1. Hace ahora un año el profesor de Derecho
Público de Esade Business Law School, y buen amigo desde hace muchos años,
Enric Bartlett, me invitó a participar en una nueva edición del Seminario Permanente
de Derechos Humanos que coorganiza dicha institución educativa con la Fundación
para el Análisis y los estudios Sociales (FAES), siendo la temática prevista la
del fenómeno migratorio y el respeto de los derechos humanos.
Poco podíamos
imaginarnos en aquel momento que pocos días después el Seminario sería
suspendido por haberse producido ya algunos problemas de índole sanitaria, y
que debería pasar casi un año para que se retomara la idea de su celebración,
en esta ocasión de forma virtual. La invitación fue reiterada por el profesor
Bartlett y aceptada nuevamente por mi parte, al objeto de participar en la segunda
sesión de trabajo del Seminario a celebrar el 23 de febrero.
Estamos pues ante
la celebración del XXVI Seminario, que lleva por título “Por una migración conpleno respeto a los derechos humanos”, dirigido al alumnado y con el que se busca,
al igual que en ediciones anteriores, permitirles “considerar desde una
perspectiva interdisciplinar cuestiones de actualidad vinculadas con los Derechos
Humanos”. En la nota introductoria de presentación se expone que “En ediciones
anteriores, ya se había planteado la respuesta de la Unión Europea a la llegada
de refugiados. Ahora, el objetivo es avanzar sobre cuestiones complementarias
como el análisis objetivo coste-beneficio de las migraciones o las claves que
deben articular una política migratoria que aúne el control de flujos con un
sistema que posibilite la incorporación de trabajadores extranjeros promoviendo
su inserción social”.
El Seminario
consta de dos sesiones, una ya celebrada el 16 de febrero y en la que se
abordaron por las y los ponentes (vid el programa en este enlace ) cuestiones tan relevantes como “Esperanzas e inquietudes de la generación Z
en relación con las migraciones. Las vivencias de unos estudiantes”, “La
percepción de las sociedades europeas y, en particular, la española, en
relación con la inmigración. Una referencia a los modelos de integración social
europeos: asimilación y multiculturalismo”, “Elementos esenciales de una
política migratoria. Su vinculación con el Derecho. Éxitos y ámbitos de mejora
de la experiencia de la política migratoria en España”, y “Nuevo pacto europeo
sobre inmigración y asilo”.
En la sesión del
día 23 serán tratados otros aspectos y contenidos del fenómeno migratorio de no
menor interés y muy vinculados al mundo del trabajo: “El condicionante
demográfico. ¿Cuál es la estructura de la población española?; ¿Cuáles son las
tendencias que, a fecha de hoy, parecen previsibles a corto, medio y largo
plazo?; La contribución a la fecundidad y nacimientos de las mujeres nacidas en
el extranjero; La segmentación del mercado de trabajo, por origen; La evolución
del desempleo desde el 2000 comparando períodos de crisis y de bonanza por
grupos de inmigrantes y nacidos españoles”, ¿El mercado laboral determina el
flujo migratorio?, esto es la llegada de migrantes se produce en la medida que
la economía los necesita o con independencia de ello; ¿La automatización hará
innecesaria la inmigración para trabajos de poca cualificación?; ¿Qué efectos
produce la migración en el mercado de trabajo?, ¿Da lugar a una bajada de
salarios?, ¿Ocupa los puestos de trabajo que los nacionales no quieren / para
los que no tienen cualificación o, por el contrario, los expulsa del mercado de
trabajo?; ¿Qué le pide el mercado laboral al poder público en términos de
legislación y gestión?”, y “¿Qué facilita y qué dificulta la integración
social? ¿Cuál es la importancia de la situación administrativa regular o
irregular, en especial en el ámbito laboral? ¿Cómo pueden promover la integración
las distintas Administraciones competentes? ¿Y los ciudadanos, individualmente
o asociados?”.
Ya tuve la
oportunidad de participar en una edición anterior del Seminario, concretamente
en la decimotercer edición celebrada en 2007 y que estuvo dedicada a “1957-2007:50 años de Derechos Humanos y Europea”, habiendo sido publicadas las
conferencias pronunciadas en el libro que con el mismo título se publicó en 2009 y que estuvo coordinado por el profesor
Enric R. Bartlet y la profesora Mª Dolores Bardají.
Casualidades de la
vida, o no tanto por el muy buen conocimiento que el profesor Bartlett tenía de
mi implicación en el estudio del derecho y la realidad migratoria, fui invitado
a hablar sobre la libre circulación de personas, centrándome en el análisis y
examen de la política de inmigración en el ámbito europeo, explicando en la
introducción que la presentación de la ponencia me brindaba la oportunidad de “reflexionar
sobre cuál es el panorama actual de la inmigración y de sugerir algunas
propuestas de actuación para el futuro ante una realidad, o fenómeno, cada vez
más complejo de dirigir y gestionar”. Al analizar la normas y documentos comunitarios
enfatizaba que en dichos textos se valoraba la aportación de los inmigrantes a
largo plazo en las sociedades de acogida (creación de riqueza, pluralismo
cultural, incremento de los recursos públicos, etc.) y se proponían “la
adopción de medidas que faciliten la integración social, cultural y política de
los inmigrantes” que era a mi parecer, y sigue siéndolo más de una década
después, “el elemento básico para canalizar ordenadamente la nueva realidad
migratoria” que debía producirse “por la vía de la incorporación regular al
mercado de trabajo”, es decir en igualdad de derechos y obligaciones que las
personas trabajadoras autóctonas y de otros Estados de la Unión Europea.
Fijémonos, a
mero título de ejemplo, en todas las cuestiones que pueden abordarse desde el
marco laboral sobre la realidad migratoria y que son aquellas que forman parte
de los trabajos del grupo ad hoc creado en la Sociedad Internacional de Empleoy Relaciones Laborales (ILERA) :
“Protección social de los trabajadores migrantes. Base normativa relativa a la
protección de los trabajadores migrantes, por ejemplo, en términos de normas y
enfoques tradicionales (procedentes de la OIT, la ONU y la OIM, entre otros)
frente al impacto de las obligaciones relacionadas con los acuerdos comerciales
impuestas a los Estados. Medidas del país de origen para ampliar la atención y
la protección a sus propios trabajadores migrantes, a raíz de la insuficiencia
de las normas internacionales y de la práctica de los Estados en desarrollo. Papel
de los acuerdos bilaterales y multilaterales para regular los flujos
migratorios y la protección, incluida la legislación laboral y la protección social
de los trabajadores migrantes y sus familias. Compromiso de la diáspora. Flujos
de remesas, usos y vínculos con la migración laboral”.
Desde la perspectiva sindical, de quienes conocen directamente la realidad laboral de la migración, en concreto ahora en España, se han formulado reflexiones de indudable interés para promover la integración e inclusión por la Secretaria de empleo, cualificación profesional y migraciones de CCOO, Lola Santillana (“Trabajo y retos de la migración”. 28.12.2020) ), quien subraya que “No es razonable que en nuestros días coexistan tratamientos diferenciados hacia las personas trabajadoras; estas diferencias de trato erosionan la capacidad real de las personas migrantes de conseguir su inclusión como ciudadanos y ciudadanas por la vía laboral. Por ello en el sindicato, entre los renovados desafíos de la próxima década, destacamos la incuestionable capacidad del desempeño de un trabajo digno y con derechos como herramienta de inclusión social”, y que formula estas propuestas: añadiendo que “Si queremos que la inclusión e integración de la población inmigrante sea una realidad, una de las primeras tareas que se deben emprender es la revisión en profundidad del Catálogo de Ocupaciones de difícil cobertura del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Es capital encontrar una mejor herramienta que canalice e integre la oferta con la demanda laboral y a la que tengan acceso todas las trabajadoras y trabajadores. Se deben también revisar concienzudamente las vías de reconocimiento y homologación de las cualificaciones de origen de las personas trabajadoras, una vez que llegan al país de destino (las dificultades e incompatibilidades de los sistemas formativos de origen y destino impiden el desarrollo de la profesión de muchas de estas personas). Por último, hay que mejorar de manera sensible las pésimas condiciones laborales que se ofrecen a las personas que llegan de terceros países de fuera de la Unión Europea, especialmente a aquellas que disponen de cualificaciones bajas y medias, aunque también afecta a las superiores, a pesar de hacerlo en menor medida”.
Más en general, sobre el reconocimiento de las calificaciones profesionales de las y los trabajadores migrantes en la UE, es de mucho interés el estudio del profesor Dáire McCormack-George “Recognition of Professional Qualifications of Migrants atWork in the EU”, publicado el 28 de diciembre de 2020. que plantea dos hipótesis sobre las que trabajar y concluye en estos términos: “Recapitulando: en la hipótesis (a), no existe un procedimiento armonizado para el reconocimiento de las cualificaciones de los inmigrantes que llegan a la UE. Incluso en ausencia de armonización, la creación de un sitio web o una base de datos de las prácticas de los Estados miembros contribuiría en gran medida a reducir la incertidumbre en la vida de los inmigrantes. En el escenario (b), las cosas son más problemáticas. Los migrantes tienen un mosaico de derechos que van desde el reconocimiento, incluso en ausencia de pruebas documentales, hasta la ausencia de derechos. Las razones de estas diferencias no están claras. La incertidumbre respecto a los derechos que tienen los inmigrantes puede violar el principio general de seguridad jurídica de la legislación de la UE y ser una fuente importante de dominación en sus vidas. Esto podría resolverse fácilmente identificando claramente las razones del trato diferenciado y las diferencias reales de trato, algo que no se ha conseguido hasta la fecha”.
