lunes, 23 de marzo de 2020

COVID-19. Actualización a 23 de marzo de normativa y de aportaciones económicas, jurídicas y sociales.


Actualizo en esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad serán muchas más). 

   
Como ya dije en una entrada anterior, dado que es más que presumible que el número de normas sea cada vez más elevado, y por ello difícil de seguir con regularidad, es necesario remitirse al Código electrónicode normativa estatal y autonómica de la “Crisis sanitaria Covid-19”, que ha publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a medida que se van dictando nuevas normas.

1. Según información facilitada por la Agencia Española de Protección de Datos, en nota de prensa de 12 de marzo, en la que se puede consultar el informe con fecha del dia 9, se ha publicado un informe sobre los tratamientos de datos en relación con el COVID-19. En la nota de prensa se explica que el Reglamento general comunitario de protección de datos “ontiene las reglas necesarias para permitir legítimamente tratamientos de datos personales en situaciones en las que existe una emergencia sanitaria de alcance general. En consecuencia, según se recoge en el informe, la protección de datos no debería utilizarse para obstaculizar o limitar la efectividad de las medidas que adopten las autoridades, especialmente las sanitarias, en la lucha contra la pandemia”.

Con respecto a la incidencia de la recogida de tales datos en el ámbito laboral, y haciendo referencia al art. 9.2 b), el informe recuerda “la obligación de empleadores y de su personal en materia de prevención de riesgos laborales, y que corresponde a cada trabajador velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas personas a las que pueda afectar su actividad profesional a causa de sus actos y omisiones en el trabajo. Ello supone que el personal deberá informar a su empleador en caso de sospecha de contacto con el virus, a fin de salvaguardar, además de su propia salud, la de los demás trabajadores del centro de trabajo para que se puedan adoptar las medidas oportunas”. También, que “… en aplicación de lo establecido en la normativa de trabajo y de prevención de riesgos laborales, los empleadores podrán tratar, de acuerdo con dicha normativa y con las garantías que dichas normas establecen, los datos necesarios para garantizar la salud de todo su personal, y evitar contagios en el seno de la empresa y/o centros de trabajo”.

2. Las restricciones a la libre circulación de personas no deben afectar a quienes deben efectuar desplazamientos por razones debidamente justificadas.   En el ámbito autonómico catalán, el Departamentode Interior ha elaborado un “certificado autorresponsable de desplazamiento en el marco del estado de alarma por la crisis sanitaria por el Covid-19”, con la finalidad de “facilitar a los ciudadanos y los agentes de policía la comprobación de que un desplazamiento determinado corresponde a una actividad autorizada, en el marco del Plan de actuación del PROCICAT por enfermedades emergentes activado en fase de emergencia”. Se acompaña una nota explicativacon preguntas y respuestas sobre el valor y la utilidad de dicho documento, del que me importa destacar que se informe que “es complementario al certificado de trabajo que la empresa os haya facilitado para el desplazamiento al centro de trabajo”, y se pide a la persona interesada que lleve encima los dos.

3. Entre la amplia batería de información que la OCDE está desplegando para abordar esta crisis, hay documentos de especial interés dedicados a la problemática laboral derivada de la misma. En uno de ellos, publicado el 20 de marzo, se efectúa una buena síntesis de aquellas que se están adoptando en diversos Estados.
 
El resumen del texto es el siguiente: “La crisis de Covid-19 está desafiando a las personas, los hogares y las empresas de una manera sin precedentes. Contener la pandemia y proteger a las personas es la principal prioridad.  Sin embargo, la interrupción de las cadenas de suministro, las medidas de contención que limitan las interacciones económicas y sociales y la caída de la demanda ponen en peligro el empleo y los medios de vida de las personas.  Se necesita una respuesta inmediata en materia de empleo y política social. Es esencial reducir la exposición de los trabajadores al Covid-19 en el lugar de trabajo y garantizar el acceso a las ayudas a los ingresos de los trabajadores enfermos y en cuarentena.  Los padres que trabajan necesitan ayuda para atender necesidades imprevistas, ya que las escuelas están cerrando y los familiares ancianos son especialmente vulnerables.  Los planes de trabajo a corto plazo pueden ayudar a proteger los puestos de trabajo y proporcionar alivio a las empresas en dificultades, como se puso de manifiesto durante la última crisis financiera y económica. Los trabajadores que pierden su empleo y sus ingresos, incluidos los que están en formas de empleo atípicas, necesitan apoyo a los ingresos. Dado que las empresas están sufriendo una fuerte caída de la demanda, el apoyo financiero rápido mediante subvenciones o créditos puede ayudarlas a colmar las lagunas de liquidez. Muchos países afectados introdujeron o anunciaron medidas audaces en los últimos días y semanas, a menudo centradas en el apoyo a los más vulnerables que soportan una parte desproporcionada de la carga. La presente nota y el cuadro de políticas que la acompaña contribuyen al intercambio de pruebas sobre el papel y la eficacia de los diversos instrumentos de política”. 

