1. Es objeto de esta nueva entrada del blog el análisis de los documentos en los que se recoge cuál va a ser la política social de la presidencia checa de la Unión Europea durante el primer semestre de 2009. Creo que es importante abordar esta cuestión, dado que la semana que se inicia verá la primera reunión informal de los ministros europeos de trabajo y asuntos sociales, reunión a cuyo contenido también me referiré en mi exposición.
2. Hemos de partir del programa aprobado el 30 de junio de 2008 por la anterior presidencia francesa, la vigente checa y la posterior sueca, programa que de acuerdo con las reglas del Consejo Europeo fue objeto también de consulta con el futuro trío de presidencias a partir de 2010, es decir España, Bélgica y Hungría, dado que su primera parte define el marco estratégico del programa y lo sitúa en un contexto más amplio, “más exactamente en la perspectiva de objetivos a más largo plazo válidos para las tres presidencias sucesivas”.
De dicho programa cabe destacar los siguientes aspectos a mi parecer:
A) En el ámbito de las políticas de educación y formación, se plantea dedicar una especial atención a las tareas de finalización del programa “Educación y formación 2010” y diseñar cómo ha de efectuarse su continuación. De ahí que se proponga avanzar en medidas que potencien y faciliten la educación y la formación a lo largo de toda la vida, con atención especial a los jóvenes que abandonan prematuramente la escuela, y en el refuerzo de las políticas de movilidad; para ello, y en desarrollo de las líneas definidas en la llamada declaración de Copenhague en 2002, hay que seguir avanzando en el desarrollo del sistema europeo del sistema europeo de transferencia de créditos educativos.
Cabe recordar en este punto que el 30 de noviembre de 2002 los Ministros de Educación de 31 países europeos y la Comisión Europea adoptaron la citada Declaración sobre una cooperación europea intensificada en la formación y educación profesionales.
Los Estados miembros, los países del Espacio Económico Europeo, los interlocutores sociales y la Comisión iniciaban a partir de entonces una cooperación a nivel práctico, centrada en la búsqueda de una serie de resultados concretos:
a) Un marco único para la transparencia de las competencias y las cualificaciones. Se trataba de reunir en un formato único los distintos instrumentos desarrollados en el marco de la transparencia (currículum vitae europeo, los suplementos al certificado y los suplementos al diploma, la Europass-Formación y los puntos de referencia nacionales utilizando, en la medida de lo posible, el distintivo de EUROPASS).
b) El sistema de transferencia de créditos para la formación profesional, inspirado en el Sistema europeo de transferencia de créditos para la educación superior, con objeto de desarrollar un sistema similar para el sector de la formación y educación profesionales.
c) Criterios y principios comunes de calidad para la formación profesional, que podrían servir de base para iniciativas a escala europea como directrices de calidad y listas de requisitos para las formaciones profesionales.
d) Principios comunes para la validación de modalidades de aprendizajes no formales e informales.
e) Orientación permanente. El objetivo era reforzar la dimensión europea de los servicios de orientación y asesoramiento para que los ciudadanos tengan mayor acceso al aprendizaje permanente.
B) En el ámbito del empleo y la política social se ponía de manifiesto que se tomaría en consideración la agenda social renovada, que fue presentada el 2 de julio. El empleo será considerado como una cuestión esencial, con una clara apuesta por las políticas de creación de más empleo y de mas calidad, de acuerdo con la estrategia europea para el empleo y las directrices comunitarias para esta materia. Como cuestión más concreta, y ya veremos que la presidencia checa lo acoge plenamente en su programa, las tres presidencias acuerdan contribuir al desarrollo del concepto de flexiguridad, “promoviendo la puesta en marcha por los Estados miembros de los principios comunes de flexiguridad adoptados por el Consejo europeo en diciembre de 2007”.
a) ¿Cuáles son los contenidos más importantes del documento presentado por la Comisión con el título de “Agenda social renovada: oportunidades, acceso y solidaridad en la Europa del siglo XXI”?
En la introducción se refuerzan algunas ideas sobre las que, a juicio de la Comisión, deben pivotar los futuros cambios o adaptaciones del modelo social europeo. En primer lugar, hay que partir del impacto que están teniendo en los últimos años sobre las sociedades europeas los avances tecnológicos, la globalización y el envejecimiento demográfico, y también tener presente que sigue siendo preocupante el dato de numerosas personas en situación de desempleo o inactivas, y que un número no menospreciable de jóvenes abandonan prematuramente el sistema educativo, por lo que el riesgo de que haya y se mantenga un número importante de personas en situación de riesgo o exclusión social no debe nunca dejarse de lado.
