martes, 2 de octubre de 2012

La immigració i les dades d'atur i d’afiliació a la Seguretat Social del mes de setembre.



 En primer lloc, faig referència a les dades d’afiliacióa la Seguretat Social fetes públiques avui, dimarts 2 d’octubre, pel Ministeri d’Ocupació i Seguretat Social.

Una qüestió metodològica prèvia important: a partir del mes de juliol de l’any 2.008 les dades solament inclouen las mitges del mes, però no les del darrer dia del mes, a diferència del què s’havia fet fins el mes de juny. Es a dir, les dades publicades avui inclouen informació sobre l’afiliació mitja del mes i l’afiliació desestacionalitzada, mentre que les dades dels mesos de gener a juny de l’any 2.008 també incorporaven les xifres d’afiliació de l’últim dia del mes.

domingo, 30 de septiembre de 2012

Tecnologías de la información y comunicaciones. Programa estatal de formación e inserción laboral de demandantes de empleo.



La Resolución de28 de agosto de 2012 aprueba la convocatoria de subvenciones en el año en curso para la realización de un programa de formación e inserción laboral de demandantes de empleo en tecnologías de la información y de las comunicaciones.

La norma se publicó en el BOE del día 25 de septiembre y entró en vigor al día siguiente de su publicación, y tiene por finalidad convocar subvenciones para el año en curso al objeto de que los sujetos beneficiarios puedan llevar a cabo programas de formación e inserción laboral de demandantes de empleo en tecnologías de la información y de las comunicaciones, en desarrollo de lo previsto en la OrdenTAS/2965/2006 de 26 de septiembre.

Distribución por autonomías de las subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado 2012.



 1. La Orden ESS/2044/2012,de 24 de septiembre, procede a distribuir territorialmente para este ejercicio económico, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los PresupuestosGenerales del Estado.  Sobre los criterios de distribución de las cantidades por autonomías, y su minoración con respecto al año anterior, hay que remitirse al Anexo I, de tal manera que “finalmente la disminución en la dotación asignada a cada Comunidad Autónoma sea equivalente a aplicar a la cuantía total asignada a cada una en 2011, la minoración porcentual existente en la totalidad de los fondos a distribuir en 2012 respecto de los que se distribuyeron en el ejercicio anterior”.

La norma se publicó en el BOE del día 27 y entró en vigor el mismo día de su publicación, y procede a la distribución territorial de partidas presupuestarias dedicadas a diferentes programas de empleo. Los criterios de dicha distribución fueron acordados, para este año en las reuniones de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de los días24 de mayo y 17 de julio, y el Consejo de Ministros procedió a su formalización en las reuniones de los días 7 y 27 de julio.

viernes, 28 de septiembre de 2012

Las funciones “decisorias” de la Comisión Consultiva nacional de Convenios Colectivos. Notas sobre el RD 1362/2012 de 27 de septiembre.



 1. El Consejo de Ministros celebrado ayer jueves aprobó el Proyecto de Ley dePresupuestos Generales del Estado y analizó la “Estrategia Española de PolíticaEconómica del Gobierno”, documento en el que se recoge “el balance de las principales medidas adoptadas hasta el momento; así como las principales reformas estructurales previstas para el próximo semestre, que supondrán la aprobación de más de cuarenta iniciativas con rango de Ley hasta el mes de marzo”.

Entre las reformas estructurales, y siempre con cita literal de de la referencia del Consejo, se encuentran las relativas al mercado laboral y la política de empleo en los siguientes términos: “El Gobierno continuará avanzando en la implementación de la reforma del mercado laboral y la revisión de las políticas de empleo. En este ámbito, las principales novedades se centrarán en el impulso a la formación profesional, con el desarrollo reglamentario del contrato para la formación y el aprendizaje y el establecimiento de las bases para la implantación de un modelo de formación profesional de carácter dual. Para favorecer la empleabilidad, también se reforzará la intermediación laboral, con una mayor colaboración público-privada en el ámbito de los Servicios Públicos de Empleo. Además, se llevará a cabo una amplia evaluación de las políticas activas de empleo -en la línea del seguimiento de los resultados de la reforma laboral que llevará a cabo el Gobierno-, para determinar los futuros objetivos prioritarios y concentrar los recursos en la inserción laboral de las personas con mayor dificultad para encontrar un empleo. En coherencia con este objetivo, se aprobará, antes de finalizar el año, la Estrategia de Empleo y Emprendimiento Joven”.

lunes, 24 de septiembre de 2012

Sobre la no reducción salarial unilateral en el sector privado y la necesidad de pacto convencional. Nota a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2012.




1. El diario Público recogía ayer domingo un interesante artículo de Andrés Muñiz con el título “Los recortes de sueldo a los funcionarios no pueden imponerse a la empresa privada, según el Supremo”, y adjuntaba, y hay que agradecérselo, la sentencia del TS que se resume en el texto. Dicha sentencia, de 20 de julio (Recurso número 196/2011) no ha sido publicado en el CENDOJ hasta el momento en que redacto esta nota.

2. He leído la sentencia con atención, y más tras ver que la síntesis oficial de la misma dice lo siguiente: “Conflicto colectivo. Reducción salarial. No es de aplicar el recorte salarial acordado para el sector público en una empresa privada, aunque sea contratista de la Administración, pues no lo impone la Ley ni lo autoriza el Convenio Colectivo aplicable”.