2. Pues bien, mi
segunda intervención en el Seminario me parece nuevamente la excusa perfecta para
poner en orden algunos de los documentos que he tenido oportunidad de leer para
prepararla, extrayendo de los mismos sus contenidos más relevantes a mi parecer
y destacando cuáles son algunos de los retos, oportunidades y desafíos que el
fenómeno o hecho migratorio plantea a escala fundamentalmente europea, siempre con
carácter preferente desde la perspectiva en la que trabajo profesionalmente, es
decir en el ámbito de las relaciones laborales pero sin olvidar en modo alguno otros
aspectos, ya que la realidad migratoria es transversal por lo que respecta a su
impacto en el mundo político, económico, social y cultural.
Y si para muestra
vale un botón de dicha transversalidad, véase el impacto del fenómeno
migratorio en Estados Unidos y el radical cambio de política migratoria que
quiere llevar a cabo el nuevo gobierno presidido por Joe Biden respecto al
anterior y que se ha plasmado de momento en la presentación de la U.S.
Citizenship Act el 18 de febrero. Por su indudable interés reproduzco un fragmento de las
palabras del presidente Biden con ocasión de la presentación del proyecto normativo:
“La inmigración es
una fuente irrefutable de nuestra fuerza y es esencial para lo que somos como
nación. Los últimos cuatro años de políticas equivocadas han exacerbado el
sistema de inmigración ya roto y han puesto de relieve la necesidad crítica de
una reforma. Aplaudo el importante trabajo realizado por el senador Bob
Menéndez y la representante Linda Sánchez para modernizar nuestro sistema de
inmigración y presentar la Ley de Ciudadanía de los Estados Unidos. Espero
trabajar con los líderes de la Cámara de Representantes y del Senado para
abordar los errores de la administración anterior y restaurar la justicia, la
humanidad y el orden en nuestro sistema de inmigración. Este es un primer paso
importante en la búsqueda de políticas de inmigración que unan a las familias,
hagan crecer y mejoren nuestra economía, y salvaguarden nuestra seguridad.
La legislación que
he enviado al Congreso aportará un cambio muy necesario a un sistema de
inmigración cuya reforma es necesaria desde hace tiempo. Gestionará
responsablemente la frontera con inversiones inteligentes. Abordará las causas
fundamentales de la migración irregular desde Centroamérica. Modernizará
nuestras vías de inmigración legal y creará un camino ganado hacia la
ciudadanía para tantos - incluyendo a los Dreamers, trabajadores agrícolas y
los titulares del estatus de protección temporal”.
3. Mediante esta
entrada amplío también las reflexiones y aportaciones que presenté en una
anterior publicada el 23 de octubre de 2020 y que lleva por título “Retos delDerecho de la inmigración y su aplicación. Aportaciones a los debates sobre elPacto Europeo de Migración y Asilo, y sobre la regularización de la poblaciónmigrante trabajadora en situación irregular en España”. de la que recupero ahora este breve fragmento que me sirve para enlazar con la
explicación posterior:
“La Covid-19 nos ha cambiado la vida en todos los aspectos, poniendo por delante de todo la importancia de la salvaguardia de la salud, si bien solo ha relegado temporalmente, al menos a mi parecer, la importancia de abordar, mejor dicho de seguir abordando, otros asuntos de mucha relevancia para nuestro futuro, como son el cambio climático, el impacto de la tecnología, la demografía y el procesos de envejecimiento de la población en las sociedades (al menos hasta hace poco tiempo) desarrolladas, y desde luego también la inmigración. Aunque tampoco estamos a salvo, ni mucho menos, de repetir errores y de olvidar el pasado cuando puedan acaecer nuevas crisis
La inmigración no va a desaparecer y habrá que prestar atención cada vez más, en un cambio social incierto en su configuración futura, tanto a los procesos migratorios de unos Estados a otros, como a los que se dan en el interior de cada uno de ellos, y plantearse con toda claridad si es posible seguir distinguiendo entre personas en situación “regular” y otras en situación “irregular” cuando la crisis que vivimos nos está demostrando que todas, además de la redundancia obvia de ser personas y por ello con derechos, son necesarias para el mantenimiento, y si es posible mejora, de nuestro bienestar. Y si quieren un ejemplo referido a España, ¿qué les parecen las medidas adoptadas en el RDL 11/2020 para el empleo agrario y el reconocimiento de la regularidad, aunque en principio se planteara como temporal, de quienes podrían pasar a ser irregulares laboralmente hablando durante su vigencia? Tal como se afirma con rotundidad en un estudio de Cáritas “Discutir, hoy en día, en España, si se está a favor o en contra de la inmigración, por muy loable que sea —especialmente cuándo se está a favor— puede ser un ejercicio banal. La inmigración en España, la que ya está presente en el país, y la que se incorpora todos los años, es, a día de hoy, un fenómeno estructural, profundamente imbricado en nuestra economía y sociedad, y de difícil, por no decir imposible, «marcha atrás»”.
La preocupación
por el impacto de la crisis sanitaria sobre los procesos de integración de la población
migrante ha sido manifestada por un excelente conocedor de la realidad de la
inmigración, el profesor Antonio Izquierdo (“Covid-19: la inmigración y la integración. Gaceta Sindical núm. 35, diciembre 2020,
págs. 155 1 74. Monográfico dedicado a “Globalización, pandemia y cohesiónsocial” ) siendo la tesis central del artículo que la pandemia “agrava la precariedad
laboral y, como consecuencia, repercute negativamente en el estatus legal de
los foráneos. Como resultado de lo anterior, la integración de ellos y de sus
hijos, es decir su equiparación con los ciudadanos nativos, va a experimentar
un claro retroceso. El impacto de la crisis producida por el Covid-19 en el
ámbito jurídico, laboral y cultural producirá más irregularidad, inmigración y
racismo”, y explicando que para llevar a cabo una políticas que favorezcan
auténticamente la integración y la inclusión, hacerse una política
“previsoria”, que incluye “disponer de los medios para la acogida de los flujos
migratorios, arbitrar vías razonables para encauzar la inmigración legal e incrementar los medios humanos y materiales
para resolver con celeridad las solicitudes de asilo”.
4. Antes de
referirme al marco internacional, con brevedad, y al europeo, mucho más
ampliamente, me detengo en nuestro país con la aportación de algunos datos estadísticos
de interés para conocer adecuadamente cual es la realidad de la inmigración en
España y los datos tanto de población inmigrante como de la emigrante. Son los
relativos a los datos provisionales sobre cifras de población a 1 de julio de2020 y las estadísticas de migraciones primer semestre 2020, publicados por el
Instituto Nacional de Estadística el 28 de enero
La breve síntesis
es de los datos más relevantes referidos a la problemática migratoria, con los
que pretendo completar los análisis que realizo periódicamente de los datos deafiliación a la Seguridad Social y de desempleo registrado proporcionados por
el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y por el Ministerio de Trabajo y Economía Social
(últimos datos publicados: febrero de 2021), de los de la población activa, ocupada, desempleada o inactiva según la
encuesta trimestral (EPA) que realiza el INE (últimos datos publicados: cuarto
trimestre de 2020), y
de los datos semestrales sobre extranjeros con certificado de registro otarjeta de residencia en vigor, facilitados por el Observatorio Permanente de
la Inmigración del MISSMI (último datos publicados: 30 de junio de 2020).
Sobre la
explicación de qué es la estadística de migraciones, se encuentra en la nota de
prensa del INE, indicando que tiene por finalidad “la medición de las
migraciones que tienen lugar entre España y el resto del mundo y entre las
diferentes regiones españolas, desagregadas según sexo, edad, año de nacimiento,
nacionalidad y país de nacimiento del migrante y origen y destino de la
migración”.
Es importante
reseñar que en la información facilitada se explica qué impacto ha tenido la
crisis sanitaria en las citadas estadísticas, que ha sido doble: por una parte,
“las restricciones de movilidad han producido una reducción de los flujos
migratorios, tanto exteriores como dentro de nuestras fronteras. La mortalidad
también se incrementó, por lo que el saldo vegetativo se redujo
considerablemente”, y por otra, “La gestión padronal por parte de los
ayuntamientos, de la que se nutre la Estadística de Migraciones, se vio
afectada. Por un lado, porque los ayuntamientos no pudieron trabajar con
normalidad. Y, por otro, porque los plazos administrativos sobre caducidad y
comprobación de residencia de extranjeros se ampliaron”.
Teniendo presente
las consideraciones previas anteriores, en primer lugar, hay que referirse al
aumento de la población residente en España, que continua el crecimiento
observado desde 2016 y que cambió la tendencia de disminución de dicha
población que se produjo entre 2012 y 2015. Los 47.351.567 habitantes a 1 de julio
de 2020 suponen un incremento semestral de 18.953 personas, siendo razón
exclusiva de este incremento el saldo positivo migratorio de 113.856 personas
(la población de nacionalidad española se redujo en 80.230 personas), ya que
hubo llegada de 245.301 inmigrantes procedentes del extranjero, una cifra
superior a las131.445 personas que emigraron desde España con destino a otro país.
