1. La Comisión
Europea presentó el pasado día 5 el llamado “paquete de empleo juvenil”. De la documentación
cabe destacar una Comunicación dedicada al análisis de cómo facilitar el acceso
de los jóvenes al empleo, una propuesta de Recomendación del Consejo sobre el
establecimiento de una “garantía” para acceder a una actividad formativa o a un
empleo tras un período de tiempo no superior a cuatro meses desde la
finalización de los estudios o la pérdida del trabajo anterior, y otraComunicación que aborda sobre cómo conseguir un marco de calidad para las
prácticas de de los estudiantes o de los jóvenes que ya han finalizado sus
estudios (la preocupación por evitar que esos “stages” se conviertan en una
mera sustitución de la mano de obra de la empresa es clara y evidente en la
Comunicación), y que es un documento de trabajo para la consulta de los agentes
sociales antes de decidir si esta cuestión es regulada de forma autónoma por
ellos o intervienen los poderes públicos de la UE.
2. La preocupación
por el empleo juvenil aparece en numerosos documentos de la UE desde hace
varios años, tanto en Comunicaciones como en las conclusiones del Consejo
Europeo o del de Política de Empleo (EPSCO) y por supuesto en las orientaciones
generales de política de empleo, y a
ellos les he dedicado atención en anteriores entradas del blog. Ahora, junto a
las propuestas presentadas el día 5 de diciembre, hay otros textos que deben
ser citados por su interés para el tratamiento del empleo juvenil y del acceso
de los jóvenes al mundo del trabajo, ya sea vía formativa, como asalariados o
como trabajadores por cuenta propia o emprendedores. Destaco algunos de ellos:
A) Muy
recientemente, las conclusiones del Consejo Europeo celebrado la pasada semana
(13 y 14 de diciembre), en el que se valoran positivamente las propuestas de la
Comisión y se pide al Consejo que estudie las medidas propuestas “con vistas a
la adopción de la Recomendación sobre una garantía juvenil a comienzos de 2013,
teniendo en cuenta las situaciones y las necesidades nacionales”, e invita
igualmente a la Comisión a que “concluya rápidamente el marco de calidad para
los períodos de prácticas, establezca la Alianza para Formación de Aprendices y
presente la propuesta para el nuevo Reglamento EURES”.
B) En su reunión
de 26 de noviembre el Consejo de Educación alcanzó unas conclusiones sobre laeducación y la formación en Europa 2020,
con el título “la contribución de la educación y la formación a la recuperación
económica, al crecimiento y al empleo”. Recuerda que las propuestas del Consejo
a los Estados miembros han insistido en “la facilitación de la transición de
los jóvenes de la educación y la
formación al mercado de trabajo”, e insiste (¿habrá dinero para ello?) que la
inversión en educación y formación “es un componente clave para el desarrollo
económico y la competitividad, los cuales son a su vez esenciales para la
creación de empleo”. El Consejo invita a los Estados a incluir en los programas
de educación y formación “más elementos basados en el trabajo, en particular en
la educación y formación profesionales”.
C) La atención a
los jóvenes, y con particular atención a los de origen migrante, también ha
centrado la atención del Consejo y de los representantes de los Estados
miembros. En las conclusiones de la reunión del 27 de noviembre se destaca que
la integración social de los jóvenes implica, entre otras medidas, el acceso a
los servicios de enseñanza formal y aprendizaje formal y no formal, y al
empleo, “con independencia del sexo, el origen racial o étnico, la religión o
creencia, las discapacidades, la edad o la orientación sexual”. Se destaca como
muy importante el aprendizaje de la lengua o lenguas oficiales del país de
acogida para que los jóvenes migrantes puedan participar plenamente en todas
las actividades educativas, culturales y sociales, y se invita a los Estados
miembros, en el marco de sus competencias, a que “ayuden a los jóvenes móviles
de la UE y a los jóvenes de origen migrante en la transición de la enseñanza o
la formación profesional al trabajo, y garanticen la igualdad de acceso de
todos los jóvenes a los sistemas de garantía juvenil según la legislación y los
servicios nacionales”.
