miércoles, 31 de marzo de 2010

Los autónomos desempleados tienen derecho a una ayuda económica extraordinaria en Cataluña.

1. La Orden TRE/77/2010, de 19 de febrero, establece las bases reguladoras para la concesión de la ayuda temporal extraordinaria “Renta formación autónomos”, dentro del marco del proyecto IMPULSO, consistente en subvenciones para favorecer la integración profesional y laboral de los trabajadores autónomos que hayan cesado en su actividad empresarial en Cataluña, al mismo tiempo que abre la convocatoria para el año en curso.

La norma se publicó el día 25 de dicho mes y entró en vigor al día siguiente, y tiene por finalidad regular las bases que permitirán solicitar una subvención extraordinaria a los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad, en los términos regulados en la orden, y abrir la convocatoria para su concesión en 2010, mediante solicitud que podrá presentarse durante todo el año.

Con esta medida, el gobierno autonómico cumple uno de los compromisos pactados en el Acuerdo suscrito con los agentes sociales el mes de diciembre de 2009, en concreto el de destinar durante toda su vigencia 13 millones de euros al establecimiento de “una ayuda temporal extraordinaria para trabajadores autónomos y el fomento del autoempleo”, de los que 5 millones están presupuestados para esta ayuda durante 2010 y con posibilidad de ampliación.

2. Además de haber cesado en la actividad profesional, de estar inscrito como desempleado demandante de empleo en la oficina de trabajo con una antigüedad mínima de 2 meses y no haber rechazado injustificadamente participar en programas públicos de empleo, de estar empadronado en territorio autonómico y de tener menos de 65 años en el momento de presentación de la solicitud, la persona solicitante deberá acreditar que ha dedicado, como mínimo, 1095 días a la actividad profesional (con alta en el RETA) durante los 1825 días anteriores a la baja en la Seguridad Social. Igualmente, se requerirá que la persona solicitante carezca de rentas inferiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional mensual, es decir 633,30 euros (con exclusión de pagas extras), o que, en el caso de convivencia con los familiares enumerados en el artículo 4 g), la suma de los ingresos todos los miembros de la unidad familiar, dividida por el de personas que la integran, no supere dicha cuantía. La norma excluye expresamente de su ámbito de aplicación a las personas que “hayan sido miembros del órgano de administración de sociedades mercantiles que por esta razón habían estado legalmente obligadas a afiliarse al Régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social” y también a los socios de cooperativas de trabajo que coticen al RETA.

Al estar vinculado el disfrute de la prestación con la obligatoriedad de búsqueda de empleo (combinación de medidas activas y pasivas de política de empleo), el solicitante deberá suscribir un compromiso para realizar un itinerario de inserción durante el período de percepción de la ayuda, que se llevará a cabo en el marco de las medidas de formación y orientación programadas por la Red INICIA, el portal de creación de empresas, y por el servicio de empleo autonómico.

3. La tramitación se efectuará por procedimiento reglado, de acuerdo con el orden de presentación de solicitudes que cumplan todos los requisitos legalmente fijados, debiendo resolverse y notificarse en un período máximo de 2 meses desde la fecha de dicha presentación, y en caso de no hacerlo se entenderá desestimada.

La cuantía de la ayuda temporal extraordinaria, sensiblemente semejante a la prestación percibida por los trabajadores por cuenta ajena en toda España que hayan agotado el percibo de las prestaciones contributivas y asistenciales por desempleo, es de un total de 2550 euros, que se abonarán en seis mensualidades de 425 euros siempre y cuando subsistan durante todo el período las circunstancias que dieron lugar a su reconocimiento, y siendo su percibo incompatible con el posible disfrute de otras prestaciones concedidas por las administraciones públicas en forma de salarios sociales, rentas mínimas o ayudas o prestaciones análogas.

Como reglas específicas respecto a la percepción de la prestación, y que matizan lo anteriormente expuesto, la norma posibilita que la subvención se reduzca proporcionalmente cuando las acciones formativas tengan una duración inferior a 180 días, “excepto en el caso de que sean las prescritas por el orientador/a”, así como también su suspensión temporal durante la vigencia de un contrato de duración determinada al que se haya acogido el perceptor de la ayuda y que tenga una duración igual o inferior a 60 días, en cuyo caso se reiniciará el período de cómputo de tal percibo una vez que haya finalizado el contrato.

Como medida transitoria, y ciertamente de especial importancia por retrotraer los efectos de la norma al período en que los efectos de la crisis adquirieron mayor virulencia, se permite el acceso a la prestación a todos los autónomos que, cumpliendo los requisitos antes explicados, hayan cesado en la actividad por cuenta propia desde el 1 de enero hasta la entrada en vigor de la norma, siempre y cuando, y con una redacción del precepto que me parece que suscita alguna duda interpretativa, estén inscritos como desempleados demandantes de empleo “durante el 50% del tiempo transcurrido desde que cesaron en su actividad, siendo exigibles a estos efectos la acreditación de un máximo de seis meses y un mínimo de dos meses”.

4. Para concluir mi explicación, deseo poner de manifiesto una diferencia importante entre la normativa autonómica recién aprobada y el todavía proyecto de ley por el que se regula la prestación económica por cese de actividad. En España, la gestión de dicha prestación (si no se modifica la norma en el trámite parlamentario) corresponderá a las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, mientras que en Cataluña corresponde al ámbito autonómico laboral (gestión por las oficinas de empleo y resolución por la Dirección general de Economía Cooperativa y de creación de empresas).

Medidas laborales para reducir el daño de las recientes nevadas en Cataluña.

1. El Decreto 43/2010, de 23 de marzo, aprueba medidas urgentes para paliar los daños ocasionados y reducir los riesgos en el medio natural con motivo del temporal de nieve del mes de marzo que hoy termina.

La norma se publicó en el Boletín Oficial autonómico del día 25 y entró en vigor al día siguiente, y se dicta para aprobar y poner en marcha lo más rápidamente posible las medidas necesarias para reducir el impacto de los daños económicos sufridos como consecuencia del temporal de nieve que asoló Cataluña durante varios días del mes de marzo.

Conviene destacar que las medidas que se adoptan son complementarias de aquellas que hayan dictado otras administraciones, señaladamente la Ley estatal 3/2010 y el Real Decreto 344/2010, siempre y cuando el montante total de las ayudas percibidas no superen el valor de los daños o gastos que pueden ser objeto de subvención. Serán sujetos beneficiarios las entidades locales, sus entidades dependientes o vinculadas y los titulares de terrenos forestales afectados comprendidos en los términos municipales que figuran en el anexo 1.

Desde la perspectiva de las políticas de empleo, cabe reseñar la concesión de subvenciones a los entes locales para planes de empleo que permitan la limpieza de bosques y zonas arboladas, así como también para la recuperación de caminos y cauces, siempre y cuando no disfruten de la calificación de intervenciones estratégicas. Más concretamente, se tratará de retirar arbolado, madera y otros elementos causados por las nevadas que supongan elementos de riesgo, y con respecto a los caminos y cauces afectados negativamente por la nevada también será objeto de subvención su recuperación. La partida presupuestaria asignada al efecto es de 6.000.000 de euros, a financiar con cargo al presupuesto de los departamentos competentes. El título competencial que permite dictar la norma es el artículo 170.1 b) del Estatuto de Autonomía.

Las entidades locales que soliciten tales planes deberán acreditar, en la solicitud que presenten, el número de hectáreas afectadas, el nivel de daños producidos en el territorio y la adecuación del plan a los daños sufridos. Dispondrán de un plazo de 10 días, a partir de la entrada en vigor de la norma, para presentar la solicitud. La tramitación se efectuará en régimen de concurrencia no competitiva, de tal manera que las solicitudes deberán resolverse por orden de entrada en el registro y en un plazo máximo (resolución y notificación) de 10 días. Se concederá trato prioritario a las solicitudes presentadas por agrupaciones de municipios o por entidades locales de carácter supramunicipal que cubran un mayor número de hectáreas afectadas.

Con respecto a la cuantía a conceder a cada solicitante, la norma dispone que su cálculo se efectuará “en función del número de hectáreas afectadas declaradas por la entidad solicitante, el nivel de daños producidos en los diferentes territorios y los recursos humanos por hectárea necesarios”, y que su importe total no podrá superar la cantidad resultante “de multiplicar 5.000 euros por el número de contrataciones a realizar por la entidad beneficiaria a tiempo completo y tres meses de duración, o la parte proporcional en caso de duración o jornada diferentes”.

El personal a contratar deberá ser desempleado, inscrito como demandante de empleo con una antigüedad mínima de 6 meses y que no haya iniciado ningún otro plan de empleo en los 6 meses anteriores. La duración del contrato para obra o servicio será como máximo de 3 meses, y la duración de la jornada no podrá ser en ningún caso inferior al 70 % de la ordinaria de la entidad contratante.

2. Como he indicado con anterioridad, también son de aplicación la Ley 3/2010, de 10 de marzo, por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas, y el Real Decreto 344/2010, de 19 de marzo, por el que se amplía su ámbito de aplicación.

La Ley se publicó en el BOE del día 11 y entró en vigor el mismo día de su publicación, y tiene por finalidad dar una respuesta adecuada, en términos de cobertura económica, a las graves situaciones sufridas por numerosas empresas afectadas por incendios forestales, tormentas o tempestades de piedra, durante los periodos de 2009 que se enumeran en el texto. Por su parte, el Real decreto, publicado en el BOE del día 23 y con entrada en vigor al día siguiente, amplía la cobertura para las empresas que han sufrido daños por inundaciones y por las más recientes nevadas en Cataluña. En definitiva, las medidas protectoras se aplicarán a los eventos acaecidos, y a los territorios listados en anexo, desde el 1 de marzo de 2009 hasta la entrada en vigor de la Ley.

En el ámbito de las medidas protectoras en materia de empleo y Seguridad Social, se incluye la posibilidad de presentar expedientes de regulación de empleo por razones de fuerza mayor y la petición de exoneración del pago de las cuotas a la Seguridad Social mientras dure el expediente suspensivo, así como también el pago de las indemnizaciones debidas por la empresa por el Fondo de Garantía Salarial cuando el expediente implique extinción de contrato, siempre con la cuantía límite fijada en el artículo 33 de la Ley del Estatuto de los trabajadores.

En los expedientes de suspensión y reducción de jornada por razones de fuerza mayor, podrá autorizarse por la autoridad administrativa laboral competente que los períodos que duren los mismos no se computen a consumir los períodos máximos de la prestación por desempleo, así como también que accedan al percibo de las prestaciones quienes no tengan cubiertos los períodos de cotización previos necesarios.

Por otra parte, las empresas y los trabajadores por cuenta propia podrán solicitar aplazamiento en el pago de las cuotas a la seguridad Social por un período de tres meses desde la producción del siniestro. Finalmente, la ley permite que las administraciones públicas y las entidades sin ánimo de lucro puedan solicitar, a efectos de reparación de los desperfectos, la adscripción de trabajadores desempleados para trabajos de colaboración social.

lunes, 29 de marzo de 2010

La integración de los inmigrantes y la conferencia interministerial de Zaragoza.