Entre las opciones que se están adoptando, o pueden adoptarse, para ayudar a asegurar los empleos e ingresos mientras las empresas luchan contra esta situación crítica, se enumeran los siguientes: “Introducir, ampliar y flexibilizar temporalmente los requisitos de participación y condicionalidad en los planes de trabajo de corta duración. Simplificar los procedimientos y proporcionar a los empleadores un fácil acceso a la información en línea. Promover la adopción de la capacitación en línea para invertir en las aptitudes de los empleados durante la recesión. Facilitar la rápida contratación de personal para sustituir a los trabajadores enfermos en las funciones básicas”.

4. El sindicalismo internacional sigue muy atento la crisis y pone a disposición de todas su organizaciones la máxima información disponible. Así, la Confederación Sindical Internacional actualiza periódicamente el bloque dedicado a Pandemia del COVID-19: Noticiassindicales”, en la que en la última consulta que he efectuado (23 de marzo) puede encontrarse la información que se relaciona a continuación.

Blogs from Sharan Burrow:
Joint statements:
Other Resources:

5. La C.S. de CC OO ha elaborado un amplio documento (que sin duda será actualizado a medida haya nuevas normas), en el que aborda las “Situaciones relacionadas con los ERTE y otrasprestaciones de desempleo (Versión: 20 de marzo / 15:00 h)”. Tal como se indica en la nota de presentación, el documento “se ha elaborado a partir de las dudas y consultas que han llegado al sindicato, a través de los canales que CCOO ha puesto a disposición de su afiliación y de todos los trabajadores y trabajadoras. Es un documento que estará en continua actualización, mientras dure esta situación excepcional (asegúrate de que es la última versión)”.
 
6. También el sindicato CGT ha elaborado un amplio documento en el que aborda “Las relaciones laborales en la crisis del Covid-19 y nuestros derechos como personas trabajadoras”.  En dicho texto, y tras una dura crítica a la actuación de aquellas empresas que han utilizado esta crisis para adoptar decisiones “que merman los derechos de trabajadores y trabajadoras” se trata de resolver “algunas de las dudas que nos están llegando, así como de hacer propuestas de acción sindical en nuestras empresas y centros de trabajo que se irán modificando según se vayan dictando nuevas medidas de naturaleza laboral o de otra que tenga influencia”, y ya se apunta que es importante que las medidas que se adopten por las empresas “nos sean notificadas por escrito y que en un primer momento firmemos con un no conforme las mismas, con independencia de que luego una vez estudiadas se valore si las mismas son procedentes o abusivas. Que, de lo contrario, si no nos las comunican por escrito, tratemos igualmente de acreditarlas, mediante todo tipo de elementos acreditativos a nuestra disposición”.
 
7.  El letrado, y profesor, Miguel Arenas ha publicado una muy interesante entrada en su blog, que lleva por título “ERTES y situación deincapacidad temporal: ¿pago delegado o pago directo?, que responde indicando que ha de ser el segundo “el pago directo, pero con ciertas excepciones”. Con dichos matices, concluye que, “el trabajador en situación de IT -profesional o común-, afectado por un ERTE, tiene derecho a percibir su prestación directamente del empresario en la modalidad de pago delegado, y su incumplimiento, además de sancionable puede incluso comportar la aplicación del art. 50 ET, dando de lugar a la rescisión del contrato a instancias del trabajador”.


8. De especial interés es el manifiesto suscrito por más de 170 profesionales del mundo económico, académico y político, a escala internacional, publicado el 20 de marzo, con el título “Gana dinero creando valor, no con la salud”, y en el que se efectúa un llamamiento “para la adopción de medidas macroeconómicas extraordinarias para hacer frente a la emergencia del COVID19”. Por su importancia lo reproduzco a continuación   

"Hacemos un llamamiento a las instituciones europeas y a los gobiernos con carácter de urgencia, nuestra población se está ahogando, física y económicamente, por el virus COVID19. Nadie debería tener que elegir entre protegerse a sí mismo y a sus seres queridos, o mantener su trabajo e ingresos, poniéndose potencialmente en peligro a sí mismo y a otros.

Se trata del control democrático de nuestro sistema financiero y de la adopción de las medidas necesarias para salvar los medios de vida y la actividad económica de las personas

Necesitamos actuar y ser audaces. Tememos que las herramientas y fondos puestos ahora sobre la mesa por los gobiernos y las instituciones de la Unión Europea no serán suficientes. El pleno aprovechamiento de la flexibilidad que ofrece el Pacto de Crecimiento será como un grano de arena en el desierto si no va acompañado de medidas adicionales. La cláusula de emergencia del Pacto Fiscal debe ser activada.

