fronteras. La mortalidad también se incrementó, por lo que el saldo vegetativo se redujo considerablemente”, y por otra, “La gestión padronal por parte de los ayuntamientos, de la que se nutre la Estadística de Migraciones, se vio afectada. Por un lado, porque los ayuntamientos no pudieron trabajar con normalidad. Y, por otro, porque los plazos administrativos sobre caducidad y comprobación de residencia de extranjeros se ampliaron”.

Teniendo presente las consideraciones previas anteriores, en primer lugar, hay que referirse al aumento de la población residente en España, que continua el crecimiento observado desde 2016 y que cambió la tendencia de disminución de dicha población que se produjo entre 2012 y 2015. Los 47.351.567 habitantes a 1 de julio de 2020 suponen un incremento semestral de 18.953 personas, siendo razón exclusiva de este incremento el saldo positivo migratorio de 113.856 personas (la población de nacionalidad española se redujo en 80.230 personas), ya que hubo llegada de 245.301 inmigrantes procedentes del extranjero, una cifra superior a las131.445 personas que emigraron desde España con destino a otro país.

Durante el período ahora referenciado continuó el proceso de adquisición de la nacionalidad española de extranjeros, en número (provisional) de 53.706. Sin embargo, este crecimiento de población española no ha sido suficiente para compensar el descenso producido por el saldo vegetativo negativo (94.057), resultante de la diferencia entre 167.559 nacimientos y 261.616 defunciones.

Por su parte, el aumento estadístico de extranjeros residentes en España (5.326.089) es debido tanto a que el número de los nacidos en territorio español (580.788) se incrementó en 15.784, como a que el de los nacidos en otro país aumentó en 83.398. Los datos sobre la variación de la población extranjera residente en España durante el primer semestre de 2020 ponen de manifiesto que los descensos más importantes de la misma se produjeron en ciudadanos de nacionalidad rumana (- 3.001) y ecuatoriana (- 2.203), mientras que el crecimiento más relevante se produjo entre ciudadanos de Colombia (27.931), Venezuela (17.043), y Marruecos (10.968).

Como ya he indicado, se produjo una inmigración hacia España de 245.301 personas, de la que la gran mayoría (221.395) eran nacionales de otros Estados y casi todos ellos (220.327) habían nacido fuera de España, mientras que el número de ciudadanos españoles que migraron desde otros países hacia España fue de 23.906, con un leve desequilibrio entre los nacidos en nuestro país y aquellos que lo hicieron en el extranjero (9.299 y 14.607). El número de personas que emigraron desde España hacia otro país fue inferior, 113.856, con un saldo positivo de 130.848 que eran extranjeros (133.634 nacidos en el exterior, y un descenso de 2.786 nacidos en España), mientras que el saldo fue negativo para españoles, 16.992, de los que el mayor número, 16.223 correspondió a quienes habían nacido en España.

Los datos del primer semestre demuestran que 221.935 personas extranjeras migraron a España, y que emigraron 90.547. No obstante, el saldo migratorio positivo se ha revertido en serie interanual con respecto al primer semestre de 2019, un 28,5 % inferior, y la emigración ha sido un 12,7 % inferior, por lo que el saldo migratorio “ha resultado ser un 36,9 inferior.

El crecimiento de la población colombiana, marroquí y venezolana fue el más destacado (35.112, 21.930 y 20.273, respectivamente), mientras que el principal descenso se concentró en la población rumana (11.640), seguida de lejos por la marroquí y la británica (8.476 y 6.228, respectivamente).

Respecto a la emigración española al exterior, fue negativa en 16.692 personas, resultante de una inmigración procedente del extranjero de 23.906 personas y de una emigración al exterior de 40.898. De las que abandonaron el país, el 19,9 % había residido siempre en España, mientras que habían residido previamente en el extranjero un 80,1 %.  Con datos relativos a la nacionalidad, el 55,3 % de españoles emigrantes en 2019 habían residido siempre en España, mientras que sólo un 3,9 % de los extranjeros se encontraban en idéntica situación.

La mayor emigración española al exterior se produjo al Reino Unido, un total de 8.247 personas, seguida de la que se dirigió a Francia (5.061), y Estados Unidos (3.443). La que llegó a España procedía principalmente de Venezuela (2.585) Argentina (2.029) y Reino Unido (1.832).

5. También es conveniente conocer los datos acumulados del año 2020 sobre inmigraciónirregular, llegados a España por vía marítima y terrestre, que facilita el Ministerio del Interior y que ponen claramente de manifiesto la importancia de la llegada de población migrante a las Islas Canarias durante el pasado año.  : 2019. 32.449. 2020. 41861 (+ 9.412, 29 %). En 2020 por vía marítima 40.106 (+ 14.003, 53,6 %). Llegados a la Península y por Islas Baleares por vía marítima 16.610 (- 5.253, - 24 %). Llegados a Canarias 23.023 (+ 20.336   + 756,8 %).  A Ceuta 430, a Melilla 43.  Por vía terrestre a Ceuta y Melilla 1755 (- 4591, 72,3 %).

6. Realizo a continuación una síntesis, en aquel contenido que aborda las políticas de integración, del Informe sobre las migraciones en el mundo 2020 de la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), redactado antes del inicio de la pandemia de la Covid-19) y que versa sobre “Una perspectiva de la migración y la movilidad en tiempos decreciente incertidumbre”.  

“El presente informe sobre las migraciones en el mundo se centra en la evolución de la migración en el último bienio, procurando ofrecer un análisis que tenga en cuenta factores tanto históricos como contemporáneos. Históricos, en reconocimiento de que la migración y el desplazamiento se enmarcan en situaciones sociales, políticas, económicas y de seguridad más amplias y de más largo aliento; y contemporáneos, en reconocimiento de que nos encontramos en medio de profundas transformaciones mundiales, y de que los cambios en nuestra vida cotidiana están repercutiendo en el entorno en que se produce y analiza actualmente la migración”.  

En este bienio “fuimos testigos de un aumento de la escalada de la migración en consonancia con las tendencias recientes. Se estima que en el mundo hay cerca de 272 millones de migrantes internacionales, y que casi dos tercios de ellos son migrantes laborales. Esta cifra sigue siendo un porcentaje muy pequeño de la población mundial (el 3,5%), lo que significa que la enorme mayoría de las personas del mundo (el 96,5%) residen en su país natal. Sin embargo, estas estimaciones del número y la proporción de migrantes internacionales ya superan algunas proyecciones hechas para el año 2050, que pronosticaban un 2,6%, o 230 millones, de migrantes internacionales”. 

“La movilidad es una característica intrínseca de todas las poblaciones, a menos que existan políticas u otros factores específicos que la limiten o controlen. Sin embargo, algunas personas se mueven más que otras y lo hacen de maneras diferentes, lo que parece estar estrechamente vinculado al grado de desarrollo de los países, que a su vez se relaciona con la distribución de la población dentro de cada país”.

“La inclusión de los migrantes en las sociedades de acogida se relaciona con distintos ámbitos sociales y normativos, que en gran medida son interdependientes. Los resultados de la inclusión en un ámbito de las políticas —como la enseñanza del idioma, la educación, el mercado laboral, la reunificación familiar, la participación política o la naturalización— repercutirán probablemente en otros”. 

