miércoles, 2 de marzo de 2011

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 31 de diciembre de 2010.

1. El Observatorio permanente de la inmigración publicó el martes 1 de marzo los datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 31 de diciembre de 2010. Tal como ya se hizo, por primera vez, en el informe trimestral anterior, se diferencia la explicación por regímenes (general y comunitario), cambio justificado, a mi parecer, por la diferente regulación jurídica de las personas acogidas a cada régimen y que supongo que tiene vocación de permanencia para los próximos informes. Además se incorpora un tratamiento más gráfico de la información, continuando de esta forma, tal como se explica en la nota de prensa del MTIN de presentación de los resultados, “con el esfuerzo de modernización emprendido hace unos meses”

El cambio operado en la explicación de los datos por parte del Observatorio obliga también, tal como ya efectué en el análisis de los datos del trimestre anterior, a un examen separado por mi parte de cada régimen, si bien mantendré la explicación conjunta en aquellos aspectos que considere más relevantes. En cualquier caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos dos años en el conocimiento más concreto de cómo está impactando la crisis económica y de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe presentado ayer explica que el régimen comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen comunitario”.

2. A 31 de diciembre de 2010 había 4.926.608 extranjeros con dicho certificado en vigor, con incremento del 3,62 % sobre el trimestre anterior, motivado principalmente, a diferencia de trimestres anteriores, por el crecimiento de la población de régimen general (5,40 %), ya que el del régimen comunitario fue sólo del 1,82 %. Con respecto a los datos de 31 de diciembre de 2009, el número de certificados y tarjetas en vigor se ha incrementado en 135.376 personas, un 2,83 %. Tal como se explica en la nota de prensa, y es una dato importante que merece ser destacado, durante 2010 ha aumentado el número de ciudadanos acogidos al régimen comunitario y descendido el de régimen general, de tal manera que en la actualidad “el peso de los extranjeros residentes en España a los que se aplica el derecho de libre circulación y residencia del Régimen Comunitario (48,75 %) se ha igualado prácticamente a los del Régimen General (51,25 %)”. Sobre el descenso de nacionales de países no UE, el MTIN considera que se debe “en buena medida” a la adquisición de la nacionalidad española y al retorno a sus países de origen (vía programa de retorno voluntario o por decisión propia del sujeto). Madrid es la provincia que tiene un mayor número de personas extranjeras (849.087 residentes, 17,24 % del total), seguida por la de Barcelona (729.750, 14,82 %).


3. Paso a continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 31.12.2010 hay un total de 2.401.632, con un incremento del 1,82 y del 7,74 % sobre el trimestre y el año anterior, respectivamente, con 172.432 nuevas personas acogidas en serie interanual, siendo en la actualidad la proporción de hombres y mujeres bastante equilibrada (con carácter general el 51,83 % hombres y 48,17 % mujeres, si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de ciudadanos comunitarios, ya que el 40,47 % son hombres y el 59,53 % mujeres). Del total antes referenciado, 2.012.538 son ciudadanos comunitarios, 25.322 de países de la AELC, y 363.772 (8,20 % del total del régimen) familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país.

La población rumana, que había accedido en el segundo semestre a la primera posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar con 840.682 personas, es decir el 35,01% del total de las nacionalidades presentes en este régimen comunitario. A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (228.829 personas, 9,53 % sobre el total), la italiana (170.051, 7,08 %) y la búlgara (161.601, 6,73 %). Es la población italiana la que ha experimentado un mayor incremento relativo en serie interanual, un 12,87 %, seguida de la rumana con un 11,84 %.

Las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía, agrupan al 63,17 % de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera (386.683), seguida de Barcelona (237.322), de tres provincias de la costa mediterránea en donde se asienta un número importante de ciudadanos de la UE (Alicante, Málaga y Valencia) y de las Islas Baleares. En cuatro Comunidades Autónomas (Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana y Andalucía), el número de personas del régimen comunitario se sitúa entre el 58 y 60 %.

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que residen 2.025.184 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (84,33 % del total), con un peso menor de los mayores de 65 años (162.422, 6,76 %) y de los menores de 16 años, 8,91 %. La edad media es de 36,6 años, 5 años mayor que la del régimen general.

4. Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen Comunitario por ser familiares de ciudadanos comunitarios”. A 31.12 2010 hay un total de 2.524.976, con un importante incremento del 5,40 % sobre el trimestre anterior y rompiendo de esta manera la tendencia descendente de los dos trimestres anteriores (136.948 en el segundo y 40.695 en el tercero), si bien hay un descenso del 1,45 % en serie interanual (básicamente de ciudadanos de países de América del Sur). Por sexo, hay más diferencias entre hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los porcentajes son del 54,05 y 45,95 %.

La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las nacionalidades, con 757.809 personas, con un crecimiento del 4,06 y 2,71 % en serie trimestral e interanual respectivamente, representando el 30,202 % del total de la población de este régimen. A bastante distancia siguen los ecuatorianos (369.692), colombianos (222.061), China (153.883), Perú (121.658) y Bolivia (118.273). Hay que destacar sobre el trimestre anterior el crecimiento del número de ciudadanos de todas las principales nacionalidades, pero en serie interanual hay descensos importantes de los ecuatorianos (10,68 %), Argentina (9,83 %) y Colombia (7,73 %). Por el contrario, hay un crecimiento importante de la población senegalesa (18,15 %), paquistaní (14,19 %) y boliviana (5,67 %). Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica es superior en más de 5 puntos al de los africanos (44.31 y 38,62 %, respectivamente).

Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid y Andalucía agrupan a más del 56 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 492.428 y 462.404, respectivamente). De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 94.683, Tarragona a 76.097 y Lleida a 42.894.

El 80,27 % de la población extranjera está en edad laboral de 16 a 64 años. Los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 27,6 años, seguidos por los chinos y pakistaníes con 29,5 y 29,9 años. Según la información oficial con la que estoy ahora trabajando, es en Barcelona y Madrid donde se concentra el mayor número de extranjeros en edad laboral. El peso relativo de los menores supone el 18,43 % del total, y el de los 65 años y más un 1,30 %.

De los extranjeros del régimen general, el 63,03 % (1.591.528 personas) disponen de autorización de residencia de larga duración, y cabe destacar el muy importante incremento de casi 20 puntos que se ha producido en serie interanual, mientas que las autorizaciones temporales suponen el 36,97 % del total.

De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, el 17,78 % del total (448.895), el 17,50 % (441.956) son por cuenta ajena y el 0,28 % restante por cuenta propia (6.949); De las autorizaciones de residencia temporal (19,19 % del total, 484.533), 224.812 son por reagrupación familiar, 191.589 por residencia no lucrativa, y 68.152 por circunstancias excepcionales (7,59, 8,90 y 2,70 %, respectivamente). Se ha producido, en la misma línea que en trimestres anteriores un descenso de las autorizaciones temporales, con especial incidencia entre las de segunda renovación tal como puede comprobarse en el gráfico de la página 11 del documento de presentación de los datos.

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