Durante el período
ahora referenciado continuó el proceso de adquisición de la nacionalidad
española de extranjeros, en número (provisional) de 53.706. Sin embargo, este
crecimiento de población española no ha sido suficiente para compensar el
descenso producido por el saldo vegetativo negativo (94.057), resultante de la
diferencia entre 167.559 nacimientos y 261.616 defunciones.
Por su parte, el
aumento estadístico de extranjeros residentes en España (5.326.089) es debido
tanto a que el número de los nacidos en territorio español (580.788) se
incrementó en 15.784, como a que el de los nacidos en otro país aumentó en 83.398.
Los datos sobre la variación de la población extranjera residente en España
durante el primer semestre de 2020 ponen de manifiesto que los descensos más
importantes de la misma se produjeron en ciudadanos de nacionalidad rumana (-
3.001) y ecuatoriana (- 2.203), mientras que el crecimiento más relevante se
produjo entre ciudadanos de Colombia (27.931), Venezuela (17.043), y Marruecos
(10.968).
Como ya he
indicado, se produjo una inmigración hacia España de 245.301 personas, de la
que la gran mayoría (221.395) eran nacionales de otros Estados y casi todos
ellos (220.327) habían nacido fuera de España, mientras que el número de ciudadanos
españoles que migraron desde otros países hacia España fue de 23.906, con un leve
desequilibrio entre los nacidos en nuestro país y aquellos que lo hicieron en
el extranjero (9.299 y 14.607). El número de personas que emigraron desde
España hacia otro país fue inferior, 113.856, con un saldo positivo de 130.848
que eran extranjeros (133.634 nacidos en el exterior, y un descenso de 2.786
nacidos en España), mientras que el saldo fue negativo para españoles, 16.992,
de los que el mayor número, 16.223 correspondió a quienes habían nacido en
España.
Los datos del
primer semestre demuestran que 221.935 personas extranjeras migraron a España,
y que emigraron 90.547. No obstante, el saldo migratorio positivo se ha
revertido en serie interanual con respecto al primer semestre de 2019, un 28,5
% inferior, y la emigración ha sido un 12,7 % inferior, por lo que el saldo
migratorio “ha resultado ser un 36,9 inferior.
El crecimiento de
la población colombiana, marroquí y venezolana fue el más destacado (35.112, 21.930
y 20.273, respectivamente), mientras que el principal descenso se concentró en
la población rumana (11.640), seguida de lejos por la marroquí y la británica (8.476
y 6.228, respectivamente).
Respecto a la
emigración española al exterior, fue negativa en 16.692 personas, resultante de
una inmigración procedente del extranjero de 23.906 personas y de una
emigración al exterior de 40.898. De las que abandonaron el país, el 19,9 %
había residido siempre en España, mientras que habían residido previamente en
el extranjero un 80,1 %. Con datos
relativos a la nacionalidad, el 55,3 % de españoles emigrantes en 2019 habían
residido siempre en España, mientras que sólo un 3,9 % de los extranjeros se
encontraban en idéntica situación.
La mayor
emigración española al exterior se produjo al Reino Unido, un total de 8.247
personas, seguida de la que se dirigió a Francia (5.061), y Estados Unidos (3.443).
La que llegó a España procedía principalmente de Venezuela (2.585) Argentina
(2.029) y Reino Unido (1.832).
5. También es
conveniente conocer los datos acumulados del año 2020 sobre inmigraciónirregular, llegados a España por vía marítima y terrestre, que facilita el Ministerio
del Interior y que ponen claramente de manifiesto la importancia de la llegada
de población migrante a las Islas Canarias durante el pasado año. : 2019. 32.449. 2020. 41861 (+ 9.412, 29 %). En 2020 por vía marítima 40.106 (+
14.003, 53,6 %). Llegados a la Península y por Islas Baleares por vía marítima
16.610 (- 5.253, - 24 %). Llegados a Canarias 23.023 (+ 20.336 + 756,8 %).
A Ceuta 430, a Melilla 43. Por
vía terrestre a Ceuta y Melilla 1755 (- 4591, 72,3 %).
6. Realizo a continuación una síntesis, en aquel contenido que aborda las políticas de integración, del Informe sobre las migraciones en el mundo 2020 de la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), redactado antes del inicio de la pandemia de la Covid-19) y que versa sobre “Una perspectiva de la migración y la movilidad en tiempos decreciente incertidumbre”.
“El presente informe sobre las migraciones en el mundo se centra en la evolución de la migración en el último bienio, procurando ofrecer un análisis que tenga en cuenta factores tanto históricos como contemporáneos. Históricos, en reconocimiento de que la migración y el desplazamiento se enmarcan en situaciones sociales, políticas, económicas y de seguridad más amplias y de más largo aliento; y contemporáneos, en reconocimiento de que nos encontramos en medio de profundas transformaciones mundiales, y de que los cambios en nuestra vida cotidiana están repercutiendo en el entorno en que se produce y analiza actualmente la migración”.
En este bienio “fuimos testigos de un aumento de la escalada de la migración en consonancia con las tendencias recientes. Se estima que en el mundo hay cerca de 272 millones de migrantes internacionales, y que casi dos tercios de ellos son migrantes laborales. Esta cifra sigue siendo un porcentaje muy pequeño de la población mundial (el 3,5%), lo que significa que la enorme mayoría de las personas del mundo (el 96,5%) residen en su país natal. Sin embargo, estas estimaciones del número y la proporción de migrantes internacionales ya superan algunas proyecciones hechas para el año 2050, que pronosticaban un 2,6%, o 230 millones, de migrantes internacionales”.
“La
movilidad es una característica intrínseca de todas las poblaciones, a menos que
existan políticas u otros factores específicos que la limiten o controlen. Sin
embargo, algunas personas se mueven más que otras y lo hacen de maneras
diferentes, lo que parece estar estrechamente vinculado al grado de desarrollo
de los países, que a su vez se relaciona con la distribución de la población
dentro de cada país”.
“La inclusión de los migrantes en las sociedades de acogida se relaciona con distintos ámbitos sociales y normativos, que en gran medida son interdependientes. Los resultados de la inclusión en un ámbito de las políticas —como la enseñanza del idioma, la educación, el mercado laboral, la reunificación familiar, la participación política o la naturalización— repercutirán probablemente en otros”.
7. Es
especialmente relevante acercarse al conocimiento de la realidad más recientesobre la Covid-19 y el mundo del trabajo, a partir de los informes periódicos
que efectúa el Observatorio de la OIT, siendo el último hecho público el 21 de
enero del que se encuentra publicada además una amplia nota informativa en
la que se constata que los datos de 2020 ponen de manifiesto una
disminución generalizada de las horas de trabajo y de los ingresos, y previendo
para 2021 “una recuperación lenta, desigual e incierta, a menos que los
progresos iniciales se respalden con políticas de recuperación centradas en las
personas”, y del que destaco ahora estas manifestaciones: .
“Las nuevas
estimaciones “ponen de manifiesto efectos adversos generalizados en los
mercados del trabajo a lo largo de 2020. Según esas estimaciones, a lo largo
del pasado año la cantidad de horas de trabajo a escala mundial se redujo en un
8,8% (con respecto al cuarto trimestre de 2019), equivalentes a 255 millones de
empleos a tiempo completo. Esta pérdida es aproximadamente cuatro veces mayor
que la que provocó la crisis financiera mundial de 2009.
Dicha pérdida de horas
de trabajo obedece a la reducción de horas de trabajo de personas ocupadas, o a
la disminución "sin precedentes" del nivel de ocupación, que afectó a
114 millones de personas. Cabe destacar que la disminución de la ocupación (81
millones de personas) constituyó, en el 71% de los casos, una salida de la
fuerza de trabajo, más que del desempleo propiamente dicho; es decir, se
produjo una salida del mercado de trabajo por no poder trabajar, probablemente
debido a las restricciones de la pandemia, o porque las personas afectadas
dejaron de buscar trabajo. El análisis del desempleo por sí solo subestima
drásticamente el impacto de la COVID-19 en el mercado laboral.
Estas pérdidas generalizadas
provocaron una disminución del 8,3% de los ingresos provenientes del trabajo a
escala mundial (antes de que aplicaran medidas de apoyo para garantizar los
ingresos), equivalente a 3,7 billones de dólares de EE.UU, o al 4,4% del
producto interno bruto (PIB) mundial.
Las mujeres se han
visto afectadas en mayor medida que los hombres por las consecuencias adversas
de la pandemia en el mercado laboral. A escala mundial, la tasa de ocupación de
las mujeres se redujo en un 5%, frente al 3,9% en el caso de los hombres. En
particular, las mujeres tienen muchas más probabilidades que los hombres de
salir del mercado de trabajo y de dejar de formar parte de la fuerza de
trabajo.
Los trabajadores más
jóvenes también se han visto particularmente afectados, ya sea por la pérdida
de empleo, la salida de la fuerza de trabajo, o la incorporación tardía a la
misma. Las tasas de ocupación de los jóvenes (de 15 a 24 años) disminuyó en
8,7%, frente al 3,7% en el caso de los adultos. Ello "pone de relieve un
riesgo muy elevado de una generación perdida", según se señala en el
Observatorio.
En el informe se
destaca asimismo una repercusión desigual por sector económico, zona geográfica
y mercado de trabajo. Por otro lado, se pone de manifiesto la inquietud de que
se produzca una "recuperación en forma de K", es decir, de que los
sectores y los trabajadores más afectados se queden atrás durante el proceso de
recuperación, lo que daría lugar a una desigualdad cada vez mayor, a menos que
se adopten medidas correctivas.