1. Es objeto de comentario en esta entrada del blog el documento de trabajo de los servicios de la Comisión Europea hecho público muy recientemente, en concreto el 19 de marzo, que se presentará a la conferencia interministerial sobre integración de los inmigrantes a celebrar en Zaragoza los días 15 Y 16 de abril, que lleva por título “Consolidación del marco de la UE sobre integración. Informe a la conferencia ministerial sobre la integración de 2010”. He tenido oportunidad de leerlo con todo detenimiento por su publicación en la página web de la Cátedra de Inmigración, Derechos y Ciudadanía de la Universidad de Girona, dirigida por el profesor Ferran Camas y que se ha consolidado ya como un punto de referencia de primera importancia para conocer las últimas novedades en materia de inmigración.


2. Como acabo de indicar, el documento será presentado a la conferencia interministerial sobre integración de los inmigrantes que se organiza en Zaragoza, y tiene por finalidad, según se afirma, “resaltar los progresos realizados y las medidas que deben tomarse en el contexto del programa de Estocolmo para promover y mejorar la estrategias de integración”. Más concretamente, y según la nota de prensa del MTIN hecha pública hoy lunes, "la Conferencia debatirá el papel de la sociedad civil en el proceso de integración y la evaluación de las políticas de integración, Además, abordará el tema de La gestión de la diversidad en los barrios, que tratará de reforzar las políticas de intervención en barrios con el fin de garantizar la convivencia y la cohesión social promoviendo el desarrollo económico en esos ámbitos. Y La importancia del capital humano, relacionado con aspectos educativos y de empleo de las personas inmigrantes".


Hay que destacar que se trata de la primera conferencia ministerial de alto nivel sobre inmigración que se celebra después de la entrada en vigor, el 1 de diciembre de 2009, del Tratado de Lisboa, y de la aprobación del programa de Estocolmo 2010-2014 en materia, entre otros apartados, de política migratoria. Recuérdese en este punto que el nuevo marco jurídico regulado en el Tratado permite que el Parlamento Europeo y el Consejo, en pie de igualdad, pongan en marcha medidas que contribuyan a apoyar las acciones estatales para facilitar la integración de inmigrantes que residan legalmente en sus territorios, medidas que en ningún caso podrán implicar “armonización de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros”. La política de integración ha de llevarse a cabo desde una perspectiva transversal, perfeccionando y mejorando permanentemente las estructuras y herramientas para el intercambio de conocimientos y la coordinación con las áreas políticas pertinentes.


3. El documento pasa revista a las acciones llevadas a cabo en determinados ámbitos considerados de especial interés y para los que se pidió apoyo en las conclusiones del Consejo de 27 y 28 de noviembre de 2008.


En primer lugar se menciona la promoción de los valores europeos, con cita expresa de las actuaciones desarrolladas en los ámbitos de promoción de los derechos fundamentales, el diálogo intercultural y la ciudadanía activa, a los que se ha prestado especial atención en los seminarios técnicos celebrados hasta la fecha.


Con respecto a los derechos fundamentales, me parece importante destacar, y también se realiza en el documento, que la Carta de derechos Fundamentales de la UE, texto jurídicamente vinculante, incorpora los derechos fundamentales en el marco de la legislación europea, dato especialmente importante porque esta legislación está sujeta a la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.


En cuanto al diálogo intercultural se ponen de manifiesto las diferentes acciones emprendidas, básicamente con ocasión en 2008 del año europeo del diálogo intercultural y la utilización de partidas presupuestarias del Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países en la creación o desarrollo de plataformas de diálogo, desde la consideración previa, que enmarca la actuación de la UE en este ámbito, de que un diálogo intercultural efectivo “contribuye a crear una comprensión mutua, reducir los prejuicios, mejorar la participación de los inmigrantes en la formulación de la política de integración, encontrar bases comunes y compartir valores tanto a nivel de la UE como a nivel nacional”. La importancia de una buena utilización del Fondo se pone de manifiesto en el dato de su financiación de 70 proyectos transnacionales para la promoción de intercambio de información, buenas prácticas y cooperación entre diversos interesados.


Por fin, respecto a la ciudadanía activa se enfatiza la importancia de desarrollar acciones y prácticas que fomenten la participación de los inmigrantes en la vida comunitaria y democrática, una de las cuales, y no menos importante, es la de la adquisición de la nacionalidad del país de acogida. En la página web europea dedicada justamente a la integración de inmigrantes se recogen números ejemplos de buenas prácticas en diversos países de la UE que contribuyen a reforzar y perfeccionar los mecanismos de participación y la promoción de tal ciudadanía activa.

4. En segundo término, se detalla todo aquello que se ha realizado en el ámbito de la construcción y recogida de opiniones del público en general y de la población inmigrada en particular de cómo se está llevando a cabo el proceso de integración, poniéndose de manifiesto la importancia de una información correcta transmitida a través de los medios de comunicación, y de políticas de sensibilización dirigidas a la opinión pública, tanto desde los propios medios como por los responsables políticos y sociales, para facilitar el entendimiento de la diversidad existente, y cada vez más, en nuestras sociedades, con sus lógicas consecuencias en términos de procesos de integración. El documento valora en especial los eurobarómetros que se realizan periódicamente, y se remite a los numerosos ejemplos que se encuentran en el Foro de Integración Europea y en la página web sobre integración.


Una cuestión que merece especial atención desde finales de 2008, en concreto tras el Consejo celebrado el mes de noviembre, es la posibilidad de elaborar unos módulos comunes europeos de integración, en los que se sigue trabajando, a modo de introducción, tanto cultural como lingüística, en la sociedad de acogida, y desde una perspectiva muy general y que permita su adaptación a las diferentes realidades nacionales, de tal manera que estos módulos europeos comunes “deberían en principio constituir un punto de referencia establecido que pueda adaptarse a diversos contextos y pueda contribuir al diseño de programas de integración en toda Europa”. En el documento se mencionan los numerosos proyectos puestos en marcha hasta el presente, con la ayuda económica del Fondo antes citado, y que pasan por políticas de integración lingüística, educación para mujeres, formación de líderes religiosos, o personal que trabaje en el ámbito de la salud, por citar sólo algunos ejemplos significativos.


5. También se explica en el documento que se ha hecho hasta ahora en materia de indicadores europeos para evaluar los resultados de las políticas de integración, ya que dichos criterios o reglas son necesarias en cuanto que los Estados deben poderlas utilizar para supervisar y controlar todas las actividades desarrolladas en su ámbito territorial.


Con recuerdo de los trabajos realizados, y de las conclusiones alcanzadas, en las conferencias de Berlín (junio 2009) y Malmö (diciembre de 2009), se destaca que la supervisión de los procesos de integración pasa por conocer qué se hace en los ámbitos del empleo, la educación, la integración social y la ciudadanía activa”. Justamente, la necesidad de promover una política transversal de inmigración se asienta en gran medida en los pilares del empleo, las políticas sociales y la educación, territorios todos ellos que no han sido inmunes, en especial el primero, a la grave crisis económica, con su dramático impacto social, iniciada a mediados de 2007 en Estados Unidos y que se propagó en poco tiempo a todos los países.


Me interesa destacar aquí la importancia que se concede a la integración laboral de la población inmigrada en numerosos textos, documentos y políticas comunitarias, como son la Estrategia Europea de Empleo, la Estrategia de Inclusión Social, las Directrices integradas sobre empleo 2008-2010, o las acciones puestas en marcha con el apoyo del Fondo Social Europeo. La importancia especial de la política de integración laboral es subrayada en el documento, y coincido con este planteamiento tal como he defendido desde hace mucho tiempo, sin olvidar el reforzamiento de otros ámbitos estrechamente relacionados con la misma como son “la solidaridad, el respeto de los derechos humanos y la lucha contra la discriminación”.


6. En las políticas educativas, un reto prioritario es mejorar el nivel de éxito escolar de los alumnos migrantes y facilitar la educación de los niños desde que llegan al país de acogida.


En fin, otros aspectos de no menor importancia para posibilitar una adecuada integración son aquellos que se refieren al acceso al cuidado de la salud, la promoción de la igualdad entre sexos, el derecho efectivo a la reunificación familiar, o el papel fundamental que juegan los agentes locales, y de ahí que se proponga incrementar la implicación de la población inmigrada en la vida local, en cuanto que las ciudades “desempeñan un papel esencial en la configuración de la interacción urbana entre inmigrantes y comunidades de acogida y en la creación de políticas de vecindad que apoyan la integración”.


En definitiva, el documento plantea y recoge qué se ha hecho hasta el presente en materia de integración, dejando desbrozado el camino para las que califica de “estrategias concretas y ambiciosas futuras”, que deberán centrarse en las nuevas prioridades de integración definidas en el programa de Estocolmo.

Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental.

Un Informe elaborado por la Comisión Europea en diciembre de 2009 sobre la igualdad entre mujeres y hombres pasa revista a cómo ha sido la evolución política y legislativa en materia de igualdad durante el indudable impacto que ha tenido en las medidas adoptadas, y también las que se han dejado de adoptar, la crisis económica y financiera mundial en la economía real y en los mercados de trabajo. Es aquí donde cabe destacar el acuerdo alcanzado en el Consejo EPSCO de noviembre de 2009 sobre la revisión del permiso parental, definitivamente aprobado en el Consejo del pasado mes de marzo.

El texto del acuerdo, suscrito el 18 de junio de 2009, es el resultado del proceso negociador abierto el 11 de septiembre de 2008, tras el paso previo obligado jurídicamente, según lo dispuesto en el artículo 138, apartados 2 y 3 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de la comunicación de la Comisión Europea a los agentes sociales más representativos de elaborar una legislación que mejorara la conciliación de la vida familiar y laboral.

La nueva Directiva deroga la número 96/34/CE a partir del 8 de marzo de 2012, misma fecha en la que los Estados miembros habrán debido transponer la nueva Directiva a sus ordenamientos jurídicos nacionales, y entra en vigor a los 20 días de su publicación. En su aprobación se ha tomado en consideración el carácter representativo de las partes firmantes del acuerdo que se adjunta como anexo, su mandato, la legalidad de cada cláusula y las necesidades de las pequeñas y medianas empresas.