7. Es especialmente relevante acercarse al conocimiento de la realidad más recientesobre la Covid-19 y el mundo del trabajo, a partir de los informes periódicos que efectúa el Observatorio de la OIT, siendo el último hecho público el 21 de enero del que se encuentra publicada además una  amplia nota informativa  en la que se constata que los datos de 2020 ponen de manifiesto   una disminución generalizada de las horas de trabajo y de los ingresos, y previendo para 2021 “una recuperación lenta, desigual e incierta, a menos que los progresos iniciales se respalden con políticas de recuperación centradas en las personas”, y del que destaco ahora estas manifestaciones: .

“Las nuevas estimaciones “ponen de manifiesto efectos adversos generalizados en los mercados del trabajo a lo largo de 2020. Según esas estimaciones, a lo largo del pasado año la cantidad de horas de trabajo a escala mundial se redujo en un 8,8% (con respecto al cuarto trimestre de 2019), equivalentes a 255 millones de empleos a tiempo completo. Esta pérdida es aproximadamente cuatro veces mayor que la que provocó la crisis financiera mundial de 2009.

Dicha pérdida de horas de trabajo obedece a la reducción de horas de trabajo de personas ocupadas, o a la disminución "sin precedentes" del nivel de ocupación, que afectó a 114 millones de personas. Cabe destacar que la disminución de la ocupación (81 millones de personas) constituyó, en el 71% de los casos, una salida de la fuerza de trabajo, más que del desempleo propiamente dicho; es decir, se produjo una salida del mercado de trabajo por no poder trabajar, probablemente debido a las restricciones de la pandemia, o porque las personas afectadas dejaron de buscar trabajo. El análisis del desempleo por sí solo subestima drásticamente el impacto de la COVID-19 en el mercado laboral.

Estas pérdidas generalizadas provocaron una disminución del 8,3% de los ingresos provenientes del trabajo a escala mundial (antes de que aplicaran medidas de apoyo para garantizar los ingresos), equivalente a 3,7 billones de dólares de EE.UU, o al 4,4% del producto interno bruto (PIB) mundial.

Las mujeres se han visto afectadas en mayor medida que los hombres por las consecuencias adversas de la pandemia en el mercado laboral. A escala mundial, la tasa de ocupación de las mujeres se redujo en un 5%, frente al 3,9% en el caso de los hombres. En particular, las mujeres tienen muchas más probabilidades que los hombres de salir del mercado de trabajo y de dejar de formar parte de la fuerza de trabajo.

Los trabajadores más jóvenes también se han visto particularmente afectados, ya sea por la pérdida de empleo, la salida de la fuerza de trabajo, o la incorporación tardía a la misma. Las tasas de ocupación de los jóvenes (de 15 a 24 años) disminuyó en 8,7%, frente al 3,7% en el caso de los adultos. Ello "pone de relieve un riesgo muy elevado de una generación perdida", según se señala en el Observatorio.

En el informe se destaca asimismo una repercusión desigual por sector económico, zona geográfica y mercado de trabajo. Por otro lado, se pone de manifiesto la inquietud de que se produzca una "recuperación en forma de K", es decir, de que los sectores y los trabajadores más afectados se queden atrás durante el proceso de recuperación, lo que daría lugar a una desigualdad cada vez mayor, a menos que se adopten medidas correctivas.

El sector más afectado ha sido el de la hostelería y la restauración, en el que la tasa de ocupación se redujo en más del 20%, en promedio, seguido de los sectores del comercio minorista y las actividades de producción industrial. Por otro lado, la tasa de ocupación en el sector de la información y la comunicación, así como en el de las finanzas y los seguros, aumentó en el segundo y tercer trimestre de 2020. También se registró un aumento marginal en los sectores de la minería y la extracción de minerales, así como en los servicios públicos”.

Para el Director General de la OIT Guy Rider, “Nos enfrentamos a una disyuntiva: una opción conduce a una recuperación dispar y no sostenible, con una desigualdad e inestabilidad cada vez mayores, susceptibles de agravar la crisis. La otra lleva a una recuperación centrada en las personas, con el fin de reconstruir mejor y promover el empleo, los ingresos y la protección social, así como los derechos de los trabajadores y el diálogo social. Si queremos una recuperación duradera, sostenible e integradora, este es el camino que deben seguir los responsables políticos.”.

Mirando al futuro, la OIT formula varias propuestas tendentes al “fomento de una recuperación centrada en el ser humano” y que preste especial atención a aquellos países en los que la crisis ha tenido una mayor repercusión y que “ya se encontraban en una situación desfavorable previamente”, por lo que la solidaridad internacional es del todo punto necesaria. Propugna el mantenimiento de una política macroeconómica flexible, siendo necesario mantener el paquete de ayudas destinadas garantizar los ingreso de las personas afectadas por la crisis, y por ello se considera primordial “proteger el empleo y facilitar el repunte de la actividad económica”, y fortalecer los sistemas de protección social. Especial importancia concede a las medidas que deben dirigirse a jóvenes, mujeres y personas trabajadoras poco cualificadas, en donde cobrarán especial importancia los programas puestos en marcha a través de los servicios de empleo que incluyan “iniciativas de capacitación a tenor de las nuevas necesidades”. Y, por supuesto, sin olvidar el “santo y seña” de la OIT, foro tripartito, cual es la instrumentación y adopción de medidas que se basen en el diálogo social con las organizaciones sindicales y empresariales, con la finalidad, ya apuntada en la declaración del centenario de la OIT, de “encontrar nuevas vías que faciliten el cumplimiento de los objetivos a largo plazo y la transición a una economía más inclusiva, justa y sostenible”.

8. Acerquémonos ya a la realidad europea, y prestemos atención en primer lugar a algunos datos estadísticos recientes facilitados por la oficina estadística europea Eurostat 

Al finalizar 2019 había un total de 20,3 millones de permisos de residencia con validez para ciudadanos no UE que residen en los 27 Estados. De ellos, el 24 % en Alemania, el 18 % en Italia, 15 % en Francia, y el 13 % (2,9 millones) en España, es decir el 71 % del total de los permisos de residencia.

Los permisos de primera autorización de residencia concedidos en 2019 fueron 3 millones, con incremento de 5 % (163.000) sobre 2018, debido principalmente al incremento de permisos por razones de empleo (+ 22 %, 214.000). El permiso por trabajo suponía en 2019 el 41 % de todos los permisos de residencia concedidos, mientras que el 29 % eran por reunificación familiar, el 14% por razones educativas, y el 18 % por otras razones, incluyendo la protección internacional.

En 2019 España concedió 320.000 permisos de primera residencia (11 % del total de la UE).

Por razones de empleo Polonia fue la que concedió más permisos (625.000, de los que 551.000 fueron concedidos a ciudadanos de Ucrania). España fue la segunda que más permiso de reunificación familiar concedió (144.000, 18 %), por detrás de Alemania (167.000, 21 %).