El sector más afectado
ha sido el de la hostelería y la restauración, en el que la tasa de ocupación
se redujo en más del 20%, en promedio, seguido de los sectores del comercio
minorista y las actividades de producción industrial. Por otro lado, la tasa de
ocupación en el sector de la información y la comunicación, así como en el de
las finanzas y los seguros, aumentó en el segundo y tercer trimestre de 2020.
También se registró un aumento marginal en los sectores de la minería y la
extracción de minerales, así como en los servicios públicos”.
Para el Director
General de la OIT Guy Rider, “Nos enfrentamos a una disyuntiva: una opción
conduce a una recuperación dispar y no sostenible, con una desigualdad e
inestabilidad cada vez mayores, susceptibles de agravar la crisis. La otra
lleva a una recuperación centrada en las personas, con el fin de reconstruir
mejor y promover el empleo, los ingresos y la protección social, así como los
derechos de los trabajadores y el diálogo social. Si queremos una recuperación
duradera, sostenible e integradora, este es el camino que deben seguir los
responsables políticos.”.
Mirando al futuro, la
OIT formula varias propuestas tendentes al “fomento de una recuperación
centrada en el ser humano” y que preste especial atención a aquellos países en
los que la crisis ha tenido una mayor repercusión y que “ya se encontraban en
una situación desfavorable previamente”, por lo que la solidaridad
internacional es del todo punto necesaria. Propugna el mantenimiento de una
política macroeconómica flexible, siendo necesario mantener el paquete de
ayudas destinadas garantizar los ingreso de las personas afectadas por la
crisis, y por ello se considera primordial “proteger el empleo y facilitar el
repunte de la actividad económica”, y fortalecer los sistemas de protección
social. Especial importancia concede a las medidas que deben dirigirse a
jóvenes, mujeres y personas trabajadoras poco cualificadas, en donde cobrarán
especial importancia los programas puestos en marcha a través de los servicios
de empleo que incluyan “iniciativas de capacitación a tenor de las nuevas
necesidades”. Y, por supuesto, sin olvidar el “santo y seña” de la OIT, foro
tripartito, cual es la instrumentación y adopción de medidas que se basen en el
diálogo social con las organizaciones sindicales y empresariales, con la
finalidad, ya apuntada en la declaración del centenario de la OIT, de
“encontrar nuevas vías que faciliten el cumplimiento de los objetivos a largo
plazo y la transición a una economía más inclusiva, justa y sostenible”.
8. Acerquémonos ya a
la realidad europea, y prestemos atención en primer lugar a algunos datos estadísticos
recientes facilitados por la oficina estadística europea Eurostat
Al finalizar 2019
había un total de 20,3 millones de permisos de residencia con validez para ciudadanos
no UE que residen en los 27 Estados. De ellos, el 24 % en Alemania, el 18 % en
Italia, 15 % en Francia, y el 13 % (2,9 millones) en España, es decir el 71 %
del total de los permisos de residencia.
Los permisos de
primera autorización de residencia concedidos en 2019 fueron 3 millones, con
incremento de 5 % (163.000) sobre 2018, debido principalmente al incremento de
permisos por razones de empleo (+ 22 %, 214.000). El permiso por trabajo
suponía en 2019 el 41 % de todos los permisos de residencia concedidos,
mientras que el 29 % eran por reunificación familiar, el 14% por razones
educativas, y el 18 % por otras razones, incluyendo la protección
internacional.
En 2019 España
concedió 320.000 permisos de primera residencia (11 % del total de la UE).
Por razones de
empleo Polonia fue la que concedió más permisos (625.000, de los que 551.000
fueron concedidos a ciudadanos de Ucrania). España fue la segunda que más
permiso de reunificación familiar concedió (144.000, 18 %), por detrás de
Alemania (167.000, 21 %).
Los tres países a cuyos ciudadanos se concedieron más permisos fueron Ucrania (fundamentalmente en Polonia), Marruecos 133.000, de lo que el 47 % fueron en España) e India
9. Toca ya entrar en el examen del Pacto europeo de inmigración y asilo presentado por la Comisión Europea el 23 de septiembre del pasado año, en sus contenidos relativos a las políticas de integración e inclusión
El documento en el que se exponen las líneas maestras del nuevo Plan es una Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa al nuevo Pacto sobre Migración y asilo, al que se acompaña el anexo que contiene la “hoja de ruta” para suaplicación.
Desde la Comisión
Europea, por boca del vicepresidente encargado de asuntos migratorios, el griegoMargaritis Schinas, se ha pedido a los Estados la aprobación del Plan europeo
de migración y asilo “para evitar que se repitan casos como los de Canarias”. Así
se recoge en una entrevista con el redactor del El País Claudi Pérez, publicada
el 4 de enero ,
en el que explicaba que “El plan introduce la noción de circuito migratorio:
todo está conectado con todo. Hay un trabajo previo, de diplomacia con los países
de origen y tránsito. Se refuerza el control de fronteras con 10.000 agentes.
Cuando aun así llega un migrante lo primero es hacer exámenes médicos y de
seguridad, y determinar el perfil de asilo. Eso tiene que estar listo en un
plazo de cinco días, ni uno más. Si la persona tiene perfil de asilo se inician
los procedimientos legales; si no, se le devuelve en virtud de los acuerdos
firmados con los países de origen. Con rapidez. Volvamos a Canarias: allí se
concentraron 20.000 personas porque Marruecos miraba hacia otro lado, y porque
el control de fronteras falló con estrépito. Eso mejoraría con nuestra
propuesta”.
Respecto a
las vías legales se manifiesta una necesidad que veo realmente difícil de
lograr dada la competencia propia de cada Estado para la fijación de su marco
laboral, cual es que las políticas de la UE “deben fomentar la igualdad de
condiciones en todos los mercados laborales nacionales destino de la
migración”, si bien ya me quedaría personalmente satisfecho si se respetaran
las normas comunitarias de derecho originario y derivado. Se sigue insistiendo
en las medidas de reasentamiento dedicadas específicamente a refugiados y como
forma segura de garantizarles protección, a la que se prevé añadir otras vías
complementarias de protección como “regímenes de ayuda humanitaria y programa
de estudios o relacionados con el trabajo”. El apoyo a los acuerdos entre
Estados miembros y socios internacionales para facilitar las migraciones
legales se recoge genéricamente en el texto, considerándolo como “un incentivo
positivo y en consonancia con las necesidades de capacidades del mercado
laboral de la UE”, poniendo en marcha “asociaciones en materia de talentos que
constituyan un compromiso reforzado para apoyar la migración legal y la
movilidad con socios clave. Estas asociaciones deberían ponerse en marcha en
primer lugar en los países vecinos de la UE, los Balcanes Occidentales y
África, con vistas a expandirse a otras regiones. Estas medidas ofrecerán un
marco global estratégico de la UE y facilitarán apoyo financiero para la
cooperación con terceros países con el fin de adecuar mejor las necesidades de
mano de obra y de capacidades en la UE y, por otro lado, formarán parte de la
caja de herramientas de la UE para implicar estratégicamente en materia de
migración a los países socios”.
La Comisión es consciente de las deficiencias existentes en la regulación comunitaria en punto a facilitar y abrir canales de acceso regular a los mercados de trabajo, como son “fragmentación, la cobertura limitada de las normas de la UE, las incoherencias entre las diferentes Directivas y la complejidad de los procedimientos”, por lo que propone tanto mejorar su aplicación como introducir nueva regulación, siempre con el objetivo declarado de la “atracción de talentos”. Las tres propuestas presentadas por la Comisión son las siguientes:
“Una revisión de la Directiva sobre los residentes de larga duración, que actualmente está infrautilizada y no ofrece un derecho efectivo a la movilidad dentro de la UE. El objetivo sería crear un verdadero estatuto de residente de larga duración en la UE reforzando, en particular, el derecho de los residentes de larga duración a desplazarse y trabajar en otros Estados miembros.
Una revisión de la Directiva sobre el permiso único, que no ha logrado plenamente su objetivo de simplificar los procedimientos de admisión para todos los trabajadores de terceros países. Se trata de estudiar formas de simplificar y aclarar el ámbito de aplicación de la legislación, incluidas las condiciones de admisión y residencia para los trabajadores con cualificaciones bajas y medias.
Seguir explorando la creación de una reserva de talentos de la UE para trabajadores cualificados de terceros países que pueda funcionar como una plataforma de contratación internacional a escala de la UE, a través de la cual los nacionales cualificados de terceros países puedan manifestar su interés por migrar a la UE y ser identificados por las autoridades de migración y los empleadores de la UE en función de sus necesidades”. En esta misma línea, ya se ha abierto una consulta pública sobre la atracción de capacidades y talento”.
Por último, y desde luego no menos importante, la Comunicación plantea la necesidad de poner en marcha nuevas políticas de integración para lograr unas sociedades más inclusivas, eso sí refiriéndose a las personas que “se encuentran legalmente en la UE”, previendo la aprobación de un plan de acción sobre integración e inclusión para 2021- 2024 que se basará en “en todas las políticas e instrumentos pertinentes en ámbitos clave como la inclusión social, el empleo, la educación, la salud, la igualdad, la cultura y el deporte, y definirá las modalidades de la contribución de la integración de los migrantes a los esfuerzos para alcanzar los objetivos de la UE en cada uno de estos ámbitos. Garantizar que los migrantes se beneficien plenamente del pilar europeo de derechos sociales será un objetivo clave. Se partirá de la base de que las personas de origen migrante (por ejemplo, inmigrantes nacidos en el extranjero o migrantes de segunda generación) a menudo se enfrentan a retos de integración similares a los de los nacionales de terceros países. Las acciones incluirán el apoyo directo a las personas activas «sobre el terreno» y cubrirán toda la gama de medidas necesarias para acompañar a los migrantes y a sus familias a culminar con éxito su proceso de integración e inclusión social”. A dicho Plan me referiré con detalle más adelante.
