jueves, 10 de febrero de 2011

Según el Ministro de Trabajo e Inmigración, el Gobierno aprobará el 11 de febrero la reforma de las políticas activas de empleo.

Reproduzco en esta entrada del blog los fragmentos más destacados a mi parecer del interesante debate que hubo ayer miércoles en el Pleno del Congreso de los Diputados entre el diputado de CiU, Sr. Carles Campuzano (CiU) y el Ministro de Trabajo e Inmigración, Sr. Valeriano Gómez, con ocasión de la interpelación presentada por CiU sobre las bases de la reforma de las políticas activas de empleo y las medidas a adoptar para desarrollarlas, y remito a los lectores y lectoras del blog al Boletín Oficial del Congreso de los Diputados para su lectura íntegra. En su intervención el Sr. Gómez explica las líneas más importantes del Real Decreto-Ley que, según sus propias palabras, tiene previsto aprobar mañana el Consejo de Ministros. Una vez se publique en el BOE será el momento de analizar este nuevo e importante cambio normativo.


“Sr. Campuzano: En este sentido mi grupo, siendo consciente de la urgencia de esta reforma, no es partidario de que la misma la resolvamos de manera precipitada en los próximos días. Hemos tenido ocasión de trasladarle al Gobierno nuestra impresión ayer mismo; los borradores del Gobierno que conocemos sobre esta materia a mi grupo le preocupan, muy especialmente por lo que hace referencia a la reforma de la Ley de Empleo, una Ley de Empleo aprobada en el año 2003, que entonces Convergència i Unió no compartió en sus planteamientos, y mi grupo es partidario de darnos unos cuantos días, con el conjunto de las comunidades autónomas, pero también con los grupos parlamentarios, para intentar acercar posiciones sobre ese contenido.

…..Hay que romper esa dicotomía, hay que superar la diferencia entre pasiva y activa, hay que considerar que la protección al desempleado es también su reimpulso al mercado de trabajo, hay que ser capaces de que ese modelo de traspaso competencial en políticas de empleo del año 1997 se supere y que quien gestiona la política activa sea capaz de gestionar el conjunto de la protección que afecta al desempleado”.


“El señor MINISTRO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN (Gómez Sánchez): Gracias, presidenta. Señoría, las consideraciones que usted ha formulado en su interpelación me permiten abordar sin demasiado preámbulo alguna explicación acerca de las bases de la reforma que en este momento está emprendiendo el Gobierno, el Ministerio de Trabajo, y que quiere someter al próximo Consejo de Ministros para su aprobación por decreto-ley.

…. Pues bien, señoría, sobre este conjunto de cuestiones —insisto, cuestiones ampliamente tratadas también con las comunidades autónomas— es, en síntesis, sobre el que se basa el acuerdo alcanzado primero con los interlocutores sociales y que tendrá plasmación en un amplio proyecto normativo que tenemos previsto abordar en los próximos días.

El proyecto recoge, como decía, un plan de choque destinado a cumplir con tres objetivos fundamentales: en primer lugar, mejorar la empleabilidad de las personas; en segundo lugar, mantener un buen nivel de cobertura de la protección por desempleo y, en tercer lugar, animar, impulsar e intensificar las decisiones de contratación de las empresas en aquellas ramas económicas donde ya existen hoy posibilidades de creación de empleo.

Para atender a estos tres objetivos, el plan de choque cuenta con cuatro programas de actuación, dirigidos prioritariamente a los colectivos más afectados por el desempleo. En primer lugar, un programa excepcional durante el primer año de vigencia del plan para el empleo en transición, desde la contratación, temporal también, hacia la contratación estable, un programa destinado a los menores de 30 años y a los desempleados de larga duración, que consiste en implantar bonificaciones de hasta el cien por cien en las cuotas empresariales para la contratación a tiempo parcial de estos dos grandes grupos, desempleados de larga duración, insisto, jóvenes. En segundo lugar, un programa de recualificación profesional para aquellos desempleados que hayan agotado sus prestaciones, programa que tendrá seis meses de vigencia y que está dirigido en lo esencial a esos mismos colectivos, desempleados que hayan agotado sus prestaciones, con dos tipos de actuaciones: medidas activas, especialmente de formación, medidas para posibilitar la inserción en sectores con mayor potencial de crecimiento, y, junto a ello, un soporte de rentas equivalente al 75 por ciento del Iprem mensual, del índice público de rentas con efectos múltiples. En tercer lugar, un programa de acciones que combine orientación y formación para el empleo, dirigido también a los jóvenes, sobre todo a los jóvenes con baja formación, con baja cualificación. Junto a ellos, también los mayores de 45 años que sean además parados de larga duración y sobre todo personas que proceden de ese sector de la construcción, un sector que ha visto reducido su volumen de empleo de forma drástica, de forma intensa, durante la crisis. A estos grupos se les propondrán itinerarios de inserción laboral elaborados por los servicios públicos de Empleo de carácter individual y personalizado. Por último, en cuarto lugar, un programa para la inclusión —esto es algo importante a lo que usted ha hecho referencia en su interpelación— de alrededor de un 30 por ciento de personas desempleadas en acciones formativas para los ocupados y que tendrá que desarrollarse en el año 2011. Se trata de insertar a desempleados en los programas de formación que las empresas, bien en demanda o bien en oferta, ya realizan para sus trabajadores ocupados.

Respecto al contenido del proyecto de real decreto-ley de reforma de la Ley de Empleo, tiene varios objetivos fundamentales: en primer lugar, fortalecer los servicios de empleo; en segundo lugar, regular los derechos básicos para todos los ciudadanos, que permitan garantizar en todo el Estado los principios de igualdad de trato y, naturalmente, de unidad de mercado; en tercer lugar, una estrategia española de empleo, coordinada con la estrategia europea de empleo; en cuarto lugar, una transformación de la definición de las políticas activas, conjugando, eso sí, las actuales competencias en la materia. El Estado debería fijar los criterios comunes en cuanto a orientación, en cuanto a promoción del autoempleo y en formación, pero las comunidades autónomas deben proceder a su propia definición de esas políticas y a la ejecución de las acciones en la medida en que ellas mismas deben instrumentarla en función de la situación de sus propios territorios —no es lo mismo, siempre lo diré, hacer política activa de empleo en el País Vasco o en La Rioja que hacerlo en la Comunidad Autónoma de Canarias o en la de Extremadura—; y, en quinto lugar, la nueva política activa de empleo tiene que incorporar la reforma del sistema de formación profesional. Es una reforma que tiene que ser consecuente con la revisión de su funcionamiento prevista en los acuerdos de formación profesional que periódicamente actualizan los interlocutores sociales.
Junto a ello, el proyecto de real decreto-ley plantea también la necesidad de implantar una nueva estrategia de empleo para los mayores. Hay, sin duda, para este asunto un mandato expreso de una estrategia global de empleo por parte de las comunidades autónomas y también del pacto que acabamos de firmar con los interlocutores sociales. Es una estrategia que debe elaborarse en un plazo de seis meses, es una estrategia que también debe constituir una pieza importante para un buen despliegue de los efectos positivos que queremos extraer de la reforma del sistema de pensiones, porque, cuando queremos y cuando planteamos la necesidad de prolongar la edad de jubilación, al mismo tiempo estamos necesitando la formulación de estrategias que mantengan a los trabajadores de más edad vinculados con el empleo. De esta reforma asimismo en buena medida dependerá que logremos traducir ese aumento en la edad legal de salida del mercado de trabajo en un aumento de la edad real de salida del empleo…”.


“Sr. Campuzano. …Existe coincidencia en la filosofía global de la reforma de la Ley de Empleo, en la necesidad de garantizar itinerarios individuales, de compartir objetivos y de rendir cuentas sobre los avances que se pueden producir; son enfoques que podemos compartir. Lo que no podríamos aceptar es que, bajo un discurso de dar mayor capacidad a las comunidades autónomas, en la práctica, el texto legal de la nueva ley de empleo supusiese un retroceso respecto a la ley de 2003, ley que no solo no pudimos votar favorablemente en ese momento, sino que tuvimos que recurrir ante el Tribunal Constitucional. Algunos de los borradores que hemos visto desde el punto de vista del autogobierno —al menos del autogobierno de Cataluña— no son aceptables por parte de Convergència i Unió. El nivel de concreción que se propone en esos borradores es tan exhaustivo que, en la práctica, podría convertir a las comunidades autónomas —en este caso, a la Generalitat de Catalunya— casi en una simple delegación del Ministerio de Trabajo. Y ese no es el objetivo. Repito, por tanto, existe coincidencia en el enfoque filosófico de la política y en la necesidad de que la plasmación en el texto legal sea escrupulosa con el respeto a las competencias ejecutivas en materia de empleo que tiene el Gobierno de la Generalitat. …”

“Sr. Gómez. … Se ha referido usted a las bonificaciones en las cotizaciones como mecanismo de política activa, de estímulo al empleo. Por parte del Gobierno obviamente no hay ninguna dificultad, ninguna presunción incompatible con el hecho de que estas bonificaciones, esta política de bonificaciones pueda ser también ejecutada en el ámbito de las comunidades autónomas…. “.

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