Los tres países a cuyos ciudadanos se concedieron más permisos fueron Ucrania (fundamentalmente en Polonia), Marruecos 133.000, de lo que el 47 % fueron en España) e India  

9. Toca ya entrar en el examen del Pacto europeo de inmigración y asilo presentado por la Comisión Europea el 23 de septiembre del pasado año,  en sus contenidos relativos a las políticas de integración e inclusión 

El documento en el que se exponen las líneas maestras del nuevo Plan es una Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa al nuevo Pacto sobre Migración y asilo, al que se acompaña el anexo que contiene la “hoja de ruta” para suaplicación.  

Desde la Comisión Europea, por boca del vicepresidente encargado de asuntos migratorios, el griegoMargaritis Schinas, se ha pedido a los Estados la aprobación del Plan europeo de migración y asilo “para evitar que se repitan casos como los de Canarias”. Así se recoge en una entrevista con el redactor del El País Claudi Pérez, publicada el 4 de enero , en el que explicaba que “El plan introduce la noción de circuito migratorio: todo está conectado con todo. Hay un trabajo previo, de diplomacia con los países de origen y tránsito. Se refuerza el control de fronteras con 10.000 agentes. Cuando aun así llega un migrante lo primero es hacer exámenes médicos y de seguridad, y determinar el perfil de asilo. Eso tiene que estar listo en un plazo de cinco días, ni uno más. Si la persona tiene perfil de asilo se inician los procedimientos legales; si no, se le devuelve en virtud de los acuerdos firmados con los países de origen. Con rapidez. Volvamos a Canarias: allí se concentraron 20.000 personas porque Marruecos miraba hacia otro lado, y porque el control de fronteras falló con estrépito. Eso mejoraría con nuestra propuesta”.

 Al llegar a la página 25 (de un total de 33), podemos comprobar que se dedica el apartado 6.6 al “desarrollo de las vías legales hacia Europa”, al que seguirá un amplio bloque, número 7, dedicado a “atraer capacidades y talentos a la UE”, y más adelante del dedicado (número 8) a “apoyar la integración para lograr unas sociedades más inclusivas”. 

Respecto a las vías legales se manifiesta una necesidad que veo realmente difícil de lograr dada la competencia propia de cada Estado para la fijación de su marco laboral, cual es que las políticas de la UE “deben fomentar la igualdad de condiciones en todos los mercados laborales nacionales destino de la migración”, si bien ya me quedaría personalmente satisfecho si se respetaran las normas comunitarias de derecho originario y derivado. Se sigue insistiendo en las medidas de reasentamiento dedicadas específicamente a refugiados y como forma segura de garantizarles protección, a la que se prevé añadir otras vías complementarias de protección como “regímenes de ayuda humanitaria y programa de estudios o relacionados con el trabajo”. El apoyo a los acuerdos entre Estados miembros y socios internacionales para facilitar las migraciones legales se recoge genéricamente en el texto, considerándolo como “un incentivo positivo y en consonancia con las necesidades de capacidades del mercado laboral de la UE”, poniendo en marcha “asociaciones en materia de talentos que constituyan un compromiso reforzado para apoyar la migración legal y la movilidad con socios clave. Estas asociaciones deberían ponerse en marcha en primer lugar en los países vecinos de la UE, los Balcanes Occidentales y África, con vistas a expandirse a otras regiones. Estas medidas ofrecerán un marco global estratégico de la UE y facilitarán apoyo financiero para la cooperación con terceros países con el fin de adecuar mejor las necesidades de mano de obra y de capacidades en la UE y, por otro lado, formarán parte de la caja de herramientas de la UE para implicar estratégicamente en materia de migración a los países socios”.

La Comisión es consciente de las deficiencias existentes en la regulación comunitaria en punto a facilitar y abrir canales de acceso regular a los mercados de trabajo, como son “fragmentación, la cobertura limitada de las normas de la UE, las incoherencias entre las diferentes Directivas y la complejidad de los procedimientos”, por lo que  propone tanto mejorar su aplicación como introducir nueva regulación, siempre con el objetivo declarado de la “atracción de talentos”. Las tres propuestas presentadas por la Comisión son las siguientes:

“Una revisión de la Directiva sobre los residentes de larga duración, que actualmente está infrautilizada y no ofrece un derecho efectivo a la movilidad dentro de la UE. El objetivo sería crear un verdadero estatuto de residente de larga duración en la UE reforzando, en particular, el derecho de los residentes de larga duración a desplazarse y trabajar en otros Estados miembros.

Una revisión de la Directiva sobre el permiso único, que no ha logrado plenamente su objetivo de simplificar los procedimientos de admisión para todos los trabajadores de terceros países. Se trata de estudiar formas de simplificar y aclarar el ámbito de aplicación de la legislación, incluidas las condiciones de admisión y residencia para los trabajadores con cualificaciones bajas y medias.

Seguir explorando la creación de una reserva de talentos de la UE para trabajadores cualificados de terceros países que pueda funcionar como una plataforma de contratación internacional a escala de la UE, a través de la cual los nacionales cualificados de terceros países puedan manifestar su interés por migrar a la UE y ser identificados por las autoridades de migración y los empleadores de la UE en función de sus necesidades”.  En esta misma línea, ya se ha abierto una consulta pública sobre la atracción de capacidades y talento”.

Por último, y desde luego no menos importante, la Comunicación plantea la necesidad de poner en marcha nuevas políticas de  integración para lograr unas sociedades más inclusivas, eso sí refiriéndose a las personas que “se encuentran legalmente en la UE”, previendo la aprobación de un plan de acción sobre integración e inclusión para 2021- 2024 que se basará en “en todas las políticas e instrumentos pertinentes en ámbitos clave como la inclusión social, el empleo, la educación, la salud, la igualdad, la cultura y el deporte, y definirá las modalidades de la contribución de la integración de los migrantes a los esfuerzos para alcanzar los objetivos de la UE en cada uno de estos ámbitos. Garantizar que los migrantes se beneficien plenamente del pilar europeo de derechos sociales será un objetivo clave. Se partirá de la base de que las personas de origen migrante (por ejemplo, inmigrantes nacidos en el extranjero o migrantes de segunda generación) a menudo se enfrentan a retos de integración similares a los de los nacionales de terceros países. Las acciones incluirán el apoyo directo a las personas activas «sobre el terreno» y cubrirán toda la gama de medidas necesarias para acompañar a los migrantes y a sus familias a culminar con éxito su proceso de integración e inclusión social”. A dicho Plan me referiré con detalle más adelante.