Como novedad más importante con respecto al texto del año 1996, se amplía el derecho de los trabajadores al permiso parental de tres a cuatro meses para cada progenitor, que podrá ser utilizado hasta que el menor cumpla la edad de 8 años, en el bien entendido que un mes, como mínimo, de dicho permiso no podrá transferirse de un progenitor al otro. El objetivo de la norma, tanto en 1996 como ahora, si cabe más reforzado, es el de fomento por los progenitores varones de asunción de un mayor grado de responsabilidades familiares, medida que se fundamenta, tal como puede leerse en el considerando número 12 de la introducción del texto del Acuerdo, porque en muchos Estados miembros de la UE las medidas adoptadas hasta el momento para animar a los hombres a participar en las responsabilidades familiares no ha dando suficientes resultados, y por ello “conviene adoptar medidas más efectivas para fomentar una distribución más equitativa de las responsabilidades familiares entre hombres y mujeres”. Entre esas medidas se encuentra justamente la del carácter intransferible de una parte reducida del permiso o licencia, constatándose por los agentes sociales que la experiencia demuestra que esa intransferibilidad puede servir de incentivo positivo para que lo utilicen los padres, y de ahí que acuerden, y se recoja en el texto, “que se dé carácter intransferible a parte del permiso”. La posibilidad de modular el disfrute del derecho queda abierta en el texto, tanto cuando se trate de una pyme como cuando fuere necesario “por razones justificables relacionadas con el funcionamiento de la organización”.

Como novedades con respecto al texto aprobado en 1995, cabe citar la precisión expresa de que quedan cubiertos también los trabajadores que trabajan a tiempo parcial, por una duración determinada o en empresas de trabajo temporal. En efecto, la cláusula 1.3 dispone que no podrán ser excluidos del ámbito de aplicación del Acuerdo, ni por parte estatal ni por los agentes sociales en sus acuerdos colectivos, a quienes presten un servicio a tiempo parcial, o que su contrato sea de duración determinada, o que presten sus servicios contratados por una empresa de trabajo temporal que los pone a disposición de otra empresa. Además, se deja en manos de la normativa estatal y convencional la posibilidad de regulación del disfrute del permiso parental a tiempo completo o parcial, de manera fragmentada o conforme a un sistema de crédito de tiempo.

Con respecto a la exigencia de una mínima antigüedad para poder acceder al disfrute del permiso, se permite su fijación siempre y cuando no sea superior a un año, y que se vayan sumando los períodos trabajados, en su caso, cuando un trabajador preste servicios a una empresa con sucesivos contratos de duración determinada.

A fin y efecto de evitar un trato desfavorable hacia el trabajador que hace uso del derecho reconocido en la norma, se dispone de forma expresa, en coherencia con los textos internacionales y comunitarios sobre igualdad y no discriminación, que quienes hagan uso de dicho derecho podrán ocupar su mismo puesto de trabajo anterior cuando se reincorporen a la actividad laboral por finalización del período de disfrute del permiso parental, y si ello no fuere posible deberá poder hacerlo a “un trabajo equivalente o similar conforme a su contrato de trabajo o a su relación laboral”. Igualmente será contraria a derecho toda decisión empresarial que implique la extinción del contrato de un trabajador por el hecho de haber solicitado o disfrutado del permiso parental.

También debe destacarse que los trabajadores que regresen tras un permiso parental tendrán derecho a pedir cambios en sus horarios o regímenes de trabajo por un período determinado de tiempo, y sus peticiones deberán ser tomadas en consideración y atendidas por los empleadores, siempre teniendo en cuenta las necesidades organizativas empresariales y los derechos de la parte trabajadora.

Cuestión diferente en puridad del derecho al permiso por motivos parentales, pero que también afecta al cuidado de los menores por los padres trabajadores y que encuentra acogida expresa en la nueva Directiva, es la obligación de los poderes públicos y de los agentes sociales de adoptar las medidas necesarias para que dicho cuidado puede producirse “por motivos de fuerza mayor vinculados a asuntos familiares urgentes en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable la presencia inmediata del trabajador”. La concreción de ese derecho, más concretamente su limitación a un número determinado de días anuales, se deja también a los poderes públicos y los agentes sociales nacionales.

Por último, ha de señalarse que la norma obliga a los poder públicos, al igual que ocurre en otras Directivas de la UE, a la regulación de un marco normativo que incorpore, en caso de incumplimiento por parte empresarial de las disposiciones de la Directiva, de “sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias”.

domingo, 28 de marzo de 2010

Camino de la Europa 2020. La puesta en marcha de la nueva Estrategia europea (y IV).

Para concretar los avances en cada uno de los objetivos prioritarios que acabo de explicar, la Comisión propone un conjunto de iniciativas, que califica de “emblemáticas”, para desarrollar durante todo el período y que sean el punto de referencia para ver y concretar cómo se avanza en la consecución de los objetivos. Son las siguientes:


-- “Unión por la innovación, con el fin de mejorar las condiciones generales y el acceso a la financiación para investigación e innovación y garantizar que las ideas innovadoras se puedan convertir en productos y servicios que generen crecimiento y empleo”. De especial interés me parece la propuesta de adoptar medidas que permitan disponer de un número suficiente de licenciados en ciencias matemáticas e ingeniería, y también la de centrar el currículo “en la creatividad, la innovación y el espíritu emprendedor”.


-- “Juventud en movimiento, para mejorar los resultados de los sistemas educativos y facilitar la entrada de los jóvenes en el mercado de trabajo”. Hay que potenciar los programas europeos de movilidad internacional educativa, una política de empleo europea para los jóvenes que permita estancias formativas en otros Estados, acoplar adecuadamente los sistemas educativos con las necesidades (que recuerdo que son cada vez más cambiantes) del mercado laboral, y promover el reconocimiento del aprendizaje tanto formal como informal.


-- “Una agenda digital para Europa, con el fin de acelerar el despliegue de internet de alta velocidad y beneficiarse de un mercado único digital para las familias y empresas”. Además de solicitar un incremento importante de los fondos económicos, se plantea la necesidad de la promoción del acceso a internet y su utilización por todos los ciudadanos europeos, debiendo intensificarse las acciones educativas y formativas que apoyen la alfabetización digital y la accesibilidad.


-- “Una Europa que utilice eficazmente los recursos, para ayudar a desligar crecimiento económico y utilización de recursos, apoyar el cambio hacia una economía con bajas emisiones de carbono, incrementar el uso de fuentes de energía renovables, modernizar nuestro sector del transporte y promover la eficacia energética”. Para la Comisión, y estas propuestas son objeto de intenso debate tanto en el ámbito europeo como internacional, y así lo demuestra la reciente reunión de Copenhague, se trata de desligar el crecimiento económico del uso de recursos y de energías, debiendo “reducir las emisiones de CO2, reforzar la competitividad y promover una mayor seguridad energética”. Como medida concreta que puede tener un impacto directo sobre el empleo, se pide la eliminación de subvenciones que producen deterioro medioambiental, pero se acepta que se mantengan, de forma limitada, “para las personas con necesidades sociales”.


-- “Una política industrial para la era de la mundialización, para mejorar el entorno empresarial, especialmente para las PYME, y apoyar el desarrollo de una base industrial fuerte y sostenible, capaz de competir a nivel mundial”. Cobran aquí especial importancia a mi parecer las propuestas de avanzar en la reestructuración de sectores empresariales en crisis hacia otros con futuro, con ayuda de los fondos económicos de la UE y señaladamente del Fondo europeo de adaptación a la globalización, así como también las de promoción de la responsabilidad social de las empresas como elemento clave “para contar con la confianza a largo plazo de empleadores y consumidores”.


-- “Agenda de nuevas cualificaciones y empleos, para modernizar los mercados laborales y potenciar la autonomía de las personas mediante el desarrollo de capacidades a lo largo de su vida con el fin de aumentar la participación laboral y adecuar mejor la oferta y la demanda de trabajos, en particular mediante la movilidad laboral”. Nuevamente se insiste en la importancia de adoptar las medidas económicas, educativas y formativas necesarias para posibilitar la adquisición de nuevas cualificaciones y la adaptación a las nuevas condiciones que se dan en los mercados laborales, basando buena parte de las nuevas propuestas en las recogidas en anteriores documentos que plantean la necesidad de la puesta en marcha de una nueva agenda europea de nuevas cualificaciones y empleos, cuestión que ya he abordado en numerosas ocasiones en el blog.


Se trata, en definitiva, y para garantizar la continuidad del modelo social que inspira la UE, de “habilitar a las personas mediante la adquisición de nuevas cualificaciones, con el fin de que la población actual y futura se adapte a las nuevas condiciones y a potenciales cambios de carrera, reducir el desempleo e incrementar la movilidad laboral”. En este punto, y para tomar en consideración aquello que se está haciendo en el mismo ámbito por nuestros competidores económicos, es bueno fijarse en el reciente Informe económico anual del Presidente de los Estados Unidos, hecho público el 12 de febrero, en el que también se insiste en la importancia del cambio y en la necesidad urgente de adoptar medidas educativas, formativas y laborales para que la población trabajadora se adapte al mismo. Tal como se afirma en la introducción del capítulo 8:

“As we begin to recover from the recession, we will see a new and much-changed labor market. Some industries that grew unsustainably large in recent years, such as construction and finance, will recover but will not immediately return to past employment levels. The same may be true for traditional manufacturing, which has been shrinking as a share of the economy for decades. The pace of employment decline will surely moderate after the recession, but many former workers in traditional manufacturing will need to transition into new, growing sectors”.


-- “Plataforma europea contra la pobreza, para garantizar la cohesión social y territorial de tal forma que los beneficios del crecimiento y del empleo sean ampliamente compartidos y las personas que sufren de pobreza y exclusión social pueden vivir dignamente y tomar parte activa en la sociedad”. Se trata de mejorar el método abierto de coordinación y convertirlo en una plataforma de cooperación entre Estados, de efectuar un buen uso de los recursos económicos de los fondos estructurales, en especial del Fondo Social Europeo , y de poner en marcha medidas laborales y sociales que tomen en consideración la problemática de los colectivos vulnerables. En concreto, se pide por la Comisión que esta iniciativa permita poner en marcha “una educación innovadora, formación y oportunidades de empleo para las comunidades más desasistidas, luchar contra la discriminación (por ejemplo la de los discapacitados) y desarrollar una nueva agenda para la integración de los inmigrantes con el fin de que puedan explotar plenamente su potencial”.


9. Una semana después el Parlamento Europeo se pronunciaba sobre la Estrategia 2020, manifestando en términos generales su satisfacción por la puesta en marcha de una nueva política que corrija las deficiencias observadas en la aplicación de la estrategia de Lisboa, señaladamente su complejidad y las deficiencias en la puesta en marcha de una gobernanza adecuada, y de ahí que se valore positivamente la decisión de fijar menos objetivos a alcanzar pero más claros, realistas y cuantificables. De esta manera el PE daba respuesta positiva a la manifestación de la Comisión, recogida en su documento de 3 de marzo, que esperaba con interés “las opiniones y el apoyo del Parlamento europeo para que Europa 2020 sea un éxito”.

Desde la perspectiva de las políticas sociales, me interesa destacar el énfasis del PE en la puesta en marcha de una ambiciosa agenda social y en la creación de mercados de trabajo incluyentes y competitivos “mediante la reestructuración de los sistemas de Seguridad Social y el establecimiento de una mayor flexibilidad para los empleadores en combinación con unas prestaciones de desempleo adecuadas a corto plazo y el apoyo a la reempleabilidad”. También comparto el planteamiento del PE respecto a la petición formulada a la Comisión para que propusiera medidas, que podían incluir sanciones, para los países que no cumplan con los objetivos aprobados, e incentivos para aquellos que sí lo hagan.

