1. El Observatorio permanente de la inmigración publicó ayer, miércoles 29 de febrero, los datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 31 de diciembre. Continuando con la línea iniciada en el tercer trimestre de 2010, se diferencia la explicación por regímenes (general y comunitario), cambio justificado, a mi parecer, por la diferente regulación jurídica de las personas acogidas a cada régimen, e igualmente hay un tratamiento más gráfico de la información, continuando con el esfuerzo de modernización emprendido por el equipo de la anterior Secretaría de Estado de Inmigración. Según la nota de prensa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, algunas de las conclusiones más destacadas del Informe son el incremento del número de extranjeros acogidos tanto al régimen general como al comunitario, que el 40 % pertenecen a tres países, Rumanía, Marruecos y Ecuador, y que existe una sustancial diferencia entre ambos regímenes por razón de edad, habiendo muchos más menores en el régimen general que en el comunitario.
El cambio operado en la explicación de los datos por parte del Observatorio obliga también, tal como ya efectué en el análisis de los datos de trimestres anteriores, a un examen separado por mi parte de cada régimen. En cualquier caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos tres años en el conocimiento más concreto de cómo está impactando la crisis económica y de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen comunitario”.
2. A 31 de diciembre de 2011 había 5.251.094 extranjeros con dicho certificado en vigor, más exactamente 2.554.618 personas acogidas al régimen comunitario y 2.696.476 al régimen general, con un incremento en el primer grupo de 37.350 residentes respecto al trimestre anterior (1,48%) y 152.986 personas en serie anual (6,37 %), y en el segundo de 18.814 y 171.500 autorizaciones (0’70 % en el trimestre y 6,79 % en serie anual, respectivamente). El porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 48,6 % sobre el total (48,46 el trimestre anterior), frente al Régimen General que se sitúa en el 51,4% % (51,54 % en el segundo trimestre).
3. Paso a continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 31.12.2011 hay un total de 2.554.618, con 152.986 nuevas personas acogidas en serie interanual, siendo en la actualidad la proporción de hombres y mujeres bastante equilibrada, 51,52 y 48,48 %, respectivamente (1.316.097 hombres y 1.238.521 mujeres, si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de ciudadanos comunitarios, ya que el 40,87 % son hombres y el 59,13 % mujeres). Del total antes referenciado, 2.161.293 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (84,61 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país, un total de 393.211 (15,39 %), con un peso muy importante de personas nacionales de América central y de sur.
La población rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar con 912.526 personas, es decir el 35,72 % del total de las nacionalidades presentes en este régimen comunitario (incremento trimestral del 1,23 %). A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (235.052 personas, 9,20 % sobre el total), la italiana (180.221, 7,06 %) y la búlgara (175.414, 6,87 %). Son las poblaciones rumana y búlgara las que han experimentado un importante incremento relativo en serie interanual, un 8,55 %), y destaca el importante aumento del número de familiares de República Dominicana y Brasil de los ciudadanos comunitarios, con un 9,82 y 9,81 %, respectivamente.
Las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía, agrupan al 62,98 % de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera (403.253), seguida de Barcelona (265.120), de tres provincias de la costa mediterránea en donde se asienta un número importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 183.831 --, Valencia – 147.266 -- y Málaga – 139.152 --) y de las Islas Baleares (130.426). En tres Comunidades Autónomas (Canarias, Castilla y León, y Comunidad Valenciana), el número de personas del régimen comunitario se sitúa por encima del 58,7 %.
Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.145.165 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (83,97 % del total), con un peso menor de los mayores de 65 años (178.025, 6,97 %) y de los menores de 16 años, (231.428, 9,06 %). La edad media es de 36,7 años, 5 años mayor que la del régimen general, destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (53,5 años) y Noruega (51,4).
4. Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen Comunitario”. A 31.12.2011 hay un total de 2.696.476, con un incremento del 6,79 % (171.500 residentes) en serie interanual. Por sexo, hay más diferencias entre hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los porcentajes son del 53,65 y 46,35 %, si bien cabe destacar, como así lo hace el informe, el gradual incremento de las mujeres, ya que en los últimos nueve años el porcentaje ha pasado del 40,70 % al 46,35 actual, y que además en “en nueve de las quince primeras nacionalidades de este régimen predominan las mujeres”.
La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las nacionalidades, con 801.690 personas, con un crecimiento del 0,92 y 5,79 % en serie trimestral e interanual respectivamente, representando el 29,74 % del total de la población de este régimen. A bastante distancia siguen los ecuatorianos (372.411, 13,82 %), colombianos (224.072, 8,31 %), chinos (167.345, 6,21 %), bolivianos (142.606, 5,29 %) y peruanos (123.116, 4,57 %). Hay que destacar tanto sobre el trimestre anterior como en serie interanual, el crecimiento del número de ciudadanos de la mayor parte de todas las principales nacionalidades, con las principales excepciones en este trimestre de Colombia (-1,21 %) y de Ecuador (-0,83 %), dándose un importante incremento anual de la población paraguaya (30,67 %), boliviana (20,57 %), paquistaní (18,82 %), y senegalesa (13,38 %). Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica (43,85 %) es superior en más de 5 puntos al de los africanos (38,57 %) y de 31 al de los asiáticos (12,29 %), debiendo destacarse que los residentes marroquíes suponen más del 77 % del total de los nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el 51 % del total de la población asiática.
Las Comunidades Autónomas de Cataluña (772.441 residentes), Madrid (499.563), Andalucía (281.547) y Comunidad Valenciana (277.070), agrupan a más del 68 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 540.988 y 499.563, respectivamente. De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 105.318, Tarragona a 80.903 y Lleida a 45.032.
Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.160.113 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (80,01 % del total), con un peso muy limitado de los mayores de 65 años (36.569, 1,36 %) y mucho más importante de los menores de 16 años, (268.366, 18,54 %). La edad media es de 31,7 años, los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 27,7 años, seguidos por los pakistaníes y chinos con 29,4 y 29,5 años. Según la información oficial con la que estoy ahora trabajando, es en Barcelona y Madrid donde se concentra el mayor número de extranjeros en edad laboral.
De los extranjeros del régimen general, el 67.64 %, es decir 1.826.598 personas (66.49 %, 1.780.503 personas en el trimestre anterior) disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje, 44,67 y 37,99 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur, respectivamente), mientas que las autorizaciones temporales (869.878) suponen el 32,36 % del total, habiéndose incrementado las primeras en 46.095 en serie trimestral y continuando la disminución de las segundas, ya que han sido 27.281 autorizaciones menos con respecto al tercer trimestre.
De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 402.247 son por cuenta ajena y 6.922 por cuenta propia De las autorizaciones de residencia temporal, 225.023 son por reagrupación familiar, 151.219 por residencia no lucrativa, 76.499 por circunstancias excepcionales de arraigo, y 2.873 por “razones humanitarias y otras”. En el cuarto trimestre de 2011 se concedieron un 29,98 % de autorizaciones iniciales, 26,25 % de autorizaciones renovadas por primera vez, y 43,77 % de segundas renovaciones. Es importante destacar, tal como se explica en el informe, el descenso de 37.857 autorizaciones en vigor que han sido renovadas por primera vez, mientras que se ha incrementado el número de autorizaciones iniciales en 8.772 y las de segunda renovación en 1.804. En el colectivo de trabajo por cuenta propia destaca el colectivo asiático, que supone el 34,67 % del total).
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