El Pacto ha sido ampliamente analizado por el profesor José Antonio Fernández Avilés en su artículo “Nuevo pacto europeo sobre migración y asilo: bienvenida la reforma migratoria integral, adiós al cambio de paradigma.  (RTSS CEF 455, febrero 2012, págs. 5-15”, siendo la idea-eje de aquel que la política de migración europea (desde Tampere 1999) ha conducido “a un desarrollo desigual, estructuralmente vencido hacia las políticas de control de flujo migratorio frente a la idea de una Europa abierta e inclusiva”. De los cuatro pilares de la migración legal, es decir la colaboración con los países de origen, un sistema europeo común de asilo, un trato justo de los nacionales de terceros países que residen “legalmente” en territorio europeo, y la lucha contra la inmigración ilegal , esta última , se subraya “es la más desarrollada y donde mayores avances se han producido y recurso se han aplicado, generando un desequilibrio interno y estructural con el pilar de la gestión de los flujos migratorios”. Para el autor, el Pacto de 2020 “supone un replanteamiento integral de toda la política migratoria de la UE. El pacto tiene buenas intenciones, pero también sombras y contradicciones internas si se analiza con rigor crítico”. Al referirse al ámbito laboral manifiesta que “se propone – quizás en un exceso mercantilizador de la condición humana – explorar la creación de una reserva de talentos de la UE, que recuerda sobremanera a la célebre noción marxista del “ejército industrial de reserva”. En definitiva, son esperables nuevos impulsos a lo que podría denominarse inmigración selectiva y diferenciada”. Es crítico con el Pacto porque el modelo “sigue más inclinado hacia la contención de la presión migratoria externa que sobre una concepción de la inmigración como una oportunidad de enriquecimiento de las sociedades de acogida”, y también critica que el Pacto sea “continuista en la ignorancia hacia la situación de las personas extranjeras en situación irregular y los consiguientes problemas de las políticas y normas migratorias diseñadas a espaldas de la realidad”.  Más críticas son que las medidas de integración son en bastantes ocasiones “declaraciones retoricas” (soft law), mientras que las de control del flujo migratorio y de promoción de las fórmulas de retorno y expulsión “han tenido un mayor grado de desarrollo”, por lo que no es de extrañar en absoluto que su conclusión sea que seguimos a la espera “de un verdadero cambio hacia la solidaridad y la inclusión—que no necesariamente conlleva una renuncia a la seguridad…”.

Una visión muy crítica del Pacto es la formulada por Migreurop (que se define como “una red europea y africana de activistas e investigadores cuyo objetivo es sensibilizar y luchar contra la generalización del encarcelamiento de extranjeros y la multiplicación de los campos de internamiento, un dispositivo en el centro de la política de externalización de la Unión Europea.  En su informe “Encerrados y excluidas. Detenciones informales e ilegales en España”, Grecia, Italia y Alemania.   publicado en diciembre de 2020, manifiestan que “ la reciente presentación del Nuevo Pacto Europeo sobre Migración y Asilo ha suscitado el debate sobre si esta nueva propuesta mejorará la forma en que se regula la migración en la UE y la situación de las personas migrantes y refugiadas. El presente informe muestra que muchas de las medidas propuestas en el Pacto son prácticas que ya han sido y son implementadas por los Estados miembros, y que son dañinas y perjudiciales para las personas migrantes”, que “… esta política migratoria de disuasión mediante el maltrato ha causado un enorme sufrimiento a las personas migrantes y refugiadas: el hotspot de Moria en la isla griega de Lesbos, en el Mar Egeo, es quizás el ejemplo más conocido. Sin embargo, el Nuevo Pacto Europeo sobre Asilo y Migración generaliza esta práctica de detención, así como la ideología que la sustenta, y la transforma en norma. Lejos de proponer políticas centradas en los derechos humanos, este Pacto es un instrumento que permite a los Estados miembros sistematizar una política represiva nacida hace 30 años, así como prácticas de detención brutales”.

10. En estrecha relación con el nuevo Pacto hay que referirse a la Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea. “Prioridades legislativas de la UE para 2021”, de 10 de diciembre de 2020   en la que se recoge que se promoverá una Europa libre y segura, “para lo que trabajaremos a fin de acordar un nuevo pacto sobre migración y asilo, asegurar que la migración se aborde de manera global y garantizar el control efectivo de nuestras fronteras exteriores; proteger la libre circulación afianzando el marco de Schengen y mejorar la respuesta de Europa a las crisis sanitarias”. En la misma línea, las conclusiones conjuntasdel Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europeasobre los objetivos y las prioridades para el periodo 2020-2024, de la misma fecha enfatizan que “…Seguiremos defendiendo el respeto por los derechos fundamentales y la no discriminación tanto dentro como fuera de la Unión. Lucharemos contra el racismo y trabajaremos en pro de una Unión de la igualdad con los mismos derechos y oportunidades para todos. Concluiremos nuestro trabajo sobre una reforma global de nuestro sistema de migración y asilo para garantizar un enfoque eficaz y humano y dotarnos de los instrumentos necesarios para hacer frente a los retos futuros”. 

Por otra parte, el Pacto europeo de migración y asilo no puede entenderse si no se relaciona con la política de la UE hacia nuestros vecinos del sur y que se plasma en la Comunicación “Asociación renovada con los países vecinos meridionales Una nuevaAgenda para el Mediterráneo”, hecha pública el 9 de febrero,  en la que se plantean los “puntos de acción que se mencionan a continuación, previa constatación de que “en el marco de la política europea de vecindad, la presente Comunicación conjunta propone una Agenda para el Mediterráneo nueva, ambiciosa e innovadora, que aprovecha por primera vez el conjunto de instrumentos de la UE y las oportunidades innovadoras de la doble transición ecológica y digital, con el fin de reactivar la cooperación y realizar el potencial sin explotar de nuestra región compartida. La perspectiva de una recuperación después de la COVID-19 ofrece una oportunidad única para que Europa y la región mediterránea se comprometan con una agenda común y centrada en las personas, así como con las acciones necesarias para llevarla a cabo”:

“Potenciar la cooperación en materia de migración y movilidad sobre la base de una asociación global, equilibrada y mutuamente beneficiosa hecha a medida

Apoyar la capacidad de los socios para una gobernanza eficaz de la migración y el asilo, incluida la gestión de las fronteras, todos los aspectos de los sistemas de asilo y migración y las capacidades de readmisión.

Asistencia específica para crear oportunidades socioeconómicas para los migrantes, los desplazados forzosos y las comunidades de acogida, incluso en el contexto de la recuperación de COVID-19, con especial atención a las regiones marginadas.

Aumentar la cooperación en materia de retorno y readmisión efectivos; apoyar el retorno voluntario asistido y la reintegración sostenible desde la UE, pero también entre los distintos países socios.

Desarrollar vías legales de acceso a Europa mediante la continuación de los esfuerzos en materia de reasentamientos y en los programas de movilidad laboral, en particular la rápida puesta en marcha de las Asociaciones de Talentos, respetando plenamente las competencias de la UE y de los Estados miembros.

Explorar los marcos de cooperación triangular y Sur-Sur y mejorar la cooperación con los actores regionales e internacionales”.

11. Un texto de especial interés para conocer la eficacia de la normativa sobre migración de la Unión Europea para facilitar y regular adecuadamente la migración legal es el publicado hace dos años por los servicios técnicos de las Comisión Europea “Documentode trabajo de los servicios de la Comisión. Resumen ejecutivo del control deidoneidad de la legislación de la UE sobre migración legal(29.3.2019). 