10. En el proyecto de orden del día comentado del Consejo Europeo del 25 y 26 de marzo, presentado por el Presidente del Consejo Europeo, se recogían los principales puntos que se esperaba que fueran abordados. Según la nota oficial de la presidencia, “basándose en la Comunicación de la Comisión "Europa 2020", se solicitará al Consejo Europeo que dé su visto bueno al marco general de la nueva estrategia de la Unión para el crecimiento y el empleo. En especial, se le solicitará que ultime la gobernanza de la estrategia y que acuerde un número limitado de objetivos cuantitativos a escala comunitaria, que se plasmarán posteriormente en objetivos nacionales diferenciados”.

Pues bien, hay que decir que el Consejo Europeo ha alcanzado un acuerdo sobre tres de los cinco grandes objetivos propuestos en el documento antes examinado, en concreto sobre tasas de empleo, innovación y formación, y reducción de gases de efecto invernadero; por el contrario, ha tenido que aplazar hasta el mes de junio la posible concreción de los objetivos en los ámbitos de reducción de los índices de abandono escolar e incremento de la población con estudios superiores, y del de personas que se encuentran en situación de pobreza, dadas las discrepancias existentes en estos dos últimos apartados entre la Comisión y varios Estados sobre quien es competente para adoptar dichas decisiones. Para el ámbito educativo se dispone que será el consejo europeo de junio el que establecerá “los porcentajes numéricos” y para la integración social simplemente se acuerda (¿no debería dedicarse mucha más atención a este grave problema de las personas sin recursos?) que se “volverá a estudiar esta cuestión” en la reunión de junio.


El Consejo ha hecho buena la propuesta de la Comisión en el documento de 3 de marzo, es decir el respaldo en primer término del enfoque general de la Estrategia, dejando para la reunión del mes de junio su aprobación definitiva y también la de las directrices integradas y los objetivos nacionales que permitan ponerla en marcha inmediatamente.


En el ámbito de las políticas de empleo, la atención se prestará a partir de la puesta en marcha de la nueva estrategia en la población de 20 a 64 años (probablemente la decisión de fijar la edad mínima tenga mucho que ver con los procesos de ampliación real de la edad de permanencia en el mundo educativo y en los objetivos marcados por los poderes públicos de ir ampliando la edad de escolarización obligatoria), para la que se fija la consecución de la tasa del 75 % de empleo en el 2020. Para conseguirla, se plantea la necesidad de conseguir una mayor participación en el mercado de trabajo de los jóvenes que alcancen la edad “de partida”, aquellos a los que púdicamente se califica de mayor edad y que me imagino que seguirán siendo los de 55 a 64 (trabajadores de edad avanzada, en terminología de la Organización Internacional del Trabajo), las personas que tienen una baja cualificación profesional (para las que será necesario articular medidas formativas adecuadas para su mejora) y la de los inmigrantes legales (obsérvese la precisión jurídica con respecto al estatus administrativo de la población inmigrada, coherente con las políticas comunitarias recogidas en el nuevo Programa de Estocolmo y que apuestan por un fortalecimiento de la integración regular y ordenada de los migrantes en el mercado de trabajo europeo).


Desde una perspectiva más indirectamente relacionada con el mundo del trabajo, pero al que también afectan sin duda, el Consejo vuelve a fijar un objetivo ambicioso en materia de recursos económicos, públicos y privados, que deberían dedicarse a la investigación y desarrollo durante la presente década, cifrado en el 3 % del PIB; por otra parte, se aprueba el llamado paquete 20/20/20, es decir “reducir la emisión de gases con efecto invernadero en un 20 % con respecto a los niveles de 1990; incrementar hasta el 20 % la proporción de energías renovables en el consumo final de energía; y avanzar hacia un aumento del 20 % en el rendimiento energético”.

Como cuestión organizativa, por lo que respecta a la actuación de los poderes comunitarios y de los respectivos Estados, el plan aprobado tiene sensibles puntos de coincidencia con el mecanismo actual de reparto de poder, en el bien entendido que todavía sigue siendo objeto de debate, y sin duda lo será hasta poco antes del Consejo de junio, cuál será el grado de poder que tendrá las instancias comunitarias para controlar las políticas adoptadas por cada estado y, en su caso, que medidas sancionadoras o de control de actuaciones contrarias a las decisiones comunitarias puedan establecerse. En tal sentido, me parecen importantes las conclusiones del Consejo en las que se afirma que “se reforzará la coordinación de la política económica general haciendo un mejor uso de los instrumentos facilitados por el artículo 121 del Tratado (TFUE)” y que “se fortalecerá la coordinación de la zona del euro para abordar los retos que afronta esta zona. La Comisión presentará antes de junio de 2010 propuestas a este respecto haciendo uso de los nuevos instrumentos de coordinación económica ofrecidos por el artículo 136 del Tratado (TFUE)”.


En el anexo de las conclusiones se detallan cuáles serán las próximas etapas de la puesta en marcha de la “nueva estrategia europea para el empleo y el crecimiento” que sustituirá (al menos formalmente) a la Estrategia Europea para el Empleo puesta en marcha en 1998 y que alcanzó su punto álgido de desarrollo al mismo tiempo que la Estrategia de Lisboa 2000 (revisada en 2005), anexo que debe leerse en relación con el propio texto, o más concretamente con algunos apartados de las conclusiones.


En primer lugar, la Comisión presentará unas propuestas de directrices integradas “más específicas”, que sin duda reducirán el número de las recogidas hasta ahora tanto en materia de empleo como de política económica, que tras los debates en las instancias comunitarias puedan ser aprobadas en el Consejo de junio.


Mientras ello se produce, tanto la Comisión como los Estados miembros trabajarán para identificar cuáles son los “principales obstáculos” en los respectivos ámbitos territoriales para el crecimiento, con el objetivo de sean tomados en consideración cuando se elaboren por los Estados sus programas nacionales de reforma. Para fijar los objetivos nacionales, es decir para concretar en sede estatal los 3 (de momento) grandes objetivos comunitarios, cada país lo hará de acuerdo con sus circunstancias nacionales y con un estrecho diálogo con la Comisión para velar para que se adecuen a los objetivos comunitarios, debiendo ello ser objeto de examen en el Consejo (al que ciertamente no le va a faltar trabajo) del próximo mes de junio.


Ese trabajo, y esos objetivos, serán tenido en consideración por parte de la Comisión cuando presente el próximo otoño (“a más tardar”, se afirma en las conclusiones) las medidas necesarias para aplicar la nueva Estrategia. En el mismo período de tiempo (obsérvese que estamos hablando de sólo seis meses para la adopción de las nuevas medidas), los Estados presentarán sus programas nacionales reforma y detallarán como y de qué forma van a aplicar la nueva Estrategia comunitaria, debiendo poner especial énfasis en las actuaciones que sean necesarias para cumplir los objetivos nacionales y en las medidas “para eliminar los estrangulamientos que frenan el crecimiento a escala nacional”.


A fin de incentivar el proceso de reforma, el Consejo cree que las medidas que se adopten por los Estados en tal sentido “deberían recibir el máximo apoyo mediante la movilización de todos los instrumentos pertinentes de la UE, incluidos instrumentos de financiación innovadores en cooperación con el Grupo del BEI”.


11. Concluyo. Ahora hay que poner en marcha el proceso de concreción de la nueva Estrategia para su definitiva aprobación el mes de junio según el calendario propuesto en el documento de 3 de marzo.

En cualquier caso, para que la nueva política comunitaria tenga éxito social, requerirá de una mayor adaptación a las necesidades de la gran parte de la población europea que la que ha existido en el período posterior a la revisión en 2005 de la estrategia de Lisboa, y está por ver si todos los Estados, o más concretamente sus gobiernos, están por esa labor. En caso afirmativo podremos plantearnos cómo mejorar el modelo social europeo en el marco de una realidad económica y social a escala mundial cada vez más interdependiente y que no podemos nunca olvidar en nuestros análisis; en caso contrario, el riesgo de una mayor conflictividad y exacerbación de las tensiones sociales está servido.

Sería bueno y necesario concretar mucho más los objetivos sociales a alcanzar y reforzar la dimensión social de la Europa 2020, con un correcto equilibrio entre las dimensiones económica, medioambiental y social. ¿Estamos preparados para ello, lo conseguiremos, y hago mía la letra de una preciosa canción de Bon Jovi de 1995, o nos resignamos a un mundo peor para la mayor parte de la población?

Camino de la Europa 2020. La puesta en marcha de la nueva Estrategia europea (III).

6. Me detengo ahora brevemente en el análisis de algunos aspectos destacados de la Presidencia española de la UE durante el primer semestre de 2010, con una referencia previa al programa de la troika comunitaria (España, Bélgica y Hungría) para el período comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 30 de junio de 2011, presentado en noviembre de 2009. Hay que decir que los tres Estados consideran prioritaria la revisión de la Estrategia de Lisboa, siendo uno de los objetivos de dicha revisión la promoción del crecimiento económico y empleo, que debe ir de la mano del reforzamiento de la cohesión social, económica y territorial, con objetivos realistas para los próximos diez años (una forma educada, a mi parecer, de poner de manifiesto el carácter demasiado ambicioso de los objetivos marcados en el Consejo Europeo de Lisboa 2000 para el decenio que ahora concluye), con una mayor implicación de los poderes locales y regionales, y con una integración en la nueva estrategia de los desafíos demográficos y ambientales que no se tuvieron tanto en consideración en la de Lisboa – 2000. Igualmente, la revisión de la Agenda Social Europea cobrará especial importancia, ya que deberán integrarse las medidas ya adoptadas o por adoptar para dar cumplimiento a los objetivos programáticos marcados en diferentes planes europeos aprobados en los últimos años, que afectan a la juventud, a las políticas de igualdad de género y de protección a la familia.

En coherencia con las decisiones ya adoptadas por el Consejo Europeo, y en la misma línea que las propuestas formuladas en otros foros económicos y sociales sobre la adecuada combinación entre la retirada gradual de los estímulos económicos adoptados durante la crisis y su mantenimiento para evitar efectos perversos sobre la población más duramente afectada, la presidencia española es consciente de la necesidad de proceder a la retirada de esos estímulos “en cuanto la situación económica lo permita”, con un claro objetivo de doble contenido político y económico: “afianzar la recuperación económica, volver a la senda de la creación de empleo y avanzar en la sostenibilidad de las finanzas públicas a través de los procesos de consolidación de los Estados miembros”. Y ello, con la finalidad de ir avanzado en el diseño de la Nueva Estrategia 2020.