D) Un documento
de indudable importancia es la Comunicación de 20 de noviembre, sobre aquello
que se denomina “un nuevo concepto de educación”, y que se concreta en “invertir
en las competencias para lograr mejores resultados socioeconómicos”. No va
dirigida en concreto a los jóvenes, sino al conjunto de la población, pero sin
duda afecta de forma relevante al segmento más joven de la población, ya sea
como estudiante o trabajadora, y así se manifiesta de forma clara en la
introducción del texto cuando se afirma que los retos más apremiantes para los
Estados son “atender las necesidades de la economía y buscar soluciones para
atajar la escalada del desempleo juvenil”.
El texto insiste
sobre algunas carencias o debilidades de los sistemas educativos y formativos,
y resalta que el nivel de cualificación requerido para poder ocupar puestos de
trabajo se habrá incremento en un 20 % al final del decenio. De ahí que llame a
la educación a “elevar sus exigencias y niveles de capacitación para atender
esta demanda”, y también a fomentar “las aptitudes transversales necesarias
para que los jóvenes puedan ser emprendedores y adaptarse a los cambios, cada
vez más inevitables, que se producirán en el mercado de trabajo a lo largo de su
carrera profesional”, pidiendo que la experiencia del mundo real se integre en
todas las disciplinas y se adapte a todos los niveles de la educación.
Para abordar la
lucha contra el desempleo juvenil la Comisión formula cuatro propuestas de
actuación, en buena medida concretadas en las propuestas presentadas el 5 de
diciembre, y son las siguientes: “Desarrollar una educación y formación
profesionales de nivel internacional a fin de aumentar la calidad de las aptitudes
profesionales. Promover la formación en el lugar de trabajo con períodos de
prácticas, formación de aprendices y modelos de aprendizaje dual de calidad,
para apoyar la transición de la formación al empleo. Promover asociaciones
entre instituciones públicas y privadas, a fin de garantizar una oferta
apropiada de programas de estudios y aptitudes. Fomentar la movilidad gracias
al programa Erasmus para Todos”.
Especial importancia
se confiere a la inversión en educación y formación profesional, considerándola
relevante, y en especial los sistemas de formación duales, para facilitar el
acceso al empleo juvenil y con una preparación adecuada. Se pide una mayor
implicación del mundo empresarial en el ámbito educativo y una mejor
preparación del profesorado para atender a la cada vez más creciente diversidad
de la población estudiantil y poder mejorar los resultados del aprendizaje y
así facilitar la posterior incorporación al mercado laboral. La Comisión pide a
los Estados miembros que adopten medidas específicas para “facilitar la
transición de la escuela al trabajo, reducir los obstáculos a la movilidad y
mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo para que los jóvenes tengan un
mayor acceso a las oportunidades de empleo”, con un amplio elenco de propuestas
contenidas en el documento ahora analizado, que deben ir acompañadas de los
mecanismos de financiación adecuados y necesarios para su puesta en marcha.
Desde el ámbito
de la UE se seguirá formulando propuestas a los Estados para mejorar los
resultados educativos y formativos, se creará una “alianza de los períodos de
formación de aprendices en la UE” y también un “espacio europeo de las
aptitudes y cualificaciones” para facilitar su reconocimiento en ámbitos
supraestatales.
En relación con
estas propuestas, cabe destacar que la Comunicación de 5 de diciembre pone de
manifiesto, tras el análisis de las políticas puestas en marcha por los Estados
miembros, que la mejor integración en el mercado de trabajo de los jóvenes se observa
en aquellos países “que tienen un mayor número de estudiantes que realizan
prácticas de calidad o que se benefician del conocimiento profesional durante
los primeros cursos educativos o de formación, o que tienen unos sistemas de
aprendizaje bien consolidados”, y recuerda la importancia de la adaptación de
las cualificaciones ya que, aunque hay un importante número de personas
desempleadas en la UE, también hay casi dos millones de puestos de trabajo que
están vacantes por no disponer los trabajadores de las competencias requeridas
para poderlos ocupar.