Según se explica en el texto, el chequeo de idoneidad evaluó el acervo de la UE en materia de migración legal en función de cinco criterios: pertinencia, coherencia, eficacia, eficiencia y valor añadido de la UE. A juicio de los autores del documento “La evaluación ha demostrado que los objetivos de las Directivas siguen siendo pertinentes para las necesidades actuales de la UE en materia de migración legal. Sin embargo, se han detectado una serie de posibles lagunas entre los objetivos y las necesidades. Éstas se refieren principalmente al ámbito de aplicación material de las Directivas (no cubren diversos problemas que se plantean en el curso de las distintas "fases de la migración", como los procedimientos para obtener un visado de entrada), y a su ámbito de aplicación personal (que no incluye -al menos en lo que respecta a las condiciones de admisión- importantes categorías de nacionales de terceros países, como los trabajadores no estacionales de baja y media cualificación, los solicitantes de empleo, los prestadores de servicios cubiertos por los compromisos comerciales de la UE, excepto los trasladados dentro de una empresa, y los trabajadores por cuenta propia/empresarios)”.

De cara al futuro, y para corregir las deficiencias observadas, se proponen estas medidas.

“lograr un enfoque más armonizado y eficaz para atraer a trabajadores altamente cualificados de terceros países, como había propuesto la Comisión en la reforma de la tarjeta azul

Garantizar una aplicación más estricta de las directivas, para mejorar su implementación y aplicación práctica y, por tanto, su eficacia general;

Promover campañas de información para dar a conocer los derechos y procedimientos establecidos por los instrumentos jurídicos de la UE en materia de migración, lo que contribuiría a resolver los problemas de coherencia en la aplicación por parte de los Estados miembros y a aumentar la pertinencia y el valor añadido de estos instrumentos en la UE

Mejorar la recopilación de datos, pruebas e información sobre la aplicación del acervo mediante el apoyo a las redes de expertos, la investigación y los estudios, y la mejora de la forma en que los Estados miembros comunican las estadísticas; esto contribuiría a mejorar la eficiencia y la eficacia del acervo

Facilitar el intercambio de información y la cooperación entre los Estados miembros, especialmente en relación con la movilidad intracomunitaria de los nacionales de terceros países - esto ayudaría a aprovechar al máximo el valor añadido de la UE y facilitaría la aplicación de las normas de movilidad intracomunitaria

Proporcionar a los Estados miembros, mediante instrumentos no vinculantes, aclaraciones y orientaciones interpretativas sobre la aplicación armonizada de las directivas sobre migración legal, lo que contribuiría a resolver los problemas de coherencia detectados;

Estudiar la posibilidad de presentar medidas legislativas para resolver las incoherencias, lagunas y otras deficiencias detectadas, con el fin de simplificar, racionalizar, completar y, en general, mejorar la legislación de la UE.

12. El documento europeo sin duda más relevante para abordar la temática de la integración e inclusión de la población migrante es el Plan de acción que la Comisión Europea presentó el 24 de noviembre (“Comunicación de la Comisión. 24.11.2020. Plan deacción en materia de integración e inclusión para 2021 – 2027 , en el que ciertamente hay muy pocas aportaciones concretas en materia de empleo.

Pero antes, recordemos documentos relativos a planes de integración de dos etapas anteriores, en concreto de 2010 y 2016.  

A) 4. La Conferencia de Zaragoza celebrada los días 15 y 16 de abril de 2010, durante la presidencias española de la UE, aprobó una importante Declaración  que subrayaba la importancia de los proceso de integración de la población inmigrante, asumiendo que la integración es un proceso bidireccional y que requiere la implicación de dos partes (comunidad de acogida – incluyendo a las diferentes administraciones públicas implicadas – y comunidad inmigrante), y que por ello sólo puede producirse cuando ambas se implican activamente.

El documento suscrito reiteraba y profundizaba en tesis ya expuestas con anterioridad en las conclusiones de varios Consejos Europeos, en diversas Comunicaciones de la Comisión Europea, y también en algunos dictámenes del Consejo Económico y Social Europeo, Además, la declaración, tal como destacó la Secretaria de Estado de Inmigración del gobierno español, Anna Terrón, puso las bases para lograr que las políticas de integración en todos los Estados de la UE se basaran en unos ámbitos de actuación comunes, que en una primera etapa habían de ser los de empleo, educación, inclusión social y ciudadanía activa, y que podían ser ciertamente el embrión de la puesta en marcha del método abierto de coordinación en el ámbito de las políticas de integración, desagregados cada uno de ellos en varios indicadores básicos:
 

Para el empleo, las tasas de empleo, desempleo y actividad.

Para la educación, el nivel máximo de educación alcanzado (porcentaje de la población con un nivel de educación terciario, secundario y primario o inferior a primario), el porcentaje de estudiantes de 15 años con bajo rendimiento en lectura, matemáticas y ciencias, el porcentaje de personas de entre 30 y 34 años de edad que han alcanzado un nivel de educación terciario, y el porcentaje de abandonos prematuros de la educación y formación.

Para la inclusión social, la renta neta media de la población inmigrante expresada en porcentaje de la renta neta media de la población total, la tasa de riesgo de pobreza (porcentaje de población cuya renta neta disponible es inferior al 60 % de la media nacional), el porcentaje de la población que percibe su estado de salud como bueno o malo, y la proporción de propietarios de bienes raíces respecto a los no propietarios entre los inmigrantes y entre el total de la población.

Por último, para la ciudadanía activa sus indicadores básicos debían ser el porcentaje de inmigrantes que han obtenido la nacionalidad, el de los que se encuentran en posesión de un permiso de residencia permanente o de larga duración, y el de los inmigrantes entre los representantes elegidos.

Esos ámbitos de actuación comunes (y sus indicadores) deberían contribuir a mi parecer, y también es la tesis de la declaración, a poner de manifiesto, a hacer visibles, los aspectos positivos de la inmigración en la UE, manifestación que cobraba aún mucho más sentido en el marco de la crisis económica y financiera que afectaba a los Estados de la UE y que debería ir de la mano con políticas que “ayuden a luchar contra el racismo y la xenofobia y todas las formas de discriminación en nuestras sociedades”.

De la llamada “Declaración de Zaragoza” creo que es importante retener las siguientes manifestaciones:

a) La base jurídica abierta por el Tratado de Lisboa para la política de integración y la apertura de una nueva etapa de cooperación entre los Estados que debería contribuir a lograr mayores avances.

b) La incorporación de la integración en todos los ámbitos políticos y sociales de actuación de la UE, en cuanto que una adecuada política en este ámbito habría de contribuir a su desarrollo y cohesión social.

En la declaración se enfatizaba la importancia de elaborar políticas de carácter intersectorial que relacionen el empleo, la educación y la formación, y en el marco de esas políticas coordinadas de integración se sugería la utilización del concepto de “capital humano”, entendido como “un recurso económico que permite la creación de nuevos bienes, servicios, ideas, conocimientos y tecnologías, cultura y riqueza”.
Se volvía, una vez más, sobre la idea de poner en marcha “módulos europeos comunes” para cursos de acogida y lengua, y que faciliten la implicación de la sociedad de acogida y de la población inmigrante en el proceso de integración; en fin, no menos importante me parece la propuesta de adopción de medidas que impulsen las políticas de integración en los ámbitos de la educación y del empleo, partiendo de la constatación que la diversidad “es una característica estructural de nuestras sociedades” y que por consiguiente su correcta gestión deviene del todo punto necesaria.

c) Además de las referencias al empleo, la declaración de Zaragoza también incluía una mención específica a la participación integral, en concreto “la diversidad en el barrio” y constataba la importancia de poner en práctica políticas de integración adaptadas a las diversas necesidades de la población, con una apuesta decidida por inversiones en barrios con alta concentración de inmigrantes para luchar contra la desigualdad, políticas que requieren de una intervención muy coordinada de todas las administraciones públicas competentes (estatales, regionales/autonómica, y locales). Igualmente, se destacaba la necesidad de evaluar las políticas de integración y se recordaba que desde 2004 ya se había trabajado en esta línea, aunque se hubiera avanzado poco, a fin y efecto de establecer “objetivos, indicadores y mecanismos de evaluación claros para ajustar las políticas y evaluar los avances en la integración”.