En el apartado del “programa operativo”, es decir el más específico del Estado que asume la presidencia, el gobierno español formula una declaración general de intenciones, en el apartado dedicado a “empleo, política social, sanidad y consumidores” (es decir, el consejo EPSCO), poniendo de manifiesto que trabajará “para limitar la incidencia de la crisis en los mercados de trabajo y sus efectos sociales más negativos, prestando atención especial a las personas más vulnerables y a los nuevos riesgos de exclusión”. En su concreción, ciertamente muy limitada dado el carácter necesariamente generalista del documento, hay algunas pistas de actuación que deseo destacar:

A) La prioridad del empleo en la estrategia 2020, promoviendo tanto su creación en el campo de las energías renovables, reciclaje y de conservación del medio ambiente (“empleos verdes”), como en el de las nuevas demandas de atención social (“empleos blancos”) y en el de las nuevas tecnologías (“empleos azules”). En la puesta en marcha de estas políticas de creación de empleo, la plena aplicación del principio de igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres debe ser “un elemento central del nuevo modelo de cohesión social”.

B) La puesta en marcha de iniciativas en relación con la directiva sobre desplazamiento de trabajadores, una forma suave de indicar que es necesario abordar con claridad y sin temores cómo defender el modelo social europeo ante una jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha provocado en 2008 y 2009 una lógica y comprensible preocupación en amplios sectores del mundo laboral por la limitación de los derechos colectivos de los trabajadores y su supeditación a la libertad de prestación de servicios, una conclusión que no creo que estuviera nunca en la mente, ni tampoco está en la letra, de los redactores de la Directiva y que por ello es necesario corregir con los instrumentos jurídicos más adecuados.

C) Una atención especial al empleo de los jóvenes, tanto mediante el establecimiento de adecuadas relaciones entre los sistemas educativos y el empleo, como facilitando la estabilidad laboral después de un período de demostración de los conocimientos adquiridos en vía académica (y aquí puede cobrar sentido el debate en España sobre la política selectiva de bonificaciones en algunas contrataciones, o más exactamente en la conversión en estable de las contrataciones inicialmente temporales dirigidas a jóvenes), y ayudando a potenciar todas las iniciativas emprendedoras mediante los instrumentos adecuados de información, orientación y asesoramiento. Por cierto, nuevamente se insiste, aunque después los hechos no siempre se adecúen a lo escrito en un documento de trabajo, en que la formación profesional será un área prioritaria por constituir un “pilar básico para el desarrollo económico de la sociedad y para el progreso en todos los órdenes”, y que se trabajará para facilitar la adquisición de nuevas competencias, obviamente no sólo para jóvenes, en el marco de la iniciativa puesta en marcha en diciembre de 2008 con el documento “Nuevas capacidades para nuevos empleos”.

7. El Consejo europeo informal de 11 de febrero fue dedicado la reelaboración del documento de 24 de noviembre y a la presentación y discusión de las propuestas que finalmente deben ser la base de la estrategia europea del próximo decenio, con la presentación de un borrador de trabajo por parte del presidente de la Comisión en el que se analizan diversas cuestiones de indudable interés.

A) El impacto durísimo de la crisis, que ha supuesto una disminución del Producto Interior Bruto (PIB) en un 4% en 2009, un descenso del 20 % de la producción industrial, y 23 millones de desempleados, de los que 7 se han producido en los 20 meses anteriores al consejo, situándonos en tasas del 10 % cercanas a las de hace 20 años, o dicho de forma más gráfica “en 2 años se han malgastado 20 de consolidación” y el potencial de crecimiento europeo se ha reducido a la mitad en los dos años de crisis.

B) La necesidad de incrementar los niveles de productividad y de mejorar nuestra tasa de exportaciones para hacer frente a nuestros competidores económicos, que pasa por mejorar los niveles de inversión en I+D+i. hacer un mayor uso de las TIC, y reducir o suprimir los obstáculos que dificultan la actividad empresarial. Ello, teniendo presente que las políticas nacionales de cada Estado de la UE están cada día más interconectadas y que, al mismo tiempo, deben de operar en el marco de una economía más globalizada donde la presencia, y la presión, de otras economías desarrollas y de varios países emergentes se intensifica cada vez más, por lo que las respuestas pasan a ser de carácter global, tanto en el ámbito económico como financiero. Por decirlo con las palabras del documento de 3 de marzo, “Europa está comprometida en la búsqueda de soluciones globales que desemboquen en un sistema financiero eficaz y sostenible”.

También, la necesidad de tomar medidas para encarar el reto del envejecimiento de la población europea, que implica un crecimiento importante de la población mayor de 60 años y la reducción de unos 2 millones de personas en edad de trabajar en 2020. Para la Comisión, “la combinación de una menor población activa y una mayor proporción de jubilados se traducirá en tensiones en nuestros sistemas de bienestar”.

C) La necesidad de mejorar la coordinación entre todas las políticas que se adopten por parte de la UE y de los diferentes Estados, aprovechar el potencial que supone la existencia de un mercado interior y de una moneda única, y encarar desde este análisis previo de las problemas existentes las realidades que tenemos ante nosotros y hacerlo con perspectiva de futuro y no con decisiones a mero corto plazo, ya que la mundialización, la presión sobre los recursos, el proceso de envejecimiento de la población y los cambios tecnológicos, son ámbitos temáticos que nos acompañaran de forma permanente o, como mínimo, durante mucho tiempo a partir de ahora.

De ahí que las tres prioridades estratégicas que se debe marcar la UE para el próximo decenio, y que ya estaban recogidos en la Comunicación de 24 de noviembre, son las de poner en marcha una política de crecimiento basado en el conocimiento y la innovación, con especial atención a la sociedad digital y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC); apostar por una sociedad inclusiva con altos niveles de empleo, mejora de las capacidades de las personas trabajadores (se apunta el dato de que en 2020 16 millones de trabajos requerirán de más cualificación, mientras que la demanda de aquellos poco cualificados descenderá en 12 millones) y lucha contra la pobreza; apostar firmemente por una crecimiento verde que impulse una economía competitiva y sostenible.

Esas tres prioridades implican según la Comisión apostar por una recuperación sostenible, enfrentándose de forma colectiva a los retos inmediatos y de futuro ya citados, mientras que si cada país actúa por su cuenta y no se coordinan las medidas a escala europea el riesgo es el de sufrir la pérdida de una década de desarrollo, o dicho de forma mucho más clara y contundente (y los autores del documento han tenido como punto de referencia, sin duda, los problemas experimentados por la economía japonesa hace ya varios años y que la llevó a una década muy difícil en los ámbitos económico y social) se corre el riesgo de “desembocar en una pérdida permanente de riqueza, una baja tasa de crecimiento…, altos niveles de desempleo y desamparo social, y un declive relativo en la escena mundial…”.

8. Por fin, el 3 de marzo la Comisión presenta su propuesta en forma de Comunicación que lleva por título “Europa 2020. Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador”, documento que recoge buena parte de las argumentaciones y propuestas ya expuestas en el Consejo Europeo informal de 11 de febrero y que he analizado con anterioridad, por lo que ahora sólo recogeré los aspectos más relevantes y destacados de la propuesta que ha de servir para que Europa encare el próximo decenio con vocación de ser una sociedad innovadora, económicamente potente e inclusiva socialmente.

Desde la perspectiva de las políticas de empleo me interesa mencionar con carácter previo el Dictamen del Comité de Empleo sobre la estrategia europea para el empleo en el marco del programa de Lisboa para el período posterior a 2010, en el que se defiende la validez de los objetivos marcados en su momento por la Estrategia Europea para el Empleo y la toma en consideración de las nuevas realidades económicas y sociales; de esta forma, las políticas de empleo deberían tomar en consideración factores como el proceso de envejecimiento de la población, el crecimiento proceso de mundialización económica, el fortalecimiento de los recursos humanos y la apuesta decidida por las políticas de innovación, el cambio climático y su impacto sobre la creación/destrucción de puestos de trabajo, y la necesidad de reforzar la dimensión social de la EEE.

De entrada, hay que decir que se mantiene como las tres prioridades básicas para el próximo decenio las propuestas en la Comunicación de 24 de noviembre de 2009 y que merecieron, en términos generales, una buena valoración en el proceso de consultas abierto a partir de la presentación de dicho texto. Son las siguientes:

-- Crecimiento inteligente: desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación.


-- Crecimiento sostenible: promoción de una economía que utilice más eficazmente los recursos, que sea verde y más competitiva.


-- Crecimiento integrador: fomento de una economía con un alto nivel de empleo que redunde en la cohesión económica, social y territorial.


Estas tres grandes prioridades deben de concretarse en un número limitado de objetivos principales, que puedan ser fácilmente objeto de medición y de comparación entre todos los Estados, y que atiendan además a las diferentes situaciones de cada Estado, que están interrelacionados. Tales objetivos, cuya consecución, según se afirma en la Comunicación con un punto excesivo de intensidad a mi parecer, “será vital para alcanzar con éxito el año 2020”, aún cuando se consideran sólo representativos y en modo alguno exhaustivos, deberán después concretarse en objetivos y trayectorias nacionales, y son los siguientes:

-- El 75 % de la población de entre 20 y 64 años debería estar empleada. Alcanzar este porcentaje implicaría incrementar en 6 puntos la tasa de empleo actualmente existente del 69 %. Hay que indicar que la Estrategia 2020 ha recogido como uno de sus cinco objetivos principales para la próxima década la petición formulada por el Comité de Empleo.


-- El 3 % del PIB de la UE debería ser invertido en I+D, manteniéndose por consiguiente el objetivo ya fijado en la Estrategia de Lisboa y que no se ha alcanzado, argumentándose en este punto que la Comisión “propone mantener el objetivo del 3 %, pero desarrollar simultáneamente un indicador que refleje la intensidad de la I+D+i”. Se pone de manifiesto que el gasto en Europa es aún inferior al 2 %, mientras que alcanza el 2,6 % en Estados Unidos y el 3,4 % en Japón.


-- Debería alcanzarse el objetivo «20/20/20» en materia de clima y energía (incluido un incremento al 30 % de la reducción de emisiones si se dan las condiciones para ello), desde un objetivo muy claro de ahorro económico y de impulso del crecimiento económico. La Comisión apuesta por la adopción de medidas que refuercen el liderazgo europeo en el mercado de tecnologías verdes como medio de garantizar un uso eficaz de los recursos en toda la economía (liderazgo que cada vez más está sufriendo la competencia de China y Estados Unidos), pero al mismo tiempo “eliminando los cuellos de botella en infraestructuras de red claves e impulsando nuestra competitividad industrial”.


-- El porcentaje de abandono escolar debería ser inferior al 10 % y al menos el 40 % de la generación más joven debería tener estudios superiores completos. Alcanzar este objetivo significaría reducir en 5 puntos la tasa de abandono e incrementar en 9 el de personas entre 30 y 34 años que finaliza la enseñanza superior. En el análisis de la problemática educativa-laboral de la población europea, cabe también destacar el dato, recogido en la Comunicación, de que cerca del 50 % del alumnado alcanza un nivel de cualificaciones medias “pero a menudo no adaptadas a las necesidades del mercado laboral”.