Cambios más o menos recientes por una parte, y mantenimiento de situaciones socialmente preocupantes por otra, deben llevar según los redactores del texto a que la política social europea sea flexible y se adapte a los cambios, articulando de forma estrecha las actuaciones comunitarias y las de los Estados miembros en sus respectivos ámbitos competenciales. De ahí que se proponga un cambio de enfoque con respecto a las Agendas sociales de 2000 y 2005 y que se observa con claridad en el siguiente texto: “La presente agenda no puede limitarse a los ámbitos sociales tradicionales; debe ser transversal y multidimensional y abarcar una amplia gama de ámbitos, desde políticas de mercado de trabajo hasta la educación, la sanidad, la inmigración y el diálogo intercultural. La realidad es que las medidas económicas y sociales a escala de la UE y nacional se refuerzan y complementan mutuamente. Por ello, la presente Agenda Social Renovada es plenamente coherente con la Estrategia de Lisboa para el Crecimiento y el Empleo, y la refuerza”. Y también en las palabras con las que casi se cierra el documento ahora analizado: “las nuevas realidades sociales requieren nuevas respuestas. Los cambios se producen con rapidez y las políticas deben adaptarse a ese ritmo, respondiendo innovadora y flexiblemente a los retos de la globalización, los avances tecnológicos y la evolución demográfica”.
La nueva Agenda Social se articula alrededor de tres grandes ejes: oportunidades para poder crear más y mejores puestos de trabajo y facilitar la movilidad; acceso de todas las personas a la educación (con una mención especial al desarrollo de capacidades durante toda la vida), la asistencia sanitaria y los servicios sociales de carácter general; solidaridad de los poderes públicos con las personas que se ven afectadas por los cambios y que no pueden adaptarse con la rapidez requerida, o dicho con el frío y tecnócrata lenguaje del texto, la obligación de los poderes públicos de “ayudar a quienes están expuestos a los problemas temporales y transitorios de la globalización y el cambio tecnológico”.
Y todo el documento gira, o al menos así me lo parece, alrededor de un cambio conceptual con respecto a las agendas anteriores que respondían a una diferente situación económica y social tanto a escala europea como internacional, y de ahí que la Comisión propugne esfuerzos suplementarios para que la globalización, el cambio tecnológico y el cambio demográfico permitan conseguir una sociedad europea más solidaria y con una mejor utilización de los recursos disponibles. Tampoco se olvida el documento, aunque sea de forma colateral, de la inmigración de la que destaca su importancia para el crecimiento del empleo en los últimos años en la UE, y también para el próximo futuro, ya que expone que “es probable que la demanda de inmigrantes, en particular de los que tengan capacidades específicas, aumente durante los próximos años debido al cambio demográfico y la escasez en el mercado laboral en determinados sectores y regiones”.
Por último, el documento aborda cuáles son los instrumentos jurídicos y técnicos más adecuados para llevar a cabo la aplicación de los objetivos programáticos de la nueva agenda social. Se apuesta por una aplicación real y efectiva de la normativa vigente, y seguir legislando cuando haya pruebas convincentes sobre el valor añadido que aporte al desarrollo comunitario (Ej.: nuevas competencias de los comités de empresa europeos, o nuevas regulaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo). Con respecto al diálogo social entre los agentes sociales se considera que ha sido y debe seguir una piedra angular del modelo social europeo, y se anima a las organizaciones empresariales y sindicales a que, con sus conocimientos y experiencias, detecten los cambios en la realidad social y ayuden a dar respuestas a los problemas que se plantean, comprometiéndose la UE a seguir facilitando dicho diálogo, “incluso a nivel sectorial/industrial, así como la aplicación de acuerdos marcos europeos por los interlocutores sociales nacionales”. Sobre el método abierto de coordinación, se destaca su carácter de ayuda de primer orden para compartir experiencias y aprender de otras realidades, con la elaboración de políticas nacionales, señaladamente en materia de empleo, “más basadas en el conocimiento, orientadas a la apertura, la transparencia y la participación”, y se propone seguir avanzando en este línea y con la fijación de nuevos objetivos cuantitativos, así como de valorar si se deben fijar objetivos más ambiciosos que los actualmente existentes sobre las tasas de empleo de los jóvenes, de las personas de edad madura y de las mujeres.