En definitiva, la conferencia ministerial de Zaragoza enfatizó una vez más la importancia de las políticas de integración, y además abrió el camino para trabajar con unas reglas o criterios comunes en todos los Estados miembros de la UE que permitan conocer cómo y cuánto se avanza en la materia.

B) El siguiente Plan de acción para la integración de los nacionales deterceros países fue presentado el 7 de julio de 2016 en la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social, y al Comité de las Regiones  , del que ahora reproduzco algunos fragmentos significativos, que como se comprobará inmediatamente guardan casi total sintonía con los objetivos ya marcados en la Declaración de Zaragoza de 2010.  

“En el caso de los nacionales de terceros países interesados, en particular los que se desplazan por motivos laborales o familiares, y también en el de los refugiados que necesitan reasentarse, la capacitación lingüística y la formación laboral antes de la partida pueden agilizar la integración en su futuro entorno. Se ha demostrado que las medidas previas a la partida diseñadas de manera conjunta entre los países de origen y destino resultan muy eficaces para acelerar la integración. No obstante, la cooperación con los países de origen y tránsito en esta cuestión aún no está lo suficientemente desarrollada. En su comunicación sobre el establecimiento de un nuevo Marco de Asociación con terceros países en el contexto de la Agenda Europea de Migración, la Comisión propone adoptar un enfoque coherente y adaptado para desarrollar, en colaboración con los Estados miembros, instrumentos, herramientas e incentivos para crear asociaciones de amplio alcance con terceros países a fin de mejorar la gestión de la inmigración”. 

“En aras de reforzar sus políticas de integración, se insta a los Estados miembros a:

Apoyar la inserción rápida en el mercado laboral de los nacionales de terceros países recién llegados, por ejemplo, mediante una pronta evaluación de sus competencias y cualificaciones, la combinación del aprendizaje de lenguas con la formación en el puesto de trabajo, asesoramiento y orientación específica.

Eliminar los obstáculos para garantizar un acceso efectivo de los refugiados a la formación profesional y al mercado laboral y, cuando las condiciones sean propicias para ofrecerles protección, también a los solicitantes de asilo.

Evaluar, validar y reconocer lo antes posible las competencias y cualificaciones de los nacionales extranjeros, haciendo pleno uso de las herramientas disponibles en la UE.

Fomentar el espíritu emprendedor mediante el asesoramiento y la formación empresarial individualizados y con la apertura a los nacionales de terceros países de estructuras estándar orientadas a impulsar el emprendimiento”.

C) En el documento presentado el pasado 24 de noviembre se plantea “promover la cohesión social y construir sociedades inclusivas para todos”, y a diferencia del anterior de 2016, abarca un espectro más amplio de población, ya que incluye tanto a las y los migrantes como a quienes ya tienen la nacionalidad de un Estado miembro de la UE y son de origen migrante. Datos estadísticos que se aportan en el texto, siendo la fuente Eurostat, son de indudable interés: alrededor de 34 millones de habitantes de la UE nacieron fuera de ella (en torno al 8 % de la población de la UE) y el 10 % de los jóvenes (de entre 15 y 34 años) nacidos en la UE tienen al menos un progenitor de origen extranjero.

En sintonía con planes de integración anteriores, se enfatiza que para que la integración y la inclusión den resultados, “debe ser también un proceso bidireccional en el que se ofrezca a los migrantes y los ciudadanos de la Unión Europea de origen migrante ayuda para integrarse y ellos, por su parte, hagan un esfuerzo activo para conseguirlo. En el proceso de integración interviene la sociedad de acogida, que debe crear oportunidades para la plena participación económica, social, cultural y política de los inmigrantes. También implica una adaptación por parte de los migrantes, que tienen derechos y responsabilidades en relación con su nuevo país de residencia”, así como también que “integrar plenamente a los migrantes en el mercado laboral podría generar grandes ganancias económicas, tales como beneficios fiscales y aportaciones a los planes de pensiones y al sistema nacional de previsión social en general”, planteando y proponiendo medidas de actuación para todas las etapas y fases del proceso de integración, es decir “las medidas previas a la partida, la recepción y la integración temprana, la integración a largo plazo, y la construcción de sociedades inclusivas y cohesionadas”.

 Reproduzco a continuación, las propuestas de actuación en los principales ámbitos sectoriales y que son la síntesis propia, así se explica, del resultado de “las amplias consultas que la Comisión llevó a cabo de junio a octubre de 2020 entre una gran variedad de actores”.

En el ámbito de la educación y la formación se expone, y propone, lo siguiente:

“La transición a la vida adulta y de la escuela al trabajo puede ser especialmente difícil para los menores migrantes recién llegados, en particular para los que viajan solos, sobre todo porque muchas veces las medidas de apoyo se interrumpen en cuanto cumplen dieciocho años. Prepararlos por adelantado para esa transición —facilitando su éxito escolar, incluyéndolos en la formación profesional y en la Garantía Juvenil, y proporcionándoles orientación y tutoría— puede resultar muy efectivo.

Para garantizar la inclusión más rápida y justa de los migrantes en el mercado laboral y permitirles hacer pleno uso de sus competencias y capacidades, resulta fundamental facilitar el reconocimiento de las cualificaciones que hayan obtenido en terceros países, promover su visibilidad y aumentar la comparabilidad con las cualificaciones europeas o de la UE, así como ofrecerles cursos pasarela que los ayuden a complementar los estudios realizados en el extranjero.

Por último, para que los migrantes participen plenamente en la sociedad de acogida, es necesario que comprendan sus leyes, cultura y valores lo antes posible, por ejemplo, mediante cursos de orientación cívica”.