-- El riesgo de pobreza (definido como estar por debajo del 60 % de los ingresos disponibles en un Estado miembro) debería amenazar a 20 millones de personas menos. O dicho en otros términos, la reducción debería aparejar que un 25 % menos de los europeos de los que están ahora se encuentren, en 2020, en dicha situación.

Camino de la Europa 2020. La puesta en marcha de la nueva Estrategia europea (II).

4. Las propuestas contenidas en el documento que acabo de analizar encuentran bastantes puntos de concordancia en el ámbito español con las propuestas elaboradas, y aprobadas, por la Comisión Mixta para la UE sobre cuál ha sido la aplicación de la Estrategia de Lisboa en España y cuáles han de ser los objetivos a perseguir en el futuro, documento aprobado el 27 de octubre de 2009. Por cierto, conviene destacar que los ámbitos prioritarios de actuación definidos en 2008 para la última fase de aplicación de la Estrategia de Lisboa siguen siendo válidos a mi parecer en el próximo decenio: mayor inversión en conocimiento y educación; fomento del espíritu empresarial, en especial de las pymes; mayor inversión en el capital humano y modernización de los mercados laborales; adopción de una economía de baja intensidad de carbono y eficiente en el plano energético.

Esos objetivos, y también los que se enumeran en las conclusiones del Consejo Europeos y en el documento de propuestas para la definición de la nueva estrategia de cara al 2.020, deben ser tenidos en consideración por el gobierno español durante su mandado, que ha definido sus líneas de actuación también en cuatro grandes áreas y que, obviamente, tienen muchos puntos de encuentro con los que acabo de enumerar: competitividad y creación de empleo; dimensión social y transversalidad de género; aspectos educativos e I + D + i; preparación de la revisión de la Estrategia de Lisboa y del nuevo ciclo.

Del documento elaborado en sede parlamentaria me quedo con algunas tesis y propuestas de especial interés a mi parecer: en primer lugar, la llamada a la consolidación del papel del Estado como dinamizador de la economía, y la petición de dedicar más recursos económicos a las políticas de formación, inversión productiva e I + D + i; en segundo término, el apoyo decidido a las políticas de flexiguridad para conseguir tanto el incremento del volumen de empleo de la población trabajadora como un crecimiento económico sostenible. Se puede decir de muchas formas, pero dudo que con mayor claridad: en la búsqueda de seguridad laboral para los trabajadores, “el sujeto de protección social es la carrera laboral del trabajador en lugar de, como se ha hecho tradicionalmente, el puesto de trabajo concreto”.

En tercer lugar, encontramos probablemente la propuesta de mayor impacto ya que, tras las críticas al funcionamiento insatisfactorio al método abierto de coordinación para alcanzar los objetivos perseguidos en la Estrategia de Lisboa, se sugiere explorar la conveniencia de establecer un método comunitario con una mayor rendición de cuentas y responsabilidades en caso de incumplimiento, aunque los grupos parlamentarios españoles son conscientes de “todas las dificultades que pueden plantearse para esta evolución”, y se propone la posible creación de un “Fondo Lisboa” a cuyos fondos se podría acceder por los Estados que demostraran fehacientemente el cumplimiento de los objetivos enunciados en sus respectivos Planes Nacionales de Reformas.

5. El documento comunitario fue sometido a consulta pública, y una buena síntesis de las valoraciones remitidas a las instancias comunitarias se recoge en un documento comunitario de principios del pasado mes de febrero y que fue objeto de examen en el Consejo Europeo informal celebrado el día 11 de dicho mes. La mayor parte de los Estados han coincidido en la necesidad de mejorar la gobernanza de la futura Estrategia, una mayor coordinación de la política económica y la fijación de menos objetivos. También se plantea la necesidad de mejorar la implicación de todos los agentes en las decisiones que se adopten y una mejora de la comunicación para que la opinión pública tenga un buen y adecuado conocimiento de todo aquello que se está haciendo por el futuro de Europa.

A) Sobre la Estrategia post-Lisboa también es necesario prestar atención a las argumentaciones y propuestas del Comité de las Regiones. En la sesión plenaria celebrada los días 3 y 4 de diciembre de 2009 se aprobó un importante dictamen sobre “El futuro de la Estrategia de Lisboa después de 2.010”, texto que es la conclusión de un amplio proceso de consultas abiertas en marzo del mismo año para que todos los entes locales y regionales que así lo desearan pudieran manifestar su parecer sobre qué líneas y qué objetivos debe tener la nueva estrategia de desarrollo sostenible que sustituirá a la Estrategia de Lisboa.

Una idea clave del Dictamen del CR es la necesidad de poner en marcha, en el marco de un amplio proceso de cambios estructurales que requiere la economía europea, “unas políticas activas en el sector del mercado laboral que fomenten la transición hacia una economía ecológica”. Igualmente, hay que conseguir que la nueva estrategia comunitaria apueste por la consecución de un elevado nivel de calidad de vida y el bienestar de toda la ciudadanía comunitaria, para lo que el empleo constituye un componente fundamental aunque no único; la apuesta firme por el desarrollo de políticas educativas y formativas durante toda la vida de la persona, es decir la potenciación del aprendizaje permanente, así como también la lucha contra el desempleo, en especial del juvenil, son elementos fundamentales de la propuesta del CR, que enfatiza igualmente la conveniencia de adoptar políticas inclusivas en materia de empleo y protección social para combatir la pobreza y el aumento de las desigualdades en la Europa comunitaria, así como la defensa del modelo social europeo.

Con carácter más general, el dictamen del CR identifica varios desafíos a largo plazo que la nueva Estrategia comunitaria debería tomar en consideración muy seriamente por su impacto sobre el bienestar económico y social, como son el cambio demográfico, el cambio climático, la seguridad energética, la globalización y la cohesión territorial. Una idea central se encuentra en todo el documento, cual es la necesidad de que las políticas formativas y los recursos económicos que se dediquen a ellas pongan el acento en cuestiones ecológicas y de economía sostenible, prestando especial atención a que ello posibilite el desarrollo de pequeñas y medianas empresas “nuevas dinámicas e innovadoras”. En este ámbito general también cobra especial valor la puesta en práctica de políticas que apuesten por mejorar la situación de la mujer en el mercado de trabajo europeo, mediante la adopción de políticas que posibiliten tanto la permanencia como la incorporación al mundo laboral, en la línea de mejora de su empleabilidad.

En la memoria de las respuestas recibidas de entes locales y regionales se destaca que la Estrategia de Lisboa tuvo el valor positivo de unir los pilares económico, social y ambiental en una única política marco, pero que no se dio el mismo valor a los dos últimos que al primero. Además se enfatiza la necesidad de aprobar objetivos más concretos y realistas que en la Estrategia 2000, que tengan en cuenta las diferencias territoriales y que permitan armonizar los objetivos de crecimiento y cohesión. Lógicamente, se pide que en la elaboración de la nueva estrategia comunitaria los entes locales y regionales tengan un papel mucho más destacado del que tuvieron en el año 2000, o dicho en otros términos que la gobernanza del nuevo modelo comunitario tenga en cuenta las diferencias territoriales y que los entes citados puedan participar tanto en su elaboración y diseño cono en su aplicación, así como también disponer de la financiación comunitaria y nacional adecuada para enfrentarse a nuevos retos a los que la Estrategia de Lisboa no ha sabido, o podido, dar respuestas adecuadas, como son las nuevas tendencias demográfica, la inmigración o la seguridad energética; en especial me interesa destacar la reflexión que se realiza sobre la necesidad de que la inmigración sea objeto de una regulación y gestión adecuadas “para que tenga un papel positivo en el mercado laboral europeo y no se vea como fuente de mano de obra barata”, con especial atención a fenómenos como el de la inmigración irregular que es muy difícil de determinar si sólo se utilizan indicadores cuantitativos.

En todo este marco, el empleo, la protección social y las políticas educativas se configuran como partes esenciales de una nueva política comunitaria que debe apostar por la mejora de la calidad de vida y la integración social, en el marco de una política de innovación que abarque todo tipo de actividades, es decir no sólo bienes y servicios de alta tecnología, y que contribuya al incremento de la productividad en el ámbito de una economía sostenible. Los entes regionales y locales quieren y desean contribuir al desarrollo de la nueva estrategia y jugar un papel relevante en el ámbito de sus competencias, poniendo de manifiesto que pueden jugar un rol destacado en el ámbito de las políticas de mercado de trabajo, señaladamente las de formación profesional, las de integración de la población inmigrada, y de apoyo a la pequeña y mediana empresa siempre y cuando se reformen los sistemas financieros y crediticios y se facilite el acceso al crédito y al capital para las mismas.

B) El documento comunitario de noviembre, embrión del la Comunicación de 3 de marzo que ha dado lugar a la puesta en marcha de la nueva estrategia, ha sido objeto de valoración crítica, desde la perspectiva del mundo laboral, por la Confederación Europea de Sindicatos (CES), y desde la óptica de la debilidad del diagnóstico de cómo debe actuarse por parte de otras organizaciones intelectuales del ámbito comunitario como es el caso de “Notre Europe”, que alerta de la existencia de nuevos países que concurren en el panorama económico, como China e India, el insuficiente análisis de la problemática del cambio climático, la importancia de conceder prioridad a las acciones emprendidas por los poderes comunitarios, y el establecimiento de medidas sancionadoras, o de estímulos adecuados, para velar por el cumplimiento por parte de los Estados de los objetivos que se fijen finalmente en la estrategia 2020.

Para el sindicalismo europeo, que subraya el fracaso a su parecer del modelo de mercados libres y desregulados, hay varias cuestiones de carácter social que se abordan de forma muy insuficiente, o que simplemente no se contemplan. Se critica que no se aporte una adecuada respuesta a la importante cuestión de cómo se va a abordar el problema del desempleo en los años venideros, de cómo la UE se compromete a favor de una agenda política de empleos de calidad, de cómo mejorar la distribución de la riqueza entre la población e invertir la tendencia a la desigualdad, o en fin, sin ánimo exhaustivo, de cómo encarar la cuestión de los desequilibrios mundiales y poner el acento en las políticas sociales como tema central de los debates sobre la globalización.

Para la CES, que realiza un diagnóstico muy claro de las debilidades actuales del mercado de trabajo europeo, la prioridad de la política comunitaria no puede situarse en el lejano 2020, aunque sea necesario disponer de una propuesta con perspectiva de futuro, sino la puesta en marcha, ya, en el ámbito europeo “de un gran plan de recuperación del empleo, nuevos programas para integrar a los parados, especialmente a los jóvenes, dándoles un trabajo de calidad y formación, estableciendo quien paga antes de considerar seriamente cualquier estrategia de salida de la crisis”.