Para lograr todos estos objetivos deberán utilizarse de la manera más eficaz posible los recursos económicos puestos a disposición por los fondos estructurales comunitarios. Además de la implicación de todos los agentes políticos, económicos y sociales en la aplicación de la nueva agenda social, la Comisión también destaca la importancia de poner en marcha medidas de impacto adecuadas para valorar qué consecuencias tiene de carácter social, medioambiental y de empleo cualquier propuesta que se elabore.
b) Sobre la llamada flexiguridad, recuérdese que los principios aprobados por el Consejo de Diciembre de 2007 son los siguientes:
“-- La flexiguridad es un medio para potenciar la aplicación de la Estrategia de Lisboa, crear más y mejores puestos de trabajo, modernizar los mercados laborales y promover el empleo de calidad mediante el establecimiento de nuevas modalidades de flexibilidad y seguridad encaminadas a aumentar la adaptabilidad, el empleo y la cohesión social.
-- La flexiguridad requiere la combinación deliberada de disposiciones contractuales flexibles y que inspiren confianza, estrategias de aprendizaje permanente globales, políticas eficaces de intervención en el mercado laboral y sistemas de protección social modernos, adecuados y viables.
-- Las medidas de flexiguridad no deben plantearse desde la perspectiva de un modelo único de mercado de trabajo o de vida laboral, ni de una única estrategia de actuación: antes bien, deben adaptarse a las circunstancias específicas de cada Estado miembro. La flexiguridad requiere un equilibrio entre los derechos y las responsabilidades de todas las partes. A partir de los principios comunes, cada Estado miembro debe elaborar sus propias medidas de flexiguridad. Es importante que se evalúen eficazmente los resultados de tales medidas.
-- La flexiguridad debe promover la creación de mercados laborales más abiertos, más receptivos y más inclusivos que superen los problemas que supone la segmentación. Es un concepto que afecta tanto a quienes trabajan como a quienes están sin empleo. Habría que ofrecer a las personas inactivas, los desempleados y quienes realizan trabajos no declarados o inestables o están al margen del mercado laboral mejores oportunidades, incentivos económicos y medidas de apoyo que faciliten el acceso al empleo o permitan avanzar gradualmente hacia puestos de trabajo estables y con los elementos de seguridad previstos por la ley. Del mismo modo, todas las personas que tienen trabajo deben poder acceder a ayudas que les permitan seguir siendo empleables, progresar y hacer frente a los periodos de transición tanto dentro de un mismo trabajo como entre dos trabajos distintos.
-- La flexiguridad interna (dentro de la empresa) y la externa (de una empresa a otra) son igualmente importantes, y habría que tomar medidas para promoverlas. Es necesario contar con una flexibilidad contractual suficiente, pero ésta ha de ir acompañada de mecanismos que permitan efectuar en condiciones de seguridad la transición de un puesto de trabajo a otro. También es preciso facilitar la movilidad hacia mejores puestos de trabajo y la movilidad entre el desempleo o la inactividad y el empleo. La productividad y calidad del lugar de trabajo, la buena organización del trabajo y la actualización continua de las competencias profesionales son asimismo esenciales. La protección social debe proporcionar incentivos y apoyo a la hora de pasar de un puesto de trabajo a otro y de acceder a un nuevo empleo.
-- La flexiguridad debe favorecer la igualdad entre el hombre y la mujer, promoviendo unas condiciones equitativas de acceso a puestos de trabajo de calidad y ofreciendo medidas que permitan conciliar la vida laboral, familiar y privada.
-- La flexiguridad requiere un clima de confianza y de diálogo entre todas las partes, en el que todos estén dispuestos a asumir la responsabilidad del cambio para que puedan adoptarse políticas socialmente equilibradas. Si bien la responsabilidad global del proceso corresponde a las autoridades públicas, es de capital importancia que los interlocutores sociales participen en la concepción y aplicación de políticas de flexiguridad, a través del diálogo social y de la negociación colectiva.
-- La flexiguridad requiere una asignación de recursos en la que la relación coste eficacia sea satisfactoria, y debe ser siempre plenamente compatible con la existencia de presupuestos públicos saneados y viables desde el punto de vista financiero. Las medidas de flexiguridad deberían perseguir, asimismo, una distribución justa de los costes y los beneficios, en particular entre las empresas, las autoridades públicas y los particulares, prestando especial atención a la situación específica de las pequeñas y medianas empresas”.
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