El Pacto ha sido ampliamente analizado por el profesor José Antonio Fernández Avilés en su artículo “Nuevo pacto europeo sobre migración y asilo: bienvenida la reforma migratoria integral, adiós al cambio de paradigma. (RTSS CEF 455, febrero 2012, págs. 5-15”, siendo la idea-eje de aquel que la política de migración europea (desde Tampere 1999) ha conducido “a un desarrollo desigual, estructuralmente vencido hacia las políticas de control de flujo migratorio frente a la idea de una Europa abierta e inclusiva”. De los cuatro pilares de la migración legal, es decir la colaboración con los países de origen, un sistema europeo común de asilo, un trato justo de los nacionales de terceros países que residen “legalmente” en territorio europeo, y la lucha contra la inmigración ilegal , esta última , se subraya “es la más desarrollada y donde mayores avances se han producido y recurso se han aplicado, generando un desequilibrio interno y estructural con el pilar de la gestión de los flujos migratorios”. Para el autor, el Pacto de 2020 “supone un replanteamiento integral de toda la política migratoria de la UE. El pacto tiene buenas intenciones, pero también sombras y contradicciones internas si se analiza con rigor crítico”. Al referirse al ámbito laboral manifiesta que “se propone – quizás en un exceso mercantilizador de la condición humana – explorar la creación de una reserva de talentos de la UE, que recuerda sobremanera a la célebre noción marxista del “ejército industrial de reserva”. En definitiva, son esperables nuevos impulsos a lo que podría denominarse inmigración selectiva y diferenciada”. Es crítico con el Pacto porque el modelo “sigue más inclinado hacia la contención de la presión migratoria externa que sobre una concepción de la inmigración como una oportunidad de enriquecimiento de las sociedades de acogida”, y también critica que el Pacto sea “continuista en la ignorancia hacia la situación de las personas extranjeras en situación irregular y los consiguientes problemas de las políticas y normas migratorias diseñadas a espaldas de la realidad”. Más críticas son que las medidas de integración son en bastantes ocasiones “declaraciones retoricas” (soft law), mientras que las de control del flujo migratorio y de promoción de las fórmulas de retorno y expulsión “han tenido un mayor grado de desarrollo”, por lo que no es de extrañar en absoluto que su conclusión sea que seguimos a la espera “de un verdadero cambio hacia la solidaridad y la inclusión—que no necesariamente conlleva una renuncia a la seguridad…”.
Una visión muy
crítica del Pacto es la formulada por Migreurop (que se define como “una red
europea y africana de activistas e investigadores cuyo objetivo es sensibilizar
y luchar contra la generalización del encarcelamiento de extranjeros y la
multiplicación de los campos de internamiento, un dispositivo en el centro de
la política de externalización de la Unión Europea. En su informe “Encerrados y excluidas.
Detenciones informales e ilegales en España”, Grecia, Italia y Alemania. publicado en diciembre de 2020, manifiestan que “ la
reciente presentación del Nuevo Pacto Europeo sobre Migración y Asilo ha
suscitado el debate sobre si esta nueva propuesta mejorará la forma en que se
regula la migración en la UE y la situación de las personas migrantes y
refugiadas. El presente informe muestra que muchas de las medidas propuestas en
el Pacto son prácticas que ya han sido y son implementadas por los Estados
miembros, y que son dañinas y perjudiciales para las personas migrantes”, que “…
esta política migratoria de disuasión mediante el maltrato ha causado un enorme
sufrimiento a las personas migrantes y refugiadas: el hotspot de Moria en la
isla griega de Lesbos, en el Mar Egeo, es quizás el ejemplo más conocido. Sin
embargo, el Nuevo Pacto Europeo sobre Asilo y Migración generaliza esta práctica
de detención, así como la ideología que la sustenta, y la transforma en norma.
Lejos de proponer políticas centradas en los derechos humanos, este Pacto es un
instrumento que permite a los Estados miembros sistematizar una política
represiva nacida hace 30 años, así como prácticas de detención brutales”.
10. En estrecha relación con el nuevo Pacto hay que referirse a la Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea. “Prioridades legislativas de la UE para 2021”, de 10 de diciembre de 2020 en la que se recoge que se promoverá una Europa libre y segura, “para lo que trabajaremos a fin de acordar un nuevo pacto sobre migración y asilo, asegurar que la migración se aborde de manera global y garantizar el control efectivo de nuestras fronteras exteriores; proteger la libre circulación afianzando el marco de Schengen y mejorar la respuesta de Europa a las crisis sanitarias”. En la misma línea, las conclusiones conjuntasdel Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europeasobre los objetivos y las prioridades para el periodo 2020-2024, de la misma fecha enfatizan que “…Seguiremos defendiendo el respeto por los derechos fundamentales y la no discriminación tanto dentro como fuera de la Unión. Lucharemos contra el racismo y trabajaremos en pro de una Unión de la igualdad con los mismos derechos y oportunidades para todos. Concluiremos nuestro trabajo sobre una reforma global de nuestro sistema de migración y asilo para garantizar un enfoque eficaz y humano y dotarnos de los instrumentos necesarios para hacer frente a los retos futuros”.
Por otra parte, el
Pacto europeo de migración y asilo no puede entenderse si no se relaciona con
la política de la UE hacia nuestros vecinos del sur y que se plasma en la
Comunicación “Asociación renovada con los países vecinos meridionales Una nuevaAgenda para el Mediterráneo”, hecha pública el 9 de febrero, en la que se plantean los “puntos de acción que se mencionan a continuación,
previa constatación de que “en el marco de la política europea de vecindad, la
presente Comunicación conjunta propone una Agenda para el Mediterráneo nueva,
ambiciosa e innovadora, que aprovecha por primera vez el conjunto de
instrumentos de la UE y las oportunidades innovadoras de la doble transición
ecológica y digital, con el fin de reactivar la cooperación y realizar el
potencial sin explotar de nuestra región compartida. La perspectiva de una
recuperación después de la COVID-19 ofrece una oportunidad única para que
Europa y la región mediterránea se comprometan con una agenda común y centrada
en las personas, así como con las acciones necesarias para llevarla a cabo”:
“Potenciar la
cooperación en materia de migración y movilidad sobre la base de una asociación
global, equilibrada y mutuamente beneficiosa hecha a medida
Apoyar la
capacidad de los socios para una gobernanza eficaz de la migración y el asilo,
incluida la gestión de las fronteras, todos los aspectos de los sistemas de asilo
y migración y las capacidades de readmisión.
Asistencia
específica para crear oportunidades socioeconómicas para los migrantes, los
desplazados forzosos y las comunidades de acogida, incluso en el contexto de la
recuperación de COVID-19, con especial atención a las regiones marginadas.
Aumentar la
cooperación en materia de retorno y readmisión efectivos; apoyar el retorno
voluntario asistido y la reintegración sostenible desde la UE, pero también
entre los distintos países socios.
Desarrollar vías
legales de acceso a Europa mediante la continuación de los esfuerzos en materia
de reasentamientos y en los programas de movilidad laboral, en particular la
rápida puesta en marcha de las Asociaciones de Talentos, respetando plenamente
las competencias de la UE y de los Estados miembros.
Explorar los
marcos de cooperación triangular y Sur-Sur y mejorar la cooperación con los
actores regionales e internacionales”.
11. Un texto de
especial interés para conocer la eficacia de la normativa sobre migración de la
Unión Europea para facilitar y regular adecuadamente la migración legal es el
publicado hace dos años por los servicios técnicos de las Comisión Europea “Documentode trabajo de los servicios de la Comisión. Resumen ejecutivo del control deidoneidad de la legislación de la UE sobre migración legal(29.3.2019).
Según se explica
en el texto, el chequeo de idoneidad evaluó el acervo de la UE en materia de
migración legal en función de cinco criterios: pertinencia, coherencia,
eficacia, eficiencia y valor añadido de la UE. A juicio de los autores del documento
“La evaluación ha demostrado que los objetivos de las Directivas siguen siendo
pertinentes para las necesidades actuales de la UE en materia de migración
legal. Sin embargo, se han detectado una serie de posibles lagunas entre los
objetivos y las necesidades. Éstas se refieren principalmente al ámbito de
aplicación material de las Directivas (no cubren diversos problemas que se
plantean en el curso de las distintas "fases de la migración", como
los procedimientos para obtener un visado de entrada), y a su ámbito de aplicación
personal (que no incluye -al menos en lo que respecta a las condiciones de
admisión- importantes categorías de nacionales de terceros países, como los
trabajadores no estacionales de baja y media cualificación, los solicitantes de
empleo, los prestadores de servicios cubiertos por los compromisos comerciales
de la UE, excepto los trasladados dentro de una empresa, y los trabajadores por
cuenta propia/empresarios)”.
De cara al futuro,
y para corregir las deficiencias observadas, se proponen estas medidas.