Las críticas también aparecieron desde el ámbito político. El partido de los socialistas europeos (PSE) reclamaba, en bastante sintonía con las propuestas sindicales antes explicadas, y poco antes de la aprobación del documento final de la Comisión, una revisión de las medidas propuestas para atender a las necesidades reales de la gran parte de la ciudadanía y poniendo en duda que ello se hiciera en los textos que se estaban elaborando.

Para el PSE “our big concern is that this Commission’s version of EU 2020 will consist of big words about transformation without outlining any of the tools needed to undertake such a project in a fair and inclusive way”, además de criticar duramente la calificada como “reinterpretación neoliberal” que se había efectuado de la Estrategia de Lisboa desde 2005, subordinando la dimensión social y medio ambiental a las cuestiones puramente económicas. Según el PSE hay que apostar por reforzar los instrumentos políticos y financieros para abordar los nuevos retos, si de verdad se desea reforzar la UE y poner en marcha una política que mantenga un equilibrio aceptable entre las dimensiones económica, social y medioambiental, y que avance por senderos de un crecimiento más socialmente sostenible y con un mayor grado de cohesión, con una especial atención a las políticas de educación y de formación a lo largo de toda la vida para que las políticas innovadores beneficien a toda la población y no sólo a una pequeña élite.

Camino de la Europa 2020. La puesta en marcha de la nueva Estrategia europea (I).

1. El Consejo Europeo celebrado esta semana ha alcanzado un acuerdo, según puede leerse en sus conclusiones, sobre los “principales elementos” y los “objetivos claves” de la nueva estrategia europea, es decir la Estrategia “Europa 2020”, que será aprobada formalmente en el consejo de junio. Por consiguiente, será durante la presidencia española cuando se ponga en marcha la nueva línea de trabajo de los 27 para avanzar, así se cree y se desea, en una Europa económicamente más potente, socialmente sostenible y que apueste por la innovación y el conocimiento como eje de su actuación futura. Por decirlo con palabras del propio Consejo, “la nueva estrategia se centrará en aquellos ámbitos clave en que sea necesario actuar: conocimiento e innovación, una economía más sostenible, una elevada tasa de empleo e integración social”.

En gran medida, las conclusiones se inspiran, lógicamente, en los documentos que ha ido elaborando y presentado la Comisión Europea desde hace varios meses para encarar el futuro europeo aún cuando sin olvidar la búsqueda de soluciones a corto plazo para atajar la grave crisis económica y social que estamos sufriendo desde mediados de 2007, y hacen suyas las palabras del Presidente Durao Barroso, que afirmaba en el prefacio de la Estrategia 2020 que Europa “es capaz de encontrar un crecimiento inclusivo, sostenible e inteligente, de encontrar el modo de crear nuevos puestos de trabajo y de ofrecer una orientación a nuestras sociedades”.


El propósito de esta entrada del blog es analizar de qué forma se ha llegado a la aceptación de la nueva estrategia. Para ello, revisaré los documentos presentados por la Comisión, tanto los que afectan directamente a “Europa 2020” como algunos que proceden a evaluar los resultados de la llamada “Estrategia Lisboa 2000” y de los que pueden extraerse buenas pistas e ideas de qué es aquello en lo que ha acertado la UE desde que se aprobó, en una etapa económica y social bien distinta a la actual, la Estrategia de Lisboa y en qué ha fallado o no ha alcanzado los objetivos perseguidos. Para ello recupero también, reordenados y revisados, algunos comentarios que ya he ido efectuando en anteriores entradas, de documentos comunitarios y españoles.


Ya adelanto aquí que la Comisión ha propuesto cinco grandes objetivos para el próximo decenio, muchos menos de los existentes en la Estrategia de Lisboa, cuantificables y que deberán ser alcanzados tanto en el ámbito de la UE como por los Estados miembros (teniendo en cuenta, ciertamente, las circunstancias nacionales propias), de los que el Consejo Europeo de esta semana ha aceptado ya tres, los referidos al empleo, la investigación y la innovación, y el cambio climático, mientras que ha aplazado para su hipotética aprobación en la reunión de junio los vinculados a la educación y a la lucha contra la pobreza.


2. Con respecto a la evaluación de la Estrategia de Lisboa hay un importante documento de trabajo de la Comisión del mes de febrero que debe merecer mi atención desde la perspectiva de las políticas de empleo y que incorpora algunas reflexiones que son útiles para poder comprender mejor que ha ocurrido con dicha Estrategia. También quiero resaltar que la Confederación Europea de Sindicatos se ha mostrado crítica con la concreción, en especial a partir de 2005, de la Estrategia de Lisboa, ya que si bien la apoyó en el momento de su puesta en marcha, después ha valorado negativamente que la prioridad se fuera deslizando hacia los aspectos económicos, “rompiendo así el equilibrio con las dimensiones ambientales y sociales”, si bien no deja de subrayar como son las medidas sociales, las más criticadas desde sectores neoliberales, las que han ayudado a paliar los efectos de la crisis; es decir, “irónicamente, una vez instalada la crisis, son el estado del bienestar y los servicios públicos los que han actuado como estabilizadores automáticos y con la ayuda de medidas keynnesianas de estímulo económico se ha impedido que la recesión de la UE se convierta en depresión”.


La idea principal del documento comunitario pivota sobre la bondad inicial de la estrategia de Lisboa para dar respuesta a los retos de la globalización y del envejecimiento, y para conseguir una Europa competitiva y dinámica, sostenible y cohesionada socialmente, pero cuya estructura de funcionamiento fue evolucionando de forma gradual (aunque se corrigiera parcialmente en la revisión de 2005) “hacia una estructura excesivamente compleja, con objetivos y acciones múltiples y una división confusa de las responsabilidades y tareas, particularmente entre la UE y el nivel nacional”; no obstante, también se valora, desde otra perspectiva, que la Estrategia haya sido flexible para adaptarse a los nuevos retos y prioridades políticas que han ido surgiendo durante la década (se presta especial atención a las cuatro áreas prioritarias fijadas desde 2005 y que en buena medida van a seguir estando bien presentes en la nueva Estrategia: investigación e innovación, inversión en las personas y modernización de los mercados de trabajo; apertura del potencial empresarial, particularmente para las pymes,; energía y cambio climático).


No menos importante es destacar que durante el decenio que concluye, la UE ha pasado de 15 a 27 miembros, que el euro, adoptado en 1999, ya es moneda en 16 Estados de la UE y ha contribuido a la estabilidad macroeconómica, y que la situación económica y social, en términos básicamente de población empleada, ha sido bastante favorable durante buena parte del período de aplicación de la anterior Estrategia pero se ha visto sensiblemente afectada por la importante crisis económica iniciada en los Estados Unidos a mediados de 2007, con un crecimiento del desempleo que ha alcanzado cerca del 10 % en la UE en 2009, pero que no debe hacer olvidar que antes de la crisis se crearon 18 millones de nuevos puestos de trabajo, y que las políticas activas de empleo puestas en marcha ha contribuido a la mejora de la situación social en los Estados miembros y al mismo tiempo han ayudado a evitar que la situación del mercado laboral fuera más complicada cuando se inició la crisis económica.


La referencia a la crisis es recurrente en todos los documentos europeos, e incluso es un punto básico de partida para proponer la nueva Estrategia, aunque mi parecer es que se hubiera aprobado también de no producirse aquella, por la necesidad de revisar la Estrategia de Lisboa una vez que llega a su fin este año, y la necesidad de encararla desde Europa teniendo presente el proceso de globalización económica y social que vivimos, también. Sirva como ejemplo significativo una de las primeras frases del documento de la Estrategia 2020: “Europa se enfrenta a un momento de transformación. La crisis ha echado por tierra años de progreso económico y social y expuesto las debilidades estructurales de la economía europea. Mientras tanto, el mundo se mueve con rapidez y los retos a largo plazo (mundialización, presión sobre los recursos, envejecimiento) se intensifican. La UE debe tomar en sus manos su propio futuro”.


Probablemente, una de las ideas más relevantes del documento de evaluación, y que sin duda ha inspirado las nuevas propuestas comunitarias, es la necesidad de reducir los objetivos prioritarios, tanto comunitarios como estatales, y que sean claro y puedan medirse y evaluarse de forma rápida y adecuada, formulándose la crítica de que si bien las directrices aprobadas durante este decenio eran amplias y podían haber ayudado a sentar las bases conceptuales de las reformas, “su carácter genérico y la falta de una jerarquía interna limitaron su impacto en las políticas nacionales”. No menos cierto, no obstante, es que los objetivos se enmarcan en un amplio proceso de desarrollo de las tres grandes prioridades, repetidamente citadas en todos los documentos que serán objeto de análisis por mi parte, de crecimiento inteligible, sostenible e integrador, y que la propia Comisión reconoce que no son exhaustivos, “ya que será precisa una amplia gama de acciones a nivel nacional, comunitario e internacional para sustentarlos”.


3. Mi mirada se pone ahora en un importante documento presentado el 24 de noviembre de 2009 por la Comisión, con el que se pretendió abrir un amplio debate para definir las líneas maestras de por dónde debe ir la política comunitaria, cuáles deben sus prioridades y objetivos, durante el próximo decenio. Y digo que se pretendió iniciar un amplio debate porque se abrió un período hasta el 15 de enero de 2010 para recabar todas las observaciones, comentarios, sugerencias y críticas que se desearan formular al documento que lleva por título “Consulta sobre la futura estrategia UE 2020” y con el que se pretendía llegar a la definitiva aprobación del nuevo programa de acción a largo plazo que sustituya a la estrategia de Lisboa, cuyos contenidos, reitero, siguen siendo válidos en una buena medida pero que fue adoptada en un momento en que la situación política, económica y social era sensiblemente distinta de la actual.

De manera especial, y por lo que respecta al ámbito laboral, quiero destacar que una de las ideas o tesis generales del documento es buscar cómo adoptar y poner en marcha nuevas políticas que refuercen la cohesión social, aborden el desempleo y refuercen la inclusión social, “garantizando en todo momento el buen funcionamiento de los mercados laborales”, insistiéndose en la importancia del incremento de la tasa de participación femenina en el mercado de trabajo y en la mejora de los sistemas educativos para hacer frente a los nuevos retos culturales y productivos que se derivan de la sociedad del conocimiento, medidas por cierta que encontramos también en los documentos comunitarios de la mayor parte de los años de la década que está a punto de concluir.

La Comisión plantea una nueva estrategia que debe estar basada en tres prioridades: en primer lugar, la creación de valor “basando el crecimiento en el conocimiento”, ya que vivimos en un entorno económico y social donde parece que será la innovación, tanto en los productos como en los procesos, la que marcará la diferencia; en segundo término, la potenciación del papel de los ciudadanos en sociedades inclusivas, siendo ésta la referencia o propuesta con contenido más directamente vinculada al empleo ya que se pone el acento en la necesaria capacidad de adaptación del personal para poder acceder a los nuevos empleos que ofrecerá la sociedad más creativa e innovadora (una nueva versión de la flexiguridad a mi parecer); por fin, la creación de una economía competitiva, conectada y más respetuosa del medio ambiente, con una apuesta decidida por una reducción del consumo de recursos y energías no renovales y por unas políticas muy respetuosas con el medio ambiente y que incentiven la creación de empleo en el ámbito de los llamado “sectores verdes”.

