jueves, 18 de agosto de 2011

Cataluña. Convocatoria para concesión de subvenciones. Proyecto Trabajo en los barrios.



El Boletín Oficial autonómico publicó ayer, y hoy ha entrado en vigor, la Resolución EMO/1973/2011, de 3 de agosto, por la que se abre la convocatoria para el año en curso para la concesión de subvenciones en el marco del proyecto Trabajo en los barrios, puesto en marcha a partir de la Ley 2/2004 de 4 de junio y su desarrollo por Real Decreto 369/2004 de 7 de septiembre, con la creación de un fondo de fomento del programa de barrios y áreas urbanas de atención especial. Podrán solicitar las subvenciones los ayuntamientos que tienen aprobados proyectos de intervención integral en barrios o áreas urbanas por parte de la Generalitat de acuerdo a la normativa citada.

Según se destaca en la introducción de la norma, las acciones que tendrán prioridad serán las que tengan por objeto “mejorar la ocupabilidad de las personas con baja cualificación profesional”, así como también las que favorezcan “la contratación de las personas que vivan en los barrios y poblaciones donde el desempleo tenga una mayor incidencia”. El artículo 4 regula de forma detallada los programas y tipos de acciones previstas para este año, tratándose de acciones en materia ocupacional y de desarrollo local. Los programas son los siguientes: contratación de personal técnico de apoyo para el desarrollo de los programas ocupacionales; programas específicos de carácter experimental e innovador para favorecer la inserción sociolaboral de colectivos con dificultades de inserción; para el fomento de la igualdad de oportunidades hombre – mujer en el mercado de trabajo; de cualificación profesional; de experiencia laboral; de desarrollo local. En todos los programas se incluyen diversos tipos de acciones a poner en marcha (contratación de personal técnico, dispositivo de inserción laboral, acciones innovadoras para corregir situaciones de discriminación, acciones formativas y actuaciones ocupacionales, estudios e informes,…)

Por otra parte, y con carácter general, los planes de ejecución anuales que se presenten “tendrán que reflejar y, en todo caso, proponer programas y acciones ocupacionales, encaminadas a hacer frente a las problemáticas que se derivan de la situación de crisis económica y social, y su impacto en el territorio objeto de actuación y en las personas desempleadas”. Tales planes deberán ejecutarse entre las fechas comprendidas entre el día siguiente de la resolución de otorgamiento y el 31 de diciembre de 2012, y deberán iniciarse antes del 31 de diciembre de este año.

La partida presupuestaria asignada al efecto es de 30.000.000,00 euros, con cofinanciación del 50 % a cargo del Fondo Social Europeo en varios de los programas. La tramitación se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, debiendo presentarse las solicitudes, cuando se tenga aprobado un proyecto de intervención integral, hasta el 30 de septiembre. La autoridad administrativa laboral dispone de un plazo máximo de dos meses para dictar y notificar la resolución, y en caso de no hacerlo se entenderá desestimada la solicitud.

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