“lograr un enfoque
más armonizado y eficaz para atraer a trabajadores altamente cualificados de terceros
países, como había propuesto la Comisión en la reforma de la tarjeta azul
Garantizar una
aplicación más estricta de las directivas, para mejorar su implementación y aplicación
práctica y, por tanto, su eficacia general;
Promover campañas
de información para dar a conocer los derechos y procedimientos establecidos
por los instrumentos jurídicos de la UE en materia de migración, lo que
contribuiría a resolver los problemas de coherencia en la aplicación por parte
de los Estados miembros y a aumentar la pertinencia y el valor añadido de estos
instrumentos en la UE
Mejorar la
recopilación de datos, pruebas e información sobre la aplicación del acervo
mediante el apoyo a las redes de expertos, la investigación y los estudios, y
la mejora de la forma en que los Estados miembros comunican las estadísticas;
esto contribuiría a mejorar la eficiencia y la eficacia del acervo
Facilitar el
intercambio de información y la cooperación entre los Estados miembros,
especialmente en relación con la movilidad intracomunitaria de los nacionales
de terceros países - esto ayudaría a aprovechar al máximo el valor añadido de
la UE y facilitaría la aplicación de las normas de movilidad intracomunitaria
Proporcionar a los
Estados miembros, mediante instrumentos no vinculantes, aclaraciones y
orientaciones interpretativas sobre la aplicación armonizada de las directivas
sobre migración legal, lo que contribuiría a resolver los problemas de
coherencia detectados;
Estudiar la
posibilidad de presentar medidas legislativas para resolver las incoherencias,
lagunas y otras deficiencias detectadas, con el fin de simplificar,
racionalizar, completar y, en general, mejorar la legislación de la UE.
12. El documento
europeo sin duda más relevante para abordar la temática de la integración e
inclusión de la población migrante es el Plan de acción que la Comisión Europea
presentó el 24 de noviembre (“Comunicación de la Comisión. 24.11.2020. Plan deacción en materia de integración e inclusión para 2021 – 2027 ,
en el que ciertamente hay muy pocas aportaciones concretas en materia de
empleo.
Pero antes, recordemos
documentos relativos a planes de integración de dos etapas anteriores, en
concreto de 2010 y 2016.
A) 4. La Conferencia de Zaragoza celebrada los días 15 y 16 de abril de
2010, durante la presidencias española de la UE, aprobó una importante
Declaración que
subrayaba la importancia de los proceso de integración de la población
inmigrante, asumiendo que la integración es un proceso bidireccional y que
requiere la implicación de dos partes (comunidad de acogida – incluyendo a las
diferentes administraciones públicas implicadas – y comunidad inmigrante), y
que por ello sólo puede producirse cuando ambas se implican activamente.
El documento suscrito reiteraba y profundizaba en tesis ya expuestas con
anterioridad en las conclusiones de varios Consejos Europeos, en diversas
Comunicaciones de la Comisión Europea, y también en algunos dictámenes del
Consejo Económico y Social Europeo, Además, la declaración, tal como destacó la
Secretaria de Estado de Inmigración del gobierno español, Anna Terrón, puso las
bases para lograr que las políticas de integración en todos los Estados de la
UE se basaran en unos ámbitos de actuación comunes, que en una primera etapa habían
de ser los de empleo, educación, inclusión social y ciudadanía activa, y que podían
ser ciertamente el embrión de la puesta en marcha del método abierto de
coordinación en el ámbito de las políticas de integración, desagregados cada
uno de ellos en varios indicadores básicos:
Para el empleo, las tasas de empleo, desempleo y actividad.
Para la educación, el nivel máximo de educación alcanzado (porcentaje de la
población con un nivel de educación terciario, secundario y primario o inferior
a primario), el porcentaje de estudiantes de 15 años con bajo rendimiento en
lectura, matemáticas y ciencias, el porcentaje de personas de entre 30 y 34
años de edad que han alcanzado un nivel de educación terciario, y el porcentaje
de abandonos prematuros de la educación y formación.
Para la inclusión social, la renta neta media de la población inmigrante
expresada en porcentaje de la renta neta media de la población total, la tasa
de riesgo de pobreza (porcentaje de población cuya renta neta disponible es
inferior al 60 % de la media nacional), el porcentaje de la población que
percibe su estado de salud como bueno o malo, y la proporción de propietarios
de bienes raíces respecto a los no propietarios entre los inmigrantes y entre
el total de la población.
Por último, para la ciudadanía activa sus indicadores básicos debían ser el
porcentaje de inmigrantes que han obtenido la nacionalidad, el de los que se
encuentran en posesión de un permiso de residencia permanente o de larga
duración, y el de los inmigrantes entre los representantes elegidos.
Esos ámbitos de actuación comunes (y sus indicadores) deberían contribuir a mi parecer, y también es la tesis de la declaración, a poner de manifiesto, a hacer visibles, los aspectos positivos de la inmigración en la UE, manifestación que cobraba aún mucho más sentido en el marco de la crisis económica y financiera que afectaba a los Estados de la UE y que debería ir de la mano con políticas que “ayuden a luchar contra el racismo y la xenofobia y todas las formas de discriminación en nuestras sociedades”.
De la llamada “Declaración de Zaragoza” creo que es importante retener
las siguientes manifestaciones:
a) La base jurídica abierta por el Tratado de Lisboa para la política de
integración y la apertura de una nueva etapa de cooperación entre los Estados
que debería contribuir a lograr mayores avances.
b) La incorporación de la integración en todos los ámbitos políticos y sociales de actuación de la UE, en cuanto que una adecuada política en este ámbito habría de contribuir a su desarrollo y cohesión social.
En la declaración se enfatizaba la importancia de elaborar políticas de
carácter intersectorial que relacionen el empleo, la educación y la formación,
y en el marco de esas políticas coordinadas de integración se sugería la
utilización del concepto de “capital humano”, entendido como “un recurso
económico que permite la creación de nuevos bienes, servicios, ideas,
conocimientos y tecnologías, cultura y riqueza”.
Se volvía, una vez más, sobre la idea de poner en marcha “módulos europeos
comunes” para cursos de acogida y lengua, y que faciliten la implicación de la
sociedad de acogida y de la población inmigrante en el proceso de integración;
en fin, no menos importante me parece la propuesta de adopción de medidas que
impulsen las políticas de integración en los ámbitos de la educación y del
empleo, partiendo de la constatación que la diversidad “es una característica
estructural de nuestras sociedades” y que por consiguiente su correcta gestión
deviene del todo punto necesaria.
c) Además de las referencias al empleo, la declaración de Zaragoza también incluía una mención específica a la participación integral, en concreto “la diversidad en el barrio” y constataba la importancia de poner en práctica políticas de integración adaptadas a las diversas necesidades de la población, con una apuesta decidida por inversiones en barrios con alta concentración de inmigrantes para luchar contra la desigualdad, políticas que requieren de una intervención muy coordinada de todas las administraciones públicas competentes (estatales, regionales/autonómica, y locales). Igualmente, se destacaba la necesidad de evaluar las políticas de integración y se recordaba que desde 2004 ya se había trabajado en esta línea, aunque se hubiera avanzado poco, a fin y efecto de establecer “objetivos, indicadores y mecanismos de evaluación claros para ajustar las políticas y evaluar los avances en la integración”.
En definitiva, la conferencia ministerial de Zaragoza enfatizó una vez más
la importancia de las políticas de integración, y además abrió el camino para
trabajar con unas reglas o criterios comunes en todos los Estados miembros de
la UE que permitan conocer cómo y cuánto se avanza en la materia.
B) El siguiente Plan de acción para la integración de los nacionales deterceros países fue presentado el 7 de julio de 2016 en la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social, y al Comité de las Regiones , del que ahora reproduzco algunos fragmentos significativos, que como se comprobará inmediatamente guardan casi total sintonía con los objetivos ya marcados en la Declaración de Zaragoza de 2010.
“En el caso de los nacionales de terceros países interesados, en particular los que se desplazan por motivos laborales o familiares, y también en el de los refugiados que necesitan reasentarse, la capacitación lingüística y la formación laboral antes de la partida pueden agilizar la integración en su futuro entorno. Se ha demostrado que las medidas previas a la partida diseñadas de manera conjunta entre los países de origen y destino resultan muy eficaces para acelerar la integración. No obstante, la cooperación con los países de origen y tránsito en esta cuestión aún no está lo suficientemente desarrollada. En su comunicación sobre el establecimiento de un nuevo Marco de Asociación con terceros países en el contexto de la Agenda Europea de Migración, la Comisión propone adoptar un enfoque coherente y adaptado para desarrollar, en colaboración con los Estados miembros, instrumentos, herramientas e incentivos para crear asociaciones de amplio alcance con terceros países a fin de mejorar la gestión de la inmigración”.
“En aras de reforzar sus políticas de integración, se insta a los Estados miembros a:
Apoyar la inserción rápida en el mercado laboral de los nacionales de terceros países recién llegados, por ejemplo, mediante una pronta evaluación de sus competencias y cualificaciones, la combinación del aprendizaje de lenguas con la formación en el puesto de trabajo, asesoramiento y orientación específica.
Eliminar los obstáculos para garantizar un acceso efectivo de los refugiados a la formación profesional y al mercado laboral y, cuando las condiciones sean propicias para ofrecerles protección, también a los solicitantes de asilo.
Evaluar, validar y reconocer lo antes posible las competencias y cualificaciones de los nacionales extranjeros, haciendo pleno uso de las herramientas disponibles en la UE.
