domingo, 18 de diciembre de 2016

Reseña de la publicación “El principio de igualdad en la negociación colectiva” (MEySS; 2016), dirigida por la profesora Carmen Sánchez Trigueros.



La profesora de la Universidad de Murcia, y buena amiga, Carmen Sánchez Trigueros, me informó hace unos días de la reciente publicación por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de la obra colectiva “El principio de igualdad en la negociación colectiva”, cuya dirección ha estado a su cargo, siendo la coordinación asumida por la profesora Teresa Velasco, de ETEA Universidad Loyola Andalucía, y el profesor Djamil Toni Kahale, de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA). La obra está disponible en papel y también puede leerse en formatos pdf y ebook .

Se trata de una publicación colectiva de indudable importancia, tanto por la temática abordada como por la calidad del profesorado que ha intervenido en su elaboración, perteneciente a diversas universidades públicas y privadas españolas. La obra, cuya presentación ha estado a cargo del Presidente de la Comisión ConsultivaNacional de Convenios Colectivos, Javier Gómez-Ortigüela Amillo, consta de una amplia presentación introductoria a cargo de su directora, que es a mi parecer bastante más que una mera presentación, ya que realiza una cuidada síntesis de los contenidos más relevantes de cada uno de los capítulos en que está dividida la publicación, un total de veinte,  trece de los cuales están directamente relacionados con la problemática  de la igualdad, o más exacto sería decir, quiebra del principio de igualdad, por razón de género, dando cumplimiento a las bases de la convocatoria a la que se presentó esta publicación,  en las que se incluía expresamente “el análisis y desarrollo del principio de igualdad de género por razón de género en la negociación colectiva”. Los restantes siete capítulos son dedicados a otras posibles causas de discriminación. En todos ellos se ha seguido una misma estructura para facilitar la lectura por parte de todas las personas interesadas, con expresa inclusión de propuestas en cada uno de ellos para incorporar a la negociación colectiva.

Tal como se explica por la profesora Sánchez Trigueros en la presentación, han sido objeto de estudio un total de 685 convenios publicados en el Boletín Oficial del Estados en los años 2012, 2013 y 2014, así como también, en cuanto que han merecido atención específica en la publicación, los planes de igualdad publicados del 1 de enero de 2012 al 9 de febrero de 2015.

En el resumenoficial de la publicación puede leerse lo siguiente: “El objetivo de este trabajo es ofrecer una visión actualizada, desde un punto de vista práctico y útil para el operador jurídico, de una materia que, siendo muy reconocida en nuestro ordenamiento jurídico, suele abordarse de manera muy fragmentada y sectorial. Dada la evolución normativa, social y jurisprudencial que los temas de no discriminación vienen experimentando, resulta también especialmente interesante realizar un balance del estado actual de cosas, permitiendo así el contraste con el pasado reciente y preparándolo con el futuro a medio plazo. De ese modo podrá constatarse si estamos en un estadio de ¿transformación? o ¿estancamiento¿, a la vez que evaluando la respuesta brindada por los interlocutores sociales a los desafíos existentes en la materia”.

Dado el interés de todos los temas abordados en la obra, las personas interesadas en su lectura pueden optar por llevarla a cabo de forma ordenada y siguiendo el sumario, o bien acceder a aquella cuestión concreta, a aquella temática relativa a la regulación colectiva de una posible causa de discriminación a fin y efecto de evitar que se produzca.

En efecto, el abanico de temas tratados demuestra que los autores y autoras de la obra no han querido dejar ningún cabo suelto al estudiar el principio de igualdad y no discriminación. Ello se observa desde el inicio del texto, ya que el capítulo primero, a cargo de los profesores José Lujan y Alejandra Selma, de la Universidad de Murcia, está dedicado a una cuestión de carácter general y transversal a todos los artículos posteriores, cual es el examen de los compromisos generales en la negociación colectiva sobre igualdad y lenguaje no sexista, al que sigue uno posterior, elaborado por los mismos autores, en los que se aborda el estudio de las comisiones de igualdad, que enlaza directamente con el capítulo duodécimo en el que son objeto de estudio los planes de igualdad.

A cargo de la profesora Pilar Charro, de la Universidad Rey Juan Carlos, se encuentra el estudio de cuál es el contenido de la negociación colectiva respecto a las cláusulas de acceso al empleo, contratación y promoción profesional, así como también la regulación de las excedencias por motivos familiares y excedencia voluntaria. Es el profesor Ángel Arias, de la Universidad de Extremadura, quien asume la siempre compleja tarea de abordar el estudio de las cláusulas relativas a la flexibilidad interna en la empresa, más exactamente las que se refieren a los contenidos de los arts. 39 y 40 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, es decir la movilidad funcional y la movilidad geográfica, corriendo también a su cargo los capítulos en los que se presta atención monográfica a las medidas de conciliación de la vida familiar y al régimen sancionador.

Sin duda, una de las cuestiones que más conflictividad jurídica ha suscitado tanto en el seno de las relaciones laborales en las empresas como en sede judicial ha sido el de las diferencias salariales no justificadas, es decir la discriminación retributiva, materia abordada por una cualificada conocedora de la materia como es la profesora Sofía Olarte de la Universidad de Granada, que asume igualmente la elaboración del capítulo dedicado a la discriminación en materia de prevención de riesgos laborales.

No menos importante es la problemática del tiempo de trabajo y su organización, que es abordado de forma exhaustiva por una coordinadora de la obra, la profesora Mª Teresa Velasco, que igualmente es la encargada de examinar una temática de indudable importancia cual es la de discriminación por enfermedad o incapacidad temporal en la negociación colectiva. No ha sido poco el esfuerzo de la profesora Velasco, ya que a su tarea de coordinadora y al extenso estudio en los dos capítulos referenciados, añade los dedicados a las posibles discriminaciones por razón de apariencia física, por una parte, y por razón de origen racial y étnico, o por motivos religiosos, por otro.

Bastante trabajo ha asumido también el otro coordinador de la obra, el profesor Djamil Tony Kahale, ya que a su cargo se encuentran varios capítulos, de no poca relevancia, tanto teórica como práctica, algunos de ellos. Así, es objeto de estudio por su parte aquello que ocurre en la negociación colectiva, y más concretamente en los convenios colectivos suscritos y publicados en las fechas objeto del trabajo, el acoso laboral, sexual y por razón de sexo; también, la problemática de la violencia de género, la referente a la posible discriminación por orientación sexual e identidad de género, la discriminación por edad (un tema especialmente querido por mi parte, al formar parte de un grupo de investigación, dirigido por el profesor Ricardo Esteban, dedicado a la temática de los trabajadores de edad), así como también por discapacidad y por motivos sindicales.

En definitiva, se trata de una publicación de obligada lectura para analizar y conocer cómo está evolucionando la negociación colectiva en la incorporación de cláusulas que garanticen el efectivo cumplimiento del principio de igualdad y que eviten que se produzcan situaciones que den lugar a actuaciones discriminatorias por cualquiera de los motivos expresamente prohibidos en la normativa española, europea e internacional. Vaya desde aquí, y con ello concluyo, mi sincera felicitación a la directora, a quienes han asumido la coordinación, y a todo el profesorado participante.  

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