Con relación a la primera prioridad, se apuesta de forma decidida por potenciar en los próximos años la educación y la investigación, la innovación y la creatividad, con una especial atención a las posibilidades que ofrece la economía digital. Desde mi perspectiva universitaria, me interesa destacar el énfasis del documento en la mejora de la calidad, de la investigación, y en especial en el refuerzo de las políticas de movilidad de los estudiantes “con el fin de adquirir conocimientos, de aprender nuevas lenguas, de adquirir experiencia viviendo y estudiando en el extranjero y de construir redes”.

El apartado dedicado a la potenciación de los ciudadanos en sociedad inclusivas bebe en gran medida de otros textos comunitarios publicados en los últimos años y a algunos de los cuales he dedicado especial atención en el blog, poniéndose el acento en la capacidad de adaptación, no para un puesto de trabajo sino para el acceso a los empleos que ofrece que el mercado de trabajo, y con petición de apoyo a los poderes públicos para facilitar este tránsito de forma adecuada, con mención expresa a una medida que está ya siendo utilizada en algunos países europeos y que en España está siendo objeto de atención con ocasión de los debates sobre la posible reforma laboral, y me refiero a los períodos de desempleo parcial combinados con acciones de formación. La capacidad de adaptación incluye la política de formación y aprendizaje a lo largo de toda la vida, junto con políticas de protección social en los períodos de tránsito entre el empleo (a tiempo completo o parcial, por cuenta ajena o propia) la formación y en desempleo. Por cierto que la Comisión destaca de forma específica el potencial existente de incremento del empleo entre la población inmigrante (aunque no creo que ese sea precisamente el supuesto de España, dado que la tasa de actividad de la población extranjera es superior en más de 19 puntos a la española), con especial atención a “los inmigrantes con bajos niveles de educación, las mujeres y los inmigrantes recién llegados”.

No dejaba ciertamente de ser ambicioso el objetivo global perseguido y marcado para el año 2020, aún cuando pudiera objetársele que no incluyera datos cuantitativos, a diferencia de los contenidos en la Estrategia de Lisboa sobre tasas de empleo de toda la población, de las mujeres y de los trabajadores de edad avanzada: “más puestos de trabajo, mayores tasas de empleo para la población en edad de trabajar, mejores empleos, con una productividad cada vez mayor y de mejor calidad, y equidad, seguridad y oportunidades, a fin de que todos tengan la posibilidad real de incorporarse al mercado laboral, de crear empresas y de gestionar las transiciones del mercado laboral gracias a regímenes sociales y de bienestar modernos y financieramente viables”.

Por fin, la creación de una economía competitiva, conectada y más respetuosa con el medio ambiente, requería según la Comisión de un uso más eficiente de los recursos todavía disponibles y de aplicación de nuevas tecnologías respetuosas con el medio ambiente y que creen empleos estables y de calidad. Para conseguir este objetivo hay que potenciar tanto la creación de nuevas actividades emergentes como la reestructuración de buena parte de los existentes, destacándose que la consecución de estos objetivos “será un elemento esencial para que la UE pueda ser competitiva en un mundo en el que todos los países estarán buscando soluciones para responder a estos desafíos”.

viernes, 26 de marzo de 2010

La crisis económica y social y su impacto sobre el mundo del trabajo (y II).

VI. Enfrentando la crisis mundial del empleo. La recuperación mediante políticas de trabajo decente (OIT, 2009).

Ejes del PME:

1. Garantizar el apoyo y las corrientes de créditos para las empresas, en especial las pymes.

2. Salvaguardar puestos de trabajo viables, apoyando la aplicación de horarios reducidos y el desarrollo de competencias laborales para limitar los despidos innecesarios.

3. Apoyar a quienes buscan empleo mediante prestaciones de desempleo bien diseñadas.

Para la OIT “se debería establecer un seguro de desempleo y, en los casos en que ya exista tal seguro, se pueden ampliar la cobertura y la duración de sus prestaciones de manera temporal durante los períodos en que el desempleo alcance niveles más elevados”.

4. Reforzar los programas activos del mercado de trabajo para evitar el riesgo de desempleo de larga duración y de exclusión social. Asistencia y orientación para el empleo. Atención especial a los jóvenes, y en particular a los más desfavorecidos.

5. Aumento de la inversión en proyectos de infraestructuras y bienes públicos con alto coeficiente de empleo.

6. Inversión en la nueva economía verde, en seguridad alimentaria y en desarrollo rural.

7. Introducción o extensión de la protección social a favor de los grupos de bajos ingresos y de los trabajadores del sector informal.

Establecimiento de un nivel mínimo, conjunto de derechos, transferencias y servicios, que todos los países deberían establecer progresivamente en función de sus medios y de la ayuda externa disponible.

8. Promoción de las normas internacionales del trabajo.

9. Reestructuraciones empresariales a por medio del diálogo social.

10. Trato justo de los trabajadores migrantes.

VII. Encuesta de condiciones de vida en España 2009.

1. El 19,5 % de la población residente en España estaba en 2009 por debajo del umbral de pobreza relativa (que se reduce al 15,5 % si se considera el valor del alquiler imputado).

Sólo se ha producido un descenso de 0,2 puntos desde 2007, si bien esa disminución alcanza casi 3 puntos cuando se trata sólo de la población mayor de 65 años (28,5 y 25,7 %, respectivamente).

2. El 13,7 % de los hogares españoles manifiesta llegar a final de mes con mucha dificultad, y un 16,8 % con dificultad. El primer grupo, el más preocupante desde la necesidad de prever y diseñar medidas de protección social, se ha incrementado en 3,4 puntos en sólo 2 años.

3. El porcentaje de hogares que no podían afrontar gastos imprevistos en 2009 era del 33,9 %, 5,8 puntos más que el año anterior, y un 38,9 % no podían permitirse pagar una semana de vacaciones fuera de su caso, con un incremento de 5,4 puntos sobre 2008.

4. Se incrementa el número de personas que sufren retrasos en sus pagos pendientes, ya que hemos pasado del 4,7 % en 2005 al 7,2 % en 2009, siendo el porcentaje lógicamente mucho mayor (18,6 %) cuando se trata de hogares en los que todos sus integrantes se encuentran en situación de desempleo.

En el ámbito internacional (Eurostat, 2010):

“Long term unemployment set to rise in the aftermath of the crisis.

While there is hope of economic recovery as output starts growing again, the effects of the crisis on the European labour market are far from over.

In 2009Q3, the ranks of the unemployed increased to around 21.4 million in the EU. Many of them lost their job in the past 12 months.

But with fewer jobs on offer, the risk of staying unemployed for over a year is real for a substantial number of people. This could result in more social exclusion and poverty”.

VIII. Cambios en las políticas sociales.


1. Transformación progresiva de las estructuras familiares. Aumento de las familias monoparentales.

2. Incidencia del desempleo. Especial importancia del desempleo de larga duración (más de un año de inscripción en la oficina de empleo).

3. Aparición y desarrollo de nuevas formas de marginación, exclusión y pobreza vinculadas a los cambios producidos en el mundo del trabajo. Incidencia de la precariedad laboral sobre el reconocimiento y disfrute de derechos de protección social vinculados a períodos de cotización.

4. Crisis del diseño (“años sesenta”, siglo XX) de protección social, de protección de trabajadores varones ocupados de forma estable y en desempleo sólo de forma ocasional.

5. Reordenación de los sistemas de empleo y de protección social para garantizar recursos formativos, laborales y económicos a todas las personas que los necesiten.

Influencia de diversos factores: Envejecimiento de la población. Retirada anticipada del mercado de trabajo. Acceso precario de la juventud al ámbito laboral. Mayor participación femenina. Más presencia de la inmigración. Articulación de las “políticas activas” y las “políticas pasivas” en materia de empleo y protección social. Políticas de inserción tendentes a facilitar el retorno al mercado de trabajo. Políticas de protección económica en caso de necesidad.

IX. Recapitulació final.

1. Tenim múltiples incerteses respecte del futur, una de les més importants de les quals és la de saber si tots els ciutadans que ho vulguin podran accedir a una feina o si, en canvi, molts d’ells s’hauran de resignar a percebre una prestació econòmica a càrrec dels poders públics, i això si la situació econòmica de l’Estat i les opcions polítiques que el controlin ho permeten.

2. L’anàlisi del mercat de treball en tot cas s’ha de fer prenent en consideració la influència que sobre aquest mercat i sobre la mateixa noció i concepte de treball impliquen el canvi tecnològic, la internacionalització econòmica i financera, les noves formes d’organització del treball, la creixent participació femenina en la vida laboral, el fenomen de la immigració i l’aparició de grups que queden exclosos d’aquest mercat.


3. Qualsevol reforma socioeconòmica ha de tenir ben present l’òptica clara i definida de defensa dels interessos de les persones menys afavorides, que són precisament les que més pateixen les conseqüències de les crisis econòmiques i socials a escala mundial;


4. A les nostres societats s’ha produït un increment global del benestar econòmic durant molts anys, però s’ha distribuït molt desigualment entre el conjunt de la població, amb un important augment del nombre d' exclosos.


5. Una de les febleses més important dels nostres mercats laborals és la dificultat per incorporar plenament l’economia del coneixement i de la innovació a totes les activitats productives, tot i que no seria just oblidar que hem fet passos endavant en aquesta línia.


No podem competir amb polítiques empresarials que es basin, principalment, en els baixos costos salarials, sinó que s’ha de prestar molta atenció, tant a la major qualitat dels productes com a una molt més gran implicació dels treballadors en el funcionament de la seva empresa.


6. L’eix fonamental de les noves polítiques hauria de centrar-se en la millora de les competències professionals de tots els treballadors, per tal que puguin tenir garantida l’estabilitat en el mercat de treball, sigui per compte aliè o per compte propi, i no únicament l’estabilitat en un lloc de treball.


Això implica, també, una participació molt activa dels poders públics per garantir protecció econòmica i polítiques actives de mercat de treball a totes aquelles persones que les requereixen


“Creo que España debe aprovechar este momento para modificar su modelo productivo hacia una economía sostenible y basada firmemente en el conocimiento.
Es un buen momento para dar prioridad a la educación, la formación, la investigación, el desarrollo y la innovación, como base del bienestar y de un nuevo modelo de crecimiento económico” (Carlos Berzosa, 2010).


7. Hem d’apostar per una economia oberta i basada en el coneixement de les persones, on el capital més important siguin les seves actituds i aptituds per enfrontar se als canvis, i això afecta tant el món empresarial com el món assalariat.


Però, atenció, en aquestes polítiques que es duguin a terme no haurem d’oblidar mai l’existència de col•lectius menys afavorits que necessiten especial protecció.