Fomentar el espíritu emprendedor mediante el asesoramiento y la formación empresarial individualizados y con la apertura a los nacionales de terceros países de estructuras estándar orientadas a impulsar el emprendimiento”.
C) En el documento
presentado el pasado 24 de noviembre se plantea “promover la cohesión social y
construir sociedades inclusivas para todos”, y a diferencia del anterior de
2016, abarca un espectro más amplio de población, ya que incluye tanto a las y
los migrantes como a quienes ya tienen la nacionalidad de un Estado miembro de
la UE y son de origen migrante. Datos estadísticos que se aportan en el texto, siendo
la fuente Eurostat, son de indudable interés: alrededor de 34 millones de
habitantes de la UE nacieron fuera de ella (en torno al 8 % de la población de
la UE) y el 10 % de los jóvenes (de entre 15 y 34 años) nacidos en la UE tienen
al menos un progenitor de origen extranjero.
En sintonía con planes
de integración anteriores, se enfatiza que para que la integración y la
inclusión den resultados, “debe ser también un proceso bidireccional en el que
se ofrezca a los migrantes y los ciudadanos de la Unión Europea de origen
migrante ayuda para integrarse y ellos, por su parte, hagan un esfuerzo activo
para conseguirlo. En el proceso de integración interviene la sociedad de
acogida, que debe crear oportunidades para la plena participación económica,
social, cultural y política de los inmigrantes. También implica una adaptación
por parte de los migrantes, que tienen derechos y responsabilidades en relación
con su nuevo país de residencia”, así como también que “integrar plenamente a
los migrantes en el mercado laboral podría generar grandes ganancias
económicas, tales como beneficios fiscales y aportaciones a los planes de
pensiones y al sistema nacional de previsión social en general”, planteando y
proponiendo medidas de actuación para todas las etapas y fases del proceso de
integración, es decir “las medidas previas a la partida, la recepción y la
integración temprana, la integración a largo plazo, y la construcción de
sociedades inclusivas y cohesionadas”.
Reproduzco a continuación, las propuestas de
actuación en los principales ámbitos sectoriales y que son la síntesis propia,
así se explica, del resultado de “las amplias consultas que la Comisión llevó a
cabo de junio a octubre de 2020 entre una gran variedad de actores”.
En el ámbito de la
educación y la formación se expone, y propone, lo siguiente:
“La transición a
la vida adulta y de la escuela al trabajo puede ser especialmente difícil para
los menores migrantes recién llegados, en particular para los que viajan solos,
sobre todo porque muchas veces las medidas de apoyo se interrumpen en cuanto
cumplen dieciocho años. Prepararlos por adelantado para esa transición
—facilitando su éxito escolar, incluyéndolos en la formación profesional y en
la Garantía Juvenil, y proporcionándoles orientación y tutoría— puede resultar
muy efectivo.
Para garantizar la
inclusión más rápida y justa de los migrantes en el mercado laboral y
permitirles hacer pleno uso de sus competencias y capacidades, resulta
fundamental facilitar el reconocimiento de las cualificaciones que hayan
obtenido en terceros países, promover su visibilidad y aumentar la
comparabilidad con las cualificaciones europeas o de la UE, así como ofrecerles
cursos pasarela que los ayuden a complementar los estudios realizados en el
extranjero.
Por último, para
que los migrantes participen plenamente en la sociedad de acogida, es necesario
que comprendan sus leyes, cultura y valores lo antes posible, por ejemplo,
mediante cursos de orientación cívica”.
En el ámbito de
empleo y capacidades, la Comisión es del parecer que “Evaluar las capacidades
de los migrantes en la fase previa a la partida puede ayudarlos a integrarse
con más rapidez en el mercado laboral, en especial en el marco de programas de
reasentamiento y de vías complementarias”, siendo aquello que se pretende
conseguir lo siguiente: “se fortalezca la cooperación a nivel local, nacional y
de la UE entre los principales actores del mercado laboral y los propios
migrantes; los emprendedores migrantes, incluidos los emprendedores sociales,
reciban más apoyo facilitando su acceso a financiación, formación y
asesoramiento; más mujeres migrantes participen en el mercado laboral; las
capacidades de los migrantes se evalúen de manera más rápida y efectiva; se
respalde de forma continua la formación complementaria y el reciclaje
profesional, por ejemplo, mediante procedimientos de validación de la educación
no formal e informal; más migrantes participen en una formación profesional de
calidad”. Para respaldar estos objetivos, la Comisión colaborará con los
interlocutores sociales y económicos “a fin de promover que la integración en
el mercado laboral se plantee con enfoque multipartito a través de la Alianza
Europea para la Integración”, apoyará a los empresarios “mediante intercambios
y el aprendizaje entre iguales, sobre la base de la iniciativa Empresarios
Unidos por la Integración”, apoyará las iniciativas empresariales inclusivas de
hombres y mujeres, así como de empresarios migrantes, “en el marco del Fondo
InvestEU, y promover sistemas de tutoría inclusivos”, y facilitará la
evaluación y la validación de capacidades. Se pide, o más exactamente “se anima”
(el soft law es claro e indubitado) a los Estados miembros a que “utilicen la
herramienta para los perfiles de capacidades de los nacionales de terceros
países de la UE en una fase temprana, en particular en el caso de los
solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes, y refuercen los procedimientos
destinados a validar el aprendizaje no formal; conciencien sobre la
discriminación en los procesos de contratación y en los centros de trabajo, y
fortalezcan las medidas de lucha contra la discriminación; fomenten el espíritu
empresarial de los migrantes mediante programas de formación y orientación
adaptados a ellos, abriendo estructuras generales de apoyo al emprendimiento
para los migrantes e incluyendo el emprendimiento en los programas de
integración; hagan pleno uso de la financiación de la UE, y en particular del
Fondo Social Europeo Plus y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para
respaldar programas y medidas relacionados con la integración en el mercado
laboral, conforme a las necesidades que se detecten a nivel nacional y regional”..
En el ámbito de la
salud se pretende conseguir que se informe a los migrantes y los ciudadanos de
la Unión Europea de origen migrante de sus derechos, “y que tengan acceso
regular a servicios de salud, también de salud mental, en las condiciones que
estipulen el ordenamiento jurídico y las prácticas nacionales”, así como
también que los retos concretos a los que se enfrentan las mujeres migrantes,
incluido el acceso a servicios sanitarios pre- y posnatales para las madres, “se
tengan totalmente en cuenta cuando se facilite el acceso a la asistencia
sanitaria”. No menos relevantes son las intenciones en el ámbito de la política
de vivienda, queriendo conseguir que los migrantes y los ciudadanos de la Unión
Europea de origen migrante “puedan acceder a viviendas adecuadas y asequibles,
incluidas viviendas sociales”, que los Estados miembros y las autoridades
locales y regionales “tengan acceso a un mayor abanico de herramientas y buenas
prácticas para combatir la discriminación en el mercado inmobiliario”, y que en
toda la UE “se utilicen ampliamente soluciones habitacionales innovadoras que
fomenten la inclusión y luchen contra la segregación”.
Sin duda alguna,
un factor muy importante es el de fomentar la participación y encuentros con la
sociedad de acogida, y que esta disponga de una información correcta tanto
sobre los datos cuantitativos como sobre la aportación de la población migrante.
Que la población esté bien informada en materia de migración e integración
también puede ayudar a combatir los prejuicios y la polarización. Sin embargo,
la mayoría de los europeos (el 61 %) consideran que no están bien informados
sobre esas cuestiones o que no poseen ninguna información en absoluto. Es
esencial colaborar con representantes de los medios de comunicación,
instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil para informar
mejor a los ciudadanos de la UE sobre las realidades de la migración y la
integración. También se llama a la mejora del uso de las nuevas tecnologías y
las herramientas digitales en favor de la integración y la inclusión, facilitando
que la población incluida en el Plan alcance “las capacidades digitales
necesarias para disfrutar por completo de los servicios en línea;”
Antes de la
presentación del Plan se formularon propuestas por distintas organizaciones
sociales para su incorporación. Unas de bastante interés a mi parecer fueron la
presentadas por PICUM (Plataforma para la Cooperación Internacional sobre Migrantes Indocumentados),
una red de organizaciones que trabajan para asegurar la justicia social y los
derechos humanos de los migrantes indocumentados, que no me parece que hayan
sido tomadas en consideración en su mayor parte, y que eran las siguientes:
“El Plan de Acción
debe evitar los requisitos de elegibilidad para la integración basados en el
estatus migratorio, adoptando un enfoque que reconozca los derechos específicos
pero también las necesidades de inclusión existentes. Las iniciativas de
inclusión social a través de la financiación de la UE deberían dirigirse a
todos los inmigrantes, independientemente de su estatus.
Acogida e
integración temprana.
Respaldar las
medidas para mitigar los efectos del retraso en la integración en el mercado
laboral, como el acceso a la formación y las prácticas.
Empleo, educación
y formación.
Recomendar
políticas nacionales que faciliten el acceso al mercado laboral de los
nacionales de terceros países en todos los sectores, que permitan el cambio de
empleador y la presentación de solicitudes en el país, sin procedimientos de
visado y permiso excesivamente onerosos ni pruebas de mercado laboral;
Promover el acceso
al aprendizaje, a los períodos de prácticas, a la formación profesional y a la
educación superior a todos los jóvenes que residan físicamente en un Estado
miembro y que hayan cursado los títulos de educación requeridos,
independientemente de su estatus migratorio o de residencia;
Acceso a los
servicios.