En el ámbito de empleo y capacidades, la Comisión es del parecer que “Evaluar las capacidades de los migrantes en la fase previa a la partida puede ayudarlos a integrarse con más rapidez en el mercado laboral, en especial en el marco de programas de reasentamiento y de vías complementarias”, siendo aquello que se pretende conseguir lo siguiente: “se fortalezca la cooperación a nivel local, nacional y de la UE entre los principales actores del mercado laboral y los propios migrantes; los emprendedores migrantes, incluidos los emprendedores sociales, reciban más apoyo facilitando su acceso a financiación, formación y asesoramiento; más mujeres migrantes participen en el mercado laboral; las capacidades de los migrantes se evalúen de manera más rápida y efectiva; se respalde de forma continua la formación complementaria y el reciclaje profesional, por ejemplo, mediante procedimientos de validación de la educación no formal e informal; más migrantes participen en una formación profesional de calidad”. Para respaldar estos objetivos, la Comisión colaborará con los interlocutores sociales y económicos “a fin de promover que la integración en el mercado laboral se plantee con enfoque multipartito a través de la Alianza Europea para la Integración”, apoyará a los empresarios “mediante intercambios y el aprendizaje entre iguales, sobre la base de la iniciativa Empresarios Unidos por la Integración”, apoyará las iniciativas empresariales inclusivas de hombres y mujeres, así como de empresarios migrantes, “en el marco del Fondo InvestEU, y promover sistemas de tutoría inclusivos”, y facilitará la evaluación y la validación de capacidades. Se pide, o más exactamente “se anima” (el soft law es claro e indubitado) a los Estados miembros a que “utilicen la herramienta para los perfiles de capacidades de los nacionales de terceros países de la UE en una fase temprana, en particular en el caso de los solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes, y refuercen los procedimientos destinados a validar el aprendizaje no formal; conciencien sobre la discriminación en los procesos de contratación y en los centros de trabajo, y fortalezcan las medidas de lucha contra la discriminación; fomenten el espíritu empresarial de los migrantes mediante programas de formación y orientación adaptados a ellos, abriendo estructuras generales de apoyo al emprendimiento para los migrantes e incluyendo el emprendimiento en los programas de integración; hagan pleno uso de la financiación de la UE, y en particular del Fondo Social Europeo Plus y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para respaldar programas y medidas relacionados con la integración en el mercado laboral, conforme a las necesidades que se detecten a nivel nacional y regional”..

En el ámbito de la salud se pretende conseguir que se informe a los migrantes y los ciudadanos de la Unión Europea de origen migrante de sus derechos, “y que tengan acceso regular a servicios de salud, también de salud mental, en las condiciones que estipulen el ordenamiento jurídico y las prácticas nacionales”, así como también que los retos concretos a los que se enfrentan las mujeres migrantes, incluido el acceso a servicios sanitarios pre- y posnatales para las madres, “se tengan totalmente en cuenta cuando se facilite el acceso a la asistencia sanitaria”. No menos relevantes son las intenciones en el ámbito de la política de vivienda, queriendo conseguir que los migrantes y los ciudadanos de la Unión Europea de origen migrante “puedan acceder a viviendas adecuadas y asequibles, incluidas viviendas sociales”, que los Estados miembros y las autoridades locales y regionales “tengan acceso a un mayor abanico de herramientas y buenas prácticas para combatir la discriminación en el mercado inmobiliario”, y que en toda la UE “se utilicen ampliamente soluciones habitacionales innovadoras que fomenten la inclusión y luchen contra la segregación”.

Sin duda alguna, un factor muy importante es el de fomentar la participación y encuentros con la sociedad de acogida, y que esta disponga de una información correcta tanto sobre los datos cuantitativos como sobre la aportación de la población migrante. Que la población esté bien informada en materia de migración e integración también puede ayudar a combatir los prejuicios y la polarización. Sin embargo, la mayoría de los europeos (el 61 %) consideran que no están bien informados sobre esas cuestiones o que no poseen ninguna información en absoluto. Es esencial colaborar con representantes de los medios de comunicación, instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil para informar mejor a los ciudadanos de la UE sobre las realidades de la migración y la integración. También se llama a la mejora del uso de las nuevas tecnologías y las herramientas digitales en favor de la integración y la inclusión, facilitando que la población incluida en el Plan alcance “las capacidades digitales necesarias para disfrutar por completo de los servicios en línea;”

Antes de la presentación del Plan se formularon propuestas por distintas organizaciones sociales para su incorporación. Unas de bastante interés a mi parecer fueron la presentadas por PICUM  (Plataforma para la Cooperación Internacional sobre Migrantes Indocumentados), una red de organizaciones que trabajan para asegurar la justicia social y los derechos humanos de los migrantes indocumentados, que no me parece que hayan sido tomadas en consideración en su mayor parte, y que eran las siguientes:  

“El Plan de Acción debe evitar los requisitos de elegibilidad para la integración basados en el estatus migratorio, adoptando un enfoque que reconozca los derechos específicos pero también las necesidades de inclusión existentes. Las iniciativas de inclusión social a través de la financiación de la UE deberían dirigirse a todos los inmigrantes, independientemente de su estatus.

Acogida e integración temprana.

Respaldar las medidas para mitigar los efectos del retraso en la integración en el mercado laboral, como el acceso a la formación y las prácticas.

Empleo, educación y formación.

Recomendar políticas nacionales que faciliten el acceso al mercado laboral de los nacionales de terceros países en todos los sectores, que permitan el cambio de empleador y la presentación de solicitudes en el país, sin procedimientos de visado y permiso excesivamente onerosos ni pruebas de mercado laboral;

Promover el acceso al aprendizaje, a los períodos de prácticas, a la formación profesional y a la educación superior a todos los jóvenes que residan físicamente en un Estado miembro y que hayan cursado los títulos de educación requeridos, independientemente de su estatus migratorio o de residencia;

Acceso a los servicios.

Establecer directrices claras para la no criminalización de los propietarios que alquilen a inmigrantes indocumentados, así como de las personas y organizaciones que proporcionen alojamiento y asistencia a los inmigrantes indocumentados”. 

13. Dos recientes dictámenes del Comité Económico y Social Europeo deben merecer también nuestra atención ya que abordan por una parte la gestión de la diversidad, y otra la protección de las mujeres migrantes.

El primero lleva por título “La gestión de diversidad en los Estados miembros de la UE”, y fue aprobado por el Pleno el 29 de octubre de 2010, conceptuando como migrantes a las personas nacidas en un país distinto de aquel en el que residen actualmente, incluidos los ciudadanos europeos y los nacionales de terceros países.  En el Dictamen se concluye que la gestión de la diversidad debe tener en cuenta la heterogeneidad y las identidades múltiples, ya que “los migrantes y las minorías étnicas no constituyen un grupo homogéneo, y reconocer la interseccionalidad resulta crucial para desarrollar políticas de éxito en materia de diversidad”. Se valora muy positivamente que la población migrante haya estado en la primera  línea de las actividades para hacer frente a la pandemia y sus consecuencias, por lo que reconocer su aportación “debe incluir proporcionarles condiciones de trabajo de calidad, salarios justos y protección social. Los migrantes deben tener acceso a los mismos niveles de calidad en materia de alojamiento, educación y salud que los ciudadanos europeos. Además, deben aplicarse políticas de protección de los migrantes indocumentados, con la participación y la aprobación de los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil”. En la misma línea que el Plan de integración y exclusión se constata que la integración y la diversidad son esenciales para la democracia, y que “nuestros lugares de trabajo y sociedades se vuelven más democráticos cuando las minorías étnicas y los migrantes participan en la sociedad civil, en los sindicatos y en procesos democráticos formales como las elecciones. Para promover la ciudadanía activa, los Estados miembros deben animar a los migrantes a participar activamente no solo en el mercado laboral, sino también en procesos de toma de decisiones como la política. Para promover la diversidad en nuestras sociedades, es importante dar derecho a los migrantes para que puedan participar en las elecciones locales conforme a los mismos criterios que los ciudadanos de la UE y ejercer como representantes de las comunidades locales”.