3. En los documentos
presentados el 5 de diciembre no hay duda de que la estrella es la propuesta decreación de una “garantía juvenil”, consistente, según la explicación de la
propia Comisión, en que “en un máximo de
cuatro meses tras acabar los estudios o quedarse en paro, los jóvenes de hasta
25 años reciban ofertas de trabajo, formación, aprendizaje o prácticas de
calidad”, con ayuda financiera por parte de la UE a través de la reasignación
de recursos del Fondo Social Europeo, siendo el objetivo de la Comisión que la
propuesta de Recomendación se apruebe el próximo mes de febrero y se empiecen a
adoptar las medidas oportunas por los Estados para su efectiva aplicación,
dejando para el período estival de 2013 la puesta en marcha de otras medidas
como la alianza europea para la formación de aprendices y la posible adopción
de un marco de calidad de las prácticas.
En la
Comunicación sobre cómo facilitar el acceso al empleo de los jóvenes se pone de
manifiesto, y después se concreta en la Recomendación, que el dispositivo de
garantía para la juventud debe estar basado en medidas de apoyo que se conforman
alrededor de estos seis ejes: construir un enfoque basado en la asociación; la
intervención temprana y medidas de activación, las medidas que permitan la
integración del mercado de trabajo; el uso de los Fondos Estructurales; la
evaluación continua; la mejora del sistema y su rápida aplicación.
La base jurídica
para la adopción de la Recomendación es el art. 292 del Tratado defuncionamiento de la UE, ya que las competencias en materia de empleo, en
especial el art. 149, no prevén una base o soporte legal específico para la
adopción de una Recomendación en la materia.
En la
introducción de la propuesta se destaca que la puesta en marcha de esta
Garantía contribuiría a la realización de tres objetivos de la Estrategia
Europa 2020 como son alcanzar la tasa de empleo del 75 % para la población
de 20 a 64 años, la reducción de la tasa
de fracaso escolar por debajo del 10 %, y la reducción por debajo de la cifra
de 20 millones del número de personas
afectadas por las situaciones de pobreza y exclusión social. Además, la Comisión
es consciente de que la propuesta debe tomar en consideración las
circunstancias nacionales, regionales y locales de cada Estado, y llama la
atención sobre la importancia de que se tenga presente la cuestión de género y
la diversidad de los colectivos desfavorecidos.
Para que esta
propuesta tenga una aplicación real y eficaz, se requiere una implicación
estrecha de los agentes sociales y una adecuada relación entre los servicios de
empleo públicos y privados, y del mundo empresarial, a fin y efecto de “facilitar
la transición del desempleo, de la inactividad o de la educación hacia el
empleo”.
La Comisión
propone prestar especial atención a los jóvenes que han abandonado de forma
prematura sus estudios y a los que tienen bajo nivel de cualificación, mediante
programas educativos y formativos especialmente adaptados a su situación y que
les permitan adquirir las cualificaciones que no pudieron obtener con
anterioridad. En cuanto a las medidas más directamente vinculadas al mercado de
trabajo la Comisión propone a los Estados miembros, en coherencia con las
orientaciones generales de política de empleo para el período 2011-2014,
reducir los costes no salariales para facilitar su contratación; también,
adoptar medidas económicas de ayuda a la contratación o subvenciones salariales
para colectivos desfavorecidos; promover la movilidad de la mano de obra en el
seno de la UE; multiplicar los servicios de ayuda a la creación de empresas; en
fin, reforzar los mecanismo de ayuda a los jóvenes que hayan abandonado los
dispositivos de activación y que no puedan acceder a prestaciones por no tener
derecho a ello. La Comisión es también consciente de la importancia de adoptar
medidas que incentiven la participación empresarial, ya que “la formación
mediante el trabajo no puede existir más que en aquellos países donde las empresas
se adhieren a este concepto y ofrecen plazas de aprendizaje, de actividad
formativa a los estudiantes o colaboran con los centros educativos”.
4. En
definitiva, se trata de poner en marcha medidas que eviten la dilapidación del
capital humano, con los costes económicos y sociales que la situación de
desempleo, inactividad, y falta de participación en el sistema educativo de
muchos jóvenes implica para toda la sociedad. Los datos aportados por un
estudio de Eurofound son significativos: el coste anual en Europa de que
los jóvenes no dispongan de empleo o no participen en el ámbito educativo o
formativo, se cifran actualmente en el 1,2% del PIB de la UE, unos 153 mil
millones de euros.
Buena lectura de
los documentos.
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