Establecer directrices claras para la no criminalización de los propietarios que alquilen a inmigrantes indocumentados, así como de las personas y organizaciones que proporcionen alojamiento y asistencia a los inmigrantes indocumentados”.
13. Dos recientes dictámenes del Comité Económico y Social Europeo deben merecer también nuestra atención ya que abordan por una parte la gestión de la diversidad, y otra la protección de las mujeres migrantes.
El primero lleva por título “La gestión de diversidad en los Estados miembros de la UE”, y fue aprobado por el Pleno el 29 de octubre de 2010, conceptuando como migrantes a las personas nacidas en un país distinto de aquel en el que residen actualmente, incluidos los ciudadanos europeos y los nacionales de terceros países. En el Dictamen se concluye que la gestión de la diversidad debe tener en cuenta la heterogeneidad y las identidades múltiples, ya que “los migrantes y las minorías étnicas no constituyen un grupo homogéneo, y reconocer la interseccionalidad resulta crucial para desarrollar políticas de éxito en materia de diversidad”. Se valora muy positivamente que la población migrante haya estado en la primera línea de las actividades para hacer frente a la pandemia y sus consecuencias, por lo que reconocer su aportación “debe incluir proporcionarles condiciones de trabajo de calidad, salarios justos y protección social. Los migrantes deben tener acceso a los mismos niveles de calidad en materia de alojamiento, educación y salud que los ciudadanos europeos. Además, deben aplicarse políticas de protección de los migrantes indocumentados, con la participación y la aprobación de los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil”. En la misma línea que el Plan de integración y exclusión se constata que la integración y la diversidad son esenciales para la democracia, y que “nuestros lugares de trabajo y sociedades se vuelven más democráticos cuando las minorías étnicas y los migrantes participan en la sociedad civil, en los sindicatos y en procesos democráticos formales como las elecciones. Para promover la ciudadanía activa, los Estados miembros deben animar a los migrantes a participar activamente no solo en el mercado laboral, sino también en procesos de toma de decisiones como la política. Para promover la diversidad en nuestras sociedades, es importante dar derecho a los migrantes para que puedan participar en las elecciones locales conforme a los mismos criterios que los ciudadanos de la UE y ejercer como representantes de las comunidades locales”.
El segundo Dictamen,
aprobado en la misma fecha que el anterior versa sobre “Integración de mujeres,madres y familias de origen inmigrante en los Estados miembros de la UE yniveles objetivo de lengua para la integración”.
Se critica que menos
de la mitad de los Estados miembros de la Unión cuenten con planes de acción o
estrategias “que mencionen expresamente a las personas descendientes de
migrantes, pese a que las estadísticas de Eurostat y de organizaciones
internacionales ponen de relieve su posición desfavorecida”, así como también,
en la misma línea de documentos anteriores, que “la integración efectiva
conlleva toda una serie de potenciales ventajas económicas, sociales y fiscales
para los países donde se establecen los migrantes, pero la suma de las medidas
adecuadas tanto a nivel nacional como de la UE es baja en comparación con la
complejidad de los retos.
De especial
relevancia son a mi entender las propuestas del CESE de establecer, por una
parte “mejores sistemas para evaluar las credenciales educativas y facilitar programas
de apoyo específicos de género que puedan facilitar la incorporación de las
mujeres migrantes al mercado de trabajo”, y por otra que se adopten “medidas
urgentes para garantizar un enfoque integrado que aspire a armonizar la
gobernanza multinivel de las políticas sociales y de empleo que afectan al
trabajo doméstico en toda la UE”.
14. En relación
con parte de la temática abordada en el Dictamen citado sobre la población
femenina migrante, el trabajo doméstico,
hay que prestar atención al excelente estudio del profesor Ferran Camas,
director de la Cátedra de Inmigración, Derechos y Ciudadanía de la Universidad
de Girona, “Obstáculos de la legislación laboral y del régimen jurídico deextranjería en la consecución de un trabajo decente para las trabajadorasmigrantes del servicio doméstico” (Lex Social núm. 1, 2021)
Refiriéndose al
marco normativo español, el profesor Camas formula sugerentes propuestas de
reforma y dignas de estudio en estos momentos en que se está debatiendo la
reforma del Reglamento de la Ley de extranjería, o dicho más correctamente
desde el plano jurídico, la reforma del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su
reforma por Ley Orgánica 2/2009. Formula críticas a que el actual marco
normativo “no dispone de un tratamiento específico ya sea respecto de los
derechos y deberes del personal del servicio doméstico, ya sea respecto de los
procedimientos en los que pueden estar inmersos, más allá de una referencia al
pago de las tasas que deben se deben realizar por la tramitación de las
autorizaciones de residencia y de trabajo”, y a que “desde hace años, tampoco
en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura regulado en el art. 65 del
Real Decreto 557/2011, que facilita la superación por los extranjeros que no se
hallan en nuestro país del condicionante de la situación nacional de empleo y
así poder acceder a España para trabajar, se recoge ninguna mención a la
necesidad de personal doméstico en el mercado de trabajo”, y va más allá al
formular esta muy interesante reflexión: “La actividad correspondiente al
sector de cuidados y atención a personas en dependencia, mayores, menores o con
discapacidades, que va mucho más allá del específico régimen laboral del
personal del hogar familiar, aunque lo engloba también, está llamado a ser fundamental
en nuestra sociedad, no solo ante las actuales circunstancias que lo han hecho esencial,
sino también ante el proceso de progresivo envejecimiento en el que estamos inmersos.
Por esa razón, considero que deben abrirse las vías legales para acceder a España
a trabajar en el que se tenga en cuenta este sector del mercado de trabajo,
entre otras vías valorando también la reformulación del Este catálogo de
oficios permite que extranjeros que quieren ocuparlas vengan a trabajar a
España al amparo de una autorización de residencia y trabajo. Tal vez sería
hora de abrir la posibilidad de completar y dotar mejor las actividades esenciales
con personas extranjeras que quieran venir a ocupar los trabajos en España, o a
aquellas que, pese a hacerlo de manera irregular, estén trabajando ya aquí en
el ámbito del empleo del hogar familiar, algunas de cuyas funciones entrarían
dentro de la calificación de actividades esenciales, puedan obtener la correspondiente
autorización…”.
15. Por último, y
retornando al ámbito europeo, deseo poner de manifiesto que la importancia de
la inmigración, aunque solo sea desde un punto de vista egoísta de la población
europea, es clara e indubitada en el reciente “Libro verde sobre elenvejecimiento. Fomentar la solidaridad y la responsabilidad entregeneraciones. (Bruselas 27.1.2021
COM(2021) 50 final) presentado por la Comisión Europea. .
En el documento se
exponen primeramente los datos (“En las últimas cinco décadas, la esperanza de
vida al nacer ha aumentado alrededor de diez años tanto para las mujeres como
para los hombres. Los perfiles demográficos de las regiones de la UE varían
ampliamente, especialmente entre las zonas urbanas y las rurales, y en algunas
se produce un envejecimiento significativo mientras que otras amplían su
población en edad laboral. Europa no es en absoluto el único continente que
sufre un envejecimiento de la población, pero el proceso está más avanzado
aquí. A modo de ejemplo, la edad media actual en Europa 1 es de 42,5 años, más
del doble que la de África. Esta brecha seguirá siendo amplia en las próximas
décadas”), y a continuación se debate sobre la necesidad de una mano de obra
“suficientemente numerosa para sostener la asistencia sanitaria y los cuidados
de larga duración de las personas mayores”, manifestando de forma muy clara e
indubitada por una parte que “si se les permite realizar trabajos que reflejen
sus cualificaciones y habilidades, las personas de origen migrante podrían
integrarse mejor. Esto contribuiría a mejorar la cohesión social, el
crecimiento económico y la reducción de las desigualdades”, y por otra que “La
migración legal puede ayudar a resolver la escasez de personal cualificado y,
por tanto, a abordar las necesidades del mercado laboral. Los migrantes con
niveles educativos altos tienen más posibilidades que la media de estar
sobrecualificados para el trabajo que desempeñan. Aprovechar el potencial de
las mujeres migrantes es especialmente difícil debido a las barreras
estructurales, como el acceso a unos servicios de atención a la infancia de
calidad y asequibles”.
Las diferencias
entre población autóctona y migrante en cuanto al riesgo de pobreza en la vejez
también se ponen de manifiesto en el documento (“En 2019, el 37 % de los
migrantes de terceros países estaban en riesgo de pobreza y exclusión social
frente al 22 % de los ciudadanos móviles de la UE. En los próximos años, pueden
enfrentarse a un mayor riesgo de sufrir pobreza en la vejez debido a unas
trayectorias profesionales más cortas dentro de la UE”).
16. Concluyo aquí
esta entrada. Quedan muchas más cuestiones que deben ser objeto de examen,
señaladamente en el marco normativo español la reforma de la normativa de
extranjería, con los debates y aportaciones que ya se han presentado por
distintas organizaciones sociales en la comisión creada ad hoc en el Senado en
junio de 2020, y debiéndose prestar especial atención a las reformas que
afecten a la regulación de las autorizaciones de residencia y trabajo para los
menores no acompañados y jóvenes extutelados y que son el punto de referencia
de la consulta pública abierta por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones desde el 26 de enero al 12 de febrero. Desde luego, material de
trabajo para una nueva entrada no falta en absoluto.
Mientras tanto,
buena lectura.
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