Instamos a todas las instituciones financieras a que no se beneficien de esta emergencia sanitaria sin precedentes y eviten un desastre económico. Por lo tanto, recomendamos la rápida aplicación de las siguientes medidas:

1. Suspender las bolsas de valores inmediatamente: después de las caídas sin precedentes en los mercados de valores de todo el mundo, las empresas y los trabajadores y trabajadoras inevitablemente sufrirán y lucharán por acceder al crédito.

2. Reducir el tipo de interés de la facilidad marginal de crédito del Banco Central Europeo al 0% o menos (actualmente está en el 0,25%), disminuir el tipo de interés de las operaciones principales de financiación por debajo del actual 0%, y hacer aún más negativo el tipo de interés de la facilidad de depósito (actualmente en el -0,5%) para permitir e incentivar a los bancos a mantener la actividad económica.

3. Preparar al Banco Central Europeo para hacer “lo que sea necesario”, como solía hacer el anterior gobernador, lo que significa estar listo para recargar las “bazucas” de las operaciones monetarias de compraventa y expansión cuantitativa. Como complemento, el reparto de las compra del Banco Central Europeo podría dejarse a un lado temporalmente por requerimientos de estabilidad financiera, ya que algunos Estados miembros estarán más necesitados que otros.

4. Impedir que las instituciones financieras cobren tipos de interés positivos por prestar a Estados miembros europeos o pequeñas y medianas empresas. Las pymes van a almacenar su producción o detener sus actividades, y tendrán que cerrar si no se les proporciona apoyo adicional. Pedimos a todas las instituciones financieras, no solo a los bancos de fomento nacionales y al Banco Europeo de Inversiones, también a los bancos privados, que se abstengan de obtener rendimiento de los préstamos, para que las empresas puedan sortear la crisis hasta el final. Si esto no se puede lograr con incentivos, los gobiernos deben actuar por decreto o/y asegurar una garantía a nivel nacional respaldada en la UE.

5. El Mecanismo Europeo de Estabilidad debe desempeñar un papel en relación a las medidas descritas anteriormente y para ello instamos a los gobiernos a que se aseguren que pueda financiarse a un tipo de interés cero o negativo para prestar a los Estados Miembros. Además, los Estados Miembros podrían utilizar las líneas de crédito de carácter preventivo disponibles en el Mecanismo de Estabilidad Europeo, pero sin ninguna condicionalidad.

6. Adicionalmente, se debería considerar seriamente la posibilidad de activar el ‘helicóptero monetario’ por el Banco Central Europeo, si fuera necesario con el fin de soslayar un mecanismo de transmisión bancaria defectuoso y como medio de hacer frente a la disminución de la actividad económica, apoyar los ingresos de los trabajadores y evitar la deflación.

7. Se deben adoptar medidas especiales para evitar las subidas de los precios de los productos esenciales y vivienda, cualquier abuso en esta emergencia debe ser severamente condenado.

Debemos asegurarnos de que las medidas de emergencia que deben ponerse en marcha ahora sean seguidas por medidas más permanentes y adecuadas para promover la inversión y el desarrollo económico sostenible. Debemos aprovechar la actual Revisión de la Gobernanza Económica de la Unión Europea, recientemente iniciada por la Comisión Europea: una revisión completa del marco fiscal es absolutamente necesaria, sobre la base de principios económicos adecuados.

Los servicios públicos y los empleados públicos están haciendo un trabajo increíble en la protección y el cuidado de la población durante esta crisis sin precedentes, y ahora es el momento de asegurar su financiación sostenible en el futuro, tomando medidas drásticas contra la evasión y el fraude fiscal. Las felicitaciones son bienvenidas, pero la financiación es lo que hace falta.

En estos momentos es evidente, más que nunca, que se requieren transferencias fiscales entre los Estados miembros por una u otra vía, y una capacidad fiscal central europea que emita un activo seguro, pero, a pesar de ello, parece que estos objetivos todavía no son alcanzables.

En última instancia, se trata del control democrático de nuestro sistema financiero y de la adopción de las medidas necesarias para salvar los medios de vida y la actividad económica de las personas. Actuar con rapidez y actuar juntos es la única forma efectiva de respuesta a una crisis que nos afecta a todos". 

Buena lectura.
Debemos actuar juntos si no queremos que todo esto degenere en un nacionalismo mezquino y disolvente. Debemos actuar juntos porque nos enfrentamos a la misma amenaza, y a un virus que no se detiene en las fronteras. Actuemos solidariamente, por la libertad del pueblo y nuestro bien común. Juntos somos más fuertes.

No hay comentarios: