lunes, 8 de noviembre de 2010

50 propuestas para avanzar en la puesta en marcha y desarrollo de la Estrategia Europa 2020 (y II).

6. En el ámbito de las políticas de empleo y formación, la Comisión se obliga a presentar en 2012 una propuesta legislativa que permita reforzar los sistemas de reconocimiento de las cualificaciones profesionales, propuesta que deberá basarse en los resultados de le evaluación realizada el próximo año y que tendrá como razón de ser “facilitar la movilidad de los trabajadores y adaptar la formación a las necesidades actuales del mercado de trabajo”. Se trata de revisar la Directiva 2005/36 de 7 de septiembre de 2005 y adaptarla a los nuevos requerimientos de la realidad productiva, tratando de agilizar al máximo el reconocimiento de las cualificaciones (la Comunicación ahora analizada informa de la existencia en la UE de 4.600 profesiones reguladas). En estrecha y coherente relación con la propuesta anterior, encontramos la del desarrollo de una tarjeta “Juventud en movimiento” que debe tener por finalidad facilitar la movilidad de todos los jóvenes con fines de estudio en otro Estado de la UE, la de la puesta en práctica (ciertamente necesitada) del marco europeo de cualificaciones, la adopción de una Recomendación para promover y validar la formación extraacadémica, y la creación de un pasaporte europeo de competencias.


Sobre la Directiva de 7 de septiembre de 2005, “relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales”, baste decir ahora que, con carácter general y sin perjuicio de las numerosas excepciones y matizaciones que se efectúan en los artículos posteriores, el artículo 1 fija su finalidad, cual es garantizar el reconocimiento por un Estado miembro (Estado de acogida) de las cualificaciones profesionales adquiridas por un nacional de otro Estado miembro que haya adquirido dichas cualificaciones en otro Estado de la UE (Estado miembro de origen), siempre y cuando en el Estado de acogida se restrinja el acceso a una profesión a la adquisición previa de tales conocimientos. Se entiende por cualificaciones profesionales “todas aquellas que hayan sido adquiridas, y queden debidamente acreditadas, por un título de formación, un certificado de competencias y/o por una experiencia profesional”. Tal reconocimiento permite ejercer en el Estado de acogida la misma profesión que se ejercía en el Estado miembro de origen, y disfrutar de los mismos derechos que los nacionales, debiendo indicarse la titulación que se ostenta “en la lengua oficial o en una de las lenguas oficiales del Estado miembro de establecimiento, con el fin de evitar cualquier confusión con el título profesional del Estado miembro de acogida”. Para la Comisión es necesaria la revisión de la normativa existente para conseguir un reconocimiento más rápido y menos burocrático de estas cualificaciones, poniendo de manifiesto en el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2010 las muchas dificultades todavía existentes a escala europea para el reconocimiento automático de las cualificaciones, con obstáculos añadidos como la imposibilidad de solicitar electrónicamente el acceso a una profesión regulada, o “los retrasos en los procedimientos de reconocimiento y las resistencias corporativas a nivel nacional”, afirmándose de forma clara y sin circunloquios que las normas de la UE que armonizan los requisitos de formación de las profesiones que disfrutan de reconocimiento automático… se han quedado anticuadas”. Con carácter más general cabe decir que la propuesta de la Comisión se inscribe en el marco de adopción de medidas que faciliten la vida cotidiana de los ciudadanos de la UE en todo su territorio, tratando de encontrar soluciones a los casos particulares, “y reducir costes y cargas administrativas generados por los procedimientos y prácticas nacionales”. Unos ciudadanos europeos, por cierto, que incrementaron su número en 696.000 personas en 2008, y con mayoría de personas de origen africano (29 %), debiéndose en puridad jurídica restarse de la cifra que acabo de referenciar a 59.449 ciudadanos de un Estado de la UE que adquirieron durante 2008 la nacionalidad de otro Estado miembro (8,5 % del total), y todo ello según los datos de Eurostat recogidos en el reciente informe de la Comisión “Sobre el progreso hacia el ejercicio efectivo de la ciudadanía de la Unión durante el período 2007-2010”.


Quiero recordar ahora brevemente, por su estrecha relación con las propuestas de la Comisión, que una de las ideas y tesis recurrentes en todos los documentos comunitarios de los últimos años es la necesidad de mejorar las capacidades de las personas que se encuentran en, o que quieren incorporarse al, mercado de trabajo; mejora que debe ir, por otra parte, ineludiblemente unida a la necesaria adecuación de oferta y demanda en dicho mercado si queremos alcanzar resultados positivos en términos tanto de creación de nuevo empleo como de evitación de su reducción. Esa mejora se plantea como un requisito ineludible para mantener la economía europea ante la previsión de creación neta de empleo a medio y largo plazo y con un crecimiento del empleo cualificado, y por consiguiente con una mayor polarización entre las profesiones que requieran un mayor o menor nivel de cualificación.

En efecto, esa mejora de las capacidades, o dicho en términos de política de empleo una mayor empleabilidad del personal, se convierte en algo de todo punto ineludible si Europa quiere encarar con perspectivas favorables los cambios que se están produciendo en las estructuras productivas (mayor atención a la economía del conocimiento y la innovación, y a la creación de empleo en sectores de baja emisión de carbono) y en las demográficas (proceso de envejecimiento de la población y conveniencia de mantener, bien preparada y formada, a la población trabajadora en el mercado laboral, tanto por sus potencialidades como por la necesidad de atemperar los efectos de su salida sobre los sistemas de protección social, y también para lograr su mantenimiento en el mercado laboral en épocas de crisis como la actual y en las que debe prestarse especial atención a la adopción de medidas de flexiguridad interna por parte de las empresas, con especial énfasis en la formación, que limiten la reducción o supresión de empleo por la vía de la extinción de los contratos de trabajo), y mucho más cuando los informes periódicos sobre la presencia de las personas en la vida laboral ponen de manifiesto que esa mejora es conveniente para todos y que “la probabilidad de los adultos poco cualificados de beneficiarse del aprendizaje permanente es siete veces inferior a la de los que tienen un elevado nivel de estudios”, por lo que los cambios en el marco económico en general y en la economía productiva en particular impacta mucho más desfavorablemente sobre el colectivo más vulnerable.

En el ámbito industrial, la Comisión se plantea como reto modernizar la industria europea, y toma como base para ello el desarrollo y puesta en práctica de otra de sus iniciativas emblemáticas, “Nuevas cualificaciones para nuevos empleos”, dado que el objetivo final es mejorar el funcionamiento de los mercados de trabajo y lograr que la población trabajadora europea disponga de las competencias adecuadas para enfrentarse a los nuevos retos y cambios que se están operando en el mercado de trabajo, y mucho más en previsión de la escasez de mano de obra en algunos sectores que será consecuencia del proceso de envejecimiento demográfico. Se llama por parte de la Comisión, con muy buen criterio a mi parecer, a la coordinación de las actuaciones de todas las administraciones públicas, una presencia más activa de los agentes sociales, una mayor implicación del Fondo Social Europeo en los procesos de reestructuración de cualificaciones, y una mejora de las políticas educativas y de formación que tienen particular impacto en el sector industrial, siendo esencial “aumentar el número y la calidad de los titulados en ciencias, tecnologías, ingenierías y matemáticas”.

Recuérdese también que la iniciativa “Agenda de nuevas cualificaciones y empleos” persigue modernizar los mercados laborales y potenciar la autonomía de las personas “mediante el desarrollo de capacidades a lo largo de su vida con el fin de aumentar la participación laboral y adecuar mejor la oferta y la demanda de trabajos, en particular mediante la movilidad laboral”. Nuevamente se insiste en la importancia de adoptar las medidas económicas, educativas y formativas necesarias para posibilitar la adquisición de nuevas cualificaciones y la adaptación a las nuevas condiciones que se dan en los mercados laborales, basando buena parte de las nuevas propuestas en las recogidas en anteriores documentos de la UE que plantean la necesidad de la puesta en marcha de una nueva agenda europea de nuevas cualificaciones y empleos. Se trata, en definitiva, y para garantizar la continuidad del modelo social que inspiró originariamente la CEE y ahora la UE de “habilitar a las personas mediante la adquisición de nuevas cualificaciones, con el fin de que la población actual y futura se adapte a las nuevas condiciones y a potenciales cambios de carrera, reducir el desempleo e incrementar la movilidad laboral”.

Con respecto a la mejora de las calificaciones profesionales, la subsanación de sus deficiencias y de sus desfases con el mercado laboral, se requiere información y análisis adecuado de la demanda y oferta en este mercado. En un foro de diálogo mundial organizado por OIT a finales del pasado mes de marzo se debatió sobre el perfeccionamiento de las calificaciones profesionales para superar la recesión, y las conclusiones del foro son sometidas ahora a la consideración del Consejo de Administración de la OIT que se reúne entre los días 4 y 19 de noviembre de Ginebra. Para el foro, los gobiernos deben colaborar con los interlocutores sociales sectoriales y otros actores del mercado de trabajo “con el fin de determinar las lagunas y deficiencias en materia de calificaciones profesionales”. También se reconoció la importancia que tienen los Servicios Públicos de Empleo “a la hora de proporcionar información y asesoramiento profesional a las personas que se incorporaban al mercado de trabajo”, y se recomendó igualmente prestar especial atención en materia de orientación profesional y de estudios en la enseñanza secundaria.


7. En fin, con respecto a las empresas de economía social, la primera Comunicación formula tres propuestas de interés “en pro de un mercado único basado en una economía de mercado altamente competitiva, que guardan un cierto paralelismo con el recientemente presentado en España proyecto de ley de economía social y en el que se define a la misma como “el conjunto de las actividades económicas y empresariales, que en el ámbito privado llevan a cabo aquellas entidades que, de conformidad con los principios recogidos en el artículo 4, persiguen bien el interés colectivo de sus integrantes, bien el interés general económico o social, o ambos”. Tales principios son los siguientes: a) Primacía de las personas y del fin social sobre el capital, que se concreta en gestión autónoma y transparente, democrática y participativa, que conlleva priorizar la toma de decisiones más en función de las personas y sus aportaciones de trabajo y servicios prestados a la entidad, que en relación a sus aportaciones al capital social. b) Aplicación de los resultados obtenidos de la actividad económica principalmente en función del trabajo aportado y servicio o actividad realizada por las socias y socios y, en su caso, al fin social objeto de la entidad. c) Promoción de la solidaridad interna y con la sociedad que favorezca el compromiso con el desarrollo local, la igualdad de oportunidades, la cohesión social, la inserción de grupos excluidos, la generación de empleo estable y de calidad y la sostenibilidad. d) Independencia respecto a los poderes públicos”.


En efecto, la Comisión propondrá el próximo año una iniciativa (no se concreta en la Comunicación el alcance jurídico de la actuación) a favor de las llamadas en el ámbito europeo “empresas sociales”, a fin de potenciarlas por su carácter innovador y generador de crecimiento económico e impacto positivo para todas las personas interesadas (stakeholders) y facilitar su desarrollo y crecimiento. Para ello, se propone actuar en el ámbito de la adopción de medidas tanto estrictamente organizativas como en el de aquellas que refuercen la vertiente de la responsabilidad social empresarial. Del primer tenor son las dirigidas a mejorar sus estructuras jurídicas (de las fundaciones, cooperativas, mutualidades, etc.) “con objeto de optimizar su funcionamiento y facilitar su desarrollo dentro del mercado único”, citando de forma expresa la futura adopción el próximo año de una iniciativa legislativa sobre el Estatuto de la Fundación Europea. Con respecto a las segundas, y en una línea también muy conocida en España y que ya encuentra acogida en diversos textos estatales y autonómicos, se propone potenciar tales empresas sociales “recurriendo, en particular a la evaluación social, la concesión de distintivos éticos y medioambientales, las adquisiciones públicas, el establecimiento de un nuevo régimen de fondos de inversión y la captación del ahorro ocioso”. De no menor importancia, y afectando a todas las empresas en la misma perspectiva de potenciar la responsabilidad social, se encuentra la propuesta de poner en marcha una consulta pública, que podría derivar en una iniciativa legislativa, que permita debatir y formular propuestas de cómo “aumentar la transparencia de la información de las empresas en los ámbitos sociales, medioambientales y de derechos humanos”.


Por último, cabe decir que en términos parecidos se manifiesta la Comunicación dedicada al sector industrial. También se insiste en potenciar la responsabilidad social empresarial, en la adopción de decisiones empresariales que tenga repercusiones positivas sobre el medio ambiente, el aspecto social, el empleo y la gobernanza, destacándose la importancia de que las empresas tomen en consideración los intereses de los trabajadores y de los ciudadanos, y que dispongan de valores éticos sólidos, ya que estos son los que pueden contribuir a la salida de la crisis, enfatizándose que la crisis financiera iniciada a mediado de 2007 en los Estados Unidos y trasladada a Europa en 2008 ha puesto de relieve la necesidad de encontrar un nuevo equilibrio “entre una maximización de beneficios a corto plazo y una creación de valor añadido a largo plazo”.

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