El segundo Dictamen, aprobado en la misma fecha que el anterior versa sobre “Integración de mujeres,madres y familias de origen inmigrante en los Estados miembros de la UE yniveles objetivo de lengua para la integración”

Se critica que menos de la mitad de los Estados miembros de la Unión cuenten con planes de acción o estrategias “que mencionen expresamente a las personas descendientes de migrantes, pese a que las estadísticas de Eurostat y de organizaciones internacionales ponen de relieve su posición desfavorecida”, así como también, en la misma línea de documentos anteriores, que “la integración efectiva conlleva toda una serie de potenciales ventajas económicas, sociales y fiscales para los países donde se establecen los migrantes, pero la suma de las medidas adecuadas tanto a nivel nacional como de la UE es baja en comparación con la complejidad de los retos.

De especial relevancia son a mi entender las propuestas del CESE de establecer, por una parte “mejores sistemas para evaluar las credenciales educativas y facilitar programas de apoyo específicos de género que puedan facilitar la incorporación de las mujeres migrantes al mercado de trabajo”, y por otra que se adopten “medidas urgentes para garantizar un enfoque integrado que aspire a armonizar la gobernanza multinivel de las políticas sociales y de empleo que afectan al trabajo doméstico en toda la UE”. 

14. En relación con parte de la temática abordada en el Dictamen citado sobre la población femenina migrante,  el trabajo doméstico, hay que prestar atención al excelente estudio del profesor Ferran Camas, director de la Cátedra de Inmigración, Derechos y Ciudadanía de la Universidad de Girona, “Obstáculos de la legislación laboral y del régimen jurídico deextranjería en la consecución de un trabajo decente para las trabajadorasmigrantes del servicio doméstico” (Lex Social núm. 1, 2021) 

Refiriéndose al marco normativo español, el profesor Camas formula sugerentes propuestas de reforma y dignas de estudio en estos momentos en que se está debatiendo la reforma del Reglamento de la Ley de extranjería, o dicho más correctamente desde el plano jurídico, la reforma del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009. Formula críticas a que el actual marco normativo “no dispone de un tratamiento específico ya sea respecto de los derechos y deberes del personal del servicio doméstico, ya sea respecto de los procedimientos en los que pueden estar inmersos, más allá de una referencia al pago de las tasas que deben se deben realizar por la tramitación de las autorizaciones de residencia y de trabajo”, y a que “desde hace años, tampoco en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura regulado en el art. 65 del Real Decreto 557/2011, que facilita la superación por los extranjeros que no se hallan en nuestro país del condicionante de la situación nacional de empleo y así poder acceder a España para trabajar, se recoge ninguna mención a la necesidad de personal doméstico en el mercado de trabajo”, y va más allá al formular esta muy interesante reflexión: “La actividad correspondiente al sector de cuidados y atención a personas en dependencia, mayores, menores o con discapacidades, que va mucho más allá del específico régimen laboral del personal del hogar familiar, aunque lo engloba también, está llamado a ser fundamental en nuestra sociedad, no solo ante las actuales circunstancias que lo han hecho esencial, sino también ante el proceso de progresivo envejecimiento en el que estamos inmersos. Por esa razón, considero que deben abrirse las vías legales para acceder a España a trabajar en el que se tenga en cuenta este sector del mercado de trabajo, entre otras vías valorando también la reformulación del Este catálogo de oficios permite que extranjeros que quieren ocuparlas vengan a trabajar a España al amparo de una autorización de residencia y trabajo. Tal vez sería hora de abrir la posibilidad de completar y dotar mejor las actividades esenciales con personas extranjeras que quieran venir a ocupar los trabajos en España, o a aquellas que, pese a hacerlo de manera irregular, estén trabajando ya aquí en el ámbito del empleo del hogar familiar, algunas de cuyas funciones entrarían dentro de la calificación de actividades esenciales, puedan obtener la correspondiente autorización…”.

15. Por último, y retornando al ámbito europeo, deseo poner de manifiesto que la importancia de la inmigración, aunque solo sea desde un punto de vista egoísta de la población europea, es clara e indubitada en el reciente “Libro verde sobre elenvejecimiento. Fomentar la solidaridad y la responsabilidad entregeneraciones.  (Bruselas 27.1.2021 COM(2021) 50 final) presentado por la Comisión Europea. .

En el documento se exponen primeramente los datos (“En las últimas cinco décadas, la esperanza de vida al nacer ha aumentado alrededor de diez años tanto para las mujeres como para los hombres. Los perfiles demográficos de las regiones de la UE varían ampliamente, especialmente entre las zonas urbanas y las rurales, y en algunas se produce un envejecimiento significativo mientras que otras amplían su población en edad laboral. Europa no es en absoluto el único continente que sufre un envejecimiento de la población, pero el proceso está más avanzado aquí. A modo de ejemplo, la edad media actual en Europa 1 es de 42,5 años, más del doble que la de África. Esta brecha seguirá siendo amplia en las próximas décadas”), y a continuación se debate sobre la necesidad de una mano de obra “suficientemente numerosa para sostener la asistencia sanitaria y los cuidados de larga duración de las personas mayores”, manifestando de forma muy clara e indubitada por una parte que “si se les permite realizar trabajos que reflejen sus cualificaciones y habilidades, las personas de origen migrante podrían integrarse mejor. Esto contribuiría a mejorar la cohesión social, el crecimiento económico y la reducción de las desigualdades”, y por otra que “La migración legal puede ayudar a resolver la escasez de personal cualificado y, por tanto, a abordar las necesidades del mercado laboral. Los migrantes con niveles educativos altos tienen más posibilidades que la media de estar sobrecualificados para el trabajo que desempeñan. Aprovechar el potencial de las mujeres migrantes es especialmente difícil debido a las barreras estructurales, como el acceso a unos servicios de atención a la infancia de calidad y asequibles”.

Las diferencias entre población autóctona y migrante en cuanto al riesgo de pobreza en la vejez también se ponen de manifiesto en el documento (“En 2019, el 37 % de los migrantes de terceros países estaban en riesgo de pobreza y exclusión social frente al 22 % de los ciudadanos móviles de la UE. En los próximos años, pueden enfrentarse a un mayor riesgo de sufrir pobreza en la vejez debido a unas trayectorias profesionales más cortas dentro de la UE”).

16. Concluyo aquí esta entrada. Quedan muchas más cuestiones que deben ser objeto de examen, señaladamente en el marco normativo español la reforma de la normativa de extranjería, con los debates y aportaciones que ya se han presentado por distintas organizaciones sociales en la comisión creada ad hoc en el Senado en junio de 2020, y debiéndose prestar especial atención a las reformas que afecten a la regulación de las autorizaciones de residencia y trabajo para los menores no acompañados y jóvenes extutelados y que son el punto de referencia de la consulta pública abierta por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones desde el 26 de enero al 12 de febrero. Desde luego, material de trabajo para una nueva entrada no falta en absoluto.

Mientras tanto, buena lectura.




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